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Po 
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO 
 
FACULTAD DE CIENCIAS 
 
 
MÉTODO PARA LA IDENTIFICACIÓN Y 
PREVENCIÓN DE OPERACIONES DE 
PROCEDENCIA ILÍCITA 
 
 
T E S I S 
 
 
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: 
A C T U A R I A 
BEATRIZ FUENTES URQUIDE 
 
 
 Tutor: 
L. EN A. SERGIO PANTOJA CORTÉS 
 
Ciudad Universitaria, Septiembre de 2017 
 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
Restricciones de uso 
 
DERECHOS RESERVADOS © 
PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL 
 
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fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo 
mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, 
reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el 
respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 
 
1. Datos de la alumna 
Beatriz 
Fuentes 
Urquide 
5534660002 
Universidad Nacional Autónoma de México 
Facultad de Ciencias 
308121371 
 
2. Datos del Tutor 
Licenciado en Administración 
Sergio 
Pantoja 
Cortés 
 
3. Sinodal 1 
Maestro en Economía 
Marco Antonio 
García 
Fernández 
 
4. Sinodal 2 
Actuario 
Felipe 
Zamora 
Ramos 
 
5. Sinodal 3 
Actuario 
Gustavo 
Marín 
Arriaga 
 
 
6. Sinodal 4 
Actuario 
Roberto Eliu 
Mares 
Licona 
 
 
Titulo 
Método para la identificación y prevención de operaciones de procedencia ilícita 
98 Páginas 
2017 
 
 
 
 
 
Dedicatorias 
Dedico la presente tesis a mis padres Honorino Fuentes Trejo, por 
todo el esfuerzo y sacrificio que ha realizado durante mi vida y 
Aurea Urquide Galeana por todos sus desvelos, paciencia y 
apoyo, ya que nunca olvidare y les estaré eternamente 
agradecida por creer en mí, por todos los consejos, el amor y por 
alentarme a salir adelante en los momentos más difíciles. 
A mis hermanos: Araceli Fuentes urquide y Jaime Fuentes 
urquide, así mismo a mi cuñada Zuri Zadai Castrejón Bahena por 
el apoyo que me brindaron. 
A mis sobrinos Jennifer Yamilet Valdés Fuentes, Aurea Giovanna 
Valdés Fuentes y Jaime Miguel Fuentes Castrejón, por soportar 
mi ausencia y mal humor en los momentos de desesperación 
durante mi carrera y la realización de este trabajo. 
A mi amiga y psicóloga Itzel Jazmín Martínez Sánchez, por todas 
las palabras y consejos que me ayudaron a saber quién soy y 
todo lo que puedo lograr. 
A mi profesor y amigo incondicional José Paredes López quien me 
inspiro y ayudo a seguir adelante y no darme por vencida ante 
los obstáculos que se presentaron a lo largo de mi carrera. 
A José Fabián González Flores quien fue mi guía y asesor de 
cada paso realizado en la presente tesis, que me llevo de la mano 
en todo momento. 
A Félix Calderón Vázquez, por haberme guiado y ayudado a 
realizar y complementar mi trabajo. 
 
 
 
 
 
Agradecimientos 
En primer lugar quiero agradecer a la máxima casa de estudios, la 
Universidad Nacional Autónoma de México por haberme aceptado 
para formar parte de ella y abierto las puertas para desarrollarme 
tanto intelectual como culturalmente, permitiéndome conocer y vivir 
todo lo que rodea a esta gran institución. 
A mi querida Facultad de Ciencias la cual me dio todo, en la que 
pase los momentos más agradables y también los más duros, 
donde conocí el valor y la importancia de la actuaría. Y de la cual 
siempre me sentiré orgullosa de llevar su nombre en alto. 
A mi director de tesis: 
Lic. en Adm. Sergio Pantoja Cortés 
A mis sinodales: 
M. en F. Marco Antonio García Fernández 
Act. Felipe Zamora Ramos 
Act. Gustavo Marín Arriaga 
Act. Roberto Eliu Mares Licona 
Expreso mi agradecimiento a mi director de tesis y a los miembros 
de mi jurado, por su paciencia y sus valiosos comentarios que 
ayudaron a enriquecer este trabajo. 
A mis compañeros y amigos: 
No tengo palabras para expresar mi gratitud por el excepcional 
apoyo que me brindaron mis compañeros de la facultad de 
ciencias. 
Deseo así mismo mencionar a las siguientes personas que directa o 
indirectamente participaron en el desarrollo del trabajo: Jorge 
Fernando García Cervantes y Francisco Misael Juárez Sampablo 
quienes a pesar de todo estuvieron presentes en muchos momentos 
de mi carrera y me escucharon y ayudaron cuando los necesite. 
No quiero dejar de mencionar a mis compañeros inseparables, 
Canelo, Pinto, Gusy, Caco (mis mascotas); quienes a pesar de no 
ser humanos y no entender lo que realizaba me acompañaron en 
cada día y cada noche permaneciendo a mi lado siendo mi 
compañía. 
Finalmente, agradezco a Dios, por lo grande que ha sido conmigo y 
por darme la oportunidad de terminar esta tarea tan importante en 
mi vida. 
 
 
 
ÍNDICE GENERAL 
CUADROS .......................................................................................................................................I 
FIGURAS .......................................................................................................................................II 
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................. 1 
CAPÍTULO 1. LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA ......................................... 2 
1.1 Introducción ................................................................................................................................ 2 
1.2 Definición del delito financiero ...................................................................................................... 2 
1.3 Clasificación del delito financiero .................................................................................................. 3 
1.3.1 Lavado de capitales ................................................................................................................. 5 
1.3.1.1 Introducción o prelavado .................................................................................................. 6 
1.3.1.2 La transformación o lavado .............................................................................................. 7 
1.3.1.3 La integración o reconvención. ......................................................................................... 8 
1.3.3 Financiamiento al terrorismo. .................................................................................................... 9 
1.3.2.1 Etapas del Financiamiento de Terrorismo .......................................................................... 9 
1.3.3 Financiamiento a la proliferación de armas .............................................................................. 13 
1.4 Marco jurídico del lavado de dinero ............................................................................................. 16 
1.4.1 Operaciones con recursos de procedencia ilícita ...................................................................... 20 
1.4.1.1 Terrorismo nacional y su financiamiento .......................................................................... 20 
1.4.1.2 Terrorismo internacional y su financiamiento .................................................................... 21 
1.4.2 Ley Federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos Ilícitos ................... 21 
CAPÍTULO 2. MODELO DE INTELIGENCIA FINANCIERA INTERNACIONAL ......................................... 26 
2.1 Antecedentes ............................................................................................................................ 26 
2.2 Países de mayor riesgo de delito financiero ................................................................................. 27 
2.3 Estándares Internacionales ........................................................................................................28 
2.3.1 Comité de Supervisión Bancaria de Basilea ............................................................................. 29 
2.3.2 Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) ..................................................................... 31 
2.3.2.3 Políticas y coordinación ................................................................................................. 33 
2.3.2.3 Lavado de activos y decomiso ........................................................................................ 33 
2.3.2.3 Medidas preventivas ...................................................................................................... 34 
2.4 Medidas adicionales para clientes y actividades especificas .................................................. 36 
2.4.1 Banca corresponsal ............................................................................................................... 36 
2.4.2 Servicios de transferencia de dinero o valores ..................................................................... 37 
2.4.3 Nuevas tecnologías ................................................................................................................... 37 
2.4.5 Transferencias electrónicas .................................................................................................... 37 
2.4.5 Regulación y supervisión ....................................................................................................... 38 
2.4.5 Operativo y orden público....................................................................................................... 39 
CAPÍTULO 3. LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE DINERO EN MÉXICO ............................................... 41 
3.1 Introducción .............................................................................................................................. 41 
3.2 Antecedentes ............................................................................................................................ 41 
3.3 Unidad de Inteligencia Financiera ............................................................................................... 44 
3.4 Concepto de lavado de dinero .................................................................................................... 45 
3.5 Operaciones relacionadas con el lavado de dinero ....................................................................... 46 
 
 
3.5.1 Operaciones inusuales........................................................................................................... 46 
3.5.2 Operaciones relevantes ........................................................................................................ 46 
3.5.3 Operaciones internas preocupantes ........................................................................................ 46 
3.6 Sistema de monitoreo de riesgo de lavado de dinero .................................................................... 46 
3.6.1 Estrategias de prevención de lavado de dinero ........................................................................ 48 
3.5.1.1 Actividad económica o giro mercantil vulnerable ............................................................... 50 
3.5.1.2 Nacionalidad ................................................................................................................. 53 
3.5.1.4 Cobertura geográfica ..................................................................................................... 53 
4.5.1.4 Persona políticamente expuesta (PEP) ........................................................................... 53 
3.5.1.5 Productos y servicios a utilizar ........................................................................................ 56 
3.5.1.6 Origen de los recursos ................................................................................................... 56 
3.5.2 Escalas de calificación ........................................................................................................... 56 
CONCLUSIONES........................................................................................................................... 60 
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................. 61 
ANEXO ........................................................................................................................................ 64 
A1. Código Penal Federal .............................................................................................................. 64 
A2. Ley de instituciones de crédito .................................................................................................. 66 
A3. Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito ............................................ 68 
A4. Ley de Uniones de Crédito ....................................................................................................... 73 
A5. Ley de Ahorro y Crédito Popular ............................................................................................... 75 
A6. Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo .............. 77 
A7. Ley del Mercado de Valores ..................................................................................................... 79 
A8. Ley de Sociedades de Inversión ............................................................................................... 81 
A9. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro ............................................................................. 83 
A10. Ley general de Instituciones y Sociedades Mutualistas y de Seguros ......................................... 85 
A11. Ley Federal de Instituciones y Fianzas .................................................................................... 88 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I 
 
