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Las-denominaciones-de-origen-en-Mexico-propuesta-para-fomentar-su-proteccion

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA 
 DE MÉXICO 
 
 
FACULTAD DE DERECHO 
 
SEMINARIO DE PATENTES, MARCAS Y DERECHO DE 
AUTOR 
 
 
LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN EN 
MÉXICO, PROPUESTA PARA FOMENTAR SU 
PROTECCIÓN 
 
 
 
 
T E S I S 
 
QUE PARA OPTAR POR EL 
TÍTULO DE: 
 
LICENCIADO EN DERECHO 
 
P R E S E N T A: 
 
MANUEL TAPIA GALICIA 
 
 
 
ASESOR DE TESIS 
LIC. MARÍA DEL CARMEN ARTEAGA ALVARADO 
 
 
 
 
CIUDAD UNIVERSITARIA MÉXICO D.F. 2009 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
Restricciones de uso 
 
DERECHOS RESERVADOS © 
PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL 
 
Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal 
del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). 
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fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo 
mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, 
reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el 
respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 
 
 
 
 
A mis padres Andrés y Rosario 
Esta tesis es el resultado 
de años de paciencia y educación 
Gracias por todo 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A la Licenciada Carmen Arteaga Alvarado 
Gracias por su confianza en mí y 
por su aliento para la conclusión 
de este proyecto 
 
Dime y olvidaré, 
muéstrame y podría recordar, 
involúcrame y entenderé 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Al Doctor Carlos Arellano García 
Gracias por su amistad y 
por sus consejos para esta tesis 
y para la vida profesional 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A la Universidad Nacional Autónoma de México 
A la Facultad de Derecho 
A mis maestros 
por contribuir ampliamente en mi formación profesional 
y por hacerme sentir orgulloso de ser estudiante de esta 
Máxima Casa de Estudios 
 
 
 
 
 
 
 
A Giullieth Argelia 
Gracias por tu apoyo 
para la realización de esta tesis 
 
 
 
 
 
 
A mis hermanos 
por su ejemplo a seguir 
 
 
 
 
 
A mis amigos y amigas 
Con singular afecto a Perla y a Patricia 
 
ÍNDICE GENERAL 
 
Página 
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................. I 
 
CAPÍTULO PRIMERO 
LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN 
 
SECCIÓN PRIMERA 
ANTECEDENTES DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN 
 
1.1.1. Mesopotamia ......................................................................................................................... 5 
1.1.2. Asiria ..................................................................................................................................... 7 
1.1.3. Egipto .................................................................................................................................... 8 
1.1.4. Grecia .................................................................................................................................... 9 
1.1.5. Roma ..................................................................................................................................... 10 
1.1.6. Edad Media ........................................................................................................................... 11 
1.1.7. Francia ................................................................................................................................... 11 
1.1.8. España ................................................................................................................................... 15 
1.1.9. México .................................................................................................................................. 16 
1.1.10. Portugal ................................................................................................................................. 19 
1.1.11. Hungría ................................................................................................................................. 24 
 
SECCIÓN SEGUNDA 
LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN EN LAS 
LEGISLACIONES MODERNAS 
 
1.2.1. Francia ................................................................................................................................... 24 
1.2.2. España ................................................................................................................................... 28 
1.2.3. Italia ...................................................................................................................................... 29 
1.2.4. México .................................................................................................................................. 30 
 
SECCIÓN TERCERA 
REGULACIÓN DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN EN DERECHO MEXICANO 
 
1.3.1. Ley de Propiedad Industrial de 1942 ..................................................................................... 32 
1.3.2. Ley de Invenciones y Marcas de 1976 .................................................................................. 40 
1.3.3. Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial de 1991 ........................................ 41 
1.3.4. Ley de la Propiedad Industrial de 1994 ................................................................................. 43 
 
SECCIÓN CUARTA 
LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN EN LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 
VIGENTE 
 
1.4.1. Definición de denominación de origen .................................................................................. 44 
1.4.1.1. Gramatical .......................................................................................................................... 44 
1.4.1.2. Doctrinal ............................................................................................................................. 44 
1.4.1.3. Legal ................................................................................................................................... 46 
1.4.2. Elementos de la definición de denominación de origen ........................................................ 47 
1.4.2.1. El nombre de una región geográfica del país ...................................................................... 47 
1.4.2.2. El nombre debe servir para designar un producto originario de dicha región geográfica ... 49 
1.4.2.3. La calidad o característica del producto se deban exclusivamente al medio geográfico 
(factores naturales y humanos) ........................................................................................... 60 
1.4.2.4. El factor humano ................................................................................................................ 61 
1.4.2.5. El factor natural .................................................................................................................. 62 
1.4.2.6. La calidad del producto ...................................................................................................... 63 
1.4.2.7. Las características del producto .......................................................................................... 68 
1.4.3. Protección de una denominación de origen ........................................................................... 68 
1.4.3.1. Interés jurídico para solicitar su protección ........................................................................ 69 
1.4.3.2. Trámite ............................................................................................................................... 78 
1.4.3.2.1. Solicitud ........................................................................................................................... 83 
1.4.3.2.2. Examen de datos y documentos aportados ......................................................................86 
1.4.3.2.3. Publicación de un extracto de la solicitud en el Diario Oficial de la Federación ............. 89 
1.4.3.2.4. Plazo para formular objeciones u observaciones y aportar pruebas por terceros que 
acrediten su interés jurídico ........................................................................................... 91 
1.4.3.2.5. Pruebas aportadas por terceros que acrediten su interés jurídico ..................................... 95 
1.4.3.2.6. Desahogo de las pruebas aportadas y práctica de los estudios e investigaciones 
correspondientes ............................................................................................................ 95 
1.4.4. Resolución ............................................................................................................................. 98 
1.4.5. Declaración de protección de una denominación de origen .................................................. 99 
1.4.6. Medios de Impugnación ........................................................................................................ 104 
1.4.6.1. Antes de las reformas del 31 de diciembre de 2000 a la Ley Federal de Procedimiento 
Administrativo .................................................................................................................... 104 
1.4.6.2. A partir de las reformas del 19 de abril y 30 de mayo de 2000 a la Ley Federal de 
Procedimiento Administrativo y al artículo 14, fracción XI de la Ley Orgánica del 
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y hasta mayo de 2007 ...................... 105 
1.4.6.3. De mayo de dos mil siete a julio de 2008 ........................................................................... 109 
1.4.6.4. De julio de 2008 a la fecha. ................................................................................................ 113 
1.4.7. Medios de impugnación a favor de la autoridad .................................................................... 114 
1.4.8. Titularidad de la denominación de origen protegida ............................................................. 117 
1.4.9. Vigencia de la declaratoria .................................................................................................... 120 
1.4.10. Modificación de la declaración de protección de una denominación de origen .................... 124 
 
SECCIÓN QUINTA 
REGISTRO INTERNACIONAL DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN 
 
1.5.1 Finalidad................................................................................................................................... 125 
1.5.2. Fundamento legal ..................................................................................................................... 130 
1.5.3. Trámite ..................................................................................................................................... 131 
 
 
CAPÍTULO SEGUNDO 
AUTORIZACIÓN DE USO DE UNA DENOMINACIÓN DE ORIGEN 
 
SECCIÓN PRIMERA 
AUTORIZACIÓN DE USO 
 
2.1.1. Definición de autorización de uso de una denominación de origen ...................................... 138 
2.1.2. Fundamento legal .................................................................................................................. 141 
2.1.3. Requisitos para solicitar la autorización de uso ..................................................................... 142 
2.1.4. Procedimiento ........................................................................................................................ 148 
2.1.5. Obligaciones del usuario autorizado...................................................................................... 151 
2.1.6. Facultades del usuario ........................................................................................................... 151 
2.1.7. Vigencia de la autorización de uso ........................................................................................ 156 
2.1.8. Problemas derivados de la autorización de uso ..................................................................... 157 
 
 
SECCIÓN SEGUNDA 
LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE APOYO A LAS DENOMINACIONES DE 
ORIGEN 
 
2.2.1. Las normas oficiales mexicanas ............................................................................................ 162 
2.2.2. Sujetos facultados para expedir las normas oficiales mexicanas ........................................... 172 
2.2.2.1. Dependencias normalizadoras ............................................................................................ 172 
2.2.2.2. Comités Consultivos Nacionales de Normalización ........................................................... 173 
2.2.3. Programa Nacional de Normalización ................................................................................... 176 
2.2.4. Observancia de las normas técnicas ...................................................................................... 183 
2.2.5. Entidades de acreditación ...................................................................................................... 184 
2.2.5.1. Agentes de la evaluación de la conformidad ...................................................................... 185 
2.2.5.2. Unidades de verificación (organismos de inspección)........................................................ 190 
2.2.5.3. Organismos de Certificación .............................................................................................. 201 
2.2.6. Vigilancia y sanciones por incumplimiento .......................................................................... 204 
 
