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INSTITUTO UNIVERSITARIO NEZAHUAlCOYOTl INCORPORADO A LA UNIVERSIDAD NAOONAL AUTONOMA DE MEXICO "PROPUESTA DE ADICIONA LOS ARTICULOS 8. 17, 37 Y 55 DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO'. T E s 1 s QUE PARA OBTENER EL TITULO DE L I CEN C IADA E N DERECHO P R E S E N T A BRENDA IVONNE RODRIGUEZ JIMENEZ ASESOR: LIC. ROOOLFO C.\LVILLO POPOCA NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO 2005 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. DEDICATORIA S CO N RESPETO Y ADM IRA C iÓN A MIS PADRES NORMA ANGELlC A JIMÉNEZ ROJO y JES US RODRíGUEZ Ol VERA Ejemplos de superación constante, que en ningim momento han dejado de contiar en mi, y con gran esfuerzo cariño y dedicación, me han dado la oponunidad de realizar una carrera profesional y enseñado la imponancia de sobresalir en todos los aspectos de la vida. así como llegar siempre a las metas fijadas, y por eso y por mucho mas mi agradecimiento etemo. A MI HERMANA ANA KAREN RODRÍGU EZ JIMENEZ Por apoyarme en todo los aspectos y eres la persona que mas quiero en la vida gracias por ru apoyo y confianza hermanita. A 1\IIS ABUELOS SOCORRO ROJO Y M Ul JIMENEZ Que me escucharon y me brindaron su ayuda cuando era necesario y por ello que les brindo todo mi afecto. admiración y respeto. Que con cariño me dieron si empre ánimos para que cumpliera con la meta que me propuse. Así como mi abuela MARiA lU ISA y MANUEL RODRíC UEZ V por haberme apoyado y tenerme paciencia así que solamente digo GRACIAS . A MIS T10S RAUlJIMÉN EZ, T I-I ElMA DE ROClO y LORENA J IMÉN EZ Por apoyarme en todos los aspectos, e impulsarme siempre a seguir adelante y sabiendo que no existirían los suficientes medios para poderlos pagar tanto a ustedes como a mis padres todo lo que me han bríndado se los agradezco profundamente. A MIS PRIMOS IVAN, BRYAN, FRANS ICO y LEONARDO Quiencs con su presencia han llenado de alegría y podcr llegar hasta donde ahora me encuentro ya que soy el ejemplo que ustedcs deben seguir. AL INSTIT UTO UN IVERSITARIO NEZAHUALCOYOTL Por habemlc dado la oponunidad de ser pane d~' ella y asi tener el orgullo de presentarla en mi vida profesional. .. \ MI ASESOR LI C. RODOLFO CAlVlllO POPOCA. Por darme la confianza de ser su aSL'SOrada. sus atenciones hacia mi persona. asi como la \'aliosa coopcraciún y aponacióo de sus conocimientos e ideas para realizar este trabajo y tenennc tanta paciencia. GRAC IAS. EN UNA FORMA MUY ES PECIAL, DEDI CO TODOS M IS ESFUERZOS AL LlC. JAVIER GARdA VAU:NCIA SU8PROCU RADOR REGIONA L DE J UST ICIA EN N[ZA IIUALCOYOT L. Por todo su apoyo y confianza que me brindo. y habcnne escuchado cuando era necesario. nunca olvidare lo que me dijo un dia quc un favor no se le niega a un amigo, es por ello que cuenta con una amiga para toda la vida, y le dedico mi tesis con lodo mi afecto y admiración. " PROPUESTA DE ADICIÓN A LOS ARTÍCULOS 8, 17, 37 Y SS DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO" ÍNDICE GENERAL N o e E PAGINAS. INTRODUCCiÓN ............................................ ... ................................ .1 CAPITULO I ANTECEDENTES Y CONCEPTOS. 1.1 ASPECTOS GENERALES. 1.1.1 Nacimiento de la Inseguridad 1.1.2 Acerca de las Estadísticas .. . ... . . 1 ... 2 ....... 3 1.2 DEL REGISTRO FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y CONTROL DE EXPLOSIVOS COMO INSTtTUCION BASleA DEL CONTROL DE LAS ARMAS DE FUEGO .. . .................... .. ......... 6 1.3 FUENTES HISTORI CAS DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS.. ... ....... . .... ... ... o" ................................. 9 I.4FUNDAMENTOS .. . ..... 11 Conceptos Utilizados por Organismos Internacionales en el control de armas de fuego 1.4.1 Conceptos y Clasificación de las Armas de Fuego en México. ... ... . ................................................................... 12 1.4.2 Organización de Es1ados Americanos y el control de armas de fuego. ........ .... . ............................................................................ 18 1.4.3 Organización de Naciones Unidas y el control de armas de fuego ..... 19 1.4.4 Organización de Naciones Unidas .............................................. 20 1.4.5 Naciones no Alineadas. . . ........... . .......................... 22 1.4.6 Organizaciones no Gubernamentales ........................................ 23 1.4.7 Estados Unidos de Norteamérica ................ . ......... .. .. ....... .. 23 1.4.8 Organización de Estados Americanos. .. .......................... . 24 CAPITULO 11 EL CONTROL DE LAS ARMAS DE FUEGO Y SU MARCO NORMATIVO. 2.1 CONSTITUCIONAL. .... ... ...................... . .. ............... .... 26 2.2 HISTORICO ............................................................................... 33 2.3 LAS ARMAS DE FUEGO Y LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y SU REGLAMENTO. ............ .............. .. ......... 35 2.3.1 Ley Federal de Armas de Fuego ... ..... .... ...35 2.3.2 Reglamento de la Ley federal de Armas de Fuego y Explosivos ... .. 38 2.4 LAS ARMAS DE FUEGO Y LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL. ......................... . .. ........ 43 2.5 LAS ARMAS DE FUEGO Y LA LEY ORGANICA DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS ....................... .. .. .............. .45 2.6 LAS ARMAS DE FUEGO Y EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL .... .. 49 CAPITULO 111 LA LEGALlZACION y CONTROL DE LAS ARMAS DE FUEGO. 3.1 EL COMERCIO, FABRICACION Y EXPORTACION DE LAS ARMAS DE FUEGO .... .. ........................... . 50 3.2 LAS ARMAS Y SU PORTACIÓN ............. . ........... . .. ... ...........56 3.3 LAS ARMAS Y LA COMPRAVENTA ....... ..................... ........ ... .... .... 65 3.4 LAS ARMAS DE FUEGO Y SU REGISTRO ....... ... 70 3.5 HACIA UN REGISTRO INFORMATICO .............. . ............ . .... .... ......... 76 CAPITULO IV DERECHO INTERNACIONAL. 4.1 INSTRUMENTOS INTERNACIONALES ................................... 79 4.1.2 Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones y Explosivos ................ .............. .............. 79 4.1.3 Reglamento Modelo para el Control del Tráfico Internacional de Armas de Fuego, sus Partes y Componentes y Municiones ..................................... 84 4.2 LAS ARMAS DE FUEGO EN OTROS PAISES ............... . . .. . .. . 90 4.2.1 República de España y el Salvador .... . ...... ...... ............... 90 PROPUESTAS ...... . .... .........................................•.......•..................... 106 CONCLUSiONES ....... .......................................... ........................ ...... 108 ANEXOS ................... ....•........................ .. ................... ..................•.. 110 BIBLIOGRAFIA . . ............•... . ..............................•............. ..... ............. 120 INTRODUCCIÓN INTRODUCCiÓN. Esta Tesis se refiere a la problemática que presenta actualmente la posesión y portación de armas como Garantía Constitucional consagrada en el artículo 10 de nuestra Carta Magna, que en la actualidad ya se ha visto superada por un tráfico indiscriminado de estos objetos , diariamente nos enteramos de un sin número de delitos que se comenteny en lo que esta involucrada una arma de fuego, esta situación hace que sea indispensable que se introduzcan nuevas medidas jurídicas para un eficaz control de las armas de fuego, considerando que el Registro Federal de Armas de Fuego en la institución encargada de controlar la tenencia de estos instrumentos en a su reglamento y a la Ley Federal, así como a la Constitución hacia donde debe ir enfocada la reforma. La Ley de Armas de Fuego ha sido recientemente reformada sin embargo poco se hizo en materia del registro y control que de estos instrumentos hace el estado, por ello es necesario que también se actualicen en lo que hace al tráfico, registro y control de armas. El planteamiento que se hace en esta tésis va encaminado hacía una reforma que plantee nuevas y posibles medidas de control y legalización; ésta les es de carácter Federal , por ello los problemas que presenta la falta de un registro eficaz se extiende a todo el país, sabemos que existen Estados de la República donde existe mayor tráfico y manejo de las armas. El Estado debe proporcionar a los Gobernados mecanismos de control efectivos para que la población tenga la certeza de que se están tutelando sus garantías y sobre todo su bienestar y su seguridad personal. Si se llegara a establecer un mecanismo legal para un buen control de Armas de fuego con medidas y normas mas apegadas a la realidad, se permitiría un control mas eficaz sin vulnerar la libertad que plasma el artículo 10 Constitucional . Por ello nos planteamos como objetivo de esta tésis llegar propuesta de posibles soluciones y mejoras para que los procedimientos de control y registro que actualmente aplica la SEDENA se actualicen y mejorar en aras de ur: mejor manejo de las armas de luego. Durante el desarrollo del presente trabajo emplearemos la metodología siguiente: 1. - Método deductivo. Es decir que partiendo de conocimientos generales, universalmente aceptados se trazarán esquemas para llegar a un conocimiento en particular. 2.