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N eevia docC onverter 5.1 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. N eevia docC onverter 5.1 N eevia docC onverter 5.1 N eevia docC onverter 5.1 N eevia docC onverter 5.1 EL TRABAJADOR POR “HONORARIOS” AL SERVICIO DEL ESTADO ÍNDICE INTRODUCCIÓN. ................................................................................ I CAPÍTULO 1. ANTECEDENTES DE LAS RELACIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO 1.1. Antecedentes internacionales. .......................................................... 1 1.1.1. Grecia. .................................................................................... 1 1.1.2. Roma. ..................................................................................... 7 1.1.3. Edad Media. ........................................................................... 13 1.1.4. Francia. ................................................................................... 15 1.1.5. España. ................................................................................... 18 1.2. Antecedentes nacionales. ................................................................. 23 1.2.1. México antes de la conquista. ................................................ 23 1.2.2. México colonial. ..................................................................... 28 1.2.3. Periodo independiente. ........................................................... 32 1.2.4. De la revolución a nuestros días. ............................................ 35 CAPÍTULO 2. CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES EN MATERIA BUROCRÁTICA 2.1. Derecho burocrático. ........................................................................ 41 2.2. Relación de trabajo burocrático. ....................................................... 43 2.3. Nombramiento. ................................................................................. 48 2.4. Sujetos de la relación de trabajo. ...................................................... 50 2.4.1. Patrón-Estado. ....................................................................... 51 2.4.2. Trabajador. ............................................................................ 54 2.4.2.1. Trabajador de confianza. ......................................... 55 2.4.2.2. Trabajador de base. ................................................. 58 2.4.2.3. Trabajador por “honorarios”. .................................. 60 2.5. Subordinación. .................................................................................. 63 2.6. Honorarios. ....................................................................................... 65 Neevia docConverter 5.1 2.7. Condiciones Generales de Trabajo. .................................................. 67 2.8. Contrato de Prestación de Servicios Profesionales. ......................... 69 CAPÍTULO 3. MARCO JURÍDICO VIGENTE 3.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ................ 73 3.2. Tratados Internacionales. ................................................................. 80 3.2.1. Organización Internacional del Trabajo. ................................ 83 3.2.2. Acuerdo de Cooperación Laboral para América del Norte. ..................................................................................... 89 3.3. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. ................. 92 3.4. Código Civil Federal. ....................................................................... 101 CAPÍTULO 4. LOS TRABAJADORES POR “HONORARIOS” AL SERVICIO DEL ESTADO 4.1. Naturaleza de la relación entre el Estado y el trabajador por “honorarios”. .............................................................................. 105 4.2. Inseguridad Jurídica y problemática social de los trabajadores por “honorarios” al servicio del Estado. ........................................... 110 4.3. El futuro de las relaciones laborales burocráticas. ........................... 114 4.4. Propuesta de solución al conflicto laboral, entre Patrón-Estado y Trabajadores por “honorarios”. ..................................................... 120 4.4.1. Adición al artículo 3º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para la inclusión en este de los trabajadores por “honorarios”. ............................................................ 122 CONCLUSIONES. ................................................................................ 130 BIBLIOGRAFÍA. .................................................................................. 135 Neevia docConverter 5.1 I INTRODUCCIÓN La antiquísima pugna entre trabajo y capital, la cual se podría creer ya superada, vuelve a ser motivo de preocupación, en todo el mundo se levantan voces de protesta en contra de lo que para muchos representa, una afrenta a los logros obtenidos en materia de protección laboral por el movimiento obrero mundial, las relaciones laborales atraviesan por una etapa de transformación, la cual se atribuye a una consecuencia más, del modelo económico implantado en busca de la integración de las economías a nivel mundial. México no podría resultar ajeno a esta problemática, se vive en la actualidad en un ambiente de tensión debido a los brotes de violencia, surgidos a causa de la problemática social que genera la lucha entre trabajadores y patrones, o bien, entre trabajadores y el patrón-Estado, y es precisamente este último caso, la materia de estudio del presente trabajo. El objetivo de esta investigación, es abordar una de las tantas irregularidades existentes en la realidad laboral burocrática de nuestro país, la relación entre el trabajador por “honorarios” y el Estado; estamos consientes de que el solo título de esta tesis, genera diferentes opiniones respecto a la naturaleza civil o laboral de este tipo de situaciones jurídicas, por lo cual el motivo del presente, es intentar aportar los elementos necesarios para ubicar dentro del marco jurídico correspondiente estas relaciones, y así brindar a los sujetos involucrados la certidumbre jurídica necesaria, para que estén en la posibilidad, de poder dirimir de forma legal los conflictos que puedan surgir entre ellos. Neevia docConverter 5.1 II Anteriormente, los honorarios eran la forma de pago para el libre profesionista, el cual brindaba servicios altamente calificados, caracterizados por la creatividad, pero sobre todo por la plena autonomía, hoy en día se hace uso de estas contrataciones para la realización de labores rutinarias, las cuales no justifican la necesidad de celebrar este tipo de contratos, y aún mas, resulta evidente la presencia de la subordinación, elemento que debe ubicar estas relaciones bajo el amparo de la ley laboral, es esta una realidad social que por su gravedad es imposible ignorar más, por loque a través de esta investigación, proponemos una reforma a la ley burocrática que podría permitir la normalización de esta situación. Esta reforma a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, consiste en la inclusión en el artículo tercero de dicho ordenamiento, de un marco legal mucho más incluyente que contemple como trabajadores a los prestadores de servicio que laboren de manera subordinada para el Estado, partiendo de que la principal función del Estado Mexicano, es una función social, por lo que es obligación de éste, la creación y fomento de empleos de calidad que respondan a las necesidades de la sociedad, por lo que resulta una incongruencia que sea el propio Estado, el que haga uso de trabajadores, disfrazados de prestadores de servicios, mediante la firma de contratos de servicios profesionales y mediante el pago de honorarios, con la finalidad de evadir el pago de las prestaciones a las que como patrón está obligado. Esta tesis, está conformada por cuatro capítulos; el primero de ellos es el marco histórico, cuya finalidad es dar a conocer la importancia y la evolución de las relaciones laborales entre trabajadores y el llamado patrón- Estado a través del tiempo; en el segundo capítulo, presentamos un estudio Neevia docConverter 5.1 III sobre los conceptos fundamentales en materia burocrática, aspecto muy importante que permite establecer los parámetros de los cuales parte esta investigación; la finalidad del tercer capítulo, es definir el marco jurídico vigente en este tipo de relaciones; por último, en el cuarto capítulo abordamos la problemática jurídica y social existente entre los trabajadores por “honorarios” y el Estado, asimismo presentamos nuestra propuesta como alternativa de solución. Algunos de los métodos utilizados en esta investigación son: en primer término, el método histórico el cual nos permite ampliar nuestra visión acerca de los antecedentes y hechos pretéritos que rodean a nuestro objeto de estudio; así como el método deductivo, el cual nos permite aprovechar conocimientos generales y poder obtener de estos afirmaciones de tipo particular; también el método analógico, ya que mediante el estudio de cada una de las partes se llega al conocimiento de los principios generales del objetivo de esta investigación; y por último, el método jurídico que consta del análisis entre la ley, la doctrina jurídica y la realidad social. La técnica empleada en el desarrollo en este trabajo es la documental, la cual nos