 
CAPÍTULO TERCERO 
NULIDAD, CADUCIDAD Y CANCELACIÓN DE LA 
AUTORIZACIÓN DE USO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN 
 
3.1. Los procedimientos de declaración administrativa ..................................................................... 212 
3.1.1. Concepto de declaración administrativa ................................................................................ 212 
3.1.2. Aspectos generales de las declaraciones administrativas ...................................................... 214 
3.1.3. Aspectos particulares de cada tipo de declaración administrativa......................................... 221 
3.1.3.1. Nulidad .................................................................................................................................. 221 
3.1.3.2. Cancelación ........................................................................................................................... 225 
3.1.3.3. Caducidad.............................................................................................................................. 227 
3.1.3.4. Infracción administrativa ...................................................................................................... 230 
3.1.3.4.1. Infracciones por usar sin autorización una denominación de origen ............................. 231 
3.1.3.4.2. Infracciones originadas por causar confusión en el consumidor .................................... 232 
3.1.3.4.3. Infracciones por competencia desleal ............................................................................ 233 
 
 
CAPÍTULO CUARTO 
DENOMINACIONES DE ORIGEN EN MÉXICO 
 
SECCIÓN PRIMERA 
DENOMINACIONES DE ORIGEN PROTEGIDAS EN MÉXICO 
 
4.1.1. Denominaciones de origen con declaración de protección ................................................... 240 
4.1.2. Solicitudes en trámite ............................................................................................................ 241 
4.1.3. Importancia de la protección de las denominaciones de origen para México ....................... 242 
4.1.4. Alternativas a las denominaciones de origen ........................................................................ 250 
4.1.5. Propuesta 1: Creación de un catálogo nacional de productos típicos o tradicionales 
(artesanías, productos agrícolas, bebidas u objetos ornamentales) cuyos nombres sean 
susceptibles de ser protegidosmediante el signo distintivo denominaciones de origen ........ 272 
4.1.5.1. Primer catálogo ..................................................................................................................... 272 
4.1.5.2. Segundo catálogo .................................................................................................................. 274 
4.1.5.3. Utilidad del catálogo de productos típicos o tradicionales .................................................... 275 
 
SECCIÓN SEGUNDA 
LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN Y LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA 
 
4.2.1. Concepto de indicación geográfica........................................................................................ 288 
4.2.2. Derecho comparado ............................................................................................................... 297 
4.2.2.1. Legislación extranjera ........................................................................................................... 298 
4.2.2.1.1. Argentina ......................................................................................................................... 298 
4.2.2.1.2. Brasil ................................................................................................................................ 302 
4.2.2.1.3. Chile ................................................................................................................................ 304 
4.2.2.1.4. Cuba ................................................................................................................................. 305 
4.2.2.1.5. España .............................................................................................................................. 306 
4.2.2.1.6. Francia ............................................................................................................................. 308 
4.2.2.1.7. Italia ................................................................................................................................. 310 
4.2.2.1.8. Unión Europea ................................................................................................................. 314 
4.2.2.2. Tratados ................................................................................................................................. 317 
4.2.2.2.1. Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial .................................... 317 
4.2.2.2.2. Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o 
engañosas en los productos .............................................................................................. 318 
4.2.2.2.3. Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su 
Registro Internacional (del 31 de octubre de 1958, modificado el 28 de septiembre de 
1979) ............................................................................................................................... 319 
4.2.2.2.4. Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio sobre los Aspectos de los 
Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC o TRIPS en 
inglés) .............................................................................................................................. 320 
4.2.2.2.5. Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN o NAFTA por sus siglas 
en inglés).......................................................................................................................... 322 
4.2.2.2.6. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de 
El Salvador, Guatemala y Honduras ................................................................................ 324 
4.2.2.2.7. Convenios con la Unión Europea .................................................................................... 325 
4.2.3. Propuesta 2: El establecimiento en la Ley de la Propiedad Industrial de las Indicaciones 
Geográficas, como género y de las denominaciones de origen y de las indicaciones de 
procedencia como especies, para ampliar su ámbito de protección ...................................... 327 
 
CONCLUSIONES ............................................................................................................................. 335 
 
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................... 341 
 
HEMEROGRAFÍA ........................................................................................................................... 344 
 
DICCIONARIOS ............................................................................................................................... 346 
 
PÁGINAS ELECTRÓNICAS .......................................................................................................... 347 
 
LEGISLACIÓN NACIONAL .......................................................................................................... 361 
 
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN ................................................................................... 363 
 
ANEXOS ............................................................................................................................................ 364 
 
ÍNDICE DE CUADROS 
 
Cuadro 1. Elementos de las denominaciones de origen ....................................................... 35 
Cuadro 2. Regímenes de la Administración Pública Federal ............................................... 76 
Cuadro 3. Regímenes de la Administración Pública del Distrito Federal ............................ 76 
Cuadro 4. Regímenes de la Administración Pública del Estado de México ........................ 77 
Cuadro 5. Crónica de las denominaciones de origen ........................................................... 97 
Cuadro 6. Fecha de publicación de las declaratorias generales de protección de 
denominaciones de origen ..................................................................................................... 103 
Cuadro 7. Países miembros del Arreglo de Lisboa (8 de abril de 2008) ............................. 129 
Cuadro 8. Denominaciones de origen protegidas en México con registro internacional ..... .136 
Cuadro 9. Diferencias entre norma oficial mexicana y norma mexicana ............................ 165 
Cuadro 10. Normas oficiales mexicanas expedidas en apoyo a las denominaciones de 
origen..................................................................................................................................... 175 
Cuadro 11. Temas propuestos en el Programa Nacional de Normalización vinculados 
con las denominaciones de origen ......................................................................................... 178 
Cuadro 12. Procedimiento de elaboración de una norma oficial mexicana ......................... 182 
Cuadro 13. Ejemplos de convocatorias para acreditar agentes de la evaluación de la 
conformidad publicadas en el Diario Oficial de la Federación ............................................. 188 
Cuadro 14. Ejemplos de avisos por los que se dan a conocer agentes de evaluación de la 
conformidad, publicados en el Diario Oficial de la Federación ............................................ 189 
Cuadro 15. Consejos Reguladores de denominaciones de origen protegidas acreditados 
por la entidad mexicana de acreditación como unidades de verificación ............................. 200 
Cuadro 16. Organismos de certificación de producto acreditados por la entidad mexicana 
de acreditación en materia de denominaciones de origen ..................................................... 203 
Cuadro 17. Diferencias entre denominación de origen y marca colectiva ........................... 264 
Cuadro 18. Marcas colectivas registradas ............................................................................ 265 
Cuadro 19. Marcas colectivas en trámite .............................................................................267 
Cuadro 20. Ejemplo de catálogo de productos típicos o tradicionales ................................ 286 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I 
Introducción 
 
Las denominaciones de origen sirven para identificar e individualizar a un producto 
como originario de una zona cuando el producto toma su nombre de tal región y cuyas 
cualidades o características, así como su calidad, se deben exclusivamente al medio en el 
que se produjeron, y en las que intervienen factores naturales y humanos que le dan sus 
rasgos distintivos. 
 
El nacimiento de las denominaciones de origen se remonta a la historia antigua, y se 
ubica casi a la par del surgimiento de la bebida alcohólica denominada vino, pues a partir 
del inicio de la producción de esta y de su comercialización es cuando el hombre comienza 
a identificar al producto en atención a su zona de procedencia y también en atención a la 
calidad del mismo, rasgos característicos de las actuales denominaciones de origen. 
 
Si bien la gestación de las denominaciones de origen fue ajena al Derecho, las 
consecuencias derivadas de la adulteración y de la competencia desleal hicieron surgir las 
primeras normas tendientes a regular su producción, distribución y comercialización. El 
Marqués de Pómbal participa en la restricción y defensa del vino de Oporto en Portugal, y 
en el establecimiento de la Compañía General de la Agricultura de los Viñedos del Alto 
Duero en el año de 1756, que es, sin duda alguna, el antecedente más remoto de los 
Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen (o de las Normas Oficiales 
Mexicanas vinculadas con una denominación de origen protegida, en el caso de México). 
 
A finales del siglo XIX surge el Convenio de París, primer Tratado Internacional 
que aborda la regulación de las denominaciones de origen, aunque lo hace de forma muy 
rústica, pues se refiere a indicaciones de procedencia más que a denominaciones de origen. 
Enseguida, en Francia, se dará un paso importante en el desarrollo de esta figura, pues 
 
 
 
 
II 
surge, a principios del siglo XX, la Appellation d'Origine, que es considerada la primera 
regulación moderna de las actuales denominaciones de origen. A partir de ese momento su 
ejemplo sería retomado por la legislación nacional de diversos países, como España e Italia. 
Será en España donde surja el concepto moderno de los Consejos Reguladores de las 
denominaciones de origen para proteger la producción de los vinos Jerez y Rioja. 
 
