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FFAACCUULLTTAADD DDEE OODDOONNTTOOLLOOGGÍÍAA VINCULACIÓN DE LA ODONTOLOGÍA CON LA COMISIÓN NACIONAL DE ARBITRAJE MÉDICO ( CONAMED ). T E S I N A QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE C I R U J A N A D E N T I S T A P R E S E N T A : CINTHYA BELEM RAMÍREZ SÁNCHEZ TUTORA: LIC. MARÍA CRESCENCIA GONZÁLEZ GARCÍA ASESOR: C.D. JUAN MEDRANO MORALES MÉXICO, D. F. AÑO 2008 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Neevia docConverter 5.1 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. Esta tesi Sánchez J Agradezc a Agrade estuvieron Agrade Agradez asumi Agradez igualm Cirujano D conocimien ina está ded Juárez, a qu compren co a mis he apoyo que m ezco a las a n conmigo y ezco haber zco a la Lice ido la tarea co a la Univ mente a los m entista de l nto y me pr profesion dicada a m uienes agra nsión. En to ermanos, Y me brindan amigas por y compartim encontrado enciada Ma de dirigir e disponibil versidad po miembros d la Facultad roporcionar ista, a ellos mis padres, S adezco de t odo momen Yuridia, Nés n. Sé que cu r su confian mos tantas a o el amor y aría Cresce este trabajo lidad. Much or haberme del cuerpo d de Odonto ron las herr s mi más sin Santiago R todo corazó nto los llevo tor y César uento con e nza y apoyo aventuras, compartir m ncia Gonzá o, sus conse has gracias e hecho par de profesor ología UNAM ramientas n ncero agra Ramírez Cor ón por su am o conmigo. r, por la com ellos siemp o incondicio experiencia mi existenc ález García ejos, sugere . rte de esta res de la ca M, que com necesarias p decimiento rona y Ana mor, cariño mpañía y el pre. onal. Que as y triunfo cia con él. a por haber rencias y institución, arrera de mpartieron s para ser un o. o y l s. su na Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez ÍNDICE INTRODUCCIÓN ....................................................................................... 6 ANTECEDENTES ...................................................................................... 7 I. DECRETO DE CREACIÓN ................................................................ 10 1. Valores que rigen a la CONAMED ....................................................... 11 2. Asuntos que atiende la CONAMED ..................................................... 13 3. Asuntos que no atiende la CONAMED ................................................ 13 4. Objetivos de la CONAMED ................................................................... 13 II. MODELO MEXICANO DE ARBITRAJE MÉDICO ....................... 14 1. Orientación ............................................................................................. 15 2. Asesoría especializada ......................................................................... 15 3. Proceso arbitral ..................................................................................... 16 3.1 Admisión de inconformidades ............................................................ 17 3.2 Resolución de inconformidades mediante gestión inmediata ............................................................................... 17 3.3 Etapa conciliatoria ............................................................................. 18 3.4 Propuesta de arreglo ......................................................................... 19 3.5 Etapa decisoria .................................................................................. 23 3.6 Ventajas del procedimiento arbitral ................................................... 24 3.7 Otras ventajas que tiene el procedimiento ante la CONAMED ............................................................................ 24 Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez III. LA RELACIÓN CIRUJANO DENTISTA – PACIENTE EN UNA SOCIEDAD EN EVOLUCIÓN ............................................................... 26 1. Modelos básicos de relación cirujano dentista – paciente ................ 26 1.1 Modelo actividad – pasividad ............................................................. 27 1.2 Modelo de cooperación – guía ........................................................... 27 1.3 Modelo de participación .................................................................... 28 1.4 Los nuevos modelos. Modelo Contractual y Modelo de Asociación .................................................................... 28 2. El nuevo paciente y la regulación social de la práctica ...................... 29 2.1 Interposiciones .................................................................................. 30 2.2 La elección del estomatólogo por el paciente .................................... 30 2.3Capacidades esenciales de la relación cirujano dentista – paciente ................................................................ 31 2.4 La odontología contemporánea y la relación cirujano dentista – paciente ............................................................... 31 2.5 Características del encuentro estomatólogo – paciente .................... 32 2.6 Necesidades, demandas y expectativas............................................ 32 V. CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS PACIENTES .............................................................................................. 34 VI. CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS CIRUJANOS DENTISTAS ..................................................................... 40 VII. RECOMENDACIONES GENERALES DIRIGIDAS A LOS PACIENTES PARA MEJORAR LA RELACIÓN CON EL CIRUJANO DENTISTA .......................................................................... 47 Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 1. Antes de la consulta ............................................................................... 48 2. Durante la consulta ................................................................................ 50 3. Después de la consulta ......................................................................... 53 VIII. RECOMENDACIONES PARA MEJORAR LA PRÁCTICA DE LA ODONTOLOGÍA ................................................................................ 56 CONCLUSIONES .................................................................................... 63 GLOSARIO ................................................................................................ 65 REFERENCIAS ........................................................................................ 70Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 6 INTRODUCCIÓN La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo cuarto establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud; con el creciente acceso de la población a los servicios médicos, los avances científicos y técnicos en la medicina, ha ayudado a ser cada vez más efectivo este derecho. La garantía del derecho a la protección de la salud consolida nuestro sistema de justicia social. Para fortalecer esa garantía, para mejorar la calidad de los servicios médicos en nuestro país, en respuesta a las demandas que la sociedad ha formulado sobre el prestador de servicios de salud, el Ejecutivo Federal dispuso la creación de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico cuyo decreto aparece publicado el 3 de Junio de 1996. La Comisión cuenta con unidades administrativas encargadas de llevar a cabo cada una de las funciones encomendadas, sin embargo, las áreas que en forma directa establecen comunicación con el usuario y el prestador de servicios para la resolución de un conflicto, son: Orientación y Quejas, Conciliación y Arbitraje. Los problemas ocultos de la relación cirujano dentista – paciente, son el origen de las características conflictivas del vínculo entre las dos partes, sobresaliendo siempre la falta de claridad ya sea de la relación propiamente dicha, como en las intervenciones o procedimientos a ejecutar, resaltan, la ausencia de calor humano, de franqueza y de otros valores necesarios, los cuales tristemente algunos estomatólogos han perdido y están dando a los pacientes un manejo impersonal, distante, frío, breve, confuso y muchas veces descortés, llevando a que se hable en forma generalizada de la deshumanización de la Odontología. