Logo Studenta

Memoria de Experiência Profissional na Construção de Edifício

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO
MEMORIA DE EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA SUPERVISIÓN DE LA
CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO “CIUDAD JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO”,
PRIMERA ETAPA.
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE:
INGENIERO CIVIL
PRESENTA
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
ASESOR M. en C. VÍCTOR MANUEL SANTÍN VARGAS
MÉXICO, D.F; ABRIL 2010.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
OFICIOS
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
OFICIOS
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
OFICIOS
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
AGRADECIMIENTOS
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
AGRADECIMIENTOS
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
AGRADECIMIENTOS
Agradecimientos.
A Dios
Por concederme la oportunidad de realizar día con día, cada uno de mis objetivos y
metas. Por bendecirme de tener lo que me rodea.
A la familia Ángel Ruiz y en especial
A mi tía Elvia
Que con grandes esfuerzos pudo darme la educación preparatoria y superior, a su
infinita perseverancia de que siempre fuéramos gente preparada,
A Alicia, Miguel y Jesús
Que siempre me vieron como a su hermano,
A mi tío Miguel
Que nunca dejo que eligiera el camino fácil a mis problemas.
A mis abuelos
Que siempre cuidaron que no me faltara nada para que pudiera recibir la educación,
principios y valores con los que me he formado.
A mi madre
Que desde pequeño me inculco que todo se consigue con esfuerzo y perseverancia.
Y en especial a mi esposa Verónica
Que sin su coraje y amor no hubiera logrado la culminación de este trabajo, que día a
día me apoya en todos los sentidos de mi vida. Te amo.
Y a todas las personas que a lo largo de este camino me han apoyado
Joel Ruíz Martínez
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INTRODUCCION
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INTRODUCCION
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INTRODUCCION
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INTRODUCCIÓN
En el ámbito de la industria de la construcción, el ejercicio profesional de los
constructores no ha tenido credibilidad total en procesos constructivos, en los
volúmenes de obra y en la calidad de los materiales a utilizar; por estas prácticas
irregulares, es que se han implementado los procesos de verificación,
prácticamente en la totalidad de las obras que se construyen, para vigilar todos los
procesos que se llevan a cabo para la construcción y, remuneración de las obras.
En la industria de la construcción se consideran varias acciones para la
verificación del proceder de las contratistas y en el sector público existe
supervisión interna, supervisión externa, contraloría interna, contraloría general, la
contaduría mayor de Hacienda, entre otros para vigilar (supervisar) los trabajos de
obras y servicios.
Por lo anterior se han implementado los servicios de supervisión, siendo
común la necesidad de contratar empresas con experiencia que realicen las
actividades técnicas y administrativas de la ejecución, control y gasto de las obras
y servicios, conforme a las leyes, reglamentos y normatividad vigente que se
enuncian en los capítulos de este compendio, expresamente para su incidencia en
el Estado de Jalisco.
En este trabajo se establecen los procedimientos básicos a considerar en la
supervisión de la Obra Pública del Estado de Jalisco de acuerdo a las condiciones
que se establecieron previamente en los términos de referencia y el contrato para
los servicios de supervisión.
En el capítulo del marco normativo se hace mención de la legislación
aplicable para las obras públicas y servicios relacionados con las mismas en el
Estado de Jalisco.
Para el capítulo de las actividades de la supervisión previas al inicio de la
obra, se llevara a cabo la revisión del proyecto ejecutivo. En el capitulo de
actividades inmersas se mencionan las actividades necesarias para la buena
ejecución de los trabajos, desde el momento de la entrega del sitio, hasta el acto
de entrega-recepción. Y en el capítulo de documentos técnicos y administrativos
para la recepción de la obra se hace mención de todos aquellos documentos
necesarios para la integración del expediente y finiquito de la obra.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INTRODUCCIÓN
En el ámbito de la industria de la construcción, el ejercicio profesional de los