México adopta la figura de las denominaciones de origen en 1973 y la primera y, 
por muchos años, única denominación de origen protegida fue “Tequila”. A partir de ahí la 
evolución de nuestra legislación ha sido pausada y el aumento de denominaciones de origen 
protegidas también ha sido lacónico. 
 
En nuestro país, es necesario estudiar a la Ley Federal sobre Metrología y 
Normalización, al vincularse la LPI en materia de denominaciones de origen con las 
Normas Oficiales Mexicanas a fin de garantizar y homogeneizar los procesos de 
elaboración de los productos a distinguir con las denominaciones de origen. El control y 
vigilancia del cumplimiento de dichas normas hace necesaria la creación de organismos y 
unidades de verificación que, respecto de las denominaciones de origen, se erigen en 
verdaderos Consejos Reguladores. 
 
La importancia de las denominaciones de origen es clara y por tal razón se debe 
impulsar su crecimiento, se debe promover la distinción de productos típicos mediante 
estos signos distintivos. Las ventajas no sólo son económicas, también influyen en el 
prestigio del país en general y de la región productora en lo particular. 
 
En el presente estudio se analiza la necesidad de impulsar su crecimiento y se 
confronta su utilidad práctica frente a otras alternativas a la luz de sus ventajas y sus 
carencias; así, mencionamos que los trámites administrativos exigidos para explotar una 
 
 
 
 
III 
denominación de origen muchas veces desaniman al productor y otras tantas implican 
erogar importantes cantidades de dinero a fin de acreditar el cumplimiento de las 
disposiciones técnicas y jurídicas. 
 
En el Capítulo Primero nos referimos a dos grandes rubros, por una parte a los 
antecedentes de las denominaciones de origen, en donde, a nuestro criterio, analizamos y 
tomamos un posible punto de partida para trazar el comienzo de la evolución de este signo 
distintivo hasta alcanzar sus matices actuales. También nos referimos a los antecedentes en 
la legislación mexicana y a su regulación actual. En este último punto estudiamos a detalle 
los elementos de las denominaciones de origen y la problemática que deriva de la 
aplicación práctica de los mismos. Finalmente nos referimos de forma breve a los medios 
de impugnación y al registro internacional de estos signos distintivos. 
 
En el Capítulo Segundo aludimos a autorización de uso de la denominación de 
origen, pues al ser el Estado el titular de este signo distintivo, para poder explotarla 
lícitamente el gobernado debe solicitar la autorización de uso respectiva. Nos referimos a 
los problemas que en la práctica se han presentado respecto de este tópico. También 
estudiamos de forma independiente, por su trascendencia y complejidad, a las normas 
oficiales mexicanas, en virtud de que por disposición expresa de la LPI estos ordenamientos 
se deben cumplir para obtener la autorización de uso de una denominación de origen. 
Además, de la aplicación de dichos ordenamientos surge la necesidad de constituir 
organismos de certificación y unidades de verificación que también se erigen como 
Consejos Reguladores. 
 
En el Capítulo Tercero nos referimos a los procedimientos de declaración 
administrativa de nulidad, cancelación e infracción administrativa. Aludimos en este rubro 
a la caducidad de la autorización de uso y señalamos que no es necesario un 
pronunciamiento del IMPI en este sentido. 
 
 
 
 
IV 
 
En el Capítulo Cuarto confrontamos esos signos distintivos con las marcas 
colectivas y señalamos las ventajas que aquellos tienen sobre estas. Indicamos cuál es la 
problemática vigente y cuál la posible solución. En este rubro se propone la adopción de las 
Indicaciones Geográficas a fin de llenar el vacío al que se enfrentan los productores de 
productos típicos o tradicionales que quieren proteger el nombre de un producto típico y no 
cumplen los requisitos exigidos por la Ley para obtener la declaratoria de protección de una 
denominación de origen y tampoco confían en el alcance de protección de una marca 
colectiva. 
 
Finalmente proponemos la elaboración de sendos catálogos a fin de tener un 
documento fiable en el que consten todos los posibles candidatos a ser protegidos como 
denominación de origen, pues somos conscientes de la riqueza natural y cultural de nuestro 
país, pero también somos sabedores de la problemática que se debe hacer frente cuando, 
por no cuidar el patrimonio nacional, sujetos advenedizos, generalmente extranjeros, se 
aprovechan de esa riqueza en perjuicio de nuestras tradiciones. 
 
El objetivo de la presente tesis es, además de ubicar los puntos conflictivos de este 
tema, sistematizar el estudio de las denominaciones de origen para tratar de solventar la 
carencia de material bibliográfico indispensable e impulsar la protección de productos 
típicos en este país. Esperamos que dicho objetivo se haya cumplido, esperamos que este 
material sea útil para el que esto escribe y para el lector que se interese por adentrarse en el 
estudio del tema en análisis. 
 
 
 
 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[1] 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPÍTULO PRIMERO 
LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN 
 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[2] 
 
 
Cuando bebemossorbo a sorbo 
una botella de un cierto vino, 
estamos literalmente 
saboreando el suelo y el 
subsuelo donde hunden sus 
raíces sus viñas, el sol, la lluvia 
y hasta los vientos que han 
mecido sus racimos.
1
 
 
SECCIÓN PRIMERA 
 
ANTECEDENTES DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN 
 
Aludir a las denominaciones de origen es hacer referencia a productos típicos o 
tradicionales de un país, con características peculiares adquiridas del ambiente y de la 
destreza de los productores, elementos que coadyuvan a darle una esencia única, y 
generalmente inimitable y, en virtud de que dichas características normalmente son propias 
de un lugar, zona o región geográfica determinados, el producto elaborado en tales sitios 
adquiere comúnmente el nombre de los mismos para establecerse un vínculo indisoluble 
que permite al consumidor identificarlo en el mercado. 
 
La aceptación de ese producto genera altos niveles de demanda y esa demanda 
indica que la producción de dicho bien puede generar beneficios económicos, razón por la 
cual, en más de una ocasión, la comercialización de un producto de prestigio y con una 
raigambre sin precedentes se ve afectada por bienes semejantes o parecidos, pero que no 
cumplen con las características que le dieron mérito al original, lo que ocasiona un 
 
1
 El club de vinos, gastronomía y cultura, ¿Qué es una denominación de origen?, sitio web “Club de vinos. 
Gastronomía y Cultura”, 2005, URL: http://www.vinosycultura.com/momento/denominacion.html [Consulta: 
9 de junio de 2006] 
http://www.vinosycultura.com/momento/denominacion.html
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[3] 
 
detrimento en el prestigio, aceptación o fama del mismo frente al consumidor, en provecho, 
aunque sea temporal, del creador del producto apócrifo o advenedizo. 
 
Este problema es el que se ha pretendido resolver al establecer en la legislación de 
muchos países la figura de las denominaciones de origen protegidas
2
.Tal situación justifica 
que el Derecho venga a establecer reglas de obtención e identificación del producto para 
proteger a determinados sectores de la población, como lo son los productores, los 
comerciantes y los consumidores, amparándose en la tradición, características, calidad y el 
prestigio de un producto y sin olvidar el aspecto eminentemente comercial del mismo. Si no 
hubiera ganancias o pérdidas económicas importantes o afectación a un número 
considerable de personas (principalmente consumidores), no se requeriría una protección 
jurídica de gran envergadura como la que se ha desarrollado al respecto. 
 
El término “denominación de origen” es de creación relativamente reciente; a 
finales del siglo XIX y principios del XX se comienza a estructurar, a la luz de la propiedad 
industrial, por tanto, en la referencia que se realizara de las mismas, será atendiendo a sus 
características, equiparándolas a la regulación actual, aunque no se conocieran como tales o 
no tuvieran una protección siquiera similar a la vigente. 
 
Varios siglos atrás surgieron algunos bienes que han llegado hasta nuestros días, y 
otros más comenzaron a producirse de forma doméstica. Dichos productos fueron, 
 
2
 El término “protegidas”, de entrada nos hace suponer que hay denominaciones de origen que no lo están, 
pero que lo son; ergo, hay gran cantidad de productos, en diversos países, incluyendo nuestro país, que no han 
alcanzado este grado de protección y que, por tanto, siguen sufriendo los problemas aludidos en el párrafo 
precedente. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[4] 
 
principalmente alimenticios, y quizá el más destacado sea la bebida alcohólica denominada 
“vino”. Su historia se toma como punto de partida para el desarrollo del aspecto histórico 
del presente escrito, pues su expansión ha sido mundial. 
 
