168. El ICB ha incorporado un enfoque basado en el riesgo de supervisión que es aplicable tanto a los aseguradores como a los intermediarios. Según...
168. El ICB ha incorporado un enfoque basado en el riesgo de supervisión que es aplicable tanto a los aseguradores como a los intermediarios. Según el ICB, el enfoque sobre el riesgo se basa en el principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la naturaleza, tamaño y complejidad del asegurador. Una calificación de riesgo y dirección para calificación se asigna a los licenciatarios de acuerdo con su perfil de riesgo El enfoque de supervisión se centra en cuestiones prudenciales, pero también se presta atención a la ALD / CFT. Este último se tiene en cuenta como parte del riesgo «legal y regulatorio». Las aportaciones para el marco de supervisión se derivan principalmente de acciones de supervisión anteriores (como las inspecciones in situ) y (sobre todo) una auditoría anual obligatoria del asegurador realizada por un auditor externo (aprobado por el ICB). El riesgo de LD / TF debe ser tomado en consideración por el auditor externo como parte del riesgo legal y regulatorio. Este informe ICB de 2012 a 2014
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