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 7 ANTECEDENTES Los esfuerzos realizados por el Estado Mexicano para cubrir las necesidades de servicios médicos de los habitantes del país a través de sus instituciones, han redituado en avances muy importantes en el nivel de salud poblacional; sin embargo, aún se necesita una ardua labor para brindar atención médica a todos los núcleos de la sociedad. La reestructuración emprendida en el sistema nacional de salud tiene como base la consolidación de una cultura de salud sustentada en la aceptación y confianza hacia las instituciones médicas, y un desarrollo organizacional que estimule una actitud responsable de los profesionales vinculados con la práctica médica. Es prudente destacar que la CONAMED surgió a instancia del Ejecutivo Federal para resolver los conflictos suscitados entre los usuarios y los prestadores de servicios de la salud, sin afectar derechos que la ley concede a las partes para solucionar sus controversias. La Comisión cuenta con autonomía técnica suficiente para recibir, investigar y atender las quejas que se presenten, con lo que se garantiza a las partes la conciliación y la amigable composición, bajo los principios de imparcialidad y equidad. Conviene recalcar que tan solo en las instituciones públicas de salud en nuestro país, se otorgan 170 millones de consultas al año; cifra que no incluye exámenes de laboratorio y gabinete, intervenciones quirúrgicas u otros procedimientos diagnósticos y terapéuticos. Dentro de este inmenso quehacer, es comprensible que ocurran errores y surjan problemas; pero no por ello deben soslayarse los esfuerzos que permitan reducirlos o mejor aún, evitarlos. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 8 También es necesario señalar que en México, la profesión médica goza de un merecido prestigio social y que en términos generales, los médicos mexicanos asumen su responsabilidad con profesionalismo y sentido social, lo que les ha valido, en no pocas ocasiones el reconocimiento de la comunidad médica internacional. Si bien es cierto que muchas de las quejas e inconformidades de los usuarios de los servicios médicos son atendidas por las instancias jurisdiccionales competentes, también es verdad que se necesita contar con dictámenes técnicos independientes y bien fundamentados que respalden las resoluciones de tales instancias. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico no afecta el ejercicio de otros derechos y vías que la ley otorga a los mexicanos. Se creó para colaborar con las instancias jurisdiccionales en el desarrollo de los procesos que se ventilen ante ellas, al poder recurrir éstas a un organismo facultado y altamente calificado para la elaboración de dictámenes y peritajes especializados en la materia. En el ámbito que nos concierne, la relación cirujano dentista – paciente, la importancia de lograr una comunicación efectiva, profunda y empática es fundamental. Obtener del paciente la mayor información posible respecto de sus síntomas, poder describir con claridad los procesos a los que se someterá durante su rehabilitación, poder comunicar con precisión los porcentajes de riesgo o éxito existentes en el tratamiento todos ellos pueden convertirse en el origen del conflicto cirujano dentista – paciente, o por lo contrario, traer consigo una sana y perdurable relación humana. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 9 El estomatólogo es sometido a cambios en su habitual forma de actuar; por otra parte, el paciente ha modificado su condición, merced a lo accesible del conocimiento, tiene ahora un mayor nivel cultural y conoce mejor sus derechos como ciudadano y como consumidor. Hoy en día, el binomio cirujano dentista – paciente suele ser más complejo, a menudo un nuevo integrante se suma, el que está representado por los sistemas públicos o privados de salud y, por otra parte, la transformación del paciente en derechohabiente o usuario. Ello induce a que la relación se vea interferida y se convierte en una relación estomatólogo – institución – paciente o estomatólogo – norma – paciente. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 10 I. DECRETO DE CREACIÓN. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico se creó por Decreto presidencial el 3 de Junio de 1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación, durante el sexenio del presidente Dr. Ernesto Zedillo Ponce de León; para apoyar la protección del derecho a la salud y a la mejora de la calidad de los servicios médicos, a través de la resolución de conflictos entre los usuarios y prestadores de servicios de la salud. Ésta surge a partir de numerosas quejas por parte de los pacientes en contra del gremio médico, se estipula que se debe proporcionar servicio gratuito enfocado a la orientación de actividades profesionales, técnicas y auxiliares relacionadas con el área médica. La CONAMED cuenta con autonomía técnica, y tiene como principio actuar con imparcialidad, confidencialidad y respeto; ofrece diversas alternativas para la resolución de conflictos tales como: Orientación, Asesoría, Conciliación y Arbitraje (Modelo Mexicano de Arbitraje Médico).De igual manera emite recomendaciones y carta de derechos, para incrementar la calidad de los servicios médicos y mejorar la relación médico – paciente.1, 2,3 Dentro de los 14 artículos de los que consta este decreto, se establece que la CONAMED es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud Art.1, que tiene el objetivo de coadyuvar a resolver los conflictos que se da entre los usuarios y los prestadores de servicios médicos Art.2. La CONAMED brinda asesoría e información en forma gratuita, tanto a los usuarios como a los prestadores de servicios médicos sobre sus derechos y obligaciones, recibe quejas e investigapresuntas irregularidades en la prestación de servicios médicos, así también emite opiniones, dictámenes y laudos para permitir solucionar el conflicto; sin afectar el ejercicio de otros derechos o Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 11 medios de defensa de los que dispongan los usuarios o prestadores de servicios médicos conforme a la ley Art.4 y Art.13. La CONAMED está integrada por el Consejo, un Comisionado, dos Subcomisionados y las Unidades Administrativas Art.5; el Consejo está integrado por 10 consejeros y es dirigido por el Comisionado Art.6, quienes se reúnen por lo menos una vez cada tres meses para tomar decisiones Art.7, establece políticas, aprueba, expide tanto el reglamento interno como el reglamento de procedimientos para la atención de las quejas, analiza el informe anual que será presentado al Titular del Ejecutivo Federal, evalúa periódicamente las funciones de la Comisión y propone recomendaciones de acuerdo a los resultados Art.8. El Comisionado nombrado por el presidente de la República Art.9, tiene la facultad y obligación de ejercer la representación de la CONAMED Art.11. El Delegado de la Secretaría de Salud, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo analiza las funciones de la Comisión de acuerdo con las leyes establecidas Art.12.Por último, la Comisión Nacional de Derechos Humanos puede solicitar la documentación e informes a la CONAMED para atender las quejas que le competen Art.14.4 1. Valores que rigen a la CONAMED Respeto CONAMED admite a cada quien como es y reconoce su personalidad, integridad y dignidad. Imparcialidad CONAMED es justa en su actuación con todos los involucrados en los problemas o conflictos, sin beneficiar a cualquiera de las partes, analizando cada caso de acuerdo a los principios y valores de las ciencias de la salud (lex artis) y al marco jurídico que rige la práctica profesional. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 12 Actitud de servicio CONAMED promueve la participación, cooperación y el cumplimiento de la misión institucional, bajo una perspectiva comprometida con las necesidades de los usuarios. Confidencialidad CONAMED se responsabiliza de la información personal e institucional, actuando con coherencia y prudencia en el pensar, decir y actuar. Honestidad CONAMED actúa con verdad en cualquier situación, defiende la dignidad y la moderación en nuestras palabras o acciones y cuida de las propiedades personales y comunitarias, así como de las cosas prestadas y asuntos encomendados. Calidad en las acciones CONAMED trabaja bajo un esquema de planeación, supervisión y mejora continua. A partir de la certificación en la Norma ISO 9001:2000 desde el año 2001, la CONAMED ha recibido 6 auditorías de seguimiento, en las cuales se ha ratificado el Certificado, pues se mantiene operando bajo los estándares internacionales determinados por dicha la Norma. Trabajo en equipo CONAMED se relaciona y comparte positivamente con los demás sus capacidades para el logro de objetivos en bien de la institución y de la sociedad. Trato amable CONAMED promueve hábitos de cortesía, en todo momento y ante todas las personas que requieren de sus servicios. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 13 2. Asuntos que atiende la CONAMED. Actos u omisiones derivadas de la prestación de servicios de salud, así como de presuntos actos de posible mala práctica con efectos sobre la salud del usuario, lo que significa en estricto sentido, que sólo se enfoca al conocimiento de problemas relacionadas con tales servicios o con la negativa de prestación de los mismos. 