Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
“LA COMPETENCIA DESLEAL COMO CAUSA DE GRAVES DAÑOS Y PERJUICIOS Y SU REPARACIÓN SOCIAL” T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: L ICENCIADO EN DERECHO P R E S E N T A GUADALUPE CORONA MUNDO ASESORA: LIC. MONICA KETHE BAUER JUNESCH FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO MÉXICO, D.F. ABRIL DE 2008 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. 111 “La Competencia Desleal como Causa de Graves Daños y Perjuicios y su Reparación Social” Pág. Introducción. 3 CAPÍTULO PRIMERO Sociedad, Mercado y Competencia A. Competencia y relaciones de mercado. 5 a) ¿Qué es la Competencia?. 6 B. Derecho a la libre competencia. 8 C. La intervención del Estado en una economía de libre competencia. 12 a) Empresas en posición de dominio. 16 b) Generalidades sobre los Monopolios. 19 D. Prácticas desleales y prácticas restrictivas. 22 E. Ley Federal de Competencia Económica. 28 CAPÍTULO SEGUNDO La competencia desleal y su regulación jurídica en México A. La competencia desleal. 35 B. Marco normativo de la competencia en México. 39 a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 42 b) Ley Federal de Competencia Económica. 45 c) Ley de Propiedad Industrial. 47 d) Ley Federal de Protección al Consumidor. 53 e) Ley Federal de Derechos de Autor. 55 f) Código de Comercio. 56 g) Ley de Comercio Exterior. 57 C. Génesis de la Propiedad Industrial. 59 D. Derecho de Propiedad. 61 E. La Propiedad Industrial en México. 73 F. La marca. 76 a) Antecedentes de las marcas en México. 79 b) Clasificación de las marcas en México. 86 c) Trámite de registro de marcas. 90 d) Derechos y obligaciones que confiere una marca. 99 222 CAPÍTULO TERCERO La reparación del daño social con motivo de prácticas de competencia desleal: sus efectos económico- moral Pág. A. Evolución del régimen de responsabilidad ocasionado por la competencia desleal. 103 B. Perjuicios ocasionados a la sociedad con motivo de la competencia desleal. 109 C. Incertidumbre y publicidad desleal. 113 D. Publicidad desleal y costos de transacción. 115 E. Simulación de productos e imitación de marcas. 116 F. Efectos económico-sociales de actos por competencia desleal: la reparación del daño social. 117 G Caso práctico de competencia desleal en marcas y/o avisos Comerciales. 122 Conclusiones. 131 Bibliografía. 133 333 Introducción Uno de los principales aspectos que dentro de la estructura jurídica mexicana existe, es el referente a la competencia, la cual como forma de comunicación, interacción y satisfacción de necesidades, se produce cotidianamente dentro del contexto de la economía de mercado en una sociedad como la nuestra. Así pues, una vez que concluyo mis estudios de licenciatura y estoy en condiciones de elegir un tema para la realización de mi tesis profesional, no encuentro uno más apasionante que éste, pero en su vertiente de competencia desleal, en razón de constituir un severo problema la afectación a la esfera económica, social y moral de que se produce en el consumidor y que en reiteradas ocasiones he sido testigo. Por tal motivo, el presente trabajo de investigación tiene por objeto el estudio de la competencia en México, sus orígenes, concepción y regulación jurídica, así como su variante, la competencia desleal, no solamente como forma de conocer el proceso de las relaciones de mercado, sino fundamentalmente enfocado al aspecto social, donde el individuo es el actor en quién directamente recaen los daños y perjuicios que originan los actos de competencia desleal y que parecen cada día, mayormente generalizados. El objetivo al que nos conducirá la realización de dicho estudio, será el de constatar las formas de afectación social y por ende, la manera en que dicha problemática puede resolverse, en beneficio de la protección eficaz del consumidor como ente social. La investigación se encuentra dividida en tres capítulos, de los cuales en el primero denominado “Sociedad, mercado y competencia” establece el marco general del derecho de competencia en nuestro país, las formas en que se desarrollan las relaciones de mercado, así como la intervención del Estado en el proceso de 444 economía de mercado, como forma útil pero no suficiente, de protección a la sociedad. El capítulo segundo denominado “La competencia desleal y su regulación jurídica en México”, muestra el panorama normativo que respecto del régimen de competencia existe, no solamente como simple análisis de Leyes, para evidenciar los rubros en los que a la fecha existe carencia normativa, que propicia la afectación en el consumidor. El capítulo tercero y último denominado “La reparación del daño social con motivo de prácticas de competencia desleal: sus efectos económico-moral” se adentra al análisis del régimen de responsabilidad, de los principales perjuicios ocasionado a la sociedad por prácticas de competencia desleal, para llegar a consideraciones tales como la necesidad de crear una Ley especifica que se encargue del tratamiento de la competencia desleal en nuestro país, con el propósito de establecer verdaderas sanciones que hagan factible el aspecto de la protección social, por que finalmente, en este ámbito es donde repercuten los efectos de dicha competencia y donde el Estado debe poner mayor interés para lograr la armónica convivencia de los entes sociales; situación que también se vislumbra en las conclusiones a que se llegan. Para la realización de esta investigación, fueron utilizados los métodos inductivo, deductivo, analítico, sintético, histórico, comparativo y exegético, así como la técnica de investigación documental fundamentalmente y una práctica de campo. Cabe señalar que este trabajo como toda obra humana, es perfectible y sólo pretende colaborar en el mejoramiento de nuestras instituciones jurídicas, con la sencillez que me otorga el recientemente haber egresado de mis estudios de licenciatura y con el ánimo de incorporarme al servicio y contribuir al progreso de México. 555 CAPÍTULO PRIMERO “Sociedad, Mercado y Competencia.” A. Competencia y relaciones de mercado En un sistema económico de libre mercado, la competencia se traduce en la concurrencia o incidencia de vendedores y compradores respecto de un área geográfica determinada, con la finalidad de obtener un beneficio específico, también llamado utilidad o ganancia. En el mundo actual donde las relaciones de la sociedad se manifiestan principalmente en relaciones de consumo y mercado, resulta de suma importancia conocer, para poder entender, los posibles perjuicios que traen consigo prácticas indebidas que día con día son observadas en tratándose de bienes, productos y servicios. Así pues, “cuanto mayor sea el número de partes queoperan en un mercado, mayores tenderán a ser, por regla general, las posibilidades de que éstas actúen independientemente, y que carezcan del poder de obstaculizar el ingreso de nuevas firmas al mercado, y de imponer determinadas condiciones sobre los competidores.”1 Por ello, no sólo es necesario que el mercado se encuentre fragmentado, es decir, que existan múltiples oferentes y demandantes, sino además es preciso que ninguno de ellos cuente con un mismo poder económico dentro del mercado, de tal manera que sea capaz de determinar unilateralmente el precio del bien o la cantidad del mismo. 111 CCCAAA BBB AAA NNN EEE LLL LLL AAA SSS DDD EEE LLL AAA SSS CCCUUU EEE VVV AAA SSS GGGUUU III LLL LLL EEE RRR MMM OOO... “““DDDEEE RRR EEE CCC HHH OOO AAA NNN TTT III MMM OOO NNN OOO PPP ÓÓÓLLL III CCC OOO YYY DDD EEE DDD EEE FFF EEE NNN SSS AAA DDD EEE LLL AAA CCC OOO MMM PPP EEE TTT EEE NNN CCC III AAA ””” ... EEEDDD... HHHEEE LLL III AAA SSS TTT RRR AAA... AAARRR GGG EEE NNN TTT III NNN AAA... 111999888333... PPPÁÁÁGGG... 222666222... 666 Para profundizar en las anteriores ideas, se hace indispensable retomar algunos aspectos conceptuales importantes, que permitan dar claridad al presente trabajo y que constituyen la base sobre la cual se irá desarrollando; motivo por el cual, se define el primer concepto. a) ¿Qué es la competencia? El concepto de economía de mercado tiene uno de sus fundamentos principales en la libre competencia, que resulta de la concurrencia libre en el mercado de ofertantes que producen bienes o servicios similares y a su vez, consumidores que toman decisiones libres sobre sus compras en el mercado con información suficiente sobre las características de precio y calidad de los productos, sin que en estas decisiones intervengan fuerzas distintas a las del mercado mismo. El concepto de libre competencia se aplica normalmente en un país, y toma en cuenta a bienes nacionales como extranjeros; por ello, las políticas de libre competencia y de libre comercio están estrechamente ligadas. Pero, ¿qué es la competencia? De acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española, competencia es “toda disputa o contienda entre dos o más sujetos sobre alguna cosa o bien, la oposición o rivalidad entre dos o más que aspiran a obtener la misma cosa.”2 En un sentido jurídico, implica una idoneidad atribuida a un órgano de autoridad para conocer o llevar a cabo determinadas funciones o actos jurídicos; más específicamente en el tema que nos ocupa, se refiere a la competencia mercantil o económica. Desde el punto de vista de la teoría económica, el término competencia es entendido como una situación de mercado que, para efectos de análisis se ubica 222 DDDIII CCC CCC III OOO NNN AAA RRR III OOO DDD EEE LLL AAA LLLEEE NNN GGG UUU AAA EEESSS PPP AAAÑÑÑOOO LLL AAA... 222111 EEE DDD... UUUNNN III GGG RRR AAA GGG HHH... EEESSS PPP AAAÑÑÑAAA... 