 
CUADROS 
 
Cuadro 1.1 Conductas que se tipifican como ilícito penal en el lavado de dinero ................................. 17 
Cuadro 1.2 Conductas que se consideran propósitos del lavado de dinero ......................................... 19 
Cuadro 1.3 Principales artículos en el Código Penal Federal que tipifican las operaciones ilícitas ......... 20 
Cuadro 1.4 Estructura de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos 
de Procedencia Ilícita .................................................................................................................... 22 
Cuadro 2.1 Líneas de acción de recomendaciones internacionales .................................................... 29 
Cuadro 3.1 Las 40 recomendaciones del GAFI ................................................................................. 42 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
II 
 
 
 
FIGURAS 
 
Figura 1.1 Etapas simplificadas el proceso de lavado de dinero .......................................................... 5 
Figura 1.2 Etapa de recaudación de financiamiento al terrorismo ...................................................... 10 
Figura 1.3 Etapa de disposición de financiamiento al terrorismo ....................................................... 11 
Figura 1.4 Etapa de utilización de financiamiento al terrorismo ......................................................... 11 
Figura 1.5 Cuadro comparativo entre lavado de activos y financiamiento al terrorismo ........................ 12 
Figura 3.1 Principales criterios que se utilizan para prevenir las actividades ....................................... 50 
Figura 3.2 Principales criterios que se utilizan para prevenir la nacionalidad. ...................................... 53 
Figura 3.3 Principales criterios que se utilizan para prevenir a las personas políticamente expuestos .... 55 
Figura 3.4 Escalas y afectaciones económicas por tipología del riesgo ............................................... 57 
Figura 3.5 Probabilidad de ocurrencia del riesgo delavado de dinero. ................................................ 58 
Figura 3.6 Escala de severidad del riesgo de lavado de dinero ........................................................... 58 
Figura 3.7 Nivel de riesgo de acuerdo a la probabilidad de ocurrencia ................................................ 59 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 
 
 
INTRODUCCIÓN 
 
La presente tesis de investigación tiene como principal propósito de estudio, recabar elementos útiles para 
investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos 
últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de recursos para su 
financiamiento. 
Esta investigación consta de tres capítulos, a saber: 
Capítulo I: La prevención operaciones de procedencia ilícita, este capítulo está referido a una de las situaciones 
que en los últimos años ha contribuido en gran medida al resquebrajamiento de la estructura de la economía de 
nuestro país; como país en vías de desarrollo, pero que, según resultados de la investigación, no se escapan de 
este problema los países de economías y sociedades denominadas sólidas, cual es la comisión de los 
denominados delitos financieros. Estos delitos no son violentos, pero ocasionan pérdidas a compañías, 
inversores y empleados. 
 
Capítulo II: modelos de inteligencia financiera internacional, él capítulo se basa en examinar y dar seguimiento a 
la construcción de una estrategia global de detección y prevención del Lavado de Dinero y el Financiamiento del 
Terrorismo (LD/FT), que marche en coordinación con los regímenes nacionales e internacionales para prevenir y 
combatir estos delitos que inciden en la imagen internacional de un país y la inversión extranjera. El terrorismo 
es hoy una amenaza real que amaga a la comunidad internacional, por lo que una estrategia global para aislar y 
desmantelar la infraestructura financiera de las redes terroristas se ha convertido en el eje de la lucha mundial 
contra tales conductas. 
 
Capítulo III: la prevención del lavado de dinero en México, se analiza la necesidad de una estrategia moderna de 
lucha contra los delitos de lavado de dinero que es crucial para la integridad de los sistemas financieros, El 
lavado de dinero es un fenómeno antisocial de carácter criminal, generalmente con implicaciones internacionales, 
donde regularmente participa la delincuencia organizada y cuyo proceso consiste en ocultar, disfrazar o encubrir 
el origen ilícito de las ganancias derivadas de la comisión de actividades ilícitas, a fin de darles una apariencia de 
legitimidad. 
 
Con los tres capítulos se pretende dar una idea o una pauta a seguir a fin de implementar un adecuado programa 
de prevención y detección de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en las instituciones financieras, en 
la búsqueda de contribuir al desarrollo de una economía sana, transparente y atractiva para la inversión, que 
procura brindar certidumbre a los interesados en hacer negocios en el país. Donde se ubica a México como actor 
relevante en el combate al lavado de dinero, tratando evitar con ello que el dinero de procedencia ilícita ingrese al 
sistema financiero de nuestro país. 
 
 
2 
 
CAPÍTULO 1. 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
 
1.1 Introducción 
 
El lavado de dinero, bienes y activos provenientes de actividades ilícitas y financiamiento al crimen organizado, 
constituye una de las mayores problemáticas a la que se enfrentan los gobiernos del mundo, lo anterior como 
consecuencia de los efectos negativos que infringen en la economía, el sistema de justicia y la gobernabilidad de 
los Estados, situaciones que han afectado y afectan seriamente los sistemas democráticos a nivel internacional. 
 
En el plano internacional diversos organismos como el Grupo de Acción Financiera internacional (GAFl)1 y 
organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas o la Organización de Estados 
Americanos están preocupados por combatir éstas prácticas y han recomendado la adopción de medidas 
efectivas para luchar contra el lavado de dinero, bienes y activos provenientes de actividades ilícitas y 
financiamiento al terrorismo. 
 
En este contexto, desde hace años el Gobierno de México se ha dado a la tarea de crear una serie de políticas 
públicas para el combate al crimen organizado, intentado para ello establecer medidas y mecanismos que en 
muchas ocasiones no han resultado ser los más apropiados. Ante esta situación el 17 de octubre de 2012 el 
entonces presidente de la República, Lic. Felipe Calderón Hinojosa,2 expidió la «Ley Federal para la Prevención e 
Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita» – LFPIORPI en adelante-, misma que entró 
en vigor nueve meses después. A través de esta ley el gobierno federal intenta generar la obligación a ciertos 
sujetos –gatekeepers- 3 de identificar e informar los actos u operaciones que por sus características, pudieran 
estar vinculados a procesos de lavado de dinero de financiamiento al crimen organizado. 
 
1.2 Definición del delito financiero 
 
Resulta indispensable precisar lo que se entiende por delitos financieros; siendo los que su comisión lesiona el 
orden económico social y por ello son reconocidos como delitos económicos o financieros según el caso; 
diferenciándose únicamente su terminología en que el delito financiero es el cometido por personas que dirigen 
las instituciones financieras (bancos, bolsa de valores, financieras, cooperativas, etcétera). 
 
1 Véase http://www.shcp.gob.mx/inteligencia_financiera/ambito_internacional/Paginas/gafi.aspx. 
2 Felipe Calderón Hinojosa fungió como presidente de los Estados Unidos Mexicanos durante el periodo comprendido de diciembre de 
2006 a diciembre de 2012. 
3 Persona que en un equipo de trabajo actúa como especialista de información, no solamente con capacidad reactiva, respondiendo 
eficazmente a las demandas de información que recibe de sus compañeros de trabajo sino también proactivamente, adelantándose a las 
necesidades de información antes de que sean percibidas. El trabajo de gatekeeper debe ser desarrollado por profesionales de la materia 
de trabajo a tratar que, por sus cualidades de curiosidad e interés por conocer fuentes de información y bases de datos, meticulosidad en 
el tratamiento de los documentos manejados por el equipo, etc. se encaminan a realizar esta tarea, fundamental en cualquier proyecto de 
investigación. La enorme cantidad de fuentes de información, su complejidad y sus limitaciones hacen que el intermediario gatekeeper sea 
cada vez más necesario. 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
3 
 
Los delitos financieros o los comportamientos que atentan contra el sistema financiero constituyen, a no dudarlo, 
los más claros ejemplos de la delincuencia contra el orden económico social, entendida ésta como los 
comportamientos que lesionan o ponen en peligro la intervención del Estado en la economía. 
 
