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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD TEPEPAN. SEMINARIO: IVA COMO HERRAMIENTA EN EL FLUJO DE EFECTIVO Y SU IMPACTO FINANCIERO. TEMA: EL IVA COMO HERRAMIENTA EN EL FLUJO DE EFECTIVO Y SU IMPACTO FINANCIERO EN “PACRU Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V.” INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: CONTADOR PÚBLICO. PRESENTAN: FRANCISCO JAVIER ARIZAGA LOPEZ. MAGDALENA VELAZQUEZ LEON. NAXHELII ALVARADO BALLESTEROS. PABLO ELIZALDE ZAMORA. CONDUCTOR DE SEMINARIO: C. P. C. ALDA LORENA PRECIADO SÁNCHEZ. MÉXICO, D. F. ENERO DE 2006. AGRADECIMIENTOS. Al Instituto Politécnico Nacional. Por el apoyo que nos brindo en nuestros estudios, porque nos ayudo a alcanzar una de nuestras más anheladas metas, que es ser profesionistas de calidad, y pertenecer a la mejor institución de México. A la Escuela Super ior de Comercio Y Administr ación. Que nos proporciono las herramientas necesarias para formarnos como profesionistas con una conciencia de servicio a nuestro país, porque permitió desarrollar nuestros conocimientos y habilidades para salir al campo laboral. A los Profesores. Por ser nuestra guía a lo largo de la carrera, así como transmitirnos sus conocimientos, darnos su tiempo que nos han brindado durante estos años de estudio, sus consejos para afrontar los obstáculos, y ayudarnos hacer realidad este gran sueño. 13 INTRODUCCIÓN. Los impuestos han existido desde la prehistoria, para cubrir las necesidades de la sociedad, en nuestros días es importante señalar que existen varios cambios en materia tributaria, es por eso que en este trabajo analizamos la importancia que tiene el Impuesto al Valor Agregado en base a flujo de efectivo y su impacto financiero en la empresa. En el Capítulo I presentamos los antecedentes de los impuestos en las diferentes épocas, hasta llegar al nacimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), nace en Francia en el año de 1954, mas tarde aparece en la comunidad económica europea en 1967, por el beneficio que se logro con este tributo se extiende a los países latinoamericanos, se promueve en México en 1968 y 1969, sustituyendo al impuesto sobre ingresos mercantiles, se aprueba el 29 de Diciembre de 1978, entrando en vigor en Enero de 1980. De acuerdo a su fin social el IVA ayuda a la población con la recaudación a mejorar los servicios públicos. Y con respecto a su fin fiscal logra económicamente solventar el gasto público. En el Capítulo II se muestra el marco regulatorio en el tratamiento y aplicación del IVA, en el cual se indica la jerarquía de Leyes, así como los principios fundamentales que rigen las normas, de legalidad, proporcionalidad, equidad; para mantener un equilibrio en el funcionamiento del país. En el Capítulo III desarrollamos la mecánica del cálculo del IVA en base a flujo de efectivo, y su impacto financiero en 2005. Incluimos los sujetos obligados, el momento de causación, los actos que generan el IVA, los requisitos de los documentos fiscales que se utilizan y que hacen posible el acreditamiento del impuesto. Indicando el tratamiento de las inversiones y su acreditamiento. En el Capítulo IV presentamos las fuentes de financiamiento y el efecto financiero en base al flujo de efectivo que tiene el IVA en una empresa, tomando en cuenta las razones financieras para la toma de decisiones. 14 En el Capítulo V nuestro caso de estudio es aplicado en la Empresa “PACRU Y ASOCIADOS, S.A. de C.V.”, cuya actividad es el arrendamiento de bienes inmuebles entre otros. Se plantea el cálculo del IVA acreditable de inversiones que realiza dicha empresa con objeto de analizar e interpretar los resultados de la misma. ÍNDICE GENERAL. Pág. INTRODUCCIÓN. 13 CAPÍTULO I. Antecedentes del impuesto al valor agregado (IVA). 1.1. Antecedentes de la Legislación Impositiva del IVA. 16 1.1.1. De acuerdo a su fin social. 21 1.1.2. De acuerdo a su fin fiscal. 21 1.2. Principales elementos del Impuesto al Valor Agregado. 22 1.2.1. Elementos que lo integran. 22 1.2.1.1 Concepto. 22 1.2.1.2. Sujeto. 22 1.2.1.3. Objeto. 23 1.2.1.4. Actos o actividades que causan. 24 1.2.1.5. Tasa. 24 1.3 Comentar los actos y/o actividades que causan el IVA. 25 1.3.1. Enajenación de bienes. 26 1.3.2. Prestación de servicios independientes. 27 1.3.3. Los que otorgan el uso o goce temporal de bienes. 27 1.3.4. Los que importan bienes y servicios. 29 CAPÍTULO II. Marco regulator io en el tr atamiento y aplicación del IVA. 2.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). 32 2.1.1. Constitucionalidad. 38 2.1.2. Inconstitucionalidad. 40 2.2. Ley de Ingresos de la Federación. 41 2.2.2. Ejercicio 2005. 47 2.3. Ley del IVA 2005. 48 2.3.1. Regulación aplicable para 2005. 50 2.3.2. Otras disposiciones generales. 57 CAPÍTULO III. IVA en base a flujo de efectivo. 3.1. Mecánica del cálculo de IVA 2005. 59 3.1.1. Sujetos obligados. 60 3.1.2. Momento de causación. 61 3.1.3. Base del acto que lo genera. 64 3.1.4. Los comprobantes Fiscales. 65 3.1.5. Cálculo del pago definitivo de IVA. 73 3.1.6. Cálculo para acreditar el IVA de Inversiones. 78 3.2. Registro contable. 82 3.2.1. Conforme a principios de contabilidad. 83 3.2.2. Conforme a la Reforma Fiscal 2005. 85 3.3. Régimen de Pequeños Contribuyentes. (REPECOS). 89 CAPÍTULO IV. El efecto financiero del IVA. 4.1. El efecto financiero. 107 4.1.1. Financiamiento. 111 4.1.2. Lineamientos y formas de financiamiento. 113 4.1.3. Financiamiento en base a flujo de efectivo. 115 4.1.4. Importancia del efectivo en la empresa. 117 4.1.5. Estado de Cambios en la Situación Financiera. 119 4.1.6. Toma de decisiones respecto al flujo de efectivo. 124 CAPÍTULO V. Análisis y aplicación del IVA en base a flujo de efectivo. 5.1. Beneficios y/o desventajas del IVA en base a flujo de efectivo. 129 5.1.1. Planteamiento del problema. 129 5.1.2. Marco de referencia de la empresa. 130 5.1.3. Desarrollo del caso. 133 5.1.4. Determinación de IVA en base a flujo de efectivo. 136 5.1.5. Cálculo de IVA acreditable de Inversiones. 139 5.1.6. Registro Contable. 140 5.1.7. Análisis e interpretación de resultados de Septiembre y Octubre 2005. 189 5.1.8. Propuesta para manejar los flujos de efectivo. 191 CONCLUSIONES. 192 BIBLIOGRAFÍA. 193 ÍNDICE DE CUADROS, DIAGRAMAS, FIGURAS, FOTOS, IMÁGENES, PINTURAS, FOTOS, TABLAS. Cuadr os. Pág. 1 Países donde se aplica el IVA. 20 2 Comparación de los ingresos de los años 2004,2005 y 2006. 47 3 IVA en base a flujo de efectivo. 59 4 Actos o Actividades en la LIVA. 61 5 Momento de Causación del IVA Conforme a Cada Acto o Actividad. 62 6 Base del acto que genera el IVA. 64 7 Requisitos de los Comprobantes de Acuerdo al art. 29A del CFF. 67 8 Determinación de la proporción acreditable mensual. 75 9 Ejemplo de deducción parcial de inversiones. 78 10 Ajuste al acreditamiento. 80 11 Fechas de presentación de pago del IVA. 86 12 Periodo de pagos de los Repecos. 90 13 Actos o Actividades que no se consideran Repecos. 99 14 Comparación del 2004 con 2005. 100 15 Ejemplo cuando se tienen enajenación y Prestación de Servicios. 103 16 Puntos principales en la Modificación de Ingresos RPC 15B1. 104 17 Requisitos para la presentación Modificación de Ingresos. 105 18 Principios básicos de flujo de efectivo. 109 19 Funciones de efectivo. 115 20 Razones financieras. 125 Diagramas.1 Tipos de impuestos. 22 2 Clasificación de los actos o actividades del IVA. 25 3 Estructura de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 36 4 Jerarquía de Leyes. 37 5 Principios de contabilidad generalmente aceptados. 83 6 Pequeños contribuyentes. 89 7 Cambios Importantes en el formato RPC 15B. 105 8 Fuentes de financiamiento. 113 Fotos. 1 Palacio de Versalles, Francia. 19 2 Escuela (Educación). 21 3 Artículo gravado 15%. 24 4 Artículos gravados a tasa 0%. 25 5 Fundamento en ley. 38 6 Economía de cada ciudadano. 39 7 Contador revisando requisitos en los comprobantes. 68 8 Distrito empresarial de Tokio. 84 9 Cuantificación de las operaciones del negocio. 84 10 Actividad de un Repeco por venta de fruta. 97 11 Prestación de Servicio de Transporte de Pasajeros de Taxi. 98 12 La gran empresa. 107 13 Toma de decisión. 108 14 Ciclo del Financiamiento. 111 15 Dinero. 116 16 El analista. 124 Imágenes. 1 Demonio. 16 2 El impuesto en las cosechas. 17 3 Antonio López de Santa Anna. 18 4 Tributos de las contribuciones. 21 5 Venustiano Carranza Presidente Constitucional. 33 6 Recurso de Amparo sin discriminación. 41 7 Cédula fiscal. 66 8 Comprobante fiscal (factura). 69 9 Comprobantes Fiscales Digitales. 71 10 Recibo de honorarios donde se efectúa retención del 10% de IVA. 77 11 Calendario. 85 12 Pagos ante el SAT. 85 13 Globalización. 108 Dibujo. 1 Equilibrio económico. 39 2 Ley de Ingresos de la Federación. 47 Mapas. 1 El IVA en México. 20 2 Zona fronteriza. 24 “Es característica de las mentes pequeñas encogerse en la adversidad, pero aquel que es firme en su corazón y cuya conciencia aprueba su conducta, persevera en sus principios hasta la muerte.” Paine, Thomas. 16 CAPÍTULO I. Antecedentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA). 