111999999222... 777 entre la competencia perfecta y la competencia monopólica3. La primera de ellas, es un modelo ideal, útil para efectos de formulación de teorías y modelos, mientras que la segunda supone la existencia de una sola empresa que produce un bien para el cual no existen sustitutos, por lo que dicha empresa puede fijar los precios, de tal modo que obtenga una mayor utilidad. La postura del Estado en relación con la competencia, resulta curiosa, toda vez que por una parte establece normas tendientes a facilitar la competencia en el mercado, y por otra es él mismo quien desarrolla actividades monopólicas; quizá por ello, en la actualidad es posible constatar verdaderas prácticas monopólicas sin que en ellas intervenga de alguna manera el Estado. Así pues, la competencia hace referencia a un grupo de personas o empresas que ejercen la misma profesión o actividad económica. Se puede decir, que la competencia es el ejercicio de las libertades económicas conferidas a los gobernados por nuestro texto Supremo. En la vida económica, la competencia no es una meta sino una forma de organización de la actividad económica destinada a alcanzar una meta. En un entorno globalizado como el que actualmente nos acontece, la política de competencia se ha convertido en una de las de mayor importancia, sobre todo por los procesos de integración económica que expanden el tamaño de los mercados más allá de las fronteras de un país, tal como lo reconoce el gobierno de Noruega ante la Organización Mundial de Comercio cuando sostiene: “Durante las últimas décadas hemos sido testigos de una importante liberalización del comercio de mercancías y servicios. No obstante, a medida que prosigue el proceso de mundialización, se reconoce que el comportamiento comercial anticompetitivo, combinado con la falta de políticas nacionales eficaces, en materia de competencia, 333 WWWIIITTTKKKEEERRR JJJOOO RRR GGG EEE EEE TTT AAA LLL ... “““DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO DDD EEE LLL AAA CCC OOO MMM PPP EEE TTT EEE NNN CCC III AAA EEE CCC OOO NNN ÓÓÓ MMM III CCC AAA EEE NNN MMMÉÉÉ XXX III CCC OOO ””” ... III III JJJ ---UUUNNNAAAMMM...MMMÉÉÉ XXX III CCC OOO ... 111999999888 ... PPP ÁÁÁ GGG... 444... 888 puede impedir el acceso a los mercados y reducir o anular así los beneficios obtenidos mediante la liberalización del comercio”.4 En términos generales, la competencia es el elemento más importante en un mercado, pues permite que exista innovación y que mejore la calidad de los productos ofrecidos, ya que las empresas quieren y deben hacerlo cada vez mejor. Del mismo modo, la sana competencia beneficia al consumidor, cuando paga un precio más bajo por un artículo de mejor calidad en apariencia (al menos en teoría). Con base en lo anterior, se hace indispensable contar con mecanismos idóneos que permitan una adecuada regulación y control de la competencia, evitando con ello, prácticas desleales y perjuicios en el consumidor; dicho esto, el siguiente aspecto está directamente relacionado con el punto en comento. B. Derecho a la libre competencia. La competencia está basada en la libertad de decisión de los que participan en el mercado, en un contexto en el que las reglas de juego son claras para todos y se cumplen efectivamente. La libre competencia se basa fundamentalmente en la libertad de elección tanto para el consumidor, como para el productor. La libertad de elección del consumidor como la del productor son inseparables y de ellas depende en gran medida que se logre una asignación eficiente de recursos en la economía, cuando se cumplen ciertas condiciones básicas; es a través de estos principios que el mecanismo del mercado asegura que los recursos productivos se dirijan a aquellos usos más productivos, entendiendo por ello aquellos bienes y servicios que los consumidores prefieren en mayor medida. 444 OOORRRGGGAAANNNIIIZZZAAACCCIIIÓÓÓNNN MMMUUUNNNDDDIIIAAALLL DDDEEELLL CCCOOOMMMEEERRRCCCIIIOOO... “““PPP RRR EEE PPP AAA RRR AAA TTT III VVV OOO SSS PPP AAA RRR AAA LLL AAA CCC OOO NNN FFF EEE RRR EEE NNN CCC III AAA MMM III NNN III SSS TTT EEE RRR III AAA LLL DDD EEE 111999999999 ””” ... CCC OOO MMM UUU NNN III CCC AAA CCC IIIÓÓÓ NNN DDD EEE NNN OOO RRR UUU EEE GGG AAA DDD EEE LLL 777 DDD EEE SSS EEE PPP TTT III EEE MMM BBB RRR EEE DDD EEE 111999999999 ... WWW TTT/// GGG CCC /// WWW///333111000 ... 999 La libre competencia genera incentivos para que las empresas obtengan una ventaja competitiva sobre otras mediante la reducción de costos y la superioridad técnica. Esto resulta en un aumento de la eficiencia de las empresas para producir, un incremento de la calidad del producto que se ofrece y una disminución de los precios que permite que una mayor cantidad de consumidores tenga acceso al mercado. Para producir los resultados deseados, el fundamento de la libre elección de consumidores y productores tiene que darse en simultáneo con otros principios básicos del buen funcionamiento de los mercados. Estos son la libre información en los mercados, la definición precisa sobre los derechos de cada quien respecto de los bienes y servicios del mercado, las garantías de ejecutabilidad de los pactos y el resarcimiento por daños que se ocasionen a terceros. El derecho a la libre competencia en nuestro país, toma su fundamento constitucional en el artículo 5º de nuestra Norma Suprema, cuando dispone que: “Art. 5º A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial…” En el aspecto doctrinal, refiriéndose al derecho a la libre competencia, Alfonso Miranda Londoño nos dice que: "El derecho a la Libre Competencia Económica implica dos aspectos fundamentales: de una parte garantiza la libertad de los competidores para concurrir al mercado en busca de una clientela; y de la otra 111000 implica la libertad de los consumidores para escoger y adquirir en el mercado, bienes y servicios que se ofrezcan en condiciones de competencia".5 Sánchez Calero lo define como: “Un sector del ordenamiento jurídico que engloba un conjunto de instituciones de distinta naturaleza que, no obstante, gozan de la nota común de relacionarse con la actividad económica y la regulación de competencia”.6 Por mi parte, me apego al primero de los anteriores conceptos, considerando que en una economía de mercado, en la cual exista concurrencia entre los oferentes, se presentan dos grandes tareas para el sistema jurídico: la primera de ellas, es la protección de la competencia mediante el combate de las barreras a la entrada y salida del mercado, y la segunda el combate a las conductas desleales o ilícitas. Esta doble tarea abre dos vertientes: el derecho contra la existencia de barreras de acceso a la competencia económica, y el derecho sobre la competencia desleal; materia del todo interesante, base de nuestra investigación. Como es sabido, esta libertad de competencia o derecho a la libre competencia, puede ser restringida de diversas maneras a saber: a) por el establecimiento de monopolios; b) por el reconocimiento de marcas, patentes y demás derechos de propiedad industrial; c) por la explotación abusiva de la posición dominante en un mercado; d) por la realización de prácticas restrictivas de la competencia; y 555 CCCIII TTT AAA DDD OOO PPP OOO RRR SSSÁÁÁNNNCCCHHHEEEZZZ CCCAAALLLEEERRROOO FFFEEE RRR NNN AAA NNN DDD OOO... “““ III NNN SSS TTT III TTT UUU CCC III OOO NNN EEE SSS DDD EEE DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO MMM EEE RRR CCC AAA NNN TTT III LLL ””” ... EEE DDD... MMMCCC GGG RRR AAA WWW HHH III LLL LLL ... EEE SSS PPP AAA ÑÑÑ AAA... 111999999777 ... PPP ÁÁÁ GGG...111111333 ... 666 SSSÁÁÁNNNCCCHHHEEEZZZ CCCAAALLLEEERRROOO FFFEEE RRR NNN AAA NNN DDD OOO... “““ III NNN SSS TTT III TTT UUU CCC III OOO NNN EEE SSS DDD EEE DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO MMM EEE RRR CCC AAA NNN TTT III LLL ””” ... EEE DDD... MMMCCC GGG RRR AAA WWW HHH III LLL LLL ... EEE SSS PPP AAA ÑÑÑ AAA... 111999999777 ... PPP ÁÁÁ GGG...111111666 ... 