- Una Investigación bibliográfica universalmente aceptada la cual consistirá en una recopilación , estudio, análisis y clasificación de una diversidad de material bibliográfico; desde obras de carácter general relativas a la materia: diccionarios, libros, enCiclopedias, diarios, páginas de Internet. hasta revistas especializadas incluyendo la legislación aplicable. En el primer capItulo, investigamos los aspectos generales y los antecedentes tanto a nivel Nacional como Internacional con el objetivo de tener un panorama general sobre la problemática del tema y la creciente importancia que ha adquirido en nuestro país y mas allá de nuestras fronteras. En el segundo capítulo, estudiaremos el Marco Jurídico actual existente en México relativo a las Dependencias Gubernamentales facultadas para controlar y legalizar a las armas de fuego, así como si lienen o no una adecuada y eficaz participación y desempeño en las funciones que en la actualidad tienen encomendadas. El tercer capitulo. esta dirigido a analizar los problemas que consideramos son de mayor impacto en nuestro pais, tanto interno como externo, respecto al control de armas de fuego: fa compraventa en general, la posesión y portación , la fabricación y la problemática de la inscripción de las Armas en el Registro Federal, asi como de las posibles soluciones que pudieran darse a los mismos, basados en aspectos legales, aspectos prácticos, concretos y sobre todo reales, a la luz de la ley actual. considerando desde luego las reciente reformas a la ley. Por ultimo en el cuarto capítulo, destinado al Derecho Comparado analizaremos las legislaciones de algunos Estados para señalar que medidas se han tomado en dichos países referentes al tema, asimismo se analizaran los tratados y acuerdos intemacionales respecto al mismo tema en el ámbito de la Organización de Estados Americanos, de la cual México forma parte a fin de hacer notar la importancia creciente del control legal de las armas de luego a nivel global, con ello se pretende demostrar la preocupación que el problema genera en diversos Organismos y Gobiernos. CAPITULO 1 ANTECEDENTES Y CONCEPTOS CAPITULO PRIMERO ANTECEDENTES Y CONCEPTOS. 1.1 ASPECTOS GENERALES. La posesión y portación de las annas de fuego impfican en nuestros días un problema que cada vez se va agravando en el país; sin embargo, no es una situación local si no que en el ámbito internacional es un tema prioritario de la seguridad de todos los países, los acontecimientos internacionales y el nivel de inseguridad que se vive actualmente en el territorio nacional y en el mundo entero, así como la vecindad que se tiene con los Estados Unidos, colocan en una situación delicada en este rubro. Este trabajo se entroncara principalmente a las armas de fuego que son mas comúnmente usadas por la población, por lo que no es objeto de estudio, el material nuclear o armas mas sofisticadas ya que esos instrumentos no afectan actualmente a nuestro pais. Se cree que la proliferación de las armas de fuego a nivel global empezó a tener auge después de la Segunda Guerra Mundial; desde enlonces varios Estados han dedicado esfuerzos conjuntos para lograr un mejor control de las mismas. La ONU y la OEA, así como Estados Unidos, en el caso de América, han trabajado conjuntamente en la legislación interna y a nivel internacional para que de manera coordinada se unifiquen criterios y procedimientos para evaluar estos problemas, así como se han reunido en múltiples ocasiones para desarrollar y establecer mecanismos de control nacionales e internacionales apropiados y efectivos sobre las armas de fuego. El ex Presidente en su discurso inaugura de la quincuagésima Asamblea General de las Naciones Unidas en octubre de 1995, reconoció la necesidad de prestar mas atención al problema de las armas pequeña, de entre otros asuntos. El problema Estadounidense es darle un enfoque de proliferación a las armas pequeñas en cuanto a los problemas de la demanda, oferta y el trafico ilícito de una forma equilibrada, adoptando ciertas medidas para afrontar este problema, el que se tratara mas adelante, en la cual se ha visto que en dicho país es muy sencillo para los ciudadanos adquirir un arma de fuego dentro del mercado; es por lo que se genera un uso excesivo e inadecuado de estas aunque se hayan adquirido legalmente. Tales son los problemas en que se ven involucrados los adolescentes que estos se apoderan de las armas de sus padres y con ellas cometen ciertas lesiones o han llegado a privar de la vida a compañeros y maestros dentro de sus escuelas. Estados Unidos procura darles un alcance mundial , del lado de la demanda para las "mejores prácticas ", donde una mayor regulación sobre las transferencias comerciales de armas, transacciones de exportación e imponer controles a la intermediación en el comercio de armas de fuego, otro alcance es apoyar el Protocolo de Viena sobre Armas de Fuego, recientemente completado en marzo del año 2001 , que establece el Reglamento mvdelo de la Organización de Estados Americanos1, el cual se analizarán posteriormente. 1.1.1 Nacimiento de la inseguridad. Desempeñan un papel muy importante las armas de fuego al exacerbar los conflictos socioeconómicos y de enormes costos humanos, las consecuencias de tales conflictos son la diferencia y disparidades políticas , étnicas, económicas y religiosas. Viéndose agravadas por las deficiencias relativas al gobierno como lo son la ausencia del respeto al mando de la ley y a los derechos humanos, las políticas excluyentes y represivas y la falta o debilidad de las instituciones democráticas. Las condiciones de inseguridad endémica y débiles estructuras nacionales e internacionales de regulación y aplicación de la ley, en relación a que estas armas requieren de poco adiestramiento, mantenimiento y son mas baratas,1 Calhoun.H. Trafico de Armas pequeñas:¿ es contro lab le? ; la proliferación de armas pequeñas y pon átiles ilegales, USA, Depto. Edo. Periódico electrónico VOL. 6 No., Jumo 200 1. 2 se ocultan y se transportan con facilidad a través de fronteras porosas, es por lo que se complica aun mas el trafico y la posesión ilícita y el uso por parte de los criminales2 . 1.1.2 Acerca de las Estadísticas. Estados Unidos por excelencia es un país donde lleva todas las estadísticas y tiene mucha habilidad, para utilizarlas, obtenerlas y aprovecharlas en su beneficio, sabe el origen de sus causas, problemas y hasta en un momento determinado puede prevenirlas o minimizarlas, con estos datos estadísticos podemos determinar de donde venimos y a donde podemos ir. La información relacionada con California ( E. u.)3, nos da una idea de la gravedad del problema que representa la proliferación excesiva y no controlada de las armas de fuego. Existe una sorprendente conexión de incremento de la violencia con el aumento en la fabricación y venta de las armas de fuego. Los californianos en el año de 1992 compraron un promedio de 1000 pistolas diarias legalmente. El aumento puede darse por el apoyo que otorqa el gobierno a la industria de las armas de fuego. El gobierno prohíbe a las comunidades reglamentar las armas de fuego, librar de responsabilidad civil y penal a la industria; mantiene las tasas de impuestos sobre armas y municiones artificiales bajos y no supervisa ni reglamenta a la industria de manera responsable ni las armas de fuego en general. Los defensores puede trabajar en conjunto sobre el control de las armas de fuego y proponer una reglamentación adecuada de la industria de las armas de fuego con los legisladores de California. Los Californianos mueren debido a las lesiones de armas de fuego y por accidente automovilístico. Las muertes por armas de fuego se clasifican como suicidio, homicidio, muerte no intencional, muerte como resultado de una intervención legal o muerte donde se desconoce su causa . Se ha demostrado con 1 Loe. Cit. ·'C fr . www.pcvp.prg/pcvp/fireanns/policybrf/ Reduciendo el acceso a las anna; de fuego 3 los estudios estadísticos que la tasa de suicidio juvenil es menor en poblaciones que tienen menos armas debido a que la leyes mas estricta en el control de armas y que las tasas de muerte son mas altas tanto para intentos de suicidios como asaltos utilizando armas de fuego. El reducir o eliminar por completo la violencia pero hará las acciones violentas menos letales. Una estimación conservadora fija los costos sociales actuales de lesiones causada por armas de fuego en 20.4 billones de dólares. El 80% de los costos médicos son pagados por los contribuyentes. Es un riesgo para la vida propia o ajena tener armas de fuego en el hogar porque se puede llegar a hacer mal uso de éllas y quedar algunas secuelas en la salud y es un error pensar que las armas sean útiles e indispensables para la defensa personal. Se ha demostrado por varios estudios que tener un arma de fuego en el hogar puede ser usada contra un miembro de la familia o con algún otro individuo. Estudios recientes referente a homicidios provocados en el hogar, ,es por portar estas y ha aumentado tres veces la posibilidad de comeler un homicidio, por lo consiguiente se ha determinado que tener un arma en el hogar aumenta cinco veces la posibilidad de un SUicidio; es por ello que con esto se refleja que hay una falta de adiestramiento y concientización respecto al manejo de armas de fuego; ello implica una gran responsabilidad para la persona que la posee o porte. Actualmente las leyes están relacionadas con armas de fuego enfocadas exclusivamente al individuo que posee armas; estas leyes son difíciles de aplicar e implementar y no toman el contexto en consideración en que ocurren la mayoría de las lesiones, solo ofrecen prevención mínima. Los fabricantes y distribuidores podrán ser reglamentados mas efectivamente, ya que operan con pocas restricciones y superviSión mínima. Tienen propósitos legítimos los rifles y las escopetas, se considera que es justificado plenamente para las personas que habitan en zonas no urbanas y que estan expuestos al peligro que ocasionan los animales salvajes. Se toma con fuerza el criterio de prohibir todas las armas de asalto, por su