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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE DERECHO SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y DE AMPARO. “LA CONSTITUCIONALIDAD DEL CONSEJO DE HONOR EN EL EJÉRCITO MEXICANO.” T E S I S QUE PARA OBTENER EL TITULO DE: LICENCIADA EN DERECHO PRESENTA: CRUZ RAMÍREZ AZUCENA FLORISELVA. ASESOR: DOCTOR . ANTONIO SAUCEDO LOPEZ. 2009 . Neevia docConverter 5.1 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. Neevia docConverter 5.1 Neevia docConverter 5.1 “Con la ayuda de Dios tratare de ser mejor…y me esforzaré en alcanzar la virtud, es mi deber tratar de superar mi naturaleza humana.” Cicerón Neevia docConverter 5.1 Papá: Para ti con todo mi amor, por que aún en la distancia creíste en mí, que en mis añoranzas te prometí llegar a este momento, en la esperanza de que a tu regreso te sientas orgulloso; pero sobre todo ¡Mil gracias! por que nunca me olvidaste. ¡Lo logramos…Yuyin! Mamá: A través de tus manos conocí la vida, por medio de tu amor aprendí los principios y valores con los que hoy dirijo mi camino. En el inmenso amor que te tengo; solo puedo decir gracias por las noches de desvelos que me dedicaste, por los sueños compartidos… ¡Simplemente gracias! Por ser el regalo más bello que Dios me dio. ¡Con todo mi amor este logro es para ti! Eugenio: Compañero de infancia, juventud, cómplice en juegos, travesuras y sueños: a ti con todo el amor ,cariño y afecto por que siempre llenas de alegría mi vida con tu inmensa sonrisa. Por formar parte de este triunfo. ¡Siempre te llevo en el alma! Neevia docConverter 5.1 Daniel: Por las esperanzas, sueños y alegrías que con tus dulces palabras infantiles le diste a mi vida. Por que deseo que cuando seas un hombre. me digas que te sientes orgulloso de mí ¡Recuerda por siempre que eres el niño más querido de mi corazón! Zenen: La línea de la vida es tan enigmática que cuando se une con otra pareciera estar trazada por aquél que tiene la infinita sabiduría; a Dios le agradezco por haberme unido a ti; que eres mi amigo, compañero, cómplice…mi esposo. Gracias por la paciencia, la dedicación, el apoyo, por que aún y cuando sentía desfallecer. Tú no dejaste de creer y me impulsaste a seguir. ¡Te amo por siempre! Neevia docConverter 5.1 UNAM: ¡Honores! merece nuestra Alma Mater Que siembra en sus alumnos, La pasión por el estudio, el amor a la ideas Que cada día alimenta los pensamientos y da alas a la libertad. merece todo mi agradecimiento Por haberme forjado en sus aulas. Dr. Antonio Saucedo López: La dedicación, las largas tardes de charlas de discusiones e intercambio de ideas dieron vida a este trabajo; que sin sus conocimientos, enseñanzas, paciencia y experiencias; no hubiera sido posible de lograr ¡Muchas gracias! A mis amigos: Rosy Marcos y Salvador, por que aún y a pesar de todo seguimos juntos Los quiero ¡Gracias por su amistad! Neevia docConverter 5.1 A Elizabeth: Por su agradable compañía, su gran sentido del humor por que juntas compartimos el esfuerzo de alcanzar nuestras metas. A toda mi Familia: Gracias por el apoyo incondicional; que aun sin nombrarlos forman parte de este esfuerzo. Bendito seas Señor: por que me rodeaste de una familia cariñosa y afectuosa, con un padre amoroso, responsable, una madre tierna y prudente que me dotaron de las fuerzas para enfrentar el mundo. Neevia docConverter 5.1 Azucena F. Cruz Ramírez Seminario de Derecho Constitucional y de Amparo. “LA CONSTITUCIÓNALIDAD DEL CONSEJO DE HONOR EN EL EJÉRCITO MEXICANO” INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………..I CAPITULO I LA CONSTITUCIÓN Y EL FUERO DE GUERRA EN LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. 1. Naturaleza y finalidad de las Fuerzas Armadas Mexicanas………………….1 1.1. Concepto de Ejército y de Fuerzas Armadas………………………………1 1.2. Su naturaleza jurídica…………………………………………………………9 1.3. Circunstancia teleológica de las Instituciones de Defensa Nacional…………………………………………………………………................23 2. El Fuero de Guerra………………………………………………………………33 2.1. Concepto de Fuero…………………………………………………………..34 2.2. Antecedentes del Fuero de Guerra………………………………………...41 2.2.1. Roma………………………………………………………………….42 2.2.2. España………………………………………………………………..47 2.2.3. México…………………………………………………………………52 3. Antecedentes Constitucionales del Fuero de Guerra………………………..62 3.1. Constitución de Cádiz de 1812……………………………………………..62 3.2. Constitución de Apatzingán de 1814………………………………………65 3.3. Constitución Federal de 1824……………………………………...............67 3.4. Constitución Conservadora de 1836……………………………………….69 3.5. Constitución de 1843……………………………………………….............72 3.6. Constitución Liberal de 1857……………………………………………….74 Neevia docConverter 5.1 Azucena F. Cruz Ramírez Seminario de Derecho Constitucional y de Amparo. 4. Justificación del Fuero de Guerra………………………………………...……77 4.1 La Constitución de 1917………………………………………………….….79 4.2. Diversas Doctrinas sobre el Fuero de guerra……………………………..83 4.3. Análisis del Artículo 13 constitucional……………………………………89 CAPITULO II ÓRGANOS QUE ADMINISTRAN LA JUSTICIA EN LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. 1. La Justicia en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México………........101 1.1. Concepto de justicia………………………………………………………..102 1.2. La Justicia militar y la Jurisdicción castrense……………………………104 2. Naturaleza jurídica de los órganos del Fuero de Guerra…………………..115 2.1. El Derecho Penal Militar, los Tribunales militares y los delitos castrenses……………………………………………………….......................123 2.2. El Derecho Disciplinario Militar, los Órganos de disciplina y las faltas militares…………………………………………………………………………..141 3. La transgresión a la disciplina militar como fuente de delitos y faltas…….153 3.1. Concepto de disciplina……………………………………………………154 3.2. La disciplina como tronco fundamental de la existencia de las Instituciones Armadas………………………………………………………….159 4. Las Faltas Militares y sus Correctivos………………………………………..164 4.1. Concepto de falta………………………………………………………….164 4.2. Los correctivos disciplinarios…………………………………………….174 Neevia docConverter 5.1 Azucena F. Cruz Ramírez. Seminario de Derecho Constitucional y de Amparo. CAPITULO III. LOS CONSEJOS DE HONOR EN EL EJÉRCITO MEXICANO. 1. Los Consejos de Honor en el Derecho Militar Mexicano…………………...188 1.1. Los Consejos de Honor en la legislación militar mexicana…………...188 1.2. Premisas del Derecho Disciplinario Militar……………………………..193 1.2.1. Axiología militar…………………………………………………….195 1.2.2. La obediencia y el deber militar…………………………………..201 1.2.3. Honor y moral militar………………………………………………207 2. Normativa que conceptualiza y regula a los Consejos de Honor en el Ejército Mexicano……………………………………………………………….213 2.1. Legislación DisciplinariaMilitar…………………………………………..213 2.2. Marco jurídico de los Consejos de Honor………………………………222 3. Los Consejos de Honor en el Ejército y su adecuación constitucional…...235 3.1. La Constitucionalidad del Consejo de Honor…………………………..236 3.2. Funcionamiento del Consejo de Honor…………………………………251 3.2.1. Integración y funcionamiento……………………………………..251 3.2.2. Competencia……………………………………………………….255 3.2.3 Procedimientos y resoluciones…………………………………..258 CAPITULO IV. POSIBLES PROPUESTAS PARA LLEVAR A CABO UNA REFORMA A LOS CONSEJOS DE HONOR EN LA LEGISLACIÓN MILITAR. 1. Apreciación de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea en cuanto a una nueva reforma.…………………………………………………................266 2. Reforma integral del Reglamento del Consejo de Honor para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicana………………………………………………………..285 Neevia docConverter 5.1 Azucena F. Cruz Ramírez. Seminario de Derecho Constitucional y de Amparo. 3. Creación de los Consejos de Honor de Jefes y Generales………………..297 4. La Garantía de Audiencia durante el Procedimiento en los Consejos de Honor…………………………………………………………………………….305 Conclusiones………………………………………………………………………..314 Bibliografía…………………………………………………………………………..324 Neevia docConverter 5.1 I Azucena F. Cruz Ramírez I N T R O D U C C I O N. En la historia de México podemos observar que desde la época prehispánica la profesión de las armas se tenia en alta estima, y si nos adentramos a estudiar de manera detenida la historia de nuestro País nos daremos cuenta que esta ha sido escrita por la lucha valiente de hombres que han defendido a la patria desde diferentes trincheras, en donde indudablemente existió la participación de las Fuerzas Armadas. Pero a pesar de que en la historia esta reconocida la participación de las Fuerzas Armadas en las distintas luchas que se desarrollaron en el País, aun así se les niega el reconocimiento y la importancia que como Institución del Estado tienen, razón por la cual hoy en día existe un gran desconocimiento sobre la importancia que tiene para el Estado el Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México. Quizás la creencia de que las Fuerzas Armadas gozan de privilegios y prerrogativas especiales y que son totalmente ajenos a los problemas de la población civil, aunado al desconocimiento que se tiene de sus misiones, ha derivado por un lado que el pueblo mexicano no tenga interés en estudiar e investigar para entender la existencia de esta institución como parte fundamental del Estado y por otra parte el Instituto Armado ha cerrado su círculo de una manera tan celosa que es difícil tener acceso a toda la riqueza cultural, jurídica e histórica que le rodea. Por ello este trabajo se dio