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Introdución a Ética -¿Qué es la ética? • La ética es una rama de la filosofía que se encarga de estudiar la moral, es decir, lo que es considerado como parte de las buenas costumbres y del buen vivir en la sociedad a fin de generar una convivencia amable y equilibrada entre las personas. • Asimismo, la ética es una virtud que conlleva a la responsabilidad, la honestidad, el compromiso, a ser buenos ciudadanos y de evitar afectar de manera negativa a quienes están a nuestro alrededor con acciones nocivas, en especial, si se trata de obtener un beneficio en particular. • La ética se inculca desde temprana edad a través de ejemplos que expliquen y ejemplifiquen la importancia de nuestros actos y sus consecuencias. La ética debe tener como meta alcanzar la felicidad individual y de la sociedad en general. -Objeto de estudio de la Ética: La ética se ha desarrollado desde la Antigua Grecia con el objeto de estudiar, desde una perspectiva filosófica, la conducta humana, de la cual se determinan qué acciones son consideradas como correctas o incorrectas según la sociedad. La palabra ética deriva del griego êthos, traducida como ‘modo de ser’ o ‘carácter’, o también traducida como ‘costumbre’ y ‘hábito’. De hecho, la traducción latina de êthos es mos, que en español significa ‘moral’, de allí que la ética tenga como objeto de estudio la moral. Esta aclaración etimológica es importante para entender que la ética no hace referencia al carácter como naturaleza de un individuo, sino a las costumbres y posturas que se adquieren a lo largo de la vida y que conforman una serie de hábitos, entre los que se diferencian las virtudes o los vicios. - Ética y moral: • Esta aclaración etimológica es importante para entender que la ética no hace referencia al carácter como naturaleza de un individuo, sino a las costumbres y posturas que se adquieren a lo largo de la vida y que conforman una serie de hábitos, entre los que se diferencian las virtudes o los vicios. • Ética es el estudio de la moral, que parte desde una perspectiva filosófica, científica y teórica para establecer y fundamentar su significado. • Por su parte, la moral es un conjunto de valores, normativas y creencias que se cumplen y determinan las buenas costumbres y las conductas sociales. • En este sentido, la moral hace una valoración de las conductas de las personas, de las cuales se pueden clasificar aquellas que se consideren buenas o malas tanto para el individuo como para la sociedad en general. De allí que la moral sea el objeto de estudio de la ética. - Conciencia y existência: • Si ser consciente implica la existencia de un “yo” y este yo, como nos dice la neurociencia, es una ficción, ¿qué consecuencias tendría este hecho para la consciencia? Por otra parte, ¿existe un solo yo? El psicólogo estadounidense William James planteó la existencia de al menos tres yos diferentes: un yo material, otro social y un tercero espiritual. Además, los enfermos con cerebro escindido han mostrado que pueden surgir tras la separación del cuerpo calloso dos yos distintos. -Concepto de persona: • Desde el punto de vista psicológico, persona designa a un ser concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único. Percibe e interpreta el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, además estudia las cualidades y facultades que tiene la persona, como la razón, los sentimientos y los valores que lo distingue de los demás seres. -Responsabilidad moral del ser humano: • Es aquella en la que se toma responsabilidad sobre un suceso específico o persona, poniendo la moral por sobre lo demás. • Se trata entonces de la responsabilidad que se relaciona con las acciones u omisiones y su valor moral. • Desde el punto de vista de la organización social, la responsabilidad moral se diferencia de la responsabilidad jurídica por su carácter interno. • Los procesos jurídicos no son necesariamente procesos de intención (por ejemplo, la prescripción del delito de robo por el mero transcurso del tiempo puede invalidar la responsabilidad jurídica sin invalidar la responsabilidad moral). - Conducta, actitud y carácter: • La conducta hace referencia al comportamiento de las personas. En el ámbito de la psicología se entiende que la conducta es la expresión de las particularidades de los sujetos, es decir la manifestación de la personalidad. Es por ello el concepto hace referencia a los factores visibles y externos de los individuos. • La actitud es el comportamiento que emplea un individuo para hacer las labores. • Predisposición aprendida a responder de un modo consistente a un objeto social. • El carácter de una persona es la manera en la que esta reacciona habitualmente frente a una situación. Es también la forma de expresar esta manera de reaccionar, señalando que se posee tal o cual perfil, característica o inclinación. -Normas, valores y conciencia: • Las normas son reglas que se establece con el propósito de regular comportamientos y así procurar mantener un orden. Esta regla o conjunto de reglas son articuladas para establecer las bases de un comportamiento aceptado, de esta forma se conserva el orden. • Los valores son aquellos principios, virtudes o cualidades que caracterizan a una persona, una acción o un objeto que se consideran típicamente positivos o de gran importancia por un grupo social. • La conciencia: se define, en términos generales, como el conocimiento que un ser tiene de sí mismo y de su entorno. • Se refiere también al conocimiento que tiene uno mismo sobre la bondad o maldad que hay en sus acciones. La Ética como Disciplina -La reflexión moral en Grecia: • Los filósofos Pre-socráticos, se caracterizaron por la búsqueda de un principio primordial y único de donde provenían todas las cosas, fueron llamados cosmológicos. • Trataban de explicar el origen de todas las cosas desde los elementos (el agua, el fuego, el aire, la tierra) Algunos filósofos de esta época fueron: • Tales de Mileto: quien expuso que todo provenía del agua • Anaxímenes: sostenía que el aire era el origen de todo • Pitágoras: en los números esta el origen de todas las cosas • Heráclito: nada permease inmutable, todo cambia, el origen de estos cambios es el fuego • Empédocles: el origen de todo se encuentra en los 4 elementos combinados, agua, aire, tierra y fuego, promoviendo así el pluralismo frente al monismo (un solo origen) que predominaba hasta ese entonces • Los primeros que resaltaron la idea de la omnipotencia del conocimiento moral fueron los sofistas, quienes consideraron que al hombre se le puede enseñar todo, incluso la virtud. • Ellos consideraron que no existen distinciones objetivas entre el bien y el mal, y que el ser humano es capaz de manipularlos según sus gustos e intereses. (relativismo moral) • Sócrates compartió la idea de la omnipotencia del conocimiento, expresada por los sofistas, pero rechazó su relativismo moral. • El alumno más talentoso de Sócrates, Platón partió de una premisa: si la virtud no radica en este mundo, quizá exista en otro mundo “más allá”, cuyo reflejo y expresión se da en el “mundo más acá”. • Aristóteles, alumno de Platón, descifró los códigos secretos de su maestro y trató de establecer el contenido terrenal de sus fantasías irrefrenables. • Según Aristóteles, las virtudes éticas son una clase especial de las cualidades humanas que se forma en la interrelación entre la razón y los afectos, cuando la primera dirige y somete a su control a los segundos. - Las virtudes cardinales: La aretḗ ('excelencia') política de los griegos consistía en el cultivo de tres virtudesespecíficas: • Andreia ('valentía' - 'hombría') • Sofrosine ('sensatez, moderación, mesura') • Dicaiosine ('justicia') • Las virtudes cardinales son las cuatro virtudes morales más importantes. Sobre ellas gira y descansa toda la moral humana, y son principios de otras virtudes derivadas o en ellas contenidas. Estas son: • Templanza • Prudencia • Fortaleza • Justicia Estas virtudes eventualmente fueron incorporadas a distintas religiones. Ya Platón definía cómo un individuo puede lograr estas virtudes: • la prudencia viene del ejercicio de razón, • la fortaleza de ejercer las emociones o el espíritu, • la templanza de dejar que la razón anule los deseos, y desde estas • la justicia viene, un estado en que cada elemento de la mente está de acuerdo con los otros. • El Cristianismo añadió a estas virtudes las llamadas Virtudes teologales o fundamentales: Fe, Esperanza y Caridad. -Virtudes cardinales infusas: • En teología católica las virtudes cardinales infusas son hábitos que disponen al entendimiento y a la voluntad para obrar según el juicio de la razón iluminada por la fe para que esta escoja los medios más adecuados al fin sobrenatural del hombre. La traductibilidad fáctica: El derecho -La ética como disciplina: La Ética como toda ciencia tiene un método que les permite a las personas: • Evaluar las actuaciones para llegar a determinaciones. • Juzgar los actos de otras personas y determinar si dichos actos le convienen o le afectan de alguna forma o no. • Argumentar en contra de conductas reprochables. • Identificar conductas dignas de servir como ejemplo. -Pasos de la ética: 1. La Observación 2. La Percepción axiológica 3. Evaluación 4. Conclusión -Causa Final de la Norma Jurídica: • Una norma jurídica es una regla que, en Derecho, rige imperativamente la conducta de las personas en sus relaciones sociales y cuya observancia garantiza el estado mediante sanciones. -Principio de legalidad: • «Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe». -Efecto esencial de la norma jurídica: • Racionalidad: adaptación del contenido como medio de acto para el fin de la norma. • Bilateralidad: que afecta a los demás. • Obligatoriedad: exigibilidad de la norma (sin coacción). -Efectos secundarios de la norma jurídica: • Mandar, • Prohibir, • Permitir, y • Castigar. -Tipos de normas: • JURÍDICAS: Se trata de normas que se encuentran escritas y aprobadas legalmente, por tanto, su incumplimiento puede conllevar a diversas sanciones o multas, incluso, penas de cárcel. • SOCIALES o CULTURALES: Las normas sociales o culturales abarcan todas aquellas reglas que, tras un pacto implícito, son reconocidas y aceptadas por todos los ciudadanos, y que se encuentran relacionadas con la cultura de cada sociedad. Se trata de normas que evalúan el comportamiento de las personas. • Estas normas no se encuentran escritas y no implican un castigo legal, simplemente forman parte de la conciencia de cada individuo y de la necesidad de establecer el respeto entre todos por igual. Por otra parte, estas normas varían en el tiempo para ajustarse a las necesidades de la sociedad y a sus constantes cambios. • RELIGIOSAS: Las normas religiosas son diversas según la religión que se practique, por tanto varían entre creencias o doctrinas religiosas. Estas normas se encuentran escritas en diversos textos sagrados. • MORALES: Las normas morales se relacionan con los valores morales que cada persona pone en práctica y que en términos generales son reconocidos y aceptados como positivos por la sociedad. • En este sentido, se trata de normas que regulan el comportamiento individual a fin de diferenciar los actos buenos de los malos. No se encuentran escritos en ningún texto y su incumplimiento puede conllevar al arrepentimiento. • Por tanto, las normas morales tienen que ver con la conciencia que cada individuo tenga acerca de las consecuencias de sus acciones, tanto para sí mismo como con los demás. Incluso, se relacionan con la dignidad humana. Por ello, su cumplimiento o no dependerá de la actitud que tome la persona. La Bioética -Hipócrates de Cos (Cos, 460 a. C.-Tesalia 370 a. C.): Fue un médico de la Antigua Grecia que ejerció durante el llamado siglo de Pericles. Está clasificado como una de las figuras más destacadas de la historia de la medicina, y muchos autores se refieren a él como el «padre de la medicina», en reconocimiento a sus importantes y duraderas contribuciones a esta ciencia como fundador de la escuela que lleva su nombre. -El juramento Hipocrático: El juramento hipocrático es un juramento público, obligatorio, que solo pueden hacer las personas que se gradúan en las carreras universitarias de Farmacia y Medicina. Tiene un contenido de carácter ético, que orienta al médico en la práctica de su profesión. En su forma original regula las obligaciones hacia el maestro y su familia, hacia los discípulos, hacia los colegas y hacia los pacientes. A partir del siglo XIX empezó a ser frecuente, actualmente universal, la realización de un juramento basado en un texto modernizado, inspirado por el antiguo, distinto según la escala de valores específica de cada tiempo y lugar. - Juramento Hipocrático (texto original): Juro por Apolo médico, por Asclepio, Higía y Panacea, por todos los dioses y todas las diosas, tomándolos como testigos, cumplir fielmente, según mi leal saber y entender, este juramento y compromiso: Venerar como a mi padre a quien me enseñó este arte, compartir con él mis bienes y asistirles en sus necesidades; considerar a sus hijos como hermanos míos, enseñarles este arte gratuitamente si quieren aprenderlo; comunicar los preceptos vulgares y las enseñanzas secretas y todo lo demás de la doctrina a mis hijos y a los hijos de mis maestros, y a todos los alumnos comprometidos y que han prestado juramento, según costumbre, pero a nadie más. En cuanto pueda y sepa, usaré las reglas dietéticas en provecho de los enfermos y apartaré de ellos todo daño e injusticia. Jamás daré a nadie medicamento mortal, por mucho que me soliciten, ni tomaré iniciativa alguna de este tipo; tampoco administraré abortivo a mujer alguna. Por el contrario, viviré y practicaré mi arte de forma santa y pura. No tallaré cálculos sino que dejaré esto a los cirujanos especialistas. En cualquier casa que entre, lo haré para bien de los enfermos, apartándome de toda injusticia voluntaria y de toda corrupción, principalmente de toda relación vergonzosa con mujeres y muchachos, ya sean libres o esclavos. Todo lo que vea y oiga en el ejercicio de mi profesión, y todo lo que supiere acerca de la vida de alguien, si es cosa que no debe ser divulgada, lo callaré y lo guardaré con secreto inviolable Si el juramento cumpliere íntegro, viva yo feliz y recoja los frutos de mi arte y sea honrado por todos los hombres y por la más remota posterioridad. Pero si soy transgresor y perjuro, avéngame lo contrario. RESPETAR la autonomía y la dignidad de mis pacientes; VELAR con el máximo respeto por la vida humana; NO PERMITIR que consideraciones de edad, enfermedad o incapacidad, credo, origen étnico, sexo, nacionalidad, afiliación política, raza, orientación sexual, clase social o cualquier otro factor se interpongan entre mis deberes y mis pacientes; GUARDAR Y RESPETAR los secretos que se me hayan confiado, incluso después del fallecimiento de mis pacientes; EJERCER mi profesión con conciencia y dignidad, conforme a la buena práctica médica; PROMOVER el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica; OTORGAR a mis maestros, colegas y estudiantes el respeto y la gratitud que merecen; COMPARTIR mis conocimientos médicos en beneficiodel paciente y del avance de la salud; CUIDAR mi propia salud, bienestar y capacidades para prestar una atención médica del más alto nivel; NO EMPLEAR mis conocimientos médicos para violar los derechos humanos y las libertades ciudadanas, ni siquiera bajo amenaza; HAGO ESTA PROMESA solemne y libremente, empeñando mi palabra de honor. -El código de Núremberg: • ALREDEDOR 1940: Atrocidades llevadas a cabo por médicos en campos de concentración nazi. • Consta de 10 puntos que abordan la existencia del consentimiento informado voluntario, el daño mínimo, mayor beneficio que riesgo y la capacidad del participante para retirarse en cualquier momento, entre otros -La declaración de Helsinki: 1964, 18ª Asamblea Médica Mundial: Reconociendo los defectos del Código de Nuremberg y adoptando la Declaración de Ginebra “el médico debe velar ante todo por su paciente”. Punto central es el bienestar del participante sobre los intereses de la ciencia y de la sociedad. Protección adicional a personas con autonomía limitada e insiste que los médicos e investigadores sean precavidos. -El consetimiento informado: No solo es una exigencia ética, sino un derecho del paciente reconocido por las legislaciones de todos los países. El principio ético que lo fundamenta es el de Autonomía -El debido proceso del Consentimiento Informado: Que el paciente esté en pleno uso de sus facultades, de modo tal que su entendimiento y juicio le permitan una comprensión cabal de la situación de salud por la que atraviesa. Que el profesional otorgue al paciente, de manera objetiva y adecuada a su nivel de entendimiento, toda la información sobre las alternativas de tratamiento. Que el paciente se encuentre en ejercicio de su libertad de modo tal que pueda tomar decisiones sin presiones ni manipulaciones. Sinceridad y honestidad de parte del médico al momento de exponer las mejores alternativas de tratamiento al paciente. -Excepciones a la obligatoriedad del Consentimiento Informado: Urgencia, en la que cualquier dilación de la intervención, particularmente la quirúrgica, aumentaría la probabilidad de muerte o daño irreversible. Incapacidad o incompetencia para el ejercicio del derecho a tomar decisiones autónomas. Tratamientos legalmente requeridos, con el propósito de preservar a la población de una posible diseminación Intervención médica necesaria detectada en el curso de otra ejecutada con diferente propósito. Privilegio terapéutico, cuando informar al paciente le produciría mas daño que beneficio, y se recurre a persona responsable. -El Informe de Belmont : En 1.974 el Congreso de EEUU conforma la Comisión Nacional para la Protección de los Sujetos Humanos para la Investigación Biomédica y del comportamiento. En 1.978 emiten el INFORME BELMONT sobre Respeto a las personas; Principio de Beneficencia; y Justicia en el ámbito de la investigación clínica y la experimentación en seres humanos. En 1.979 Tom L. Beauchamp y James F. Childress publican “principios de Ética Biomédica”, en la cual reformulan esos principios para ser aplicados en la ética asistencial.