diseño son solo útiles para la eliminación a gran escala de rnres humanos y tienen poco valor deportivo. Las pistolas pequeñas baratas y fáciles de ocultar representan aproximadamente un 70% de todas las muertes causadas por armas. Además de estas restricciones, las municiones, parque y accesorios deberían pagar un sobre impuesto de modo que los que las posea o adquieran asuman las costas de las lesiones ocasionadas por dicl1os instrumentos4 . El ex Presidente de México Ernesto Zedilla Ponce de León en su último informe dio a conocer algunas cifras en donde se demuestra el aumento de delitos con armas de fuego, mientras que la Secretaria de la Defensa registró un aseguramiento de 41 , 170 armas de fuego; en el mismo periodo la P. G. R. registro 79, 523 denuncias por potación de armas de fuego. El aseguramiento de estos artefactos se efectuó en un promedio anual de 6, 861 .6 armas y 13, 253 denuncias. Estas cifras nos dan una idea de la enorme cantidad de armas que hay en circulación sin registrar en el País. La P. G. R. informó que en dicho periodo, en la lucha contra el narcotráfico aseguro un total de 14, 772 armas de las cuales 6, 780 son de las catalogadas como armas cortas, y 7, 992 catalogadas como armas largas. Por su parte las Fuerzas Armadas aseguraron 9,619 armas solo a narcotraficantes. Después de los delitos contra la salud, el segundo lugar lo ocupan las denuncias por agresiones con armas de fuego como robos, asaltos, homicidios, secuestros y violaciones . A pesar de lo anterior dicho informe solo se concreta a dar cifras estimadas respecto de la cantidad de armas de fuego que circulan sin registro en el pa ís5 . 4 Id iben. Reduciendo el acceso a las armas de fuego 5 Galán J., Sin fre no trafico y poses ión ilegal de armas en México, Periódi co la Jornada, (extracto), México. Edición de 3 de septiembre de 2000. 5 Tamaulipas, Michoacán. Oaxaca, Baja California. Distrito Federal. Sinaloa y Jalisco son los estados donde hay mayor incidencia delictiva por el uso de armas de fuego segun datos oficiales, Con los datos analizados anteriormente podemos ver la problemática que se genera por las armas de fuego , sin duda deben hacer una llamada de atención para las autoridades Mexicanas que tengan injerencia en el mismo, con el fin de que las estadísticas sean utilizadas eficazmente para hacer frente a este problema, procurando métodos de las personas, implementando los mecanismos legales acordes a la realidad actual, que no atiendan simplemente a intereses económicos, políticos. personales o sectores sociales por así convenir a sus intereses. Quien tiene la responsabilidad de elaborar el marco legal referente a la materia deben de allegarse de tos datos estadísticos y asesorarse de personal especializado en el tema para saber y entender que tipos de reformas legales deben de efectuarse sin menoscabar las garantias de los ciudadanos consagradas en el articulo 10 de nuestra Carta Magna. 1.2 ESTUDIO DE LA DIRECCION GENERAL DE REGISTRO FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y CONTROL DE EXPLOSIVOS, COMO INSTITUCION BASICA DEL CONTROL DE ARMAS DE FUEGO. La Secretaría de la Defensa Nacional es una dependencia de la Administración Publica Federal de quien depende la Dirección General del Registro Federal de armas de Fuego con domicilio en Aven ida Ejercito Nacional, esquina con Anillo Periférico, Colonia Irrigación, Delegación Miguel Hidalgo, en México Distrito Federal , cuyo objetivo primordial es regular las actividades encaminadas en la Ley Federal de Armasde Fuego y Explosivos y su reglamento. Los antecedentes de esta DependenCia son los siguientes: el reglamento del año de 1927, mencionado antes, designaba al departamento ( hoy en dia Dirección), de Artillería y jefatura de operaciones como los órganos de la 6 Secretaria de Guerra y Marina responsable de los asuntos de compra venta , fabricación transporte y almacenamiento de explosivos, armas y municiones6, llega así , el 4 de octubre del año de 1960, día en que por decreto presidencial de estas fecha se crea la sección sexta ( S-6) , " Armas y Explosivos" del Estado Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional (E.M.D.N) ; el trabajo administrativo de esas dependencias aumento considerablemente en volumen e importancia a través de los años siguientes por lo que el 1 de junio de 197 4, esta dependencia es separadas del Estado Mayor para crear el Departamento del Registro Federal de Armas de Fuego y Explosivos; aun con lo anterior dichas actividades continuaron tomando auge e importancia por lo que el 16 de junio de 1982 nuevamente cambia de denominación y pasa a llamarse como actualmente se le conoce : Dirección General del Registro de Armas de Fuego y Control de Explosivos7 , teniendo hoy en día, en una forma muy general la estructura orgánica siguiente : A. Dirección General. a. Secretaria Particular. b. Asesoria Jurídica. B. Sección Administrativa. C. Subdirección de Control de Explosivos. D. Subdirección del Registro Federal de Armas de Fuego. De esta ultima se desprenden, las secciones siguientes que para efectos del presente trabajo son las que nos interesan. • Sección de Registro de Armas. Es la encargada de realizar el cambio de propietarios, registro de armas, altas y bajas por diversos motivos, correcciones o actualizaciones de datos, mediante formatos ya 6 Art iculo 39, Reglamento para la compra venta, fabr icac ión, transporte y almacenamiento de ex plos ivos, annas y municiones. Edit. , Secretaria de Guerra y Marina, 15-Dic- 1927. 7 Cfr. S.D.N ., Revista del e jercito y fuerza aérea Mexicanos , é ,.ioca 111 , año 87, No. octubre 93 7 establecidos, así como la expedición de copias certificadas y captura de la información generada por estos conceptos . • Sección de Fabricación y Comercialización. Es la encargada de llevar los tramites relativos a la compra y venta de armas, sus accesorios, la fabricación . la exportación e importación, municiones y componentes. • Sección de Licencias. Esta materializa los tramites relacionados con las licencias de los clubes de tiro, coleccionistas de armas y museos de armas. asi como las licencias particulares y oficiales de potración de armas. siempre y cuando haya un previo registro de las armas. Ver organigrama completo en el "ANEXO Aft • En las dependencias o a través de los Cuarteles Generales de las Regiones o Zonas Militares por lo general se realizan todos los tramites, excepto lo concerniente al registro de armas, pues por ser el tramite mas común y para comodidad de la población civil se tienen oficinas foráneas en el interior del país , adscritas a los Cuarteles Generétles de Región Militar, Cuarteles Generales de Zona Militar y en caso que por cuestión de las distancias asi lo exijan, este tramite se puede realizar también en las diversas unidades y dependencias del Ejercito y Fuerza Aérea diseminadas en el interior del pa ís, quienes en forma por demás expedita y eficaz remiten la documentación generada al Registro Federal de Armas. De lo expuesto en este subcapítulo puede observarse que la Secretaria de la Defensa Nacional ha sido desde siempre a quien legalmente se le ha asignado la responsabilidad de la legalización y control de las armas de fuego, ya que cuenta con personal con preparación técnica especializada, con una estructura orgánica, oficinas creadas expresamente para ello en el interior del pais. por lo que se ha generado a través del tiempo mecanismos, criterios y procedimientos acordes a tal fin, razón por la cual esta dependencia Federal continua con esta responsabilidad ya Que se le han sido conferidas leyes y reglamentos . 1.3 FUENTES HISTORICAS DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS. La actual Leyes Reglamentaria de! artículo 10 de la Constitución Federal y fue publicada en el Diario Oficial de la federación de 25 de enero de 1972 y según el artículo 1 transitorio entró en vigor quince días después de su publicación . Desde entonces ha tenido reformas y adiciones en varias ocasiones. La primera, según decreto presidencial de fecha 15 de noviembre de 1984 a los artículos 3, 5,10,11,12,14,17,18,19,26, 41 , 43,59,77,78,81,82,83,84, 85,86,87, Y 90; el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación de 8 de febrero de 1985, estando en vigor al día siguiente: La segunda a los artículos 83, 83 bis, 84 , 85 Y 86, según decreto presidencial de fecha 29 de diciembre de 1988, el cual entro en vigor elide febrero de 1989. La tercera a los artículos 77 fracciones I y 111 además se le adiciono un párrafo final, 81 y 83 primer párrafo, fue publicada en el Diario Olicial de la Federación de fecha 22 de julio de 1994, entrando en vigor al día siguiente; según decreto presidencial de fecha 20 de julio de 1994. Otra reforma fue por decreto Presidencial de 9 de diciembre de 1995 a los artículos 26, 29, 40 primer párrafo, 51, 52, 78 Y 79; se adicionó un segundo y tercer párrafo al artículo 24 y segundo párrafo al artículo 32, se derogó el segundo párrafo del artiéulo 4; se publicó en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de diciembre de 1995, entrando en vigor al día siguiente. También hubo una reforma a los articulos 77, 81, 82 , 83 Y 85 Y adiciones 83 ter, 83 quat, 84 bis, 84 ter, 85 bis con fecha 24 de diciembre de 1998, entro en vigor 90 días después. Este fue el primer ordenamiento que recibió el carácter de ley en esta materia y sus antecedentes son los siguientes: a) El Reglamento para la Compra- Venta , Fabricación, Transporte y Almacenamiento de Explosivos, Armas y Municiones de fecha 15 de diciembre de 1927. b) Reglamento para la Portación de Armas de Fuego de fecha 30 de agosto de 1933. c) Reglamento para la