La relación histórica del vino con las denominaciones de origen es clara, pues 
fueron los productores tal bebida los primeros en requerir una protección jurídica frente a 
los embates de la competencia desleal de otros fabricantes que veían en la imitación de esos 
bienes tradicionales la oportunidad de obtener ganancias fáciles, aún a costa del prestigio 
del producto auténtico.
3
 
 
Gutiérrez González indica que “El descubrimiento de las bebidas alcohólicas se 
remonta a la prehistoria, su uso es tan antiguo como la humanidad misma, su 
descubrimiento ocurrió mediante el proceso más elemental del conocimiento del hombre, 
en el que primero se conocen los efectos y luego las causas. Desde el origen de la 
humanidad…, en cuanto el hombre ejerció su capacidad de raciocinio, descubrió que la 
ingesta del jugo fermentado de las uvas produce efectos perturbadores en el estado de 
ánimo de quien las ingiere; estado de ánimo que primitivamente era relacionado con el 
espíritu de las personas, por lo que, se les empezó a llamar bebidas espirituosas.”
4
 
 
 
3
 El vino surge de manera accidental, producto de la fermentación de las uvas, fruto que se considera aún más 
antiguo que la humanidad misma, y que el hombre comenzó a cultivar en los inicios de su etapa de 
sedentarismo. Esta fermentación es inmanente al fruto, toda vez que se presenta por la maduración de la uva y 
por el simple paso del tiempo, sin necesidad de colocarla en recipientes especiales o en temperaturas 
determinadas. 
4
 GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, Salvador, Realidad y mitos del tequila. Criatura y genio del mexicano a través 
de los siglos, México, Editorial Ágata. Secretaría de Cultura de Jalisco, 2ª edición, 2001, pág. 23. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[5] 
 
Una vez que tal producto se descubrió y desarrolló con las típicas pruebas de ensayo 
y error hasta alcanzar una gran variedad y tipos, se distribuyó por incontables lugares del 
mundo conocido en aquéllos tiempos, las recetas para su elaboración fueron guardadas 
celosamente y se convirtió en un producto apreciado por las clases nobles y dirigentes, pero 
no exclusivo de estas. 
 
Joseph Jobé alude a la existencia del vino en la antigüedad, superponiéndola a 
cualquier otra bebida, dándole el carácter de “noble”, y producto de la cultura de varias 
civilizaciones a lo largo de la historia, quienes a través de ciertos fenómenos políticos, 
culturales o sociales, se transmitieron la receta de su elaboración, lo que, junto con sus 
apreciados efectos, no generados por otra bebida, aseguraría su conservación hasta nuestros 
días.
5
 
 
1.2.1 Mesopotamia 
 
Se asegura que “…los orígenes de la vid se encuentran en el área comprendida entre 
Grecia y Mesopotamia y por lo tanto se puede considerar al vino como una bebida de 
origen mediterráneo.”
6
 De acuerdo con Tim Unwin, citado por Oscar Cruz Barney: 
 
“El cultivo de la vid dirigido a la producción de vino tuvo su origen alrededor del 
año 6000 a. C. en la región que se asienta entre el mar Negro y el mar Caspio a 
orillas de los actuales Turquía, Siria, Iraq, Irán y la exUnión Soviética. Si bien no 
son más que conjeturas, probablemente el vino se descubrió (previamente claro al 
cultivo deliberado de la vid, alrededor de los años 8000 y 10000 a. C.) por mera 
casualidad en el momento en que alguien bebió el jugo fermentado de uvas 
 
5
 JOBE, Joseph (coord.), El gran libro del vino, Madrid, Editorial Blume, 1973, Prólogo. 
6
 HIDALGO TOGORES, José, Tratado de Enología, España, Mundi-Prensa Libros, 2003, Tomo I, pág. 38. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[6] 
 
silvestres que había recogido y almacenado en una vasija de cerámica, esto al norte 
de las llanuras de los ríos Tigris y Éufrates, en la confluenciade los territorios 
sumerio, acadio, asirio y babilónico... Se han encontrado vestigios que confirman el 
cultivo de la vid a inicios del año 3000 a. C. tras el asentamiento de los sumerios en 
la Mesopotamia meridional, si bien no hay pruebas de que el vino se bebiese en 
forma habitual. Probablemente la mayoría de la población consumía bebidas 
alcohólicas derivadas de la cebada y de los dátiles.”
 7
 
 
En Mesopotamia el vino fue una bebida suntuosa y superior a otras y lo más 
probable es que se haya conocido en esta región por sus relaciones comerciales con otros 
pueblos; tras experimentar los efectos “agradables” provocados en el cuerpo humano, 
muchos grupos sociales lo consumieron. En esa antigua época, los vinos comenzaron a 
importarse de regiones norteñas como Siria, Armenia y Asiria (considerada la cuna de la 
producción industrial del vino). 
 
José Hidalgo Togores señala la importancia que alcanzó el vino en Mesopotamia, 
refiriéndose al encuentro entre dos comerciantes; indica que “Una tablilla de arcilla del año 
1.750 a.n.e., cita a un negociante de Babilonia llamado Bêtanu, de la localidad de Sippur, 
que negocia con otro comerciante llamado Ahnus, pidiéndole <<vino de calidad>> del 
norte, solicitándole unos 200 litros por el precio de 19 siclos (80 gramos de plata), 
mercancía 250 veces más cara que el mismo volumen en grano de cereal.”
8
 
 
En aquella época se habla de vinos de calidad y también se hace un distingo de 
estos según la zona de procedencia del norte, a tal grado que el comerciante de Babilonia 
 
7
 CRUZ BARNEY, Oscar. “El vino y el derecho: la regulación jurídica de la producción, comercio y 
consumo del vino en México (1529-1888)”. Anuario Mexicano de Historia del Derecho. Universidad 
Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas. México. 2004. Volumen XVI, pág. 169 
y siguientes. 
8
 HIDALGO TOGORES, José, op.cit, pág. 41. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[7] 
 
que se menciona líneas arriba exige vino de calidad, del norte. Por tanto, es un precedente 
importante para el estudio del tema de la presente tesis al mencionar dos cualidades de toda 
denominación de origen: la calidad del producto y, la identificación del producto con su 
lugar de procedencia. No obstante, no existía regulación jurídica que garantizara la calidad, 
o la procedencia los vinos, por lo que estas características quedaban en manos de los 
productores y eran calificadas por los consumidores, quienes finalmente aceptaban o 
despreciaban a los vinos. 
 
Asimismo, “…se distinguían calidades de vino como: joven o viejo, ordinario o de 
calidad, fuerte o dulce o muy dulce, amargo por la infusión de plantas aromáticas, tinto o 
claro, según variedades: simu, sâmu, etc., e incluso lugares de procedencia en la zona 
sirioarmenia: Arabânu, Inzalla, Karkemish, Simir, Hilbunu, etc.”
9
 
 
2.2.1 Asiria 
 
Cruz Barney apunta la importancia del vino en Asiria y la difusión del mismo, 
además señala que se convirtió en una bebida propia de ciertas clases sociales: 
 
“En el año 1000 a. C. en pleno auge del nuevo Imperio Asirio llevó los vinos a 
ciudades como Nínive, que adquirió gran renombre gracias a sus vinos. Los relieves 
de piedra encontrados y esculpidos en tiempos de Asurbanipal (siglo VII a. C.) 
ilustran las figuras del rey y su esposa sentados bajo un emparrado bebiendo lo que 
parece ser vino de uva. Posteriormente en el siglo VIII a. C. tablillas de arcilla de 
Calah (Nimrud) contienen listas detalladas de los hombres y mujeres que tenían 
derecho a recibir una ración diaria de vino como parte de la contraprestación a su 
trabajo al servicio del rey.” 
 
 
9
 Idem 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[8] 
 
“Herodoto, hacia el siglo V a. C. describe las operaciones de importación de vino 
desde Armenia hasta Babilonia en barcos que, llenos de paja, transportaban el vino 
contenido en barricas de madera de palma.” 
 