Existen varios autores que han hecho sus propias definiciones sobre estos delitos, al respecto Rafael Miranda 
Gallino, en su obra «Delitos contra el orden económico» ha expuesto que: ―El delito financiero, en especial, 
implica desde luego una estafa en el orden de la buena fe de los negocios y la confianza pública; pero sus 
consecuencias indirectas son igualmente dañosas, pues retrae capitales que de otro modo se invertirían en 
actividades honestas, los desvía hacia otros fines, y generalmente va asociado con la defraudación fiscal. Tal 
incidencia indirecta es, pues, incalculable sobre el mercado de capitales y las finanzas públicas.‖ 4 
 
Rafael Bielsa, citado por Miranda Gallino, ha señalado sobre el tema: ―Son delitos de gente inteligente avezada 
en los negocios, conocedora de las leyes y reglamentos y de las artimañas para eludirsanciones, influyente por 
su poder corruptor, y que tiene relaciones mundanas, políticas y con los funcionarios‖.5 
 
Para Gerardo Landrove Díaz los delitos financieros ―son conductas antijurídicas que lesionan el tráfico comercial, 
mercantil o estrictamente financiero, porque atacan directamente el interés social del orden público económico, 
por ausencia de sumisión al deber propio de las sociedades mercantiles y el interés mismo del Estado, 
prevalentes en su valoración y defensa, sobre el mal quehacer, que los postergue indebidamente‖. Landrove Díaz 
resume las principales características de estos delitos financieros así: 
a. ―El sujeto activo viene integrado por sociedades o grupos de personas, que actúan por medio de sus 
órganos de manifestación‖. 
b. ―Forman el sujeto pasivo muchas personas, unidas entre sí, generalmente, por el vínculo común del ahorro, 
dando lugar al delito – masa‖. 
c. ―Se produce una situación de total indefensión de los perjudicados, que constituyen la parte más débil en la 
relación antes descrita‖. 
d. ―El daño individual sufrido –si se pasa de la situación de riesgo–suele ser de pequeña entidad, aunque sea 
grande el alcance económico de la maniobra perjudicial en su integridad‖.6 
 
Por esta vía, se puede concluir que los comportamientos que atentan contra la adecuada organización del 
sistema financiero, los que conspiran contra la confianza del público en sus instituciones de crédito, afectan la 
seguridad de las transacciones comerciales, en particular de las operaciones bancarias, y las que lesionan el 
ahorro, constituyen el delito financiero que se erige en un clásico ilícito contra el orden económico social. 
 
1.3 Clasificación del delito financiero 
 
Son delitos financieros cometidos típicamente contra los bancos e instituciones financieras, los que se citan a 
continuación: 
 
4 Miranda Gallino, Rafael. Delitos contra el orden económico. Ediciones Pannedille. Buenos Aires, 1979, p. 17. 
5 Ibid. Op. Cit. P- 17. 
6 Landrove Díaz, Gerardo. Los fraudes colectivos. Barcelona: Bosch, Casa Editorial, S.A., 1978. p.22. 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
4 
 
 Kiting: Este tipo de fraude con cheques utiliza una combinación del tiempo entre el depósito de un cheque y 
su presentación para su pago por el banco y la buena voluntad del banco receptor para anticipar los fondos 
contra el balance no cobrado. En muchos esquemas de kiting, varias cuentas son manipuladas 
cuidadosamente en diferentes bancos para hacer aparecer que el comportamiento de la cuenta es 
predecible y de bajo riesgo por lo que tienta al banco a anticipar los retiros contra fondos aún no cobrados. 
Dado que muchas de las cuentas de negocios honestos operan con balances de cuentas al descubierto o 
escasos, con frecuencia es difícil detectar el verdadero esquema del kiting. Al dejarlos pasar sin detectarlos, 
los kitings pueden acarrear importantes pérdidas a los bancos. 
 Falsificación: Para un negocio, la falsificación típicamente tiene lugar cuando un empleado expide un 
cheque sin la adecuada autorización. Los delincuentes roban un cheque, lo endosan y lo presentan para su 
pago en una compra local o en el banco en la ventanilla del cajero, utilizando probablemente una falsa 
identificación personal. La falsificación también puede significar la fabricación completa de un cheque 
utilizando equipo de impresión de escritorio actualmente disponible, consistente en 
una computadora personal, scanner, software sofisticado y una impresora láser de alto grado o simplemente 
duplicando un cheque con fotocopiadoras de color avanzadas. 
 Alteración: La alteración principalmente se refiere a la utilización de químicos y solventes, tales como: 
acetona, líquido de frenos y removedor de manchas o modificando la escritura a mano y la información del 
cheque. Cuando esto se realiza en lugares específicos en el cheque tales como el nombre del beneficiario o 
la cantidad, se llama alteración de un lugar, cuando se intenta borrar la información de la totalidad del 
cheque, se llama "lavado del cheque". 
 Robo de cheques: Una manera de atacar la cuenta de cheques de otra persona es robar, o de alguna otra 
manera apropiarse indebidamente del cheque correspondiente a la cuenta. Esto puede ocurrir mediante la 
búsqueda de cheques en el correo, o mediante la infiltración en una casa o negocio, en el lugar en donde se 
guardan los cheques. A veces, unos cuantos cheques son utilizados como base de la falsificación. Sin 
métodos de detección apropiados, los cheques pasan sin ser descubiertos hasta que él cuentahabiente lo 
advierte al revisar su estado de cuenta al final del mes. 
 Colgado de papeles: Este problema principalmente tiene que ver con las personas que intencionalmente 
emiten cheques contra cuentas que ya están cerradas (propias o de otros). 
 Lavado de dinero: Es el dinero que se ha obtenido por actividades ilegales y que necesita ser incorporado 
al sistema bancario de manera que pueda ser movilizado eficientemente de un lugar a otro y guardado en 
forma segura y efectivo (dinero, órdenes de pago, cheques de viajero, etc.). Una variedad sin fin de 
esquemas se ha desarrollado con el propósito de "estructurar" y "lavar" dinero en el proceso de convertir los 
fondos de "sucios" a "limpios". El mayor riesgo para un banco está en el potencial para la complicidad y 
violación de los requerimientos de la Ley del Secreto Bancario. 
 Fraudes con cuentas nuevas: Las cuentas de cheques se abren fácilmente debido a que la mayoría de los 
bancos están ansiosos de tener más clientes. La facilidad con la que los documentos de identidad pueden 
ser falsificados, las limitaciones impuestas por las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos 
Personales en Posesión de los particulares y el costo de investigar los antecedentes o la confiabilidad de los 
cheques contribuyen a facilitar que se lleven a cabo los fraudes con cuentas nuevas. Una vez que una 
nueva cuenta es abierta y se establece un bajo perfil de riesgo de esta actividad, el delincuente defraudador 
puede llevar a cabo una amplia variedad de diferentes esquemas de fraudes. 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
5 
 
 Malversación: Cualquiera que tenga un fácil acceso a las cuentas financieras tiene el potencial para llevar 
a cabo la malversación. Las cuentas del banco o la cuenta de los clientes del banco pueden ser atacadas. 
Existen distintas maneras de cometer el delito de malversación, tal es el caso: 
 Cuando sean loa encargados por cualquier concepto de fondos, rentas o efectos de las administraciones 
públicas. 
 Cuando sean legalmente designados como depositarios de caudales o efectos públicos. 
 Cuando sean los administradores o depositarios de dinero o bienes embargados, secuestrados o 
depositados por la autoridad pública, aunque pertenezcan a particulares. 
 
1.3.1 Lavado de capitales 
 
Las fases del lavado de dinero o el proceso del lavado de dinero se encuentra integrado por diversas etapas 
sucesivas que pretenden ocultar fuentes ilícitas de las ganancias obtenidas para así poder financiar actividades 
ilegales. 
 
Generalmente el proceso de lavar dinero consta de tres etapas, aunque no es raro que los delincuentes utilicen 
una o dos, no es un hecho puntual el que, de forma instantánea, el producto de origen ilícito pasa a tener una 
apariencia de legalidad, sino que consisten una serie de actuaciones sistematizadas en estas fases o etapas 
progresivas, con el objeto de obtener el resultado perseguido, para disfrutar el producto sin que se sospeche su 
origen. El proceso tiene un objetivo principal que no es otro que legalizar los capitales ilícitos.7 
 
Figura 1.1 
 Etapas simplificadas el proceso de lavado de dinero 
 
 
 
La principal característica del criminal que realiza esta actividad es la capacidad de jugar con lapercepción de 
todos aquellos que le rodean y así crear una ―ilusión‖ perfecta, por ello el lavado tiene que ser muy habilidoso 
para crear una impresión falsa de lo que le rodea, de lo que las personas y autoridades perciben sobre el origen 
de sus activos. Esta ilusión consta de ocultar el origen ilícito de sus activos y presentarlos como provenientes de 
actividades o fuentes ilícitas. 
 
Todos los activos que acumula el lavado de dinero, que por lo regular es dinero en efectivo de baja 
denominación, resultado de las transacciones del delincuente, debe de convertirlo en una forma más segura, en 
algo ―fácil‖ de manejar y cambiar. Esto solo se logra introduciendo el efectivo en el sistema financiero. 
 