Compraventa, Trasporte y Almacenamiento de Armas de Fuego, municiones, Explosivos, Agresivos Químicos y Artificios y uso y consumo de estos tres últimos, de fecha 19 de mayo de 1953. d) Reglamento para la Fabricación, organización, Reparación, importación y Exportación de Armas de Fuego, Municiones. Explosivos, Agresivos Químicos y Artificios, también de fecha 19 de mayo de 1953. Todos estos ordenamientos, expedidos por el Ejecutivo Federal con la facultad Que le confiere el artículo 89 fracción I Constitucional; designado a la Secretaría de la Defensa Nacional, antes denominada: Secretaría de Guerra y Marina, como la dependencia responsable de su aplicación; así lo expresan los propios reglamentos. Un grupo de 17 Diputados federales encabezados por el Diputado Francisco Reynoso Nuño, el 12 de Diciembre de 1998 presentaron una iniciativa de ley de Armas de Fuego y Explosivos de menos dE" 20 páginas- en la cual se incluía la exposición de motivos, artículos transitorios y el discurso del Diputado. Esta iniciativa estaba integrada por 54 articulas , 37 menos que la Ley vigente pretendiendo abrogar a la ley de 1972. Esta iniciativa nunca fue aprobada, ya Que era confusa , tenia conceptos vagos, era muy simple y falta de términos lécnicos ya lO no precisaban la problemática real y no fortale.:;ia al Registro Federal de Armas de Fuego; si se hubiera aprobado dicha iniciativa hubiera sido difícil el control y legalización de las armas, de manera breve mencionaremos lo siguiente: En la cual se pretendía incluir a las autoridades municipales para crear oficinas municipales del Registro Nacional de Armas de fuego, pero se considera que es un poco práctico porla enorme cantidad de Municipios que existen. Un ejemplo es que estos tienen armas que no están en las licencias y que no llevan un buen control de las armas que son perdidas, robadas o inútiles; es por esa razón que una autoridad Municipal no tiene la suficiente capacidad y responsabilidad para controlar todo este armamento que se tiene. La clasificación que hacían de las armas dejaban totalmente a un lado el aspecto balistico y técnico de las mismas, desde el punto de vista de sus características y funcionamiento, pues las clasificaban en uso civil. oficial, militar y prohibidas. siendo que técnicamente las armas originales son diseñadas para uso militar. 1.4 FUNDAMENTOS. La Ley de la materia en vigor carece de un apartado de definiciones meramente técnicas respecto a las armas de fuego y sus accesorios así como de sus municiones, lo cual ocasiona que en la práctica. al poner en aplicación dicha norma se preste a múltiples confUSiones o contradicciones por parte de quienes intervienen, en dichos actos toda vez que en ellos intervienen en muchas ocasiones, personal Militar, Policiaco, Licenciados en Derecho, entre otros y no siempre trabajan en forma conjunta o coordinada; esto trae como consecuencia que no exista una unificaciór de conceptos. Por lo anterior se ha considerado necesario incluir este tema en el presente trabajo para una mejor comprensión del mismo. 11 Conceptos Utilizados por Organismos Internacionales en el control de las armas de fuego. 1.4.1 Conceptos y Clasificación General de las Armas de Fuego en México. A continuación se mencionaran algunas definicionesª, de lo que son las Armas de Fuego, tomadas de la bibliografía citada al pie de pagina-, utilizados en la doctrina Mexicana, específicamente desde el punto de vista técnico del Registro Federal de Armas de Fuego. Arma de Fuego:- ( Deriva del latín, arma, orum, armas ) Instrumento que sirve para atacar o defenderse, de dimensiones y formas diversas cuya finalidad es lanzar proyectiles a través de un tubo cañón, aprovechando los gases que se generan por la deflagración de la pólvora contenida en los cartuchos. Normalmente se identifican por aspectos básicos a saber: Tipo de arma, Marca, modelo, Calibre, matricula ( numero de serie) , tipo de funcionamiento, puede incluirse también el país de origen cuando exista la seguridad de saberlo por los datos anteriores o bien si el arma lo tiene expresamente. Fusil:- ( Del Francés fusil , antiguamente eslabón de encender fuego). Arma de fuego portátil que consta de un cañón de anima rayada, de pequeño calibre, con mecanismo de disparo que puede ser de repetición , semiautomático o automático. Revolver:- ( Del ingles revolver, de to revolve r, dar giros) . Arma de fuego que tiene el cañón fijo y los cartuchos están dispuestos en recamaras taladradas, en un cilindro giratorio de modo que la presión del debo en el disparador permite sucesivamente colocar una recamara cargada frente al cañón y disparar. 8 Cfr . S.D.N. Manual de aspecto Tecnicos de l S.M.G Defini ciones. Edil. S.D.N. 1994.P.263 a 276. 12 Pistola:- ( Del germánico, pistole). Arma de fuego de cañón corto, ligera y de dimensiones muy reducidas, la cual se abastece por medio de cartuchos contenidos en un cargador el cual se coloca en el interior del receptor y se carga haciendo retroceder la corredera o carro. Escopeta:- ( Deriva del Italiano schiopelto, diminutivo de schioppo, fusil de caza). Arma de fuego de uno o mas cañones, original y generalmente de anima lisa, aunque en la actualidad se fabrican con anima rayada , pudiendo ser de avancarga o retrocarga, se caracteriza por lanzar un conjunto de postas ( proyectiles esféricos) en cada disparo. Carabina:- ( voz originalmente Italiana). Fusil corto y ligero con cañón de anima rayada , de pequeño calibre , pudiendo ser de funcionamiento automático, semiautomático o de repetición. Cartucho:- (Deriva del vocablo Italiano catuccio, que a su vez deriva del latín Carta que significa Papel, debido a que los primeros cartuchos eran de papel para facilitar la carga). Unidad completa y ensamblada de una munición para arma de fuego: se compone de casco, pólvora o carga de proyección, proyectil y cápsula. Termino usualmente aplicado solo para municiones de armas individuales o portátiles. En el caso de las escopetas consiste en un cilindro generalmente de plástico, antiguamente de cartón o metálico cerrado en su parte frontal por medio de un corrugado, en cuyo interior contienen varios proyectiles esféricos. Calibre:- Termino derivado del latin " Que libra" ( Que libra), inicialmente aplicado al peso de un proyectil y posteriormente a su diámetro. Actualmente se refiere al diámetro exterior de un proyectil y al diámetro del interior del cañón ( anima) , se expresa a preferencia y cierto de los fabricantes ya sea en medidas 13 del sistemas inglés, pulgadas; o bien en el sistema métrico decimal por lo regular en milímetros. Es importante hacer notar que las expresiones .22, .25, .32, .38 , .380, .357 y otros similares, son calibres que están dados en pulgadas, la Ley en vigor no lo especifica; es decir su expresión correcta es: .22 de pulgada ( punto 22 de pulgada ) y así con los demás calibres de esta medida. Los calibres expresados en milímetros no tienen mayor problema. El llamado calibre de las escopetas es una medida especial, exceptuando las de . 410 de pulgadas y 9 milímetros, así tenemos por ejemplo: que una escopeta designada comúnmente como calibre 12 quiere decir que su munición pesa 1 /12 de libra, por lo tanto la forma correcta y técnica de referirse a las escopetas será: " Escopeta de cañón del numero 12, 16, 20, 28 y así sucesivamente". Aun la ley en vigor contiene este tipo de errores de carácter técnico, pues al referirse a las escopetas menciona la expresión: " Escopeta calibre ... 9" Rifle:- ( Del ingles rifle , de to rifle , estudiar un cañón) . Nombre tradicional con que se designa a las Armas de fuego individual de calibre 0.22" de pulgada o su equivalente en milímetros, con el fin de diferenciarlos de los fusiles de asalto. Pistola- Ametralladora:- ( Ametralladora, deriva de metralla y este del francés mitraille, munición menuda). Arma de fuego pequeña, de funcionamiento semiautomático y automático con gran cadencia de tiro; de poco peso, en un promedio de cuatro Kilogramos; muy manejable; por lo general tiene el mismo alcance efectivo que las pistolas , de ahí deriva su nombre. De una forma no técnica se les identifica como metralletas. 9 Cfr . Ley Federal de Annas de Fuego v explosi vos, México. Edit. S.D.N. 1996. Art. 9. 