3. Asuntos que no atiende la CONAMED. Actos u omisiones que constituyan delito(s). Asuntos que ya se encuentren en trámite ante otras instancias civiles. Controversias laborales o competencias de las autoridades del trabajo, en materia de seguridad social. Asuntos cuyo objetivo sea obtener pruebas preconstituidas para el inicio de un procedimiento judicial. Cuando la única pretensión sea sancionar al prestador del servicio médico.5 4. Objetivos de la CONAMED en Odontología. Mejorar la relación cirujano dentista – paciente. Atender eficazmente por vía de la conciliación o el arbitraje, las inconformidades de pacientes sobre la atención estomatológica recibida. Disminuir la atención judicial de las quejas médicas (estomatológicas). Difundir recomendaciones para mejorar la práctica de la odontología. Evitar la medicina defensiva.3 Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 14 II. MODELO MEXICANO DE ARBITRAJE MÉDICO. La CONAMED añadió el Programa de Consolidación del Arbitraje Médico, de acuerdo con los compromisos contraídos en el Programa Nacional de Salud 2001- 2006 y en el marco de la Cruzada por la Calidad de los Servicios de Salud, en este se establecen los objetivos y estrategias para reforzar un modelo único de atención de inconformidades, bajo una perspectiva de calidad y eficiencia, que sea aplicado en todo el territorio nacional, alcanzando así, una óptima resolución de conflictos con eficiencia, uniformidad y satisfacción de los usuarios por el servicio ofrecido, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de los servicios que se brinda a la sociedad. Para cumplir con este proceso es necesario plantear nuevos desafíos y establecer relaciones y acuerdos como estrategia de colaboración y coordinación con las instituciones de arbitraje médico en las entidades federativas, respetando, la autonomía otorgada en sus decretos de creación, para que sea aceptado. Ante esta perspectiva fue preciso establecer el Consejo Mexicano de Arbitraje Médico, como instancia de coordinación de acciones de las instituciones públicas que aplican el modelo de arbitraje médico en México, a fin de promover actividades conjuntas que permitan mejorar la práctica de la medicina y la estomatología e incrementar la calidad de la atención que se brinda a la ciudadanía en los ámbitos federal y estatal, así como situar a la CONAMED como el centro nacional de referencia. Derivado de los acuerdos formulados en el Consejo Mexicano de Arbitraje Médico, se trabajó en las acciones para la estandarización del modelo de arbitraje médico y la obtención de su correspondiente verificación en el ámbito nacional, con el personal médico y jurídico de las comisiones estatales que actualmente operan. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 15 La Comisión Nacional de Arbitraje Médico ha ido ajustando sucesivamente un modelo de atención de inconformidades médicas mediante la integración del proceso arbitral, definiendo los procedimientos de orientación, asesoría especializada, gestión inmediata, etapa conciliatoria y decisoria, quedando incluido el seguimiento de los compromisos asumidos por las partes en cada una de las etapas, hasta lograr un proceso integral y normalizado que permite satisfacer las necesidades de los usuarios. 1. Orientación. Esta etapa tiene como misión atender las inconformidades que la ciudadanía expresa de manera personal, telefónica o mediante correo electrónico sobre aspectos, como información general relativa a datos sobre la ubicación, servicio y alcances de la Comisión, requisitos para presentar una inconformidad, información para realizar trámites ante las instituciones de seguridad social en asuntos como incapacidades o pensiones, hasta criterios para elegir médicos y/o clínicas u hospitales privados. Al realizar esta primera interacción se aclaran dudas, inquietudes o problemas que no precisamente requieren la intervención especializada dela CONAMED. La información es otorgada por el personal técnico o administrativo y no precisan estar documentadas, ni hacer entrega de documentos de la misma a los interesados. 2. Asesoría especializada. Es una parte muy importante del trabajo de la Comisión, se refiere a las acciones de asesoría médico-legal que se brindan a la sociedad, relacionadas con la prestación de servicios de salud, al hallarse presunta irregularidad en la atención del paciente; es una queja médica, pero de Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 16 acuerdo a las pretensiones del usuario, no es atribución de la comisión solucionarla. Las asesorías, así como las acciones destinadas a la revisión y análisis minucioso de cada uno de los casos resultan de vital importancia, ya que constituyen el principal fundamento para la adecuada selección de asuntos procedentes e impiden que se abran expedientes que no tendrían posibilidad de solución y que generaría falsas expectativas en los usuarios, así como descontento y desconfianza en la CONAMED. Todas las asesorías se brindan a través de una atención personal, profesionalizada y especializada, con énfasis en el análisis médico jurídico motivo de la inconformidad. En cada caso se realiza un documento en el que se hace saber a los usuarios los derechos y obligaciones de los que goza, así como las alternativas legales para hacer notar su inconformidad y, en su caso, las ventajas y desventajas de cada instancia. 3. Proceso arbitral. Este proceso se inicia con la presentación y recepción de una queja y termina por alguna de las causas instituidas en el Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas Médicas de la CONAMED, está integrado por las etapas conciliatoria y decisoria y se tramita, con arreglo a la voluntad de las partes, en amigable composición, estricto derecho o en conciencia. Para su tramitación se requerirá de cláusula compromisoria o compromiso arbitral debidamente suscrito por las partes. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 17 3.1 Admisión de inconformidades. Cuando del análisis médico - jurídico motivo de la inconformidad se considere que existe negativa de servicios médicos, o irregularidad en su prestación y la pretensión es viable de atender, el personal especializado procede a la admisión de la queja requiriendo al usuario, o a través de persona autorizada para ello, los elementos necesarios para tal efecto. 3.2 Resolución de inconformidades mediante gestión inmediata. Hay casos en donde se compromete la situación de salud del paciente, se necesita una solución inmediata a los problemas presentados, o bien porque las pretensiones para solucionar la controversia se refieren únicamente a requerimientos de atención médica o de información, en este caso la CONAMED interviene y a través de una gestión se restituyen los derechos del paciente, resolviendo así el conflicto o previniendo uno mayor. A través de de estas gestiones, que se realizan con los prestadores del servicio, se logra solucionar en un tiempo menor de 48 horas. Durante las etapas de asesoría especializada y gestión inmediata, no sólo se fortalece la capacidad de resolución en menos de 48 horas, sino que también propician que un menor número de asuntos se continúen en las siguientes etapas del proceso arbitral. Las gestiones se formalizan en un expediente para su debido control y seguimiento para confirmar que los compromisos asumidos por el prestador del servicio sean evidentemente cumplidos en los plazos y términos pactados. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 18 3.3 Etapa conciliatoria. Hay inconformidades que no pueden ser resueltas por gestión inmediata, se procede a trasladar la queja, donde se envía una notificación personal al prestador, se le informa el alcance del proceso arbitral y también las posibles alternativas para la solución de la controversia, se recaba la aceptación del trámite arbitral y con esto se formaliza la cláusula compromisoria y se levanta acta de diligencia. Cuando el prestador de servicios acepta, tiene nueve días hábiles para presentar un escrito que debe contener resumen clínico del caso y su contestación a la queja, describiendo todos y cada uno de los hechos, precisando, en su caso, las propuestas de arreglo. También se incluirá síntesis curricular, fotocopia de su título, cédula profesional y si lo requiere comprobantes de especialidad, certificado del consejo de especialidad y la cédula que le corresponda. A efecto de promover el acuerdo de las partes, la Comisión realiza la audiencia de esta etapa en la que propone a los involucrados, después del análisis minucioso del motivo del trámite, se dan a conocer las vías de arreglo, que tendrán que ser evaluadas por los involucrados y de ser posible aceptadas por las partes, se origina un convenio o contrato de transacción, desistimiento de la acción o finiquito correspondiente, en el que se expresan las contraprestaciones que se pacten, con la sola limitación de que no deberán ser contrarios a derecho. Se da seguimiento al cumplimiento de los compromisos que asuman en los convenios, si éstos se cumplen voluntariamente se archiva el expediente como asunto total y definitivamente concluido, si no pasa esto, se brinda la orientación necesaria para su cumplimiento en los términos de ley. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 19 3.4 Propuesta de arreglo. La propuesta de arreglo es emitida por la CONAMED y se realiza porque las partes no concilian y no llegan a un arreglo, se realiza si ambos están de acuerdo, se fundamenta en la lex artis, normas sanitarias y aspectos jurídicos, que no resuelve el fondo de la queja, ni influye sobre los derechos de las partes, sino orienta a los interesados para buscar una solución equilibrada, con el propósito de resolver en definitiva el problema. La propuesta de arreglo se añadió a causa de las siguientes necesidades: Evitar la conducta que pueda originar una demanda. Hacer conscientes a las partes de la situación médico - jurídico, sin necesidad de pasar por procedimientos desgastantes, sin obligarlos a esperar el fallo y sin necesidad de dar una condena. Obtener una respuesta especializada e interdisciplinaria de acuerdo con los elementos metodológicos de una sentencia. Evitar plus petitio y falsas esperanzas a ambos. Evitar que sea manejado por vía jurídica y realizar juicios inútiles al no obtener la solución definitiva, Se orienta la resolución de la inconformidad llevándose a cabo la interpretación correcta y sustentada de los hechos. Se induce a las partes al acuerdo. Se manifiestan hipótesis objetivas para resolver el caso. Hacer saber a la parte que no tiene razón en lo que fundamenta, con la intención de que cambie su actitud, por lo que debe de estar consciente que puede ocasionarle más problemas. Buscar la atención médica más adecuada en beneficio de la salud del paciente y propiciar el autocuidado de su salud esto independientemente del resultado que se obtenga. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 20 Facilitar al prestador de servicios la reincorporación a su práctica y evitar imposiciones injustificadas. Evitar reparticiones innecesarias a las partes. Hay factores que prevalecen en el ámbito de los conflictos médico – paciente en la etapa resolutiva del proceso arbitral médico: • Los usuarios que llegan a la última etapa del proceso arbitral frecuentemente están afectados por enfermedades graves; • Muestran una gran antipatía y desconfianza no sólo hacia el prestador de servicios médicos,sino hacia la vida; • Debido a la desconfianza son renuentes no sólo a la Comisión, sino a las instituciones jurídicas; • Sufren de carga emocional, debido al conflicto familiar, laborar y personal; • La mayoría de las veces, han pasado por procedimientos proceso penal (sea como denunciantes o indiciados). • La relación médico - paciente, en su ámbito personal se encuentra especialmente deteriorada, incluso violando valores del usuario (falta de respeto, insultos, agresión, etc.) • A veces predominan expectativas infundadas en cuanto a lo esperable en los procesos jurídicos (plus petitio, ganancias, manipulación, etc.) • Otro factor que se agrega en la mayoría de los casos, la familia, es la que debería fortalecer hacia una conducta positiva, y sólo refuerza sus conductas negativas; lo que ocasiona que una simple negociación personal no resulte suficiente. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 21 Características de la propuesta de arreglo: - Se valora el acto médico de acuerdo a los términos de los principios científicos y éticos de la práctica médica, basado de acuerdo a la literatura. - Determinación de las causas de la enfermedad y de las obligaciones con las que se cuenta para tratar cada caso. - Estudio inmediato y exhaustivo del caso, con la interposición de asesoría certificada, sin necesidad de una audiencia de pruebas y testimonios. - Determinar las propuestas de trabajo para la evaluación del caso, a efecto de evitar la manipulación posterior por ambos. - Informar a los involucrados como está la situación de cada uno a través de ideas concretas y de propuestas. El trámite en amigable composición no cancela posibilidades para la solución de la controversia, por el contrario, la beneficia, debido a que: ∗ Está orientado para que opten por una solución negociada, aprobaciones recíprocas y lleguen a la solución. ∗ Se permite la solución personal por abandono de la acción, independiente de no existir un trato. Aún cuando sea una prueba oficial e institucional que va a beneficiar a quien tenga la razón en el caso y hace innecesario un peritaje de la Comisión. ∗ Permite a las partes buscar otras posibilidades en el convenio, tomando como base la opinión de la Institución. ∗ El análisis se lleva en un tiempo máximo de 45 días, para evitar el desgaste procesal. ∗ Si se mantiene el conflicto en CONAMED, se impide manipular los hechos. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 22 Elementos que integran las propuestas de arreglo: Antecedentes del proceso arbitral (queja, informe médico y etapa conciliatoria). Literatura relacionada con el caso. Apreciaciones con respecto al caso (tanto médicas como jurídicas, especialmente en lo que se refiere a los derechos y obligaciones asumidas por ambas partes). Se da la información en materia médica y jurídica a las partes. Propuestas de arreglo, pueden ser: Arreglo económico. Se ubica a las partes respecto a lo que quieren pero sin estar justificado. Si no existe justificación del motivo de queja, se invita a concluir la controversia. En caso de posible relación de causalidad con efectos adversos en la salud del paciente, se debe compensar de ser necesario los daños y perjuicios, donde a menudo es la causa real de la controversia. Se precisan las pruebas de ambos para evitar desviaciones procesales. Se hace énfasis que de no probar estos hechos no tendrán éxito procesal. Una vez emitida la propuesta de arreglo, si las partes no llegan a resolver su controversia mediante transacción o finiquito correspondiente y no optan por la vía de estricto derecho o en conciencia se tendrá a ambas por abandono de la instancia, dando por concluido el expediente de queja. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 23 3.5 Etapa decisoria. Cuando no se logra la conciliación, se plantea a los involucrados la propuesta de arreglo o la aceptación de someter su controversia a la resolución de CONAMED en estricto derecho o en conciencia. Mediante el arbitraje en estricto derecho, la Comisión resuelve el fondo del conflicto según las reglas del derecho, basado en las pruebas de ambas partes. Por medio del arbitraje en conciencia, resuelve la controversia en imparcialidad, bastando aprobar el cumplimiento de los principios científicos y éticos de la práctica médica. La CONAMED una vez establecidas las reglas, dispondrá conforme a derecho, a menos que en el compromiso arbitral o en la cláusula compromisoria se le encargue la amigable composición o el fallo en conciencia. La etapa decisoria concluye con la emisión del laudo una vez que se ofrecieron y esclarecieron las pruebas aportadas y se reciban los testimonios finales de las partes. La Comisión está autorizada para intentar el acuerdo de las partes, antes de establecer el laudo definitivo, cualesquiera que sean los términos de la cláusula compromisoria o del compromiso arbitral, se entenderá que CONAMED puede intervenir a título de amigable conciliador. Así también, la Comisión da seguimiento a los compromisos derivados de la emisión del laudo arbitral, hasta su completo cumplimiento.6 Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 24 3.6 Ventajas del procedimiento arbitral. Se trata de un convenio, pues proviene de la voluntad de las partes. Valoración de un especialista quien participa como perito. Las partes determinan el procedimiento. Señalan la legislación aplicable. Permite la conciliación en cualquier momento. Es un procedimiento rápido. El procedimiento es confidencial. Elige al juez competente para la emisión del laudo. Tanto el médico como el abogado deben actuar en forma complementaria y nunca el médico interpretar la ley ni el abogado interpretar la lex artis médica ad hoc. La riqueza del proceso arbitral, con el compromiso voluntario de las partes, en un círculo que asegure el respeto a sus derechos y obligaciones, con la coherencia que deba existir en cada aspecto que se presente o se discuta, hacen que la búsqueda de la verdad sea más objetiva, clara y equitativa. 