- -Autonomía: El individuo autónomo es aquel que actúa libremente de acuerdo con un plan autoescogido y la autonomía debe reunir dos condiciones esenciales; a) La Libertad, y b) La Agencia. -No Maleficencia: Este principio solicita no dañar, una persona daña a otra cuando lesiona sus intereses. -Beneficencia: Consiste en prevenir el daño, eliminar el daño o hacer el bien a otros -Justicia: Es el tratamiento equitativo y apropiado a la luz de lo que es debido a una persona -Bioética. Concepto: Estudio sistemático de la conducta moral en las ciencias biológicas y en la medicina. La bioética reúne en un bloque de estudio los dilemas éticos asociados con la investigación biológica y su aplicación en la medicina. -Objeto de la Bioética: Asegurar el respeto del ser humano y de la biosfera, haciendo uso de las innovaciones tecnológicas -Relación Médico/Paciente: Comienza en el instante en que se encuentran las dos personas, uno como enfermo , el otro como médico, y se materializa en la entrevista médica. -Entrevista Médica: Encuentro, con objetivos profesionales, del médico con el enfermo, y constituye el marco temporal, espacial y metodológico donde se desarrolla la mayor parte del ejercicio asistencial en el ámbito de la salud y es el inicio de la relación Médico/Paciente. -Objetivos de la Entrevista Médica: Obtener la información necesaria relacionada con los problemas de salud y enfermedad de la persona que se esta atendiendo. Desarrollar una humana relación médico/paciente, ética, profunda y profesional. -Temas de la Bioética: Eugenesia: Mejora genética de embriones mediante la ingeniería genética Clonación: Reproducción asexual de un ser genéticamente igual a un original (Oveja Dolly) Proyecto sobre el genoma humano: Proyecto que va a identificar y localizar los 40,000 genes humanos Huellas genéticas: Reconocimiento, identificación o análisis de genes (portadores de enfermedades o capacidades) requerido por entidades aseguradoras, por oficinas de selección de personal Alimentos transgénicos: u organismos manipulados genéticamente, incrementando la lista de plaguicidas y sustancias químicas no suficientemente controladas Nuevas tecnologías reproductivas: La inseminación artificial y la fecundación in Vitro, tecnología para hacer frente a la infertilidad, que posibiliten implantación de embriones en “madres de alquiler” para su gestación. Trasplantes de órgano: Requisitos que tienen que cumplir los bancos de sangre, de tejidos o de órganos ¿Cuál es la prioridad a la hora de atender las necesidades? Casuística de la bioética actual -La salud Reproductiva: • La salud reproductiva, dentro del marco de la salud tal y como la define la OMS, aborda los mecanismos de la procreación y el funcionamiento del aparato reproductor en todas las etapas de la vida. Implica la posibilidad de tener una sexualidad responsable, satisfactoria y segura, así como la libertad de tener hijos si y cuando se desee. • Esta concepción de la salud reproductiva supone que las mujeres y los hombres puedan elegir métodos de control de la fertilidad seguros, eficaces, asequibles y aceptables, que las parejas puedan tener acceso a servicios de salud apropiados que permitan a las mujeres tener un seguimiento durante su embarazo y que ofrezcan a las parejas la oportunidad de tener un hijo sano. • La salud reproductiva es reconocida como un derecho en la mayoría de los países del mundo. Para la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud reproductiva es la condición de bienestar físico, mental y social vinculada al sistema reproductivo. • Por lo tanto, la salud reproductiva promueve que las personas puedan gozar de una vida sexual segura y que decidan cuándo quieren tener hijos. En este sentido, supone el derecho de hombres y mujeres de estar informados acerca del funcionamiento de sus propios cuerpos y de los métodos anticonceptivos existentes. • De esta forma, la salud reproductiva está conformada por diversos servicios y técnicas, incluyendo la educación y los cuidados vinculados a las enfermedades de transmisión sexual. • La salud reproductiva también incluye la detección precoz de afecciones ginecológicas, con exámenes como el control mamario y el PAP. • La decisión de tener hijos y cuándo tenerlos constituye uno de los asuntos más íntimos y personales que una persona debe afrontar y es fundamental que en tal ocasión no exista coacción ni ningún tipo de presión que puedan afectar la decisión de la misma. Por eso, es fundamental apoyar tanto la educación reproductiva (para que las personasdesde pequeñas sean conscientes de que no es éste un tema para tomarse a la ligera y sepan tomar precauciones a tiempo) y las leyes respecto a la salud reproductiva -La reproducción asistida: • Se denominan Técnicas de Reproducción Asistida (TRA) a todas aquellas técnicas mediante las cuales se trata de aproximar en forma artificial a las gametas femenina (óvulos) y masculina (espermatozoides) con el objeto de favorecer el embarazo. • Estas técnicas suelen utilizarse cuando los tratamientos médicos o quirúrgicos no están indicados o no han sido exitosos. • Las primeras técnicas de reproducción asistida fueron desarrolladas para el tratamiento de casos de infertilidad masculina, como problemas coitales o baja movilidad de los espermatozoides, asistiendo al depósito de los mismos en la vagina. Estas técnicas de inseminación vaginal fueron luego reemplazadas por las inseminaciones cervicales e intrauterinas, a fin de aproximar más los espermatozoides al óvulo. • Técnicas de reproducción asistida: A) De Baja Complejidad: cuándo la unión entre óvulo y espermatozoide se realiza dentro de la trompa de Falopio. • Coito programado • Inseminación intrauterina B) De Alta Complejidad: cuándo la unión entre óvulo y espermatozoide tiene lugar en el laboratorio, lo que implica la necesidad de extraer los óvulos del organismo de la mujer. • Fertilización in vitro • Inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI) • La tecnología de reproducción asistida se usa para tratar la infertilidad. Incluye tratamientos de fertilidad que manejan tanto los óvulos de una mujer como los espermatozoides de un hombre. Consiste en extraer los óvulos del cuerpo de una mujer, los que se mezclan con esperma para producir embriones. Luego los embriones se colocan en el cuerpo de la mujer. La fertilización in vitro es el tipo más común y eficaz de Tecnología de Reproducción Asistida. • Los procedimientos de tecnología de reproducción asistida a veces usan óvulos de donantes, un donante de esperma o embriones previamente congelados. También pueden utilizar una madre subrogada tradicional o gestacional. Una madre subrogada tradicional (también llamada vientre de alquiler) es una mujer que queda embarazada con el esperma del hombre de la pareja. Una madre subrogada gestacional queda embarazada con un óvulo de la pareja femenina y esperma de la pareja masculina. • La complicación más común de tecnología de reproducción asistida es un embarazo múltiple. Se puede prevenir o minimizar limitando el número de embriones que se colocan en el cuerpo de la mujer. -Anticoncepción y Aborto: • Anticoncepcion: Conjunto de métodos o sustancias empleados para evitar la fecundación y por consiguiente el embarazo ; • Aborto: Interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo antes de que el embrión o el feto estén en condiciones de vivir fuera del vientre materno. -Tipos de Anticoncepción: 1- Anticonceptivo de Barrera 2- Anticonceptivo Hormonales 3- Anticonceptivos permanentes 4- Métodos Naturales -Tipos de aborto : 1- Aborto espontâneo; 2- Aborto induzido Seguro; 3- Aborto induzido no seguro. • Legislación: Art 109 Código Penal Paraguayo Art. 109 Código Penal. 1º.- El que matare a un feto será castigado con pena privativa de libertad de hasta 5 años. Se castigará también la tentativa. 2º.- la pena podrá ser aumentada hasta 8 años, cuando el autor: 1) Obra sin consentimiento de la embarazada; o 2) Con su intervención causara el peligro serio de que la embarazada muera o sufra una lesión grave • MANIPULACIÓN GENÉTICA PERFECTIVA se inserta un gen para mejorar determinado carácter somático (físico) de la persona. • MANIPULACIÓN EUGÉNICA destinada a modificar los rasgos humanos codificados por un gran número de genes, determinantes de los rasgos específicos de la personalidad, inteligencia, carácter. • CLONACIÓN que implica la posibilidad de obtener genéticamente un individuo idéntico a otro. -Clonación, definición: • El término clonación describe una variedad de procesos que pueden usarse para producir copias genéticamente idénticas de un ente biológico. • Es un proceso importante para la investigación de enfermedades, para el avance de la medicina preventiva y terapéutica. • CLONACIÓN CELULAR Proceso por el cual se clonan las células, creándose cultivos de las mismas. • CLONACIÓN MOLECULAR Se utiliza, principalmente, para llevar a cabo todo tipo de experimentos. • CLONACIÓN NATURAL Tipo de reproducción en el que sólo hay un progenitor y la misma es asexual (incluye a los gemelos). • CLONACIÓN TERAPÉUTICA Su objetivo es poder reproducir tejidos y órganos con fines médicos. • CLONACIÓN REPRODUCTIVA Su fin es reproducir un ser humano igual a otro. Sin embargo, este procedimiento, aunque es posible, es totalmente ilegal. • CLONACIÓN DE ESPECIES Por lo general se enfocan a la reproducción de animales ya extintos. Sin embargo, estos procedimientos no han tenido mucho éxito hasta hoy, puesto que los recién nacidos han muerto rápidamente. • Experimentación en seres humanos y animales • La historia de la experimentación en humanos ha implicado una lucha por el reconocimiento de su dignidad y autonomía para poder ser participantes auténticamente voluntarios en la investigación biomédica. • En el siglo XX el método experimental fue incorporando terminologías cada vez más complicadas y sofisticadas que han permitido precisar las observaciones. Así, en 1931 aparece por primera vez el término «ensayo clínico» y en 1938 el término «placebo»; el primer ensayo clí- nico «controlado y aleatorizado» se realizó en 1946. • Pero también en el siglo XX se cometieron abusos en nombre de una supuesta ciencia; entre ellos los experimentos llevados a cabo en la Alemania del Tercer Reich • Realizaron numerosas experiencias pseudomédicas: • Ablación de músculos, • Castración y