10 fracc ión 111 ' 11 fracción e. 14 Marca:- ( Del Alemán , mark, señal ). Se refiere a la marca registrada. Es el nombre o siglas reconocidas legalmente para uso exclusivo del fabricante para efecto de propiedad industrial , pudiendo ser nombre, apellidos o numero y letras. Modelo:- ( Del Italiano, modello y este del latín modulus, molde). Diseño y estilo que la marca de un arma le asigna a la misma, que como tal suele registrase con fines legales y de identificación, por lo común se designa por medio de letras o números. Matricula:- ( Del latín matricula, se usaba en listas de personas que oficialmente se inscribían para un fin). Seriación numérica o alfanumérica en forma progresiva asignada de forma individual a cada arma a fin de identificarla en forma indubitable. Bala:- ( Del Francés bale y este del germánico, ba//a, bola, fardo) . Es el objeto o proyectil lanzado por un arma de fuego, generalmente compuesto por un núcleo de plomo o acero, cubierto por una camisa normalmente de cobre y de forma oblonga. Para las escopetas existe una variación pues son varios proyectiles esféricos por lo regular de plomo sin cubierta alguna. Balística:- ( Deriva del latín balista y este de lanzar o arrojar en griego)Ciencia que estudia los proyectiles de las armas de fuego en movimiento así como sus efectos y los fenómenos que con ello se relacionan. La armas de fuego tienen a su vez una serie de clasificaciones atendiendo a diversos aspectos 10, a continuación se mencionan los que se consideran tienen '° Cfr . S.D.N Manual de aspectos Técnicos del S. M.G. Clas ifi cac ión del Armamento. Edit. S.D.N. 1994.P 121a 126 15 mas relación con el presente documento y que pueden ser aplicables a la Ley de la Materia pues también carecen de ello. Por su Peso y Transporte en: Armas portatiles. Son aquellas que para su transporte y empleo no requieren mas de un solo individuo, a este tipo de armas también suele lIamárseles individuales. Ejemplo: pistolas, revólveres, escopetas. Armas semiportatiles. Son aquellas que para su transporte se dividen en dos o mas cargas, aunque para su empleo solo se requiera de una persona en ocasiones, a este tipo de armas también se les llama colectivas. Algunos de ametralladoras ligeras caen dentro de esta clasificación. Armas pesadas. Para su transporte requiere ser remolcadas por vehículos a motor o acémilas, por ejemplo, obuseras y algunos tipos de morteros de entre otras. Por su Longitud ( del cañón) en: Annas cortas. Revólveres , pistolas ametralladoras y pistolas. Armas largas. Rifles, escopetas, carabinas y fusiles. Por su Funcionamiento en: Armas de repetición. Accionadas por el mismo tirador al operar el mecanismo de acerro¡amiento y percusión tantas veces como disparos se deseen efectuar. El tipico Fusil Mosquetón es url ejemplo. Armas semiautomaticas Los gases producidos por la combustión de la pólvora de un cartucho disparado, interviene aGcionando los conduclos móviles del 16 arma hasta completar su ciclo y el disparo se produce al volver a accionar el disparador. las pistolas y tusiles ejemplifican este tipo de funcionamiento. Armas automáticas, Son aquellas en que los gases producidos por la combustión de la pólvora del cartucho disparado, intervienen accionando los conjuntos móviles del arma hasta completar el ciclo de funcionamiento; el disparo se produce ininterrumpidamente mientras el disparador se encuentre oprimido y tenga cartuchos útiles en la vía de alimentación . Fusiles o Ametralladoras ejemplifican esta clasificación . Por su Calibre en : Armas de pequeño calibre. Son aquellas que son menores a 20 milímetros y sus equivalentes en pulgadas. Armas de medio calibre. Comprenden aquellas de 20 hasta 100 milímetros y sus equivalentes en pulgadas. Armas de grueso calibre. Aquellas que son superiores a 100 milímetros así como sus equivalentes en pulgadas. Por el Numero de personas que las Operan: Individuales. Para su manejo solo requieren de una persona como las pistolas, revólveres, pistolas ametralladoras, rifles , fusiles y escopetas. Colectivas. Para su operación se requiere de mas de una persona, tal es el caso de las ametralladoras, cañones , morteros de entre otras. 17 Por la Forma Interior de su Cañón: Liso. Aquella arma que su cañón se asemeja a un tubo cualquiera, el típico ejemplo es la Escopeta. Rayado. Es el curso helicoidal de las estrías del cañón de una arma de fuego, cuya función es imprimir al proyectil un movimiento de rotación sobre su eje longitudinal. Por lo general, casi todas las Armas cuentan con rayado. Es evidente que con la inclusión de los conceptos anteriores en la legislación de la materia se evitarían muchas confusiones, conceptos · inadecuados, frases o expresiones técnicamente mal aplicadas e incongruentes tales como : " metralletas", " pistola revolver", " pistola tipo escuadra", "escopeta calibre ... ", " pistola calibre .380 milímetros", de entre otros y que muchas veces son incluidos en documentación oficial como averiguaciones previas o peritajes realizados por personas que no tienen la capacitación técnica adecuada para esta materia. Los conceptos y apariencias de las acciones que se están llevando a cabo en el seno de los países y organizaciones mencionados en este tema fueron consultados en la bibliografía citada al pie de página. 11 1.4. 2 Organización de Estados Americanos y el control de armas de fuego. El concepto de Arma de Fuego es utilizado por la Organización de Estados Americanos y el cual se transcribe a continuación : " Cualquier Arma que conste de por lo menos un cañón por el cual una bala o proyectil puede ser descargado por la acción de un explosivo y que haya sido diseñada para ello o pueda 11 Calhoun L.H , Tráfico de armas peguerlas; ¡ es controlable ; la proliferac ión de annas pequeñas y portátiles ilega les, USA. Depto. Edo., periódico electrónico Vol.6 , No. 2, Junio 200 1. 18 convertirse fácilmente para tal efecto, excepto las armas antiguas fabricadas antes del siglo XX o sus replicas.12" Esta definición se adoptó en la legislación de la materia de algunos países, un ejemplo de ello podemos mencionar a la Republica de Bolivia 13 . Esta definición no es muy buena por lo que no está de acuerdo ya que pudiera darse el caso de una arma de fuego fabricada antes del siglo XX, sea utilizada para cometer algún acto ilícito y por no considerarse como arma, la persona que cometa algún acto indebido con ella fácilmente quedaría impunes y todos debido al error conceptual o al concepto mal aplicado. Pensemos que en nuestra actualidad existan una o varias armas de esa época y estas funciones correctamente y puedan causar lesiones o privar de la vida a un ser humano. 1.4.3 Organismos de Naciones Unidas y el control de armas de fuego. La Organización de las Naciones Unidas utiliza los conceptos que se mencionan a continuación : De manera general las armas de fuego pequeñas están compuestas de una diversidad de instrumentos letales los cuales consisten de revólveres, pistolas, pistolas ametralladoras ligeras con sus respectivos accesorios. Podemos observar que no hay una definición unive rsalmente aceptada respecto a lo que son las armas pequeñas, y esto depende de la doctrina que se genera en cada país y al criterio de los fabricantes considerando que el término se encuentra en las armas de fuego y municiones, las cuales pueden ser manejadas 12 Cfr . O.E.A. Convenc ión interamericana contra la fabricación y el trafico ilícito de armas de fuego. municiones explosivos y otros materiales re lacionados. 13-Nov- 97 13 Cfr. Art . 4, Ley de Armas , Municior.es. Explos ivos v Agentes Químicos de Doble Uso , Edi1. Republica de Boli via. Enero 2002. 19 y transportadas por una sola persona, siendo diseñadas para la Fuerza Armada, entendiéndose por esta al Ejercito, Fuerza Aérea y Armada de cada pais. Por lo que respecta a las armas de fuego portátiles con aquellas que por lo común son mas grandes, pesadas y para su manejo y transporte se dividen en varias partes, interviniendo varias personas, los tipos de armas que pueden ser son ametralladoras pesadas, lanzagranadas, lanzacohetes, algunos tipos de morteros, etc. Dichas armas se ubican debajo de las siete categorías de armas pesadas que marca el Registro de Armas Convencionales, de la Organización de las Naciones Unidas, por lo que se consideran como una categoría intermedia entre las armas pequeñas y las armas pesadas. Las armas pesadas, pequeñas y portátiles se producen en gran cantidad y disponibles en abundancia, en comparación con los sistemas complejos, ya que son mas fáciles de ocultar, requiere poco mantenimiento, adiestramiento y apoyo logístico. 1.4.4 La Organización de la Naciones Unidas. La Organización de la Naciones Unidas se ha mantenido al margen para registrar la proliferación de armas de fuego. Se han reclamado algunas acciones basándose en sus iniciativas previas para combatir el uso criminal y el comercio ilicito de las Armas de Fuego, en años recientes la Asamblea General de las Naciones Unidas ha aportado variasresoluciones, que propagan acciones en todos los niveles. La resolución 46/36 H del 6 de diciembre de 1991 pidió a los estados Que frenaran el tráfico ilícito de armas mediante un mejor control de las reservas y transferencias y estimular la tarea, en todo nivel, para armonizar las leyes y procedimientos pertinentes. Esta resolución tenia una serie de medidas indicativas a ser aplicadas a nivel nacion<'l.l , regional e internacional. 20 La resolución 50/70 B del 12 de diciembre de 1995 requirió del Secretario General que estableciera un grupo de expertos gubernamentales para preparar un informe sobre la naturaleza y causas de los problemas con las armas de fuego. El grupo de 16 Naciones se estableció y se reunió por primera vez el 24 de junio de 1996, y volvió a reunirse en Julio de 1997. En octubre de 1997 el grupo emitió un informe que analizaba la naturaleza y causas de los problemas de las armas de fuego y ofrecia varias recomendaciones para que los Estados emprendieran acciones voluntaria para ocuparse del problema. La resoluciones 52/38 J de 1997 estableció un segundo grupo de 23 miembros que se reunió en 1998 para examinar la aplicación de las recomendaciones del primer informe, sugerir medidas ulteriores y examinar la factibilidad de celebrar una conferencia internó.cional sobre todos los aspectos del trafico ilicito de armas de fuego. Las resoluciones 51/45 N de 10 de diciembre de 1996 y 52/38 G del 9 de diciembre de 1997 fueron las primeras concedidas para ocuparse de los aspectos del desarme posterior a los conllictos. Recalcaron la importancia y los beneficios de instituir ciertas medidas practicas de desarme durante los conflictos y después de ellos, medidas tales como recoger, controlar y destruir las armas de fuego, la desmovilización y reintegración de excombatientes y las maneras de restringir la producción y las transferencias ilicitas. La resolución 54/54 V del 15 de diciembre de 1999 propuso una conferencia intemacional sobre " el comercio ilicito de armas" a celebrarse en verano de 2001. Especificaba la resolución que la conferenci.:"l debe preparar un programa de acción mundial como su resultado principal. Las expectativas en torno a las perspectivas de la conferencia a la fecha ya han alcanzado altos niveles, aunque se reconoce que falta mucho por hacer. 