7 Cfr. Núñez Camacho, María de la Luz. El fenómeno de lavado de dinero en México. Editorial Porrúa, México 2008.P.8. 
Colocación 
(prelavado) 
• Introducir el dinero en el 
circuito económico-
financiero. 
Decantación 
(estratificaciión) 
• Cortar cadena de 
evidencia haciendo 
circular el dinero por el 
circuito. 
Integración 
(reciclado) 
• Extraer el dinero para 
invertirlo sin riesgo por su 
apariencia lícita 
• Facilitar sucesivas 
operaciones de lavado 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
6 
 
 
 
1.3.1.1 Introducción o prelavado 
 
La introducción del activo o dinero al sistema financiero es la primera etapa en el proceso de lavado de dinero, la 
colocación (como también le denominan algunos autores) es cuando se insertan o ingresan los recursos o fondos 
que proceden de una actividad ilícita-delictiva, en el sistema financiero, de forma directa, a través de terceros 
(personas físicas o morales), desde México o el extranjero. 
 
Los recursos se obtienen de diferentes actividades ilícitas que generan ganancias, las cuales son colocadas en 
instituciones financieras por una o varias personas. Uno de los principales instrumentos para introducir las 
ganancias criminales a la economía ha sido el dinero en efectivo, tanto en moneda nacional como en extranjera. 
En un principio, los billetes eran introducidos directamente en diversas instituciones financieras mexicanas 
mediante transacciones realizadas por personas físicas (comunes prestanombres) o empresas ―fachada‖. 
 
Posteriormente, en la medida en que se han impuesto mayores controles a las instituciones financieras 
mexicanas en materia de prevención de operaciones de lavado de dinero y se han tomado acciones contra 
aquellas instituciones de mayor riesgo -como el monitoreo constante de operaciones financieras en efectivo, los 
programas especiales de supervisión y las sanciones administrativas y penales a infractores-, se dejaron de 
observar operaciones financieras de este tipo y, en lugar de ello, se buscaron mecanismos para cambiar dólares 
a pesos mexicanos a través de negocios informales a cambio de divisas, localizados principalmente en la franja 
fronteriza del norte o mediante operaciones estructuradas en casa de cambio y centros cambiarios; o bien, los 
billetes se han utilizado para la adquisición directa de bienes o mercancías. Bajo estas últimas modalidades, los 
particulares han recibido pagos con divisas o los han adquirido a tipo de cambio inferiores a los ofrecidos por el 
sistema financiero formal. 
 
Las acciones que usualmente se realizan en esta etapa son: 
 Contrabando de envío de grandes cantidades de dinero en efectivo sacándolo fuera del país o 
trasladándolo a zonas altamente comerciales donde pasan desapercibidos ante grandes y continuos 
movimientos financieros. 
 Realizar en forma sistemática depósitos de dinero en efectivo por debajo de los límites que obligan al 
reporte de las instituciones financieras. Los ingresos de cantidades pequeñas de dinero en cuentas 
bancarias es una acción conocida como pitufeo o smurfin. 
 Transformar el dinero en efectivo, en cheques de cajero, viaje o en otro tipo de instrumentos negociables 
a través de bancos e instituciones del sistema financiero, también el cambio de billete de baja 
denominación por otro de mayor. 
 Depositar dinero en efectivo en diversas cuentas bancarias en cuentas sencillas y mancomunadas en 
una o varias instituciones financieras o convertir el dinero en mercancía de calor que sean fácilmente 
negociables, tales como metales o piedras preciosas. 
 Utilizar entidades empresariales que debido a su naturaleza son receptoras de grandes cantidades de 
efectivo como es el caso de centros nocturnos, restaurantes, casas de cambio casinos, entre otras. 
 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
7 
 
 
1.3.1.2 La transformación o lavado 
 
Esta segunda etapa incluye la transferencia de dinero a distintas cuentas o instituciones para apartarlo de su 
fuente original,8 el dinero ya ha sido colocado en una institución financiera y el objetivo del lavador en esta etapa 
es alejarlo más rápido posible del punto de origen de los recursos, transformándolos en instrumentos para 
distribuirlos y alejarlo para así entorpecer las investigaciones de las autoridades, el dinero concentrado debe de 
ser fraccionado en diversas operaciones en el país o en el extranjero, debido a la complejidad de las operaciones 
y participaciones de diversas jurisdicciones que dificultan o impiden la investigación de las autoridades. 
Los recursos tienen que transferirse de un lugar a otro , de una entidad financiera a otra e incluso de un país a 
otro para que sea difícil descubrir el lugar de origen de los recursos, incluso estas transacciones se realizan en 
pequeñas cantidades para poder burlar y evadir los controles de las autoridades. 
 
Dependiendo del mecanismo que se emplee en la etapa de colocación de los recursos de procedencia ilícita, las 
organizaciones criminales llevan a cabo una serie de operaciones para ocultar su origen e impedir el rastreo de la 
fuente. Por ejemplo, en el caso de la introducción en instituciones financieras mexicanas de dólares derivados del 
narcotráfico, se han observado transferencias electrónicas de fondo a instituciones financieras en EEUU y Asia 
simulando, principalmente, transacciones de operaciones comerciales internacionales. 
 
 Financieras. 
 Comerciales. 
 Inmobiliarias. 
 
Algunos ejemplos de esta etapa: 
 Disfrazar el dinero de procedencia ilegal, de tal modo que se confunde con dinero obtenido de fuentes 
ilícitas o vender, descontar o intercambiar diversos tipos de instrumentos financieros, tales como los 
cheques de cajero, giros o cheques personales (utilizándolos como si fueran efectivo). 
 Crear fuentes ficticias en el extranjero para recibir y distribuir fondos para la inversión de bienes 
inmuebles a través de contrabando de dinero en efectivo. Abriendo con esos fondos cuentas en el 
extranjero. 
 Transferir dinero vía electrónica desde una cuenta bancaria en el extranjero, luego a otra, para perder el 
lugar de origen de ese dinero, generalmente hecho en los países que constituyen paraísos fiscales. 
Usualmente se transporta dinero a través de corporaciones. 
 Adquisiciones de bienes suntuosos: compra y venta de obras de arte o grandes inmuebles, etc. 
 Importación de oro y demás metales preciosos. 
 Establecimiento de empresas fantasma que permiten realizar operaciones ficticias que permiten justificar 
el origen de los fondos o bienes. 
 
 
8 Zamora Sánchez, Pedro, Marco jurídico del lavado de dinero, 1º. Ed; Oxford University Press, México, 2000. p.3. ―el proceso de 
colocación de dinero ilegitimo es el más vulnerable en cuanto a la detección por parte de las autoridades, porque es el momento en que el 
dinero se deposita por primera vez en una institución financiera‖ 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
8 
 
 
1.3.1.3 La integración o reconvención. 
 
La etapa de integración es la última etapa en el proceso de lavado de dinero, consiste enla incorporación de los 
recursos aparentemente lícitos (―lavados‖), en la economía ilícita o formal, con la finalidad última de poder 
disponer de estos libremente. 
 
Es dar apariencia legítima a riqueza ilícita mediante el reingreso en la economía con transacciones comerciales o 
personales que aparentan ser normales. Esta fase conlleva la colocación de los fondos lavados de vuelta en la 
economía para crear una percepción de legitimidad. El lavador podrá optar por invertir los fondos en 
intervenciones, bienes raíces, artículos de lujo o proyectos comerciales, entre otros. Con el objetivo de perder el 
rastro de los recursos en el menor tiempo posible. 
 
En la etapa de integración, de acuerdo con la doctrina, es extremadamente difícil distinguir la riqueza legal de la 
ilegal. Esta fase le ofrece al lavador la oportunidad de incrementar su riqueza con los productos del delito. La 
integración es generalmente difícil de detectar, a menos que exista una gran discrepancia entre el empleo, los 
negocios o las intervenciones legítimas de una persona o compañía y la riqueza de la persona o los ingresos o 
activos. 
 
En la medida que se imponen más restricciones y controles a instrumentos que implican un alto grado de riesgo 
vinculado al lavado de dinero, las organizaciones criminales buscan mecanismos alternativos para transferir el 
valor derivado de las operaciones ilícitas que realizan, como lo son: pagos en especie, operaciones de comercio 
exterior, movimientos de fondos a través de trasferencias electrónicas, e instrumentos de almacenamiento de 
valor (como las denominadas tarjetas propagadas), entre otros. 
 