a la tarea de entrar a la historia para analizar el Fuero de Guerra desde sus orígenes prehispánicos hasta su unión con la visión Neevia docConverter 5.1 II Azucena F. Cruz Ramírez española (en la época del virreinato) para después hablar de esta figura en su paso por las distintas Constituciones que rigieron a nuestro País en cada una de las etapas de la historia nacional. Debemos manifestar que cuando escuchamos hablar de Derecho Militar, siempre pensamos en el aspecto penal, toda vez que es la materia mas conocida dentro del ámbito civil, probablemente esto se debe a que los juicios que se desarrollan dentro de los tribunales militares sean los mas solemnes, tal vez esta sea la razón que ha impedido ver que dentro de las Fuerzas Armadas existe un cuerpo jurídico especializado que norma cada una de las actividades que se desarrollan dentro de ellas y que para dirimir los distintos problemas que se suscitan dentro de la vida cotidiana del Instituto Armado existen distintos medios para hacer cumplir la disciplina cabalmente y que no siempre se tiene que recurrir a los Tribunales Militares para castigar las infracciones en las que incurren los miembros de esta Institución. Es por ello que debemos entender la diferencia que existe entre el Derecho Penal Militar, que es la materia que conoce de los delitos cometidos por los miembros de las Fuerzas Armadas, y el Derecho Disciplinario Militar que se encarga de conocer de las faltas graves que vulneran la disciplina de la Institución, conducta que debe ser castigada de una manera ejemplificativa por medio del procedimiento seguido en forma de juicio que es celebrado por el Consejo de Honor, que son órganos disciplinarios que encuentran su fundamento en lo que establece nuestra Carta Magna, particularmente en su Articulo 13 que habla expresamente sobre el fuero de guerra y de la competencia que tienen las Instituciones Armadas para conocer de los delitos y faltas que contra la disciplina militar se cometan. Neevia docConverter 5.1 III Azucena F. Cruz Ramírez Como resultado de lo anterior encontramos que dentro de esta Institución se tiene en alta estima los valores y virtudes como son el honor, el deber, la obediencia, la disciplina, etc. Los cuales son parte fundamental del ideario castrense y tienen plena aplicación en cada una de las actividades cotidianas de la Institución Armada. Así que antes de adentrarnos al tema que es motivo del presente trabajo, se explicara la naturaleza jurídica de las Fuerzas Armadas, la polémica que existe en denominar al Derecho Militar como rama autónoma, la diferencia e importancia de cada una de las ramas jurídicas que rigen a esta institución, sus fundamentos axiológicos hasta llegar a la explicar la naturaleza, fundamento e importancia que tiene el Consejos de Honor para la disciplina marcial, la forma en que realizan su procedimiento para conocer de las faltas graves y la aplicación de los correctivos castrenses, sin dejar de lado que dentro de los juicios que realizan se respetan todas y cada una de las formalidades que exigen los Artículos 14 y 16 Constitucionales. Independientemente de lo anterior se hará un análisis de la norma disciplinaria que rige al Ejercito Mexicano y Fuerza Aérea a fin de realizar distintas propuestas que tienen como fin actualizar aquellos preceptos que dejan a las Fuerzas Armadas rezagadas en lo que a las reformas y actualizaciones legislativas se refiere, pues muchas de las veces cuando los miembros del Instituto Armado quieren burlan la justicia castrense se escudan en el argumento de que se han violado sus derechos fundamentales y acuden a la vía de amparo, para no cumplir con los correctivos disciplinarios que ha determinado el Consejo de Honor por haber vulnerado la disciplina militar. Neevia docConverter 5.1 IV Azucena F. Cruz Ramírez Consideramos que ha llegado el momento en que las Fuerzas Armadas de nuestro país deben ser dotadas de los medios legales necesarios para que la aplicación y cumplimiento de la disciplina sea rígida e imperiosa, todo esto en aras del prestigio y perfeccionamiento del Instituto Armado, estableciendo limitantes para que no se tome a esta institución como comodín en actividades que no son de su competencia, pues hoy en día se ha considerado a estas como suplentes de la seguridad pública, lo cual no esta dentro de sus funciones, pues ellas deben auxiliar al Estado en un momento de eventualidad o emergencia, pero jamás deben ser convertidas en simples policías como hoy se esta haciendo , todo esto debido al desconocimiento de las misiones que le son encomendadas por la Constitución. Así cuando hablamos de actualizar las leyes militares en ningún momento nos olvidamos de su esencia, ni de sus principios, por el contrario las actualizaciones que se proponen en este trabajo deben ir de la mano con el principio vital de la disciplina, y no por ello olvidemos que como componente del Estado se debe respetar lo que marca nuestra Carta Magna, es por ello que las reformasque se exponen están basadas en lo que establece la Disciplina militar y la Constitución Nacional. Neevia docConverter 5.1 1 C A P I T U L O I LA CONSTITUCIÓN Y EL FUERO DE GUERRA EN LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. 1. NATURALEZA Y FINALIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. Debemos iniciar refiriendo que los Ejército han ido evolucionando a través de los tiempos, pues estos son tan antiguos como la historia de los pueblos; de esta manera podemos decir que, todas las naciones mantienen un Ejército el cual va de acuerdo a sus situaciones económicas y políticas. Con los avances y descubrimientos de la humanidad, los Ejércitos no se limitaron a especializarse en el área terrestre, sino que agregaron a la defensa de sus países los cuerpos de aire y mar asignándoles el nombre de “Fuerzas Armadas”. 1.1. Concepto de Ejército y de Fuerzas Armadas. Con el objeto de analizar la naturaleza y finalidad de estas, es importante tener una conceptualización correcta de ¿Que debe entenderse por Fuerzas Armadas y Ejército? Así debemos mencionar que en nuestra Constitución Política no se encuentra ningún concepto que defina a las Fuerzas Armadas ni al Ejército, en tanto que, el Código de Justicia Militar nos otorga una definición de lo que debemos entender por Ejército, situación que apuntaremos mas adelante, así diremos que este vocablo muchas veces es tomado como sinónimo de Fuerzas Armadas, esto es un equivoco, sin embargo quien atiende a su sinonimia lo fundan en que la primera organización armada que apareció en las civilizaciones antiguas fue el Ejército, que en la actualidad es elemento predominante de las Fuerzas Armadas, sin embargo debemos separar ambos conceptos. Neevia docConverter 5.1 2 Debemos hacer notar que algunos autores como Saucedo López hace una aclaración al respecto expresando: “Comprender a las tres Fuerzas Armadas con el concepto de Ejército, exclusivamente, se presta a confusión, ya que con este termino, parece dar a entender y referirse solo a la institución armada y permanente que tiene por objeto la realización de las operaciones terrestres y de ninguna manera en este concepto se incluye a las Fuerzas Armadas del aire, ni las del mar.1” Explicación que se estima es muy acertada, toda vez que, el concepto de Fuerzas Armadas se refiere a la denominación genérica de los cuerpos que integran la defensa del país, sin embargo el Código de Justicia Militar en su Articulo 434 define al Ejército como: “ARTICULO 434: para los efectos de este libro segundo se entenderá: Fracción I. Por ejército, la fuerza publica de diversas milicias, armas y cuerpos que sirven a la nación para hacer la guerra en defensa de su independencia, integridad y decoro y para asegurar el orden constitucional y la paz interior, Fracción II. Se comprenden también bajo esta denominación todos los conjuntos de fuerzas organizadas o que se organicen por la Federación o por los estados, así como la Guardia Nacional en caso de guerra extranjera o grave trastorno del orden público2 Definición que más bien hace referencia al concepto de las Fuerzas Armadas, toda vez que se comprende dentro de la redacción anterior al conjunto de efectivos militares humanos y materiales de tierra, mar y aire; al caso afirmamos que las Fuerzas Armadas pueden atender a Fuerzas Armadas irregulares o 1 Saucedo López Antonio. Estudio Jurídico de las Fuerzas Armadas en la Constitución de la Republica. México. Talleres Gráficos Guadarrama Impresores, S. A. 1980 p.39. 2 Código de Justicia Militar. Tomo I de Legislación Militar. México. Taller autográfico de la Secretaria de la Defensa Nacional. 