Artículo 47.º (Libertad de reunión y de manifestación) 1. Se garantiza a todos los ciudadanos la libertad de reunión y de manifestación pacífica y ...
Artículo 47.º (Libertad de reunión y de manifestación) 1. Se garantiza a todos los ciudadanos la libertad de reunión y de manifestación pacífica y sin armas, sin necesidad de cualquier autorización y en los términos de la ley. 2. Las reuniones y manifestaciones en lugares públicos deberán ser previamente comunicadas a la autoridad competente, en los términos y a los efectos establecidos por ley.
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