111111 e) por la realización de actos de competencia desleal de tipo nacional o internacional (figuras a que se denominan “dumping” y “subvenciones”). Respecto a las dos primeras formas de restricción, la doctrina las califica acertadamente como legitimas, en cuanto están contempladas y reglamentadas por normas de carácter constitucional y legal, que plasman principios y protegen bienes jurídicos, tales como el arbitrio rentístico del Estado o la protección de los derechos de la propiedad industrial. Por lo que respecta a la última de las enunciadas, desde este momento manifiesto mi aversión a la misma. Ahora bien, por lo que respecta a los incisos c) y d), los mismos serán explicados mas adelante. La libre competencia se caracteriza por el esfuerzo de cada empresa por desempeñarse mejor que sus competidores dentro de un mercado específico, para obtener mayores beneficios económicos. Para las empresas, la libre competencia trae consigo retos y oportunidades, toda vez que ésta promueve la competitividad de las empresas no sólo en mercados locales, sino también en mercados extranjeros. La libre competencia exige de las empresas una constante identificación de aquello que el consumidor necesita y desea, así como una permanente revisión de los estándares de calidad, costos y precios bajo los cuales son ofertados sus productos en el mercado, además de su organización y estrategias empresariales. La presión por captar las preferencias del consumidor en un esfuerzo por mantenerse compitiendo libremente en el mercado, obliga a las empresas a mantenerse en un proceso dinámico de inversión y revisión de estrategias que es la mejor garantía para lograr niveles de competitividad globales y desde luego, en el factor social, para la creación de nuevos empleos; de la misma manera, una efectiva 111222 libre competencia es también la mejor garantía de que los empresarios accedan a insumos y servicios que sus productos necesitan, en condiciones competitivas. En ese orden de ideas, y al ser la competencia un derecho no solamente consagrado por nuestra Constitución, sino por diversas disposiciones legales (como en lo subsiguiente se verá), también existen con ella deberes correlativos a cumplirse y respetarse dentro de una economía de mercado, los cuales han sido ideados no solamente en beneficio de la competitividad de las empresas legalmente constituidas, sino también en beneficio de la protección al gobernado-consumidor, para la mayor satisfacción de sus necesidades. C. La intervención del Estado en una economía de libre competencia Cuando los agentes económicos no cuentan con información suficiente para tomar sus decisiones respecto de los productos o servicios o cuando existen factores externos en el consumo y producción de los bienes, se hace indispensable que, ante las irregularidades del mercado, intervenga el Estado para asegurar la protección al consumidor, como por ejemplo, el control de prácticas restrictivas de la libre competencia. También existe un rol que el Estado debe cumplir para garantizar que la competencia además de libre, sea sana y justa, como cuando se reprime la competencia desleal a la piratería. La labor del Estado debe ser subsidiaria, por lo que debe concentrarse en evitar que se produzcan estas situaciones cuando el mercado no es capaz de resolverlas por si mismo en un plazo prudencial y sin consecuencias importantes.Mientras las reglas de la libre competencia se cumplan, un desequilibrio entre la oferta y la demanda de un bien o servicio o alguna otra ineficiencia en las relaciones de mercado, tendrá un carácter transitorio y podrá ser resuelto en la 111333 mayoría de casos por las propias fuerzas del mercado; bajo esta tesitura, no existiría mayor intervención del Estado en este campo. Sin embargo, los mercados pueden tener alteraciones que obliguen a que el Estado intervenga, sin distorsionar los principios del libre mercado, para producir mejores resultados. Las alteraciones de los mercados que requieren de una acción del Estado pueden estar relacionadas con 3 tipos de fenómenos o situaciones:7 AAA))) AAALLLTTTOOOSSS CCCOOOSSSTTTOOOSSS DDDEEE TTTRRRAAANNNSSSAAACCCCCCIIIÓÓÓNNN BBB))) PPPOOOSSSIIICCCIIIOOONNNEEESSS MMMOOONNNOOOPPPÓÓÓLLLIIICCCAAASSS CCC))) PPPRRRÁÁÁCCCTTTIIICCCAAASSS RRREEESSSTTTRRRIIICCCTTTIIIVVVAAASSS DDDEEE LLLAAA LLLIIIBBBRRREEE CCCOOOMMMPPPEEETTTEEENNNCCCIIIAAA... También se debe tener en cuenta, que la regulación de las prácticas comerciales y productivas debe ser aplicada cuando de modo natural no existan condiciones suficientes para que se produzca la libre competencia. El resultado será un mercado en el que se cumpla una regulación con el fin de preservar la libre competencia. Un mercado con estas características no será un mercado libre de intervención estatal, sino en que dicha intervención se circunscribe a que el mercado opere tal como debe ser en una situación de libre competencia. Por ende, la tarea fundamental de las políticas de libre competencia es asegurar que sus principios se hagan efectivos. Ahora bien, como factor regulador de la economía, la libre competencia necesita un marco legal efectivo y organismos que lo hagan cumplir para que el comportamiento de los agentes en el mercado no atente contra el comportamiento de 777 BBBOOOLLLOOOÑÑÑAAA BBBEEEHHHEEERRR CCCAAA RRR LLL OOO SSS... “““EEE XXX PPP EEE RRR III EEE NNN CCC III AAA SSS PPP AAA RRR AAA UUU NNN AAA EEE CCC OOO NNN OOO MMM ÍÍÍAAA AAA LLL SSS EEE RRR VVV CCC III OOO DDD EEE LLL AAA GGG EEE NNN TTT EEE ””” ... EEEDDD... NNNUUU EEE VVV AAA SSS TTTÉÉÉCCC NNN III CCC AAA SSS EEEDDD UUU CCC AAA TTT III VVV AAA SSS... PPPEEE RRRÚÚÚ ... 222000000000... PPPÁÁÁGGG...111111888... 111444 los consumidores y otros agentes productivos, por lo tanto, contra los fundamentos del sistema de libre mercado. Considero que la intervención del Estado se hace imprescindible, cuando no pueden llevarse a cabo prácticas comerciales limpias, como pueden ser en tratándose del comercio ambulante o en la piratería, toda vez que ocasionan un grave perjuicio en la economía de los países al no pagar impuestos y también en la economía del consumidor, atentando en muchas ocasiones contra la salud pública al producirse substancias ilegales y dudosas, como es el caso de medicamentos y bebidas alcohólicas; atentado directo al derecho a la salud consagrado en el artículo 4º Constitucional. En nuestro país existen diversos mecanismos e instituciones para la protección al derecho de libre competencia y también de la seguridad de los derechos del consumidor; mecanismos que considero, cumplen parcialmente sus objetivos debido a la insuficiente regulación y sanciones impuestas que se ha hecho en ellos, como por ejemplo el caso de la Procuraduría Federal del Consumidor, quien al no contar con fuerza coactiva, tampoco puede imponer sus resoluciones, derivando con ello graves perjuicios en el consumidor. Algunos de los casos más severos de restricción a la libre competencia son el abuso de la llamada “posición de dominio”, además de los casos de monopolios (a propósito prohibidos por el artículo 28 Constitucional) y las prácticas restrictivas de la libre competencia. Otras de las violaciones graves al derecho de libre competencia, son la competencia desleal, como llamado “dumping y subvenciones” y uso ilícito de 111555 marcas y de propiedad intelectual ajenas, así como la falta de información al consumidor, entre otras. Todas ellas determinan que se quiebre el mecanismo por el cual las preferencias de los consumidores, expresadas libremente en el mercado, orientan a los productores a hacer el uso más eficiente posible de los recursos productivos de los que dispone una economía. En virtud de los perjuicios ocasionados a la población consumidora, se analizará brevemente a las empresas en posición de dominio y las características del monopolio: Ahora bien, por lo que respecta a las subvenciones, el artículo 28 de la Ley de Comercio Exterior, las define como: “ARTICULO 28.