“En el caso de Egipto, si bien la bebida alcohólica más habitual era la cerveza, a 
partir del siglo IV a. C. se inició el consumo y la producción de vinos en el norte del 
país, en la región del delta del Nilo, en viñedos propiedad del rey, sacerdotes y altos 
funcionarios.”
10
 
 
3.2.1 Egipto 
 
Al respecto de la influencia del vino en Egipto, André Dominé, explica que 
“Largas caravanas y rápidas naves lo transportaban hasta los principales centros 
comerciales del Mediterráneo, y no pocos historiadores opinan que, probablemente, los 
fundamentos de la economía moderna, el dinero, los contratos, los modos de pago, los 
tribunales, la contabilidad, los oficios relacionados con el comercio, e incluso los números 
y las unidades de tiempo, surgieron de las necesidades del comercio del vino durante la 
época de los faraones.”
11
 
 
También, sobre el vino en Egipto, la Fundación para la Cultura del Vino, en un 
estudio intitulado El vino en el antiguo Egipto, señala lo siguiente: 
 
“En las tumbas egipcias se ve claramente el proceso de elaboración del vino en 
murales que muestran cómo se regaba la viña, cómo se recogía la uva y cómo se 
prensaba bien manualmente o con una prensa de saco. Sorprendentemente, 3.000 
años antes de Cristo, los egipcios sabían que prensando la uva dos veces obtenían 
distintas calidades de vino. Igualmente sorprendente es el mural pintado 1.500 años 
antes de Cristo en el que se aprecia el hecho de que el viñedo estaba situado muy 
cerca de la prensa y como los mismos egipcios, utilizaban abanicos de plumas para 
enfriar el vino una vez dentro de las ánforas, las cuales incluso, estaban 
 
10
 CRUZ BARNEY, Oscar, op. cit, pág. 170. 
11
 DOMINÉ, André, El vino, traductores Almudena Sasiain et al, Alemania, Editorial Könemann, 2004, pág. 
16. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[9] 
 
debidamente identificadas con el nombre del producto (Yrp o Shedeh), el año de 
elaboración, a quien pertenecía el vino, el origen, la calidad y el nombre del 
enólogo, tal como los vinos de calidad hacen hoy en día. Lo que nunca identificaban 
era el color del vino ¿era tinto o era blanco?”
12
 
 
4.2.1 Grecia 
 
Los fenicios (1200 a.C – 146 a.C), comerciantes por tradición, son los encargados 
involuntarios de fomentar el cultivo de la uva por todo el mediterráneo, por lo que 
indujeron a su cultivo y a la producción del vino a pueblos como Roma y Grecia. 
 
Será en Grecia (inicios del II milenio antes de Cristo) donde surja la palabra vino 
(woinos), derivación de wo-no, que a su vez procede del nombre Diwonusos o Dionisio, 
dios del vino, “…que luego fue evolucionando en el griego hasta ôinos, ioni en armenio, 
vere en albanés, gvino en georgiano, jajin en hebreo, wain en abisinio o sabeo, luego al 
latín como vinum y de aquí por fin a las actuales lenguas europeas: vino, vin, vinho, wein, 
wine, etc.”
13
. Además, ya encontramos ejemplos de vinos que eran reconocidos atendiendo 
a su zona de procedencia, tales como vino de Chíos, vino de Lesbos, vino de Creta. 
 
Dominé alude a los antiguos vinos griegos y señala que varios de ellos alcanzaron 
prestigio y fama allende las fronteras de Grecia: 
 
“…en la segunda mitad del segundo milenio a.C. el vino ya se había convertido en 
un elemento importante de la cultura griega: había viñedos por toda Grecia, y las 
islas del Egeo eran conocidas más allá de las fronteras del país gracias a sus 
 
12
 FUNDACIÓN PARA LA CULTURA DEL VINO “El vino en el antiguo Egipto”, Terruños. Edición 
Especial: el vino en Egipto, España, número 14, 2006, pág. 18. URL: 
http://culturadelvino.org/02_actividades/terrunos/14/estudio_vino_egipto.pdf[Consulta: 12 de julio de 2006] 
13
 HIDALGO TOGORES, José, op. cit, pág. 38. 
http://culturadelvino.org/02_actividades/terrunos/14/estudio_vino_egipto.pdf
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[10] 
 
productos. Quíos, la Burdeos de la Antigüedad, exportaba a Egipto y a la Rusia 
actual, y los productos de Tasos, Lesbos y Rodas gozaban igualmente de buena 
fama.” 
 
“En el siglo IV a.C., el escritor griego Teofrasto ya conocía la estrecha relación 
existente entre la clase de uva, el clima y las características del suelo; algunos siglos 
más tarde, los romanos comprendieron que con las clases de uva griegas podían 
elaborarse vinos de alta calidad a pesar de que el rendimiento de las cosechas 
resultara más bien escaso.”
14
 
 
5.2.1 Roma 
 
En la Roma antigua se rendía culto al dios Baco, homólogo del dios griego 
Dionisio, en la denominadas “bacanales”. En ese pueblo existían vinos reconocidos, como 
los denominados Florentino y Mamertino. Con la expansión del territorio romano la 
producción del vino creció y se difundió enormemente. 
 
Existen vestigios de medidas tomadas por el Emperador Domiciano, quien ordenó 
se arrancara casi la totalidad de los viñedos plantados en Languedoc-Roussillon con la 
finalidad de acabar con vinos mediocres y con la sobreproducción de los demás.
 15
 Se 
sostiene que “…el emperador Julio César fue una pieza clave en el desarrollo de la 
vinicultura europea, ya que era un apasionado del vino, de manera que así como se difundía 
el territorio del Imperio Romano, se difundía el cultivo de la vid.”
16
 
 
“A fines de siglo I A.C., Roma era una megapolis de un millón de habitantes con un 
consumo estimado entre 1,4 y 1,8 millones de hectolitros de vino... Comerciantes, 
mercaderes, panaderos y cabarets eran los actores de este comercio que a menudo 
 
14
 DOMINÉ, André, op. cit, pág. 17. 
15
 JOBE, Joseph (coord.), op. cit, pág. 14. 
16
 VINOS Y LICORES LA VIÑA, “Historia del Vino”, URL: 
http://www.lavina.com.mx/vino/indexvino.html [consulta: 8 de junio de 2006] 
http://www.lavina.com.mx/vino/indexvino.html
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[11] 
 
era objeto de falsificaciones en lo que respectaba al origen o a la calidad de los 
productos.” 
 
“Habiendo aumentado el consumo y la vid plantada fuera de Italia, los vinos se 
extienden en todo el Imperio: Hispania, Gales, Grecia, Túnez y obviamente la 
misma Italia. El transporte por mar es predominante y es completado por las redes 
de vías romanas que recorre el Imperio.”
17
 
 
6.2.1 Edad Media 
 
La Europa de la Edad Media, en materia de vinos se caracteriza principalmente por 
la concentración de su producción en manos de la iglesia; por tanto, de los monasterios 
dependió su supervivencia, toda vez que el vino se convirtió en parte esencial de muchos 
sacramentos cristianos. Su ejemplo fue seguido por los reyes, duques y señores feudales, 
quienes se inclinaron por la producción de vinos y destinaron grandes extensiones de su 
territorio al cultivo de la vid. 
 
7.2.1 Francia 
 
Pierre Forget al hablar de los Vinos de Borgoña, en Francia, considera que el 
vestigio más antiguo sobre la regulación legislativa de las denominaciones de origen se 
encuentra en un edicto de febrero de 1415 emitido por el Rey Carlos VI, al establecer que 
“…son llamados vinos de Borgoña aquéllos que son producidos arriba del puente de Sens, 
tanto si son del país de Auxerre, como si provienen del país de Beaune”.
18
 Dividía, además, 
 
17
 TOURELLES, “Comercio y transporte de vinos. Principal actividad de la economía romana”, URL: 
http://www.tourelles.com/article.php3?id_article=158 [Consulta: el 8 de junio de 2006] 
18
 FORGET, Pierre, “Vinos de Borgoña”, en JOBE, Joseph (coord.), El gran libro del vino, Madrid, Editorial 
Blume, 1973, pág. 52. 
http://www.tourelles.com/article.php3?id_article=158
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[12] 
 
los vinos de Borgoña en dos categorías: Baja Borgoña, que a su vez incluía cuatro regiones: 
Beaunois, Maconnais, Tournus y Dijonnais. 
 
El mismo autor comenta que “…el Rey Luís XIII, con fecha 27 de abril de 1622, 
prohíbe y sanciona la venta “como borgoñas” de los vinos del Beaijolais y del Lyonnais. 
Así aparece una represión de fraudes.”
19
 Este es un claro precedente relativo a la 
prohibición de que un vino de baja calidad ostente el nombre de otro vino de prestigio. 
 
Cruz Barney indica que “En el caso de Francia, la vinicultura experimentó un 
desarrollo diferente al que tuvo en la península itálica tras la caída del Imperio Romano. 
Visigodos, burgundios y francos lograron dar condiciones estables para su producción. 
Merovingios y Carolingios impulsaron la viticultura, fundamentalmente en la región de 
Borgoña, donde todavía existe uno de los viñedos más famosos del mundo, el Grand Cru 
Corton Charlemagne.”
20
 
 
En el siglo XVI surgieron problemas derivados del comercio del vino y las medidas 
que se tomaban por parte de los productores, lo que dejó en claro la importancia que había 
alcanzado el vino y la necesidad de que éste conservara determinadas características para 
distinguirlos de otras bebidas en el mercado y aún más, de otros vinos de menor calidad. 
 