1998.Pág. 151 Neevia docConverter 5.1 3 regulares, estas ultimas en tiempos de paz, ya que en tiempo beligerantes el Estado recurre a todos los elementos de defensa, que son susceptibles de atender a una emergencia por tanto la conjunción de sus grupos que ayudan a la defensa de un Estado, constituyen el brazo armado de este; sin embargo el ejército es una Fuerza Armada pero eminentemente regular y permanente, se podría decir que las primeras son el genero y el Ejército es la especie. La opinión de Macedo de la Concha, con respecto a este punto explica que: “…las Fuerzas Armadas son aquellas cuyo carácter es profesional y permanente, Fuerza Aérea, Fuerza Naval y Fuerza Terrestre… en el ámbito internacional y nacional de los estados, es muy común encontrarse que el termino de Fuerzas Armadas y Ejercito se utilizan de manera indistinta, es decir, se les otorga el mismo significado.”3opinión que viene a refrendar la confusión que existe, al no tenerse una idea clara de la diferencia de lo que es el Ejército en lo individual y las Fuerzas Armadas como un conjunto de las tres fuerzas que defienden la soberanía de una nación. Lo anterior conceptualiza la inclusión exclusiva de las Fuerzas Armadas regulares en tiempo de paz, y que en tiempo de guerra –como se aseveró- puede dar pauta a la inclusión de otro tipo de fuerzas en apoyo al Estado. De igual manera Bermúdez. cita a Schroeder Cordero que define a las Fuerzas Armadas expresando: “Es el conjunto de efectivos de tierra, mar y aire que integra los organismos constitucionales respectivos creados para la defensa del país y la salvaguarda de su orden interno.”4 Esta definición para efecto de este estudio es la mas acertada, dado que de una manera clara y precisa, el profesor Schroeder Cordero nos explica cuales son los organismos que integran a nuestras Fuerzas Armadas, toda vez que establece la 3 Macedo de la Concha Marcial Rafael. Análisis Jurídico de las Fuerzas Armadas. México. Tesis. Derecho. 1980. Pág. 16 4 Bermúdez F. Renato de J. Compendio de Derecho Militar Mexicano. Segunda edición, revisada y aumentada. México. Editorial Porrúa. 1998. Pág. 203. Neevia docConverter 5.1 4 diferenciación que existe entre el concepto de Ejército y Fuerzas Armadas por esta razón, es necesario que otorguemos una definición sobre el significado que tiene la palabra Ejército. El termino “Ejército” proviene del latín “exercitus”, que quiere decir “ ejercitar, ejercicio” que posteriormente en la lengua italiana se le designo la voz de “armata”, que en español se tradujo como Armada, lo que quizás dio pie a la confusión que hoy se tiene al designar al Ejército como sinónimo de Fuerzas Armadas. De esta manera Carlos Espinosa con respecto a la definición de este concepto expresa: “El Ejército es el elemento coactivo de mayor importancia y trascendencia de que dispone el Estado, ya que le son inherentes los recursos materiales, humanos y logísticos mas contundentes para alcanzar el grado de funcionalidad y eficacia que los caracteriza.” 5 En este contexto Villalpando Cesar opina: “ La aplicación del termino Ejército es la que corresponde con precisión a la organización militar que bajo un solo mando, dispone de elementos humanos y materiales aptos para hacer la guerra, con especialidad en el ámbito terrestre”6 Y Cabanellas Torres en su diccionario Militar, Naval y Terrestre con respecto a la definición de Ejército expresa; “Conjunto de la Fuerzas Armadas de una nación… en sentido estricto, los mandos, tropas y elementos de las diversas armadas, servicios y cuerpos terrestres: el Ejército de tierra o Ejército por antonomasia, contrapuesto a la marina y a la aviación”7 5 Carlos Espinosa Alejandro. Derecho Militar Mexicano. Segunda Edición corregida y aumentada. México. Editorial Porrùa. 2000. Pág. 74. 6 Villalpando Cesar José Manuel. Introducción al Derecho Militar Mexicano. México. Editorial Porrúa 1991. Pág.29 7 Cabanellas Torres Guillermo. Diccionario Militar, Navaly Terrestre. Buenos Aires. 1961.Pág. 33 Neevia docConverter 5.1 5 Pero quizás el concepto mas apropiado para nosotros es aquel, que nos ofrece el diccionario jurídico mexicano que define al Ejército de la siguiente manera: “… el agrupamiento considerable o la totalidad de grandes contingentes de hombres, adiestrados y disciplinados para la guerra terrestre, bajo un solo mando, así como el acopio de material bélico correspondiente y que prestan un servicio de carácter público y permanente a la nación-estado a la cual pertenecen, como la garantía suprema de su existencia y del desarrollo de sus instituciones publicas y privadas: sus miembros están sujetos al fuero de guerra”8 De esta manera Martínez Muñoz opina que los conceptos de Fuerzas Armadas y Ejército no deberían ser objeto de controversia al expresar que: “… para designar a dichas Fuerzas Armadas en su integridad, en su conjunto, preferimos utilizar en sentido genérico el término tradicional de Ejército. Este es un vocablo simple y omnicomprensivo, su fonética y su sentido filológico son claros y precisos, sin la pretensión tecnicista, burocráticamente diferenciadora y hasta ampulosa, que encierra el concepto de Fuerzas Armadas.”9 Es así que, con base a lo expuesto, podemos decir que la definición correcta para denominar a los tres cuerpos especializados en el aire, tierra y mar que integran la defensa de un país, es el de Fuerzas Armadas, toda vez que este vocablo es la denominación genérica y no así el termino de Ejército que aunque este sea un concepto muy antiguo solo hace referencia al desempeño y especialidad que se tiene en el área terrestre y aunque la opinión de Martínez Muñoz es respetable, debemos comenzar a separar cada uno de los conceptos antes mencionados, pues considerar a la palabra Ejército como sinónimo de Fuerzas Armadas seria incurrir en un error, pues si bien es cierto, que el Ejército es el cuerpo mas importante de un país, también es cierto que la Marina y la Fuerza Aérea, forman parte fundamental de la defensa de cualquier Estado y por 8 Diccionario Jurídico Mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas. Cuarta edición. México. UNAM 1991. Pág. 1238 9 Martínez Muños Ildefonso M. Derecho Militar y Derecho Disciplinario Militar. Buenos Aires. Ediciones Depalma. 1977. Pág. 23 Neevia docConverter 5.1 6 ello es importante que la denominación para hacer referencia a ellas sea la mas apropiada. Debemos tomar en cuenta que la denominación de Fuerzas Armadas es un concepto relativamente moderno, razón por la cual en muchos países, incluyendo el nuestro a estas se les identifican con el vocablo Ejército y quizás este es el punto de partida para hacer la distinción entre ambos términos; razón por la cual se han expuesto las distintas opiniones de los autores para establecer la diferencia que existe entre los conceptos mencionados y evitar que sean utilizados como sinónimos. Por esta razón analizando los conceptos anteriores podemos decir que las Fuerzas Armadas es la universalidad de fuerzas especializadas en el aire, mar y tierra que se encargan de mantener el orden interno y externo de un país, mismos que se encuentran organizadas y reguladas por el Estado, en tanto que el Ejército es el conjunto de elementos humanos y materiales especializados para hacer la guerra en el área terrestre los cuales se encuentran bajo un solo mando bélico y su carácter es público y permanente a la nación a la cual pertenecen. Es por ello que en lo que respecta a este tema para hacer la referencia a los tres cuerpos de defensa del país utilizaremos el termino de Fuerzas Armadas, tratando en la medida de lo posible hacer la aclaración pertinente cuando los autores utilicen el termino de Ejército como sinónimo del concepto anteriormente mencionado. Pero aunque hagamos la diferenciación entre los vocablos de Fuerzas Armadas y Ejército esto no quiere decir que cada cuerpo armado sea independiente entre sí; sino por el contrario tanto la Armada, la Fuerza Aérea así como el Ejército se encuentran íntimamente relacionados, prueba de ello son las Fuerzas Especiales que forman parte de cada una de ellas; pues estas aplican conocimientos específicos de la especialidad que cada uno de los cuerpos armados han Neevia docConverter 5.1 7 adquirido a través de su entrenamiento especial; para entender mejor esta idea empezaremos por explicar que son las Fuerzas Armadas Especiales. Las Fuerzas Armadas Especiales son unidades especialmente entrenadas para cumplir misiones especificas; estas unidades cuentan con elementos humanos (a los cuales para poder formar parte de ellas se les exigen determinados requisitos) mismos que deben ser capaces de ejecutar cualquier operación en toda clase de situaciones aplicando técnicas altamente especializadas en las cuales están sumamente capacitados. La primera organización de Fuerzas Especiales fue la “Brigada de Fusileros Paracaidistas” perteneciente a la Fuerza Aérea que data de1946; siendo así el cuerpo especial de mayor tradición e historia en las Fuerzas Armadas Mexicanas, además de contar con el reconocimiento a nivel mundial como una de las mejores unidades de Fusileros Paracaidistas por su preparación, valentía y capacidades; las primeras unidades estuvieron integradas por oficiales y tropa los cuales fueron enviados a los Estados Unidos de América a recibir entrenamiento. Ya para 1986 nació la unidad de Fuerzas de Intervención Rápida como grupos especializados en prestar seguridad contra terroristas para la copa mundial de Fútbol que se celebraba en la Ciudad de México; de esta manera el grupo mencionado recibió adiestramiento de distintas unidades de elite del extranjero; pero para 1990 esta denominación cambio por la de Grupo Aeromóvil de Fuerzas Especiales (GAFES). Es así que; debido a la guerrilla que desató el EZLN en Chiapas en 1994, el Ejército se vio en la necesidad de entrenar a sus unidades especiales en misiones en la selva, razón por la cual varios oficiales fueron enviados a Guatemala a recibir entrenamiento del grupo de elite del Ejército Guatemalteco los “KABIL” a partir de entonces los Gafes han recibido entrenamiento en el extranjero, de esta manera y con la finalidad de contar con un grupo de elite preparado se creo el centro de Neevia docConverter 