21 Las Naciones Unidas con las acciones de las Armas de Fuego no se limita a la Asamblea General. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas reconoció que había un problema creciente el cual lo dio a conocer en su declaración de Septiembre de 1999. Estando integrados los mas altos niveles de las Naciones Unidas, El Secretario General en la introducción lanzó en enero de 1995 un toque de clarín respecto de las acciones de las Armas de Fuego. En el " Programa para la paz~, se observó un progreso logrando un tratamiento de destrucción en masa alentando a [a Comunidad Internacional nuevamente a las armas que realmente matan centenares de gente, y las armas que intervienen son las pequeñas y portátiles ocasionando conflictos en las Naciones Unidas, como respuesta al secretario General se desarrollaron varias iniciativas que continúan . Un ejemplo, de ello tenemos que en Noviembre de 1997 México, Estados Unidos y otros 26 Gobiernos del Hemisferio occidental firmaron una convención contra el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones y materiales explosivos. Este tratado señala que los Estados llevan un mejor control en la frontera, marquen las armas e intercambien alguna información sobre fabricantes, negociantes, importadores y exportadores de armas de fuego. 1.4.5 Naciones no Alineadas. En agosto y septiembre de 1998 en Durban, Sudáfrica, se llevo acabo la cumbre de las Naciones no Alineadas en donde los jefes de Estado se preocuparon por la circulación y transferencia ilícita de las armas pequeñas y su proliferación, por lo que consideran que esto ocasiona una amenaza muy grave para las naciones no aliadas, Las personas que asistie ron a la Cumbre les urgía que se tomaran las medidas necesarias para evitar los problemas ocasionados por las armas de fuego ya sea con medios administrativos y legislativos, por lo que a los productores y naciones se les notifico reducir la producción y comercio de armas convencionales. 22 1.4.6 Organizaciones no Gubernamentales. Para aumentar la concientización de la comunidad Internacional, preparan recopilaciones de datos efectivos y asumir la carga de la investigación académica han ayudado a galvanizar la acción de los Gobiernos en apoyo a las armas pequeñas. Las Organizaciones No Gubernamentales- ONG- han patrocinado conferencias y participado en la mayoría de estas, existe un estimulo constante de una cooperación entre los Gobiernos, la Sociedad Civil y la ONG, asegurandO que el progreso en el terreno de las armas será firme y acumulativo. 1.4.7 Estados Unidos de Norteamérica, En la reunión Ministerial Especial del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de Septiembre de 1999, Estados Unidos inicio varias medidas concretas, que puso en practica en los años siguientes. Estas medidas incluyen: - Compromisos de revelación tolal y oportuna, de los envíos de armas que se transfieren a regiones o zonas en conflictos. - Apoyo internacional a una moratoria voluntaria de las ventas de armas que podrían alimentar conflictos relacionados entre si. - Reuniones de gobiemos y organizaciones internacionales y no gubernamentales para intercambiar información sobre transferencias regionales de armas. - Ayuda incrementada a la capacidad para observar e interceptar flujos de armas y fortalecer la aplicación de sanciones. - Aprobación de legislación nacional para declarar delitos las violaciones de embargos de armas obligatorios y otros regimenes de sanciones. - Apoyo a la puesla en vigor efectiva del protocolo sobre armas de fuego y el acuerdo multilateral que registre la exportación de sistemas defensivos que puedes ser transportados por una sola persona. Estados Unidos a participado en una gran variedad de reuniones, conferencias y seminarios internacionales, las cuales incluyen el Grupo de Expertos Gubernamentales de la Organización de las Naciones Unidas con 2l respecto a las armas pequeñas. en la cual existen unos informes de 1997 y 1999 en donde se establecen recomendaciones que Estados Unidos ha endosado. Se llevó acabo del 9 al 20 de julio de 2001 en la sede Central de las Naciones Unidas una conferencia en la cual Estados Unidos ha sido uno de los participantes. con el objetivo de llevar acabo un programa de acción politicamente obligatorio para que se evite el comercio ilícito de armas de fuego. Estados Unidos seguirá siendo uno de los paises para resolver el problema de las armas de fuego, el principal proveedor de fondo para la destrucción de excedentes de armas de fuego, dando asistencia y entrenamiento a los paises afectados y así poder luchar contra la acumulación excesiva y desestabilizadora de armas, en la cual seguirá trabajando para crear un consenso en el Programa de Acción para un Régimen Mundial para las armas de fuego, que resulten contra el comercio ilicito. 1.4.8 l a Organización de Estados Americanos. " Convención lnteramericana contra la fabricación y trafico ilícito de armas de fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados", es un documento que fue aprobado el 13 de Noviembre de 1997, durante la sesión planearía. Asimismo, en vista de la convicción de los Estados miembros de la OEA de la creciente importancia que ha adquirido el trafico de armas de fuego. sus partes, sus componentes y sus municiones constituyen un riesgo especifico a su seguridad y bienesta r. y que aquellas medidas que fomenten la cooperación entre ellos, en particular mediante la promoción de conlroles armonizados de la importación y exportación en el comerciolegal internacional de armas de fuego y de un sistema de procedimientos para hacerlos aplicables, coadyuvará a prevenir el comercio ilegal entre los paises involucrados, motivo por el cual fue elaborado el • Reglamento Modelo para el Control del Trafico Internacionales de Armas de Fuego, sus Panes, Componentes y Municiones~. 24 Se ha observado Que la comunidad internacional ha demostrado voluntad política y energía para enfrentar el problema de las armas de fuego, teniendo un buen comienzo ofreciendo la conferencia del 2001 de las Naciones Unidas de sentar cimientos sólidos para un régimen mundial efectivo. Dada la gravedad del problema es probable Que una solución de largo plazo, pueda distante en el futuro, mitigar los efectos negativos mas inmediatos y devastadores requiera creatividad, flexibilidad y enfoque multifacéticos en varias disciplinas. Por lo Que podemos concluir Que la problemática de las armas no es solo la posesión y portaci6n como derechos constitucionales con fines de seguridad y legítima defensa, si no Que abarcan otros aspectos como utilización en actos ilícitos deliberados por otros conocidos, en el comercio en general , fabricación, almacenamiento, mantenimiento y reparación hasta los métodos y formas de destrucción cuando ello sea necesario, es por lo Que se deben de establecer mecanismos de legalización, control y vigilación en nuestra realidad en la Que ahora nos encontramos, permitiéndoles dar seguimiento en su vida útil y una identificación de las armas en forma indubitable. Con lo anteriormente expuesto damos por concluido el capítulo primero, el siguiente capitulo estará enfocado al Control de las armas de fuego y su Marco Normativo, enfocando al Marco Jurídico Nacional. 25 CAPITULO 11 EL CONTROL DE LAS ARMAS DE FUEGO Y SU MARCO NORMATIVO CAPITULO SEGUNDO EL CONTROL DE LAS ARMAS DE FUEGO Y SU MARCO NORMATIVO. En este capítulo plantearemos un análisis respecto al marco normativo vigente en nuestro país para lograr un mejor control sobre las armas de fuego desde el punto de vista de las Instituciones autorizadas para este fin , con un enfoque dirigido directamente a los objetos principales de este tema que son las armas, haciendo previamente un breve resumen histórico respecto a diversas acciones gubernamentales en distintas etapas de nuestra historia para tratar de obtener un control sobre estos objetos. 2.1 CONSTITUCIONAL Aparecen por primera vez las armas de Fuego en México en 1519 con la llegada de los españoles al mando de Hernán Cortes. Determinadas autoridades Mexicanas han hecho intentos para controlar las armas de fuego que surgieron en diversas ocasiones, esto quiere decir que no es nuevo en nuestro País, aunque son diversos en origen, motivo, frecuencia y magnitud. Consumada la conquista las autoridades establecidas tenían el conocimiento que el Ejército Azteca había sido poderoso y disciplinado, tomando de inmediato medidas para controlar las armas de fuego. Teniendo un temor de que los aguerridos Mexicanos se reorganizan militarmente, los Reyes Españoles y súbditos radicados en tierras de Nueva España prohibieron a los Indios que portasen armas 14 . Gonzalo Díaz de Vargas alguacil mayor y regidor de la Ciudad de los Ángeles en mayo de 1556, propuso que " para el buen gobierno", ningún 14 Lozaya, J. a. , El Ejerci to Mexicano, México, Edit., El Colegio de México, l 984, P 16. 