¿Cuándo comienza a correr nuevamente el plazo prescriptorio según el Artículo 1998 del Código Civil?
1.- Verificada la causal de interrupción de l...
¿Cuándo comienza a correr nuevamente el plazo prescriptorio según el Artículo 1998 del Código Civil?
1.- Verificada la causal de interrupción de la prescripción, el plazo prescriptorio debe comenzar a computarse nuevamente. 2.- Si la interrupción se produce por las causales que impliquen una actuación judicial prevista en el artículo 1996, numerales 3 y 4, la prescripción comienza a correr nuevamente desde la fecha en que la resolución que pone fin al proceso queda consentida.
Compartir