Géo-H. Blanc menciona que los holandeses se dedicaban a la adulteración de vinos 
de prestigio sin que hubiese medidas coercitivas que los sancionaran, es decir, las prácticas 
 
19
 Idem 
20
 CRUZ BARNEY, Oscar, op. cit, pág. 171. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[13] 
 
de competencia desleal no tenían una prohibición real y efectiva sino hasta que se 
percataron de la importancia de dichos productos en el desarrollo de las comunas, cuando 
resaltó el aspecto económico de los mismos: 
 
“…en tiempos de Luís XIV compraban grandes cantidades de vino de poco grado 
que mezclaban, adulteraban y revendían obteniendo grandes beneficios, y ello en las 
propias barbas de los países exportadores en los que se respetaba escrupulosamente 
la integridad y pureza de los caldos y donde el comercio de vinos era objeto de una 
atenta vigilancia por parte de las autoridades y corporaciones… a partir de la alta 
Edad Media, en Italia y en la región del Rin, pero sobre todo en Francia, tanto la 
viticultura como el comercio de vinos ejercieron una sensible influencia sobre el 
considerable desarrollo de las comunas; el soberano tuvo que conceder ciertos 
derechos, franquicias y privilegios a las colectividades de productores y por 
consiguiente a la autoridad municipal.”
21
 
 
Francia es conocida por sus vinos, particularmente por ser la cuna del vino 
espumoso denominado champagne, y respecto del mismo Paco Berciano indica que “…en 
el siglo XVI… Champagne era conocido por sus vinos tranquilos, blancos, sobre todo en el 
valle del Marne, tintos, en la montaña de Reims, y "gris", que tendrían algo que ver con los 
actuales rosados… Los vinos rivalizaban con los de Borgoña y había una importante 
competencia entre ellos. Los médicos del rey Luis XIV decidieron, tras un largo estudio, 
que los vinos de Borgoña eran mejores para la salud que los de Champagne”.
22
 
 
Un personaje importante para la evolución de los vinos franceses fue Dom 
Pérignon, abad de Hautvillers desde 1668 hasta 1715, quien pugnó por la calidad de los 
mismos, y para ello decidió “…modificar la organización de las vendimias para obtener un 
 
21
 BLANC, Géo-H, “Los vidueños”, en JOBE, Joseph (coord.), El gran libro del vino, Madrid, Editorial 
Blume, 1973, pág. 15. 
22
 BERCIANO, Paco. “Historia del Champagne”, sitio web Avizora, cuanto más sepas,mejor, 2001, URL: 
http://www.avizora.com/publicaciones/gastronomia/textos/historia_champagne_0005.htm [Consulta: 9 de 
junio de 2006]. 
http://www.avizora.com/publicaciones/gastronomia/textos/historia_champagne_0005.htm
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[14] 
 
vino totalmente blanco. Selecciona las mejores parcelas y perfecciona los métodos de 
trabajo. Las reglas de “El arte de tratar bien la viña y el vino de Champagne”, que él creó, 
fueron publicadas en 1718, tres años después de su muerte, por el canónigo Godinot.”
23
 
 
Las normas que dicho personaje estableció buscaban obtener una mayor calidad en 
los mostos y consecuentemente en el vino; así, hablaba de “…rechazar todas las uvas 
aplastadas o simplemente dañadas”, “…no oprimir el racimo”, “…la primera prensada debe 
hacerse con los pies”, etcétera. Estas y otras reglas le permitieron obtener ventajas 
económicas sobre sus competidores, así se dice que “…mientras las barricas de sus vinos se 
vendían a 900 libras, las de sus vecinos difícilmente alcanzaban las 500 libras.”
24
 
 
El desarrollo y perfeccionamiento de los envases de vidrio y los tapones de corcho 
impulsarían el crecimiento del consumo de los vinos, pues permitieron, entre otras cosas, su 
conservación y su fácil manejo y transporte. 
 
Al respecto se indica que “… en 1790, el Gobierno francés anunció que ofrecería un 
gran premio a quien descubriese un método práctico para conservar los alimentos durante 
cierto tiempo para que sirviesen de dieta a los soldados de Napoleón, en guerra por toda 
Europa por aquellas fechas. El investigador Nicolás Appert dio con la solución: observó 
que ciertos alimentos envasados en tarros de vidrio, sellados y posteriormente calentados, 
 
23
 Ídem. 
24
 Ídem. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[15] 
 
conservaban sus características intactas y no se alteraban, pudiendo ser conservados 
indefinidamente.”
 25
 
 
8.2.1 España 
 
Cruz Barney refiriéndose a la evolución de los vinos en España, indica que es hasta 
el siglo XV, cuando se presenta un aumento considerable de exportaciones y, por 
consiguiente, los vinos españoles eran conocidos ya en otras partes de orbe: 
 
“En el caso de España, si bien durante el dominio musulmán el consumo de vino 
estaba prohibido, su producción y exportación estuvo siempre presente.”… “Las 
regiones de Toro, La Rioja y Navarra obtuvieron cosechas excepcionales a lo largo 
del siglo XIII que fueron dedicadas al consumo interno. Para el siglo XV las 
exportaciones a Inglaterra eran una fuente importante de ingresos. Se puede hablar 
así de una “civilización del vino”.”
26
 
 
En la España medieval “…las viñas se extendían alrededor de los monasterios y se 
fueron alargando hasta cubrir los terrenos de las cuencas del Duero y del alto Ebro, 
creciendo a lo largo del Camino de Santiago donde surgen vinos de la ribera del Duero, 
Lerma, Palencia, el Bierzo y más al norte los viñedos de la cuenca del Sil.”
27
 
 
Se distinguía entre diferentes tipos de vinos, los cuales eran denominados 
“ordinarios” o de “pasto”, “ricos” de calidad excelente y los “moscateles”. Además, los 
vinos procedentes de la región de la Mancha que entraban a Madrid, “…lo hacían bajo la 
 
25
 abc-pack, E-marketplace del packaging, Historia del vidrio (envases, embalajes...). URL: http://www.abc-
pack.com/product_info.php/cPath/1_65/products_id/199?osCsid=f0ca3e3426a4f1f0a0b1bd22c295eb6a 
[Consulta: 3 de marzo de 2007] 
26
 CRUZ BARNEY, Oscar, op. cit, pág. 172. 
27
 BAREA SUÁREZ, Eugenio. “Historia del Vino I. Breve recorrido del vino en España hasta el siglo XVII”, 
sitio web Grupo Gastronómico Gaditano, fecha de publicación 17 de abril de 2006, URL: 
http://grupogastronomicogaditano.com/HistoriaVino2.htm [Consulta: 9 de junio de 2006] 
http://www.abc-pack.com/product_info.php/cPath/1_65/products_id/199?osCsid=f0ca3e3426a4f1f0a0b1bd22c295eb6a
http://www.abc-pack.com/product_info.php/cPath/1_65/products_id/199?osCsid=f0ca3e3426a4f1f0a0b1bd22c295eb6a
http://grupogastronomicogaditano.com/HistoriaVino2.htm
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[16] 
 
denominación de origen de vinos de Ciudad Real que procedían de Consuegra, Daimiél, 
Manzanares y los oriundos de Valdepeñas, el único vino que entraba con denominación 
propia era el elaborado en Membrilla que adquirió fama bajo la Literatura.”
28
 
 
Al hablar de los vinos españoles de Alicante, se observan nuevas prohibiciones 
derivadas de la fama del vino de la región, una característica más de las actuales 
denominaciones de origen: 
 
“Fernando el Católico en 1510 prohibió la distribución en Alicante de vinos 
procedentes de otras tierras. Felipe II en 1596 confirma el privilegio anterior: “La 
Collita de Vi sia la Mes principal de la qual se sustenta molta gent així principal 
com plebeyos”. Todos estos privilegios vienen dados para proteger el vino 
autóctono ya que la fama de ellos había traspasado nuestras fronteras, tal como 
relata Jerónimo Múnzer, que en 1492 en su libro “Itinerarium sive prereginatio per 
Hispaniam ...”, escribe, refiriéndose a Alicante, „en la parte oriental de esta tierra 
elabórase mucha cantidad de vino blanco, pero es aún más el que llaman tinto de 
Alicante, de gran mercado en Inglaterra, Escocia, Flandes y otros lugares de 
Europa... el día que paramos en la ciudad vimos en el puerto 26 naves de Vizcaya, 
de Flandes y de otros países que iban por cargamento de vino.‟”
29
 
 
9.2.1 México 
 
A México llegó el vino con los conquistadores españoles. “En la Nueva España, el 
vino fue implementado primero en las misas católicas, además de que lo administraban a 
los enfermos, pues, aseguraban, tenía poderes curativos. Perú y República Dominicana 
 
