En la comparación entre dolo y error, la diferencia radica en que el dolo implica engaño producido por una de las partes o un tercero, mientras que el error no requiere ser "reconocible" para causar la nulidad del acto. En cuanto a la comparación entre dolo y fraude, ambos implican maniobras desleales que causan perjuicio a la víctima, pero en el fraude se lleva a cabo un acto con la finalidad de provocar insolvencia, mientras que en el dolo se comete antes o al tiempo de celebrar el negocio. Respecto a la comparación entre dolo e intimidación, se debe remitir a los comentarios de los artículos 276 a 278 del CCyC. Por último, en la comparación entre dolo y simulación ilícita, el acto simulado es ficticio y perjudica a alguien ajeno, mientras que el acto doloso es real y perjudica a la parte que resultó engañada para realizarlo.
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Direito Processual Civil I
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