5.1 8 adiestramiento de fuerzas especiales; en donde se dan distintos entrenamientos especializados, entrenamientos los que son desconocidos para la mayoría de los integrantes de las Fuerzas Armadas. Asimismo la Marina cuenta con su propia Fuerza Especial, las cuales son unidades organizadas, entrenadas y equipadas para realizar operaciones autónomas y actuar en ambientes de riesgo extremo; son aptas para realizar la guerra no convencional en el aire, mar y tierra, utilizando todos los medios de infiltración. Existen dos Fuerzas de Reacción Anfibia, desplegadas a lo largo de los litorales mexicanos, compuestas por batallones anfibios de Infantería de Marina, de artillería, de comandos anfibios, embarcaciones y vehículos anfibios y de servicios Así las Fuerzas Especiales de las Fuerzas Armadas Mexicanas cuentan con los conocimientos más variados y especializados para llevar a cabo incursiones, operativos, empleando diversas técnicas tanto en el buceo, paracaidismo, descenso vertical, combate urbano, manejo de explosivos, además de contar con tiradores expertos, por mencionar solo algunas especialidades. Por ultimo debemos decir que las Fuerzas Especiales son unidades organizadas, entrenadas y equipadas para actuar autónomamente en ámbitos marinos, terrestres y aéreos ya sea para rescatar instalaciones y rehenes o para repeler amenazas terroristas; es necesario decir que, estas unidades cuentan con tecnologíade punta, así como equipo especial no utilizado por una fuerza convencional. Se dice muy a menudo que el trabajo de las Fuerzas Especiales es efectuado en secreto y esta relacionado con información clasificada, toda vez que trabajan en grupos de inteligencia para facilitar su rápida acción en momentos críticos. Desde el punto de vista jurídico las Fuerzas Especiales, realizan operaciones técnicamente calificadas para operativos de vital importancia y están altamente Neevia docConverter 5.1 9 preparadas en la realización bifurcada de actividades castrenses que requieren una preparación a doc para el éxito de sus misiones. La Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana así como la Ley Orgánica de la Armada establece con respecto a estas Fuerzas especiales lo siguiente: Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana: ARTICULO 102: Los cuerpos especiales del Ejército y Fuerza Aérea quedan constituidas por los organismos que tienen asignados misiones, para cuyo cumplimiento sus componentes deben poseer conocimientos y preparación específicos para el manejo de los medios materiales de que están dotados para la aplicación de la técnica o táctica que corresponda. De esta manera, esta ley conceptualiza que en la integración de las Fuerzas de tierra, aire y mar, estos grupos armados deben estar atentos al adelanto moderno de todos los Ejércitos del mundo, toda vez que, cada país debe de contar con unidades altamente calificadas en el ataque, tanto en tiempo de guerra como en tiempo de paz, en las acciones diversas en momentos verdaderamente críticos, ya que en tiempos de guerra actúan en circunstancias difíciles de operar en donde las unidades ordinarias no pueden incursionar por su falta de preparación y en tiempo de paz en eventos críticos como son los propiciados por terrorismo secuestro de aeronaves, embarcaciones, etc., cuando el Estado solicite de sus servicios por regla general los resultados son satisfactorios. 1.2. Su Naturaleza Jurídica. Hemos juzgado necesario dejar asentado las opiniones con respecto a las definiciones de Fuerzas Armadas y Ejército para que este sea el punto de partida para comprender la naturaleza y finalidad de las Fuerzas Armadas de nuestro país; estas actualmente son el elemento esencial de las naciones a la cual Neevia docConverter 5.1 10 pertenecen, por ello al plantear la pregunta ¿ Cuál es la finalidad y naturaleza de las Fuerzas Armadas?, trae como consecuencia que exista un desacuerdo entre los doctrinarios al pretender explicar cual es la naturaleza de las instituciones marciales y ello a suscitado múltiples discusiones con respecto a este punto. Para comenzar a analizar la Naturaleza de las Fuerzas Armadas debemos dejar claras las nociones que se tienen acerca de los conceptos de Nación y Estado: La Nación es la comunidad humana que posee elementos, culturales, vínculos económicos, tradiciones e historia comunes, es decir, es una formula de convivencia humana que se perpetua a través de la historia, como una manifestación social del hombre, en la cual el hombre expresa su voluntad de querer convivir de una manera organizada mediante leyes que rigan su forma de vida, es decir, el hombre se organiza jurídicamente, constituyéndose de esta manera el Estado que no es otra cosa que la “ organización política de un país” es decir, la estructura de poder, que se asienta sobre un determinado territorio o población. El Estado tiene el poder, el cual puede definirse como la capacidad que ostenta el aparato institucional para imponer a la sociedad el cumplimiento y la aceptación de las decisiones del gobierno u órgano ejecutivo del estado, es así que, el aparato estatal se compone de tres elementos organizativos básicos: la administración, la hacienda y las Fuerzas Armadas, en donde estas ultimas tienen a su cargo la función de ejercer la defensa del país. Estas nociones tienen su razón de ser, toda vez que al analizar la naturaleza de las Fuerzas Armadas nos encontraremos que algunos doctrinarios opinan que la milicia debe desaparecer con la evolución de la humanidad y otros creen que es Estado y las Fuerzas Armadas son la misma cosa. Neevia docConverter 5.1 11 La teoría llamada Sociológica considera a las Fuerzas Armadas (Ejército) como un órgano social, toda vez, que afirma “El Ejército, es, sin duda, un agregado humano de psicología colectiva, pero ¿de que tipo? ¿Es una muchedumbre, multitud o sociedad?”10 Así debemos explicar que la multitud se encuentra conformada por la reunión de elementos heterogéneos, desconocidos e inorgánicos, o dicho de otra manera multitud es el: “…agrupamiento de personas, no organizado, durante el cual se produce un contacto directo espontáneo y efímero entre ellas”11 La multitud suele formarse por un hecho casual, no necesariamente sus integrantes tienen la conciencia de pertenecer a ella, en tanto que, la muchedumbre es una reunión transitoria de individuos iguales que operan en las mismas circunstancias de tiempo y lugar, motivada por causas únicas y concordantes y esta se caracteriza por su transitoriedad y su organización. La diferencia entre la muchedumbre y la multitud radica en que: “La muchedumbre…se diferencia de la multitud por la relación de temperamentos e intereses y las circunstancias, concomitantes de tiempo y lugar”12 La sociedad, en cambio, es considerada como un grupo social superior, es permanente y se encuentra perfectamente organizada e integrada por la voluntad de sus componentes, los cuales mantienen un propósito común de unificación; es en este punto en donde retomamos la pregunta inicial de si las Fuerzas Armadas ¿ son una sociedad, multitud o muchedumbre? Analizando los conceptos anteriores podemos decir que, son una sociedad, toda vez que, la muchedumbre y la multitud surgen de manera esporádica e impreparada, elementos que permiten que este se desintegre con facilidad, en 10 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía del Derecho Militar. México. Editorial Stylo. 1948.Pág. 18 11 Diccionario IBALPE enciclopédico. quinta edición actualizada y aumentada. México. Editorial Ibalpe internacional. 2003. Pág. 1025 12 Vejar Vázquez. Autonomía...Op cit. Pág.18 Neevia docConverter 5.1 12 cambio las Fuerzas Armadas se encuentran perfectamente estructuradas persiguen un fin especifico y definido. Renato Bermúdez nos explica que las Fuerzas Armadas son una sociedad, “…entendiendo por ella: al conjunto humano de naturaleza colectiva, con fines definidos y propios (conciencia o base psicológica) permanentemente dedicada al estudio y manejo de las armas destinando al servicio y defensa de la patria”13 Al admitir que las Fuerzas Armadas eran una sociedad algunos autores empezaron a crear y difundir una doctrina que expresaba que las Fuerzas Armadas eran una “sociedad perfecta”, toda vez, que estas –en opinión de los doctrinarios- tienen los fines y los medios propios que las hacen equipararse al Estado y a la iglesia ya que para que estas dos ultimas poseen la potestad de jurisdicción que emprende la facultad legislativa, jurídica y coactiva, pero es desigual, atendiendo a que en ellas existe de una manera establecida dos clases de personas, los gobernados y los gobernantes, constituyendo de esta manera una verdadera jerarquía, siendo consideradas como sociedades perfectas, es así que a propósito de esta nueva idea los autores como Schoroeder Cordero expusieron opiniones mas modernas sobre este punto al expresar:“…el Ejército es una sociedad perfecta, porque contiene en si misma tres poderes y correlativas funciones del estado, Legislativo, Ejecutivo y Judicial; veamos: legisla per se, mediante el bando militar; realiza la potestad ejecutiva cumpliendo y haciendo cumplir disposiciones yordenes que se llevan a cabo a través de una bien organizada jerarquía y por ultimo, ejerce la jurisdicción castrense o fuero de guerra, por medio de sus propios tribunales: de ahí que constituya la colectividad por excelencia, como en su naturaleza lo es también la