Criterio 8.7 – En virtud de la Ley de Asistencia Legal Mutua (Asuntos Penales), Capítulo 98 (MACMA), la Autoridad Competente se define como el Fisc...
Criterio 8.7 – En virtud de la Ley de Asistencia Legal Mutua (Asuntos Penales), Capítulo 98 (MACMA), la Autoridad Competente se define como el Fiscal General, y también bajo el CJICA, Capítulo 105 de CJICA. Las autoridades indican, por tanto, que cualquier solicitud internacional relativa a las OSFL sería comunicada al Secretario por medio del Fiscal General. Para tales solicitudes está disponible un Manual de Procedimientos. Siguen siendo necesarias disposiciones específicas dentro de la regl
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