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Estado. Ocurre con las siguientes Regiones: Primera Región, compuesta solamente por el Estado de Rio de Janeiro; Tercera Región, Minas Gerais; Cuar...

Estado. Ocurre con las siguientes Regiones: Primera Región, compuesta solamente por el Estado de Rio de Janeiro; Tercera Región, Minas Gerais; Cuarta Región, Rio Grande do Sul; Quinta Región, Bahía; Sexta Región, Pernambuco; Séptima Región, Ceará; Novena Región, Paraná; Decimosegunda Región, Santa Catarina; Decimotercera Región, Paraíba; Decimosexta Región, Maranhão; Decimoséptima Región, Espirito Santo; Decimoctava Región, Goiás; Decimonovena Región, Alagoas; Vigésima Región, Sergipe; Vigesimoprimera Región, Río Grande del Norte; Vigesimosegunda Región, Piauí; Vigesimotercera Región, Mato Grosso; y Vigesimocuarta Región, Mato Grosso do Sul. Las excepciones se quedan restringidas a la Segunda Región, que incluye solo una parte del Estado de São Paulo, precisamente la Capital, los municipios de las Regiones Metropolitana, Serrana y Playana, cuya parte restante del Estado pertenece a la Decimoquinta Región, con sede en la ciudad de Campinas; Octava Región, integrada por los Estados de Pará y Amapá; Décima Región, por el Distrito Federal y el Estado de Tocantins; Decimoprimera Región, por los Estados de Amazonas y Roraima; y la Decimocuarta Región, por los Estados de Rondônia y Acre. Las competencias de cada una de las Justicias son establecidas por la CRFB, la cual previene, en síntesis, que la Justicia Estatal tiene competencia residual. Esto significa que todas las cuestiones que no son de competencia de las justicias especializadas, representadas por la Justicia Electoral, Justicia Militar y Justicia del Trabajo, más las cuestiones de competencia de la Justicia Federal, deben ser apreciadas y juzgadas por la Justicia Estatal. Como regla general, compete a la Justicia Electoral apreciar y juzgar solamente cuestiones de naturaleza electoral, la Justicia Militar infracciones criminales practicadas por militares, la Justicia del Trabajo conflictos individuales y colectivos sobre litigios en relaciones laborales con o sin vínculo de empleo, y la Justicia Federal cuestiones que afectan a la Unión, sus empresas públicas, autarquías y fundaciones. Por supuesto, todas las demás cuestiones que no son de competencia de las Justicias especializadas, pertenecen a la competencia de la Justicia Estatal. Hechas algunas observaciones referentes a la estructura de las Justicias en Brasil, la próxima subsección se destinará al examinen del procedimiento para la elaboración de los datos estadísticos del sistema judicial de España. 5.2.2. Procedimiento establecido por “Justicia Dato a Dato Año 2010” Semejante a lo que viene siendo realizado en Brasil y en casi todos los países del mundo,408 España desarrolla investigaciones sobre la estructura y el funcionamiento de su Poder Judicial. El objetivo es conocerlo mejor y a partir de los datos estadísticos obtenidos realizar las alteraciones legislativas y administrativas que se entiendan necesarias para alcanzar la tan deseada razonable duración del proceso y prestar la jurisdicción con buena calidad. La publicación empezó a ser realizada en 2003 y cada año viene siendo divulgado un documento para conocimiento público de la realidad del Poder Judicial Español. En 2010 fueron divulgadas otras conclusiones más, con la denominación de “La Justicia Dato a Dato Año 2010”. Hay críticas con el objetivo de sugerir alteraciones en el procedimiento de investigación hasta ahora adoptado, para analizar mejor la estructura y el funcionamiento del sistema judicial de España. Asimismo, estas informaciones oficiales, disponibles en el sitio del Poder Judicial Español, serán utilizadas conjuntamente con otros datos obtenidos en fuentes bibliográficas. En cuanto a los sistemas de investigación adoptados por Brasil y España contienen varias asimetrías, el método de abordar del tema procurará comparar los dos sistemas judiciales en estudio, extrayendo de los datos aquellas informaciones que interesan a la perspectiva establecida en el proyecto de investigación elaborado para la producción de la tesis. Así, los asuntos analizados del sistema judicial español serán los mismos desarrollados en el estudio de Brasil, que se refieren a los gastos judiciales, recursos humanos: magistrados y funcionarios, tasas de litigiosidad y de congestionamiento, carga de trabajo, grado de recurribilidad y porcentaje de recursos estimados. 5.3. GASTOS DEL PODER JUDICIAL EN 2010 En base a las informaciones obtenidas, sobre todo a través de Justiça em Números 2010 y de La Justicia Dato a Dato del mismo año, será desarrollado el trabajo siguiente. Inicialmente serán analizados datos de Brasil, específicamente de los Tribunales de Justicia de los Estados y del Distrito Federal, denominados de Justicia Estatal, y de las Justicias Federal y del Trabajo. Aunque el área del derecho del trabajo no integre el tema central del estudio de la tesis, estos datos serán examinados. El objetivo de incluirlos es hacerse una idea más general de una parte importante del sistema judicial brasileño y que permitirá hacer comparaciones entre las Justicias, especialmente en cuanto a gastos y productividad. Sobre las Justicias Estatal y Federal, los datos del CNJ son generales, comprendiendo los procedimientos comunes y especiales (entre ellos los Juzgados Especiales),411 de naturaleza civil y criminal, mientras las informaciones de la Justicia del Trabajo se refieren a los procedimientos común y sumarísimo. En algunos puntos el CNJ hace distinciones, pero otros no las realizan de forma suficiente para permitir un examen completo por área del Derecho o asunto. Por supuesto, no será posible hacer distinciones entre procedimientos comunes y especiales, tampoco de procesos civiles y criminales. En España se hará de forma distinta, pues los datos divulgados apuntan los gastos por TSJ de Comunidades Autónomas, del CGPJ y del Ministerio de la Justicia, haciendo comparación con los publicados en 2009 e indicando porcentaje de evolución de gastos en 2010. Como la moneda de Brasil es el Real y de España el Euro, para comparar los gastos se torna necesario hacer la conversión de los valores a una única moneda. Considerando la constante variación cambial de las monedas de los dos países en estudio y que el proyecto de tesis adoptó la lengua española, será hecha la conversión del Real a Euro. Para ello será utilizado el sistema del Banco Central de Brasil para conversión de monedas,412el 31 de diciembre de 2010, cuando el Euro correspondía a 2,226599999801 Reales. Se hace en esa fecha porque en Brasil fueron lanzados datos estadísticos del final del año, considerando los valores efectivamente utilizados y no solamente proyectados. 5.3.1. Gastos por Justicias y total en Brasil Con el objetivo de exponer los gastos realizados por el Poder Judicial brasileño serán analizados algunos datos estadísticos referentes a la población y al Producto Interno Bruto (en adelante, PIB) de cada Estado, Distrito Federal y Región incluida por el respectivo Tribunal, los gastos totales por Tribunal, por habitante de la correspondiente área territorial, por servidor y por magistrado. Entre los gastos se incluyen aquellos realizados por el correspondiente

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Recursos Civiles y Duración del Proceso
492 pag.

Recursos Terapeuticos Universidad Antonio NariñoUniversidad Antonio Nariño

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