constructores no ha tenido credibilidad total en procesos constructivos, en los
volúmenes de obra y en la calidad de los materiales a utilizar; por estas prácticas
irregulares, es que se han implementado los procesos de verificación,
prácticamente en la totalidad de las obras que se construyen, para vigilar todos los
procesos que se llevan a cabo para la construcción y, remuneración de las obras.
En la industria de la construcción se consideran varias acciones para la
verificación del proceder de las contratistas y en el sector público existe
supervisión interna, supervisión externa, contraloría interna, contraloría general, la
contaduría mayor de Hacienda, entre otros para vigilar (supervisar) los trabajos de
obras y servicios.
Por lo anterior se han implementado los servicios de supervisión, siendo
común la necesidad de contratar empresas con experiencia que realicen las
actividades técnicas y administrativas de la ejecución, control y gasto de las obras
y servicios, conforme a las leyes, reglamentos y normatividad vigente que se
enuncian en los capítulos de este compendio, expresamente para su incidencia en
el Estado de Jalisco.
En este trabajo se establecen los procedimientos básicos a considerar en la
supervisión de la Obra Pública del Estado de Jalisco de acuerdo a las condiciones
que se establecieron previamente en los términos de referencia y el contrato para
los servicios de supervisión.
En el capítulo del marco normativo se hace mención de la legislación
aplicable para las obras públicas y servicios relacionados con las mismas en el
Estado de Jalisco.
Para el capítulo de las actividades de la supervisión previas al inicio de la
obra, se llevara a cabo la revisión del proyecto ejecutivo. En el capitulo de
actividades inmersas se mencionan las actividades necesarias para la buena
ejecución de los trabajos, desde el momento de la entrega del sitio, hasta el acto
de entrega-recepción. Y en el capítulo de documentos técnicos y administrativos
para la recepción de la obra se hace mención de todos aquellos documentos
necesarios para la integración del expediente y finiquito de la obra.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INTRODUCCIÓN
En el ámbito de la industria de la construcción, el ejercicio profesional de los
constructores no ha tenido credibilidad total en procesos constructivos, en los
volúmenes de obra y en la calidad de los materiales a utilizar; por estas prácticas
irregulares, es que se han implementado los procesos de verificación,
prácticamente en la totalidad de las obras que se construyen, para vigilar todos los
procesos que se llevan a cabo para la construcción y, remuneración de las obras.
En la industria de la construcción se consideran varias acciones para la
verificación del proceder de las contratistas y en el sector público existe
supervisióninterna, supervisión externa, contraloría interna, contraloría general, la
contaduría mayor de Hacienda, entre otros para vigilar (supervisar) los trabajos de
obras y servicios.
Por lo anterior se han implementado los servicios de supervisión, siendo
común la necesidad de contratar empresas con experiencia que realicen las
actividades técnicas y administrativas de la ejecución, control y gasto de las obras
y servicios, conforme a las leyes, reglamentos y normatividad vigente que se
enuncian en los capítulos de este compendio, expresamente para su incidencia en
el Estado de Jalisco.
En este trabajo se establecen los procedimientos básicos a considerar en la
supervisión de la Obra Pública del Estado de Jalisco de acuerdo a las condiciones
que se establecieron previamente en los términos de referencia y el contrato para
los servicios de supervisión.
En el capítulo del marco normativo se hace mención de la legislación
aplicable para las obras públicas y servicios relacionados con las mismas en el
Estado de Jalisco.
Para el capítulo de las actividades de la supervisión previas al inicio de la
obra, se llevara a cabo la revisión del proyecto ejecutivo. En el capitulo de
actividades inmersas se mencionan las actividades necesarias para la buena
ejecución de los trabajos, desde el momento de la entrega del sitio, hasta el acto
de entrega-recepción. Y en el capítulo de documentos técnicos y administrativos
para la recepción de la obra se hace mención de todos aquellos documentos
necesarios para la integración del expediente y finiquito de la obra.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
GENERALIDADES DE LA EMPRESA
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
GENERALIDADES DE LA EMPRESA
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
GENERALIDADES DE LA EMPRESA
 