1.1. Antecedentes de la legislación impositiva del IVA. Los impuestos surgieron desde las primeras agrupaciones humanas, podemos decir que desde la prehistoria, en donde la regla consistía, que el más fuerte era quien ejercía poder y los débiles tenían que rendir tributo para sobrevivir. También en la religión se pagaban impuestos por miedo a que les ocurrieran desgracias así como enfermedades, castigos divinos, la aparición de demonios o hasta la muerte. Imagen No. 1. Demonio. En la época de los egipcios se rendía tributo a los faraones, construyendo grandes pirámides. En la edad media el poder estaba representado por el señor feudal, los impuestos que se pagaban en esta época eran en especie con trabajo o parte de la producción agraria. Otra cultura que también es importante mencionar es la romana donde surgen los términos que hasta hoy conocemos, tales como aerarium, tributum, fiscus, que es la terminología fiscal empleada en la legislación nacional; así en las distintas épocas de la humanidad han surgido una serie de tributos que le han dado lugar a los impuestos que actualmente rigen a los diferentes países. 17 Los impuestos en México En México, podemos decir que las primeras manifestaciones de los impuestos tuvieron su origen desde los pueblos Aztecas, donde los tributos eran en diferentes circunstancias, tales como, en eventos religiosos, en los cuales se hacían tributos a los dioses, para venerarlos, en guerras esto era al regresar de una batalla se rendía el tributo a los prisioneros capturados, y por causa del tiempo en base a las cosechas. Los tributos se recaudaban por medio de los llamados Calpixques, quienes eran identificados en la gran Tenochtitlan por portar en una mano una vara y un abanico. También existían impuestos que se originaban por los pueblos sometidos que estos podían ser en especie o en servicio. “La recaudación obtenida de sus comunidades requería de funcionarios los cuales llevaron un registro pormenorizado de los pueblos y ciudades tributarias; así como de la valuación de las riquezas recibidas, de tal manera que la matrícula de tributos es uno de los documentos más importantes de los códices dedicados a la administración en conjunto con la Hacienda Pública.” 1 Imagen No. 2. El impuesto en las cosechas. La Conquista marca un período de cambio, el pago con moneda y metales hace que los españoles tengan mayor interés en los pueblos aztecas, al ver este pueblo, lleno de riquezas, trae como consecuencia la imposición de nuevos tributos. El quinto real era la quinta parte de los bienes recaudados que pertenecían a la Monarquía Española. Cortés elaboro el primer documento fiscal en donde nombraba un ministro, un tesorero y varios contadores encargados de la recaudación de este impuesto. 1 www.sat.gob.mx/sitio Internet/sitio aplicaciones/civismo/fiscal/historia htm. http://www.sat.gob.mx/sitio 18 Ya en el México independiente, Antonio López de Santa Ana impone impuestos exagerados, se tenia que pagar un real por cada puerta, cuatro centavos por cada ventana de una casa, un peso al mes por la posesión de cada perro, dos pesos mensuales por cada caballo robusto, y un peso por cada caballo flaco. Imagen No. 3. Antonio López de Santa Anna. En nuestro país ha existido una gran variedad de contribuciones, como son: los impuestos de avería (lugar donde se crían aves), que consistía en el pago que hacían a prorrata (Cuota o porción que toca a alguien de lo que se reparte entre varias personas). Las mercancías, las cuales eran transportadas por medios marítimos, se utilizaban para pagar los gastos de los buques reales, así se escoltaban a las naves que entraban o salían del puerto de Veracruz, este llego a ser hasta del 4% del valor de las mismas. Dentro de los gravámenes que existieron se encuentran los siguientes: • Impuesto de almirantazgo: donde pagaban los barcos una cuota por utilizar el desembarcadero, para la entrada y salida de mercancías, este llego a ser hasta del 15%. • Impuesto de lotería: mismo que alcanzo a ser hasta del 14% sobre la venta total de dicha lotería. • Impuesto de Alcabala: consistía en el pago por pasar mercancías de una provincia a otra. • Impuesto de caldos: era el mismo que se pagaba por la fabricación de vinos y aguardientes. • Peaje: es el impuesto se cobraba por usar puentes y caminos. • Impuesto sobre ingresos mercantiles: era aquel que pagaban los comerciantes por el ejercicio de sus actividades, el cual alcanzo una tasa del 4% y este desapareció al surgimiento del IVA. 19 Fue Francia el primer país en implantar un impuesto de tipo valor agregado en el año 1954, mas tarde se generalizo en la comunidad económica europea en 1967. También los países latinoamericanos lo establecieron por el beneficio que se logro. Foto No. 1. Palacio de Versalles, Francia. “En México, en 1968 y 1969, se promovió, por parte de las autoridades hacendarías, sustituir el Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles por uno tipo valor agregado, dando a conocer el anteproyecto de la Ley del Impuesto Federal sobre Egresos; sin embargo, después de ser analizada tanto por el sector privado como por la propia autoridad y no dándose las condiciones necesarias para su implantación, como fue la falta de coordinación de todas las entidades federativas, no se aprobó este proyecto y es hasta el 29 de Diciembre de 1978 cuando se publica, en el Diario Oficial, la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) para entrar en vigor a partir del primero de Enero de 1980 y que abroga principalmente el Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles, en vigor desde 1948.” 2 Esta nueva contribución se debe de pagar en varias etapas, puede ser en la producción, comercialización o también en el consumo, pero en este impuesto los productores y comercializadoresal recibir el pago de sus clientes recuperan parte del IVA que ellos hubieran pagado a sus proveedores por lo tanto entregan al fisco solo la diferencia, así se dice que el impuesto pagado no influye en el costo de los productos. 2 DOMINGUEZ Orozco Jaime, “Pagos Mensuales del IVA 2005 con casos Prácticos “, Editorial ISEF, Sexta Edición, Febrero 2005, p.27. 20 El IVA en México inicio con la tasa del 10% general, mientras que en la zona fronteriza se estableció una tasa del 6%, actualmente la tasa del IVA es del 15% general, 0 % para algunos artículos específicos, y 10% en la zona fronteriza. Mapa No. 1. El IVA en México. En este impuesto queda establecido que solo se podrá acreditar el IVA de bienes y servicios destinados exclusivamente a la realización de las actividades o giro de la empresa, deberá comprobarse con documentos que reúnan requisitos fiscales que la LIVA establece, además se harán pagos mensuales definitivos. Al paso del tiempo diversos países del mundo fueron adoptando sus propias tasas aplicables a sus productos y consumos. Cuadr o No. 1. Países donde se aplica el IVA. % TASA. Alemania. 1968 12.00% Australia. SIN IVA Austria. 1973 12.00% Bélgica. 1971 18.00% Canadá. 1991 0.00% Dinamarca. 1967 15.00% España. 1986 10.00% Estados Unidos de América. N/A 0.00% Francia. 1954 17.40% Italia. 1973 14.00% Japón. 1969 18.00% Noruega. 1970 20.00% Holanda. 1969 18.00% Reino Unido. 1973 8.00% Portugal. 1986 18.00% PAÍSES. AÑO DE APLICACIÓN. 21 1.1.1. De acuerdo a su fin social. Los impuestos contribuyen para satisfacer una amplia gama de necesidades de la sociedad como son: educación, seguridad, servicios de salud, alumbrado público, drenaje, agua potable, etc. Además a través de lo recaudado por este medio se pretende alcanzar determinados resultados en el ámbito de economía, por ejemplo: estimar el ahorro, incentivar la creación de fuentes de empleo, reformar la lucha contra los procesos inflacionarios restando la liquidez a la economía, entre otros. Foto No. 2. Escuela (Educación). 1.1.2. De acuerdo a su fin fiscal. Los impuestos son todas aquellas aportaciones económicas que de acuerdo con la LIVA, exige el Estado de manera proporcional, equitativa, que se destinan a cubrir el gasto público por ello que esta figura tiene diversos nombres como son: tributos, contribuciones y gravamen. Imagen No. 4. Tr ibutos de las contr ibuciones. 22 La aplicación indiscriminada y arbitraria de impuestos puede provocar graves consecuencias económicas, políticas, sociales en un estado. Diagrama No. 1. Tipos de impuestos. 1.2. Principales elementos del Impuesto al Valor Agregado. 1.2.1. Elementos que lo integran. 1.2.1.1. Concepto. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es una contribución al consumo, el cual es un impuesto indirecto que grava actos o actividades tales como: enajenación de bienes, prestación de servicios, uso o goce temporal de bienes e importación, por lo que la persona que utiliza el bien adquirido será el comprador final, aun cuando en términos legales, el vendedor es quien traslada el impuesto en cada etapa de la cadena comercial. 1.2.1.2. Sujeto. En el art. 1 de la LIVA establece quienes son las personas sujetas al IVA son: • Personas físicas: Son aquellas que tienen la capacidad legal para adquirir derechos y obligaciones, ejemplo Mauricio Islas Juárez. Impuestos directos. Son aquellos que el legislador se propone alcanzar de manera inmediata, es donde el verdadero contribuyente suprime al intermediario entre el pagador y el fisco, por ejemplo: el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Impuestos indirectos. Son aquellos en el que el legislador no grava al verdadero contribuyente, si no que lo grava por repercusión, grava al sujeto a sabiendas que este trasladara el impuesto al pagador, por ejemplo: el IVA. Clasificación de los impuestos. 