28
 Ídem. 
29
 CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN ALICANTE, “Historia”, sitio web 
Alicante, denominación de origen, 2005, URL: http://www.crdo-alicante.org/vinos-historia.aspx [Consulta: 20 
de junio de 2006] 
http://www.crdo-alicante.org/vinos-historia.aspx
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[17] 
 
también fueron países en donde los españoles realizaron los primeros intentos de cultivar la 
vid.”
30
 
 
En nuestro país el vino no tuvo el impulso suficiente, ni la aceptación esperada, por 
lo que nunca alcanzó un grado de desarrollo óptimo, aún cuando a la fecha hay zonas 
productoras, éstas no han obtenido el reconocimiento esperado.
31
 
 
Respecto de los vinos en México, es interesante lo que precisa Cruz Barney, pues 
ilustra que en el Fuero Real y en la Novísima Recopilación ya se encontraba una 
regulación jurídica de las compraventas de vinos y la prohibición de su adulteración en 
beneficio del consumidor. Transcribimos lo señalado por dicho autor: 
 
“En el Fuero Real se hace mención de la compra-venta del vino al hablar de los 
pesos y medidas que debían emplearse en su compra-venta, prohibiéndose 
expresamente la mezcla de dos vinos para su venta o adicionarles cal, sal u otro que 
pudiese dañar la salud. La sanción fijada para quien contraviniera esta disposición 
consistía en el pago de setenta sueldos y la pérdida del vino adulterado.” 
 
“En la Novísima Recopilación al abordar el tema de los abastos y regatones de la 
Corte se incluyó la prohibición de comprar vino en la Corte y a cinco leguas el 
derredor para revenderlo, quedando autorizado para venderlo únicamente aquél que 
tuviese vino de su cosecha por la medida de la ciudad. Los vinos que provenían de 
fuera debían venderse por la medida del rastro. El 26 de marzo de 1765 se fijaron 
las reglas que han de observarse en las tabernas de la Corte en materia delicencias, 
horario, instalaciones, prohibición de juegos y de la presencia de mujeres menores 
de 40 años de edad. Se ordena que el vino sea puro, legítimo y de buena calidad, sin 
mezcla alguna.” 
 
“Se prohibía que las tabernas tuviesen pozos o mangas en qué aclarar el vino, 
autorizándose tal operación, conforme auto del Consejo de 22 de junio de 1694, 
 
30
 Vinos y licores La Viña, “Historia del Vino”, URL: http://www.lavina.com.mx/vino/indexvino.html 
[consulta: 8 de junio de 2006] 
31
 VINOMEXICANO, “Guía de vinos”, URL: http://www.vinomexicano.com/por_vinicola.htm [Consulta: 15 
de agosto de 2007] 
http://www.lavina.com.mx/vino/indexvino.html
http://www.vinomexicano.com/por_vinicola.htm
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[18] 
 
únicamente cuando se contaba con autorización del Protomedicato, con tierra de 
esquivias y huevos, sin poderse agregar ningún otro ingrediente.” 
 
“Se prohibió asimismo la venta de vino nuevo, añejo remostado ni revuelto con 
nuevo, hasta el día 1o. de cada año permitiendo solamente la venta de vino añejo, 
puro, legítimo y de buena calidad, sin mezcla alguna y á los precios señalados, so 
pena de diez ducados de multa por la primera falta y cierre de la taberna a la 
segunda y pérdida de la licencia.” 
 
“De inicio es importante tener presente que en el derecho indiano se utiliza el 
término vino para referirse tanto al vino de uva como a los aguardientes obtenidos 
de raíces y frutos, incluido el pulque, la chicha, el tepache, el vino de Axarafe, la 
cazalla, el “vino mezcal” y el chinguirito de caña. Al vino de uva se le suele 
mencionar como “vino de Castilla”, al resto se le denomina “vinos de la tierra” o 
“vino de raíces”. Probablemente de ahí viene la costumbre, de referirse a todo tipo 
de alcoholes como “vino”. En este sentido, lo que señala Sonia Corcuera de 
Mancera que los evangelizadores no hicieron en los textos doctrinales una distinción 
formal entre el vino de uva y el pulque; “ambas bebidas embriagantes recibieron el 
nombre genérico de vino.” 
 
“La producción y venta de vino de uva y aguardientes estaba regulada y en general 
prohibida en la Nueva España. Los monasterios podían adquirir anualmente el vino 
necesario para celebrar, o bien recibirlo en calidad de limosna en el entendido de 
que en este caso no se permitía su entrega a los religiosos que residían en los 
pueblos de indios en atención a que percibían sus salarios.”
32
 
 
Salvador Gutiérrez González indica que “…por miles de años, el vino (las bebidas 
fermentadas), fue el único tipo de bebida alcohólica que conoció el hombre, hasta que en el 
siglo XV de esta era, se empieza a generalizar la producción de destilados alcohólicos para 
consumirse como bebidas alcohólicas precisamente para degustarse, ya que por varios 
siglos antes, a los destilados alcohólicos se les utilizó como brebajes medicinales.”
 33
 
 
32
 CRUZ BARNEY, Oscar, op. cit, pp. 173-176. 
33
 GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, Salvador, op. cit, pág. 23 El mismo autor nos comenta que “…la destilación, 
es un procedimiento que consiste en calentar una substancia líquida hasta la temperatura de ebullición, para 
capturar los vapores que emanan de la misma, y convertir estos vapores otra vez a su estado líquido. De esta 
manera se separan los componentes más volátiles de la substancia original, obteniéndose así, un producto más 
rico (con mayor proporción) en estos componentes más volátiles.” “El alcohol es uno de los componentes más 
volátiles de los mostos fermentados, por lo que, si cualquier mosto fermentado se somete a destilación, se 
obtendrá una substancia más rica en alcohol; en consecuencia, esta substancia, es una bebida alcohólica 
destilada. Esta substancia destilada, puede volver a sometérsele a destilación es sucesivas, en cada una de 
ellas se obtendrá un producto más rico en alcohol, hasta obtenerse el alcohol puro o espíritu neutro con 98% 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[19] 
 
 
Muchas de estas bebidas alcohólicas destiladas (llamadas también bebidas 
alcohólicas de alta graduación, en contraposición con las fermentadas, a las que se les llama 
“vinos” o “vinos de mesa” o “bebidas generosas” o “bebidas de baja graduación”), también 
encontraron cobijo y protección en la figura de las denominaciones de origen, tal es el caso 
del Cognac (coñac) o del Tequila. 
 
10.2.1 Portugal 
 
Se sostiene que es en Portugal, en 1756, y gracias al impulso de Sebastiao José 
Carvalho e Mello (1699-1782), mejor conocido como Marqués de Pombal, donde surge la 
primera denominación de origen legalmente establecida como tal, recayendo tal 
privilegio en el vino de Oporto, que según se dice, tomó su nombre de dicha región.
34
 Sin 
 
(en volumen de alcohol etílico), es la máxima pureza en alcohol que se puede lograr; la máxima pureza 
comercial del espíritu neutro (alcohol) es 96%, conocido comúnmente como alcohol del 96. Ocurre también, 
que entre más alto sea el contenido del alcohol (riqueza alcohólica), más fuerte y más insípida es la bebida, 
porque en cada destilación sucesiva se van perdiendo las características de olor y sabor (llamados caracteres 
organolépticos) propios de la materia prima de origen, quedando sólo el olor y sabor característico del alcohol 
etílico. Así pues, toda bebida alcohólica fermentada procede de un mosto fermentado…”. “Hoy en día, en el 
mundo solamente se producen tres tipos de bebidas alcohólicas, a saber: fermentadas, destiladas o mezclas de 
ambas.” “A partir de la aparición de las bebidas destiladas, a éstas se les llama también bebidas alcohólicas de 
alta graduación y a las fermentadas o vinos de mesa, se les llama bebidas generosas o de baja graduación, por 
su bajo contenido de alcohol en comparación con los destilados. A los vinos o fermentados, también se les 
clasifica como bebidas infinitas, porque en condiciones adecuadas la fermentación no termina con el paso del 
tiempo, de hecho, el vino almacenado adecuadamente, es susceptible a los cambios climáticos anuales, por lo 
que la calidad de éstas bebidas puede ser inherente al tiempo; por ello, entre otras causas, es importante 
conocer el año de su producción, dato que se encuentra inscrito en su etiqueta.” “A los destilados alcohólicos 
se les clasifica como bebidas finitas, ajenas al tiempo, ya que por las temperaturas a las que se elaboran, no 
sobrevive ningún microorganismo que pueda incidir en la calidad de la bebida después de elaborada la misma, 
razón por la cual no se inscribe el año de su elaboración en su etiqueta; sería un dato irrelevante y ocioso.” 
“Aunque estrictamente, todas las bebidas alcohólicas, tanto las fermentadas como las destiladas pueden ser 
llamadas <<bebidas espirituosas>>, porque ambas contienen alcohol etílico en alguna proporción; el término 
<<espirituosas>>, es utilizado comúnmente sólo para referirse a las bebidas alcohólicas destiladas.” 
34
 CHANTAL DOS SANTOS, Suzanne sostiene que “…estos vinos no deben a Oporto más que su nombre. 
Los viñedos que los producen se escalonan sobre los barrancos del valle del Alto Duero y es en Vila Nova de 
Gaia, frente a la ciudad de Oporto, donde el vino es elaborado y donde madura, durante años, en la sombra y 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[20] 
 
embargo, el mérito de este personaje únicamente fue allanar el camino para que muchos 
años después sí se logre su total protección, pues monopolizó en manos del Estado la 
producción y comercialización del vino originario de la región, y por tanto, su regulación. 
 
