La incompatibilidad del mandato de Diputado según el Artículo 149.º incluye: a) Presidente y Vicepresidente de la República. b) El ejercicio de funciones públicas remuneradas en órganos de la administración directa o indirecta del Estado. La opción c) no parece estar completa, por lo que no puedo considerarla como parte de las incompatibilidades del mandato de Diputado según el Artículo 149.º.
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Sociedade, Multiculturalismo e Direitos – Direitos Humanos e Multiculturalismo
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