- Se consideran prácticas desleales de comercio internacional la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones en el país exportador, ya sea el de origen o el de procedencia, que causen daño a una rama de producción nacional de mercancías idénticas o similares en los términos del artículo 39 de esta Ley. Las personas físicas o morales que importen mercancías en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional estarán obligadas al pago de una cuota compensatoria conforme a lo dispuesto en esta Ley.” Cabe mencionar, que las subvenciones o “subsidios” como se le conoce en nuestro país, son medidas que pueden ayudar a estimular el desarrollo económico de una economía y su crecimiento. El uso de subsidios se reconoce como una importante herramienta especialmente en los países en desarrollo y menos desarrollados, al incentivar sectores específicos de la producción nacional. Este tipo 111666 de practicas no están prohibidas, sin embargo procede la imposición de derechos compensatorios cuando se constatan que las importaciones subvencionadas en el territorio nacional causan daños graves o amenazan causar daño grave a la producción nacional de un producto similar directamente competidor. Estos beneficios pueden presentarse bajo la forma de préstamos, primas incentivos fiscales y bonos, entre otros, e implican una reducción desleal del precio del producto importado en el territorio nacional. El margen del subsidio se mide mediante la diferencia entre el precio de exportación afectado por subsidios y el precio subsidiado de exportación. Como ya se ha indicado las prácticas desleales de comercio no son sancionables a menos que tengan efectos desfavorables, pero siempre y cuando estos efectos sean consecuencia directa de la práctica en cuestión. a) Empresas en posición de dominio Se entiende que una empresa goza de una posición de dominio en el mercado cuando puede actuar de modo independiente, prescindiendo de sus competidores, compradores, clientes o proveedores debido a factores tales como la participación significativa en los mercados respectivos, las características de la oferta y la demanda de los bienes o servicios, el desarrollo tecnológico o servicios involucrados, el acceso de competidores a fuentes de financiamiento y suministros, así como redes de distribución. 111777 Para determinar si una empresa se encuentra en una posición de dominio se debe delimitar el mercado en el que actúa la misma, es decir, el mercado relevante, incluyendo en éste los bienes o servicios que puedan sustituir al que es materia de análisis. La posición de dominio es un concepto que representa la independencia de una empresa para fijar precios, condiciones de venta o prácticas comerciales, en general en las que su capacidad de negociación en el mercado se vea favorecida. En los términos definidos, una empresa puede tener una posición de dominioen el mercado, sin que ello constituya una violación a los principios de libre competencia; la empresa con una posición de dominio del mercado no está obligada a obtener la aprobación previa de las autoridades que lo regulan para realizar las actividades que ha planificado. La empresa dominante debe tener en principio la libertad de actuar en el mercado bajo su propia responsabilidad. La tarea de la política reguladora de la libre competencia se limita a entrar en acción y aplicar correcciones sólo cuando ocurren casos de abuso y a obligar a una empresa a actuar de manera acorde con los principios de la libre competencia (aunque no siempre es así). Por consiguiente, la supervisión se puede cumplir sólo en la medida en que una determinada empresa abusa de su posición de dominio en el mercado en detrimento de otros. Así, la política de libre competencia regulará el mercado, para la cual debe verificar en cada caso si una empresa tiene una posición dominante, en qué función (proveedor o comprador), en qué actividades (una categoría determinada de bienes o servicios) y en qué mercados. Un criterio importante en cada caso es hasta qué punto el otro lado de la transacción puede recurrir a otros productos o a otros clientes. 111888 Entre las principales prácticas que se constituyen en abuso de posición de dominio se tiene: AAA))) LLLAAA NNNEEEGGGAAATTTIIIVVVAAA IIINNNJJJUUUSSSTTTIIIFFFIIICCCAAADDDAAA DDDEEE CCCOOOMMMPPPRRRAAA OOO VVVEEENNNTTTAAA;;; BBB))) EEELLL TTTRRRAAATTTOOO DDDIIISSSCCCRRRIIIMMMIIINNNAAATTTOOORRRIIIOOO EEENNN PPPRRRÁÁÁCCCTTTIIICCCAAASSS CCCOOOMMMEEERRRCCCIIIAAALLLEEESSS;;; CCC))) CCCLLLÁÁÁUUUSSSUUULLLAAASSS DDDEEE AAATTTAAADDDUUURRRAAA YYY OOOTTTRRROOOSSS DDDEEE EEEFFFEEECCCTTTOOO EEEQQQUUUIIIVVVAAALLLEEENNNTTTEEE... Se considera que existe abuso de posición de dominio en el mercado cuando una o más empresas que se encuentran en posición de dominio actúan de manera indebida con el fin de obtener beneficios y causar perjuicios a otros, que no hubieran sido posibles de no existir la posición de dominio. Debido a las condiciones de sus mercados objetivos, las empresas pueden desarrollar procesos de integración horizontal o vertical. Las horizontales se asocian a la integración de dos o más empresas de una misma industria (mediante fusiones) mientras que las verticales se vinculan a procesos de integración con empresas que operan en etapas anteriores y posteriores a una industria en particular (igualmente mediante fusiones). Las fusiones son matrimonios corporativos en los que las empresas implicadas renuncian a su independencia total o parcialmente y comienzan una nueva relación comercial permanente. Existen diferentes formas de fusión, la más frecuente de las cuales es por medio de la adquisición de acciones de una empresa. Actualmente en algunos países se llevan a cabo controles sobre las fusiones como parte de sus políticas de libre competencia. En términos generales, se sostiene que este tipo de empresas constituyen un verdadero perjuicio a los intereses del consumidor, ya que si bien es cierto permiten disfrutar de bienes o servicios, también lo es que en muchas ocasiones el costo es muy elevado y el servicio deficiente, sin posibilidad de que el consumidor pueda reclamar o se vea protegido por el Estado; lo cual a todas luces constituye una 111999 violación a sus intereses y un beneficio excesivo para este tipo de empresas, tal es el caso de TELMEX entre otras muchas empresas en nuestro país. b) Generalidades sobre los Monopolios De acuerdo con el artículo 28 de nuestra Carta Magna: “En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesarios y que tenga por objeto obtener el alza de precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores industriales, comerciales, o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social…” Ahora bien, se entiende por monopolio, el hecho de que un solo productor satisface la demanda de todos los consumidores y por ello tiene la posibilidad de determinar el precio y la cantidad que más le convienen a costa de extraer recursos del consumidor. Una situación de monopolio, sin regulación alguna, determina que el precio sea mayor al que ocurriría en una situación de libre competencia, y que la cantidad disponible sea menor. 222000 Es importante señalar que la existencia de un solo proveedor en un mercado no define necesariamente una situación de privilegio, para lo cual se requiere analizar la existencia de barreras de entrada que inhiban al ingreso de rivales potenciales a la industria en el largo plazo. Así lo establecen los párrafos IV y VII respectivamente del citado artículo 28 Constitucional: “[…] Art.28 […] IV No constituirá monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos; y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de ésta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.” […] VII No constituyen monopolio las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del Banco Central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes…”. 222111 Si el monopolio no es objeto de ninguna regulación, es lógico suponer que el monopolista hará lo necesario para aprovecharse de la situación en que se encuentra, es decir, tener precios mayores que los que permitiría una situación de libre competencia. Es preferible, en el corto plazo, para los consumidores un esquema de libre competencia que uno de monopolio. Es importante diferenciar los efectos de corto y largo plazo en el caso de estructuras no competitivas, pues si bien las condiciones de corto plazo pueden resultar en un perjuicio para el consumidor, es en el largo plazo a través del gasto en investigación y desarrollo de nuevas variedades e incluso de nuevos productos, en que podrá juzgarse los efectos positivos o negativos en el excedente del consumidor de una situación no competitiva. Existen situaciones en las que el monopolio es inevitable, como cuando se trata de monopolios naturales, en que no sería viable o sería excesivamente caro que existieran dos proveedores de un mismo servicio, como por ejemplo los servicios públicos (agua potable o electricidad). Sin embargo, existen posibilidades de desarrollar marcos regulatorios que permitan mayores niveles de competencia, aún en estos rubros tradicionalmente sujetos a una situación de monopolio, como aquellos que establecen la obligación de que las redes de transmisión de energía se pongan a disposición dediferentes empresas generadoras de energía. De momento, la existencia de los monopolios no es benéfica para una economía de mercado, donde el ideal es permitir el aseguramiento de la protección del consumidor y de las empresas, en la búsqueda de una armónica y cada vez mejor convivencia de la sociedad. 