esterilización, • Inoculación de enfermedades, • Formación de llagas infectadas, • Quemaduras por aplicación de fósforo, • Observación directa de la muerte del corazón; • Introducción de las personas en una bañera llena de hielo para controlar los efectos fisiológicos del frío, • O en una cámara de baja presión, para determinar los límites de la resistencia humana en alturas extremas. • Estos «experimentos» impulsaron la redacción de una serie de códigos internacionales que regulan este campo de la investigación • Experimentación embrionaria: • La experimentación sobre embriones es un tema de gran actualidad, y es necesaria una especial prudencia para respetar la dignidad del ser humano y su vida desde su comienzo, donde es especialmente vulnerable. • Las legislaciones de algunos países europeos como Alemania, Noruega, Dinamarca o Suiza, respetan la vida humana desde el momento de la concepción. Por ello prohiben, de forma coherente, la experimentación embrionaria en sentido amplio. -Preembrion: • España e Inglaterra consideran en sus legislaciones que la vida humana comienza a partir del día 14 de la fecundación y aceptan la experimentación en la fase previa que denominan de «preembrión»; mediante este término se reconoce la condición plenamente humana del concebido solamente unos dí- as después • El término «preembrión» carece de fundamento científico y pretende justificar diferentes investigaciones en el embrión, sin que existan trabas éticas y legales. Los datos embriológicos sin embargo, nos permiten afirmar que desde la fecundación existe un individuo de la especie humana; existen varias caracterí- sticas fundamentales que lo justifican: • Novedad biológica. Nace algo nuevo al fundirse los núcleos de las células germinales; no se ha dado ni se dará una información genética exactamente igual. Ahí está escrito el color de los ojos, la forma de la nariz, etc. Se trata de un ser biológicamenteúnico e irrepetible. • Continuidad. No existe ningún salto cualitativo desde la fecundación hasta la muerte; no puede decirse que en un momento es una cosa y más adelante otra diferente; todo el desarrollo está previsto en el genoma. Desde la fecundación existe un individuo de la especie humana que se va desarrollando de manera contínua. • La experimentación con animales o experimentación in vivo es el uso de animales en experimentos científicos. • Se calcula que cada año se utilizan entre 50 y 100 millones de animales vertebrados de varias especies. • La mayoría de animales son sacrificados después de usarlos en un experimento. • Las primeras referencias a la experimentación con animales se encuentran en los escritos de los griegos en los siglos II y IV AC. Aristóteles y Erasístrato • estuvieron entre los primeros en realizar experimentos en animales vivos. Galeno, un médico romano que vivió en el siglo II DC, diseccionó cerdos y cabras, y es conocido como el "padre de la vivisección". • Ibn Zuhr, un destacado médico andalusí del siglo XII, también practicó la vivisección, e introdujo la experimentación con animales como un método experimental para probar nuevos métodos quirúrgicos antes de aplicarlos en pacientes humanos. • En la década de 1880, Louis Pasteur demostró la teoría microbiana de la enfermedad induciendo carbunco en una oveja • En la década de 1890, Ivan Pavlov utilizó perros para realizar su famoso experimento sobre condicionamiento clásico • La insulina fue aislada por primera vez en 1922 utilizando perros, y revolucionó el tratamiento de la diabetes. • El 3 de noviembre de 1957 una perra rusa, Laika, se convirtió en el primero de los muchos animales que orbitaron la Tierra. También fue el primer animal que murió en órbita. Fundamentos legales de la práctica médica y forense -El sistema penal paraguayo: 1. Etapa Preparatoria o investigativa: Es la primera de las secuencias que comprende el procedimiento ordinario, tiene por objeto la realización de una serie de actos (diligencias) para descubrir la verdad del hecho investigado, si se puede inferir razonablemente la presencia de un delito o crimen y con estos elementos establecer el nexo de relación entre delito y personas imputadas, el grado de participación que los mismos tuvieron en el hecho punible. El sujeto esencial encargado de esta investigación es el Ministerio Público. En esta etapa, además, el Ministerio Público no actúa en forma solitaria ya que es asistido activamente por la Policía Nacional. Diligencias o Actos que componen la Etapa preparatoria: • Denuncia: Comunicación escrita o verbal que realiza la victima, sus familiares, los representantes legales de las personas físicas o jurídicas o cualquier persona física que haya tomado conocimiento en forma directa o indirecta de la realización de un hecho reputado como delito o crimen. • Declaración Indagatoria: Medio de defensa del procesado. • Acta de Imputación: Es una simple comunicación con el detalle sucinto de los hechos y el derecho que pretende sostener al culminar su investigación fiscal para acusar a una persona imputada. Se realiza ante el juez penal de garantías 2. Etapa Intermedia: En esta etapa se corrige o sanea formalmente los actos de investigación, dilucidando si concurre o no los presupuestos del juicio oral. Además sirve esta etapa para determinar si la acusación está correctamente estructurada, su contenido reúne los requisitos de ley, decide sobre la apertura de juicio oral o no, se fija el objeto del proceso y se establece los límites de la acusación fijando el marco de sentencia judicial. 3. Juicio Oral Es la etapa, esencial y principal de todo el proceso penal, es la mas importante y es allí donde los conflictos sociales que significaron la apertura de un proceso penal son redefinidos mediante resolución judicial definitiva. -Teoría general del delito: EL DELITO: Es la conducta Típica, Antijurídica, Reprochable y Punible cometida por una persona ya sea actuando con Dolo o Culpa -El delito Es una conducta: • Típica: debe enmarcarse en la descripción de algún Tipo Penal • Antijurídica: la acción debe ser contraria a derecho.: no amparada en una causa de justificación • Reprochable: la persona a quien se le imputa el delito debe ser capaz de conocer la antijuridicidad del hecho y desenvolverse conforme a ese conocimiento. • Punible: tiene prevista una sanción en la Ley. -El infractor actúa con dolo o culpa: Dolo: es conocer y querer la realización del delito Tipos de Dolo: a) Dolo Directo o de primer grado: ej.: homicidio b) Dolo Indirecto o de segundo grado: ej.: muerte por bala perdida c) Dolo Eventual: ej.: muerte en accidente por conducir en estado de ebriedad d) Culpa: es la responsabilidad atribuida a la persona que teniendo el deber de cuidado lo omitiera ya sea consiente o inconscientemente e) Culpa consciente: la persona dirige su acción o conducta violando un deber de cuidado, ej.: conductor que cruza semáforo en rojo. f) Culpa inconsciente: en este caso el autor no sabe que esta violando un deber de cuidado, ej.: circular a alta velocidad en zona escolar por no percatarse de las señalizaciones -Códigos y legislaciones: • Constitución Nacional de 1.992 • Código Penal Paraguayo Ley Nº 1.160/97 • Código Procesal Penal Ley Nº 1.286/98 • Código sanitario Ley Nº 836/80 -Autoridades competentes: • Corte Suprema de Justicia • Tribunal de Apelación • Tribunal de Sentencia • Juzgado Penal de Garantías • Juzgado de Ejecución • Juzgado de Paz -El ministerio público: • Es la Institución del Estado que representa y defiende los intereses de la sociedad, se aboca a la investigación de los hechos punibles a través de sus órganos operativos y auxiliares. Uno de estos órganos es la Unidad de Medicina Legal, que colabora en la investigación de los hechos punibles contra la vida, la salud y la integridad física de las personas. -Dictamen Pericial: PERITAJE: Es el conjunto de métodos e investigaciones empleados por el perito para emitir su informe PERITO: Es el especialista en una ciencia, arte o industria designado por la autoridad judicial para proceder a un examen pericial MEDICO LEGISTA o PERITO MEDICO: Es el médico encargado por el juez, Tribunal o las partes para estudiar y pronunciarse sobre asuntos o problemas dirimidos ante la justicia. -Soportes legales de la actuación pericial: Código de Organización Judicial Ley Nº 879/81 Art. 174. Los Peritos llamados a desempeñar sus funciones deberán estar matriculados si la profesión o arte estuviese reglamentada. Si no hubiese perito titulado se nombrará a persona idónea o practica. Art. 175. Para la concesión de la matrícula por la Corte Suprema de Justicia deben concurrir las siguientes condiciones: título profesional, mayoría de edad, honorabilidad y buena conducta. La Corte Suprema de Justicia podrá casar la matricula en los mismos casos y en los mismos procedimientos establecidos en este Código para abogados y procuradores. -Nombramiento del Perito: Código de Organización Judicial Ley Nº 879/81 Art. 176. El nombramiento del perito corresponde al Juez o Tribunal que entienda en la causa o juicio. En este nombramiento intervendrán los litigantes en la forma preceptuada por las leyes procesales. Art. 177. Producido el nombramiento y aceptado el cargo, los peritos prestarán juramento de desempañarlo bien y fielmente, dentro del término que la ley le señale. -Términos y oportunidades del dictamen: Código Procesal Penal Ley Nº 1.286/98 Art. 223. Dictamen Pericial. El dictamen será fundado y contendrá una relación detallada de las operaciones practicadas y sus resultados, las observaciones de las partes o de sus