23 • Personas morales: Son definidas en el art. 25 del Código Civil, como la nación, el Distrito Federal, los estados y municipios; las demás organizaciones de carácter publico reconocidas por la LIVA; las sociedades civiles o mercantiles; los sindicatos, las asociaciones profesionales, cooperativas y mutualistas; reunidas para un fin licito, ejemplo: PACRU Y ASOCIADOS S.A. DE C. V. Que realicen actos o actividades en territorio nacional, en virtud de que enajenen bienes, presten servicios independientes, concedan el uso o goce temporal de bienes así como en la importación de bienes y servicios. Es el sujeto que recibe los impuestos, en este caso es el estado nacional el encargado de recibirlos. TIPOS DE SUJETOS. Son las personas que pagan los impuestos, estas pueden ser personas físicas o personas morales. 1.2.1.3. Objeto. En el citado art. 1 de la LIVA se desprende que el objeto del impuesto es el efectuar, en territorio nacional, los actos o actividades de enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes, otorgar el uso o goce temporal de bienes y la importación de bienes o servicios. d) Base. Es la cantidad sobre la cual se aplica la tasa, según corresponda al acto o actividad que grave, en territorio nacional, el cual nos deberá arrojar ya sea el impuesto a cargo o favor. Activo. Pasivo. 24 1.2.1.4. Actos o actividades que lo causan. • Enajenación de bienes. • Prestación de servicios independientes. • Los que otorguen el uso o goce temporal de bienes. • Los que importen bienes y servicios. 1.2.1.5. Tasa. La tasa es el porcentaje que se aplica a la base del impuesto, la ley establece tres tasas diferentes. • 15%: Esta tasa es general se aplica a todos los actos o actividades que señala el art.1 de la LIVA. Foto No. 3. Ar tículo gravado al 15% . • 10%: Será aplicable para los actos o actividades que se realicen en zona fronteriza de acuerdo al art. 2 de la LIVA. Mapa No. 2. Zona fronteriza. ZONA FRONTERIZA 25 • La tasa del 0% es aplicable a diferentes artículos como por ejemplo; vegetales, animales, medicinas, jugos, néctares, concentrados de frutas o de verduras, jarabes o concentrados para preparar refresco, caviar, salmón ahumado y angulas entre otras que nos marca el art. 2A de la LIVA. Foto No. 4. Ar tículos gravados a tasa 0% . Animales no industr ializados. Oro y joyería. 1.3. Comentar los actos y/o actividades que causan el IVA. Diagrama No. 2. Clasificación de los actos o actividades Del IVA. ACTOS O ACTIVIDADES QUE CAUSAN EL IVA. ENAJENACION. PRESTACION DE SERVICIOS. USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES. IMPORTACION DE BIENES. 26 1.3.1. Enajenación de bienes. El concepto de enajenación de bienes se puede entender como la transmisión de propiedad de algún bien o servicio, a una persona a cambio de un precio establecido o pactado, el momento es en el que efectivamente se cobren las contraprestaciones y sobre el monto de cada una de ellas, se considera la enajenación cuando se facture total o parcialmente, la base para calcularla se considera el valor el precio o la contraprestación, además de las cantidades que se carguen o cobren al adquiriente por otros impuestos, no se considera que hay enajenación de cuando sea transmisión de propiedad por causa de muerte, donación, fusiones o escisiones. Los siguientes rubros se consideran exenciones para IVA son: I. "El suelo. II. Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación. Cuando solo parte de las construcciones se utilicen o destinen a casa habitación, no se pagará el impuesto por dicha parte. Los hoteles no quedan comprendidos en esta fracción. III. Libros, periódicos y revistas, así como el derecho para usar o explotaruna obra, que realice su autor. IV. Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas. V. Billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos o juegos con apuestas y concursos de toda clase, así como los premios respectivos, a que se refiere la Ley de Impuesto Sobre la Renta. VI. Moneda nacional y moneda extranjera, así como las piezas de oro o de plata que hubieran tenido tal carácter y las piezas denominadas " onza troy" . VII. Partes sociales, documentos pendientes de cobro y títulos de crédito, con excepción de certificados de depósito de bienes cuando por la enajenación de dichos bienes se esté obligado a pagar este impuesto y de certificados de participación inmobiliaria no amortizables u otros títulos que otorgue a su titular derechos sobre inmuebles distintos a casa habitación o suelo. VIII. Lingotes de oro con un contenido mínimo de 99% de dicho material, siempre que su enajenación se efectúe en ventas al menudeo con el público en general. IX. La de bienes efectuada entre residentes en el extranjero o por un residente en el extranjero a una persona moral que cuente con un programa autorizado conforme al Decreto que Establece Programas de Importación Temporal para producir artículos de exportación o al Decreto para el Fomento y Operación de la industria maquiladora de Exportación o un régimen similar en términos de la Ley Aduanera…" 3 3 Ley del Impuesto al Valor Agregado, Compilación de Legislación Fiscal 2005, Oficial Editores, dic. 2004, Méx. Segunda edición art.9. 27 1.3.2. Prestación de servicios independientes. Se define como la prestación de servicios que esta obligado una persona a favor de otra, de una actividad de acuerdo a las leyes que las clasifiquen. No se considera como prestación de servicios cuando un sujeto realiza de manera subordinada con un horario establecido, los servicios que se asimilen al salario, esta se da en el momento en el que se cobren efectivamente las contraprestaciones, la base se determina sobre el valor total de la contraprestación pactada y sobre el monto de aquellas cantidades que se carguen por dicha prestación. Por prestación de servicios independientes, se entienden los siguientes: • “La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes. • El transporte de personas o bienes. • El seguro, el afianzamiento y el reafianzamiento. • El mandato, la comisión, la mediación, la agencia, la representación, la correduría, la consignación y la distribución. • Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona un beneficio de otra, siempre que no esté considerada por esta Ley como enajenación o uso o goce temporal de bienes." 4 Se considera que la prestación de servicios independientes se lleva a cabo dentro del territorio nacional cuando esta se realice de manera total o parcialmente dentro del territorio nacional, cuando se trate de prestación de servicios por concepto de transporte aéreo internacional únicamente se presta el 25% del servicio en territorio nacional. La transportación aérea a las poblaciones mexicanas ubicadas en la franja fronteriza de los 20 kilómetros paralela a las líneas divisoras internacionales del norte y sur del país. 1.3.3. Los que otorguen el uso o goce temporal de bienes. El art. 19 de la LIVA indica que una de las actividades que están gravadas por la LIVA es el otorgamiento uso o goce temporal de bienes, es decir cuando una persona le permite a otra usar o gozar temporalmente un bien, a cambio de una contraprestación. Es una relación en donde las dos personas se ven beneficiadas, la primera porque esta disfrutando del bien y la segunda porque obtiene una remuneración económica a cambio. 4 Ídem, art. 14. 28 El ejemplo mas común de esta actividad es el arrendamiento de un bien inmueble para local comercial o para casa habitación en donde se empieza a aplicar el IVA dependiendo para el cual haya sido rentado el bien, la LIVA indica que cuando se trate de un bien destinado para fin comercial pagaran IVA, pero cuando sea destinado para casa habitación no causara IVA, salvo en el caso de que se rente amueblada la casa. Una persona física puede rentar un bien a otra física o bien una física a una moral pero cuando se de este ultimo caso, la persona moral esta obligada a hacer la retención correspondiente del IVA. Existen varios supuestos en los que se puede llevar a cabo el arrendamiento ya sea que el contrato se halla llevado a cabo en el extranjero pero que el bien se encuentre en territorio nacional entonces el impuesto se pagara en México pero si el contrato del goce de un bien tangible se lleva a cabo por una persona residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional no pagara IVA. No se pagara el IVA cuando se trate del uso o goce temporal de los siguientes bienes: I. Derogada II. Inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa habitación. Si un inmueble tuviere varios destinos o usos, no se pagará el impuesto por la parte destinada o utilizada para casa habitación. Lo dispuesto en esta fracción no es aplicable a los inmuebles o parte de ellos que se proporcionen amueblados o se destinen o utilicen como hoteles o casas de hospedaje. III. Fincas dedicadas o utilizadas sólo a fines agrícolas o ganaderos. IV. Bienes tangibles cuyo uso o goce sea otorgado por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional, por los que se hubiera pagado el impuesto en los términos del artículo 24 de esta Ley. V. Libros, periódicos y revistas.” 