facilita la obtención de un marco conceptual, para conformar un cuerpo de ideas que nos facilita el conocimiento a cerca de nuestro objeto de estudio, esto mediante el apoyo en distintas fuentes de información, entre los cuales incluimos principalmente los libros, leyes, jurisprudencia, periódicos, entre otros. Neevia docConverter 5.1 1 CAPÍTULO 1 ANTECEDENTES DE LAS RELACIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO 1.1. ANTECEDENTES INTERNACIONALES La creación del Estado como regulador de la vida en sociedad, fue una necesidad que se presentó en todas las grandes civilizaciones del pasado, lo cual, como consecuencia obvia, trajo consigo el establecimiento de la estructura humana que le dio forma, haciendo posible la realización de los fines para lo que el Estado había sido creado; muchas de las características de las relaciones que surgieron entre el Estado y sus trabajadores en esos tiempos, aun se pueden distinguir en la burocracia actual; por este motivo, dedicaremos este primer apartado, a conocer la creación y el desarrollo de la estructura de servidores y trabajadores, que lograron la funcionalidad de los aparatos burocráticos en las civilizaciones de la antigüedad. Asimismo y con la finalidad de entender el desarrollo de la burocracia a nivel mundial, abordaremos algunos aspectos derivados de este tipo de relaciones laborales, en dos naciones que por razones de cultura e historia representan una gran influencia para nuestro país. 1.1.1. GRECIA La organización política de las ciudades-Estado griegas, son una aportación valiosísima de esta cultura a la sociedad actual, la concepción de Neevia docConverter 5.1 2 los ideales políticos modernos como la justicia, la libertad y la democracia son en gran parte, herencia de la reflexión de los pensadores griegos 1 . Las dos ciudades-Estados más representativas de la cultura griega, fueron Esparta y Atenas; la primera de ellas fue una ciudad militar por excelencia, la segunda destacó por su estructura política y democrática, y será la organización social de esta última, la principal referencia en el desarrollo de nuestra investigación. La sociedad ateniense, así como la mayoría de las otras ciudades- Estado Griegas, estaba dividida en diferentes clases sociales, las cuales eran política y jurídicamente distintas; en el lugar mas alto del escalafón se encontraba la aristocracia o nobleza griega, que era el cuerpo de ciudadanos, o sea quienes eran miembros de la polis, y tenían derecho a tomar parte en su vida política, éste era un privilegio que se obtenía principalmente por nacimiento. En segundo término, se encontraban los esclavos los cuales ocupaban el peldaño mas bajo de la escala social, sin embargo sus funciones eran esenciales en el desarrollo de la ciudad, carecían de derechos y por el contrario sus obligaciones eran bastante duras, a pesar del espíritu democrático de Atenas la esclavitud era una institución aceptada y legalizada. El tercer grupo social eran los extranjeros residentes, denominados como “metecos”, en Atenas, los extranjeros pudieron gozar de cierta 1 Cfr. ELIZUNDIA PONCE, María del Carmen. Época Greco-Romana. Editorial Porrúa. México. 2005. Pág. 61. Neevia docConverter 5.1 3 protección legal, convirtiéndose en los principales motores del comercio y la metalurgia en la ciudad, a pesar de esto, la naturalización legal y la residencia durante varias generaciones no les garantizaba la ciudadanía 2 . Como ya hemos mencionado, solamente los ciudadanos tenían derecho a participar en la vida política, lo que implicaba desde asistir a la asamblea de la ciudad, o bien tener la capacidad de ser designado para cargos públicos de mayor rango, las principales instituciones encargadas de regular y resolver los asuntos políticos de los integrantes de la ciudad-Estado eran en primer término; la asamblea pública o “ecclesía”, a la que asistían todos los ciudadanos varones con veinte años cumplidos. Esta asamblea se reunía regularmente diez veces por año, además de los periodos extraordinarios a los que podía ser convocada por el consejo, el sitio habitual de reuniones era la “pnix”, pero las reuniones para decretos sobre individuos se realizaban en la plaza del mercado, un dato muy importante es que los asistentes a esta asamblea, percibían una remuneración de un “dracma” por sesión ordinaria, y “dracma” y medio por una sesión especial llamada “kuría” 3 . Lo realmente peculiar en el gobierno ateniense eran los medios para lograr que los funcionarios y magistrados fuesen responsables ante el cuerpo ciudadano y estuviesen sometidos a su control, el principal instrumento para la obtención de este fin, era la representación a través de la elección de un 2 Cfr. Ibidem. Págs. 63 y 64. 3 Cfr. PETRIE, A. Introducción al Estudio de Grecia. Tr. Alfonso Reyes. Decimocuarta edición. Editorial Fondo de Cultura Económica. México. 2001. Pág. 91. Neevia docConverter 5.1 4 cuerpo muy amplio que conformara una muestra de todo el conglomerado de ciudadanos, y que el mismo actuara en nombre del pueblo. Debido a la oposición en contra de la reelección, los cargos de magistrados eran electosde forma que, las diez tribus en que se encontraban divididos los ciudadanos, estuvieran plenamente representadas, estos magistrados eran elegidos por sorteo, y se conservaban en funciones durante un año, podían tener oficiales subordinados, tales como un secretario, o un tesorero. Para fines de gobierno local, los atenienses se dividían en unos 100 demos o barrios, estos eran unidades de gobierno y la pertenencia a ellos era hereditaria, además de que eran la puerta por la que el ateniense entraba a la ciudadanía, su principal función radicaba en presentar candidatos para los diversos cuerpos en los que se desarrollaba el gobierno central, el sistema era una mezcla entre elección y sorteo 4 . Además de las instituciones ya descritas, había dos más que fueron de especial importancia en la vida política de Atenas, el “Consejo de los Quinientos” y los tribunales. El Consejo de Quinientos estaba conformado como su nombre lo dice de 500 ciudadanos mayores de 30 años y designados por sorteo a razón de 50 por cada una de las diez tribus en que se dividían los ciudadanos, los 50 miembros de cada tribu actuaban durante la décima parte del plazo anual como comisión permanente, junto con un consejero por cada una de las nueve tribus restantes, las facultades de este consejo abarcaban 4 Cfr. ELIZUNDIA PONCE, María del Carmen. Época Greco-Romana. s. edición. Editorial Porrúa. México. 2005. Págs. 66 y 67. Neevia docConverter 5.1 5 prácticamente todos los departamentos de la administración pública. “En el mundo de las finanzas, vigilaba a todos los funcionarios que tenían manejo de fondos públicos; en materia de relaciones internacionales, el consejo recibía a los enviados extranjeros o embajadores y ratificaba los tratados y alianzas; sus funciones comprendían también un buen numero de asuntos religiosos tales como la reglamentación de festividades y ceremonias; en materia judicial, recibía las acusaciones contra funcionarios, que bien resolvía por sí mismo o turnaba a los tribunales” 5 . A pesar de sus amplísimas facultades, los poderes del consejo dependían siempre de la voluntad de la asamblea pública; todas las cuestiones importantes como declaraciones de guerra, formación de alianzas, la votación de los impuestos directos o las medidas legislativas generales, iban a la asamblea para recibir su aprobación, en cualquier caso los decretos se aprobaban siempre en nombre del consejo y del pueblo 6 . El control popular de los magistrados y de la ley se completaba por medio de los tribunales, los cuales tenían el deber de tomar decisiones judiciales, tanto en los casos civiles como criminales; pero además, poseían facultades de naturaleza claramente ejecutiva y legislativa. “Los miembros de los tribunales eran nombrados por los ‘demos’, designándose una lista de 6,000 ciudadanos cada año, a los que se destinaba por sorteo a los distintos tribunales, todo ciudadano ateniense de 30 años podía ser designado para el desempeño de esta obligación, y debido a que el tribunal carecía del aparato que acompaña a un sistema jurídico técnicamente desarrollado, estos 5 PETRIE, A. Introducción al Estudio de Grecia. Ob. Cit. Pág. 90. 6 Cfr. ELIZUNDIA PONCE, María del Carmen. Época Greco-Romana. Ob. Cit. Págs. 68 y 69. Neevia docConverter 5.1 6 ciudadanos eran jueces y jurados, la decisión de un tribunal tenía valor de cosa juzgada, no existía sistema de apelación” 7 . “El control de los tribunales sobre los magistrados se conseguía de tres modos principales; en primer lugar, tenían poder de examen antes de que un candidato pudiese ocupar un cargo, lo cual generaba que la elección por sorteo fuese cuestión de azar en menor grado de lo que parece a simple vista; en segundo término se podía hacer que un funcionario se sometiera, al concluir el término de su mandato, a una revisión de todos los actos por él realizados; y por ultimo, existía una auditoria especial de cuentas y una revisión del manejo de los dineros públicos” 8 . Hemos hablado de la estructura política de la ciudad-Estado, y a pesar de que como hemos visto, las principales funciones y atribuciones estaban reservadas para los ciudadanos, los esclavos también fueron un elemento fundamental en el engranaje del Estado Griego. Algunas de las actividades delegadas a los esclavos eran la explotación de minas o molinos, labores burocráticas de menor rango, e incluso tareas de policía y de vigilancia en las cárceles; cabe mencionar que la policía como guardián del orden no se estableció hasta aproximadamente el año 470 a.c. Entonces se encargó esta tarea a los esclavos, que debían controlar los lugares públicos y de reunión, la manutención de los esclavos públicos 7 Ibidem. Págs. 69 y 70. 