consultores técnicos y las conclusiones que se formulen respecto decada tema estudiado, de manera clara y precisa. Los peritos podrán dictaminar por separado cuando exista diversidad de opiniones entre ellos. El dictamen se presentará por escrito firmado y fechado, sin perjuicio del informe oral en las audiencias. -Deberes del perito, impedimentos y recusaciones: Código de Organización Judicial Ley Nº 879/81 Art. 178. son obligaciones de los peritos: a) Cumplir su misión con puntualidad y diligencia; b) Ejecutar la operación técnica, el examen o reconocimiento real y directo, siendo posible, y con sujeción a los principios y reglas de su ciencia o arte; y c) Formular su dictamen de palabra o por escrito, según la importancia del asunto, expresando con claridad las razones que le sirven de fundamento. Código Procesal Penal Ley Nº 1286/98 Art. 216. Incapacidad. No podrán actuar como peritos: 1) Quienes por insuficiencia o alteración de sus facultades mentales, o por inmadurez, no comprendan el significado del acto; 2) Quienes deban abstenerse de declarar como testigos; 3) Quienes hayan sido testigos del hecho objeto del procedimiento; y 4) Los inhabilitados. Código Procesal Penal Ley Nº 1286/98 Art. 220. Inhibición y recusación. Serán causa legales de inhibición y recusación de los peritos las establecidas para los jueces. -Sanciones aplicables a los peritos: Código de Organización Judicial Ley Nº 879/81 Art. 179. Los peritos responderán de los daños y perjuicios causados por su negligencia o mal desempeño del cargo, sin perjuicio de su responsabilidad penal. -Función pericial del médico: Código de Organización Judicial Ley Nº 879/81 Art. 182. El Cuerpo Médico de los Tribunales estará a cargo de médicos forenses dependientes de la Corte Suprema Justicia que ejercerán sus funciones en la capital de la República. En las circunscripciones judiciales del interior del país desempeñarán la función de médico forense un médico de la localidad designado para el caso por el Juez de la causa. A ese efecto deberán preferirse a los que ejerzan un cargo público, pero la función comportará en cualquier caso una carga pública. -Responsabilidad Médica: Concepto: es una forma de responsabilidad profesional tanto civil como penal por los daños ocasionados en el ejercicio del arte de curar, cuando cometió impericia, negligencia grave, imprudencia, falta de conocimiento, ignorancia o precipitación grosera, aunque no haya tenido el propósito de causar daño. Responsabilidad Civil. Situación Jurídica derivada de una acción u omisión ilícitas que consiste en el deber de reparar el daño causado. Responsabilidad Penal Es la que proviene de la comisión de un delito o cuasidelito - modernamente llamado delito culposo - y que busca imponer un castigo de índole punitivo o sanción penal, al sujeto culpable del ilícito, ya sea en su calidad de autor, cómplice o encubridor. -Iatrogenia y Mala practica: Iatrogenia: Puede definirse a la IATROGENIA como a las alteraciones sobrevinientes que el médico NO HA PODIDO PREVEER o que previstas NO HAN PODIDO EVITARSE. De este modo la iatrogenia resulta médica y jurídicamente FORTUITA, IMPREVISTA E INEVITABLE. Las alteraciones que pueden producirse en el organismo a raíz de un hecho de esta naturaleza pueden ser directas o indirectas; orgánicas o funcionales, y, temporales o definitivas. A diferencia de la iatrogenia en la mala practica se viola el deber de cuidado IMPERICIA: Falta de conocimientos técnicos y científicos, falta de habilidad, experiencia o práctica IMPRUDENCIA: Ausencia de moderación y racionalidad es: Precipitación en el acto Descuido en atención Falta de previsión de consecuencias Falta de juicio médico INEXPERIENCIA: No se deben realizar procedimientos sin antes tener la experiencia necesaria. INDICACIONES INCORRECTAS: Derivan de una mala semiología, al carecer de un diagnostico exacto, fallan las indicaciones para el procedimiento. ERRORES DE TÉCNICA: Falta de planeación -Secreto Profesional Concepto.: Constituye secreto médico todo lo que llegue a conocimiento del médico en razón del ejercicio de su profesión. Guardar inviolable el secreto profesional es fundamental, está en la esencia misma del ejercicio de la profesión y es garantía de confianza del paciente en el profesional. -Derecho a la intimidad: Artículo 33 CN – La intimidad personal y familiar, así como el respeto a la vida privada, son inviolables. La conducta de las personas, en tanto no afecte al orden público establecido en la ley o a los derechos de terceros, está exenta de la autoridad pública. Se garantizan el derecho a la protección de la intimidad, de la dignidad y de la imagen privada de las personas. Artículo 147 Código Penal.- Revelación de un secreto de carácter privado 1º El que revelara un secreto ajeno: 1. llegado a su conocimiento en su actuación como, a) médico, dentista o farmacéutico; b) abogado, notario o escribano público, defensor en causas penales, auditor o asesor de Hacienda; c) ayudante profesional de los mencionados anteriormente o persona formándose con ellos en la profesión; o 2. respecto del cual le incumbe por ley o en base a una ley una obligación de guardar silencio, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa. 2º La misma pena se aplicará a quien divulgue un secreto que haya logrado por herencia de una persona obligada conforme al inciso anterior. 3º Cuando el secreto sea de carácter industrial o empresarial, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta tres años. Será castigada también la tentativa. 4º La persecución penal del hecho dependerá de la instancia de la víctima. Se aplicará lo dispuesto en el artículo 144, inciso 5º, última parte. 5º Como secreto se entenderá cualquier hecho, dato o conocimiento: 1. de acceso restringido cuya divulgación a terceros lesionaría, por sus consecuencias nocivas, intereses legítimos del interesado; o 2. respecto de los cuales por ley o en base a una ley, debe guardarse silencio. Artículo 148 CP.- Revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial 1º El que revelara un secreto ajeno llegado a su conocimiento en su actuación como: 1. funcionario conforme al artículo 14, inciso 1º, numeral 2; o 2. perito formalmente designado, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa. 2º La persecución penal del hecho dependerá de la instancia de la víctima. Se aplicará lo dispuesto en el artículo 144, inciso 5º, última parte. Artículo 149 CP.- Revelación de secretos privados por motivos económicos 1º Cuando los hechos punibles descriptos en los artículos 147 y 148 hayan sido realizados: 1. a cambio de una remuneración; 2. con la intención de lograr para sí u otro un beneficio patrimonial; o 3. con la intención de perjudicar a otro, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta cinco años. 2º Será castigada también la tentativa. 3º La persecución penal del hecho dependerá de la instancia de la víctima. Se aplicará lo dispuesto en el artículo 144, inciso 5º, última parte. -Excepciones previstas en la ley: Al extender el certificado de defunción; Denuncia de enfermedades infectocontagiosas obligatorias por ley; Denuncia de nacimiento al Registro Civil; Cuando actúa como Perito; Cuando por Ley tiene que denunciar hechos que puedan tipificase penalmente; Para defenderse Judicialmente ante responsabilidades. Clínica Forense -Lesiones personales o corporales: Concepto: Las lesiones o daños ocasionados a las personas en el cuerpo o su salud, teniendo en cuenta las alteraciones anatómicas y funcionales, enfermedad corporal y mental comoconsecuencia de las mismas. -Legislación: Código Penal Paraguayo Hechos Punibles Contra la vida Artículo 105.- Homicidio doloso 1º El que matara a otro será castigado con pena privativa de libertad de cinco a veinte años. 2º La pena podrá ser aumentada hasta treinta años cuando el autor: 1. matara a su padre o madre, a su hijo, a su cónyuge o concubino, o a su hermano; 2. con su acción pusiera en peligro inmediato la vida de terceros; 3. al realizar el hecho sometiera a la víctima a graves e innecesarios dolores físicos o síquicos, para aumentar su sufrimiento; 4. actuara en forma alevosa, aprovechando intencionalmente la indefensión de la víctima; 5. actuara con ánimo de lucro; 6. actuara para facilitar un hecho punible o, en base a una decisión anterior a su realización, para ocultarlo o procurar la impunidad para sí o para otro; 7. por el mero motivo de no haber logrado el fin propuesto al intentar otro hecho punible; o 8. actuara intencionalmente y por el mero placer de matar. 9. 3º Se aplicará una pena privativa de libertad de hasta cinco años y se castigará también la tentativa, cuando: 1. el reproche al autor sea considerablemente reducido por una excitación emotiva o por compasión, desesperación u otros motivos relevantes; 2. una mujer matara a su hijo durante o inmediatamente después del parto. 4º Cuando concurran los presupuestos del inciso 2º y del numeral 1 del inciso 3º, se aplicará una pena privativa de libertad de hasta diez años. Artículo 106.- Homicidio motivado por súplica de la víctima El que matara a otro que se hallase gravemente enfermo o herido, obedeciendo a súplicas serias, reiteradas e insistentes de la víctima, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años. Artículo 108.- Intervención en el suicidio 1º.- El que incitara a otro a cometer suicidio o lo ayudare, será castigado con pena privativa de libertad de tres a diez años 2º.- El que no lo impidiera, pudiendo hacerlo sin riesgo para su vida, será castigado con pena privativa de libertad de uno a tres años. 3º.