5 Con respecto al IVA en base al flujo de efectivo se entiende que se puede acreditar hasta que sea efectivamente pagado o cobrado según sea el caso. Para que pueda ser acreditado dicho IVA es necesario que los comprobantes de los gastos reúnan los requisitos que marcan los arts. 29 y 29a del Código Fiscal de la Federación. Para calcular el impuesto en el caso de uso o goce temporal de bienes, se considerará el valor de la contraprestación pactada a favor de quien los otorga, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien se otorgue el uso o goce por otros impuestos, derechos, gastos de mantenimiento, construcciones. 5 Ídem, art. 20. 29 1. 3.4. Los que impor tan bienes y servicios. El concepto de lo que debemos entender como importación de bienes o de servicios esta determinado por el art. 24 de la LIVA, de acuerdo a las fracciones que lo integran de la siguiente manera: I. “La introducción al país de bienes. II. La adquisición por personas residentes en el país de bienes intangibles enajenados por personas no residentes en el. III. El uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes intangibles proporcionados por personas no residentes en el país. IV. El uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes tangibles cuya entrega material se hubiera efectuado en el extranjero. V. El aprovechamiento en territorio nacional de los servicios a que se refiere el art. 14, cuando se presten por no residentes en el país. Esta fracción no es aplicable al transporte internacional.” 6 De tal manera que una vez conocidos y mencionados los actos o actividades de importación que causan el IVA, estos se consideraran realizados de acuerdo al art. 26 de la LIVA de la siguiente manera: I. “En el momento en que el importador presente el pedimento para su tramite en los términos de la legislación aduanera. II. En caso de importación temporal al convertirse en definitiva. III.Tratándose de los casos previstos en las fracciones II a IV del art. 24 de esta ley, en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación. IV. En el caso de aprovechamiento en territorio nacional de servicios prestados en el extranjero se estará a los términos del art.17 de esta ley.” 7 Para calcular el impuesto al valor agregado tratándose de importación, se considera el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación adicionado con el monto de este ultimo gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación. Un beneficio que la autoridad concede en su art. 40A del (RIVA) en la importación de bienes intangibles y servicios es el acreditamiento del impuesto causado en los términos del arts. 4° y 5° de la propia LIVA. 6 Ídem, art. 24 7 Ídem, art.26. 30 Por otra parte existen exenciones que la autoridad considera en el art. 25, por las cuales no se causara IVA, de las cuales mencionaremos unos ejemplos: I. “las que en términos de la legislación aduanera, no lleguen a consumarse, sean temporales, tengan el carácter de retorno de bienes exportados temporal mente o sean objeto de transito o transbordó. Si los bienes importados temporalmente son objeto de uso o goce en el país, se estará a lo dispuesto en el capitulo IV de esta ley. II. Las de equipaje y manejes de casa a que se refiere la legislación aduanera. III. Las de bienes cuya enajenación en el país y las de servicio por cuya prestación en territorio nacional no den lugar al pago del IVA o cuando sea de los señalados en el art. 2A de esta ley. IV. Las de bienes donados por residentes en el extranjero a la federación, entidades federales, municipios o a cualquier otra persona que mediante reglas de carácter general autorice la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.” 8 Otra forma de no acusación es cuando se lleve a cabo una enajenación o prestación de servicios en el país y que esta sea a la tasa del 0% de acuerdo al art. 2A de la LIVA, se dice que no da lugar al pago. De la expor tación de bienes y servicios. Para comprender de manera clara dicha actividad, la autoridad en el art. 29 de la LIVA, define claramente los actos por los cuales se lleva acabo la exportación de bienes y servicios. Así mismo nos brinda la posibilidad, de considerar la exportación a una tasa del 0% cuando se de el hecho del párrafo I del art. antes mencionado. De acuerdo a la LIVA, las empresas residentes en el país señalan aplicando al valor de lo mismos la tasa del 0%. Se dice también que la exportación de bienes y servicios debe tener el carácter de definitiva en los términos que señala la Ley aduanera, la enajenación de bienes intangibles realizada por persona residente en el país, el uso o goce temporal en el extranjero de bienes intangibles. El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por algunos conceptos como pueden ser la asistencia técnica, las operaciones de maquila y submaquila para la exportación de la legislación aduanera y del decreto para el fomento y operación de la industria maquiladora de exportación. 8 Ídem, art. 25. 31 “El ejecutivo del futuro será calificado por su habilidad para anticiparse a los problemas en vez de enfrentarse a ellos cuando se presentan.” Coonley, Howard. 32 CAPÍTULO II. Marco r egulator io en el tr atamiento y aplicación del IVA. 2.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). Antes que existiera nuestra carta magna, hubieron varias aportaciones para la elaboración de esta, dentro de las cuales destacan las siguientes: • “Constitución de Cádiz de 1812: es una constitución española r edactada y aprobada por las Cor tes de Cádiz. • Constitución de Apatzingán de 1814: Fue la pr imera ley fundamental r edactada en el país, resultado del Congreso de Chilpancingo, la inspir ación de este nuevo ordenamiento fue or iginada por José María Morelos y Pavón y debido a la guer ra de Independencia respecto de España, no entró en vigor . Con esto se da la inestabilidad económica, política y social en el país durante el siglo XIX y esto or iginó tener seis constituciones. • Constitución de 1824: Fue el pr imer ordenamiento jur ídico en forma que estuvo en vigor en la época independiente de México. Estableció un gobierno r epublicano, federal que fue r epresentativo. Cada estado cobraba sus impuestos y contr ibuía para sostener al gobierno federal con una cantidad fija, que var iaba según la población así como las r iquezas de cada estado, siendo entonces que el país con su nuevo gobierno fuera económicamente débil. • Las siete leyes constitucionales de 1836: Entran el 30 de diciembre del mismo año. Estas leyes supr imieron el sistema federal estableciendo una r epública centr al, durante la vigencia de esta nueva Constitución se produjo la separación de Texas • Bases Orgánicas o Bases de la Organización Política de la República Mexicana de 1843: Con estas bases se garantizó la igualdad, liber tad y segur idad jur ídica para todos los ciudadanos. Se aprobó el 14 de junio la cual tuvo vigencia más de tr es años. • Reformas de 1847: Estas reformas fueron aprobadas el 21 de mayo. Se basaron principalmente en restaurar el sistema federal de gobierno y se declara vigente, con algunas modificaciones de la Constitución de 1824.Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857: Se publico el 11 de marzo de ese año, pero mas tarde el general Félix María Zuloaga se manifestó en contra de ella, lo cual provoco que este ordenamiento constitucional estuviera suspendida en un lapso de tres años. ” 9 9 www.monografias.com/tr abajos 12/consti/consti.shtml74k12 oct 2005 en cache 13 de octubre del 2005 5:30 PM. http://www.monografias.com/trabajos%2012/consti/consti.shtml-74k-12 33 Finalmente a principios de la segunda década del siglo XX el país que aun continuaba en crisis, ante la imposición de Victoriano Huerta en el poder, provoco que el pueblo mexicano se uniera para luchar contra él, y así producto de la revolución mexicana se creo un nuevo orden constitucional. Fue entonces que el 5 de febrero de 1917 con Venustiano Carranza se promulgara la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual entro en vigor el 1 de mayo del mismo año. Imagen No. 5. Venustiano Car ranza Presidente Constitucional. La CPEUM es la Carta Magna que rige a nuestro territorio nacional, define los derechos, libertades y deberes que tiene la sociedad en el país. También regula las obligaciones que le corresponden a los estados que integran la federación y los que competen al poder federal. Esta constituida de dos partes: la parte Dogmática y la Orgánica. • La Dogmática: establece los derechos que el ciudadano mexicano aplica para si mismo, es decir, garantías individuales, el objetivo del estado (bien común) y los derechos sociales de los individuos. • La Orgánica: Aquí manifiesta como se esta integrado el pueblo, el territorio (31 estados y un distrito federal), y el gobierno (Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Antecedentes y contexto histór ico de la constitución política de los estados unidos mexicanos. Las ideas liberales en Europa, se convirtieron en un instrumento de lucha para los revolucionarios del siglo XIX, que combatieron contra el gobierno absolutista de los reyes o contra el dominio extranjero. 