 
 
 
0 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El Ing. Rodrigo Ramos Garibi y el Arq. Felipe Ramos Garibi fundan la firma de 
arquitectura e ingeniería “Cinco Contemporánea, S.A. de C.V.”, en febrero de 
1999. Después de sus trayectorias dentro de reconocidos despachos de 
arquitectura y construcción; se unen para iniciar un despacho con las 
características de excelencia en el diseño y vanguardia en la construcción que 
demanda nuestra sociedad. 
 
La actitud responsable ante el contexto urbano, la búsqueda de la 
armonía regida por la fuerza generadora del concepto arquitectónico, la 
modernidad contrastada con la sencillez en el uso de materiales regionales y la 
utilización del lenguaje arquitectónico como factor de desarrollo cultural, son las 
premisas de diseño que rigen el carácter de la firma. 
 
Como respuesta a las exigencias de nuestros clientes, hemos desarrollado 
un sistema de servicios integrales; los cuales consisten en ofrecer diferentes 
alternativas para solucionar en una sola empresa todas las necesidades que un 
proyecto requiere, de tal forma en el 2007 se funda la empresa cinco maquinaria 
para así lograr combinar el talento humano y la maquinaria adecuada. 
 
Tiene como principal actividad el diseño, construcción y edificación a nivel 
residencial y urbano, algunos de los principales proyectos y clientes son: 
 
 
 
 
CONCEPTO 
 
 
 
 
2 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RESIDENCIAL 
 
o 1994 – 1995. “Casa Fernández” Residencia de descanso de 1300 m2 en 
Punta Mita, Nayarit. (proyecto ganador del concurso). 
o 1995 - 1996 “Casas habitación Santa Fe” 3 Casas de 170 m2
o 1995 - 1996 “Residencia Vázquez Damí” 470 m
 c/u, en la 
ciudad de Guadalajara, Jal. México. 
2
o 1995 - 1996 “Proyecto de imagen” para las residencias en las parcelas Las 
Brisas, El Peñón, La Rivera y Buenavista, en el desarrollo “Cabo del Sol “ en 
Cabo San Lucas, Baja California Sur, México. 
 en el Fraccionamiento 
“Valle Real” en Zapopan, Jalisco, México. 
o 1995 - 1996 Anteproyecto “Chapala Views” de 7 residencias para 
Norteamericanos Retirados en Chapala, Jal. México. 
o 1996 Local Comercial para la franquicia española “Cedosce Tintoreto” en 
La Gran Plaza de la ciudad de Guadalajara, Jal. México. 
o 1996 - 1997 Proyecto de 8 “Residencias prototipo” para venta en el 
Fraccionamiento “Valle Real” en la ciudad de Guadalajara, Jal. México. 
o 1996 - 1997 Proyecto de residencia prototipo para “Residencial Virreyes” en 
Guadalajara, Jal. México. 
o 1997 – 1998 “Casa Vizcaíno” Propuesta conceptual de la casa habitación 
de 650 m² en la colonia Santa Fe de la ciudad de Zapopan, Jalisco. 
o 1998 “Casa Monraz” Casa habitación de 450 m² en el fraccionamiento El 
Palomar en Guadalajara, Jalisco. 
o 1998 “Casa Fernández – Abarca” Casa habitación de 850 m² en el 
Fraccionamiento “Puerta de Hierro” en la ciudad de Guadalajara, Jal., 
México. 
o 1998 “Departamento A. Fernández” Propuesta de interiores y mobiliario. 
o 1998 “Casa Carla en Puerto Vallarta” Casa habitación de 550 m² en Puerto 
Vallarta, Jal. , México. 
o 1998 “Casa Virreyes” Casa habitación de 280 m² en el Fraccionamiento 
Virreyes en la ciudad de Guadalajara, Jal. , México. 
o 1999 “Casa Salmón Roux” Casa habitación de 430 m² en el 
Fraccionamiento Puerta de Hierro, en la Ciudad de Guadalajara, Jal. 
México. 
o 1999 “Casa De Anda - Di Vece” Casa habitación de 600 m² en el 
Fraccionamiento Lomas de San Javier en la Ciudad de Guadalajara Jal. 
México. 
 