8 Ibidem. Págs. 70 y 71. Neevia docConverter 5.1 7 también se contemplaba en el presupuesto de egresos del Estado, además estos podían obtener su libertad como recompensa a los servicios prestados 9 . 1.1.2. ROMA El desarrollo del Estado romano, tuvo tres etapas de organización política, la primera de ellas la monarquía, la cual abarcó desde la fundación de la civilización, hasta el año 510 a.c. aproximadamente, en segundo término la república a partir del fin de la monarquía hasta aproximadamente el año 27 a.c., y por último el imperio que tuvo como periodo de existencia del año 27 a.c. al 476 d.c. En primer lugar, haremos un breve estudio acerca de la civilización romana en la monarquía, en la cual nos encontramos con cierta organización social y política, mediante la división de los habitantes en dos clases; por un lado los patricios, los cuales poseían derechos políticos el mas importante de ellos, era que entre estos, el rey elegía a los integrantes del senado, la segunda clase era la plebe, la cual en un principio no tenía categoría política. Esta división social la atribuyó la tradición romana a Rómulo, quien fue el primer rey y fundador de Roma. Rómulo eligió a cien ciudadanos a los cuales se les denomino patres, este honor fue heredado a sus descendientes quienes fueron llamados patricios. Respecto a la administración del Estado, las funciones mas importantes eran realizadas por el rey el cual ocupaba el cargo de por vida y era elegido 9 Cfr. PETRIE, A. Introducción al Estudio de Grecia. Ob. Cit. Pág. 98. Neevia docConverter 5.1 8 de entre los patricios por el Senado, el rey era responsable de convocar al pueblo a la guerra y de dirigir el ejercito en la batalla, también era el juez supremo en los pleitos jurídicos, y a pesar de la importancia del Senado, este solo era consejero del monarca cuando este decidía consultarle. El senado estaba conformado en sus inicios por 300 patricios y aunque al comienzo sus funciones eran meramente consultivas, con el paso del tiempo y con la evolución del Estado romano, se convirtió en el contrapeso necesario del poder ejecutivo 10 . Las principales funciones administrativas estaban clasificadas en magistraturas, de las cuales las más importantes eran desarrolladas por los patricios, otro elemento importante fue la existencia de los denominados ‘clientes’ los cuales eran los servidores de la clase privilegiada, y según historiadores, entre sus funciones estaban actividades administrativas de menor rango, esto creó una diferencia social y política con el resto de la plebe conformada principalmente por pequeños propietarios de tierras, artesanos y comerciantes. El surgimiento de diferencias sociales y políticas entre patricios y plebeyos, generaron enfrentamientos, lo que provocó el fin de la monarquía dando paso así a la república, en este periodo la organizaciónpolítica y administrativa del Estado sufrió grandes cambios, se sustituyó la figura del rey por dos pretores que más tarde serían llamados cónsules, los cuales eran elegidos anualmente por la ciudadanía; el carácter del senado como órgano asesor exclusivamente, fue modificado, dotándosele de verdadero poder, otra 10 Cfr. BRAVO, Gonzalo. Poder político y desarrollo social en la Roma antigua. Editorial Taurus Universitaria. México. 1989. Págs. 61-64. Neevia docConverter 5.1 9 transformación fue el ingreso de la clase plebeya al mismo; fue aproximadamente en el año 500 a.c., cuando se creó la institución de los tribuna plebis que eran elegidos anualmente por el concilium plebis (asamblea de la plebe) como representantes de la clase plebeya, también se instauró que uno de los cónsules debía pertenecer a esta clase social, el resto de las magistraturas se fueron abriendo gradualmente a los plebeyos. “El poder republicano, es ante todo un poder colegiado, compartido; los depositarios de éste, los ciudadanos, lo otorgan periódicamente a los magistrados, que son elegidos anualmente en las asambleas; aquellos ejercen su mandato generalmente durante un año sin percibir remuneración alguna del Estado y existe una clara jerarquía en las magistraturas. Esta síntesis mínima resume la aplicación de los siguientes principios: 1) colegialidad; 2) electoralidad; 3) temporalidad; 4) gratuidad y 5) jerarquización de los cargos, principios cuya vigencia remite a un concepto republicano del poder, así como el marco institucional en el que este se ejercía” 11 . Es sobre todo notable, la característica de la gratuidad en el desempeño de las magistraturas, lo cual hizo que solo un reducido grupo de familias tuviera posibilidades reales de ocuparlas, ya que los futuros magistrados tenían que autofinanciarse su campaña electoral, una vez elegido e investido de su poder realizaba el mandato sin costo alguno para el Estado, estos enormes gastos provocaron que apenas y surtieran efectos las disposiciones legales, que como ya hemos comentado, permitían el acceso a los mas altos cargos a todos los ciudadanos, al término del ejercicio el magistrado recibía 11 Ibidem. Pág. 94. Neevia docConverter 5.1 10 el honor de haber servido al Estado; esto no se trataba de una recompensa material pero su influencia posterior en la vida pública era evidente 12 . “Atendiendo al criterio de jerarquía las magistraturas republicanas suelen dividirse en dos grupos; superiores (que incluyen las llamadas censura, el consulado y la pretura); e inferiores (edilidad y cuestura), dentro de estas ultimas debemos distinguir las desempeñadas por miembros del patriciado (edilidad, curul y cuestura), de las típicamente plebeyas (edilidad y tribunado de plebe)” 13 . Sin embargo, es en la época del imperio, cuando se puede apreciar de manera más clara la maquinaria del Estado, las clases sociales estaban mucho más definidas, y su estructura era mucho menos rígida, por lo que el movimiento ascendente era más sencillo de lo que había sido en la republica, para determinar el estatus de clase, la herencia era menos importante que el merito probado en las hazañas, aunque por supuesto la posesión de riqueza era una condición fundamental de admisión en los ordenes privilegiados 14 . En esta época surgió una nueva transformación, el poder del senado se vío menguado nuevamente y se volvió a instaurar el poder en un solo hombre llamado emperador, el cual inspeccionaba la admisión a la clase senatorial, y el ascenso a ella era esencialmente una prueba de su favor, los requisitos para formar parte de esta clase era una renta anual de un millón de sestercios, y el desempeño de un cargo en cursos honorum, los senadores monopolizaban las 12 Cfr. Ibidem. Pág. 95. 13 Ibidem. Pág. 98. 14 Cfr. ELIZUNDIA PONCE, María del Carmen. Época Greco-Romana. Ob. Cit. Pág. 413. Neevia docConverter 5.1 11 más importantes magistraturas, los gobiernos de las provincias senatoriales, los puestos en el consilium principis, y los altos mandos militares. La destrucción de la nobleza patricio-plebeya durante las últimas décadas de la República, aniquiló muchas viejas familias, pero sus puestos fueron ocupados por otras nuevas. Cesar Augusto fue el primer emperador en admitir a los que no eran romanos en el orden senatorial. Por nacimiento el hijo de un senador tenía categoría de caballero. “Los caballeros, formaban una nobleza que no era hereditaria y cuyos miembros ocupaban las listas de los jurados, los oficios civiles del personal imperial, los puestos de la administración provincial y los cargos municipales. Entre los oficios desempeñados por ellos, los mas importantes eran los cargos personales del emperador, tales como las procuradurías de las provincias, el gobierno de Egipto, las prefecturas de policía, la brigada contra incendios, los puestos imperiales y los tribunales de justicia, y los mandos de los servicios auxiliares, las flotas y la guardia pretoriana. Ocupaban la mayor parte de los cargos del ejército, excepto los altos mandos, y los puestos inferiores que tenían los hombres ascendidos de las legiones, la riqueza requerida para la categoría de caballero era de 400,000 sestercios. La admisión en el orden ecuestre estaba vigilada por el emperador, pero cualquier persona que tuviera los requisitos económicos podía solicitarla. Los caballeros, además de poseer esclavos y tierras eran los banqueros, los arrendadores de impuestos, contratistas, proveedores y empresarios de negocios del imperio” 15 . 