- En estos casos la pena podrá ser atenuada con arreglo al Art. 67. Hechos Punibles contra la integridad física Artículo 110.- Maltrato físico 1º El que maltratara físicamente a otro, será castigado con pena de hasta ciento ochenta días- multa. 2º.- cuando la victima sea un niño la pena privativa de libertad será de hasta un año o multa 3º.- La persecución penal del hecho dependerá de la instancia de la víctima, salvo que la protección de ésta o de terceros requiera una persecución de oficio. Artículo 111.- Lesión 1º El que dañara la salud de otro, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa. 2º En los casos del inciso anterior se aplicará lo dispuesto en el artículo 110, inciso 3º. 3º Cuando el autor utilizara veneno, arma blanca, de fuego o contundente, o sometiera a la víctima a graves dolores físicos o síquicos, se aplicará una pena privativa de libertad de hasta tres años o multa. Artículo 112.- Lesión grave 1º Será castigado con pena privativa de libertad de hasta diez años el que, intencional o conscientemente, con la lesión: 1. pusiera a la víctima en peligro de muerte; 2. la mutilara considerablemente o la desfigurara por largo tiempo; 3. la redujera considerablemente y por largo tiempo en el uso de su cuerpo o de sus sentidos, en su capacidad de cohabitación o de reproducción, en sus fuerzas psíquicas o intelectuales o en su capacidad de trabajo; o 4. causara una enfermedad grave o afligente. 2º El que dolosamente maltratara físicamente o lesionara a otro y con ello causara uno de los resultados señalados en el inciso 1º, habiéndolos tenido como posibles, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años. Será castigada también la tentativa. Artículo 113.- Lesión culposa 1º El que por acción culposa causa a otro un daño en su salud, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa. 2º La persecución penal del hecho dependerá de la instancia de la víctima, salvo que la protección de ésta o de terceros requiera una persecución de oficio. Artículo 114.- Consentimiento No habrá lesión, en el sentido de los artículos 111 y 113, cuando la víctima haya consentido el hecho. Artículo 115.- Composición En los casos señalados por los artículos 110, 111, incisos 1º y 4º, y el artículo 112, se acordará la composición prevista en el artículo 59. En los casos de los artículos 111, inciso 2º, y 113 el tribunal podrá acordar la composición. Artículo 116.- Reproche reducido. Cuando el reproche al autor sea considerablemente reducido por una excitación emotiva o por compasión, desesperación u otros motivos relevantes se podrá, en los casos de los artículos 110, 111, incisos 1º y 2º, y 113, prescindir de la condena a una pena, a la composición o a ambos. Artículo 117.- Omisión de auxilio 1º El que no salvara a otro de la muerte o de una lesión considerable, pudiendo hacerlo sin riesgo personal, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa, cuando: 1. el omitente estuviera presente en el suceso; o 2. cuando se le hubiera pedido su intervención en forma directa y personal. 2º Cuando el omitente, por una conducta antijurídica anterior, haya contribuido a que se produjera el riesgo, se aplicará una pena privativa de libertad de hasta dos años o multa. -Mecanismos o Agentes Vulnerantes: “Todo Elemento, Instrumento o Sustancia, cuya acción externa causa alteraciones, lesiones o pérdida de la vida”. “Todo lo que el agresor utilizara para vencer le resistencia o defensa de la victima”. -Tipos de agentes Vulnerantes: Mecánicos Físicos Químicos Biológicos Psicológicos -Incapacidad Medico Legal: Provisional Las lesiones sanan en un determinado tiempo, el cual se puede ampliar o disminuir según la evolución. Transcurrido el periodo de recuperación se retoman las actividades con normalidad. Definitiva Las lesiones provocaron daños irreparables que impiden de forma permanente la realización de determinadas actividades. -Secuelas Medico Legales: Secuela es cualquier alteración importante en la forma o en la función de tejidos, miembros u órganos, que persiste o que va mas allá de la reparación biológica primaria. -Violencia intrafamiliar y maltrato infantil: Ley Nº 1.600/2.000 “Contra la Violencia Domestica” Artículo 1o.- Alcance y bienes protegidos. Esta ley establece las normas de protección para toda persona que sufra lesiones, maltratos físicos, psíquicos o sexuales por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar, que comprende el originado por el parentesco, en el matrimonio o unión de hecho, aunque hubiese cesado la convivencia; asimismo, en el supuesto de pareja no convivientes y los hijos, sean o no comunes. Todo afectado podrá denunciar estos hechos ante el Juez de Paz del lugar, en forma oral o escrita, a fin de obtener medidas de protección para su seguridad personal o la de su familia. Las actuaciones serán gratuitas. En los casos en que la persona afectada no estuviese en condiciones de realizar la denuncia por sí misma, lo podrán hacer los parientes o quienes tengan conocimiento del hecho. En los casos en que la denuncia se efectuara ante la Policía Nacional o en los centros de salud, la misma será remitida al Juez de Paz en forma inmediata. Artículo 3o.- Asistencia complementaria a las víctimas. Las víctimas de violencia doméstica tienen derecho a una atención urgente y personalizada por parte de las instituciones de Salud Pública y de la Policía Nacional. En tal sentido, se establece lo siguiente: Las instituciones de Salud Pública deben: a) atender con urgencia a la persona lesionada y otorgar el tratamiento porprofesionales idóneos, disponer todos los exámenes pertinentes, y la derivación del paciente a instituciones especializadas, si fuese necesaria; y, b) entregar copia del diagnóstico al paciente y al Juzgado de Paz que corresponda, dentro de las veinticuatro horas… Código Penal Paraguayo Artículo 229.- Violencia familiar 1º.- el que, aprovechándose del ámbito familiar o de convivencia ejerciera violencia física o psíquica sobre otro con quien convive o no, será castigado con pena privativa de libertad de 1 a 6 años 2º.- cuando el hecho de violencia provocara los resultados de lesión grave se aplicará la sanción prevista en el articulo 112 del Código Penal -Dictamen de embriaguez: Examen clínico El examen clínico a la persona comienza a partir del primer contacto visual que tenga el perito médico con el examinado, ya que a partir de ese instante pueden describirse manifestaciones, alteraciones o trastornos debido al consumo de los diversos tipos de sustancias embriagantes, por lo que el examinador debe estar pendiente de cualquier detalle que pueda orientarlo hacia el tipo de sustancia que ha consumido o, por el contrario, descartar su consumo, se debe observar los siguientes pasos para determinar la etología de la embriaguez. Conciencia: Definir la intensidad de la estimulación requerida para producir una respuesta en el examinado, registrando si está híper alerta, alerta, somnoliento, estuporoso o comatoso. Las sustancias estimulantes producen estados de híper alerta, mientras que las depresoras pueden producir desde el aletargamiento hasta el coma. Los alucinógenos producen estados variables. Orientación: Determinar si está en conocimiento de sí mismo, en el tiempo y en el espacio. Signos vitales: Tomar y registrar los valores de cada uno de los signos vitales (temperatura, frecuencia cardiaca, frecuencia respiratoria y tensión arterial), determinar si están alterados por exceso o por defecto. Aliento y olores particulares: Registrar si durante la anamnesis se percibió algún tipo de olor o aliento particular que pueda ser relevante en la medida que este olor puede ayudar a la identi cación de la sustancia, como el aliento alcohólico, gasolina, pegantes, yerba dulce en uso de marihuana u olor a tierra húmeda en el consumo de basuco. Piel y faneras: Valorar los tegumentos, ya que pueden reflejar situaciones que ocurren en el organismo. Observar y anotar si se encuentran huellas de venopunción. También deben describirse lesiones en dedos por quemadura por consumo de sustancias fumadas y dermatitis en región perioral o perinasal por consumo de inhalantes. Congestión conjuntival, pupilas y convergencia ocular: Describir si hay congestión e hiperemia conjuntival como en consumo de alcohol o cannabinoides; el tamaño pupilar, especificando la presencia de miosis (vista en opioides) o midriasis (en estimulantes y alucinógenos). Hidratación de mucosas: Es importante recalcar que la exposición a sustancias como los atropínicos, la marihuana y los estimulantes puede producir sequedad de las mucosas, dado que hay mayores pérdidas insensibles de agua o por disminución en la producción de saliva, por lo cual puede ser de utilidad esta valoración para orientar hacia la etiología de la embriaguez. Conducta motora: Valorar los aspectos motores del comportamiento de la persona examinada determinando si hay aumento de la actividad motora (manierismos, temblores, movimientos estereotipados, inquietud, agitación, hiperquinesia), la cual se asocia con sustancias estimulantes, o disminución (bradiquinesia, hipoquinesia) inducida por depresores. -Dictamen Sexológico y Delitos Sexuales: Código Penal Paraguayo Artículo 128.- Coacción sexual 1º.- El que mediante fuerza o amenaza con peligro presente para la vida o la integridad física, coaccionara a otro a padecer en su persona actos sexuales, o a realizar tales actos en sí mismo o con terceros, será castigado con pena privativa de libertad de hasta diez años. 2º.