 
 
 
 
3 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RESIDENCIAL 
 
 
o 1999 “Casa Salmón - Terán” Casa habitación de 550m² en el 
Fraccionamiento Las Cañadas en la Ciudad de Guadalajara Jal, México. 
o 2000 “Residencia Vejar Sánchez” Casa habitación de 1,100m² ubicada en 
el Club de Golf Sta. Anita, Zapopan Jalisco. 
o 2000 “Residencia Santa Rita” Casa habitación de 1200 m ² ubicada en el 
Fraccionamiento Rinconada de Sta. Rita, en Guadalajara, Jalisco. 
o 2000 “Coto Lomas del Valle” 4 Casas habitación ubicadas en Zapopan, 
Jalisco. 
o 2000 “Casa Barajas” Casa habitación de 350 m² ubicada en Zapopan, 
Jalisco. 
o 2001 “Remodelación Hacienda Alto de Moya” Remodelación de bodegas, 
10 Casas para trabajadores, Establos para ganado, Readecuación de la 
Casa Principal. ubicada en Lagos de Moreno. 
o 2001 “Residencia Señorial” Casa habitación de 1150 m² ubicada en 
Zapopan, Jalisco. 
o 2001 “Torre Montevideo” Proyecto Arquitectónico, en 10 niveles de 8000 m², 
ubicada en la colonia Providencia, en Guadalajara, Jalisco. 
o 2002 “Residencia Sta. Isabel” Casa habitación de 1050 m² ubicada en el 
Fraccionamiento Sta. Isabel, en Zapopan, Jalisco. 
o 2002 “Casa Rinconada de Sta. Rita” Casa habitación de 450 m², ubicada en 
el Fraccionamiento Sta. Rita, en Guadalajara, Jalisco. 
o 2002 “Aceros troquelados” Construcción y ampliación de bodega industrial 
para aceros troquelados en Guadalajara, Jal. 
o 2003 “Casa de descanso en Sta. María”. Construcción de casa de 
descanso de 7500 m² ubicada en la laguna de Sta. María del Oro, Nayarit. 
o 2003 “Casa Medrano” Casa habitación de 600 m², ubicada en el 
Fraccionamiento Puerta de Hierro, en Zapopan, Jalisco. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RESIDENCIAL 
 
o 2003 “Casa Vázquez” Casa habitación en el Condominio La Fuente, Lote 7, 
en el Fraccionamiento Valle Real, en Zapopan, Jalisco. 
o 2003 “Residencia Sta. Anita” Casa habitación de 600 m², en el Club de Golf 
Sta. Anita. 
o 2004. “Casas Santa Fe “. Construcción de 6 Residencias de Lujo en 
Zapopan, Jalisco. 
o 2005 “Casa América” Construcción de casa ubicada en el condominio 
Puerta de Hierro. 
o 2005 “Casa Maldonado” Construcción de casa ubicada en el condominio 
Puerta de Hierro condominio Castilla la Vieja.o 2005 “Casa Guadalupe Alcaraz”, Construcción de casa en condominio 
Aragón en Puerta de Hierro. 
o 2005 “Casa Patzcuaritos”, Construcción de casa de playa en Sayulita 
Nayarit. 2000m2 de construcción. 
o 2005 “Centro Comercial Plaza Unicenter”, Construcción de la plaza ubicada 
en Av. Real Acueducto, locales comerciales y estacionamiento 4000m2. 
o 2005. “Torre Sky“ Construcción de edificio de 7,000 m2 en el 
Fraccionamiento Providencia en Guadalajara Jalisco. 
o 2006. Departamento México. Remodelación de 470 MTS2 en la Col. Lomas 
Altas México DF. 
o 2008 “Chapultepec Cuatro60”, Proyecto Arquitectónico de departamentos, 
en 13 niveles de 5500 m², ubicada en la Av. Chapultepec, en Guadalajara, 
Jalisco. 
 