15 Ibidem. Pág. 414. Neevia docConverter 5.1 12 Como ya hemos hecho referencia, los llamados clientes, que eran los servidores tanto de senadores como caballeros, desarrollaban un papel muy peculiar, pues tanto más personas de esta clase tuviera a su servicio un noble, mas gozaba de prestigio social. Y entre algunas de las actividades de los clientes, estaba reunirse todas las mañanas en la casa de su patrón, caminar detrás de su litera por la calle, aplaudir sus discursos en el senado o en algún foro, y sobre todo tomar parte en sus conspiraciones, trabajos de agitación y campañas electorales 16 . Por debajo de los senadores y los caballeros estaban los nobles provinciales, pertenecientes a las clases curiales, los cuales se encontraban establecidos en una posición privilegiada por la política imperial urbana, eran los miembros de los senados y los consejos de las ciudades, se requería que estos funcionarios poseyeran una fortunas de por lo menos 100,000 sestercios, y del mismo modo que a los senadores y caballeros, los nobles provinciales si eran acusados de algún crimen, eran juzgados no por un tribunal local, sino imperial, y si resultaban ser convictos no podían ser azotados, ni enviados a las minas 17 . “La corte en sentido estricto se encontraba conformada por los servidores y funcionarios del emperador y la familia imperial, personal muy numeroso desde el primer momento y sujeto a una minuciosa clasificación jerárquica, y en un sentido amplió, también pertenecían a la corte los llamados amigos del emperador. Los esclavos y libertos eran utilizados por el 16 Cfr. Ibidem. Pág. 415. 17 Cfr. Ibidem. Pág. 416. Neevia docConverter 5.1 13 emperador no solo para su servicio particular, sino también como auxiliares en el ejercicio de sus funciones y como representantes suyos en la administración de rentas e instituciones y en la gestión de negocios de todas clases, estos funcionarios de la casa imperial, por humilde que fuese su origen y por subalternasy poco respetadas que se considerasen jurídicamente sus funciones, no tardaron en adquirir un poder efectivo que los colocaba en la práctica por encima de las gentes de más noble linaje” 18 . 1.1.3. EDAD MEDIA Dentro de la Edad Media podemos distinguir tres etapas, el inicio de la edad media, la alta edad media y la baja edad media; en las dos primeras podemos ubicar dos regimenes políticos y económicos, los cuales regularon la convivencia social, estos son el régimen señorial y el feudal. Debido a la falta de una maquinaria de gobierno unitaria, la confederación de tribus permitió la formación de reinos, esto fue la culminación de un proceso iniciado durante el imperio romano, los campesinos comenzaron a ligarse a la tierra y a depender de los grandes propietarios en busca de protección, lo que dio como resultado el surgimiento del régimen señorial, el cual desempeño dos funciones importantes, en primer lugar, permitió organizar una sociedad extremadamente localista durante la edad media, y por otro lado logró la homogenización del trabajo servil y del trabajo libre de la antigüedad en una única clase campesina 19 . 18 FRIEDLAENDER L. La Sociedad Romana. Editorial Fondo de Cultura Económico. México. 1984. Pág. 38. 19 Cfr. ELIZUNDIA PONCE, María del Carmen. Época Medieval. Editorial Porrúa. México. 2004. Págs.157-162. Neevia docConverter 5.1 14 Los señores podían pertenecer a la nobleza o a la iglesia, y dominaban las vidas de los campesinos. Entre los señores existían niveles de riqueza y poder, y sus propiedades eran de diferente extensión, pero todos ejercían la autoridad jurisdiccional derivada de la propiedad y de la dependencia personal, los campesinos podían ser esclavos o personas libres, pero todos eran súbditos y empleados de los señores. Por lo que hace al régimen feudal, podemos establecer que era un sistema contractual de relaciones políticas y militares, entre los miembros de la nobleza, el feudalismo se caracterizó por la concesión de feudos (casi siempre en forma de tierras y trabajo), a cambio de una prestación política y militar, dicho contrato estaba sellado por un juramento de homenaje y fidelidad, pero a pesar de esto, tanto el señor como el vasallo eran hombres libres, por lo que no debe ser confundido con el régimen señorial, el cual regulaba las relaciones entre los señores y sus campesinos; el feudalismo unía la prestación política y militar a la posesión de tierras. Los barones o vasallos que recibían un feudo, estaban obligados por lo tanto a través de una relación contractual, desempeñando la función de trabajador del monarca o señor, la prestación militar era fundamental en el feudalismo, pero no era la única obligación del vasallo para con su señor existía también lo que se denominaba la “custodia de castillo”, de igual forma, los vasallos tenían que participar en la corte del señor, aconsejándole y participando en juicios que afectaban a otros vasallos, incluso existía la obligación de auxiliar de manera financiera al señor si éste lo requería; el participar como consejeros en la corte trajo también importantes beneficios Neevia docConverter 5.1 15 para los vasallos, en materia militar, y sobre todo en la creación de impuestos o juicios legales 20 . Como cualquier contrato, el incumplimiento de las obligaciones daba como resultado la cancelación del mismo, por ejemplo cuando un vasallo no realizaba las prestaciones exigidas, el señor podía acusarle ante su corte la cual se encontraba conformada por otros vasallos, y si estos le encontraban culpable, entonces el señor poseía la facultad de confiscar su feudo, que pasaba de nuevo a su control directo. Por otro lado, podía presentarse la otra opción es decir, si era el vasallo el que consideraba que el señor no cumplía con sus obligaciones, podía desafiarlo y declarar que lo desconocía como su señor, esto tenía como consecuencia que pudiera seguir conservando el feudo ya fuera como dominio propio o bien convertirse en vasallo de otro señor 21 . 1.1.4. FRANCIA En el siglo XVI, tuvo su nacimiento el Estado Francés, en esta época destacan dos tipos de funcionarios, en primer lugar los comisarios, los cuales eran investidos por el rey mediante una comisión para remplazar a un funcionario determinado y revocable a su voluntad; en segundo término los oficiales, que por lo contrario de los primeros, eran propietarios de su oficio y asegurados de la inamovilidad, estos podían ser de dos tipos, civiles y militares 22 . 20 Cfr. Ibidem. Págs. 207 y 208. 21 Cfr. Ídem. 22 Cfr. MAURIN, Andre. Derecho Administrativo Francés. Editorial Porrúa. México. 2004. Pág. 199. Neevia docConverter 5.1 16 En la época de la Revolución, es inscrita por primera vez la palabra funcionario en el Preámbulo de la Constitución del 3 de septiembre de 1791, los funcionarios, en este periodo tenían tres deberes principales: fidelidad al Estado por juramento; consagrar sus trabajos y sus cuidados a la cosa pública y permanecer en sus puestos, es decir no emigrar. El periodo napoleónico, estuvo caracterizado por la conservación y la consolidación de los funcionarios legados por el Antiguo Régimen y la Revolución; así como la creación de numerosos cuerpos de nuevos funcionarios, entre los que destacaron: el Consejo de Estado, la Corte de Cuentas, diferentes magistraturas, prefectos y sub-prefectos, los cuales gozaron de un prestigio y una autoridad considerables; debemos también hacer mención, de los logros obtenidos en materia laboral burocrática, como lo fueron en primer término, la afirmación de las reglas de jerarquía y del ascenso, así como la implantación de la seguridad en el empleo, y el otorgamiento de una pensión por retiro 23 . A pesar de caracterizarse por la centralización, la burocracia francesa tiene también varias divisiones internas; existen divisiones verticales entre las clases de la administración, las cuales representan las categorías educativas que se requieren para los puestos, asimismo, dentro de estas divisiones existen otras más, basadas en la naturaleza del puesto, la especialidad del individuo ocupante del puesto, etc. Sin embargo, la división más importante es la existente en la clase de funcionarios de mayor nivel, estos grupos son 23 Cfr. Ibidem. Pág. 200. Neevia docConverter 5.1 17 los llamados grands corps, aunque también existen funcionarios que no pertenecen a ninguno de estos grupos 24 . “Los grand corps, constituyen un vestigio de la administración napoleónica y han sido copiados en otros sistemas administrativos como: España, Italia y algunos países latinoamericanos. Los corps representan organizaciones dentro del servicio civil y tienen algunos de los atributos de las organizaciones fraternales. Cuando un individuo era miembro de un corp, seguía siéndolo toda su carrera. Son dos los principales cuerpos técnicos, Mines y Ponts et Chausses, y cinco los principales cuerpos administrativos: Inspección des Finances, Conseil d’Etat, Cour des comptes, el cuerpo diplomático y los cuerpos de prefecturas, además de varios organismos menores” 25 . Una persona se hace miembro de uno de los corps por su desempeño en una de las dos grandes escuelas que canalizan personal hacia el servicio civil. Una de las escuelas, que aparta personal a los corps técnicos, es la Escuela Politécnica, establecida por Napoleón para conseguir los ingenieros que necesitaba con el fin de modernizar a Francia y a su ejército. La otra, denominada, la Escuela Nacional de Administración, envía reclutas a los cuerpos administrativos, la ENA se estableció como campo de preparación para los futuros funcionarios,su plan de estudios hace hincapié en el derecho, la administración 26 . 24 Cfr. Ibidem. Pág. 252. 25 Ibidem. Págs. 252 y 253. 