222222 D. Prácticas desleales y prácticas restrictivas En una economía de mercado, tanto en el ámbito interno como en el externo, en muchas ocasiones se encuentran comportamientos mercantiles que afectan a consumidores y productores en manera parecida, mismas que requerirán necesariamente de una intervención por parte del Estado, a través de una legislación que tenga por objeto regular estos comportamientos, en beneficio principalmente del gobernado. El criterio para distinguir las normas de competencia, tiene como base el concepto de prácticas anticompetitivas y por ello, las facultades regulatorias del Estado pueden ser preventivas o sancionadoras; ello tipifica la esencia del derecho de la competencia, el cual gira en torno al concepto de prácticas anticompetitivas. Estas son conductas mercantiles ilícitas, que atentan contra la determinación o formación de los precios y desde luego, contra la seguridad del consumidor. Así lo señala González Amuchástegui cuando sostiene: “Las llamadas prácticas anticompetitivas se definen como aquellas conductas mercantiles ilícitas realizadas por empresas públicas, locales o globales, que distorsionan los mercados nacionales o externos a través de precios depredatorios, discriminados o subsidiados dañando a competidores (productores nacionales o foráneos, depredadores de servicios, agentes económicos, etc.) consumidores y al interés general”.8 Tales acciones u omisiones son realizadas por empresas privadas con el objeto de distorsionar los mercados. Las más significativas son las prácticas 888 GGGOOONNNZZZÁÁÁLLLEEEZZZ AAAMMMUUUAAACCCHHHTTTEEEGGGUUUIII JJJEEE SSSÚÚÚSSS... “““EEELLL AAA NNNÁÁÁLLL III SSS III SSS EEE CCC OOO NNNÓÓÓMMM III CCC OOO DDD EEE LLL DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO::: AAA LLL GGG UUU NNN AAA SSS CCC UUU EEE SSS TTT III OOO NNN EEE SSS SSS OOO BBB RRR EEE SSS UUU JJJ UUU SSS TTT III FFF III CCC AAA CCC III ÓÓÓNNN... ””” RRREEE VVV III SSS TTT AAA DDDOOO XXX AAA... CCCUUU AAA DDD EEE RRR NNN OOO SSS DDD EEE FFF III LLL OOO SSS OOO FFF ÍÍÍ AAA YYY DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO... EEESSS PPP AAAÑÑÑAAA... 111999999444... PPPÁÁÁGGG SSS... 999444000 YYY 999444111... 222333 restrictivas (que en cierta forma ya se ha revisado con antelación) y las prácticas desleales. Ahora bien, ¿qué son las prácticas desleales? Las prácticas desleales son conductas que afectan la competencia legal en los mercados y por medio de las cuales se busca el apoderamiento con productos y servicios a precios aparentemente más competitivos.9 Las prácticas desleales incluyen varios conceptos y clasificaciones, e inclusive pueden extenderse tanto a actividades públicas como privadas, que tiendan a ganar mercados mediante una competencia artificial, perjudicando con ello a otros productores. Dentro de las prácticas desleales más frecuentes, está el comercio de productos y servicios mediante el uso de marcas paralelas y también el llamado “Dumping”. El “Dumping” es una práctica desleal cometida por empresas privadas, las cuales venden o comercian sus productos o servicios en el mercado extranjero a un precio más bajo que el del mercado de origen. El Dumping tiene como consecuencia directa el incremento del nivel de importación del bien o servicio, lo que origina severos daños a la industria nacional del producto o servicios igual o similar. Las industrias contra las que se cometen este tipo de prácticas, se ven impedidas para competir con precios tan bajos, llegando en muchas ocasiones a declararse en estado de quiebra. 999 VVVIII DDD DDDUUUTTTZZZ MMMAAA RRR KKK... “““CCCOOO MMM PPP EEE TTT III TTT III OOO NNN PPP OOO LLL III CCC YYY AAA NNN DDD AAA NNN TTT III DDD UUU MMM PPP III NNN GGG ””” ... EEEDDD... CCCHHH AAA PPP TTT EEE RRR... PPPAAA RRR ÍÍÍSSS... 111999999333... PPPÁÁÁGGG...888 222444 Para evitar lo anterior, existen procedimientos cuya finalidad es dictaminar la práctica desleal y en su caso, sancionar esas importaciones a precios aparentemente bajos mediante la imposición de cuotas compensatorias. En este sentido, el Acuerdo Sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT), describe a los siguientes incentivos para el combate de las prácticas desleales: 1.- Cuando la práctica del gobierno implique una transferencia directa de fondos, por ejemplo las donaciones, o cuando implique posibles transferencias directas de obligaciones como las garantías de préstamos; 2.- Cuando se condonen o no se recauden ingresos públicos que en otro caso se percibirían; 3.- Cuando el gobierno proporcione bienes o servicios que no sean de infraestructura general, o compre bienes; 4.- Cuando el gobierno realice pagos a un mecanismo de financiamiento o encomiende a una entidad privada una o varias de las funciones antes descritas que normalmente incumbirían al gobierno, o le ordene que las lleve a cabo.10 Por lo que toca a las prácticas restrictivas, son aquellas prácticas comerciales cuya finalidad directa es restringir o eliminar la competencia, manipulando el mercado de un producto o servicio, línea de productos o servicios o bien una cadena productiva e incluso una rama industrial.11 111 000 VVVIII DDD AAACCC UUU EEE RRR DDD OOO SSS OOO BBB RRR EEE SSS UUU BBB VVV EEE NNN CCC III OOO NNN EEE SSS YYY MMM EEE DDD III DDD AAA SSS CCCOOO MMM PPP EEE NNN SSS AAA TTT OOO RRR III AAA SSS DDD EEE LLL AAACCC UUU EEE RRR DDD OOO GGGEEE NNN EEE RRR AAA LLL SSS OOO BBB RRR EEE AAARRR AAA NNN CCC EEE LLL EEE SSS AAADDD UUU AAA NNN EEE RRR OOO SSS YYY CCCOOO MMM EEE RRR CCC III OOO ... AAARRR TTT... 111...111 SSS EEE CCC CCC IIIÓÓÓNNN AAA))) ... TTTEEE XXX TTT OOO FFF III NNN AAA LLL DDD EEE LLL AAA RRR OOO NNN DDD AAA DDD EEE UUURRR UUU GGG AAA YYY... 111 111 WWWIIITTTKKKEEERRR JJJOOO RRRGGG EEE... “““PPPRRRÁÁÁCCC TTT III CCC AAA SSS DDD EEE SSS LLL EEE AAA LLL EEE SSS YYY PPP RRRÁÁÁCCC TTT III CCC AAA SSS RRR EEE SSS TTT RRR III CCC TTT III VVV AAA SSS ””” ... EEE SSS TTT UUU DDD III OOO SSS EEE NNN TTT OOO RRR NNN OOO AAA LLL AAA LLLEEE YYY FFFEEE DDD EEE RRR AAA LLL DDD EEE CCCOOO MMM PPP EEE TTT EEE NNN CCC III AAA EEECCC OOO NNNÓÓÓMMM III CCC AAA... UUUNNNAAAMMM... MMMÉÉÉXXX III CCC OOO... 111999999555... PPPÁÁÁGGG...111444222... 222555 Para efectos del comercio internacional, la Organización de la Naciones Unidas (ONU), define este tipo de prácticas de la siguiente manera: “Son actos o comportamientos de ciertos agentes económicos que por medio del abuso o adquisición del abuso de una posición dominante de mercado, limita el acceso de los competidores o restringe la competencia, provocando un efecto adverso en el comercio internacional, particularmente el de los países en desarrollo, y en el desarrollo económico de éstos países, o que se puedan llevar a cabo por medio de acuerdos formales, informales, escritos o verbales, o por conveniosentre agentes económicos, que tengan el mismo efecto.”12 En nuestro país, el término “prácticas restrictivas” se emplea para hacer alusión a las diversas conductas reguladas por al Ley Federal de Competencia Económica. Esta regulación sobre prácticas restrictivas o “antitrust”, surge en Estados Unidos de Norteamérica a finales del siglo XIX y a partir de entonces, este país se convirtió en el principal impulsor de este tipo de regulación; de hecho, la mayoría de las regulaciones en el mundo retoman elementos de la legislación y precedentes elaborados por los tribunales estadounidenses, aunque el modelo europeo es también un referente importante para la regulación mundial. Cabe señalar que dentro del mercado, la competencia entre empresas se da fundamentalmente con base en los precios, la publicidad y la mercadotecnia, los cuales también son instrumentos para llevar a cabo las prácticas desleales y restrictivas. Mediante la publicidad se busca influir de un modo determinante en los gastos y preferencias de los consumidores, los cuales están dispuestos a adquirir un bien 111 222 DDDOOO CCC UUU MMM EEE NNN TTT OOO::: “““TTTHHH EEE SSS EEE TTT OOO FFF MMM UUU LLL TTT III LLL AAA TTT EEE RRR AAA LLL LLL YYY AAAGGG RRR EEE EEE DDD EEE QQQ UUU III TTT AAA BBB LLL EEE PPP RRR III NNN CCC III PPP LLL EEE SSS AAA NNN DDD RRR UUU LLL EEE SSS OOO FFF TTT HHH EEE CCC OOO NNN TTT RRR OOO LLL OOO FFF RRR EEE SSS TTT RRR III CCC TTT III VVV EEE BBB UUU SSS III NNN EEE SSS SSS PPP RRR AAA CCC TTT III CCC EEE SSS ... ””” NNNUUU EEE VVV AAA YYYOOO RRR KKK... 111999888111... SSSEEE CCC CCC IIIÓÓÓNNN BBB... 222666 incluso a un precio más elevado que el que otros productos similares en función de una marca, signo distintivo o nombre comercial. Esa lucha por apropiarse de mayor parte del mercado a través de la influencia en los gustos y preferencias de los clientes, puede incurrirse en abusos que perjudiquen a los consumidores, ya que al no contar estos con información completa, pueden adquirir bienes o servicios cuyas características no sean las que la publicidad indica. Incluir la regulación de protección al consumidor dentro del derecho de la competencia, resulta del todo importante y obedece a una serie de factores entre las que destacan: 1.- Los consumidores, ya sea personas físicas o morales son los que sufren las consecuencias de todas las prácticas desleales, toda vez que en una economía de mercado, todos somos consumidores; 2.