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un menor número de magistrados por 100 mil habitantes. Los datos estadísticos sobre los funcionarios también contienen informaciones que merecen se...

un menor número de magistrados por 100 mil habitantes. Los datos estadísticos sobre los funcionarios también contienen informaciones que merecen ser analizadas. Partiendo de que el Poder Judicial de Brasil contaba en aquel año con aproximadamente 321.963 funcionarios y una población de 193.252.604, el número de funcionarios por 100 mil habitantes era de 166,60. Consecuentemente, un 57% superior a los 105,92 existentes en el Poder Judicial de España. Este número fue encontrado teniéndose en cuenta que el sistema judicial español poseía en 2010 48.987 funcionarios y 46.162,024 habitantes. Hay que subrayar que el número de 321.963 funcionarios de Brasil no corresponde exactamente al total del Poder Judicial brasileño porque no fueron informados en la Justiça em Números 2010 los funcionarios de los Tribunales Superiores (STJ, TST, TSE y STM), del STF y de la Justicia Militar de los Estados que la poseen. Si fuesen incluidos ciertamente el porcentaje de funcionarios de Brasil a cada 100 mil habitantes sería un poco superior a los 166,60. Quizás llegase al máximo de 170 funcionarios por 100 mil habitantes. Asimismo, haciendo comparación con el sistema judicial español, el número de funcionarios de Brasil es un 57% superior a este. Por lo tanto, puede ser verificado que Brasil, proporcionalmente a su población, contaba en 2010 con un número inferior de magistrados que España, de 8,7 a 10,6 por 100 mil habitantes, pero poseía número significativamente superior de funcionarios, de 166,60 a 105,92 por 100 mil habitantes. Además, el sistema judicial brasileño gastó valores medios proporcionales superiores a los de España por magistrado, de 1.050.940,89€ a 775.561,32€. Todos estos datos estadísticos de Brasil y España permitirán una mejor comprensión si son comparados con los correspondientes indicativos de Europa y América. 332 5.4.4. Europa poseía en 2008 un 20,9 y América un 8,1 magistrados por 100 mil habitantes Los datos estadísticos obtenidos por el CNJ para comparar la situación de Brasil en el escenario de Europa y de América, incluyéndolo entre 45 países europeos y ocho de América Latina y EUA, apuntan a que la media brasileña era bastante inferior a la europea y superior a la americana. En 2008 aquella era de 20,9 magistrados por 100 mil habitantes y esta no pasaba de 8,1 magistrados por 100 mil habitantes.435 En Europa, Mónaco era el país con la media superior de magistrados por 100 mil habitantes, con 64,3, seguida de San Marino, con 60,8, en tanto que Irlanda y Escocia presentaban las menores tasas, con 3,3 y 3,5, respectivamente. Entre los sistemas judiciales europeos, España poseía en 2008 10,7 jueces por 100 mil habitantes y en 2010 prácticamente mantuvo la media, con una pequeña disminución a 10,6, según puede ser confirmado en la subsección anterior (5.4.3), mientras Brasil, que tenía 8,3 en 2008, aumentó a 8,7 en 2010 (Tabla 3).436 Por supuesto, de 2008 a 2010 Brasil aumentó el número de magistrados y España disminuyó. Así, Brasil presentaba en 2008 una tasa muy inferior a la media europea, de 8,1 a 20,9, correspondiente a 41,6% del continente europeo, pero era exactamente igual a la media de los países americanos investigados, de 8,1. España poseía, en base a sus números de 2008, tasas expresivamente inferiores a la media europea, de 10,7 a 20,78, aun así era superior a la media americana de 8,1.437 Otro aspecto que interesa a la investigación desarrollada en la tesis se refiere a las tasas de litigiosidad y de congestionamiento porque estas son variable importante para indicar la eventual necesidad de aumentar o no el contingente de recursos humanos. 435 BRASIL. Conselho Nacional de Justiça.Estudo comparado sobre recursos, litigiosidade e produtividade: a prestação jurisdicional no contexto internacional. p. 18. 