26 Cfr. Ídem. Neevia docConverter 5.1 18 Los gobiernos locales, tienen en Francia solo una independencia limitada frente al gobierno central, las normas del empleo en los gobiernos locales y regionales, se establecen a nivel nacional, muchas obras públicas locales son controladas centralmente por los grands corps técnicos, de modo que los gobiernos locales tienen un campo de acción limitado 27 . “La administración francesa, es una institución vasta y algo contradictoria, ha sido arma importante de un gobierno nacional centralizador, pero esta profundamente dividida e internamente escindida. Las personas obtienen una posición elevada por sus conexiones con los grands corps, pero pueden pasar en el sector privado una parte o la mayor parte de sus carreras. Este sistema pudo gobernar a Francia cuando no podía esperarse muchos de los políticos, pero no esta del todo claro que siempre podrá gobernarse a sí misma con igual eficacia” 28 . 1.1.5. ESPAÑA La dominación romana, se dio aproximadamente en el siglo III a.c., y fue determinante en el establecimiento del régimen social y jurídico de la civilización española, a continuación haremos un breve análisis de la organización de los empleados del Estado en esa época: “Los trabajadores empleados en servicios públicos pueden ser clasificados en tres grupos: 27 Cfr. Ídem. 28 Ibidem. Pág. 256. Neevia docConverter 5.1 19 a) Los que estaban sometidos a la prestación obligatoria de su trabajo al Estado, como consecuencia de su propia situación jurídica, es decir, los esclavos públicos, provenientes en su mayoría de los prisioneros de guerra. b) Lo esclavos privados, libertos, ingenuos y libres, para quienes a veces eran obligatorios los servicios públicos (algo semejante a la actual prestación personal obligatoria). c) Modalidad distinta presenta la prestación de trabajo en servicios e industrias estatales con carácter voluntario. El proceso de intervención del Imperio monopolizando numerosas industrias (el ejemplo mas importante es la minería, debido a la gran riqueza existente en ese territorio) limitó la demanda de mano de obra por particulares. Ello obligó a muchos trabajadores, a prestar sus servicios en empresas públicas y a admitir las condiciones laborales fijadas por los servicios administrativos oficiales. Las profesiones liberales fueron prestadas en principio a título gratuito, sin perjuicio de las donaciones o regalos con que los beneficiarios compensaban a los prestatarios. A partir de Caracalla (siglo III) éstos pudieron exigir ya una remuneración. Lo corriente fue el pago anticipado de esa remuneración en forma de horarios (honorarium), no de salario (merces). Los honorarios eran fijados por las partes cuando se trataba de las profesiones más estimadas (filósofos, juristas, etc.), mientras quedaban encuadradas como arrendamientos de servicios, las de menor relevancia social (por ejemplo los maestros)” 29 . 29 PARIAS, Louis Henri. Historia General del Trabajo. Ediciones Grijalbo. España. 1965. Págs. 458 y 459. Neevia docConverter 5.1 20 Ya en el siglo XVIII, después de enumerables transformaciones del Estado Español, nos encontramos frente a una organización mucho mas moderna, donde la clase media jugo un papel fundamental, en gran parte por su afán de asemejarse a la aristocracia, y a pesar de esto en su deseo de innovaciones en el campo económico y político 30 . “La monarquía borbónica, utilizó los diversos elementos de esta incipiente burguesía, para sus empresas de renovación del Estado, en competencia con la nobleza, en cuyas filas fácilmente penetró, los reformadores de la España del siglo XVIII salieron en gran parte de las clases medias” 31 . Dentro de esa clase media, estaban ubicados los universitarios, y los hombres de carrera, cuya relevancia en nuestro estudio es notoria; “de la Universidad salían los cargos burocráticos, los escalafones corregimentales y tenencias, los llamados ‘justicias’, los oidores de Audiencias y Chancillerías, los consejeros del Supremo de Castilla y de los demás organismos de la polisinodía española; también los abogados y médicos y, en menor grado los notarios y escribanos” 32 . “El Estado que ostenta personalidad jurídica única, precisamente por ser una persona jurídica o moral necesita para el cumplimiento de sus fines del concurso de personas físicas. Es por ello que el Estado utiliza los servicios de un gran número de personas que se vinculan a él, no a través de 30 Cfr. VIVES, J. Vicens. Historia social y económica de España y América. Quinta edición. Editorial VICENS-VIVES. España. 1988. Pág. 78. 31 Ídem. 32 Ibidem. Pág. 82. Neevia docConverter 5.1 21 un mismo y único modelo de relación jurídica, sino mediante relaciones de diversa naturaleza. En efecto, los servidores del Estado son, típicamente los funcionarios públicos; pero no son éstos los únicos, puesto que la legislación admite que el Estado emplee personas a su servicio a través de contratos administrativos, civiles y, crecientemente a través de contratos de trabajo” 33 . El motivo por el cual, el Estado utiliza en unos casos los servicios de funcionarios y en otros casos los servicio de trabajadores regidos por el Derecho del Trabajo, obedece a una pura cuestión de “técnica de organización”, de manera tal que la Administración gozaría de la facultad de elegir libremente una u otra modalidad. En la actualidad, esa libertad de elección se ve limitada por criterios legales definidos, que como principio, parten de la regla general de que los servicios a la Administración competen a los funcionarios públicos, mientras que la contratación laboral solo regiría, por vía excepcional, para la realización de determinadas actividades 34 . “Tradicionalmente, no todos los servidores del Estado han tenido la condición de funcionarios públicos. Aun antes de nacer el Derecho del Trabajo, la legislación de funcionarios dejaba fuera de ella ciertas prestaciones por cuenta de la Administración. Así, el Estatuto de Bravo Murillo (Real Decreto del 18 de junio de 1852) y el efímero Estatuto de O’Donnell (Real Decreto del 4 de marzo de 1866) situaron al margen de los 33 DE BUEN LOZANO, Néstor y otros. Trabajadores del Estado en Iberoamérica. Editorial Porrúa. México. 1999. Págs. 83 y 84. 34 Cfr. Ídem. Neevia docConverter 5.1 22 funcionarios públicos a los subalternos, que desempeñaban trabajos ‘materiales’, en una significativa operación muy propia de la época, que reservaba el trabajo manual a los ‘obreros’ u ‘operarios’. Tras la inclusión de dichos subalternos dentro del concepto de funcionarios (Estatuto de Maura, Ley de Bases del 22 de julio de 1918), la Ley de Accidentes de Trabajo del 30 de enero de 1900, se refiere a aquellos operarios que realizan trabajos manuales al servicio del Estado, y que carecen de la condición de funcionarios públicos. Y es en la Ley de Funcionarios Civiles del Estado (Texto articulado aprobado por Decreto 315/1964) donde se reconoce, junto a los funcionarios públicos, la existencia de trabajadores al servicio de la Administración, a los que considera plenamente aplicable la legislación laboral” 35 . “La constitución de la relación laboral del trabajador del Estado, se diferencia netamente de la constitución de la relación del funcionario público; en que esta última se produce, previa superación de las pruebas de selecciónpertinentes, mediante nombramiento de la Autoridad correspondiente, al que debe suceder el juramento o promesa del seleccionado y su toma de posesión en debida forma y tiempo; por otra parte el trabajador del Estado se vincula a éste mediante el intercambio de voluntades que forma el contrato de trabajo, de acuerdo con las previsiones del Estatuto de los trabajadores” 36 . 35 Ibidem. Págs. 84 y 85. 36 Ibidem. Pág. 86. Neevia docConverter 5.1 23 1.2. ANTECEDENTES NACIONALES El reconocimiento y protección de las relaciones laborales existentes entre el Estado y sus trabajadores, no han sido logros obtenidos con facilidad y podríamos decir que en esta materia aún nos hace falta mucho por avanzar, por lo que, para llegar a un mejor entendimiento del desarrollo de la burocracia en nuestro país, debemos hacer una retrospectiva hacia los orígenes de nuestra civilización y partir de ese punto, hacia las etapas más importantes de la vida nacional; analizando en cada una de ellas la organización y funcionalidad como patrón, del Estado Mexicano. 1.2.1. MÉXICO ANTES DE LA CONQUISTA Tenochtitlan era una comunidad donde el 75% de sus habitantes eran agricultores, y con una densidad superior a los dos mil habitantes por kilómetro cuadrado, la ciudad ocupaba un área de ocho kilómetros cuadrados, estaba dividida en cuatro barrios llamados calpulli, el centro de la ciudad estaba ocupado por un gran número de templos y edificios de carácter religioso. En torno de Tenochtitlan, había otras grandes o pequeñas ciudades a modo de satélite de la gran urbe, todo este conjunto de grandes y pequeñas localidades constituía una conjunción urbana, la cual debió ejercer y concentrar un gran poder político y económico 37 . “Cada centro de población regido por un tlatoani era un tlatocáyotl, en principio un Estado independiente en el que existían dos formas de 37 Cfr. LÓPEZ ROSADO, Diego G. La Burocracia en México. “Primera Parte Época Prehispánica”. s. edición. s. Editorial. México. 