Iglesia, comunidad perfecta, que posee estos mismos atributos o facultades”14 13 Bermúdez F. Renato de J. Compendio... Op cit. Pág. 205 14 Schroeder Francisco Arturo. Concepto y contenido del Derecho Militar. Sustantividad del Derecho Penal Castrense y sus diferencias. Tesis Derecho. México 1965. Pág. 35 Neevia docConverter 5.1 13 Partiendo de este argumento las Fuerzas Armadas son una sociedad perfecta, toda vez que estas poseen la totalidad del poder al ejercer actividades legislativas, ejecutivas y jurisdiccionales, ya que dentro de las organizaciones castrenses se desarrollan facultades legislativas, a través de su bando militar, impone sus leyes y ordenes mediante la facultad ejecutiva y a la vez falla sobre el delito castrense con su propia potestad de juzgar, asimismo para sostener esta postura los distintos autores argumentaron que en las Fuerzas Armadas existen dos grupos definidos perfectamente, uno a quien le compete la función de dirigir o dicho de otra manera, es el grupo que ejerce el mando y otro que obedece y es gobernado, los dirigentes están situados unos frente a otros y de esta manera existe una escala jerárquica establecida que debe ser respetada y obedecida en estricto sentido. El jurista Calderón Serrano explica su teoría de la sociedad perfecta de las Fuerzas Armadas en los siguientes términos: “Las sociedades perfectas y por lo tanto el Ejército, están plenas de soberanía y gozan de todos los atributos del poder, a saber: Facultad de dictar la norma, crear el derecho , dictar las leyes, que en el orden militar tiene su manifestación practica en la facultad del Mando para publicar “bandos” definidores de delitos militares en época o territorio declarando el estado de guerra, campaña o sitio: verdadera ley penal creada para garantía y aseguramiento de los ultimas medios de defensa de la sociedad en general. Facultad de gestión y administración manifestada en la distribución y aplicación por si mismo de sus medios propios en época normal de paz y ampliada extraordinariamente y en todas las direcciones y ordenes de la vida del Estado en época extraordinaria de guerra o grave alteración de orden público. El Ejército (fuerzas armadas) en tales situaciones, ordena y dirige la vida ciudadana controla la sanidad pública, marca el abastecimiento de las poblaciones, interviene los transportes, y en fin cubre toda la actividad administrativa (Poder Ejecutivo o de Administración).Por ultimo el Ejército de modo permanente y constante cuenta con tribunales propios que declaran su derecho, imponen la vigencia de su ley juzgando sobre las infracciones y omisiones contrarias a su norma y ejecutando lo Neevia docConverter 5.1 14 juzgado. Es decir, tiene los tribunales de su fuero, que a no dudarlo, representan manifestaciones de Administración de Justicia (Poder Judicial).”15 Pero debemos decir que esta teoría lejos de explicar la naturaleza de las Fuerzas Armadas, solo se dedica a explicar la actividad manifiesta de estas y no precisa de manera alguna si las estas poseen sus propias facultades por su propia naturaleza o si estas son delegadas por el Estado. De esta manera y dicho lo anterior explicaremos la postura que considera a las Fuerzas Armadas como un servicio público y para ello debemos entender que es un servicio público. Cabanellas Torres lo define como: “…aquella necesidad de carácter general que se satisface por el procedimiento propio y característico de la actividad del Estado”16, otra definición dice: “Los servicios públicos deben de ser creados y organizados...”17 y el profesor Vejar Vázquez opina que: “…el servicio público, es un servicio técnico prestado al público de una manera regular y continua, para la satisfacción del orden público y por una organización pública.”18 En tanto que Serra Rojas citando a Maurice Hariou define al servicio público como: “…un servicio técnico que se presta al público de una manera regular y continua para la satisfacción de una necesidad pública y por una organización pública no lucrativa”19 Una vez establecidos los conceptos anteriores damos paso a explicar la postura que considera a las Fuerzas Armadas como un servicio público. Los partidarios de esta teoría sostenían que el Ejército por tener su raíz etimológica en un verbo latino que significa “ejercitarse” y por ello debía ser 15 Calderón Serrano Ricardo. El Ejército y sus Tribunales T. II. México. Ediciones Lex. 1946 Pág.42 16 Cabanellas Torres Guillermo. Diccionario Militar... Op cit. Pág. 665. 17 Bermúdez F. Renato de J. Compendio de... Op. cit. Pág. 209 18 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía... Op cit. Pág. 28 19 Serra Rojas Andrés. Derecho Administrativo, Doctrina, legislación y Jurisprudencia. Primer Curso. Vigésima edición. México. Editorial Porrúa. 1999. Pág. 112. Neevia docConverter 5.1 15 considerada como una actividad técnica y que dicha actividad se encuentra sujeta a un régimen jurídico especial en donde el Estado es el que regula y asegura su cumplimiento, toda vez que, como opina el profesor Vejar Vázquez, este control es: “…indispensable para la realización y el desenvolvimiento de la interdependencia social que no seria factible de otra manera, pues al lado de la norma jurídica que autoriza al estado para actuar debe de estar la fuerza que lo apoya “20 De esta manera citaremos al tratadista argentino de Derecho Administrativo Carlos Risso quien es el primer expositor de esta teoría; toda vez que el explica que: “…el Ejército es un órgano del Estado y no un poder en sentido jurídico propio, por lo que en la defensa de un estado y de las instituciones, el Ejército no tiene ninguna potestad política para considerar lo que debe defender o combatir; para apreciar subjetivamente los móviles, direcciones y oportunidad de acción; pues precisamente, por ser un órgano y no un poder, resulta perdurable frente a las transformaciones de los regimenes políticos. En consecuencia el Ejército debe considerarse como un servicio público, ya que toda la acción administrativa dirigida a realizar un fin del Estado se resuelve en servicios públicos, excepción de lo que es estrictamente jurisdiccional, justicia administrativa militar.”21 Con estos elementos analizaremos esta teoría diciendo que en el texto de la Constitución en especifico en los articulo 5 y 13 (los cuales hacen referencia a las Fuerzas Armadas ) se utiliza el termino de servicio público para hacer referencia al trabajo personal que realiza el servidor al estado, pero asimismo dentro de la Carta Magna hace referencia al servicio público como el proceso a través del cual se lleva acabo la satisfacción de las necesidades sociales artículos 3, 27 fracción VI, 73 fracción XXV y XXIX apartado A-. Con respecto a este punto el profesor Bermúdez cita: “… cabe concluir que nuestra Constitución da dos connotaciones distintas al termino servicio público”22 20 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía... Op cit. Pág. 20 21 Bermúdez F. Renato de J. Compendio de... Op. cit. Pág. 208. 22 Bermúdez F. Renato de J. Compendio de... Op. cit. Pág. 209 Neevia docConverter 5.1 16 De lo anterior debemos explicar que el servicio público tiene dos acepciones: a) Un servicio personal que los ciudadanos prestan al estado. b) Para designar la actividad constante que el Estado desarrolla al satisfacer una necesidad pública. Por lo tanto en opinión de Renato Bermúdez, en la Constituciónde 1917 se incurrió en un error al explicar: “Notorio resulta afirmar, por lo tanto, que si al redactarse los artículos 5 y 13 de nuestra ley fundamental se llamo al cargo público con el nombre de servicio público, se incurrió en un error.”23 Del análisis anterior podemos deducir que el legislador al establecer al servicio militar dentro del texto del Articulo 5 constitucional hizo referencia a la prestación de un trabajo obligatorio de carácter personal y no así a el proceso continuo que realiza al Estado para satisfacer necesidades públicas. Las Fuerzas Armadas no pueden ser consideradas como un servicio público, toda vez que estas son una organización que fue creada por la voluntad del pueblo, para que estas conserven la seguridad interna y la defensa exterior del país, atento a que una de sus obligaciones prioritarias es la de proteger a la población, así como a las instituciones, la independencia, el territorio y la soberanía del Estado, así podemos decir que las Fuerzas Armadas tienen como deber el lograr la independencia del país ante el contexto internacional. De lo anterior coligo que efectivamente las Fuerzas Armadas no pueden ser un servicio público, ya que son instituciones tendientes a salvaguardar los mas preciados valores nacionales, sin embargo el servicio público es la actividad que se le el presta Estado como parte de la función administrativa y aun cuando dichas instituciones no son un servicio no debemos negar que estas desempeñan tal servicio, en la función que tienen dentro del Estado; por lo tanto el servicio de las armas si es un servicio público. 