436 Ídem,p. 13-15. 437 Ídem, ibídem. 333 5.5. LITIGIOSIDAD Y CONGESTIONAMIENTO En el análisis de litigiosidad y de congestionamiento, los aspectos que más interesan al examen son los casos pendientes del año anterior, los casos nuevos por 100 mil habitantes, el número de procesos en tramitación, los procesos bajados y los grados de litigiosidad y de congestionamiento. Estos serán abordados en dos subsecciones, una tratando el tema en Brasil y otra en España. 5.5.1. Grado de litigiosidad y de congestión en Brasil Antes de empezar el análisis de los temas de litigiosidad y congestionamiento se impone subrayar algunos aspectos necesarios para la comprensión de los datos que constan en la Tabla 6. El primero de ellos se refiere a la tasa de litigiosidad, que es obtenida considerando el número de casos nuevos por 100 mil habitantes en determinado año. En cuanto a ese aspecto, se señala que con un simple cálculo aritmético dividiendo el número total de casos nuevos indicados en Justiça em Números 2010 (24.227.727), por el número de habitantes de Brasil (193.252.604), se obtiene la tasa de litigiosidad general correspondiente a 12.536 demandas nuevas por 100 mil habitantes y no 11.536 como indica el CNJ.438 Asimismo, como un Estado o una Región puede poseer índices distintos que otros y alterar la media aritmética ponderada total (en adelante MAPT),439 serán utilizadas y mostradas en la Tabla 6 las informaciones ofrecidas por el CNJ, porque corresponden a datos estadísticos oficiales. Otro aspecto se refiere a la tasa de congestionamiento expuesta de la Tabla 6. Esta no indica una resolución directa del porcentaje hallado entre la diferencia de los procesos en tramitación y los procesos bajados allí indicados. Así ocurre porque, aunque los números de procesos en tramitación y bajados engloban todos los asuntos en general de cada Justicia, independiente de que sea en primer grado, ejecución o segundo grado, al tratar del congestionamiento el CNJ se separan en primer grado, ejecución y segundo grado. Por supuesto, el índice de congestionamiento ofrecido en las tres últimas columnas de la Tabla 6 no reflejan los porcentajes entre la diferencia existente entre procesos en tramitación y bajados en 2010, tratados de forma general en la misma tabla. Estos reflejan los datos oficiales ofrecidos por el CJN, separando las tasas de congestionamiento en la fase de conocimiento en primer grado y Juzgados Especiales Estatales, en la fase de ejecución en primer grado y Juzgados Especiales y de la tramitación de los procesos en general en segundo grado.440 Además, la tasa de congestionamiento separa los procesos de conocimiento de los ejecutivos cuando se trata de primer grado, pero no lo hace en segundo grado. También merece añadirse que entre los casos nuevos de Brasil no son computadas las ejecuciones de sentencias y acuerdos. Así lo hizo el CNJ justificando que estas “ya fueron consideradas originalmente en la suma de los procesos de conocimiento, considerando que son computados en el cálculo de los casos nuevos solamente los de conocimiento y las ejecuciones extrajudiciales”, pero sí son computados los recursos, pues representan casos nuevos para los tribunales, según esclarece el CNJ.441 Otro aspecto importante es que los datos fueron ofrecidos adoptando como parámetro los tribunales de segundo grado(incluyendo también el primer grado),lo que significa en la Justicia Estatal los respectivos tribunales de Justicia y en las Justicias Federal y del Trabajo los Tribunales Regionales. Se percibe, así, que no fueron incluidas por el CNJ las informaciones de los Tribunales Superiores y del STF, tampoco de las justicias militares de los Estados que las poseen, aspecto ya tratado en la subsección 5.2.1.

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Recursos Civiles y Duración del Proceso
492 pag.

Recursos Terapeuticos Universidad Antonio NariñoUniversidad Antonio Nariño

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