26 Indio pudiera cabalgar y tener armas 15 . El autor de la nota anterior posiblemente haga referencia a la hoy Ciudad de Puebla, ya que esta fue fundada por los españoles en el año de 1530, con el nombre de: Puebla de los Ángeles; dichos antecedentes establecen que fue solo una propuesta no teniendo la seguridad si tomo o no algún carácter de tipo legal , durante los 3 siglos coloniales, las leyes dictadas se caracterizaron por ciertos aspectos y son los siguientes: No obedecían a un plan previo; muchos de estas leyes se distinguían por su espíritu casuístico es decir, singular y no general ; adolecían, en lo general , de graves defectos técnicos; no estaban redactadas con precisión y de modo imperativo aconsejaban en lugar de mandar16. En años anteriores a la Independencia se tiene el conocimiento de un decomiso de armas, esto para evitar rebeliones armadas, decretando recoger todas las armas de individuos no pertenecientes al ejercito a fines de 1834. En aquel año era Presidente de la Repúbiica, el no muy celebre Antonio López de Santa Anna-17. Aunque no se precisa el lugar y las personas a quienes se les efectuó este decomiso de armas, es importante hacer notar que dicho movimiento de Independencia se desarrollo en una buena parte del territorio Nacional y aunque en un principio el Ejército de Hidalgo era una chusma inmensa, indisciplinada, sin fusiles y sin recursos para adquirirlos, por lo cual difícilmente se podía concebir el movimiento como una operación Militar. Morelos realizó una carta el 19 de noviembre de 181 O en la cual expreso lo siguiente: " Veo de sumo interés escoger la fuerza con que debo atacar al enemigo, mas bien que llevar un mundo de gente sin armas ni disciplina ", obteniendo en el campo las armas para luchar por la Independencia, 18 y una vez cu lminado dicho movimiento quedaron diseminadas entre los insurgentes. Por lo que podemos darnos cuenta que los periodos Presidenciales de Santa Anna se han caracterizado por tener conflictos 15 Fuente, Gloria, El E1ercito Mexicano, México, Ed it. Grijalbo, 1983 , P 167 . 16 Cfr. Cue Canovas, Agustin, Historia soc ial y Económica de Méx ico, Edit. Trill as. 1987, P 168 y 169. 17 Op. Cit. Fuente, Gloria. P.3 1 18 Cue Canovas, Agus1in. OpCi t., P.2 15, 2 19 y 220. 27 de diversa naturaleza. Con todo lo anterior podemos deducir que antes no había armas de fuego en la Ciudadanía o bien era mínimo. Santa Anna, al año siguiente abolió el federalismo y adoptando el centralismo, provocando disgusto en algunos Estados, entre los cuales es Zacatecas, porque era el Estado mas rico y poderoso de la federación , levantándose en armas en los primeros meses de 1835, para defender su sistema Federal, siendo vencidos por Santa Anna y sus tropas , despojados de sus Armas y Municiones, saqueado su tesoro público y mutilado su territorio.19 El Licenciando Benito Juárez García, era Presidente de la República durante la invasión francesa. Ante el inminente avance del Ejército Francés con la finalidad de lograr la pacificación del país y auxiliar las operaciones del Ejército Mexicano, el 17 de abril de 1862 se emitió un decreto el cual en su artículo 3 dice: " Se autoriza a los Gobernadores de los Estados, para que expidan partes para el levantamiento de guerrillas, discrecionalmente y según las circunstancias; pero las guerrillas que se encuentran en lugares distantes, diez leguas del punto donde haya enemigos, serán castigados como cuadrillas de ladrones". Mas adelante en su artículo 6 dice: " Sufrían la última pena como traidores, todos lo que proporcionen víveres, noticias, armas o que de cualquier otro modo auxilien al enemigo extranjero".20 El Presidente Juárez omite un decreto con el numero 5644 denominado "reglamento de guerrillas" el 23 de mayo de 1862, el cual en el artículo 1 establece que: " Nadie podrá levantar guerrilla alguna sin la patente respectiva , que le expidiera en el Distrito, el Ministerio de Guerra y en los estados los generales en jefe o Comandantes Militares de los mismos Estados o de sus respectivos Gobernadores debiendo unos y otros dar cuenta al Ministerio para su aprobación, ... ".21 '" lbidem P.33 1 y 332. 10 Manual de Guerra irregular, Edit. S. D.N. Mexico, 1970.P -1 09. 21 lbidem. P- 11 l. 28 De los anteriores documentos observamos que el Presidente Juárez dio la autorización para la creación de fuerzas irregulares con el afán de ayudar a las regulares en la lucha contralos invasores y asimismo poder ayudar a la pacificación del país habiendo una notoria intención en donde las guerrillas tendrían que actuar dentro de un marco normativo, interviniendo en determinados territorios y castigando a aquellos miembros que cometieren abusos ya que estas guerrillas contaban con armas para llevar acabo su tarea las cuales estaban conformadas por personas que no pertenecían al ejército y no estaban bajo el mando de los militares, se pretendía que con la emisión de los documentos un mejor control sobre las actuaciones de los grupos armados y con los medios que contaban y que estaban el mando de una persona que contaba con algunas responsabilidades de contra! ante el Gobierno ya que así se establece en dichos decretos. Fernando Maximiliano de Habsburgo archiduque expidió el 3 de octubre de 1865 un " decreto de represiórf, en el cual eran entregados a los procedimientos sumarios, a los consejos de guerra y a todos los que se opusieran al imperio con las armas en la mano, en el cual el articulo 1 c1e dicho decreto decía que: " Todos los que pertenecieron a las bandas o reuniones armadas que no estén legalmente autorizadas, proclamen o no algún pretexto político, cualquiera que sea el número de los que formen la banda, su organización y el carácter y denominación que ellas se dieren, serán juzgados por cortes marciales, y si se declarare que son culpables, aunque sea solo del hecho de pertenecer a la banda, serán condenados a la pena capital, que se ejecutará dentro de las 24 horas de pronunciada la sentencia. El articulo 5 establecía que serian juzgados con arreglo al artículo de esta ley · Todos los que voluntariamente y con conocimiento de que son guerrilleros, les faciliten armas, caballos, pertrechos, viveres o cualquiera titiles de guerra~ . Pero este documento 5010 causo derramamiento de tanta sangre ya que las victimas fueron Generales, Jefes y Oficiales de las tropas leales a Juárez, y entre los cuales se encontraba a los Generales José Maria Arteaga y 2') Carlos Salazar; todo lo anterior llego a oídos de Maximiliano y modificó este decreto, siendo reformado el 4 de noviembre de 1866 quedando dicha reforma de la siguiente manera: " Las cortes marciales establecidas en México y en las capitales de las provincias solo conocerán de los delitos puramente militares, de las causas contra individuos de bandas armadas que, con pretexto político o sin el, recorriesen los caminos, y en ellos, en las haciendas o poblaciones que invadiesen, cometieran depredaciones, y los robos de despoblado en general. .. ".22 Estando este documento en forma paralela a los que fueron emitidos por Juárez ya como se menciona en líneas anteriores es un documento represorio, y tal es el caso que fueron sacrificados injustamente algunos miembros de las tropas leales al Presidente Juárez. En la etapa de la Revolución , la cual fue en Agosto y Diciembre de 1911 , el Presidente Madero trato de llegar a un acuerdo con Zapata para licenciamiento y desarme de las fuerzas del caudillo del sur y el indulto para los que se encontraban levantados en armas, este gobierno en dos ocasiones impulso la ley Marcial para minimizar las acciones de los rebeldes. El Gobernador Morelos Aniceto Villamar en Noviembre de 1912 solicito a los rebeldes que depusieran las armas para el reinicio las hostilidades. 23 El General Pascual Orozco estuvo en prisión por el contrabando de armas en 1909 y 1911; pero a principios de 1912, ya encontrándose fuera de prisión; Madero le dio a su mando 6000 hombres, el cual este se unió a los rebeldes el 3 de Marzo, en donde se propuso avanzar a la Ciudad de México. Este propósito no prospero por falta de parque y armas, porque el Gobierno de Estados Unidos prohibió su exportación, sin embargo Orozco continuo su rebelión con armas de contrabando procedentes del vecino país del norte.24 22 Historia General de México, vo lumen 2. Edit. El Colegio de México, México, 1998. P-883 y 887. ll lbidem. P.1093 a 1095 (ex tracto) 24 lbidem. P. 1095 y 1096. 30 En las épocas posrevolucionarias el Gobierno Federal se encargo de buscar algunos medios para controlar las armas de fuego que se encontraban en poder de la población. En 1936 fue el año mas importante y notorio ya que se encontraba un gran número de ejidatarios y campesinos que tenían en su poder armas de fuego, en las cuales estos contaban con esas armas ya que fue por la revolución y en ese tiempo el control era adecuado, fue por lo que la Secretaría de Guerra y Marina estableció que todos aqJellos que tuvieran armas estarían bajo un control de sus respectivas Comandancias Militares de su lugar de residencia. En San Luis Potosí el General Saturnino Cedillo ejercitó una gran influencia sobre la población la cual fue sencillo. Pero otros Estados como Veracruz, Jalisco y Guanajuato en estos si fue necesario desarmarlos. Creo la Secretaría un departamento llamado " de reservas" esto fue con el fin de controlar a aquellos que tenían armas de fuego. 25 Recordando que desde el año de 1927 se había expedido un reglamento respecto a las armas, siguiendo otros 3 de la misma materia pero estos fueron derogados al entrar el nuevo reglamento de 1972.26 Tradicionalmente, han sido las leyes Nacionales, mas bien que el Derecho internacional, los que prescriben los términos de la posesión y uso de las armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad y los ciudadanos, es por ello que se han hecho intentos internacionales para llevar un mejor control de las armas de fuego los cuales deben de tomar en cuenta los derechos de los Estados. Las tradiciones históricas, las normas culturales y los valores sociales afectan a la regulación de las armas. Un ejemplo de ellos es aprender a usar un arma con fines de defensa personal , deportivos, entrenamiento policial y militar el cual es permitido en muchos países. En algunos países se les permite portar armas de fuego pero deben permanecer a las fuerzas Armadas y a la Policía siempre y cuando de conformidad con las leyes nacionales, dichas armas son a las que se les proporciona a personas que tengan el cargo de oficiales , pero existe una 25 Op. Cit. Fuentes Gloria. P 122 . 