23 Ídem. Pág. 209 Neevia docConverter 5.1 17 Sin embargo la opinión de Renato Bermúdez con respecto a este punto es importante pues él expresa lo siguiente: “… consideramos que las Fuerzas Armadas tienen a su cargo una de las funciones mas importantes… esto es la grave responsabilidad de establecer y mantener un ambiente de paz y tranquilidad donde pueda desenvolverse la colectividad nacional… este ambiente pacifico y tranquilo, solo se obtiene con la directa participación de las Fuerzas Armadas en el quehacer cotidiano de la nación...”24 Atendiendo a lo anterior como lo afirmamos debemos decir que las Fuerzas Armadas no son un simple servicio público, sino que este se refleja en las atribuciones que la propia norma le otorga para la realización propia de sus funciones en su materia, toda vez que estas tienen la facultad de defender a nombre del Estado a la Patria, por otro lado Vejar Vázquez afirma: “La naturaleza del Ejército es de jerarquía superior a un simple servicio publico, pues afirman que su ley fundamental es de orden publico; que el Poder Ejecutivo necesita del Ejército para su sostén”25 La doctrina que se opone a lo anterior es aquella que explica que el: “Ejército es una institución”, postura que a diferencia de la anterior es aceptada por la Ley Orgánica del Ejercito y Fuerza Aérea, al establecer en su Articulo 1°- lo siguiente: El Ejército y las Fuerzas Armadas Mexicanas son instituciones armadas permanentes.”26 Esta teoría explica que las Fuerzas Armadas tienen una jerarquía superior al de un servicio publico pues, estas son una institución constitucional: “…ya que en primer termino las Fuerzas Armadas están reguladas por un conjunto de normas de derecho que se armonizan entre si hasta formar un todo orgánico, que comprenden una serie indefinida de relaciones, transformados en relaciones de 24 Ibídem. Pág. 211 25 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía... Op cit. Pág.21 26 Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Legislación Militar. México. Taller Autográfico SEDENA. 1998.Pág. 5 Neevia docConverter 5.1 18 derecho y derivados todas de un hecho único, fundamental, que como origen y base de la institución la domina necesariamente, gobernando su estructura y desarrollo.” 27 Pero antes es necesario saber cual es el concepto de institución, para así poder entender la postura de los doctrinarios que defienden esta teoría. Gramaticalmente institución deriva del latín “institutionis” y “Es aquel cuerpo social, con personalidad jurídica o no, integrado por una pluralidad de individuos, cuyo fin responde a las exigencias, de la comunidad y del que derivan para sus miembros situaciones jurídicas objetivas o status que los invisten de deberes y derechos estatuarios.”28 La enciclopedia Ibalpe define a la institución como: “Establecimiento o fundación de una cosa. Cada una de las organizaciones fundamentales de una nación o sociedad… categoría social que basada en un complejo de normas validas y aceptada por grandes grupos, se estructura tomando carácter orgánico y permanente a fin de satisfacer alguna de las necesidades de macrogrupo social. En la mayoría de los casos se integran dentro del grupo jurídico general.”29 El tratadista Maurice Hauriou, opina que: “Una institución es la idea de obra o de empresa que se realiza o dura jurídicamente en un medio social, para realización de esta idea, un poder se organiza y se le procura de órganos… una institución, es una organización social dotada de permanencia, porque descansa sobre la idea a cuyo servicio se ponen las voluntades de los hombres”30 Sin embargo otros autores consideran que una “institución social” es el resultado de una acción de la colectividad que se realiza y perdura en el grupo social que la ejercita representando la condición de la continuidad, duración y realidad, que permite su aceptación. 27 Schroeder Cordero, Francisco A. Concepto y Contenido... Op cit. Pág.36 28 Enciclopedia Jurídica OMEBA. Tomo XVI. Buenos Aires. Editorial Driskiii. .S. A. 1965 29 Diccionario IBALPE... Op cit. Pág. 722. 30 Bermúdez F. Renato de J. Compendio de... Op. cit. Pág. 213 Neevia docConverter 5.1 19 Así podemos decir que de alguna u otra manera todo individuo pertenece a un grupo social, al cual le corresponde una realidad especifica, estos grupos son formados voluntariamente y duran ilimitadamente, otros por el contrario son de creación necesaria, sin importar la voluntad de sus miembros perpetuándose en el tiempo. Asimismo los partidarios de esta doctrina explican que en todas las constituciones políticas de las naciones, se incluye a las Fuerzas Armadas como una institución nacida de la voluntad popular, toda vez que estas son un “Órgano Constitucional” que ejercen el poder soberano de una Nación. De esta manera decimos que la Constitución, así como el Poder Ejecutivo requiere de las Fuerzas Armadas, para hacer respetar sus leyes, pues es el Poder Ejecutivo el encargado de gobernar al Estado y por lo tanto, es al Jefe de Estado a quien le corresponde el Mando Supremo de las Fuerzas Armadas, ya que estas son: “…un organismo para la guerra y la guerra es función de la soberanía; de modo que cuando el Ejército en nombre del Estado defiende la patria, es el Estado mismo en la mas fundamental de sus manifestaciones y además, como las garantías de los derechos son de orden público constitucional, no cabe negarle este carácter al Ejército que es la garantía de otras garantías, es decir, es la garantía suprema”31 Por lo tanto las Fuerzas Armadas al ser consideradas como una organización fundamental y permanente del Estado, adquieren un carácter institucional, “…con un fin perfectamente establecido, y que en su favor cuentan con la anuencia y aceptación de la colectividad, la cual por su parte, esta convencida de la necesidad de su existencia...”32 De este párrafo podemos deducir lo siguiente: las Fuerzas Armadas son una institución, toda vez que estas forman parte de las garantías que se encuentra consagradas dentro de la Constitución, razón porla cual se les otorga el carácter 31 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía del...Op. cit. Pág. 21 32 Bermúdez F. Renato de J. Compendio de... Op cit. Pág. 214 Neevia docConverter 5.1 20 público constitucional, por lo tanto su ley fundamental es de orden público, a este respecto opina Vejar Vázquez: “…la naturaleza constitucional del Ejército quedó plenamente confirmada en nuestro medio, desde que, acogida la institución en las cartas magnas dentro del sistema democrático fundado en el principio de la nación en armas, se estableció a cargo de todo hombre, junto con el deber económico de pagar la contribución y el impuesto, el deber de defender a la patria, creando para ello su tributo obligatorio de sangre”33 Dentro de esta doctrina los constitucionalistas Conturzi y Dozzi expusieron que las Fuerzas Armadas eran instituciones y no servicio público, Conturzi por ejemplo expresa: “El ejército permanente es una necesidad del orden internacional y por la estrecha relación que aguarda esta materia con las de índole político se concluye, que este último orden comprende muy singularmente al ejército, e incluso define su condición y naturaleza”.34, esta idea se encuentra fundada más en razones políticas e internacionales, en cambio Dozzi sostiene su teoría en la idea de la soberanía: “ El carácter de institución constitucional del Ejército, deriva de que es un organismo creado entre otros fines, para la guerra y la guerra es siempre función de la soberanía, que ejerce y representa la colectividad armada, al crearse aquella situación, en la cual llega a fundirse y ser el propio estado, e incluso a significar la patria misma. O como modernamente ha llegado a considerársele, la nación en armas. También tiene igual rango y naturaleza constitucional que las garantías allí consagradas, ya que la función soberana del Estado se condensa en el hecho de que el mando supremo, incluso en las republicas lo ejerce el jefe del Estado: y en el desenvolvimiento de tales ordenes de atribución y funciones, ha de reconocerse el carácter al organismo militar, de institución constitucional.”35 Con respecto a estas ideas la mayoría de los autores mexicanos opinan que las Fuerzas Armadas son una institución constitucional y por lo tanto están de acuerdo con los doctrinarios que sostienen esta postura, pues algunos expresan 33 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía del... Op. cit. Pág. 22 34 ídem Pág. 212 35 Ibídem. Neevia docConverter 5.1 21 que las Fuerzas Armadas tienen un carácter institucional, desde el momento en que son una organización fundamental y permanente del Estado, las cuales tienen un fin perfectamente establecido y que además cuentan con la aceptación de la sociedad. Otra de las doctrinas que han tratado de explicar la naturaleza de estos organismos de defensa, es aquella que expresa que el Estado y estas son en esencia lo mismo: “…resulta ser el Ejército la exteriorización del poder del Estado, el instrumento especifico mediante el cual es posible desplegar e imponer su fuerza; es el Estado como fuerza.”36 Asimismo debemos decir primeramente que el Estado debe hallarse provisto de poder, toda vez que para que este tenga las características y funciones propias de su naturaleza ha de tener poder, el cual debe perseguir una finalidad jurídica; la salvaguarda social. Esta teoría se basa en la idea de que las Fuerzas Armadas constituyen una estructura con características especiales que la distinguen de las demás estructuras sociales, ya que estas formalmente son una organización que se encuentra dentro de los lineamientos generales de las realizaciones del Estado, pero que al mismo tiempo las Fuerzas Armadas difieren fundamentalmente de todas las demás organizaciones. De esta manera debemos decir que el Estado es un poder en función de una voluntad, es decir, el