1980. Pág. 1 y 3. Neevia docConverter 5.1 24 organización: el gobierno de tipo gentilicio, dentro de cada uno de los calpulli, en una sociedad igualitaria en la que los dirigentes eran los ancianos y los jefes designados por elección de los miembros del grupo, y el gobierno de tipo estatal, fundado en un grupo gobernante. Al frente del Estado se encontraba el tlatoani, gobernante vitalicio con poder político judicial, militar o religioso superior al de cualquier otro funcionario del tlatocáyotl, representante de la divinidad y ejecutor de sus designios, era elegido según las costumbres particulares de cada tlacáyotl, pero al parecer lo más frecuente era que se escogiese entre los tlazopipiltin o hijos de tlatoques anteriores” 38 . Al lado del Tlatoani y elegido por él, estaba el Cihuacóatl, también representante de la divinidad. Sus funciones eran la suplencia del Tlatoani en casos de ausencia o muerte, durante el tiempo que transcurría hasta una nueva elevación, este funcionario además jugaba también un papel muy importante en materia hacendaría, judicial y cultural, estos dos supremos gobernantes, eran auxiliados en sus funciones por varios cuerpos de pipiltin principales, cuyas labores eran administrativas, jurisdiccionales hacendarías, militares y religiosas, destacaban entre estos cuerpos el de los cuatro consejeros más próximos a la cabeza del Estado, los pochtecah. El clero era una compleja organización encargada del culto y de la educación, al frente de la cual se encontraban los sacerdotes; los militares era otro grupo de mucha importancia e influencia y estaba comandado por dos guerreros, el tlacatéccatl y el tlacochcálcatl. La hacienda pública estaba dirigida por el hueicalpixqui, jefe de todos los recaudadores y el petlacálcatl, 38 Ibidem. Pág. 8. Neevia docConverter 5.1 25 encargado de la conservación del tributo. Tanto los jueces como los militares, los sacerdotes y los funcionarios fiscales, recibían órdenes directas del tlatoani y del cihuacatl. En todo el cuerpo gobernante, los meritos eran determinantes para la ocupación de los puestos 39 . “El poder administrativo partía de la distribución demográfica (calpullis, parcialidades, etc.), a través de las jerarquías escolares (calmécac y tepuchcallis), económicas (tributarias, industriales y comerciales), religiosas, militares (en cuanto a preparación, organización y armamento) y judiciales (desde el teuctli a tlatocan, hasta llegar al cihuacóatl). El poder ejecutivo partía del tlatoani a través de sus grandes ejecutores de órdenes, luego los generales, valientes, embajadores, pochtecas, etc” 40 . “Para llevar a cabo sus funciones tanto el poder administrativo, como el poder ejecutivo, utilizaban a un numeroso grupo de trabajadores que laboraban de manera permanente o temporal. Algunos, los menos, percibían ingresos y disfrutaban de prestaciones concedidas por la autoridad, otro grupo el mayoritario, no obstante que aportaba esfuerzos y en ocasiones debía traer instrumentos de trabajo, tenía que conformarse en recibir en ocasiones sus alimentos, junto con la promesa de mantener la seguridad en sus lugares de origen” 41 . Las poblaciones sojuzgadas, contribuían no solo con aportaciones materiales, sino que debían proporcionar a los mexicas servicios obligatorios 39 Cfr. Ibidem. Págs. 8 y 9. 40 Ibidem. Pág. 39. 41 Ibidem. Pág. 42. Neevia docConverter 5.1 26 y gratuitos enviando, a Tenochtitlan a personas que desempeñaran diversos trabajos en la ciudad, tales como la construcción de obras públicas, así como proporcionando sus servicios de mantenimiento de los palacios, templos o calzadas 42 . “El Estado mexica sostenía los órganos estatales, a los funcionarios y a los servidores públicos, proporcionándoles ingresos y prestaciones de diversa índole y por diferentes procedimientos; destacaba en forma prominente el sostenimiento del soberano, su familia y su corte, compuesta no sólo de dignatarios, sino también de muchos empleados y nobles; además de ser alimentados, estos dignatarios, funcionarios y empleados recibían otros ingresos derivados de tributos especiales sobre los pueblos sojuzgados” 43 . Numerosos empleados, recibían tierra propia que era cultivada para ellos y obtenían los frutos; vivían del tributo porque los que trabajaban para ellos estaban exentos del pago del tributo especial; entre las tierras consideradas como de propiedad individual estaban los mayorazgos, las tierras de mayeque y las tierras otorgadas a los jueces que eran conocidas con el nombre de pitlalli. Cada tlatoani tenía tierras de mayeque las cuales estaban destinadas a la manutención propia; pero algunas eran obtenidas como derechos de individuo independientemente de su carácter de gobernante, mientras que las llamadas mayorazgos, estaban dedicadas al sostenimiento del tlatoani como 42 Cfr. Ibidem. Pág. 45. 43 Ibidem. Págs. 56 y 57. Neevia docConverter 5.1 27 funcionario público, por lo que tenía derecho a éstas, la persona que adquiría el cargo. También debemos mencionar, las tierras que estaban destinadas a los jueces, las cuales estaban también ligadas al desempeño de un cargo como pago que el Estado hacía a sus funcionarios, existían del mismo modo las tierras llamadas tlatocatlalli, las cuales eran arrendadas para con su producto, sostener los gastos continuos del palacio, entre ellos, la alimentación de los cortesanos y los huéspedes. Por último, estaban las tierras destinadas a la manutención de la gente de palacio,como pago de los servicios de reparación, limpieza y ordenamiento de las casas reales y jardines, así como el acompañamiento y servicio al tlatoani, estos cargos eran hereditarios por regla general 44 . “Por lo que se refiere a los sacerdotes y guerreros independientemente de sus ingresos básicos, recibían otras asignaciones complementarias, para los primeros, los señores y los nobles entregaban voluntariamente parte de su tributo para fines religiosos, y por lo que se refiere a los guerreros, siendo la guerra la más importante y productiva de las actividades eran los militares quienes mayores ingresos adicionales recibían” 45 . 44 Cfr. Ibidem. Págs. 59 y 60. 45 Ibidem. Pág. 60. Neevia docConverter 5.1 28 1.2.2. MÉXICO COLONIAL “El dominio establecido sobre el territorio de la Nueva España por los españoles, se debió a actos bélicos, a la demanda de protección de algunos pueblos débiles, a la invitación de otros que eran independientes y se ofrecieron a reconocerse súbditos del rey de España, este conjunto de hechos tan diversos, es lo que se llama ‘la conquista’, cuyo periodo se extiende por más de dos siglos, desde 1519 hasta 1770 aproximadamente” 46 . “A través de su larga historia, la administración del imperio español, siempre evidenció una política relativamente clara de selección de personal; el mayor interés no se cifraba en conseguir hombres que administraran bien, sino preferentemente hombres leales al rey y a la madre patria; tanto es así que en un principio se estableció una cuidadosa criba por medio de la Casa de Contratación, para impedir que viajaran a las colonias personas que no pudieran ser considerados súbditos leales de la Corona de Castilla, aunque con el paso del tiempo el privilegio de trasladarse a las colonias se hizo extensivo a todos los habitantes de España; pero respecto a los funcionarios importantes, continuó la selección cuidadosa hasta la independencia” 47 . “En los primeros tiempos de la conquista, la política real favorecía la concesión de amplios poderes y privilegios, a quienes emprendían expediciones de exploración, como consecuencia de esto, la primitiva organización política, amenazó con llegar hacer de naturaleza feudal; sin 46 LÓPEZ ROSADO, Diego G. La Burocracia en México. “Segunda Parte Época Virreinal”. México. 1980. Pág. 75. 47 Ibidem. Pág. 141 y 142. Neevia docConverter 5.1 29 embargo, no paso mucho tiempo antes de que se propiciara una deliberada burocratización, y los poderosos conquistadores quedaron sujetos a una autoridad administrativa reglamentada, al cabo de 50 años después de la conquista, los altos puestos gubernamentales de la Nueva España, estaban firmemente acaparados por españoles peninsulares, escogidos por sus hojas de servicio y su lealtad al rey” 48 . “El esfuerzo de los españoles para controlar al personal mediante una selección hecha desde la metrópoli logró sus propósitos durante un tiempo, pero a la larga esto resultó contraproducente, debido a que el número de españoles americanos, es decir, de criollos, creció constantemente, y el hecho de que no fueran elegidos para puestos mas importantes del gobierno, creó un amargo resentimiento en ellos, que fructificó plenamente en el movimiento de independencia” 49 . Los criollos lograban puestos de menor importancia en los ayuntamientos, sin embargo, muchos fueron aceptados para desempeñar cargos eclesiásticos, y en ocasiones pudieron elevarse hasta los tribunales importantes, ello obedeció fundamentalmente a la práctica de poner en venta los puestos públicos a los mejores postores, con excepción generalmente de los judiciales. Todo el procedimiento para anunciar vacantes, recibir posturas y otorgar concesiones, estaba rigurosamente reglamentado por la ley y bajo la supervisión del virrey, conforme empezó a desarrollarse este sistema, los empleos públicos pudieron adquirirse por breves períodos o como cargos vitalicios; incluso