34 En ese contexto de la doctrina liberal, fue la inspiración de la independencia de México, así como también la de otros países americanos de España, José María Morelos y Pavón promulgó en 1814 la Constitución de Apatzingan donde recogelos principios de igualdad, soberanía popular, división de poderes. Como país libre encontramos que las constituciones que precedieron a la actual constitución de 1917 son la de 1824 y la de 1857. Recordando que nuestra guerra de independencia termina en 1821, tres años después en 1824 los representantes de la nación de tendencia conservadora, reunidos en un Congreso Constituyente, proclamaron la primera Ley Suprema del País es decir la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos la cual estuvo vigente por poco mas de treinta años. En 1854 los liberales desplazaron a los conservadores, promovieron la elaboración de nuevas leyes y así en 1857 se dio a conocer la nueva Constitución Política. Ese mismo año entró en vigor, a pesar del desacuerdo de los conservadores, quienes la desconocieron levantando enormes controversias por su inclinación beneficiando a las clases más desprotegidas. Las principales disposiciones legales de la Constitución promulgada el 4 de octubre de 1824 fueron. Establecimiento de la República Federal como forma de gobierno, con carácter Representativo, Popular y Federal. • Un gobierno republicano, constituido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. • El poder ejecutivo deposita en un Presidente y un Vicepresidente, electos cada cuatro años. Las principales disposiciones legales de la Constitución liberal promulgada el 5 de febrero de 1857 fueron: • México se constituye como una República, Representativa, Popular y Federal. • Se adopta el Principio de la División de Poderes. • Se reconocen las Libertades de enseñanza y las garantías de Libertad, Propiedad, Seguridad y soberanía Popular. Sucesos después de la promulgación de la constitución de 1857. Benito Juárez gobernó de 1858 hasta 1872 año en que falleció, después Porfirio Díaz ocupó el poder así la época conocida como Porfiriato abarca el período comprendido entre 1876,1911. Esta etapa se caracterizó por la supresión de libertades, un gobierno que no la respetaba. Los campesinos, grupos indígenas, sectores populares estaban en la miseria, mientras la riqueza se concentraba en solo unos pocos mexicanos, extranjeros. 35 Con estas condiciones nace la Revolución Mexicana en 1910 donde Madero exigió la obediencia de las leyes constitucionales de 1857, el respeto al voto de los ciudadanos. Posterior a la Revolución de 1910. México requería que se fortaleciera su sistema político, para evitar que sus instituciones siguieran sumamente deterioradas por este conflicto, brindando con ello la seguridad en los bienes y en las personas. Por lo que el presidente constitucionalista, Venustiano Carranza, promulga la Constitución el 5 de febrero de 1917 en la ciudad de Querétaro. Es importante mencionar, que un grupo de diputados deseaban introducir grandes cambios en las disposiciones legales para transformar la sociedad mexicana. Pero otros diputados que representaban a los ciudadanos terratenientes, grandes comerciantes y propietarios acaudalados se oponían a los cambios en las sesiones del Congreso se debatieron las propuestas de los distintos grupos, los diputados que promovían la inclusión de las demandas de los sectores populares en la carta constitucional lograron convencer a la mayoría de los representantes, de ahí el carácter social, democrático que guarda nuestra Constitución. Una vez constituido este ordenamiento fueron surgiendo las diversas leyes de aplicación en el país, por consiguiente se da el ordenamiento de leyes. • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Leyes Federales. • Leyes Ordinarias. • Decretos. • Reglamentos. • Leyes Municipales. • Normas Jurídicas Individuales. • Circulares. Se observa que nuestra ley suprema es la CPEUM, la cual nos obliga a contribuir al gasto público y al pago de los impuestos tanto locales como federales, así como la emisión de las diversas leyes. Este ordenamiento consta de 136 artículos y 19 artículos transitorios. Una vez constituido este ordenamiento fueron surgiendo las diversas leyes de aplicación en el país, por consiguiente se da el orden de la jerarquía de leyes. 36 En el siguiente diagrama se muestra la estructura de la (CPEUM), de acuerdo a su orden jerárquico, la cual nos obliga a contribuir al gasto público y al pago de los impuestos tanto locales como federales. Diagrama No. 3. Estructura de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ARTICULOS TRANSITORIOS. DE LA INVIOLABILIDAD DE LA CONSTITUCIÓN. DE LAS REFORMAS DE LA CONSTITUCIÓN. PREVENCIONES GENERALES. DEL TRABAJO Y DE LA PREVISION SOCIAL. DE LOS ESTADOS DE LA FEDERACIÓN. DE LA RESPONSABILIDA D DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. I. DE LA DIVISIÓN DE PODERES. II. DEL PODER LEGISLATIVO. III. DEL PODER EJECUTIVO. IV. DEL PODER JUDICIAL. I. DE LA SOBERANIA NACIONAL Y DE LA FORMA DE GOBIERNO. II. DE LAS PARTES INTEGRANTES DE LA FEDERACION Y DEL TERRITORIO NACIONAL. I. DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES. II. DE LOS MEXICANOS. III. DE LOS EXTRANJEROS. IV. DE LOS CIUDADANOS CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 37 En el siguiente diagrama se muestra nuestra ley suprema (CPEUM), de acuerdo a su orden jerárquico, la cual nos obliga a contribuir al gasto público y al pago de los impuestos tanto locales como federales. Diagrama No. 4. Jerarquía de leyes. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Leyes Federales. Leyes Ordinar ias. Decretos. Reglamentos. Leyes Municipales. Normas Jur ídicas individuales. Circulares. 38 2.1.1. Constitucionalidad. Es el principio implantado en nuestra CPEUM en donde se manifiesta cumplir con tres principios obligatorios para la emisión, publicación de leyes, los cuales son Legalidad, Equidad y Proporcionalidad. Principio de Legalidad: Este manifiesta que las contribuciones o todos aquellos impuestos deben estar debidamente plasmados en una ley, en caso de no estar fundamentado no obliga al sujeto a cumplirla. Foto No. 5. Fundamento en Ley. Los impuestos que recauda el Estado deben estar establecidos en una Ley, en la que se desprenden leyes primarias así como secundarias, pues la autoridad hacendaría no puede llevar a cabo acto alguno o realizar ciertas funciones dentro del ámbito fiscal sin encontrarse previa y expresamente facultada por una norma o Ley aplicable. Para emitir una Ley intervienen el Poder Ejecutivo (Presidente de la República) y el Poder Legislativo, representado por el Honorable Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Senadores). La formación e iniciativas de ley pasarán a comisión para poder ser aprobadas. (art. 71 Constitucional). Principio de Equidad: Es el principio donde establece que cada una de las contribuciones deben estar fundamentadas, en función de lo que cada ciudadano o empresa gana, es decir en igualdad a todos los ingresos gravables existentes, al 0%, 10% y 15%. Así mismo debe de existir un equilibrio para que el pueblo mexicano tenga un mejor funcionamiento en el país. 39 Dibujo No. 1. Equilibr io económico. Principio de Proporcionalidad: Se basa en contribuir en la capacidad económica de cada ciudadano, para el sostenimiento del Estado en el cual radique. Por lo tanto pagara más impuesto quien recibe más ingresos y menos quien reciba una cantidad mínima de ingresos. Foto No. 6. Economía de cada ciudadano. Dentro de este ordenamiento encontramos en el art. 31 en su fracción IV que dice “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que disponganlas leyes.” 10 El cual nos obliga a cooperar para el buen funcionamiento de nuestro país. De esta forma el gobierno construye, lo que son escuelas, hospitales como son el IMSS, ISSTE, la Cruz Roja, drenaje, alumbrado público, etcétera. 10 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ediciones fiscales ISEF, Octava ed. enero de 2005 p.37. 40 2.1.2. Inconstitucionalidad. Es aquella acción o disposición legal que va en contra de la CPEUM, de igual forma viola las garantías individuales del pueblo mexicano, cuya condición debe ser combatida ante el Poder Judicial, es decir cuando el Poder Legislativo decreta un nuevo mandato, que este fuera de la Ley, se da la inconstitucionalidad. Cabe mencionar que dentro de las diversas normas que nos rigen puede contenerse ciertos vicios que al momento de aplicar las disposiciones que impone la Ley, de manera inadecuada, puede surgir que esto provoque que las empresas y personas no asimilen de manera correcta las disposiciones, de modo que las lleven a caer en una inconstitucionalidad. Para efectos de la LIVA. Ejemplos r elevantes de la inconstitucionalidad del IVA. Pues bien un ejemplo de inconstitucionalidad se puede dar al momento de que las empresas ó personas físicas obligadas tomen la decisión de aplicar la opción de acreditar el IVA, puesto que al instante de determinar un factor de proporción para la aplicación a la actividad de las mismas, puede ser inconstitucional, ya que empresas que tenían ingresos gravados y exentos eran afectadas; sin en cambio, las reformas a los arts. 4, 4A, 4B y 4C de la LIVA siguen con este vicio. Sin embargo compañías con los tipos de ingresos (gravados y exentos) pueden anteponer el amparo por el acreditamiento al 100% del impuesto pagado. Ya que la propuesta viola el principio de proporcionalidad. Tenemos el caso de los pequeños contribuyentes los cuales están obligados al pago del IVA desde el año 2004 sin embargo nos dimos cuenta de que tratándose de personas físicas en regímenes de actividades empresariales distintas en iguales circunstancias que se dedican a las misma actividad y venden los mismos productos o prestan los mismos servicios , podemos darnos cuenta, de que el impuesto a cargo de cada uno de ellos será diferente , situación por la que viola el principio de equidad tributaria . Otra falta grave es que la autoridad determine se calcule, el IVA sobre la misma base del Impuesto Sobre la Renta (ISR) lo cual viola nuestra Ley suprema, es decir se esta calculando un impuesto sobre otro impuesto. A pesar de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), da a conocer los lineamientos para el cálculo del IVA no es claro y por lo tanto viola la fracción I del art. 