26 Supra. Antecedentes de la Ley Federal de Almas de Fuego y Explos ivos. P 9. 31 excepción si son de la Fuerza Armada las armas son para el uso de su profesión , pero las leyes les permiten usarlas en actos que no sean de sus servicio, tales es el caso que en los países de Estados Unidos y México- los Ciudadanos civiles pueden hacerlos con arreglo a las Leyes. Las leyes Federales pueden dar el derecho de poseer y portar armas de fuego, pero a su vez estas están respaldadas por la Carta Magna, como es el caso de México. Con las propuestas para el control de armas de fuego de manera Internacionales debe tener muy a la vista las diferencias en orientación nacional y que los estados su cuiden de algunos aspectos o de cualquier intuición expresada en sus políticas nacionales. El derecho a poseer y portar armas de fuego quedó en México establecido en la Constitución Federal de 1857 siendo reafirmado en la de 1917. Durante ese tiempo no se tenía ni la mayor idea de que hubiera organismos o leyes establecidas para tener un control y legalización de las armas de fuego. Ya teniendo en vigencia la Constitución de 1917 se llevo un proceso lento y prolongado para que existiera una ley reglamentaria respecto al artículo 1 O, también existió un mecanismo para que se formalizara una dependencia de la Administración Publica Federal la cual es la encargada de la legalización y el control de las armas de fuego, el cual podemos apreciar en el capítulo anterior.27 La Constitución General en su artículo 1 O a la letra dice: " Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legitima defensa,con excepción de las prohibidas por la ley federal y de las reservadas por el uso exclusivo del ejercito, armada, fuerza aérea y guardia nacional. La ley Federal determinada los casos , condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas". Efectivamente el titulo 11 de la ley de la Materia, trata lo relativo a la posesión y 27 Supra. P 11 Y 12. 32 portación, esto en sus artículos 7 y hasta el 36 de lo cual mas adelante, específicamente en el capítulo 111 se hace un análisis .28 Como vemos nace como un derecho Constitucional la portación y posesión de las armas de fuego ya que se requiere de un marco jurídico el cual empezó de una manera formal , un poco incipiente desde el año de 1927, el cual es para que al haber ordenamientos legales haya una dependencia que sea responsable de regular este tipo de aspectos, por lo que a coí'tinuación se realizara un análisis al marco normativo que existe en la actualidad en nuestro país para un control y legalización de las armas de fuego. 2.2 HISTORICO. Después de lo establecido en el artículo 1 O de la Constitución , existe el artículo 90 que a al letra dice: " La Administración Publica Federal será centralizada y paraestatal, conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la federación que estarán a cargo de las Secretarias de estado y Departamentos Administrativos y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del ejecutivo federal en su operación". Por lo que respecta al artículo anterior se puede observar con claridad que es establecido a la ley reglamentaria la cual hace alusión a la Secretaría de la Defensa Nacional y lleva aparejada a la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y control de explosivos, con todo esto se ratifica lo establecido en el capítulo anterior, es decir la Dirección es un órgano de la Administración Pública Federal Centralizada, la cual depende de la propia Secretaría a la cual le son designados asuntos administrativos que van a regular los aspectos que se encuentran establecidos en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento. 28 Infl a. P 65 a 74 . 33 No se puede olvidar el articulo 80 constitucional ya que este textualmente dice: • Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo que se denominara Presidente de los Estados Unidos Mexicanostt, pues este precepto esta muy ligado al artículo siguiente. El articulo 89 de la propia Ley Fundamental dice: "Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes: Fracción VI. Dispone de la totalidad de la fuerza armada permanente, o sea del Ejército terrestre , de la Marina de Guerra y de la Fuerza Aérea , para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación". De lo anteriormente expuesto en el artículo 89 y su fracción VI , se demuestra que la Ley Fundamental , como norma superior es de donde surgen las funciones de las Fuerzas Armadas, realizados por los actos del Gobierno Constitucional. Como podemos ver los artículos y fracciones mencionados con anterioridad hacen alusión a la Seguridad Nacional , esto no es nuevo pero si es una realidad permanente, el concepto nos conduce a tener paz y orden, atendiendo al despliegue de fuerzas pollticas. sociales y militares, esto es como se puede ver, esto garantiza la tranquilidad nacional , la seguridad nacional en el cual este contempla 2 aspectos de orden internacional y de orden interno. en este último es muy poco que se implemente la ;uerza armada en forma coercitiva mediante operaciones Militares, ya que puede traer como inconveniente de hacer mas grande los problemas o crear sentimientos en la población , es por lo que se hace uso de las instituciones en otros aspectos, uno de ellos es el administrativo que realiza la Secretaria de la Defensa para el control y legalización de las armas de fuego, esto es respecto a los efectos negativos de la proliferación excesiva, el tráfico ilicito y el comercio no controlado de las mismas. Por todo lo anterior es como el Presidente de la República hace el uso de las facultades que le otorga la Constitución, en su calidad de Comandante 34 Supremo puede disponer de las Fuerzas Armadas. En este caso de la Secretaría de la Defensa, la cual delega funciones en la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego para controlar los aspectos administrativos de la Ley de la Materia y su Reglamento, con la finalidad de ayudar al mantenimiento de la Seguridad Nacional en la manera interna, ccimo internacional , no olvidando que todo el armamento con el que contamos en nuestro país , procede del extranjero y que algunas de las armas pequeñas han sido introducidas de una manera ilegal , interviniendo en estos problemas organizaciones muy bien estructuradas y organizadas para llevar acabo dicho objetivo, haciendo de esto su forma de vida y actividad ilícita, que atenta contra la seguridad interna de la Nación. Adolfo Aguilar Zinser, exconsejero Presidencial expreso en su momento lo siguiente : " El ingreso ilegal de armas de fuego a México es uno de los mayores problemas de Seguridad Nacional del país .. . "29 2.3 LAS ARMAS DE FUEGO Y LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y SU REGLAMENTO. Estas Leyes son de carácter Federal, como su nombre la especifica, son la columna vertebral o el punto principal en cuanto al control y legalización de las Armas de Fuego en nuestro país, por lo cual se llevará acabo un análisis de los ordenamientos legales desde el punto de vista de los organismos encargados de su aplicación. 2.3.1 Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. En el artículo 1 establece que todas sus disposiciones son de interes público y en el artículo siguiente se establece que: " Corresponde la aplicación de esta Ley a: 29 Castillo G .. y Zúñiga J...\ . La mavoria proviene de EUA, según estudio del Subprocurador Campos Murillo . Periodico la Jo rnada . Mexico. Edicion 16 de julio de 200 l. 35 1. El Presidente de las República. 11. La Secretaria de Gobernación. 111 . La Secretaria de la Defensa Nacional. IV. Las demás autoridades Federales en los casos de su competencia. Como se puede apreciar lo expuesto por el artículo 2 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se le dan atribuciones y funciones a la Secretaria de la Defensa Nacional nuevamente con respecto a esta materia, dicha leyes la que limita la participación de la Secretaría de Gobernación ya que en su contenido menciona a la Secretaria de la Defensa Naci{..nal , casi siempre en la totalidad de dichas funciones y atribuciones, lo que se traduce a que en la práctica as! suceda. Por lo que se puede considerar que se debe de aplicar esta ley en e! campo de atribuciones y funciones a otras dependencias una de ellas es la Secretaria de Seguridad Pública Federal, la cual debe ser mas especifica y dejar asentado la intervención de los aspectos administrativos con lo que respecta a la portación, posesión, comercio en general, Iransporte, fabricación, control, almacenamiento y vigilancia de las armas de fuego, es por ello que deben intervenir otras dependencias independientemente de la Secretaría de la Defensa; una de ella puede ser la Secretaria de Economía respecto al comercio en general, siempre especificando de una manera clara y concisa las atribuciones y funciones de cada una de ellas para evitar duplicidad de funciones, aunque también hace menciona a la Secretaría de Gobernación que liene asignadas funciones meramente de carácter político, se ha prestado independientemente a acciones no coordinadas y dualidad de facultades, en los Que se han visto casos de personajes públicOS en épocas pasadas no muy lejanas, tenían una licencia para portar armas expedidas por
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