Estado es poder. Pero asimismo es voluntad, ambos se encuentran orientados hacia una finalidad jurídica que se traduce en la realización de un derecho, así: “El poder del Estado se exterioriza en fuerza, la que, a su vez, reside esencialmente en su fuerza pública, cuya principal manifestación es el Ejército.”37 36 Martínez Muños Ildefonso M. Derecho Militar...Op. cit. Pág. 27 37 Ídem. Pág. 49 Neevia docConverter 5.1 22 En este sentido el profesor Vejar Vázquez opina:“El poder del Estado, es uno solo, el militar, porque el poder es sinónimo de fuerza y la fuerza del Estado radica única y exclusivamente en sus instituciones armadas.”38 Siguiendo este orden de ideas podemos decir que si el Estado ha de realizar sus fines jurídicos y políticos necesita de medios para llevarlos a cabo y para ello se necesita el poder, pues, desde que el Estado se exterioriza estructural y funcionalmente ha de hacerlo en su totalidad mediante instrumentos de voluntad y poder, luego entonces, el Estado se halla en la necesidad de exteriorizar su energía sustentadora mediante una estructura en la cual resida la forma mas decisiva y enérgica de su poder coercitivo, o dicho de una manera mas sencilla: “…el orden político constitucional del Estado establece las finalidades propias de las instituciones armadas en cuanto en ellas, en ultima instancia radica la fuerza que permite la realización del derecho y el núcleo vital como órgano de la defensa nacional.”39 Así podemos decir que las Fuerzas Armadas son el instrumento, a través del cual, el Estado ejerce su poder, es decir, impone su voluntad, afirmando de esta manera su soberanía. En este punto es necesario hacer la aclaración al explicar que el poder del Estado no solo es fuerza física, ni solo razón pues “…una y otra han de estar justamente armonizadas e inseparablemente unidas...”40 Las Fuerzas Armadas son el Estado mismo, en cuanto a que, el poder es inseparable del Estado, es el Estado mismo:“El Ejército debe ser siempre la nación, ni siquiera servidor de ella, sino ella misma y en este concepto no cabe discutir su poder, ni someterlo a otro alguno.”41 38 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía del... Pág. 23 39 Martínez Muñoz Ildefonso M. Derecho Militar...Op. cit Pág. 21 40 Ídem. Pág. 28 41 Vejar Vázquez Octavio. Autonomía del...Op cit. Pág. 23 Neevia docConverter 5.1 23 Siguiendo este orden de ideas diremos que las Fuerzas Armadas son instituciones del mas alto rango, toda vez, que estas surgen de la voluntad popular pues concurren a formarlo todos los ciudadanos, quienes mediante la conscripción ofrendan al Estado su poder individual, constituyendo de esta manera el pilar de las Fuerzas Armadas y se reconocen como tales en la propia Constitución y al ser estas una institución forma parte del Estado, mismo que les confiere la misión de llevar a cabo la defensa de la soberanía del país, es decir, el Estado demuestra su poder a través de las Fuerzas Armadas y que estas no son otra cosa más que el mismo pueblo en armas. 1.3. Circunstancia Teleológica de las Instituciones de Defensa Nacional. Como se ha expuesto en líneas anteriores las Fuerzas Armadas existen históricamente por la necesidad de preservar la seguridad interior y exterior de las naciones, estas forman parte de la estructura del Estado y su autoridad esta limitada a la Constitución, las funciones que realizan son de suma importancia para el Estado Mexicano. Las Fuerzas Armadas tienen a su cargo distintas misiones (que es la palabra con la cual se denomina dentro el ámbito castrense a las finalidades que persigue estas organizaciones). Así decimos que la palabra “misión” significa: “El acto de enviar a una persona a realizar un determinado cometido ó como la autorización que confiere a una personao entidad para desempeñar una encomienda determinada, que contribuya a la realización de un fin superior.”42, el “…fin” es el “objeto o motivo con que se ejecuta una cosa”43 Las Fuerzas Armadas al formar un todo, tienen que llevar a cabo una misión para que de esta manera se logre alcanzar el fin señalado por la Constitución; la seguridad interior y defensa exterior de la Federación. 42 Bermúdez F. Renato de J. Compendio de... Op. cit. Pág. 215 43 Diccionario IBALPE...Op cit. Pág.996 Neevia docConverter 5.1 24 Antes de comenzar a explicar cual es la finalidad de las Fuerzas Armadas, diremos que estas existen históricamente por la necesidad de preservar la seguridad interior y la seguridad exterior de la nación a la cual pertenecen, pues tienen el instrumento especial para alcanzar este propósito el cual se lleva a cabo a través de la acción bélica, ya que son las Fuerzas Armadas quienes deben intervenir en caso de guerra extranjera, toda vez que estas se encaminan hacia la defensa, no así a la ofensa, o dicho de otra forma no les esta permitido moral o jurídicamente la agresión a otro país. Sobre la finalidad que tienen nuestras Fuerzas Armadas algunos opinan que este concepto es demasiado vago y en algunos casos sirven como comodín de muchos problemas sociales, toda vez que, se piensa que ante un problema drástico (por ejemplo la delincuencia), deben de intervenir, en tanto que otros desconocen sus finalidades y sus actividades, pues se dice muy a menudo que los miembros del Instituto Armado no tienen una ocupación productiva, ya que algunos piensan que: “Las funciones bélicas del Ejército, se ven reducidas a luchar en contra de la hipotética intervención extranjera, por medio de una organización de guerrillas y a reprimir intentos de subversión interna, mediante un sistema antiguerrilla.”44 A este respecto Saucedo López opina: “…no hay hipotética amenaza de intervención extranjera, sino que la amenaza es latente y debe de aplicarse al principio de derecho romano que reza; si vicem pacen para bellum, pues no es posible sostener la socorrida tesis de pensar que en México no hay amenaza externa.”45 De esto podemos decir que las instituciones armadas no son una fuerza armada de agresión, sino que estas se preparan constantemente para afrontar cualquier eventualidad o contingencia que coloque en riesgo la seguridad nacional o la integridad de la Republica. 44 Lozaya, Jorge Alberto. El Ejército mexicano. México. El Colegio de México. 1976 Pág. 103 45 Saucedo, López Antonio. Teoría Jurídica del Ejército y sus Lineamientos Constitucionales. México. UNAM. 2002. Pág. 71 Neevia docConverter 5.1 25 Dicho lo anterior comenzaremos por decir que las Fuerzas Armadas, si tienen una finalidad, toda vez que, estas se encuentran definidas en la Constitución de una manera directa o indirecta; y es en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en la cual se enuncian las misiones que tienen encomendadas, toda vez que la ley antes mencionada expresa: “Articulo 1º.- El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, son instituciones armadas permanentes que tienen las misiones generales siguientes: I.Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación; II.Garantizar la seguridad interior; III.Auxiliar a la población civil en caso de necesidades públicas; IV.En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas.”46 A propósito de este articulo, haremos un comentario, basándonos en la enumeración anterior, para explicar de una manera practica las misiones que tienen encomendadas las Fuerzas Armadas, diciendo que, la primera de ellas representa la garantía de la soberanía del Estado; el segundo apartado nos habla de la misión de garantizar la seguridad interna de la Nación la cual tiene su fundamento en el Artículo 89 Fracción VI de la Constitución Mexicana al establecer: “Articulo 89-. Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes: VI-… disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente, o sea del Ejército, Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación;”47 46 Ley Orgánica del Ejército y fuerza Aérea Mexicanos. Legislación Militar. México. Taller Autográfico SEDENA.1998.Pág. 5 47 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sexta edición, México. Editorial Mc Graw-Hill. 1999. Pág. 87 Neevia docConverter 5.1 26 Así, podemos decir que este precepto no solo se preocupa por la seguridad nacional interna del país, sino que se procuró que de alguna manera se apoyará a las entidades frente a cualquier trastorno interno; el fundamento de esta idea la encontramos en el primer párrafo del artículo 119 constitucional que dice: “Articulo 119-.Los Poderes de la Unión tienen el deber de proteger a los Estados contra toda invasión o violencia exterior. En cada caso de sublevación o trastornó interior, les prestaran igual protección, siempre que sean excitados por la Legislatura del Estado o por su Ejecutivo, si aquella no estuviere reunida.”48 Este enunciado en particular es el instrumento jurídico en el cual se respaldan las Fuerzas Armadas para llevar a cabo su función como coadyuvantes de la seguridad pública, pero aclarando que de ninguna manera estas sustituyen a la policía. Otra de las tareas que llevan a cabo es la llamada “lucha contra el narcotráfico”, misión que encuadra en este precepto, toda vez que el narcotráfico es una amenaza seria a la seguridad nacional. En opinión de Dionisio Pérez Jácome, con respecto a este punto explica: “Hay un convencimiento generalizado de que son incapaces las Fuerzas Policíacas tradicionales, por su equipamiento, por su preparación, por sus principios, por la solidez de su estructura, para enfrentar el fenómeno del crimen organizado que representa el narcotráfico.”49 En este punto haremos un paréntesis para hablar de la lucha contra el narcotráfico que actualmente llevan a cabo las Fuerzas Armadas Mexicanas, toda vez que es en el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa, en donde se ha enunciado a las Instituciones Armadas como garantes de la paz social y “…la justificación es la misma de siempre; no hay de otra, es una situación de emergencia y la única 48 Ídem. Pág.133. 