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF). El amparo: Es la protección que se le otorga al contribuyente. Esta garantía ayuda a nuestros derechos constitucionales para que estos no sean agredidos por los poderes públicos. 41 Este recurso generalmente protege los derechos fundamentales como el de igualdad ante la ley, sin discriminación por razones de género, el plazo fijado según el art. 4to de la Ley de Amparo son 15 días después que se haya publicado esta norma inconstitucional. Imagen No. 6. Recur so de amparo sin discriminación. 2.2. Ley de Ingresos de la Federación. Es el ordenamiento jurídico aprobado por el Poder Legislativo, con vigencia de un año a partir de la fecha de su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación, donde se señalan los conceptos bajo los cuales se podrán captar recursos financieros a fin de cubrir el presupuesto anual de egresos. En el siguiente cuadro sinóptico señalamos como esta integrada la Ley de ingresos de la Federación, así como los capítulos que la integran. Capítulo I. De los ingresos y el endeudamiento público. LEY DE Capítulo II. De las obligaciones de petróleos mexicanos. INGRESOS Capítulo III. De las Facilidades Administrativas y Estímulos Fiscales. DE LA Capítulo IV. De la información, la transparencia y la evaluación de la FEDERACIÓN. Eficiencia recaudatoria, la fiscalización así como el endeudamiento. 42 “art. 1. En el ejercicio fiscal de 2005, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran: INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL. GRAN TOTAL: $ 1,280,105.20 I. Impuestos: 864,830.70 1. Impuesto sobre la renta. 375,833.30 2. Impuesto al activo. 12,242.30 3. Impuesto al valor agregado. 313,739.90 4. Impuesto especial sobre. producción y servicios: 110,805.90 A. Gasolinas, diesel para combustión automotriz. 75,860.00 B. Bebidas con contenido alcohólico y cerveza: 19, 362.40 a) Bebidas alcohólicas. 5,600.00 b) Cervezas y bebidas refrescantes. 13,762.40 C. Tabacos labrados. 14,564.00 D. Aguas, refrescos y sus concentrados. 1,019.50 5. Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos. 14,207.10 6. Impuesto sobre automóviles nuevos. 5,295.20 7. Impuesto sobre servicios expresamente declarados de Interés público por ley, en los que intervengan empresas Concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación. 0.00 8. Impuesto a los rendimientos petroleros. 0.00 9. Impuestos al comercio exterior: 25,996.90 A. A la importación. 25,996.90 B. A la exportación. 0.00 10. Accesorios. 6,710.10 II. Contribuciones de mejoras: 16.00 Continúa… 43 Contribución de mejoras por obras de infraestructura. Hidráulica. 16.00 III. Derechos: 361,027.70 1. Servicios que presta el Estado en funciones de derecho público: 7,220.30 A. Secretaría de Gobernación. 970.40 B. Secretaría de Relaciones Exteriores. 1,259.90 C. Secretaría de la Defensa Nacional 46.40 D. Secretaría de Marina. 0.40 E. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 1,623.50 F. Secretaría de la Función Pública. 0.00 G. Secretaría de Energía. 21.70 H. Secretaría de Economía. 67.80 I. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. 13.00 J . Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 2,781.10 K. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 27.60 L. Secretaría de Educación Pública. 347.80 M. Secretaría de Salud. 2.00 N. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 0.60 Ñ. Secretaría de la Reforma Agraria. 46.90 O. Secretaría de Turismo. 0.90 P. Secretaría de Seguridad Pública. 10.30 2. Por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público: 5,873.90 A. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 0.20 B. Secretaría de la Función Pública. 0.00 C. Secretaría de Economía. 300.60 D. Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 477.90 E. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 5,095.20 3. Derechos a los hidrocarburos. 347,933.50 A. Derecho sobre extracción de petróleo. 229,791.30 B. Derecho extraordinario sobre la extracción de petróleo. 114,156.20 C. Derecho adicional sobre la extracción de petróleo. 3,986.00 D. Derecho sobre hidrocarburos. 0.00 IV. Contribuciones no comprendidas en las fracciones Precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores Continúa… 44 Pendientes de liquidación o de pago. 118.70 V. Productos: 5,658.30 1. Por los servicios que no correspondan a funcione de derecho público. 85.50 2. Derivados del uso, aprovechamiento o enajenación de bienes 5,572.80 A. Explotación de tierras y aguas. 0.00 B. Arrendamiento de tierras, locales y construcciones. 1.20 C. Enajenación de bienes: 1,251.70 a) Muebles. 1,102.10 b) Inmuebles. 149.60 D. Intereses de valores, créditos y bonos. 2,573.30 E. Utilidades: 1,746.60 a) De organismos descentralizados y Empresas de participación estatal. 0.00 b) De la lotería Nacionalpara la asistencia Pública. 458.10 c) De Pronósticos para la Asistencia Pública. 1,253.30 d) Otras. 0.00 F) Otros. 0.00 VI. Aprovechamientos: 48,453.80 1. Multas. 684.50 2. Indemnizaciones. 774.70 3. Reintegros. 125.30 A. Sostenimiento de las escuelas art. 123. 24.70 B. Servicio de Vigilancia Forestal. 1.10 C. Otros. 99.50 4. Provenientes de obras públicas de infraestructura hidráulica. 1,242.80 5. Participación en los ingresos derivados de la aplicación de leyes locales sobre herencias y legados expedidas de acuerdo con la federación. 0.00 6. Participación en los ingresos derivados de la aplicación de leyes locales sobre donaciones expedidas de acuerdo con la federación. 0.00 7. Aportaciones de los estados, municipios y particulares para el servicio del sistema escolar federaliza. 8. Cooperación del distrito federal por servicios públicos locales prestados por la federación. 0.00 9. Cooperación de los gobiernos de estados y municipios y de particulares para alcantarillado, electrificación, caminos y líneas telegráficas, telefónicas y para otras obras publicas. 0.00 10. 5% de días de cama a cargo de establecimiento particulares para internamiento de enfermos. 0.00 Continúa… 45 11. Participación a cargo de los consecionarios de vías generales de comunicación y de empresas de abastecimiento de energía eléctrica. 1,111.30 12. Participación señalada por la ley federal de juegos y sorteos 240.10 13. Regalías provenientes de fondos y explotaciones mineras. 1,102.10 14. Aportaciones de contratistas de obras públicas. 27.00 15. Destinados al fondo para el desarrollo forestal. 0.50 A. aportaciones que efectúan los gobiernos del distrito federal, estatal y municipales. 0.20 B. De las reservas nacionales forestales. 0.00 C. aportaciones al Instituto Nacional de investigaciones forestales y agropecuarias. 0.30 D. otros conceptos. 0.00 16. Cuotas compensatorias. 345.60 17. Hospitales Militares. 0.00 18. Participación por la explotación de obras de dominio publico señaladas por la ley federal del derecho de autor. 0.10 19.Recuperaciones de capital. 3,503.70 A. Fondos entregados en fideicomiso, a favor de entidades federativas y empresariales. 1.20 B. Fondos entregados en fideicomisos, a favor de empresas privadas ya particulares. 0.00 C. Inversiones en obras de agua potable y alcantarillado. 0.00 D. Desincorporaciones. 2,500.00 E. Otros. 752.40 20. Provenientes de decomiso y de bienes que pasan a propiedad del fisco federal. 113.70 21. Rendimientos excedentes de petróleos Mexicanos y organismos subsidiarios. 9,976.40 22. Provenientes del programa de mejoramiento de los medios de informática y de control de las autoridades aduaneras. 1,102.00 23. No comprendidos en los incisos anteriores provenientes del cumplimiento de convenios celebrados en otros ejercicios. 0.00 24. Otros. 29,296.10 A. Remanente de operación del Banco de México. 5,000.00 B. Utilidad por recompra de Deuda. 0.00 C. Rendimiento mínimo garantizado. 17,912.60 B. Ingresos de organismos y empresas. 500,880.80 VII. Ingresos de organismos y empresas: 385,104.80 1. Ingresos propios de organismos y empresas. 385,104.80 A. Petróleos Mexicanos. 183,197.00 B. Comisión federal del centro. 162,805.30 Continúa… 46 C. Luz y fuerza del centro. 459.10 D. Instituto Mexicano del Seguro Social. 9,185.00 E. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del estado. 29,458.40 2. Otros ingresos de empresas de participación estatal. 0.00 VIII. Aportaciones de Seguridad Social. 115,776.00 1. Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones para el INFONAVIT. 0.00 2. Cuotas para el Seguro Social a cargo de Patrones y Trabajadores. 115,776.00 3. Cuotas del sistema de ahorro para el retiro acargo de los patrones. 0.00 4. Cuotas para el instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado a cargo de los citados trabajadores. 0.00 5. Cuotas para el instituto de seguridad social apara las fuerzas armadas Mexicanas a cargo de los militares. 0.00 C. Ingresos derivados de financiamiento. 