- La disponibilidad de información y la veracidad en la misma son dos factores que pueden generar daños en los consumidores, al inducirlos a adquirir bienes o servicios diversos a los que se les ofrecieron; 3.- El ocultamiento de la información comercial, etiquetado, caducidad, etc. puede otorgar ventajas ilícitas a determinados agentes económicos, constituyendo prácticas desleales, que no sólo dañan la política de competencia, sino al consumidor en general. Por ello, la protección a los consumidores tiene como objeto evitar que éstos sufran las consecuencias de prácticas desleales y anticompetitivas y por ende, la legislación sobre competencia se enfoca siempre a este rubro; de tal suerte, que es necesario contar con un marco legislativo adecuado para proteger a los consumidores contra ciertas prácticas que aumentan los precios y reducen la producción, con el objetivo de que los consumidores sean víctimas de personas 222777 físicas o morales inescrupulosas que se desempeñan tanto en el mercado legal como ilegal. Un dato muy interesante a saber, es que el derecho del consumidor es considerado como un derecho de tercera generación o derecho humano de tercer grado, a lo cual el tratadista Laureano Gutiérrez nos expresa lo siguiente: “Si se analiza dicha rama del derecho (la mercantil) con vista a la realidad económica, política y social en que vivimos y a los avances tecnológicos que sobre ella inciden, por lo que se puede concluir que el derecho mercantil de hoy se ha convertido en el ordenamiento que rige el tráfico económico masificado sobre el eje de rotación del mercado-como ámbito social, económico y jurídico de contactos (sociales), intercambios (económico) y relaciones jurídicas) de todos los sujetos y organizaciones económicas de la sociedad civil (empresarios, trabajadores, consumidores)- cuyos polos (económicamente opuestos), son de un lado los actos de empresa y del otros, los actos de consumo”.13 “El hacer comercio electrónico no significa solamente comprar cosas a través de Internet, sino la posibilidad de establecer una línea de comercio estable y realizar a través de medios electrónicos toda una conducta mercantil que incluye ofertas, pedidos, negociaciones, en general todo lo que es usual en el comportamiento de la vida mercantil, incluyendo todos los problemas legales que conllevan en el entorno ajeno a lo electrónico las transacciones de negocios”. 14 111 333 GGGUUUTTTIIIÉÉÉRRRRRREEEZZZ FFFAAALLLLLLAAA LLLAAA UUU RRREEE AAA NNN OOO... “““LLLAAA PPP UUU BBB LLL III CCC III DDD AAA DDD III LLL ÍÍÍCCC III TTT AAA YYY LLL AAA CCC OOO MMM PPP EEE TTT EEE NNN CCC III AAA DDD EEE SSS LLL EEE AAA LLL AAA LLL AAA LLL UUU ZZZ DDD EEE LLL DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO CCC OOO MMM UUU NNN III TTT AAA RRR III OOO EEE UUU RRR OOO PPP EEE OOO ””” ... RRR EEE VVV III SSS TTT AAA DDD EEE DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO CCC OOO MMM EEE RRR CCC III AAA LLL YYY DDD EEE LLL AAA SSS OOO BBB LLL III GGG AAA CCC III OOO NNN EEE SSS ... AAAÑÑÑOOO 222444... EEE NNN EEE RRR OOO--- JJJ UUU NNN III OOO... AAA RRR GGG EEE NNN TTT III NNN AAA... 111999999444... 111 444 [[[222]]] MMMEEE JJJ AAA NNN,,, LLLUUU III SSS MMMAAA NNN UUU EEE LLL (((AAAGGG OOO SSS TTT OOO DDD EEE 111999999888 ))) ... EEELLL CCC OOO MMM EEE RRR CCC III OOO EEE LLL EEE CCC TTT RRR ÓÓÓ NNN III CCC OOO... TTTEEE RRR RRR AAA NNN EEE TTT WWW OOO RRR KKK SSS,,, 111---222... RRREEE CCC UUU PPP EEE RRR AAA DDD OOO EEE LLL DDDOOO MMM III NNN GGG OOO 111 DDD EEE OOOCCC TTT UUU BBB RRR EEE DDD EEE 222000000000,,, DDD EEE LLL AAA RRR EEE DDD MMM UUU NNN DDD III AAA LLL DDD EEE III NNN FFF OOO RRR MMM AAA CCC III ÓÓÓ NNN::: HHHTTT TTT PPP::: /// ///CCC LLL UUU BBB SSS... III NNN FFF OOO SSS EEE LLL...CCC OOO MMM/// III ---CCC OOO MMM MMM EEE RRR CCC EEE///RRR EEE FFF EEE RRR EEE NNN CCC III AAA///HHHIII SSS TTT OOO RRR III CCC OOO///111999888111/// 222888 Por lo anterior, cabe mencionar que en México no existen Leyes que protejan a clientes y/o usuarios para efectuar operaciones mediante comercio electrónico, en consecuencia, los compradores al adquirir vía Internet un bien o servicio, no tienen la certeza de la calidad del producto que están adquiriendo, quedando los consumidores a merced de los “cibervendedores". Es indudable que el crecimiento y auge que ha tenido Internet en los últimos años ha sido exponencial, a tal grado que muchos negocios comercializan sus productos a través de esta tecnología, por ello es importante conocer las características y la calidad de los productos que se adquieren. Así pues, el problema al que se enfrenta el derecho es el de cómo garantizar a todo individuo, que los bienes o servicios nacionales y extranjeros que adquiera, cumplan con normas mínimas de calidad, cómo se garantiza que reciba la información necesaria para tomar una decisión. Con la apertura comercialindiscriminada, México se ha visto inundado de productos provenientes principalmente de de Norteamérica y China, que sin calidad se han incorporado a la sociedad con un amplio consumo y que evidentemente ocasionan daños a la sociedad en general y en particular a los consumidores. Sobre este particular, resulta oportuno revisar cómo nuestro sistema regula este tipo de prácticas, para lo cual, se analizará el siguiente apartado sin ser exhaustivos en ello, toda vez que se revisará en forma amplia dentro del marco normativo en México en el siguiente capítulo: E. La Ley Federal de Competencia Económica 222999 La Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y dos, representa un paso importante dentro de la economía de mercado en México, cuyos cambios trascienden y se manifiestan a partir de los años ochenta, fecha en la cual los regímenes presidenciales de Miguel de la Madrid Hurtado y Carlos Salinas de Gortari, establecen políticas que dieron como resultado la privatización de un gran número de industrias que eran propiedad del Estado y donde el Estado pasa de ser propietario a rector de las actividades económicas. Dicha ley, surge con el objetivo fundamental de contribuir a que las empresas mexicanas productoras de productos y servicios sean más eficientes, al mismo tiempo de establecer una nueva dinámica de las relaciones económicas de México, al ser reglamentaria del artículo 28 Constitucional y dar paso a una materia que aún no ha sido explorada del todo, esto es, el derecho a la competencia. La premisa de esta ley, es que la apertura económica y la promoción a la inversión extranjera directa, la desregulación de la banca y de otros sectores específicos, son por sí solos, insuficientes para crear el entorno económico competitivo que el país requiere. Las acciones que contempla la Ley Federal de Competencia Económica, se enfocan a proteger el proceso de competencia y no a competidores individuales; dicho de otro modo, la ley no está diseñada para ayudar a una determinada empresa, sino que está encaminada a sentar las condiciones para que la competencia lleve a una asignación de recursos eficientes para el país. Uno de los aspectos más importantes de la ley en comento, es que se diseñó pensando en una economía pequeña y abierta al mercado, por lo que el tamaño de las empresas es lo que menos relevancia tiene. 333000 Para evaluar el impacto del tamaño de las empresas mexicanas sobre la competencia, es necesario considerar el entorno donde se da dicha competencia y ese entorno es en un gran número de casos, el entorno mundial o por lo menos el de América del Norte; así lo sostiene Santiago Levy cuando dice: “Lo que a Ley le interesa no es el tamaño, sino la conducta de las empresas o de los agentes económicos dentro del mercado”.15 La Ley Federal de Competencia Económica, consta de 39 artículos, siete títulos, 3 transitorios y se encuentra estructurada de la siguiente forma: Capítulo I. Disposiciones Generales Capítulo II. De los monopolios y prácticas monopólicas Capítulo III. De las concentraciones Capítulo IV. De la Comisión Federal de Competencia Capítulo V. Del Procedimiento Capítulo VI. De las sanciones Capítulo VII. Del recurso de reconsideración Esta ley, castiga las prácticas monopólicas a las cuales clasifica en absolutas y relativas, y ejerce una política preventiva con relación a las concentraciones. Para la consecución de estos dos objetivos, impone sanciones que se pretende tengan un 111 555 LLLEEEVVVYYY,,, SSSAAA NNN TTT III AAA GGG OOO... “““NNNOOO TTT AAA SSS SSS OOO BBB RRR EEE LLL AAA NNNUUU EEE VVV AAA LLLEEE YYY ””” ... UUUNNNAAAMMM---IIINNN SSS TTT III TTT UUU TTT OOO DDD EEE IIINNN VVV EEE SSS TTT III GGG AAA CCC III OOO NNN EEE SSS JJJUUU RRR ÍÍÍDDD III CCC AAA SSS... MMMÉÉÉXXX III CCC OOO... 111999999444... PPPÁÁÁGGG...666666... 