3.7 Otras ventajas que tiene el procedimiento ante la CONAMED. a) En la audiencia de conciliación están presentes un médico y un abogado de la CONAMED, quienes tienen la responsabilidad de informar a las partes ajustando su actuación a las disposiciones normativas que regulan la prestación de servicios médicos. Esto garantiza la actuación imparcial de los servidores públicos. b) La emisión de opiniones técnicas por parte de CONAMED, al tomar en cuenta las recomendaciones formuladas, pretende que se mejoren los servicios de salud que se proporcionan, en beneficio de la sociedad. Neevia docConverter 5.1 c d A a c) En la C que col arbitrari d) Los acto un amb que no A continua arbitraje mé Información CONAMED aboran en as las reso os que se iente de co se revelan ción se mu édico. n Atención inicial Fi participan los análisi oluciones qu llevan a ca onfianza y d a ninguna uestra en f ig.1 Modelo Asesoría médicos e s y dictám ue se pronu abo ante la de respeto persona aje forma esqu o de Arbitra Queja Cinthya Bele externos, es enes, de ta uncien. CONAME a la identid ena al proc uemática, e Proceso aje Médico Gestión Inmediata em Ramírez Sán specialistas al manera D se realiz dad de las p cedimiento.5 en la fig.1 e Convenio de conciliación Arbitral a Propues en a com nchez 2 s certificado que no sea zan dentro d partes, por 5 el modelo d n Laudo tade arreglo amigable mposición 25 os an de lo de Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 26 III. LA RELACIÓN CIRUJANO DENTISTA – PACIENTE EN UNA SOCIEDAD EN EVOLUCIÓN. La relación cirujano dentista – paciente ha sido y será siempre el punto de partida de la práctica clínica. Se respalda en una serie de principios y valores que comparten, como son la confidencialidad, la veracidad, la fidelidad y la privacía, y en las habilidades del médico para comunicar e informar al paciente y para ganarse su confianza. Estos son atributos esenciales y, por ello, no tienen que ver con los cambios sociales o con los valores que prevalecen en un determinado momento o en una comunidad específica, pero la transformación en la sociedad puede hacer surgir otros valores o poner en riesgo los principales, por lo que se debe tener en cuenta cómo se da la relación cirujano dentista – paciente en el momento actual de las sociedades modernas y aceptar que la sociedad está en metamorfosis y que el futuro depende de cómo se resuelva este cambio.7Las condiciones de los estomatólogos hoy en día con frecuencia no favorecen una dedicación suficiente a la atención de cada paciente; los profesionales enfrentan ahora las presiones por la demanda, las exigencias de productividad, además de que tiene que satisfacer las necesidades de su propia familia. El desarrollo tecnológico, por su parte, ha incrementado las oportunidades de beneficiar a los pacientes, pero también ha generado nuevos inconvenientes, como la tecnificación de la práctica, el aumento de los costos y la intromisión de la tecnología entre cirujano dentista – paciente.8 1. Modelos básicos de relación médico – paciente. La relación cirujano dentista – paciente es el fundamento de la medicina actual, en el cual se efectúa una vinculación entre el estomatólogo y el paciente por haberse puesto en contacto, como un encuentro interpersonal, en el cual dos sujetos interactúan. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 27 1.1 Modelo actividad – pasividad. La relación médico – paciente ha sido claramente desigual con predominio de la imagen del estomatólogo, es él quien lleva la dirección. Este modelo, llamado hipocrático, se sustenta en el principio de beneficencia y es ejercido a través de un paternalismo. El estomatólogo toma las decisiones en nombre del paciente y siempre por su bien, partiendo de la idea de que el paciente no tiene capacidad de hacerlo, ya sea por falta de conocimientos médicos o de las limitaciones que le impone su enfermedad. 1.2 Modelo de cooperación – guía. Se encuentra con mayor frecuencia en la práctica clínica, y se caracteriza por pacientes conscientes, que describen y experimentan su enfermedad y que van a relatar y manifestar sus dolores, ansiedades, necesidades o expectativas. Existe una transferencia de la responsabilidad en la toma de decisiones, pero el estomatólogo no toma las decisiones sin tomar en cuenta al paciente, ya que: a) El paciente se encuentra consciente y manifiesta sus expectativas, ansiedades, dudas y temores con respecto a la atención bucodental. Por lo tanto sí existe interacción, lo cual va a influir en el comportamiento del estomatólogo. b) Desde el punto de vista ético, el estomatólogo y el paciente comparten la información, los resultados de los exámenes y la responsabilidad se encuentra compartida, en cierto grado. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 28 1.3 Modelo de participación. Este modelo se apoya en el principio de igualdad. Es posiblemente el resultado de cambios estructurales sociales y culturales como puede ser un incremento en el nivel educacional, mayor información y divulgación sobre la medicina en donde la protección a los derechos humanos se ha hecho más evidente destacándose, el respeto a la dignidad de la persona, el de la igualdad de los hombres, la libertad y la autonomía, etc. Las características de este modelo son: a) Responsabilidad compartida, que siempre será desigual en la toma de decisiones clínicas, especialmente en la implementación de terapias y medidas de cuidado personal. b) Mutua interdependencia en la causa de los problemas y su grado de afectación. 1.4 Los nuevos modelos. Modelo Contractual y Modelo de Asociación. Congruente con la mercantilización de la sociedad se ha consolidado un modelo contractual de relación cirujano dentista – paciente en el que, cada uno tiene derechos y obligaciones, entre aquellos el de poder expresar sus fallas. Desde que el estomatólogo es identificado como “ prestador de servicios “ y el paciente como “ usuario “ se aprecia una relación de este tipo, que responde a las necesidades de la población, que hace débiles los lazos afectivos que años atrás han caracterizado a los vínculos entre estomatólogo y paciente. El modelo de asociación reconoce la autonomía del paciente y su derecho a participar activamente en las decisiones que le competen, y se visualiza Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 29 mejor a partir de que el paciente tiene un problema, lo plantea al estomatólogo y entre ambos buscan la mejor manera de resolverlo. El paciente visualiza como objeto el trabajo médico, clínico o de investigación, constituye otro modelo contemporáneo que aísla las cualidades del enfermo como persona. Esta visión está basada en el trabajo técnico y hay que reconocer que muchos cirujanos dentistas de hoy sólo conocen al paciente en un muy limitado aspecto, pero frecuentemente se olvidan de la imagen que tiene como persona. 2. El nuevo paciente y la regulación social de la práctica. El paciente va adquiriendo cada vez más conductas de consumidor, de tal modo que selecciona entre varias ofertas, busca paquetes, compara precios y servicios. Además, ha surgido una variedad de pacientes críticos y desconfiados, en réplica probablemente a experiencias insatisfactorias, propias o de personas cercanas. No es raro que hoy los pacientes soliciten una segunda opinión, o hasta una tercera, antes de tomar una decisión, que consulten si lo que su estomatólogo les diagnosticó es o no correcto, y que cuestione cada una de las indicaciones. Más aún, que demanden legalmente cuando los resultados no le satisfacen, que se organicen para apoyar sus exigencias y que involucren a toda la sociedad en ello.7 El paciente se comporta, cada vez más como cliente, usuario y consumidor, y el estomatólogo como proveedor y prestador de un servicio. La mayoría de los pacientes ya no eligen a su estomatólogo con base en la confianza que les inspira y en su prestigio, tienen que aceptar el que se les asigna a nivel institucional o bien lo escogen por la oportunidad con que les otorga la cita, la comodidad de horario, el costo de los servicios, la garantía que promete, etc. En el modelo contractual de relación cirujano dentista – paciente se asignan Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 30 deberes y derechos a cada uno, y si alguno de ellos falla puede quejarse del otro.8 Todo esto ha conducido a una creciente regulación social de la práctica médica en la que ya los estomatólogos no pueden hacer, lo que quieren con sus pacientes. 2.1 Interposiciones. La relación cirujano dentista – paciente es interpersonal y la comunicación se da de manera verbal y no verbal. Las manifestaciones de los síntomas y signos tienen que ser leído por el clínico, interpretado y traducido en acciones y recomendaciones. Además, existe una relación afectiva, empática y cálida que, a más de su efecto terapéutico, favorece a la eficacia de la comunicación.En otras palabras que la interposición de terceros entre las dos personas se va haciendo frecuentemente y crea cambios; por ejemplo una relación estomatólogo – aparatos – paciente, estomatólogo – institución – paciente o estomatólogo – leyes o norma – paciente. 