37,455.70 IX. Ingresos derivados de financiamientos. 37,455.70 1. Endeudamiento Neto del Gobierno Federal. 116,881.30 A. Interno. 116,881.30 B. Externos. 0.00 2. Otros financiamientos. 20,000.00 A. Diferimiento de pagos. 20,000.00 B. Otros. 0.00 3. Superávit de organismos y empresas de control presupuestario directo (se resta). 99,425.60 TOTAL.” 11 $ 1, 818,441.70 El Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión de los ingresos pagados en especie o en servicios, por contribuciones, así como en su caso, el destino de los mismos. A través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, informara al Congresos de la Unión trimestralmente dentro de los 35 días siguientes al trimestre vencido, sobre los ingresos percibidos por la Federación en el ejercicio Fiscal 2005. Derivado del monto de los Ingresos Fiscales a obtener durante el ejercicio 2005, se estima una recaudación federal participable por 1 billón 65 mil 564.8 millones de pesos. 11 LEY de INGRESOS de la Federación ,”Fisco Agenda 2005”,Ediciones fiscales ISEF, México, Trigésima, segunda edición, Diciembre 2004, p.1. 47 Como se puede observar el IVA ocupa el lugar numero dos dentro de los ingresos que obtendrá el gobierno federal, como parte de los impuestos a recaudar en el año de 2005 con un total de $ 313,739.90 (millones de pesos), los cuales provocarían una estabilidad en México. Dibujo No. 2. Ley de Ingresos de la Federación. Cabe señalar que el lugar numero uno lo ocupa, el Impuesto sobre la Renta (ISR), ya que este gravamen lo pagan la mayoría de las personas, por la obtención de ingresos mayores al salario mínimo general, en el caso del IVA, como es un impuesto indirecto, no todos lo pagan e ahí donde puede existir la diferencia con respecto a los montos por recaudar de cada impuesto. 2.2.2. Ejercicio 2005. Se presenta un cuadro de comparación entre los años 2004, 2005 y 2006, así como la variación que existe entre cada uno de los impuestos federales. Cuadr o No. 2. Comparativo de los ingresos de los años 2004, 2005 y 2006. Concepto 2006 2005 2004 % I. Impuestos: $ 841,900.50 $ 820,550.50 $ 864,830.70 47.71% II. Contr ibuciones de mejoras: 16.00 14.80 16.00 0.00% III. Derechos: 432,553.70 254,821.00 361,027.70 19.92% IV. Aprovechamientos: 15,755.20 85,002.70 48,453.80 2.67% V. Ingresos de organismos y empresas: 582,254.10 331,639.40 385,104.80 21.25% VI. Apor taciones de segur idad social. 130,331.00 108,871.00 115,776.00 6.39% VII. Ingresos der ivados de financiamiento: 2,392.80 42,493 37,455.70 2.07% TOTAL. $1,881,200.40 $1,643,392.40 $1,812,664.70 100% 48 2.3. Ley del IVA 2005. Estructura. Capítulo I. Disposiciones generales. Artículo 1. Personas que están obligados al pago del impuesto. Artículo 1A. Quienes están obligados a retener el impuesto que se les traslade. Artículo 1B. En que momento debe considerarse efectivamente cobradas las contraprestaciones. Artículo 1C. Cuando se obtienen las contraprestaciones de los documentos pendientes de cobro transmitidos en factoraje financiero. Artículo 2. Aplicación de la tasa de los 10% a los actos o actividades realizados en región fronteriza. Artículo 2A. Cuando debemos aplicar la tasa del 0%. Artículo 2B. Derogado. Artículo 2C. Pago del impuesto por estimativa para los pequeños contribuyentes por los actos o actividades que realicen. Artículo 3. Aceptación del impuesto trasladado a organismos que se indican. Artículo 4. En que consiste el acreditamiento y que se entiende por impuesto acreditable. Artículo 4A. De que manera de be ajustarse el acreditamiento en inversiones de uso indistinto. Artículo 4B. Opción para el acreditamiento en erogacionesde uso indistinto. Artículo 4C. Que no debe considerarse para el calculo de la proporción de IVA acreditable. Artículo 5. Cálculo mensual del impuesto. Artículo 6. Que procede cuando se tiene saldos a favor. Artículo 7. Procedimiento para los casos en que se tenga devoluciones, descuentos y bonificaciones. Capítulo II. De la enajenación. Artículo 8. Concepto. Artículo 9. Exenciones de pago en la enajenación. Artículo 10. Que se entiende por enajenación en territorio nacional. Artículo 11. Cuando se considera efectuada la enajenación. Artículo 12. Que se considera para determinar la Base del impuesto. Artículo 13. Derogado. 49 Capítulo III. De la prestación de servicios. Artículo 14. Concepto. Artículo 15. Exenciones del pago en la prestación de servicios. Artículo 16. Que se entiende por prestación de servicios en territorio nacional. Artículo 17. En que momento se causa el impuesto. Artículo 18. Que se considera para determinar la base del impuesto. Artículo 18A. Intereses que se consideran como valor para el cálculo del impuesto. Capítulo IV. Del uso o goce temporal de bienes. Artículo 19. Concepto. Artículo 20. Exenciones del pago en el uso o goce temporal de bienes. Artículo 21. Que se entiende por uso o goce temporal de bienes en territorio nacional. Artículo 22. Momento en que se causa el impuesto. Artículo 23. Que se considera para determinar la base del impuesto. Capítulo V. De la importación de bienes y servicios. Artículo 24. Concepto. Artículo 25. Exenciones del pago en la importación. Artículo 26. Momento en que se considera efectuada la importación. Artículo 27. Que se considera para determinar la base del impuesto. Artículo 28. Pago del impuesto. Capítulo VI. De la exportación de bienes y servicios. Artículo 29. Determinación del impuesto con Tasa cero. Artículo 30. Acreditamiento o Devolución en las exportaciones. Artículo 31. Derogado. Capítulo VII. De las obligaciones de los contribuyentes. Artículo 32. Obligaciones de los contribuyentes. Artículo 33. Pago del impuesto accidental tratándose de la enajenación de bienes o prestación de servicios. Artículo 34. Ingresos en especie por la prestación de bienes o servicios. Artículo 35. Derogado. 50 Artículo 36. Derogado. Artículo 37. Derogado. Capítulo VII De las facultades de las autoridades. Artículo 38. Derogado. Artículo 39. Determinación de la base para calcular el impuesto estimado. Artículo 40. Derogado. Capítulo IX De las participaciones a las entidades federativas. Artículo 41. Convenio de coordinación con los estados. Artículo 42. Impuestos exentos para los convenios de coordinación con los estados. Artículo 43. Opción para que los estados establezcan impuestos a las ventas y servicios al público en general. 2.3.1. Regulación aplicable para 2005. Reforma fiscal para 2005. De acuerdo con lo aprobado por el H. Congreso de la Unión, las reformas aplicables a la LIVA para 2005 tienen como objeto otorgar mayor precisión a las disposiciones previstas por esta Ley, las cuales se refieren en lo general a los siguientes aspectos: • Se reducen los porcentajes de coeficientes de Valor Agregado aplicable a los pequeños contribuyentes mediante estimativa de ingresos para quedar de la siguiente manera, 15% cuando se trate de enajenación del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, del 40% en el caso de prestación de servicios. • Se aclara que en el art. 3 de la LIVA, tratándose de la Federación, el Distrito Federal, los municipios, así como a sus organismos descentralizados, a las instituciones públicas de seguridad social, no resulta procedente que estos lleven a cabo el acreditamiento del IVA. • De acuerdo al art. 4 LIVA nos define claramente la mecánica del procedimiento de acreditamiento de dicho impuesto, relativo a las inversiones que se utilicen indistintamente en la realización de actividades gravadas y exentas del contribuyente. 51 Los arts. Adicionas al párrafo anterior nos mencionan lo siguiente, ar t. 4A establece la mecánica para determina el ajuste del IVA en inversiones. • Cuando en los meses posteriores a aquel en el que se efectué el acreditamiento, se modifique en un 3% la proporción, se deberá ajustar el acreditamiento en la forma siguiente: Cuando se disminuya la proporción de los actos gravados, respecto del valor de los actos totales, se deberá reintegrar el acreditamiento, actualizados desde el mes en el que se acredito y hasta el mes del que se trate. IVA trasladado o pagado. () % máximo de deducción de inversiones. (=) Monto obtenido. (/) 12. (=) Monto determinado. (x) % de actos gravados respecto del valor de actos totales del mes de acreditamiento. (=) Cantidad A. Monto determinado. (x) % de actos gravados respecto del valor de actos totales del mes de ajuste. (=) Cantidad B. Cantidad A. () Cantidad B. (=) Cantidad a Reintegrar Actualizada. • Cuando Aumente la proporción de los actos gravados, respecto del valor de los actos totales, se incrementara el acreditamiento, actualizados desde el mes en el que se acredito y hasta el mes del que se trate: IVA trasladado o pagado. () % máximo de deducción de inversiones. (=) Monto obtenido. (/) 12. (=) Monto determinado. (x) % de actos gravados respecto del valor de actos totales del mes de acreditamiento. (=) Cantidad A. 52 Monto determinado. (x) % de actos gravados respecto del valor de actos totales del mes de ajuste. (=) Cantidad B. Cantidad A. () Cantidad B. (=) Cantidad a Reintegrar Actualizada. Dentro del art. 4B nos delimita para los que realicen actos gravados y exentos por bienes o servicios en forma indistinta para llevarlos acabo en lugar de aplicar los artículos anteriores, podrán acreditar el IVA como sigue: IVA trasladado o pagado en importaciones. (x) % de actos gravados respecto del valor de actos totales, incluyendo los no objetos. (correspondiente al año de calendario anterior por el que se calcula el impuesto). (=) IVA acreditable. En el art. 4 C hace se menciona los valores que no se deben incluir en la determinación de los arts. antes mencionados, los claros ejemplos son: • Las importaciones de bienes o servicios. • Las enajenaciones de sus activos fijos, gastos y cargos diferidos conforme a ISR, así como en la enajenación de suelo, salvo que sea parte del activo circulante del contribuyente. • Los dividendos percibidos en moneda, en acciones, en partes sociales o en títulos de crédito cuando no implique la transmisión de domino de un bien tangible. Dentro del art. 43 de dicha ley, establece el marco que permite a las entidades federativas establecer impuestos cedulares a las personas físicas que obtengan ingresos por honorarios profesionales. Por el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles y por la enajenación de dichos bienes, así como por la realización de actividades empresariales. Prestación de Servicios Profesionales: Tasa del impuesto entre el 2% y el 5%. 