333111 efecto persuasivo en los empresarios, a fin de lograr que éstos compitan más libre y lealmente dentro del mercado. Por lo que toca a la clasificación sobre prácticas monopólicas, se dice que las denominadas absolutas son un conjunto de prácticas comerciales que sin importar cuáles son las condiciones de los mercados, ni el número de las empresas que las ejercitan, siempre se consideran nocivas para la competencia y la eficiencia y por lo mismo, siempre deben ser castigadas.16 Esto es, en el caso de las prácticas absolutas no es factible concatenar a un escenario en donde esa práctica tenga un efecto benéfico para el país y por eso mismo se persiguen siempre. Dentro de dichas prácticas, la multicitada ley contempla a los acuerdos para fijar precios o cantidades entre competidores, los acuerdos para dividir mercados entre ellos y a las manipulaciones de las subastas públicas. Tratándose de las prácticas monopólicas relativas, se dice que son más complicadas debido a que se trata de prácticas comerciales desarrolladas por los agentes económicos, empresas o particulares, que dependiendo del entorno en que se lleven a cabo pueden o no ser dañinas a la competencia económica. Dentro de la clasificación de este tipo de prácticas, se enuncian las siguientes: a) La división vertical de mercados; b) La fijación de precio o de otra condición de reventa a otro vendedor minorista o entre dos participantes en el mercado; 111 666 IIIDDD EEE MMM... 333222 c) Las llamadas “ventas atadas”, esto es, el condicionamiento de la venta de un producto a la venta de otro producto a la compra de orto producto adicional distinto y separable; d) Los contratos de exclusividad; e) La negación de trato con alguna empresa; f) El boicot de una varias empresas contra otra; g) la depredación de precios. Esta última resulta muy interesante, pues es un acto mediante el cual una empresa intenta sacar a otra del mercado, vendiendo por debajo de sus costos con la intención de que, al vender así sus competidores no puedan resistir esa venta y salgan del mercado; una vez que los competidores hayan salido, la empresa que incurrió en esa práctica esté en condiciones de elevar los costos y ser únicamente ella quien obtenga las ganancias. En materia de empresas del Estado, la Ley distingue entre empresas que están en sectores estratégicos de conformidad con lo establecido por el artículo 28 constitucional, de aquellas que no lo están. Las empresas que no están en sectores estratégicos, se encuentran sujetas a las disposiciones de la ley sin duda alguna. Por otro lado, las actividades en los sectores estratégicos, de conformidad con el texto Constitucional, no constituyen monopolios. Sin embargo, la Ley Federal de Competencia Económica delimita con gran claridad la frontera del monopolio y advierte que su frontera está dada por lo que está expresamente contenido dentro de la legislación del sector estratégico; por lo tanto, los actos de las empresas del Estado que estén fuera del ámbito expresamente contenido en su legislación, serán actos del ámbito de la Ley de Competencia. 333333 Uno de los aspectos que más llama la atención dentro de la ley que nos ocupa, es el relativo a los controles de precios. Cuando entró en vigor la Ley Federal de Competencia Económica, se abrogó simultáneamente la Ley de Atribuciones del Ejecutivo en Materia Económica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre 1950 y sus reformas. Esta ley facultaba al Ejecutivo paraimponer controles de precios, pero también para intervenir en la organización de las empresas, hasta el extremo de establecer las líneas de producción de empresas particulares. La abrogación de esa ley es una contribución a la seguridad jurídica en el ámbito nacional y también era importante regular la materia de los controles de precios, pues el texto Constitucional así lo requiere. Para llevar a cabo este propósito, la Ley Federal de Competencia Económica adopta un enfoque en tres etapas: 1.- Señala que sólo el ejecutivo federal, puede dictaminar cuáles son los bienes o servicios que están sujetos a control de precios; 2.- La ley señala que la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, hoy la Secretaría de Economía debe fijar el nivel de precio de los productos sujetos a control, con criterios que eviten el desabasto; 3.- La ley delega en la Procuraduría Federal del Consumidor la inspección y vigilancia de estos controles de precios. Ahora bien, en términos generales el objeto de la Ley Federal de Competencia Económica, es proteger el proceso de libre concurrencia, mediante la prevención y 333444 eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, tal y como lo determina su artículo 2º. Por lo que toca al alcance de dicha ley, éste se determina en los artículos 1º y 3º cuando establece que la misma es de observancia general aplicable a todas las áreas de la actividad económica y a todos los agentes económicos, tanto públicos como privados, salvo las excepciones a que se refiere el artículo 28 constitucional, donde se dispone que no son monopolios las funciones del Estado en áreas estratégicas, los sindicatos, las patentes y marcas y las cooperativas exportadoras. La existencia de la mencionada ley nos parece del todo importante, pues contribuye al mejoramiento de las relaciones comerciales y permite establecer márgenes para una libre competencia, acorde al texto fundamental y a una de las garantías del gobernado contempladas en él mismo: el derecho a la libre competencia. Una vez establecidos los conceptos fundamentales, comenzará el análisis de nuestro capítulo segundo para entrar en materia del tema que nos ocupa y permitir establecer un panorama más amplio para nuestra propuesta, en el marco de la regulación legal en México. 333555 CAPÍTULO SEGUNDO “La Competencia Desleal y su regulación jurídica en México” A. La Competencia Desleal. En la actualidad, las economías del mundo están viviendo un proceso de grandes transformaciones debido a los nuevos retos que impone la globalización. Esto exige que las empresas logren dominar nuevas habilidades para adecuarse a los cambios en la tecnología de producción, en las tecnologías de información y en los requerimientos y necesidades de los consumidores de todo el mundo. El reto que plantea la globalización es el de ser competitivos no solo localmente, sino también internacionalmente, pues todas las empresas del mercado nacional que produzcan bienes o servicios similares estarán en pugna por competir por las mejores oportunidades del mercado global. En este contexto, la libre competencia en los mercados y las políticas de libre competencia cobran relevancia particular, pues ellas determinan el escenario más propicio para que las empresas logren los estándares de competitividad que se necesitan en este nuevo orden de cosas. La vigencia efectiva de la libre competencia en los mercados nacionales, por medio de la creación de una institucionalidad que haga valer las reglas de juego de manera clara y creíble, constituye una de las claves para lograr la eficiencia. 333666 Sin embargo y como se ha apuntado en apartados anteriores, constantemente son observadas prácticas que impiden que el comercio se desenvuelva con regularidad, esto es, cuando se realiza lo indebido, cuando se abusa del derecho a competir lícitamente, cuando por medio de métodos deshonestos se busca desplazar a los rivales, cuando no se basa en la libre competencia, es entonces cuando se dice que se está en presencia de la competencia desleal y por ello, se hace imprescindible la intervención del Estado para regular dichas prácticas ilegales. Por tal motivo, se hace necesario enunciar algunas definiciones que sobre el concepto de competencia desleal nos proporciona la doctrina: Para DE PINA por competencia desleal debe entenderse: “Competencia desleal: Conducta de un comerciante o industrial dirigida a desviar en provecho propio la clientela de otro por medio de maquinaciones dolosas, produzcan o no el efecto perseguido”:17 ALFRED MOREAU afirma que: “La concurrencia ilícita es el hecho de aquél que imprudencialmente o de mala fe, con un fin de concurrencia ataca un derecho resultante de una organización individual o comercial”.18 Por su parte, ALCIDES DARRAS sostiene que: “La competencia desleal es el acto practicado de mala fe a los efectos de producir una confusión entre los 111 777 PPPIIINNNAAA VVVAAARRRAAA RRRAAA FFF AAA EEE LLL DDDEEE... “““DDDIII CCC CCC III OOO NNN AAA RRR III OOO DDD EEE DDDEEE RRR EEE CCC HHH OOO ””” 222666 EEE DDD... EEEDDD... PPPOOO RRR RRRÚÚÚ AAA... MMMÉÉÉXXX III CCC OOO... 111999999888... 111 888 CCCIII TTT AAA DDD OOO PPP OOO RRR GGGAAACCCHHHAAARRRNNNÁÁÁ MMMAAARRR ÍÍÍAAA CCCOOO NNN SSS UUU EEE LLL OOO... “““LLLAAA CCC OOO MMM PPP EEE TTT EEE NNN CCC III AAA DDD EEE SSS LLL EEE AAA LLL ””” ... EEEDDD... TTT HHH EEE MMM III SSS ... CCCOOO LLL OOO MMM BBB III AAA... 111999888222... PPPÁÁÁGGG... 444666... 