En los siglos XVII y XVIII, las relaciones comercialesentre Portugal y Gran 
Bretaña aumentaron considerablemente la importación de vinos portugueses. Este aumento 
del comercio giró en torno al vino y tuvo como consecuencia el aumento del número de 
productores de uva, quienes generalmente carecían de experiencia y sólo se veían 
motivados por las ganancias inmediatas en el próspero negocio. Por tanto, la producción de 
vinos, además de ser excesiva, era de mala calidad. 
 
“En el XVIII, los británicos comenzaron a importar vinos de Oporto gracias a un 
tratado comercial de 1703 que establecía tarifas aduaneras preferenciales para los 
vinos del valle del Duero que fueran destinados a Inglaterra. Esos vinos se 
deterioraban durante las travesías a la isla. Alguien pensó que añadiendo 
aguardiente de vino aguantarían mejor, y así fue. Los portugueses empezaron 
entonces a incorporar alcohol a sus vinos –a encabezarlos– durante el proceso de 
fabricación y comprobaron que así interrumpían la fermentación natural. Como 
resultado, el vino perdía algo de acidez, conservaba la mayor parte de los azúcares 
del mosto, adquiría una mayor delicadeza y los aromas se multiplicaban. «Gustó 
mucho el toque dulce que daba dejar inactivas las levaduras que transforman el 
azúcar en alcohol», resume Javier Pulido. Así nació el vino de Oporto que hoy 
conocemos.” 
 
“Esos vinos tuvieron éxito desde el principio, y pronto comenzaron a salir al 
mercado caldos que intentaban imitarlos, pero sin calidad. Para evitar fraudes, el 
Marqués de Pombal, ministro de Economía portugués, decidió en 1756 delimitar el 
viñedo del Valle de Duero, marcando con señales de granito los mejores terrenos y 
limitando las variedades de uva a cultivar. Además, para que los vinos de Oporto 
exportados fueran de mayor calidad, estableció reglas de producción muy concretas 
 
en el silencio de sus grandes bodegas.” CHANTAL DOS SANTOS, Suzanne, “Vinos de Portugal”, en JOBE, 
Joseph (coord.), El gran libro del vino, Madrid, Editorial Blume, 1973, pág. 223. 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[21] 
 
relativas al cultivo de las viñas, el transporte y la cata obligatoria para verificar su 
calidad, y creó un organismo para que esas reglas se cumplieran.”
35
 
 
La participación de Pombal se redujo a la delimitación de los viñedos utilizados 
para la elaboración del vino Oporto y a la creación de la Compañía General de la 
Agricultura de los Viñedos del Alto Duero, que pretendía regular la producción y 
comercialización de los vinos del Duero, antecedente de los actuales Consejos Reguladores 
de las normas oficiales mexicanas vinculadas con las denominaciones de origen; por lo que 
en ese momento no surgieron las denominaciones de origen como tales, ni se estableció una 
regulación jurídica que las protegiera, aunque sí destacó la intervención directa del monarca 
con la finalidad de acabar con vinos adulterados, mezclados o de ínfima calidad. 
 
Al lado de Pombal hay otros personajes que contribuyeron de manera decisiva en la 
protección de los vinos, entre ellos están Bartolomé Pancorbo y el monje Mansilla. 
Bartolomé Pancorbo fue “…el primero que comprendió la necesidad de tomar las riendas 
de la producción del vino del Duero para controlar tanto la cantidad como los precios de tan 
interesante producción”.
36
 El monje Mansilla señaló que: 
 
“El objetivo principal que había de alcanzarse era el de mantener el crédito de los 
vinos mediante una política de calidad que, protegiendo el cultivo de la viña, 
asegurase en consecuencia la prosperidad de la región.” 
 
“Comenzó para ello por contrarrestar las maniobras desplegadas por los ingleses 
que ya habían visto frustrarse sus propósitos de dominación del viñedo, pero… 
tropezó… con la hostilidad de aquellos mismos a los que pretendía ayudar, porque 
en 1759, tres años después de la fundación de la Compañía… el vino había 
aumentado de precio en las tabernas aunque este aumento se cifraba solamente en 
 
35
 LÓPEZ, Isabel, “El milagro de los Oporto”, sitio web El Comercio Digital, fecha de publicación 23 marzo 
2006, URL: http://canales.elcomerciodigital.com/gastronomia/articulos/060323.htm [Consulta: 20 de junio de 
2006] 
36
 CHANTAL DOS SANTOS, Suzanne, op. cit, pág. 224. 
http://canales.elcomerciodigital.com/gastronomia/articulos/060323.htm
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[22] 
 
unos céntimos. Hubo en Oporto un motín popular que… llevó a la gente a saquear 
los locales de la Compañía, cuyos archivos fueron también incendiados. La 
represión, que no se hizo esperar, fue brutal. Se encarceló a mucha gente y hubo no 
pocos amotinados condenados a muerte. El orden fue restablecido.” 
 
“Uno de los primeros cuidados de la Compañía, ya dueña absoluta de la situación, 
fue el de limitar la región más apta para la producción de vinos de calidad 
verdaderos vinos de embarque para América y los Reinos Extranjeros . Se 
determinó qué vinos debían ser separados de “aquéllos que por su calidad inferior 
no son susceptibles de ser consumidos más que en la propia región”. También se 
reglamentaron las medidas adoptadas para evitar la mezcla de los vinos.”
37
 
 
El devenir histórico hizo patente la necesidad de proteger jurídicamente, a nivel 
internacional, a las primigenias denominaciones de origen; la propiedad industrial fue el 
área del Derecho que les dio cobijo. Veamos la participación del vino Oporto al respecto: 
 
“El año 1883 plantea por primera vez, y en el ámbito internacional, la cuestión de 
las denominaciones de origen y protección de ellas. Portugal es uno de los primeros 
países que apoya esta política y firma la Convención de la Unión de París. A esta 
suceden las Convenciones de Madrid (1891) y de Bruselas (1900) en las que 
Portugal figura entre los países adheridos.”
38
 
 
En el Convenio de París no se protege a las denominaciones de origen en los 
términos actuales, sino únicamente por cuanto hace a su zona de procedencia, es decir, sólo 
se reprime el fraude consistente en emplear el nombre de un producto, por ejemplo, un vino 
de prestigio aplicado a bebidas alcohólicas originarias de otros territorios. 
 
Estos ordenamientos dejan visible la necesidad de regular una institución otrora 
ajena al Derecho, pero que, por sus repercusiones en la vida social, necesitaron la 
intervención del Estado y de su regulación por leyes y ordenamientos internacionales. 
 
 
37
 Ibídem, pp. 224, 225, 228 y 230. 
38
 CHANTAL DOS SANTOS, Suzanne, op. cit, pág. 230 
Las denominaciones de origen en México, propuesta para fomentar su protección 
 
[23] 
 
“A pesar de tan ancestral cultura del vino, con su proyección social, literaria y 
mística, el Derecho tardó mucho en entrar en este campo, que le era ajeno mientras 
pertenecía al mundo de las satisfacciones de los sentidos o de los sentimientos. Sólo 
cuando el vino se convirtió en un problema de salud, de orden público o económico 
-y los poderes públicos se interesaron por estas cuestiones- es cuando las 
pragmáticas y las leyes hicieron acto de presencia, primero prohibiendo, después 
fomentando y luego regulando la producción, la comercialización y el consumo.”
39
 
 
“En forma contraria a lo que normalmente se cree, si se analiza el concepto puro de 
Denominación de Origen, la ley o reglamentación protectora, es lo último en 
aparecer: ya existe una tradición, una particular forma de elaboración, un estilo 
definido y sobre todo, un reconocimiento y prestigio; recién después nace la ley que 
protege ese "savoir faire"… Para ejemplificar podemos tomar como caso el Oporto. 
Este vino nació en el siglo XVII y fue construyendo

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