2.2 La elección del estomatólogo por el paciente. Un saludable principio para lograr una buena comunicación en la relación cirujano dentista – paciente es que éste pueda elegirlo y cambiar cuando no le satisfaga. Las mismas imperfecciones en el área de la salud hacen que los criterios para seleccionar al estomatólogo no siempre sean los más favorables a la propia salud, pues la elección se puede centrar en la promoción que cada médico haga de sus supuestas cualidades, su distinción o su permisibilidad de tal modo que no imponga sacrificios a los pacientes aún cuando éstos sean indispensables para su manejo. Así, el paciente puede decidir por un estomatólogo que no prohíba fumar, no intente incurrir Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 31 en otros malos hábitos y aliente prácticas cómodas pero inconvenientes para la salud. 2.3 Capacidades esenciales de la relación cirujano dentista – paciente. Lo primero a considerar es que la realización práctica de una actividad clínica de manera eficiente requiere que el estomatólogo desarrolle un conjunto muy variado de capacidades, que van más allá de las habilidades técnicas e intelectuales. Existen dos elementos que determinan estas capacidades: 1. La utilización de una terapéutica que va a estar establecida en un diagnóstico clínico adecuado. 2. Entender que la enfermedad, posee una dimensión biológica, psicológica, ética y cultural. 2.4 La odontología contemporánea y la relación cirujano dentista – paciente. En la actualidad se encuentran ciertas características que van a influir en la relación interpersonal entre el estomatólogo y el paciente, entre ellas: a) La odontología moderna utiliza tecnologías cada vez más sofisticadas y caras para efectuar tratamientos con mayor calidad, así como para evaluar los pronósticos. Se ha considerado que el interponer la aparatología entre el estomatólogo y el paciente ha deshumanizado la práctica estomatológica, ya que la relación que deriva es una relación impersonal. b) Las especialidades en Estomatología, van a ser percibidas por el paciente con un sentimiento disperso de responsabilidad de la toma de decisiones Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 32 médicas. Ya que cada vez va a resultar más difícil que el estomatólogo tratante coordine bajo su responsabilidad la atención estomatológica de un grupo de especialistas. c) El ejercicio privado tiende a ser juzgado, por grupos de la población, con una tendencia marcada a la motivación económica. En esa línea la relación que se establece entre el estomatólogo y el paciente es de consumidor – proveedor. 2.5 Características del encuentro estomatólogo – paciente. El ejercicio de la Estomatología va a efectuarse con el contacto del cirujano dentista y el paciente, el cual se constituye por los siguientes factores: a. Las habilidades, actitudes y hábitos que el estomatólogo debe tener para resolver los problemas clínicos. b. Las tareas o funciones que el cirujano dentista tiene que ser capaz de realizar, de manera eficiente y metódica para poder resolver los problemas clínicos y entre éstos consiste: - Obtención de la información - Limitación de los problemas - Obtención del consentimiento informado - Educación al paciente, a la familia, etc. c. La enfermedad del paciente d. El paciente y su experiencia con el padecimiento. 2.6 Necesidades, demandas y expectativas. Indudablemente el paciente espera una terapéutica eficaz, como sumario y conclusión de su interacción con el médico, pero frecuentemente también espera que lo comprendan, que se pongan en su lugar, que lo escuchen; Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 33 desea saber qué es lo que le está ocurriendo, participar en su atención, comprender las implicaciones familiares y sociales de su enfermedad, desea obtener una interpretación integral de su estado de salud y no sólo el nombre de su enfermedad, que se considere su individualidad y no se le trate como a uno más, y que se tomen en cuenta sus diferencias intelectuales, económicas y culturales. El estomatólogo ya no sólo tiene que identificar el diagnóstico sino las expectativas del paciente. En la exploración tiene que formarse una idea de sus deseos, temores, preferencias, valores y principios. Tiene que atender los síntomas por los que acude el paciente e identificar otros que no intervengan en el padecimiento. Identificar no sólo la demanda del paciente sino su necesidad, lo cual exige de toda la habilidad. El estomatólogo es el que debe hacer los mayores esfuerzos para lograr una relación adecuada con sus pacientes, ahora se empieza a difundir la información sobre los derechos de los cirujanos dentistas.7 Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 34 V. CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS PACIENTES. Fue necesario avanzar en el fortalecimiento de una cultura que fomentará la participación social y la corresponsabilidad en el cuidado de la salud, por lo cual fue necesario destacar las prerrogativas que las propias disposiciones sanitarias del país que regulan en beneficio de los pacientes, las cuales se definieron en forma precisa y difundieron entre los propios usuarios de los servicios de salud. Es por ello que se encomendó a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico esta labor, que se enfocó a coordinar los esfuerzos institucionales para definir un proyecto que fuera puesto a consideración de las organizaciones sociales. En él se plantearon los derechos de los pacientes frente al médico que le brinda atención, y en el mes de diciembre de 2001 se concluyó con el diseño de la Carta de los Derechos Generales de los Pacientes (Fig. 2). Se efectuaron acciones de los antecedentes internacionales y bibliografía mundial publicada, que permitió la redacción de un anteproyecto, y la conformación de un grupo encargado de conducir su elaboración. El decálogo incluye además, en cada uno de sus artículos, el fundamento legal contemplado en los diferentes ordenamientos jurídicos relacionados con la materia. 1. Recibir atención médica adecuada El paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 35 Ley General de Salud. Artículos 51 y 89. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículos 21 y 48. 2. Recibir trato digno y respetuoso El paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes. Ley General de Salud. Artículos 51 y 83. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículos 25 y 48. 3. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz El paciente o el responsable, tienen derecho a que el médicotratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible; se brinde con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustada a la realidad. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículos 29 y 30. NOM-168SSA1-1998, del Expediente Clínico. Numeral 5.5. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 36 4. Decidir libremente sobre su atención El paciente o el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículo 80. NOM-168SSA1-1998, del Expediente Clínico. Numerales 4.2 y 10.1.1 Anteproyecto del Código — Guía Bioética de Conducta Profesional de la SSA, Artículo 4, fracción 4.3 “Declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial sobre los Derechos del Paciente” del 9 de enero de 1995, apartado C del punto número 10. 5. Otorgar o no su consentimiento válidamente informado El paciente o el responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten, de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico. También se incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 37 Ley General de Salud. Artículos 100, fracción IV, 320 y 321. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios médicos. Artículos 80 y 81. NOM-168-SSA1-1998, del Expediente Clínico. Numerales 4.2 y 10.1.1 6. Ser tratado con confidencialidad El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico, se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley. NOM-168SSA1-1998, del Expediente Clínico. Numeral 5.6 Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. Artículo 36. Ley General de Salud. Artículos 136, 137 y 138. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículos 19 y 35. 7. Contar con facilidades para obtener una segunda opinión El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículos 29 y 30. NOM-168-SSA-1-1998, del Expediente Clínico. Numerales 4.9. y 5.5 Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 38 8. Recibir atención médica en caso de urgencia Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, la paciente o el paciente tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones. Ley General de Salud. Artículo 55. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículos 71 y 73. 9. Contar con un expediente clínico El paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atención médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente que deberá cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de acuerdo al fin requerido. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Artículo 32. NOM-168-SSA1-1998, del Expediente Clínico. 10. Ser atendido cuando se inconforme por la atención médica recibida El paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se inconforme por la atención médica recibida de servidores públicos o privados. Asimismo tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud. Neevia docConverter 5.1 Ley Gen Reglam servicio Decreto Artículo neral de Sa mento de la os de atenci o de Crea os 2, 3, 4 y g alud. Artícu a Ley Gene ión médica ción de la 13.9 Fig. 2 Ca generales d lo 54. eral de Sa . Artículos a Comisión arta de lo de los pacie Cinthya Bele alud en ma 19, 51 y 52 n Naciona os derecho entes. em Ramírez Sán ateria de p 2. l de Arbit os nchez 3 prestación d raje Médic 39 de co. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 40 VI. CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS CIRUJANOS DENTISTAS. Cuando la profesión de la Odontología en México recientemente cumplió cien años, la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y los profesionales de la salud se unieron para que la sociedad estomatológica contará con un documento que hiciera tangibles sus derechos, tomando en cuenta el conjunto de principios científicos, deontológico y legales actuales que guían la conducta de las Cirujanas y los Cirujanos Dentistas a nivel nacional. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico coordinó junto con otras instituciones, entre ellas la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional Autónoma de México, con la finalidad de llevar a cabo el proceso de elaboración de la Carta de los Derechos Generales de los Cirujanos Dentistas ( Fig. 3). En este documento se generalizan los diferentes términos que se pueden utilizar para referirse al cirujano dentista, estos son: Estomatólogo, Médico Odontólogo, Licenciado en Estomatología, Licenciado en Odontología, Licenciado en Cirugía Dental o Médico Cirujano Dentista. En cada uno se precisa la redacción de las explicaciones correspondientes y se coloca la normativa nacional aplicable a cada punto como soporte legal necesario para otorgarle validez a su cumplimiento. Su liberación se presentó en el mes de diciembre del 2006 ante la presencia y con el aval del Subsecretario de Innovación y Calidad de la Secretaría de Salud y el Comisionado Nacional de Arbitraje Médico. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 41 La presentación de este decálogo busca que el Cirujano Dentista, además de desarrollar su actividad con la debida ligereza y competencia, en apego a las reglas que rigen la práctica odontológica, se conozcan los derechos en materia de prestación de servicios de salud bucal, a través de una atención principal que se identifique por ser más eficiente y eficaz, que se enfoque a los aspectos principales de la profesión a fin de que el gremio sea más responsable y unido, caracterizado por su liderazgo en elque se privilegien los aspectos éticos y se mejore la relación cirujano dentista – paciente. 1. Gozar de reconocimiento y prerrogativas iguales a otros profesionales del ámbito de la salud. La profesión de cirujano dentista es parte fundamental de los servicios de salud en México por lo cual, los profesionales de la salud bucal deben desarrollar su actividad profesional con apego a las disposiciones normativas que rigen de manera general la realización de las ciencias biomédicas, y por lo tanto, gozarán de derechos iguales a los que tienen otros profesionales de la salud. Ley General de Salud. Artículos. 24, I, II, III, 27, VII, 32. Ley Reglamentaria del Artículo 5to. Constitucional. Artículo 2, segundo. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, Para la prevención y control de enfermedades bucales. Numerales 4.1.16 y 7.2.2.7. 2. Ejercer la profesión en forma libre y sin presiones de cualquier naturaleza. El cirujano dentista tiene derecho a que se respete su juicio clínico (diagnóstico, plan de tratamiento, pronóstico y la ejecución del tratamiento y control), y su libertad prescriptiva, así como su libre decisión de declinar la Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 42 atención de algún paciente, siempre que se sustente sobre bases bioéticas, científicas y normativas. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 5. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, Para la prevención y control de enfermedades bucales. Numeral 5.4. 3. Recibir trato digno y respetuoso por parte de toda persona relacionada con su trabajo profesional. El cirujano dentista tiene derecho a recibir del paciente, sus familiares, tutor o representante legal, trato digno y respetuoso, mismo que deberá recibir de toda persona relacionada con su trabajo profesional. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 1. Ley Federal del Trabajo. Artículo 132, VI. 4. A no garantizar resultado cierto en la atención brindada, salvo en los casos expresamente pactados. Bajo el principio de libertad prescriptiva y tomando en cuenta el principio de variabilidad biológica, la atención brindada por el cirujano dentista no se puede considerar, en lo general, bajo los términos del compromiso de resultados, salvo que de manera expresa así lo haya pactado con el paciente. Ley General de Salud. Artículos 23, 32, 33, I, II, III. Ley Reglamentaria del Artículo 5to. Constitucional. Artículo 33. Código Civil Federal. Artículos 1828, 2613. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 43 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de los Servicios de Atención Médica. Artículos 7, 72. 5. Laborar en instalaciones apropiadas y seguras, así como disponer de los recursos que garanticen el desarrollo de su trabajo profesional. El cirujano dentista que presta sus servicios en instituciones públicas o privadas, tiene derecho a contar con lugares de trabajo e instalaciones que cumplan con medidas de seguridad e higiene, incluidas las que marca la ley. De igual forma, personal capacitado, equipo, instrumentos y materiales necesarios de calidad, para brindar el servicio conforme a los principios bioéticos, científicos y legales. Ley Federal del Trabajo. Artículos 51, VII, 132, III. Ley General de Salud. Artículo 166. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículo 19, II. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, Para la prevención y control de enfermedades bucales. Numerales 5.8, 5.9, 6.3, 6.3.2, 7.3.1. 6. Contar con acceso a la actualización profesional y ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo profesional. El cirujano dentista debe ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo profesional, que se le facilite el acceso a la educación continua, con el propósito de mantenerse actualizado, aplicar sus conocimientos, habilidades, destrezas, valores y experiencias en beneficio de sus pacientes. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 44 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1, Párrafo Tercero. Ley General de Salud. Artículos 89, 90, fracción I. Ley Federal del Trabajo. De la Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores. Artículos 153-A, 153-B, 153-F. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, Para la prevención y control de enfermedades bucales. Numerales 5.8, 7, 7.2.3.1. 7. Participar en actividades de investigación y docencia. El cirujano dentista tiene derecho, de acuerdo a su formación y a las necesidades institucionales, a participar en actividades de investigación y enseñanza apegándose a los principios bioéticos, como parte de su desarrollo y desempeño profesional. Ley General de Salud. Artículos 90, IV, 6, 17, 44, VI. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud. Artículo 4. 8. Salvaguardar su prestigio profesional. El cirujano dentista tiene derecho a la defensa de su prestigio profesional y a que la información sobre la trayectoria de una probable controversia se trate con privacidad, y en su caso a pretender la reparación del daño causado. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 14, segundo párrafo, 16, 17. Ley Reglamentaria del Artículo 5to. Constitucional, relativo al ejercicio de las Profesiones. Artículos 34, V, 35. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 45 9. Asociarse para promover sus intereses profesionales. El cirujano dentista tiene derecho a asociarse en organizaciones, asociaciones y colegios con el fin de participar en actividades que beneficien el ejercicio profesional que promueva la superación de los miembros. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 9. Ley Reglamentaria del Artículo 5to. Constitucional, relativo al ejercicio de las Profesiones. Artículos 40, 50. Ley General de Salud. Artículo 49. Código Civil Federal. Artículo. 2670. 10. Recibir en forma oportuna los honorarios, salarios y emolumentos que le correspondan por los servicios prestados. El cirujano dentista tiene derecho a ser remunerado por los servicios profesionales que preste, de acuerdo a su condición laboral, contractual o a lo pactado con el paciente. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art. 5) Ley Federal del Trabajo (Art. 56, Art. 82, Art. 83, Art. 85) Ley Reglamentaria del Artículo 5to. Constitucional, relativo al ejercicio de las Profesiones. Artículos 24, 31, 32. Código Civil Federal. Artículos 2606, 2613.3,10 Neevia docConverter 5.1 Fig. 33 Carta de l Cir os Derecho rujanos Den Cinthya Bele os Generale ntistas em Ramírez Sán es de los nchez 446 Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 47 VII. RECOMENDACIONES GENERALES DIRIGIDAS A LOS PACIENTES PARA MEJORAR LA RELACIÓN CON EL CIRUJANO DENTISTA. Estas recomendaciones tienen como objetivo mejorar la relación cirujano dentista – paciente, durante el proceso de consulta para obtener mejores resultados en la atención de la salud (Fig. 4). Es importante saber que la práctica médica se fundamenta en la autonomía del paciente, en lo cual se otorga el derecho de intervenir en las decisiones de su salud. Una de las labores del médico es aplicar sus conocimientos y tomar en cuenta sus valores y preferencias, proporcionarinformación clara, completa y veraz sobre su enfermedad, el tratamiento que se le proponga y los riesgos que implica. Por eso, es fundamental que se intercambien opiniones entre el paciente y el médico en un ambiente de confianza mutua, para tomar las decisiones respecto a la atención de su salud, con plena conciencia de la corresponsabilidad que implica. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico trabajó exhaustivamente para detectar los problemas y omisiones que suceden antes, durante y después de la consulta, tanto de la atención pública como privada y así prevenir irregularidades y lo más importante, crear conciencia del papel que juega la relación cirujano dentista - paciente para mejorar la práctica de la Odontología. Neevia docConverter 5.1 a ∗ ∗ ∗ ∗ 1. Antes d a) Para ob ∗ Conoce ∗ Conoce solicitar ∗ Conoce ∗ Identific necesite de la consu btener un bu er la clínica er el nomb r cita con an er qué servi car dónde e atención d Fig. dirigid relaci de co ulta. uen servicio instituciona bre del mé nticipación. cios ofrece se encuen de urgencia 4 Rec das a los ón con su onsulta. o: al o privada édico y pr e y los horar ntra el hos a. comendacio pacientes médico, du Cinthya Bele a. reguntar te rios de aten spital que l ones gen para mejo urante el p em Ramírez Sán elefónicame nción. le correspo nerales orar la roceso nchez 4 ente si deb onde cuand 48 be do Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 49 b) Preparar la visita con el cirujano dentista: ∗ Adquirir el hábito de programar una cita con el estomatólogo para cerciorarse que su estado de salud bucal es el mejor posible, prevenir alguna enfermedad o detectarla oportunamente. ∗ Recordar la información acerca de las enfermedades de los padres, abuelos y hermanos. ∗ Enlistar los medicamentos que se han indicado, debe mencionar cuánto y desde cuándo los ingiere, incluir en la lista las vitaminas, suplementos, medicamentos homeopáticos y otros. ∗ En caso de niños, tratar de recordar lo que sucedió durante el nacimiento, cuáles han sido las vacunas que se le han puesto (cartilla nacional de vacunación), qué enfermedades ha tenido y qué tipo de hábitos alimenticios tiene. c) Disminuir la posibilidad de conflictos: ∗ Ofrecer a todas las personas que laboran en el consultorio o Centro de Salud el mismo trato amable y respetuoso que a los pacientes. ∗ Conocer los derechos de los pacientes y los cirujanos dentistas, para disminuir la posibilidad de conflictos (Fig. 5). Neevia docConverter 5.1 2 a b 2. Durante a) Contribu Respon es muy Tener p lo que s b) Desarro Uno de comunic e la consu uir con el e nder con sin importante presente qu se le respon ollar una ad los fundam cación. ulta. stomatólog nceridad a e hablar con ue el ciruja nde y le es decuada co mentos de u go: las pregun n la verdad no dentista útil para es municación una relació Fig. 5 Cinthya Bele ntas que el . a anotará e stablecer el n con el est n médico – em Ramírez Sán cirujano d en su exped l diagnóstic tomatólogo – paciente e nchez 5 entista hag diente clíni co. : efectiva es 50 ga, co la Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 51 Comentar con el estomatólogo todas las molestias y agregar aquella información de la vida personal que se relaciona con su malestar, intercambiar información acerca de su problema de salud bucal, así él contará con más elementos para atender la enfermedad. Durante la consulta, platicar con el estomatólogo, qué es lo que espera de esa cita. Algunas enfermedades, como la diabetes (azúcar en la sangre) o la hipertensión (presión alta), surgen por la combinación de predisposición (herencia), alimentación y malos hábitos. Esas enfermedades no se curan, sólo se controlan con medicamentos, cambios en su alimentación, ejercicio o dejar de fumar entre otros, que deben realizarse de por vida. Hablar con su estomatólogo sobre ellas. Pactar los cambios que irá realizando en su forma de vida y establecer los compromisos que se cumplirán para mejorar la salud bucal. La familia juega un papel trascendental en el logro de los objetivos, platicar con ellos y buscar su apoyo. Asegurarse de tener claro todo lo que tendrá que hacer para cuidar la salud bucal. Leer con cuidado la receta, si hay algo que no se entiende, preguntar y de ser necesario escribir con puño y letra al reverso de la receta, esto ayudará a recordar las indicaciones del estomatólogo. Antes de salir de la consulta, asegurarse de tener claro todo lo que se tendrá que hacer para cuidar la salud bucal. Es importante conocer los síntomas que puede presentar, y de estos, cuáles significan avisos de alerta que requieren atención inmediata. Recordar, junto con el estomatólogo, los medicamentos que está ingiriendo para evitar reacciones por su interacción. Preguntar si el medicamento que le recetaron no debe ingerirse con algún alimento o bebida, para evitar reacciones adversas. Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 52 c) El paciente debe participar en las decisiones sobre su salud: El “consentimiento válidamente informado” es un documento en el que se expresa por escrito, haber comprendido y estar de acuerdo en los procedimientos que se van a realizar, posterior a que el estomatólogo ha explicado lo que va a hacer, qué otras opciones existen, cuál es el riesgo y las probables complicaciones que puede tener ese procedimiento. Debe otorgar el consentimiento por escrito para realizar: cualquier procedimiento quirúrgico que no sea urgente, para su ingreso hospitalario, procedimientos de cirugía mayor, procedimientos que requieren anestesia general, salpingoclasia y vasectomía, trasplantes, antes de participar en una investigación clínica, para cualquier procedimiento que entrañe mutilación y para procedimientos diagnósticos y terapéuticos considerados por el médico como de alto riesgo. La extracción de piezas dentales y otros procedimientos odontológicos que requieren uso de anestesia, necesitan también de consentimiento. Si después de la explicación dada por el estomatólogo, no se acepta el procedimiento propuesto, se debe firmar su negativa. En ocasiones el estomatólogo solicitará la intervención de otros especialistas. Aclarar todas las dudas (Fig.6). Neevia docConverter 5.1 3 a 3. Despué a) Cumplir Si se lle médica, padecim Cuando en los h de ellos és de la co r los acuerd eva a cabo , se tiene m miento. o el tratamie hábitos, com s para logra onsulta. dos con el e o todos los más posibi ento de la mentar con ar las metas estomatólog acuerdos ilidades de enfermeda n los familia s que se es Fig. 6 Cinthya Bele go: que se pa recuperar ad requiere ares y aclar stablecieron em Ramírez Sán ctaron para r la salud o que se ha rar qué apo n. nchez 5 a la atenció o controlar gan cambi oyos requie 53 ón el os ere Neevia docConverter 5.1 Cinthya Belem Ramírez Sánchez 54 b) Evitar interrumpir el tratamiento sin consultar con el estomatólogo: Tener cuidado de seguir las indicaciones para recuperar la salud bucal. Es importante tomar los medicamentos puntualmente, con regularidad y por el tiempo especificado. Antes de suspender el tratamiento
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