Algunos ejemplos para dar apariencia de licitud: 
 Obtención de préstamos o créditos simulados, mediante la utilización de alguna empresa fantasma construida 
en un paraíso fiscal, o una entidad extraterritorial que controla el secreto bancario y luego se lo presta a sí 
mismo. 
 Compra o venta de inmuebles. 
 Construcción de hoteles. 
 Simulación de operaciones de importación y exportación de productos. 
 Cobro anticipado de seguros. 
 Formación de una corporación internacional y la consecuente apertura de una cuenta bancaria a nombre de 
esta en el extranjero, para luego transferir el dinero de la cuenta en forma de préstamo, salarios, pagos de 
carta de créditos, pagos ficticios de arrendamiento, servicios falsos, comisiones a personas naturales o 
jurídicas. 
 Depositar dinero en efectivo o cheques a la cuenta bancaria de algún negocio, dándole al mismo la apariencia 
de ser utilidades de transacciones comerciales legítimas. 
 Recibir el dinero de un casino de la lotería o de cualquier juego de azar lo que permite dar apariencia de 
ganancias legítimas como consecuencia del juego. 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
9 
 
1.3.3 Financiamiento al terrorismo. 
 
El financiamiento al terrorismo es cualquier forma de acción económica, ayuda o mediación que proporcione 
apoyo financiero a las actividades de elementos o grupos terroristas. Aunque el objetivo principal de los grupos 
terroristas no es financiero, requiere fondos para llevar a cabo sus actividades, cuyo origen puede provenir de 
fuentes legítimas, actividades delictivas, o ambas. 
 
Las técnicas utilizadas para el lavado de dinero son básicamente las mismas que se usan para encubrir las 
fuentes y los fines del financiamiento al terrorismo. No obstante, sin importar si el orígen de los recursos es 
legítimo o no, para los grupos terroristas es importante ocultar la fuente y su uso, a fin de que la actividad de 
financiamiento pase inadvertida. 
 
El financiamiento al terrorismo se tipifica en, aportar o recaudar fondos económicos o recursos, con el 
conocimiento de que se destinarán para financiar o apoyar actividades de individuos u organizaciones terroristas. 
Algunas de estas actividades pueden ser, terrorismo, sabotaje, terrorismo internacional o ataques a las vías de 
comunicación. 
 
Quienes actúan dentro de las instituciones bancarias, deben prevenir a nivel nacional e internacional la comisión 
de este financiamiento. Tener conocimiento de esta situación sin actuar para su prevención o encubrirlo, se 
sanciona por el código penal federal. El tipo penal de financiamiento al terrorismo está contemplado en los 
artículos 139 y 148 Bis del código penal federal. 
 
 
1.3.2.1 Etapas del Financiamiento de Terrorismo 
 
En la práctica, el análisis del proceso del financiamiento de terrorismo resulta esquematizarse también en tres 
etapas: 
 
 Etapa de la Recaudación. Esta fase inicial consiste en la búsqueda de fuentes de financiamiento por 
parte de las organizaciones terroristas. Puede consistir en fuentes legales, tales como aportes por parte 
de estados o individuos que apoyan la causa de la organización, de donantes (simpatizantes o 
engañados), de actividades comerciales legítimas; en este caso los fondos obtenidos generalmente ya 
están integrados en el sistema financiero. También puede resultar de ganancias producidas por 
cualquier actividad delictiva lucrativa, y en este caso los fondos son generalmente en efectivo. 
 
Esta etapa no hace diferencia entre el dinero legitimo e ilegal, y tiene la ventaja de enfocarse 
únicamente sobre la producción de recursos financieros. Los expertos del GAFI (Grupo de Acción 
Financiera contra el Blanqueo de Capitales) han llamado esta fase en inglés Collection Stage. 
 
 
 
 
 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
10 
 
Figura 1.2 
 Etapa de recaudación de financiamiento al terrorismo 
 
 
 Etapa de Disposición. Esta fase corresponde al movimiento de los mismos fondos, que se realiza a 
través de una diversificación de técnicas, y que permite ponerlos en mano de sus destinatarios en el 
lugar deseado por la organización terrorista para su utilización. Si bien, en esta etapa la organización 
terrorista puede utilizar medios similares a la fase correspondiente a la estructuración del lavado de 
activos, será más con el objetivo de realizar los movimientos necesarios para ponerlos a disposición de 
la organización, en su región de actividades usuales, o en lugares diferentes a donde tiene planeado la 
realización de sus actos criminales. 
 
El objetivo no es de enmascarar su origen y multiplicar las operaciones para burlar las pistas de este 
origen (si bien, puede también representarla necesidad de ocultar el origen de ciertas fuentes criminales) 
e intentar de darle un aspecto de procedencia legal, sino más bien se trata de ocultar sus movimientos y 
su destino final. Esta fase corresponde a la segunda etapa del proceso de financiamiento del terrorismo, 
que los expertos del GAFI llamaron: transmission/dissimulation. 
 
La palabra en español «disposición» resulta definir de manera sintética esta fase que pone el dinero ―a 
disposición‖ de la organización terrorista, entre su primera etapa de la recaudación de los fondos, y la 
tercera etapa final correspondiente a la utilización de los mismos. Los fondos de esta etapa están a la 
espera de su utilización final. 
 
 
 
 
 
 
 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
11 
 
 
 
Figura 1.3 
 Etapa de disposición de financiamiento al terrorismo 
 
 
 
 Etapa de Utilización. Esta última fase corresponde a la utilización de los recursos obtenidos en la fase 
de la recaudación y transferidos y acumulados para la disposición de la organización, en la fase 
―disposición‖. En esta etapa los fondos son utilizados para las necesidades de financiamiento de la 
logística estructural de la organización, su logística operativa en materia de planeación y realización de 
actos terroristas, y eventualmente, para financiar a otros grupos aliados. Corresponde a la fase llamada 
en ingles use, por los expertos del GAFI. 
 
Figura 1.4 
 Etapa de utilización de financiamiento al terrorismo 
 
 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
12 
 
La utilizacióndel sistema financiero legal no es un paso obligatorio y estratégico para la organización terrorista, a 
diferencia de las preocupaciones del crimen organizado para borrar el aspecto ilegal de la procedencia de sus 
propios ingresos. 
 
La preocupación suprema en materia financiera, es recaudar fondos, que provengan de actividades licitas o, en el 
caso contrario, por actividades delictivas, y llevarlos a los sitios deseados para su utilización final, que 
corresponde a los gastos logísticos y operativos de la organización. La discreción y el ocultamiento de los fondos, 
para los grupos criminales es necesario durante el proceso de recaudación y movimiento de los mismos, para 
evitar la detección no solamente por el sistema reforzado de las medidas anti lavado en el sistema financiero, 
sino también, por las autoridades judiciales. 
 
De hecho, se utilizan de preferencia medios fuera del sistema financiero clásico, tales como: transportes físicos, 
contrabando, sistemas paralelos de fondos, el intercambio de los fondos contra valores correspondientes y más 
fácilmente manipulables (oro, diamantes, joyas), incluso, el trueque de productos de tráficos ilícitos por productos 
logísticos u operativos (droga por armas o explosivos por ejemplo) o si se utiliza el sistema bancario formal, se 
hará con diferentes medios que permiten esconder no solo el origen, sino también el destino de los fondos, tales 
como: sociedades y organizaciones benéficas que sirven de pantalla, prestanombres, falsas identidades etc. 
 
También, es necesario recordar que el volumen de los fondos no es tan importante como las ganancias del 
crimen organizado, y por eso, es mucho más difícil su detección durante la fase de disposición, esta clasificación 
particular, según las etapas del proceso del financiamiento al terrorismo, permite considerar este aspecto, no 
solamente para las organizaciones terroristas importantes y estructuradas, sino también para grupos reducidos, 
los cuales manipulan y necesitan fondos que no tienen comparación en volumen con lo que necesitan los 
primeros. Parece luego importante de diferenciar las etapas entre cada uno de ambos procesos criminales, 
lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, para tomar en cuenta estas diferencias fundamentales de 
concepto. La figura 1.5 permite visualizar la diferencia de concepto entre cada etapa. 
 
Figura 1.5 
 Cuadro comparativo entre lavado de activos y financiamiento al terrorismo 
 
Lavado de activos Financiamiento del terrorismo
COLOCACIÓN 
Conversión del efectivo producido 
en un delito en otra forma de 
producto financiero
RECAUDACIÓN 
Búsqueda de fuentes de 
financiación, legitimas o ilegitimas
ESTRATIFICACIÓN 
Realizacón de una serie de 
conversiones y movimientos de 
fondos para alejarlos de su fuente 
ilegal
DISPOSICIÓN 
Realización de los movimientos 
necesarios de fondos para tenerlos 
a disposición y ocultar su 
utilización final deseada
INTEGRACIÓN 
Reintroducción o utilización de los 
fondos dentro de las actividades 
económicas legales 
UTILIZACIÓN 
Utilización final de los fondos para 
las necesidades financieras 
logisticas y operativas de la 
organización terrorista 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
13 
 
 
1.3.3 Financiamiento a la proliferación de armas 
 
Ha sido uno de los clichés9 más determinantes en la política y la propaganda de esta primera década del siglo 
XXI: las llamadas armas de destrucción masiva y su posible proliferación a estados problemáticos o grupos 
terroristas se han convertido en una especie de consigna que vale para todo y lo justifica todo. Sin embargo, el 
asunto presenta muchos más matices y recovecos de lo que seguramente les gustaría a quienes utilizan esta 
expresión esperando que todo el mundo tenga miedo. Las preguntas a responder son: ¿Qué son realmente estas 
armas de destrucción masiva? ¿Cuántas hay? ¿Quién las tiene? ¿Y qué pasa exactamente con su proliferación? 
 