estaba permitida su reventa, con la condición de pagar al 48 Ídem. 49 Ibidem. Pág. 145. Neevia docConverter 5.1 30 tesoro real un porcentaje determinado sobre el precio de venta, eventualmente llegó a ser posible, pasar los puestos a los hijos, y aun a generaciones subsecuentes 50 . “Criollos y españoles con poder local competían por los puestos; las familias con posibilidades lograban adueñarse de ellos, para perpetuar su influencia como élites locales, para obtenerlos había que acudir a la subastas públicas en las que eran rematados y, obtenido el puesto, había que asegurar su buen desempeño con una fianza. Mayores consecuencias tuvieron las adquisiciones de las alcaldías mayores y corregimientos, las cuales no eran propiamente ventas, sino arreglos con los virreyes. Bajo los alcaldes mayores y los corregidores, que eran por lo general españoles peninsulares, estaban sus ‘tenientes’, estos puestos se vendían también y fueron particularmente poderosos en las distintas localidades” 51 . Hasta las reformas borbónicas de fines del siglo XVIII, la corona española dependía de unos cuantos oficiales funcionarios para gobernar el imperio americano, por lo cual, para hacerlo más lucrativo Carlos III y sus ministros se apoyaron en los instrumentos clásicos. Se organizó un destacamento de 10,000 hombres para el servicio permanente en la Nueva España, la burocracia fiscal tuvo una expansión sin precedente, al ampliarse las viejas instituciones como la Tesorería y la Corte de Auditoria, así como la creación de nuevas dependencias; el monopolio del tabaco, las intendencias y el servicio de alcabalas, como consecuencia de estas reformas se calcula que 50 Cfr. Ídem. 51 Ibidem. Pág. 146. Neevia docConverter 5.1 31 los puestos burocráticos bien remunerados se cuadriplicaron, persistiendo el énfasis en la recaudación de impuestos 52 . Existían tres grandes grupos de personal burocrático, en las últimas décadas del virreinato; las jerarquías eclesiástica, militar y civil; abocaremos nuestra atención, por ser el objeto de nuestro estudio hacia la jerarquía civil. En primer lugar se encontraba el virrey, que era el representante personal del rey, y sobre el cual recaía casi toda la responsabilidad del gobierno, no solo desempeñaba ese cargo sino que también era gobernador de la provincia de México, y comandante de las fuerzas militares, superintendente de la hacienda pública y presidente de la audiencia. El virrey era asistido por un secretario para solventar los deberes rutinarios de la administración, así mismo contaba con un asistente o consultor legal. El virrey compartía su autoridad con el cuerpo judicial denominado la Audiencia, a la que estaba obligado a consultar en asuntos de gran importancia; junto con la audiencia de México, integrada por un regente y diez oidores, divididos en dos salas para los negocios civiles; un sala para asuntos penales, formada por cinco magistrados alcaldes de corte y fiscales de lo civil, tres de lo criminal y tres de real hacienda, funcionaba también la Audiencia de Guadalajara, que sólo tenía una sala de cuatro oidores, un regente y un fiscal, que entendían tanto de asuntos civiles como criminales y de hacienda 53 . 52 Cfr. Ibidem. Pág. 147. 53 Cfr. Ibidem. Págs. 163 y 164. Neevia docConverter 5.1 32 Las crisis agrícolas de 1779 y 1785, así como las devastadoras epidemias sumadas a las guerras entre España e Inglaterra, produjeron una sensible baja en las actividades económicas novo hispanas, y por lo tanto en los ingresos del erario, lo que impedía pagar sueldosremuneradores a nuevos funcionarios. No obstante la profusa reglamentación de esa época, no fue posible crear un cuerpo de funcionarios eficiente y honesto, leal a la corona y respetado por la comunidad donde operaba, al contrario la regla fue el funcionario venal y el reforzamiento de la concepción patrimonialista de los cargos públicos 54 . 1.2.3. PERIODO INDEPENDIENTE Como bien sabemos, el año 1821 es el que se reconoce como el inicio de la vida independiente en nuestro país, sin embargo, para los fines de esta investigación, en este apartado abordaremos algunos años atrás, y analizaremos el periodo comprendido entre los años 1814 a 1911, debemos mencionar, que debido a la existencia en esta época de importantes leyes y decretos en los cuales se encontraban reguladas las relaciones entre el Estado y sus servidores, presentaremos un breve análisis de contenido, de cada uno de ellos. En primer lugar, el Decreto Constitucional para la libertad de América Mexicana, sancionado en Apatzingán el 22 de octubre de 1814, el cual en la 54 Cfr. Ibidem. Pág. 172. Neevia docConverter 5.1 33 parte relativa a las relaciones burocráticas establecía en su artículo 25, que ningún ciudadano podría obtener más ventajas, que las que éste haya merecido por servicios hechos al Estado, los cuales no eran títulos comunicables, ni hereditarios, por lo cual se consideró contrario a la razón que un hombre naciera legislador o magistrado, esto con motivo de poner fin a la “mafia” burocrática conformada en la época colonial, y que ya hemos analizado en apartado anterior, en este mismo sentido versaba también el artículo 26 del mismo decreto que establecía la temporalidad de los empleados públicos 55 . En 1818, se reglamentó el abono de sueldos de los empleados que gozaban de licencias temporales para restablecer su salud, en ese mismo año se prohíbe a los que manejan caudales de la nación, disponer de ellos, así mismo se establece una pena a los funcionarios públicos que no cumplieran con algún decreto u orden. En la Constitución de 1824, concretamente en su artículo 110, el cual enumeraba las facultades y atribuciones del Presidente de la República, se establecía entre éstas, por un lado nombrar y remover libremente a los secretarios de despacho, así como nombrar a los jefes de las oficinas generales de Hacienda, los de las Comisarías Generales, los enviados diplomáticos y cónsules, a los coroneles y demás oficiales superiores del ejercito permanente, con aprobación del senado y en sus recesos del Consejo de Gobierno 56 . 55 Cfr. ACOSTA ROMERO, Miguel. Derecho Burocrático Mexicano. Tercera edición. Editorial Porrúa. México. 2002. Págs. 57 y 58. 56 Cfr. Ídem. Neevia docConverter 5.1 34 En 1828, se giró una circular con reglas para cubrir las vacantes existentes en la administración pública, y en el mismo año se otorgó pensión a los trabajadores de la Casa de Moneda, un año mas tarde fue expedida una ley para regular los días de labores en las oficinas, y en 1831 se crearon dos leyes en esta materia, la primera sobre descuentos de sueldos y, la segunda sobre viáticos a familias de diputados. “1835 fue un año importante, pues se dictaron dos leyes de relevancia en esta materia, la primera sobre la pensión que debían disfrutar los empleados diplomáticos cuando terminara su cargo y la asignación de vacantes; en segundo término se estableció el sueldo que disfrutaría el Presidente de la República, el Presidente Interino y el del Consejo, así como los secretarios de despacho, los consejeros, senadores y diputados. En 1836, se promulgaron las llamadas Bases Constitucionales, las cuales establecían entre otras cosas, las facultades del Presidente de la República para nombrar y remover libremente a los secretarios de despacho, esta prerrogativa del Presidente, también se estableció en la constitución de 1857, en su artículo 85, en ese año fue expedida una circular del ministerio de relaciones sobre pensiones a los empleados del cuerpo diplomático. En el año 1885 un decreto de gobierno, reglamentó de forma minuciosa la expedición de despachos y nombramientos de empleados públicos, también fueron expedidas diversas circulares sobre descuentos de sueldos, licencias y registros de nombramientos. En 1890 una circular de la Neevia docConverter 5.1 35 tesorería determina que por fallecimiento de algún empleado podía firmar su viuda la nómina para la percepción del sueldo” 57 . En 1896, fue expedida una ley reglamentaria de los artículos 104 y 105 de la Constitución de 1857, en donde se establecieron algunas penas como la destitución del cargo y la inhabilitación, también se establecieron algunas alicientes como la inamovilidad y el otorgamiento de ascensos, haciendo especial hincapié en la responsabilidad de los altos funcionarios. Es en el año de 1911, donde se ve por primera vez la intención de crear una ley que regulara las relaciones entre el Estado y sus servidores, esto mediante el Proyecto de Ley del Servicio Civil de los Empleados Federales, cuyo fin era asegurar los derechos y otorgar estabilidad a los burócratas, sin embargo lamentablemente dicho proyecto no fue aprobado 58 . 1.2.4. DE LA REVOLUCIÓN A NUESTROS DÍAS La historia de los trabajadores al servicio del Estado, es compleja debido a las diferentes interpretaciones de normas constitucionales, sin dejar de lado los intereses contradictorios que han colocado a los trabajadores burocráticos en una especie de limbo jurídico. Es en este periodo histórico, donde se localizan los antecedentes legislativos del actual régimen normativo de las relaciones entre el Estado y sus trabajadores, cuyo punto de partida se produce con la promulgación de la 57 Ibidem. Pág. 60. 