333777 productos de dos fabricantes o de dos comerciantes, o que sin provocar la confusión descarga el descrédito sobre un establecimiento rival”.19 En este sentido y tomando en consideración los criterios emitidos por la doctrina, se establecen dos tipos de competencia desleal a saber: La primera es la competencia prohibida, que consiste en la infracción bien de reglas contractuales, o bien de determinadas prohibiciones extracontractuales de concurrencia establecidos por la Ley, en ciertos casos concretos y en relación con algunas personas o empresas. La segunda, es la competencia desleal propiamente dicha, que “es la que una persona o empresa practica en contra de otra, no con infracción a alguna prohibición contractual, sino con abuso de la libertad de competencia de que gozan”.20 Del mismo modo, se puede establecer como elementos de la competencia desleal los siguientes: a) Competidores.- Los competidores, son los sujetos, personas físicas o morales que realizan una actividad independiente, frente a otros sujeto que también realiza una actividad económica, en relación tal que puede beneficiar su propia actividad o la actividad de un tercero, en detrimento de la actividad del otro competidor. 111 999 IIIDDD EEE MMM 222 000 VVVIII DDD CCCAAASSSAAASSS YYY RRROOOMMMEEERRROOO IIIGGGNNN AAA CCC III OOO... “““DDDIII CCC CCC III OOO NNN AAA RRR III OOO DDD EEE DDD EEE RRR EEE CCC HHH OOO PPP RRR III VVV AAA DDD OOO ””” ... EEEDDD... LLLAAA BBB OOO RRR... EEESSS PPP AAAÑÑÑAAA... 111999999000... 333888 b) Mercancías.- Las mercancías son todo bien, cualquiera que sea su naturaleza, que sea objeto del tráfico comercial, en donde cabe en un concepto amplio, los muebles, inmuebles, etc.y; c) Las personas físicas o morales sobre las cuales recaen los actos de comercio. En atención a lo anterior, considero quela competencia desleal es toda práctica que atenta contra los principios de libre competencia y libertad en las relaciones de mercado, las cuales originan un grave perjuicio a la sociedad que se desenvuelve en dichas relaciones de mercado y que lógicamente requerirá una tutela por parte del Estado, para propiciar la armónica convivencia de sus gobernados. Así pues, la tutela contra la competencia desleal se presenta como una disciplina complementaria a la normativa de propiedad industrial e intelectual que ampara al titular de un derecho frente a conductas desleales, que pretendan generar confusión en el mercado, aprovechamiento indebido de la reputación o del esfuerzo ajeno o en general permite actuar frente a comportamientos que resultan objetivamente contrarios a las exigencias de la buena fe. Toda legislación sobre competencia, debe tener por objeto eliminar los obstáculos que acuerdos privados o actos administrativos, se levantan contra los competidores como barreras de acceso al mercado. Ello es así, en razón de que la competencia perfecta es la forma ideal de comerciar, no tanto para los productores que ven amenazada constantemente su participación en el mercado, sino para los consumidores finales, que son quienes disfrutan de las ventajas que la libre competencia y la oferta les brindan. 333999 Por ello, cuando se presenta la cara opuesta a la competencia perfecta, en la que un solo productor acapara todo el mercado o se lo reparte con otros, tal y como sucede con los monopolios o las empresas en situación de ventaja, es donde debe ponerse mayor énfasis para su regulación y control a partir de la normatividad, para corregir las prácticas ilegales dentro del comercio. De este modo, la economía actual ya se ha visto imposibilitada para establecer férreas restricciones a los mercados y, hoy en día el proceso económico exige que los factores que en él intervienen, se comporten a la altura de las circunstancias estando conscientes no solo de lo que pasa dentro de su organización, sino igualmente de la responsabilidad social que sobre ellos recae sin importar qué modelo de mercado sigan; lo que importa es que ejerzan con responsabilidad y ética el papel que se les ha asignado para con el proceso de la economía, ya sea a nivel local o a nivel mundial, y que comprende aspectos muy distintos, como lo son los modelos de mercado mismos. De esta manera, se concluye que no hay un mercado perfecto, en razón de que la competencia perfecta tiene como principal defecto que es utópica. Lo único que sí existe, es un comercio o un proceso económico en el cual debe prevalecer la ética y los valores empresariales, anteponiendo el bienestar común por encima de las ganancias a cualquier precio y ante cualquier costo en beneficio de la sociedad consumidora y respecto de la cual se originan graves perjuicios; motivo por el cual, se analiza la regulación de la competencia en nuestro país. B. Marco Normativo de la competencia en México 444000 El derecho a la libre competencia económica es una rama del derecho económico que se integra por el conjunto de normas que regulan conductas anticompetitivas de los agentes económicos públicos y privados, conductas que pueden tomar diversas formas y para las cuales, existen organismos especialmente creados para frenar la problemática que representan, instituciones creadas a partir de la legislación hecha en beneficio del gobernado; sin embargo, no todas las prácticas comerciales propician una competencia desleal. En este sentido, para que se configure la competencia desleal deben producirse dos elementos indispensables: 1.- El elemento subjetivo: se refiere a la persona del autor del acto, que debe ser el competidor de quien se van a sufrir las consecuencias. 2.- El elemento objetivo: se refiere al acto en sí mismo, el cual para constituir la competencia desleal debe: a) Ser de competencia, ello es, que de acuerdo a su naturaleza permita esperar desplazamientos de la demanda a favor de quien lo realiza; b) Ser censurable de acuerdo a criterios de honestidad comercial, rectitud en la competencia sana; c) Ser idóneo, es decir, que origine un perjuicio material a otro competidor. Ahora bien, en materia de la propiedad industrial la cual en un momento más se retomará, los comerciantes luchan por atraer la mayor clientela para vender sus productos o servicios y para ello recurren a anunciarse, a hacer promociones, campañas de servicios, etc. que son actividades lícitas que están permitidas, toda 444111 vez que son actos usuales que no generan perjuicio a sus competidores y que se encuentran conformes a las prácticas comerciales generalmente aceptadas. Los medios empleados para conseguir su meta nos permiten calificar como desleal determinada práctica competitiva, en razón de que se requerirá que se utilicen instrumentos o mecanismos cuyo empleo contradiga los principios de rectitud y honestidad. Pero existen otras actividades que implican ventajas indebidas o provechos ilegales que lesionan los intereses de otros comerciantes y los intereses de la sociedad consumidora al causarles confusión. Dichas actividades que se conocen con el nombre de competencia desleal, mismas que se enlistaron en el proyecto de 1943 en el artículo 422 del Código de Comercio con los siguientes tipos: • Emplear medios que produzcan confusión con los productos o servicios de otro comerciante; • Actividades que eviten o dificulten el acceso de clientela al establecimiento de otro comerciante; • Sobornar a los empleados de otro comerciante para que ahuyente a los clientes o desacreditar a sus competidores; • La comparación por medio de publicidad o que se haga notoria la identidad del producto competidor y; • Contratar a personas que rompen su contrato de trabajo por que les ofrecen un nuevo empleo. Un aspecto importante que se debe mencionar es el “fraude social” que se ha venido generalizando en las últimas décadas y del cual la mayoría de las personas 444222 es víctima día con día, como es el caso de anunciar falsas liquidaciones, precios engañosos o “sujeto a restricciones”, las cláusulas pequeñas en los contratos de bienes y servicios o simplemente los falsos servicios que ofertan mayores beneficios respecto de otras compañías y que al fin de cuentas ocasionan un mayor perjuicio al consumidor. Por ello considero, que la ley debe perseguir y castigar severamente los actos de competencia desleal, para salvaguardar la mínima moralidad en las transacciones mercantiles y un mínimo de igualdad en la competencia mercantil. a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ahora bien, como primer punto regulatorio de la competencia y por ende, contra la competencia desleal, se encuentra a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde en el artículo 28 se dispone lo siguiente: “Art. 28 En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a titulo de protección a la industria.”. En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesarios y que tengan por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a 444333 favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público
Compartir