1.3.3.1 Armas de destrucción masiva. 
 
El primer uso documentado de la expresión armas de destrucción masiva corresponde al arzobispo anglicano de 
Canterbury y Primado de Inglaterra Cosmo Gordon10, en 1937, refiriéndose al bombardeo nazi fascista de la 
localidad vasca de Guernica11 y el inicio de la Segunda Guerra Sino-Japonesa:12 
 
Durante los siguientes años, las armas de destrucción masiva continuarán siendo prácticamente sinónimo 
de bombardeo en alfombra.13 Esta táctica bélica, consistente en el lanzamiento de un gran número de bombas 
convencionales de aviación contra un área general para alcanzar uno o varios objetivos particulares, presenta ya 
la característica principal del concepto: una notoria desproporción entre la fuerza empleada y la entidad del 
objetivo militar declarado, con enormes daños colateral y el añadido de un factor sociológico de terror y 
desmoralización entre los civiles considerados enemigos. Estaríamos, pues, ante una forma de terrorismo de 
estado14 a gran escala. 
 
Hasta casi finales de la Segunda Guerra Mundial, se mantuvo esta identificación de las armas de destrucción 
masiva con el bombardeo estratégico15 mediante aviones o cohetes convencionales de distintos tipos. De hecho, 
 
9 Lugar común, idea o expresión demasiado repetida o formularia. 
10William Cosmo Gordon Lang, primer Barón Lang de Lambeth, GCVO, PC (31 de octubre de 1864 – 5 de diciembre de 1945), fue un 
prelado anglicano que sirvió como arzobispo de York y arzobispo de Canterbury (1928–1942). 
11 El bombardeo de Guernica (Operación Rügen) fue un ataque aéreo realizado sobre esta población española el 26 de abril de 1937, en el 
transcurso de la Guerra Civil Española, por parte de la Legión Cóndor alemana y la Aviación Legionaria italiana, que combatían en favor 
del bando sublevado contra el gobierno de la Segunda República Española. 
12 fue un conflicto militar entre la República de China y el Imperio de Japón que se libró entre el 7 de julio de 1937 y el 9 de septiembre de 
1945, en el marco de la Segunda Guerra Mundial. Comenzó cuando el ejército japonés, que ya controlaba Manchuria, inició la invasión del 
norte y el este de China. 
13 El bombardeo en alfombra (del inglés carpet bombing) también llamado bombardeo de área o bombardeo de saturación consiste en el 
bombardeo táctico de una zona, por medio de gran cantidad de bombas de caída libre, a menudo combinadas con bombas incendiarias. El 
objetivo táctico de este tipo de bombardeo, es la destrucción total de la zona objetivo, ya sea para eliminar personal y/o material militar o 
para desmoralizar al enemigo. 
14 El terrorismo de Estado consiste en la utilización de métodos ilegítimos por parte de un gobierno orientado a inducir miedo o terror en la 
población civil para alcanzar sus objetivos o fomentar comportamientos que no se producirían por sí mismos. Dichas actuaciones se 
justificarían por razón de Estado. 
15 Bombardeo estratégico. es una estrategia militar utilizada durante una guerra total que intenta destruir la capacidad económica de una 
nación para librar la guerra. Es un ataque aéreo sistemático y organizado. Se diferencia de un ataque táctico realizado durante el 
bombardero estratégico, que involucra aviones bombarderos estratégicos, misiles o cazabombarderos que atacan blancos determinados 
durante la organización y planificación de la campaña de bombardeo estratégico. 
http://es.wikipedia.org/wiki/Bombardeo_en_alfombra
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
14 
 
las máximas expresiones de destrucción masiva en un acto bélico siguen siendo ataques de este tipo realizados 
durante el conflicto, fundamentalmente por las fuerzas aéreas de los Estados Unidos y el Reino Unido. El 
bombardeo incendiario de Tokio a manos de la aviación norteamericana, en la noche del 9 al 10de marzo de 
1945, continúa siendo la mayor matanza concentrada de civiles en un solo acto destructivo de la historia de la 
humanidad: aproximadamente cien mil personas perecieron en menos de tres horas (cifra oficial: 83.000; según 
los bomberos de Tokio: 97.000), unas cuarenta o cincuenta mil resultaron heridas y un millón se quedaron sin 
casa. 
 
Como es sobradamente conocido, este conflicto terminó con otras dos grandes matanzas perpetradas por las 
fuerzas estadounidenses con un nuevo tipo de arma: los bombardeos atómicos de Hiroshima y Nagasaki16, hasta 
el día de hoy el único uso de armamento nuclear en una guerra real. Aunque el número de víctimas inmediatas 
fue menor (entre otras cosas, porque se trataba de armas muy primitivas lanzadas sobre localidades más 
pequeñas), la cifra final por fallecimiento de heridos y enfermos resultó bastante mayor. 
 
Así, se entiende fácilmente que el concepto arma de destrucción masiva pasó de ser sinónimo del bombardeo de 
alfombra a significar, en buena medida, ―arma nuclear‖. Parece que los primeros en definir así esta nueva clase 
de bombas fueron los soviéticos, con la expresión оружие массового поражения (literalmente, ―armas de 
destrucción masiva‖), aunque en los Estados Unidos se había comenzado a utilizar el término armas adaptables 
para la destrucción masiva. En 1947, Oppenheimer17 establecería la expresión en Occidente. Hoy en día, 
las armas nucleares y termonucleares se consideran los máximos representantes de este tipo de armamento. 
 
Generalmente se acepta que las armas químicas18 y biológicas19 forman también parte de este concepto, por su 
carácter incluso más indiscriminado y su capacidad de matar o herir a numerosas personas y otros seres vivos 
más allá de la supresión del objetivo militar declarado. Las armas químicas son sustancias tóxicas que se 
dispersan para envenenar al enemigo, mientras que las biológicas consisten en microorganismos causantes de 
enfermedades que buscan su incapacitación. Ambas se han utilizado desde tiempos remotos. 
 
Las armas químicas y biológicas se consideran habitualmente menos eficaces y destructivas que las armas 
nucleares, y más fáciles de contrarrestar con técnicas modernas. La vacunación, la cuarentena y el simple 
reparto de máscaras antigás a la población reducen enormemente sus efectos. Se incluye también normalmente 
a las armas radiológicas o bombas sucias20 entre las de destrucción masiva. Hay quien las considera un tipo de 
 
16 Los bombardeos atómicos sobre Hiroshima y Nagasaki fueron ataques nucleares ordenados por Harry S. Truman, presidente de los 
Estados Unidos, contra el Imperio del Japón. Los ataques se efectuaron el 6 y el 9 de agosto de 1945 respectivamente, lo que forzó la 
rendición de Japón y el fin de la Segunda Guerra Mundial. Después de seis meses de intenso bombardeo de otras 67 ciudades, el arma 
nuclear Little Boy fue soltada sobre Hiroshima el lunes 6 de agosto de 1945, seguida por la detonación de la bomba Fat Man el jueves 9 de 
agosto sobre Nagasaki. 
17 ulius Robert Oppenheimera (Nueva York, Estados Unidos, 22 de abril de 1904 - Princeton, Nueva Jersey, Estados Unidos, 18 de febrero 
de 1967) fue un físico teórico estadounidense de origen judío y profesor de física en la Universidad de California en Berkeley. Es una de 
las personas a menudo nombradas como «padre de la bomba atómica» debido a su destacada participación en el Proyecto Manhattan, el 
proyecto que consiguió desarrollar las primeras armas nucleares de la historia, durante la Segunda Guerra Mundial. 
18 Las armas químicas son armas que utilizan las propiedades tóxicas de sustancias químicas para matar, herir o incapacitar al enemigo. 
19 Un arma biológica —también conocida como bioarma o arma bacteriológica— es cualquier patógeno (bacteria, virus u otro organismo 
que cause enfermedades) que se utiliza como arma de guerra. 
20 Bomba sucia es un término reciclado que actualmente se utiliza para denominar a los artefactos explosivos que diseminan elementos 
radiactivos en la atmósfera. 
http://lapizarradeyuri.blogspot.com/2010/05/asi-funciona-un-arma-nuclear.html
http://www.lapizarradeyuri.com/2010/09/20/asi-funciona-un-arma-termonuclear/
http://es.wikipedia.org/wiki/Bomba_sucia
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
15 
 
arma nuclear, pero en realidad se parecen muchísimo más a un arma química, sólo que sustituyendo la sustancia 
tóxica por una sustancia radioactiva; en todo lo demás, no se diferencian gran cosa de las químicas y presentan 
ventajas e inconvenientes muy similares. Aunque es posible diseñar un tipo de arma nuclear-radiológica 
extremadamente aniquiladora, la llamada bomba del juicio final, no consta que se haya construido nunca una y 
requiere disponer primero de un arma atómica para hacerlo. Por el extremo contrario, una bomba atómica 
pobremente diseñada o construida de baja o mediana energía podría considerarse técnicamente un tipo de arma 
radiológica. 
 
