Logo Studenta

Si la persona no comparece luego de la publicación de edictos. ¿Cuál es el procedimiento a seguir según el Código Civil y Comercial de la Nación? ...

Si la persona no comparece luego de la publicación de edictos. ¿Cuál es el procedimiento a seguir según el Código Civil y Comercial de la Nación?

a) Designación del curador.
b) Determinación del día presuntivo del fallecimiento.
c) Entrega de los bienes y formación de inventario.

Esta pregunta también está en el material:

CCyC_Comentado_Tomo_I (arts 1 a 400)
653 pag.

Direito Civil I Universidad Nacional de La PlataUniversidad Nacional de La Plata

Respuestas

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

La respuesta correcta según el Código Civil y Comercial de la Nación sería: b) Determinación del día presuntivo del fallecimiento.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Más contenidos de este tema