53 Objeto Se considera los servicios personales independientes, los que no estén asimilados a sueldos, salarios. Se establece el que las entidades federativas puedan gravar dentro del impuesto cedular sobre sueldos y salarios, los ingresos asimilados. Sin embargo, nunca se considera como objeto dicho impuesto cedular. Base Utilidad Gravable (Ingresos Acumulables – Deducciones Autorizadas). Concurrencia Considerar la utilidad gravable de todas las bases fijas dividida entre los ingresos de cada base. No se define el concepto de base fija. Ejemplo: “En el siguiente recuadro se muestra un ejemplo de la Determinación del impuesto cedular de una persona física que obtieneingresos por la prestación de servicios profesionales, a los cuales la Entidad Federativa aplica una tasa del 5%.” 12 Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles Tasa del Impuesto Entre el 2% y el 5%. Objeto Inmuebles ubicados en la entidad federativa. No importa el domicilio fiscal del propietario. 12 htpp://sat.gob.mx/sitió/Internet/nuevo.htlm. 31 octubre 2005 11.22am Concepto. Cantidad. Ingresos mensuales. $18,500.00 Menos: Deducciones autorizadas para el ISR. 1,800.00 Igual: Base gravable. 16,700.00 Por : Tasa de impuesto cedular. 5% Igual: Impuesto cedular a cargo $835.00 54 Base Ingresos. Es la utilidad gravable conforme a otras consideraciones Determinación del impuesto cedular de una persona física que obtiene ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles (arrendamiento), a los cuales la Entidad Federativa en donde se Encuentran los bienes aplica una tasa del 5%. Ejemplo: “En el siguiente recuadro se muestra un ejemplo de la Determinación del impuesto cedular de una persona física que obtiene ingresos por el uso o goce temporal de bienes inmuebles, a los cuales la Entidad Federativa aplica una tasa del 5%.” 13 Concepto. Cantidad. Ingresos mensuales. $85,000.00 Menos: Deducción opcional del 35%. 29,750.00 Menos: Impuesto predial. 750.00 Igual: Base gravable. 54,500.00 Por : Tasa de impuesto cedular. 5% Igual: Impuesto cedular a cargo. $2,725.00 Cabe señalar, que el impuesto se deberá de pagar en la Entidad Federativa en donde se encuentra ubicado el inmueble, independientemente de que el contribuyente tenga su domicilio fiscal en otra Entidad Federativa. 13 htpp://sat.gob.mx/sitió/Internet/nuevo.htlm. 31 octubre 2005 11.22am 55 Enajenación de bienes Inmuebles: Tasa del Impuesto Entre el 2% y el 5%. Objeto Inmuebles ubicados en la Entidad Federativa. No importa el domicilio fiscal del propietario. Base Ganancia obtenida en su enajenación. Ejemplo: “Determinación del impuesto cedular de una persona física que obtiene ingresos enajenación de bienes inmuebles, a los cuales la Entidad Federativa en donde se encuentran los bienes aplica una tasa del 5%.” 14 Cabe señalar, que el impuesto se deberá de pagar en la Entidad Federativa en donde se encuentra ubica el inmueble enajenado, independientemente de que el contribuyente tenga su domicilio fiscal en otra Entidad Federativa. 14 htpp://sat.gob.mx/sitió/Internet/nuevo.htlm. 31 octubre 2005 11.22am Concepto. Cantidad. Ingresos por la enajenación del inmueble. $1,750,000.00 Menos: Deducciones relacionadas con el bien inmueble para efectos del ISR. 208,000.00 Igual: Base gravable. 1,542,000.00 Por : Tasa de impuesto cedular. 5% Igual: Impuesto cedular a cargo. $77,100.00 56 Actividades Empresar iales: Tasa del Impuesto Entre el 2% y el 5%. Objeto Utilidad Gravable de establecimientos, sucursales o agencias en la Entidad Federativa. Base Utilidad Gravable. Ejemplo: “Determinación del impuesto cedular de una persona física que obtiene ingresos por actividades empresariales, a los cuales la Entidad Federativa en donde se encuentra la negociación, aplica una tasa del 3%.” 15 Cabe señalar, que el impuesto se deberá de pagar en la Entidad Federativa en donde se encuentra ubicada la negociación, independientemente de que el contribuyente tenga su domicilio fiscal en otra Entidad Federativa. 15 htpp://sat.gob.mx/sitió/Internet/nuevo.htlm. 31 octubre 2005 11.22am Concepto. Cantidad. Ingresos por actividades empresariales. $350,000.00 Menos: Deducciones autorizadas para el ISR. $125,000.00 Igual: Base gravable. $225,000.00 Por : Tasa de impuesto cedular. 3% Igual: Impuesto cedular a cargo. $6,750.00 57 2.3.2 Otras disposiciones generales. Está Reformas entraron en vigor el 1° de enero, por lo que ante los cambios que se debe considerar para la determinación del IVA acreditable en el ejercicio de 2005. En este trabajo se analiza la nueva mecánica y los aspectos que habrán de atenderse para poder acreditar el IVA que se les traslade, así como el que paguen en la importación de bienes o servicio. El pago del impuesto se presentará en la misma fecha de pago del ISR. Cuando el contribuyente inicie actividades se deberá estimar el ingreso mensual de las actividades, esta estimación se seguirá aplicando hasta presentar la declaración informativa de ISR. Se dispone que los saldos a favor de IVA podrán compensarse contra otros impuestos federales, en los términos del art. 23 del CFF; además, el remanente de la compensación podrá solicitarse en devolución, siempre que ésta sea por la totalidad del remanente, lo anterior tomado en cuenta que a partir del mes de julio del 2004 entro en vigor la compensación denominada universal. En el art. 43 de dicha ley, establece el marco que permite a las entidades federativas establecer impuestos cedulares a las personas físicas que obtengan ingresos por honorarios profesionales, por el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles y por la enajenación de dichos bienes, así como por la realización de actividades empresariales. La tasa que se aplicara será del 2% como mínimo de tal forma que el 5% sea el máximo, esto previo convenio con las entidades federativas con la Federación y se pagaran conjuntamente con las declaraciones del impuesto sobre la renta federal. Se precisa también que los estados podrán establecer impuestos cedulares a las personas físicas que tributen en los regimenes que anteriormente se señalaron, también este impuesto será deducible para efectos de ISR. Las Entidades Federativas que establezcan el impuesto a que se refiere esta fracción, únicamente podrán gravar la utilidad gravable obtenida por los contribuyentes, por los establecimientos, sucursales o agencias que se encuentren en la Entidad Federativa de que se trate. Por ultimo también podemos decir que los impuestos cedulares son aplicables a las personas físicas que tributen dentro de algún acto o actividad según les corresponda. 58 “El universo es como un eco. Si no te gusta lo que recibes, presta atención a lo que emites.” Riveiro, Lair. 59 CAPÍTULO III. IVA en base a flujo de efectivo. 3.1. Mecánica del cálculo del IVA 2005. Antecedentes del cálculo del IVA en base a flujo de efectivo. En abril de 2001, el Ejecutivo Federal envío una iniciativa al Congreso de la Unión para reformar diversas leyes fiscales y financieras denominadas como “Nueva Hacienda Pública Distributiva” en la cual se incluía un esquema llamado “IVA en base a flujo de efectivo”. Sin embargo esta propuesta del Ejecutivo Federal fue rechazada en la cámara de diputados, no obstante a última hora, en la cámara de senadores se aprobó para la reformas de 2002. Este régimen de IVA en base a flujo de efectivo se basa en que los contribuyentes causan, acreditan y retienen el impuesto hasta el momento de cobro o pago, según sea el caso, eliminando así la mecánica de determinación en la que establecía el pago del impuesto que se causaba a partir del momento en que nacía el derecho a exigir el cobro o el pago del precio o contraprestación pactado, aún cuando no se hubiese cobrado, lo que provocaba al contribuyente pagar el impuesto sin haber obtenido la percepción efectiva del cobro, causando en algunos casos un impacto severo en la liquidez de la empresa. Por lo anterior a partir del 2003 este sistema se incorpora a la LIVA pretendiendo establecer así un tratamiento más justo, equitativo sobre las políticas de comercialización así como el cobro que las empresas otorgan a sus clientes, debido a que en cualquier caso el impuesto se pagará hasta la
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