- Cuando la víctima haya sido violada, coaccionándosela al coito con el autor o con terceros, la pena privativa de libertad será de tres a doce años. 3º.- Cuando la víctima del coito haya sido una persona menor de dieciocho años de edad, la pena privativa de libertad será de tres a quince años. 4º.- La pena podrá ser atenuada con arreglo al artículo 67 cuando, por las relaciones de la víctima con el autor, surgieran considerables circunstancias que lo ameriten. 5º.- A los efectos de esta ley se entenderán como: 1. actos sexuales, aquellos destinados a excitar o satisfacer los impulsos de la lívido, siempre que respecto a los bienes jurídicos protegidos, la autonomía sexual y el desarrollo sexual armónico de niños y adolescentes, sean manifiestamente relevantes; 2. actos sexuales realizados ante otro, aquellos que en el sentido del numeral anterior que el otro percibiera a través de sus sentidos. Psiquiatría Forense -Psiquiatría Forense o Psiquiatría Medico Legal: La Psiquiatría médico-legal o Psiquiatría forense es la rama de la psiquiatría que se ocupa del estudio de las conductas psicopatológicas en relación con la legislación de cada país. Se relaciona con el Derecho tanto en aspectos civiles como penales y laborales. -Legislación: Código Penal Paraguayo Art. 23.- Transtorno mental 1º.- No es reprochable el que en el momento de la acción y omisión, por causa de trastorno mental, de desarrollo psíquico incompleto o retardado, o de grave perturbación de la conciencia, fuera incapaz de conocer la antijuridicidad del hecho o de determinarse conforme a ese conocimiento. 2º.- Cuando por las razones señaladas en el inciso anterior el autor haya obrado con una considerable disminución de su capacidad de conocer la antijuridicidad del hecho o de determinarse conforme a ese conocimiento la pena será atenuada con arreglo al articulo 67 -Importancia del examen Psiquiátrico.: La importancia del examen psiquiátrico radica en el mejor conocimiento de la personalidad humana, no solo para el diagnóstico y pronóstico de alteraciones mentales y de conductas antisociales, sino que también para valorar la capacidad de imputación, la peligrosidad, posibilidades de recuperación, para conocer la vocación y habilidades aplicables para un trabajo productivo y de reeducación. -Constituciones o personalidades psicopáticas: Es un desequilibrio psíquico degenerativo congénito, en grado leve pero dando ya un tinte anormal a la personalidad. 1- Personalidad mitómana, confabuladora o pseudológica: es la tendencia a la mentira, a la fantasía, la creación imaginativa, se trata de individuos con bajo nivel mental que cubren su pobreza intelectual con gran imaginación simplista. Relacionados a la difamación, Calumnia e Injurias. 2- personalidad histérica: predominan los factores afectivos, presentan reacciones psíquicas de forma inferior, primitiva Relacionados con actos impulsivos y agresiones. 3- personalidad explosiva o epileptoitoide: muestran lentitud, pereza en sus reacciones intelectuales de humor sombrío, y que de repente presentan reacciones afectivas violentas, bruscas, inesperadas sin proporción con los estímulos desencadenantes. Relacionados a hechos de sangre. 4- personalidad paranoide: sus características principales son la susceptibilidad, capricho, desconfianza, siempre a la defensiva, su desconfianza no siria sino la traducción de su miedo a los ataques del ambiente Relacionados a crímenes pasionales, excesos por confusión o temor 5- personalidad compulsiva: los compulsivos están en continua duda e indecisión con falta de eficiencia en la vida practica. 6- personalidad esquizoide o hermética: contradictorios y enigmáticos, no puede saberse lo que en realidadpiensan, sienten o quieren, a veces exageradamente sensibles otras totalmente indiferentes. Relacionados a crímenes premeditados, crueles y pasionales. 7- personalidad cicloide: es el extrovertido, que sintoniza con el ambiente, oscila entre dos extremos, euforia, leve excitación, hiperactividad, optimismo, y tristeza y decepción Relacionados a robos y estafas 8- personalidad anormal o perversa: practica delitos por carecer de conciencia moral y por no ver motivo lógico que le impida practicarlo. No se arrepienten y no se corrigen con medidas disciplinarias comunes. Relacionados a todo tipo de crímenes -Transtornos de la sexualidad: El trastorno sexual puede definirse como un estado funcional o del comportamiento que interfiere el ejercicio y la función erótica. Puede dividirse en dos grandes grupos: las disfunciones y las parafilias. Las disfunciones son trastornos de origen psíquico o somático que impiden al individuo una conducta sexual adecuada. Las parafilias, permiten una respuesta sexual adecuada y placentera pero el objeto o el estímulo sexual se desvía de las normas habituales. 1- Exhibicionismo Fantasías sexuales recurrentes, impulsos sexuales o comportamientos que implican la exposición de los propios genitales a un extraño que no lo espera. 2- Fetichismo Comprende las fantasías o comportamientos ligados al uso de objetos no animados (por ejemplo ropas íntimas). 3- Froteurismo: Impulso o comportamiento de tocar y rozar a una persona en contra de su voluntad. 4- Pedofilia Impulsos o comportamientos que implican actividad sexual con niños (generalmente menores de 13 años). 5- Masoquismo Comportamiento que implica el hecho real de ser humillado, pegado, atado, o cualquier otra forma de sufrimiento. 6- Sadismo: Actos en los que el sufrimiento psicológico o físico de la víctima es sexualmente excitante. 7- Fetichismo transvestista: Acto que implica vestirse con las ropas del sexo opuesto. 8- Voyeurismo: Acto de observar ocultamente a personas desnudas o desnudándose o que se encuentren en actividad sexual. Los parafílicos pueden cometer delitos sexuales los cuales se encuentran tipificados en el Código Penal. Los que se hallan con mayor riesgo son los paidofílicos, los exhibicionistas, los froteuristas y los sádicos. Patología Forense -Tanatología (Patología Forense): • De los verbos griegos thanatos (muerte) y logos (estudio o ciencia). Es el estudio Médico-Legal de la muerte; trata de todas las cuestiones legales que se refieren a la muerte y al cadáver. -La muerte: • Es la parada definitiva de las funciones respiratorias, circulatorias, de la sensibilidad y de la motricidad y es seguida de lesiones irreversibles. -Evolución del término Muerte: • El concepto de la muerte ha sido analizado de múltiples formas. En la antigüedad se consideraba a la respiración como lo más importante; de modo que si alguien dejaba de respirar, se concluía que estaba muerto. Luego se aceptó que el latido cardiaco era el único y definitivo signo vital, hasta que en 1.959 se determinó que era posible llegar a un estado en el que se pierden todas las funciones del encéfalo, y mantienen los latidos del corazón; así comenzó el análisis de la muerte basada en las funciones del encéfalo y surgió el concepto de muerte encefálica. -Muerte encefálica: • Es el cese irreversible de las funciones de todo el encéfalo. La posibilidad de un trasplante completo del encéfalo aún esta en estudio. • La vida es el estado de actividad de los seres orgánicos, y la máxima expresión de ese estado es el encéfalo; entonces, no se puede hablar de vida si no hay actividad encefálica. -Estado de Coma: • El coma es un estado profundo de inconsciencia. Una persona en coma está viva pero incapaz de moverse o responder a su entorno. El estado de coma se puede presentar como una complicación de una enfermedad subyacente o como resultado de lesiones, tales como traumatismo del cráneo. • El estado de coma rara vez dura más de 2 a 4 semanas. El resultado depende de la causa, la severidad y sitio de la lesión. La gente puede salir de un coma con problemas físicos, intelectuales y psicológicos. Algunas personas pueden permanecer en coma durante años o incluso décadas. Para esa gente, la causa de muerte más común es una infección, como una neumonía. -Donación de Órganos: • Donadores vivos: Puede trasplantarse el Hígado, riñones entre personas compatibles. • Donadores cadavéricos: En pacientes fallecidos en unidad de terapia intensiva, lugar donde se mantiene el cuerpo desde su fallecimiento hasta la extracción de los órganos y tejidos. -Diversas formas de muerte: • La muerte es un efecto terminal que resulta la extinción del proceso homeostático en un ser vivo. Dada la degradación del ácido desoxirribonucleico (ADN) contenido en los núcleos celulares. • Puede deberse a causas naturales (vejes, enfermedad, consecuencia de la cadena trófica, aborto espontáneo, etc.) o a causas inducidas (suicidio, homicidio, eutanasia, aborto inducido, accidentes, etc.). • Muerte aparente: estado patológica del cuerpo humano que presenta una atenuación de las funciones vitales, en grado tal que parece que estuvieran abolidos los signos vitales. (Morts Putativa) • Muerte relativa: estado caracterizado por la suspención efectiva de las funciones cardiocirculatorias, respiratorias y neurológicas, en el cual se puede conseguir aún la reanimación. • Muerte intermedia: estado en el cual se extinguen progresivamente las actividades biológicas, y ya no se consigue la reanimación con maniobras de resucitación de todo el organismo. • Muerte absoluta o real: desaparición total de toda la actividad vital -Muerte súbita: • Es la que sobreviene rápida o bruscamente en un individuo que gozaba aparentemente de buena salud y que a veces acontece en circunstancias sospechosas. • La muerte súbita en los casos médico- legales son el fin de estados patológicos latentes o