49 Revista del Ejército. Congreso Nacional “Fuero de guerra su constitucionalidad”. Dionisio Pérez Jácome Julio. México. Taller Autográfico del EMDN, Campo Militar 1-B. Popotla, Tacuba, 1999. Pág. 89 Neevia docConverter 5.1 27 institución del Estado que puede enfrentar al crimen organizado son las Fuerzas Armadas debido a que tiene la capacidad bélica organizativa, centralización de mando, adiestramiento, etc.”50 Es por ello que el PLAN DN2 (aplicado para garantizar la seguridad interna y la paz social) ha desatado gran polémica entre las clases políticas del país, toda vez que se han tomado a las Fuerzas Armadas como apoyo del Estado para recomponer la estabilidad política, ya que actualmente se vive una gran inseguridad a causa del auge descollado por el narcotráfico en nuestro país. Para entender esta polémica debemos explicar que debido a la aplicación del PLAN DN2 que las Fuerzas Armadas del país se encuentran militarmente divididas en doce Regiones y cuarenta y dos Zonas Militares, la Armada se organiza en seis Regiones Navales tres de ellas se encuentran en el Pacifico y otras tres en el Golfo y el Caribe y la Fuerza Aérea se divide en tres Bases Aéreas, una en el centro, una en el norte y una en el sur, organización que tiene su fundamento enque las Instituciones Armadas deben estar en constante preparación para poder enfrentar una situación de emergencia nacional, así como para llevar a cabo entrenamientos para la guerra contra el narcotráfico y la contrainsurgencia, a este respecto opina Benítez Manaut: “La mayoría de los ejércitos del mundo no tienen entre sus planes de guerra el equivalente al DN2, pues implica considerar en ocasiones a segmentos de la población como enemigo” 51 Es así que desde mediados de los ochentas se empezó a considerar el problema del narcotráfico como un asunto de seguridad nacional, naciendo así una nueva doctrina llamada guerra de baja intensidad situación que implicaba militarizar el combate a las drogas toda vez que: “La capacidad de los milicianos en la guerra 50 José Luis Piñeyro, citado por Nancy Flores. “Contrainsurgencia y objetivo militar”.Mexico Revista Contralínea. Periodismo de Investigación. Año 5, N° 72, Primera Quincena de Febrero 2007 51 Benítez Manaut Raúl. Dilemas del Ejército Mexicano a fin de siglo. Chile. FLACSO- Chile y Woodrow Wilson Center, año 14 N°1 Enero-Marzo. 1999.Pág. 18 Neevia docConverter 5.1 28 contra las drogas, a nivel de destrucción de plantíos y penetración de montañas de muy difícil acceso, les permite adaptar a los efectivos militares para la guerra contra las guerrillas…”52 En la actualidad el narcotráfico ha crecido de una manera alarmante pues este se ha infiltrado corrompiendo la impartición y procuración de justicia del país trayendo consigo graves consecuencias para el orden público; situándose como una clara amenaza para la seguridad nacional, situación que ha llevado a que la actual política del Presidente Calderón haya asumido la responsabilidad total de la lucha contra el narcotráfico en las Fuerzas Armadas pues aunque: “…constitucionalmente es una misión de la Procuraduría General de la Republica, esta institución debe evolucionar…eliminando la corrupción de su seno y combatiendo el narcotráfico con eficiencia. Solo así se replegará el ejército a sus cuarteles.”53 Es así que las Fuerzas Armadas tienen como tarea desplegar el PLAN DN2, pues hoy más que nunca estas se encuentran sobrecargadas de misiones, toda vez que el Estado es incapaz de encontrar en sus instituciones judiciales miembros capaces para hacer frente a la lucha contra el narcotráfico; situación que ha traído consigo que el Poder Ejecutivo decida enfrentar esta lucha con el apoyo de las Instituciones Armadas, hecho que ha despertado polémica entre distintos sectores del país, pues muchos opinan que tener a estas fuerzas combatiendo al narcotráfico puede traer como consecuencia que se corrompa a sus miembros, pues ya se ha demostrado que aún dentro de estas instituciones existen individuos que pueden ser corrompidos por los carteles de la droga. Es por ello que resulta urgente que las Instituciones gubernamentales profesionalicen a la Policía Judicial Federal, que es la verdadera encargada de combatir al narcotráfico pues solo así: “… la milicia se podrá concentrar en sus 52 Benítez Manaut Raúl. citado por Nancy Flores. “Contrainsurgencia y objetivo militar”…Op. Cit. 53 Benítez Manaut Raúl. Dilemas del Ejército… Op Cit. Pág. 19 Neevia docConverter 5.1 29 misiones constitucionales fundamentales y no siga focalizando su acción en el mantenimiento de la paz social y la seguridad interna del país.”54 Con respecto a lo anterior debemos decir que las Fuerzas Armadas Mexicanas no son el cuerpo armado idóneo para llevar a cabo la lucha contra el narcotráfico, pues no tienen la capacidad técnica, ni el armamento para enfrentar a los carteles de la droga y tampoco tienen la preparación ideológica ni el entrenamiento especifico para atender las labores de seguridad pública la cual debe estar a cargo de la policía civil. Así el Poder Ejecutivo está abusando de las Instituciones Armadas , toda vez que las proyecta a un campo de batalla que solo le corresponde a la autoridad civil, empleando de manera principal a una institución considerada como la ultima instancia para defender la seguridad nacional, pues si bien es cierto que una de las misiones de las Fuerzas Armadas es coadyuvar en la lucha contra el narcotráfico como fuerzas federales de apoyo, también es cierto que esto no implica que estas tengan que volverse una fuerza policíaca para enfrentar esta lucha que le corresponde solo a la autoridad administrativa. Así pues las Instituciones Armadas deben cumplir con las labores que la Constitución le asigna y no deberán mezclar sus misiones con acciones que son puramente civiles como lo es la lucha contra el narcotráfico. Y es que aquí no termina el problema, ya que conforme avanzan los operativos que llevan a cabo la Fuerzas Armadas se les exponen ante la sociedad debido a que cada día que pasa se denuncian a nivel público supuestas violaciones a Derechos Humanos, situación que no esta nada alejada de la realidad, pues se les está exponiendo a un grave descrédito público, toda vez que conforme avanzan los operativos se dan acusaciones en contra de los miembros de las instituciones armadas por agresiones a la población civil, abuso de autoridad, etc., lo cual trae consigo que se vaya deteriorando la imagen de estas, todo esto debido a que las 54 Ídem. Pág.19 Neevia docConverter 5.1 30 tácticas aplicadas por estas instituciones son aptas para la guerra y en el momento de actuar en un ámbito civil pueden vulnerar estos derechos. Otra consecuencia, que consideramos es bastante grave, es que teniendo a las Fuerzas Armadas combatiendo al narcotráfico de manera frontal se está exponiendo a que en ellas se de una posible infiltración del crimen organizado a sus filas, pues debemos recordar que el problema de nuestros cuerpos policíacos es este mismo, ya que en ellas se encuentran elementos al servicio de los Cárteles de la Droga. Concluyendo lo anterior debemos decir que las Fuerzas Armadas deben de combatir al narcotráfico de una manera restringida como apoyo de las Instituciones Judiciales para dar golpes de precisión al crimen organizado, coadyuvando y trabajando de manera conjunta con los cuerpos policíacos o de los grupos de elite en momentos críticos o de alta peligrosidad para la paz social, en el entendimiento de que las Instituciones Armadas deben ser una reserva estratégica utilizada en acciones especificas en apoyo de las Fuerzas de Seguridad, mas nunca como suplente de estas ultimas. Siguiendo con el análisis del articulo primero de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, nos quedaría por explicar las fracciones III, IV y V, mismas que de una manera amplia le encomienda a las Fuerzas Armadas misiones tan importantes como: Programas de protección al entorno ambiental: en este rubro las Fuerzas armadas tienen la tarea de llevar a cabo campañas de reforestación, defensa contra incendios, saneamiento de vasos hidrológicos, etc. Programas de infraestructura: en donde las Fuerzas Armadas participan como apoyo para la construcción de carreteras y caminos, oleoductos o gaseoductos, construcción de escuelas, etc. Neevia docConverter 5.1 31 Programas de auxilio a los transportes y al turismo: como son los programas de protección y servicio a las operaciones marítimas y portuarias. Programas de apoyo a la aeronavegación y control de vuelos. Programas de seguridad a instalaciones estratégicas: dentro de este rubro se encuentran instalaciones importantes para el desarrollo nacional como es el caso de la Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos, los sistemas de agua potable y drenaje, entre otros. Programas de protección civil: aquí encontramos el PLAN
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