Otras personas discrepan que las armas nucleares, químicas-radiológicas y biológicas sean las únicas de 
destrucción masiva, o incluso las más representativas. Señalan que su uso resulta excepcional, prácticamente 
inexistente, y contribuye a disimular los mecanismos más habituales de muerte violenta en el mundo. 
 
1.3.3.2 Proliferación y reducción. 
 
Al igual que el concepto arma de destrucción masiva es discutido, el de proliferación también tiene sus 
detractores debido a una variedad de motivos. El más común es que parece restringir el ―derecho de posesión‖ a 
los países que ya disponen de ellas, poniendo el foco y el rechazo de la opinión pública sobre países pequeños 
y relativamente indefensos mientras lo aleja de los grandes y poderosos que disponen de miles de ellas 
muchísimo más avanzadas. 
 
El «Tratado de No Proliferación Nuclear»21 de 1968 reconoce el derecho de posesión de armas nucleares a cinco 
países: Estados Unidos, Rusia (como estado sucesor de la Unión Soviética), el Reino Unido, Francia y la 
República Popular China. Así expresado, parece claramente una injusticia y sorprende que lo haya firmado todo 
el mundo menos Israel, India y Pakistán (más Corea del Norte, que lo denunció en 2003): ¿qué tienen estos 
países que no tengan otros? 
 
Resulta que en el Tratado de No-Proliferación no se consideraba un fin en sí mismo, sino un medio para 
comenzar el proceso de desarme nuclear en conjunción con otros convenios internacionales. Es, por expresarlo 
de algún modo, un acuerdo de contención temporal; algo así como ―impidamos que sigan surgiendo potencias 
nucleares, para facilitar que quienes ya lo son reduzcan o incluso eliminen en el futuro sus arsenales‖. Sin duda 
resulta más imaginable el desarme nuclear en un mundo donde no hay amenazas atómicas por todas partes; 
además, poner de acuerdo a cinco es más fácil que poner de acuerdo a cincuenta. 
 
El Tratado de No-Proliferación se firmó durante los años más duros de la Guerra Fría. Habría sido poco realista 
esperar que los poseedores de armas nucleares renunciaran a ellas de la noche a la mañana. Sin embargo, 
funcionó, al menos en parte: inmediatamente a continuación vinieron los Acuerdos SALT22(1969-1979) y el de 
Misiles Anti-Balísticos23 (1972), lo que después permitiría el de Misiles de Alcance Intermedio24 de 1987, los 
 
21 El Tratado de No Proliferación Nuclear (NPT, Nuclear Non-Proliferation Treaty, en inglés) es un tratado abierto a la firma el 1 de julio de 
1968 que restringe la posesión de armas nucleares. 
22 El Tratado sobre Misiles Anti-Balísticos o Tratado ABM fue un acuerdo entre Estados Unidos y la Unión Soviética para limitar el número 
de sistemas de misiles antibalísticos (ABM) utilizados para defender ciertos lugares contra misiles con carga nuclear. 
23 El Tratado sobre Misiles Antibalísticos o Tratado ABM fue un acuerdoentre Estados Unidos y la Unión Soviética para limitar el número 
de sistemas de misiles antibalísticos (ABM) utilizados para defender ciertos lugares contra misiles con carga nuclear. 
http://www.lapizarradeyuri.com/2010/10/21/la-bomba-del-juicio-final/
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
16 
 
START I25y II26 de 1991 y 1993, el SORT27 de 2003 o el nuevo START 28 de 2010 (y la revisión de este mismo 
año al Tratado de No-Proliferación original). Así, hemos pasado de las 75.000 armas nucleares de la Guerra Fría 
a las 22.600 del presente (7.700 operacionales y el resto en almacenamiento). El nuevo START pretende reducir 
el número de cabezas estratégicas activas a la mitad. No es ninguna maravilla, pero probablemente resulta mejor 
que lo que había y difícilmente se habría logrado en un mundo con una proliferación generalizada. 
 
Una proliferación paralela a la de estas armas de destrucción masiva es la cada vez más ubicua presencia de 
misiles de largo alcance. A fin de cuentas, ningún arma sirve de gran cosa sin una manera eficaz de servírsela al 
enemigo; y en esta función, los misiles siguen sin tener rival. Son ya varios los países que disponen de un 
programa espacial y por tanto de misiles balísticos intercontinentales29(ICBM/SLBM) con variado nivel 
tecnológico. Ya no sólo hablamos de Estados Unidos y Rusia (que los tienen de todos los sabores y 
capacidades), sino también del Reino Unido. 
 
1.4 Marco jurídico del lavado de dinero 
 
El marco jurídico lo constituyen los siguientes ordenamientos: 
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 
 Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. 
 
A su vez, de la propia Ley se desprende que serán parte del marco jurídico del lavado de dinero, las siguientes 
disposiciones: 
 
Respecto al delito: 
 Artículo 400 Bis del Capítulo II del Título Vigésimo Tercero del Código Penal Federal. 
 
 Respecto a las Entidades Financieras: 
 Ley de Instituciones de Crédito (art. 115); 
 Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (artículos 87-D, 95 y 95 Bis); 
 Ley de Uniones de Crédito (art. 129); 
 
24 El Tratado INF (por las siglas en inglés de Intermediate-Range Nuclear Forces) fue un acuerdo entre los Estados Unidos y la Unión 
Soviética firmado en Washington D.C. el 8 de diciembre de 1987 entre el entonces presidente de los EE.UU., Ronald Reagan, y el. 
secretario general del partido comunista de la URSS Mijaíl Gorbachov. Fue ratificado por el Congreso estadounidense el 27 de mayo del 
año siguiente, y entró en efecto el 1 de junio del mismo año. 
25 El START I (Strategic Arms Reduction Treaty, Tratado de Reducción de Armas Estratégicas) era un tratado entre EE. UU. y la U.R.S.S. 
que consistió en autolimitar el número de misiles nucleares que poseía cada superpotencia. 
26 El START II (Strategic Arms Reduction Treaty, Tratado de Reducción de Armas Estratégicas) es un acuerdo firmado por George H. W. 
Bush y Borís Yeltsin el 3 de enero de 1993, que prohibía el uso de los ICBMs de cabezas múltiples (MIRV). Es el sucesor del START I. 
27 SORT (siglas en inglés de Strategic Offensive Reductions Treaty, Tratado de Reducciones de Ofensivas Estratégicas) es un tratado del 
2002 entre Estados Unidos y Rusia limitando su arsenal a 2200 ojivas operativas cada uno 
28 El START III (Tratado de Reducción de Armas Estratégicas, en inglés: Strategic Arms Reduction Treaty; o Nuevo START, es un acuerdo 
firmado por el Presidente de los Estados Unidos, Barack Obama y el Presidente de Rusia, Dmitri Medvédev, el 8 de abril de 2010 en 
Praga, y ratificado por ambos países en diciembre de 2010 y enero de 2011, por el que ambos países dieron por concluido el periodo de la 
denominada Guerra Fría y superaron los acuerdos estratégicos START I y START II. 
29 Un misil balístico intercontinental es, en esencia, un tipo de cohete espacial diseñado no para entrar en órbita, sino para transportar una 
carga velozmente a distancias remotas. 
http://lapizarradeyuri.blogspot.com/2010/04/asi-ataca-un-misil-balistico.html
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
17 
 
 Ley de Ahorro y Crédito Popular (art. 124); 
 Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (art. 71 y 72); 
 Ley del Mercado de Valores (art. 212); 
 Ley de Sociedades de Inversión (art. 91); 
 Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (art. 108 Bis); 
 Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (art.140), y 
 Ley Federal de Instituciones de Fianzas (art. 112). 
 
A nivel Constitucional, el lavado de dinero se encuentra regulado derivado de la facultad del Congreso de la 
Unión para expedir leyes en la materia a través de la fracción XXI del artículo 73, que prevé la regulación de la 
delincuencia organizada y cuya ley prevé las bases a través de las cuales el Ministerio Público Federal se 
coordinará con la SHCP para llevar a cabo la investigación. 
 