58 Cfr. Ídem. Neevia docConverter 5.1 36 Constitución de 1917, tanto en su artículo 123 como en el 89, este último, referente a las atribuciones del ejecutivo para nombrar y remover a los empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no estuviese determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes; sin embargo, por lo que se refiere al artículo 123, aun en estos tiempos existen muchas teorías sobre la intención de algunos legisladores de esa época en incluir bajo la protección legal de este artículo a los trabajadores al servicio del Estado 59 . “Sin embargo, fue hasta la presidencia de Álvaro Obregón de 1920 a 1924, donde como resultado de las presiones de los trabajadores, se expidió un decreto que estableció las pensiones de retiro para el personal docente y otro relacionado con la inamovilidad de los trabajadores, pero aun así ninguno de ellos resultó realmente efectivo” 60 . En el periodo presidencial de Plutarco Elías Calles, fue reglamentada la ley que en 1917 había dado forma a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, sin embargo, esto se hizo en términos totalmente conservadores, ya que se diseñó un proyecto semejante al civil, sin tomar en cuenta la función tutelar del Derecho del Trabajo; fue en 1929 con Emilio Portes Gil quien presentó una iniciativa de reforma constitucional, que facultó de manera exclusiva al Congreso de la Unión, a dictar leyes en materia de trabajo, lo que dió como resultado la creación de la Ley Federal del Trabajo en el año de 1931, la cual, en su artículo segundo establecía la negativa ante la inclusión de los burócratas en el artículo 123 constitucional, al señalar que las relaciones entre 59 Cfr. DE BUEN LOZANO, Néstor y otros. Trabajadores del Estado en Iberoamérica. Ob. Cit. Págs. 100 y 101. 60 Ídem. Neevia docConverter 5.1 37 el Estado ysus servidores se regirían por las leyes del servicio civil que con este fin se expidieran 61 . Para reafirmar este criterio el presidente Abelardo L. Rodríguez, casi inmediatamente después de tomar posesión en septiembre de 1932, dictó un acuerdo en el sentido de que los empleados del poder ejecutivo, no serían removidos de su cargo sino por justa causa, en el año de 1934 dictó el llamado “Acuerdo sobre Organización del Servicio Civil”, sin embargo los trabajadores no aceptaron esta formula, y decidieron integrar organizaciones bajo el amparo del artículo 123 constitucional creando la Unión General de Trabajadores de Materiales de Guerra, en el año 1935 se crea la Alianza de Trabajadores de Salubridad y la Alianza de Trabajadores del Estado también en ese año, la cual un año después se transformaría en Federación Nacional de Trabajadores del Estado 62 . En el año 1938, durante el periodo del Presidente Lázaro Cárdenas, se emitió el 27 de noviembre, el Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado, con el cual se consiguieron importantes logros, como el volver hacer considerados como trabajadores y no sujetos de relaciones administrativas, sin embargo, debemos mencionar que no obstante que se reconocieron derechos de sindicalización y huelga, el alcance de estos resultaba mucho menor en comparación de los que derivaban del artículo 123 constitucional. 61 Cfr. Ibidem. Pág. 102. 62 Cfr. Ídem. Neevia docConverter 5.1 38 “A este Estatuto, le siguió con un nombre muy parecido el ‘Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión’, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 17 de abril de 1941, el cual no modificó las cosas en lo esencial, sin embargo algo muy importante fue la adición de nuevos cargos o empleos a los llamados ‘de confianza’ es decir, para aquellos servidores públicos a los que en realidad no les eran aplicables la protección de dicho Estatuto, ya que podían ser removidos libremente por los titulares” 63 . En la presidencia de Adolfo López Mateos en el año 1960, se promovió la iniciativa que agregó al artículo 123 constitucional el apartado “B”, relativo a los trabajadores al servicio de los Poderes de la Unión, los Gobiernos del Distrito y de los Territorios Federales, hay muchos criterios encontrados respecto a este hecho, pues mientras consideran esto como un logro en materia de protección a los derechos laborales de este tipo de trabajadores, otros lo consideran como un mero acto de discriminación, en el cual como lo menciona Néstor de Buen, se les permitió la entrada al artículo 123 pero por la puerta de servicio 64 . En diciembre de 1963 se promulga la ley reglamentaría de dicho apartado es decir, la llamada “Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado”, que establece entre otras cosas, que la relación laboral y la estabilidad solo existiría jurídicamente entre los titulares de las dependencias 63 CANTÓN MOLLER, Miguel. Derecho Individual del Trabajo Burocrático. Cárdenas Editor y Distribuidor. México. 2002. Pág. 104 y 105. 64 Cfr. DE BUEN LOZANO, Néstor y otros. Trabajadores del Estado en Iberoamérica. Ob. Cit. Pág. 103. Neevia docConverter 5.1 39 y los trabajadores “de base”, excluyendo desde luego a los trabajadores de confianza, y a los llamados “prestadores de servicios”. Un segmento muy importante de la actividad económica de un país, lo constituyen las funciones realizadas por las instituciones bancarias, por lo que debemos hacer referencia al decreto expropiatorio de la banca privada de México del 1º de septiembre de 1982, motivo por el cual se tuvieron que realizar reformas a la Constitución creándose la fracción XIII bis del apartado “B”, del artículo 123, para determinar las bases a las que habrían de sujetarse los trabajadores bancarios, como servidores del Estado; sin embargo esta referencia en la actualidad solo tiene un valor histórico, pues en 1990 al publicarse la Ley de Instituciones de Crédito, se consumó la desnacionalización, lo curioso es que después de ocho años al servicio del Estado se despojó a esas relaciones laborales de su naturaleza pública, lo cual muchos estudiosos consideran como una característica intrínseca de esas relaciones 65 . Vivimos en una época difícil, donde fenómenos políticos, económicos y sociales, afectan y transforman nuestra organización laboral, los grandes logros en materia del trabajo alcanzados por nuestros antepasados se tambalean, ante los nuevos regimenes neoliberales, y ante la inevitable globalización, aunado a esto se presenta desde hace algún tiempo un concepto relativamente nuevo llamado “flexibilidad laboral”, que afecta por supuesto a toda relación laboral por igual. 65 Cfr. Ibidem. Pág. 104. Neevia docConverter 5.1 40 Desde el sexenio de Carlos Salinas, pasando por el de Ernesto Zedillo, Vicente Fox, y ahora Felipe Calderón, se ha implantado en nuestro país una forma de gobierno neoliberal, que fomenta las privatizaciones, buscando reducir las funciones del Estado permitiendo la participación de capital privado lo cual de manera general coloca en un estado de desigualdad al que tiene, frente al que no tiene, y como consecuencia obvia también al capital frente al trabajo. En este primer capítulo, dedicado al surgimiento y evolución del derecho burocrático, partimos de un punto general, el cual nos ayudó a situar en el tiempo los logros y desde luego, también los desencuentros y fracasos a los que se ha enfrentado esta clase trabajadora; y aunque la presente investigación tiene como objeto de estudio la realidad jurídica y social de los trabajadores por “honorarios” al servicio del Estado; debido a que la implementación de esta forma de contratación es relativamente moderna. Será en el siguiente capítulo, donde aportaremos los elementos necesarios para delimitar y enfocar de manera particular, la naturaleza de este tipo de relaciones jurídicas; lo anterior mediante el estudio de los conceptos jurídicos aplicables. Neevia docConverter 5.1 41 CAPÍTULO 2. CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES EN MATERIA BUROCRÁTICA Partiendo de una recopilación realizada, tanto en la doctrina nacional como internacional, de los diferentes conceptos fundamentales en materia burocrática, reconoceremos los elementos esenciales de cada uno de ellos, lo que nos permitirá tener una visión mas profunda de nuestro tema de estudio y en algunos casos, realizar determinadas aportaciones de tipo personal. 2.1. DERECHO BUROCRÁTICO En primer lugar, debemos conocer el origen del término “bureaucratie” (burocracia), el cual se remite a Francia en el año de 1745, donde fue utilizado por vez primera por Vincent de Gournay, economista de la escuela de los fisiócratas; en la palabra burocracia encontramos junto a la idea de buró u oficina, la idea de fuerza o de poder sugerida por el sufijo “cracia” 1 . El Derecho Burocrático según Miguel Acosta Romero: “…es aquella disciplina o rama del Derecho Social, que tiene por objeto regular los derechos y obligaciones recíprocos entre el Estado y sus servidores, que establece además, las bases de justicia que tiendan a equilibrar el disfrute de las garantías sociales por parte de los servidores públicos, con el ejercicio y 1 Cfr. SAUVY, Alfred. La Burocracia. Segunda edición. Editorial Universitaria de Buenos Aires. Argentina. 1976. Pág. 5. Neevia docConverter 5.1 42 cumplimiento de las funciones, tareas y compromisos que corresponde cumplir al Estado, como representante de la sociedad” 2 . En la opinión de Carlos
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