El mandato de Diputado será incompatible con el ejercicio de la función de:
Presidente y Vicepresidente de la República
Ministro de Estado, Ministr...
El mandato de Diputado será incompatible con el ejercicio de la función de: Presidente y Vicepresidente de la República Ministro de Estado, Ministro, Secretario de Estado y Viceministro Embajador, en activo Magistrado judicial y de la Fiscalía del Estado Defensor del Pueblo y Defensor del Pueblo Adjunto Miembro de los Consejos Superiores de la Magistratura Judicial y de la Fiscalía del Estado Gobernador Provincial, Vicegobernador Provincial y demás titulares de los órganos de la administración local del Estado Titulares de los órganos de las autarquías locales Miembro de los órganos de dirección, administración y fiscalización de las empresas públicas, institutos públicos y asociaciones públicas a) Presidente y Vicepresidente de la República; b) Ministro de Estado, Ministro, Secretario de Estado y Viceministro; c) Embajador, en activo; d) Magistrado judicial y de la Fiscalía del Estado; e) Defensor del Pueblo y Defensor del Pueblo Adjunto; f) Miembro de los Consejos Superiores de la Magistratura Judicial y de la Fiscalía del Estado; g) Gobernador Provincial, Vicegobernador Provincial y demás titulares de los órganos de la administración local del Estado; h) Titulares de los órganos de las autarquías locales; i) Miembro de los órganos de dirección, administración y fiscalización de las empresas públicas, institutos públicos y asociaciones públicas.
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