Con relación al delito por el cual se expide la Ley, el Código Penal Federal es el ordenamiento jurídico en donde 
se regula el tipo penal de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en donde se establecen las 
modalidades bajo las cuales puede cometerse, así como su propósito y las sanciones a las que se harán 
acreedores quienes incurran en dicho ilícito: 
 
 Modalidades del Lavado de Dinero. Con relación a las modalidades bajo las cuales se puede dar el delito 
de lavado de dinero, como se puede observar en el primer anexo (A1), del propio artículo 400 bis del Código 
Penal Federal se desprenden diez conductas que integran y tipifican como ilícito penal a este delito, asi 
como las cuatro conductas que conforman el propósito del mismo: 
 
Cuadro 1.1 
Conductas que se tipifican como ilícito penal en el lavado de dinero 
 
 
 
 
 
 
Se considera que es oportuno desarrollar conceptualmente cada uno de estos términos, a efecto de 
delimitar los alcances que cada uno de ellos tiene de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia 
Española, el término: 
 
o Adquirir se define como comprar o hacer propio un derecho o cosa que a nadie pertenece, o se 
transmite a título lucrativo u oneroso, o por prescripción.30 
 
Figueroa Velázquez, citando a Díaz de León señala que: 
 
 
30 Diccionario de la Real Academia Española, [en línea], fecha de consulta Julio de 2017, en: http://lema.rae.es/drae/?val=adquirir 
 Adquirir 
 Enajena 
 Administrar 
 Custodiar 
 Cambiar 
 Depositar 
 Dar en garantía 
 Invertir 
 Transportar 
 Transferir 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
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o Enajenar quiere decir transmitir el dominio de una cosa o el derecho sobre ella, transferir la propiedad 
de algún bien de los señalados en el párrafo primero del artículo 400 bis del Código Penal Federal, para 
los mismos fines que señala el tipo, lo cual puede hacerse de manera gratuita o mediante una 
contraprestación.31 
 
Para efectos de este tipo penal (lavado de dinero), deberá entenderse por: 
 
o Administrar las acciones dirigidas a incrementar el rendimiento de bienes ajenos. Figueroa 
Velázquez señala que estas acciones pueden ser de tipo material o jurídico, las primeras 
buscan preservar los bienes, mientras que las jurídicas buscan aumentarlos a través de 
operaciones como la inversión, el arrendamiento, etc.32 En el caso del lavado de dinero un 
agente se presta para administrar bienes a nombre, representación y beneficio del que genera 
el producto (recursos) de la actividad ilícita. 
 
o Custodiar, de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, significa guardar con 
cuidado y vigilancia33, enese sentido y para efectos del ilícito que se comenta, la custodia va 
de la mano de las acciones de cambiar, depositar, dar en garantía, invertir, y éstas a su vez 
corresponden a acciones u operaciones bancarias, financieras o bursátiles con las cuales se 
hace el manejo, inversión o guarda de dinero, de recursos, derechos o bienes.34 
 
Para fines del delito de lavado de dinero el término cambiar alude a la acción realizada en los negocios jurídicos 
y en los contratos bilaterales. La acción de cambiar asume una transformación o mutación de los bienes 
procedentes de un delito en otros bienes distintos.35 
 
En cuanto al depósito, éste implica el contrato por virtud del cual el depositario se obliga a recibir una cosa 
mueble o inmueble que se le confía y guardarla para restituirla cuando se la pida el depositante. En otras 
palabras, poner bienes cosas de valor bajo la custodia o guarda de persona física o jurídica que quede en la 
obligación de responder de ellos cuando se les pida.36 
 
La modalidad de dar en garantía se presenta cuando, para la obtención de un bien o servicio, se depositan como 
prenda recursos, bienes o derechos cuya procedencia sea ilícita, otorgar esta garantía implica asegurar que sí se 
remunerará el costo total del bien o servicio adquirido. Los recursos ilícitos, al otorgarse como garantía ingresan 
en la circulación legal.37 
 
El término invertir es propio del ámbito financiero y consiste en la aportación del capital para la realización de 
una actividad productiva. A través de las inversiones se lavan grandes cantidades de dinero en donde el 
inversionista (que puede ser una persona física o moral) aporta el capital, que son los recursos que se invierten y 
 
31 Ibídem. Pag.281 
32 Ídem 
33 Diccionario de la Real Academia Española, Op. Cit. 
34 Ibídem. Pág. 281 
35 Ibídem. Pág. 282 
36 Ídem. 
37 Ídem. 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
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que pueden ser dinero, instrumentos, maquinaria, insumos, etcétera, que serán invertidos en actividades que 
pueden tener distinta naturaleza (servicios, comercio, producción, etc.)38 
 
Transportar, consiste desde el punto de vista de análisis del tipo penal en desplazar físicamente de un lugar a 
otro los recursos procedentes de actividades ilícitas para reintegrarlos a la circulación; se realiza a través de 
agentes (personas o empresas) que aparentemente desarrollan una actividad lucrativa que justifica el transporte 
de grandes cantidades de dinero en efectivo, como la venta, promoción o distribución de bienes y servicios.39 
 
Otra de las modalidades es la transferencia, ésta consiste en movilizar de un lugar a otro los recursos a través 
de un conjunto, de organizaciones e individuos que toma en propiedad o facilitan la transferencia de propiedad de 
los recursos, así como su movimiento de un agente a otro. 
 
Ahora bien, de acuerdo con el tipo penal las conductas que se consideran propósitos del lavado de dinero son: 
 
Cuadro 1.2 
Conductas que se consideran propósitos del lavado de dinero 
 ocultar 
 pretender ocultar 
 encubrir 
 impedir 
 
En cualquiera de estos casos, conocer el origen, localización, destino o propiedad de los recursos, derechos o 
bienes que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o en su defecto para alentarla. 
 
La palabra ocultar, según el Diccionario de la Real Academia Española se refiere a la acción de esconder, tapar, 
disfrazar, encubrir a la vista. Para efectos jurídicos, Figueroa Velázquez, citando a Conde Pumpido, señala que la 
ocultación ha de entenderse no sólo como acto de tapar o encubrir un hecho, objeto o persona, sino cualquier 
otro tendente a hacer desaparecer de la escena jurídica los elementos sobre los que el encubrimiento recae.40 
 
En el caso del lavado de dinero implícitamente en el propósito de ocultar, va el propósito de encubrir de acuerdo 
con la definición de dicha acción; y en cuanto a la pretensión de ocultar, se hace referencia a la tentativa de llevar 
a cabo el comportamiento de la ocultación. 
 
Por otro lado, se observa en cuanto a las sanciones, que de ser un empleado o funcionario del sistema financiero 
el que cometa el ilícito se le aplicará la misma pena que se señala para cualquier ciudadano que incurra en esta 
conducta delictiva que será sancionada con cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa; pero 
será aumentada por la mitad si la conducta ilícita es cometida por servidores públicos encargados de la 
procuración y administración de justicia. 
 
Con relación a las Entidades Financieras que intervienen y son parte del proceso del lavado de dinero, ya sea en 
su función de prevención, identificación o detección de operaciones con recursos de procedencia ilícita o como 
 
38 Figueroa Velázquez, señala que tratándose de lavado de dinero se observan dos tipos de inversiones, la económica, en la que el capital 
participa en los niveles económico, productivo y técnico; y la inversión financiera, que se lleva a cabo mediante la colocación de capital en 
el mercado financiero. Ídem. 
39 Ídem. 
40 Ídem. 
LA PREVENCIÓN OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA 
20 
 
parte de la comisión del delito, la propia Ley hace referencia y remisión a los ordenamientos jurídicos que las 
regulan, formando parte del marco jurídico sobre lavado de dinero, previendo los supuestos y obligaciones que 
deberán cumplir dichas instituciones como los reportes e informes sobre operaciones con recursos de 
procedencia ilícita en que puedan incurrir sus clientes y que deben presentar a la SHCP, las sanciones e 
infracciones a las que se harán acreedores quienes incurran en la comisión de ese tipo penal, la forma de 
determinar el monto de las sanciones, la protección y reserva de la información y de los datos personales, entre 
otras disposiciones: 
 
Cuadro 1.3 
Principales artículos en el Código Penal Federal que tipifican las operaciones ilícitas 
Concepto Artículo 
Operaciones con recursos de procedencia ilícita -Lavado de Dinero- Artículo 400 Bis del código penal Federal 
Terrorismo nacional y su Financiamiento Artículo 139 del Código Penal Federal 
Terrorismo Internacional y su Financiamiento Artículo 148 Bis del Código Penal Federal 
 
1.4.1 Operaciones con recursos de procedencia ilícita 
 
En el capítulo II operaciones con recursos de procedencia ilícita, del Título Vigésimo Tercero del Código Penal 
Federal titulado Encubrimiento y operaciones con Recursos de procedencia ilícita tipifica el delito de lavado de 
dinero: 
 
Artículo 400 Bis: Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que por sí o 
por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, administre, custodie, 
cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el 
extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que 
proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o 
pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, 
derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita. 
 
La misma pena se aplicará a los empleados y funcionarios de las instituciones que integran el sistema financiero, 
que dolosamente presten ayuda o auxilien a otro para la comisión de las conductas previstas en el párrafo 
anterior, sin perjuicio de los procedimientos y sanciones que correspondan conforme a la legislación financiera 
vigente. 
 
La pena prevista en el primer párrafo será aumentada en una mitad, cuando la conducta ilícita se cometa por 
servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comisión de

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