ignorados hasta el desenlace, y pueden ser debido a diversos factores como emociones violentas, esfuerzos desmedidos en cardíacos, elevación o caída brusca de la presión por mecanismos diversos (baño frío o caliente, coito o esfuerzo muscular en período de digestión, etc.) Signos semitardíos • Enfriamiento: la caída de la temperatura es de ½ a 1 grado en las primeras horas; el equilibrio con la temperatura ambiente se produce entre 24 y 30 horas después de la muerte. • Deshidratación: se nota depresibilidad de los globos oculares, opacidad de la córnea, aparición de placas apergaminadas rosadas o amarillentas en la piel, en los labios y escroto. • Rigidez cadavérica: iniciándose de dos a tres horas después de la muerte, alcanzando la mayor intensidad entre las 4 a 8 horas y dura entre 24 y 72 horas • Livideces cadavéricas o manchas hipostática cutáneas: por acumulación de sangre en las zonas declives del cuerpo (pero no en las de presión) aparecen hacia las 3 horas después de la muerte y alcanza el máximo de 12 a 15 horas y ya no cambia ni con los cambios de posición del cuerpo Signos tardíos Indican la putrefacción • Pululación de microbios aerobios que agotan el oxigeno del cuerpo. • Posteriormente actúan los anaerobios que producen la putrefacción gaseosa. Signos exteriores de putrefacción. • Mancha verde abdominal: se inicia en la fosa iliaca derecha hacia las 24 hs después de la muerte, se generaliza a todo el cuerpo en una semana • Aparición de una red sanguínea subcutánea • Exfoliación de la piel, en dedo de guante en las manos • Las vísceras se ablandan, se vuelven delicuescentes, resistiendo más tiempo el corazón y el útero • Se destruyen los músculos y tendones • Se rompen los cartílagos costales y se hunde el tórax • La destrucción del cadáver es terminadapor la acción de la fauna cadavérica de insecto necrófilos. En el agua la mancha verde aparece primero en la región del esternón, se hincha la cara y se torna oscura, el cadáver se hincha por la formación de gases y flota, a los pocos días en el verano y entre 2 a 3 semanas en invierno. Adipocira y momificación son forma de retardo o paro de la putrefacción • Momificación: es un proceso de intensa desecación del cadáver sucede en climas extremadamente cálidos y secos. • Adipocira: acontece en el agua (estancada o con poca corriente) o suelo húmedo y arcilloso sin aire. -Levantamiento del cuerpo o cadáver: • Inspección Jurídica del cadáver • Perinecroscopía “El reconocimiento del cadáver o levantamiento del cuerpo es la operación que consiste en la examinación de un cadáver a fin de declarar si la muerte es el resultado de un suicidio, un accidente o un crimen, permitiendo así que sea retirado por la autoridad pública del lugar en que aquel se hallaba. El reconocimiento bien hecho del cadáver constituye las tres cuartas partes de la autopsia”. • Art. 176 del Código Penal. Inspección del lugar del hecho: La policia deberá custodiar el lugar del hecho, y comprobará mediante la inspección del lugar y de las cosas, los rastros y otros efectos materiales que sean consecuencia del hecho punible… • Art. 177 del Código Penal. Levantamiento e identificación de cadáveres: en caso de muerte violenta o en caso de que existan indicios de un hecho punible, antes de proceder a la inhumación, la policía realizará la inspección corporal preliminar, la descripción de la situación o posición del cuerpo y de la naturasleza de las lesiones o heridas… Comprende tres investigaciones • Inspección del lugar: atribución de los técnicos policiales con acompañamiento del Médico forense a) Examen del ambiente mediato b) Examen del ambiente inmediato • Inspección del cuerpo en el lugar: corresponde al Médico forense a) Verificar la realidad de la muerte b) Verificar las prendas c) Indicar la posición en relación al ambiente d) Indicar la posición de conjunio • Inspección superficial del cuerpo: si ésta no permite determinar la causa de la muerte de forma precisa, se recurre a la autopsia. • En el certificado de levantamiento constan: a) Verificación de la realidad de la muerte b) Fecha y hora de la muerte c) Causa de la muerte y mecanismos d) Presencia o ausencia de rastros de violencia e) Cualquier otro dato relevante -La Autopsia Médico Legal: Es el análisis sistemático, metódico, científico y conservador del cadáver. Tiene por objeto: • Investigar la causa de la muerte • Buscar lesiones superficiales y profundas de violencia • La relación de las lesiones con la muerte • Art. 178 del Código Penal. Autopsia: cuando por la percepción exterior de la inspección corporal preliminar no se conozca de una manera manifiesta, inequívoca la causa de la muerte se procederá a la autopsia del cadáver por el Cuerpo Médico Forense, quienes informaran sobre la naturaleza de las lesiones, el modo y la causa del fallecimiento y sus circunstancias. Etapas de la Autopsia: • Identificación • Examen de las ropas • Examen exterior del cuerpo • Autopsia propiamente dicha • Recolección y toma de muestras para exámenes especiales • Recomposición -Técnicas de autopsia: • La más recomendada es la incisión en Y para ambos sexos permite reparar convenientemente el cadáver una ves terminados todos los exámenes. Se inicia el exámen de cada sistema anotando en cada órgano peso, dimensiones, color, consistencia, forma y aspecto exterior, en el siguiente orden: • Relación de los órganos del tórax • Aparato cardiovascular • Sistema respiratorio • Sistema genito-urinario • Sistema gastrointestinal Cuando sea necesario el exámen del cerebro, se hace una incisión que permite reflejar hacia delante y atrás el cuero cabelludo sin desfigurar la cara ni alterar la distribución de pelo. Una vez hecha la descripción microscópica de los órganos en el orden que hemos descrito se deben obtener fragmentos de los siguientes órganos los cuales deben ser de un tamaño que permita una buena fijación: • Tiroides, Corazón, Aorta, Pulmones, Hígado. Bazo, Suprarrenales, Riñones, Esófago, Estómago, Intestino delgado, Intestino grueso, Apéndice, cerebro, ganglios linfáticos, piel, músculos. • Protocolo de autopsia 1- Ficha y Acta de Autopsia nombre, sexo, edad, profesión, raza, diagnóstico clínico, fecha y hora de la autopsia, fecha y hora de la muerte, médico que la practicó. 2- exámen externo del cadáver Color, peso, longitud, desarrollo, estado de nutrición. Tipo constitucional (hipoplástico, asténico, atlético), rigor mortis, livor mortis. Cianosis, palidez, ictericia, pigmentaciones, lesiones o escaras de la piel, fracturas, quemaduras heridas o edemas. Temperatura corporal Cabeza, configuración, color y distribución del pelo, pupilas (tamaño si son regulares e iguales) iris, color, esclerótica, nariz, oídos, boca (labios, lengua, dientes) cuello. Tórax, abdomen, genitales, extremidades, señales especiales de identificación. -Asfixias: • Es la muerte producida por impedimento mecánico a la penetración del aire atmosférico en el árbol respiratorio, es decir, se produce cuando deja de fluir oxigeno hacia los pulmones, por una obstrucción en la garganta o la tráquea, provocando diversos trastornos en el organismo. -Clasificación de las Asfixias: 1) Asfixias Clínicas • Tiene que ver con los estados patológicos o enfermedades cardíacas, respiratorias o hemáticas. 2) Asfixia Mecánica: • Resulta de un impedimento mecánico a la penetración del aire a las vías respiratorias. Su etiología puede ser homicida, suicida o accidental. • Por constricción del cuello • Por sofocación • Por sumersión o inmersión -Asfixias mecánicas por constricción del cuello: Ahorcamiento: • Producida por la constricción del cuello, ejercida por un lazo sujeto a un punto fijo y sujeto, sobre el cual ejerce tracción el propio peso del cuerpo. • Completo: la fuerza pasiva de constricción la ejerce todo el peso del cuerpo por estar suspendido íntegramente. • Incompleto: la tracción sobre el lazo la realiza solo una parte del cuerpo por estar apoyado parcialmente sobre una superficie -Lesiones comunes en el ahorcamiento: Lesiones externas: Tiene que ver con los estados patológicos o enfermedades cardíacas, respiratorias o Resulta de un impedimento mecánico a la penetración del aire a las vías respiratorias. Su etiología puede ser homicida, suicida o accidental. Asfixias mecánicas por constricción del cuello: nstricción del cuello, ejercida por un lazo sujeto a un punto fijo y sujeto, sobre el cual ejerce tracción el : la fuerza pasiva de constricción la ejerce todo el peso del cuerpo por estar suspendido íntegramente. la tracción sobre el lazo la realiza solo una parte del cuerpo por estar apoyado parcialmente sobre una Lesiones comunes en el ahorcamiento: • Surco de ahorcamiento completo e incompleto • Livideces en la parte inferior de abdomen y manos • Erección y eyaculación en el hombre • Contusiones en el cuerpo por convulsiones Lesiones internas: • Desgarro de la arteria carótida y yugular • Desgarro con hemorragia de los músculos cervicales • Fractura de las vertebras cervicales • Rompimiento de cuerdas vocales • Congestiones del esófago Estrangulamiento • Es la constricción mortal ejercida en el cuello, mediante lazo, o directamente con las manos, de tal modo que es una fuerza activa de origen externo que produce oclusión de las vías Estrangulamiento a lazo: que ocasiona una anemia cerebral, produciéndose también una obstrucción al paso del aire por las vías respiratorias provocando un fenómeno asfíctico, al hacer compresión directa sobre la laringe. Estrangulamiento a mano: paredes
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