 
 
 
 
 
– 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
COMERCIAL 
o 1994 – 1995. “El Lubricantes México” Remodelación de fachadas y 1,800 m2
o 1994 – 1995. “Sunoco Lubricantes” Ampliación de 300 m
 de 
oficinas. Edificio matriz en la ciudad de Guadalajara, Jal. México. 
2 de oficinas. Remodelación 
de 120 m2
o 1996 - 1997 “Proyecto de Imagen” para 14 sucursales y remodelación de 4 
sucursales de “Pastelerías Francesa” en la ciudad de Guadalajara, Jal. México. 
 de laboratorios y remodelación de fachada. Planta de producción en la 
ciudad de Guadalajara, Jal. México. 
o 1996 - 1997 “Velas Artísticas” Proyecto de 800 m2
o 1997 “Centro Comercial Tepeyac” Remodelación de áreas públicas. 
 de ampliación y remodelación de 
los talleres de decorado, oficinas y equipo de producción de parafina. 
Guadalajara, Jal. México. 
o 1997 “Gigante Tepeyac” Techumbre en ingreso e imagen de fachadas. 
Guadalajara, Jal, México. 
o 1997 “McDonald´s” Propuesta conceptual de techumbres exteriores en área de 
juegos. 
o 1997 – 1998 Proyecto “TRACSA Aguascalientes” Almacén de refacciones y venta de 
maquinaria Caterpillar en Aguascalientes, México. 
o 1998 “Gigante Las Águilas” Remodelación de fachada, pórtico de ingreso y baños, 
en la ciudad de Guadalajara, Jalisco. 
o 1998 “Gigante Plaza del Sol” Remodelación de fachada, pórtico de ingreso y 
baños, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco. 
o 1998 “Gigante Oblatos”. Remodelación de fachada, pórtico de ingreso y baños, en 
la ciudad de Guadalajara, Jalisco. 
o 1998 “Proyecto Club de Tenis Cabo del Sol” Club de Tenis en el desarrollo Cabo del 
Sol, en Cabo San Lucas, Baja California Sur, México. 
o 1999 “Sunoco Lubricantes” 1,150m² de oficinas y 3,000m² de planta de 
producción, en Guadalajara Jal. , México. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
COMERCIAL 
 
o 2000 “Hotel Villas la Audiencia” Remodelación hotel en Manzanillo Colima. 
o 2000 “Edificio de Oficinas La Audiencia” Oficinas y área de producción de 860 m² 
en Manzanillo, Colima. 
o 2001 “Ampliación y Remodelación del Restaurante El Italiano” Ubicada en la 
Colonia Vallarta San Jorge, en Guadalajara, Jalisco. 
o 2002 “Hotel Hyatt Villahermosa” Remodelación y decoración de habitaciones del 
hotel en Villahermosa, Tabasco. 
o 2003 “Remodelación de bodega” Pisos y Mas de Occidente, ubicado en Av. Niños 
Héroes No. 2022 Guadalajara, Jal. 
o 2003 “Agua Matter” . Remodelación de 20 locales para la empresa agua facil S.A. 
de C. V. 
o 2003 “Superama Walmart”. Construcción de obra civil del Superama Walmart 
Puerta de Hierro. 
o 2005 “Peter Piper Pizza”, Construcción de restaurante ubicado en Av. Real 
Acueducto, 2,500 mts2. 
o 2005 “Centro comercial Plaza Unicenter”, Construcción de la plaza ubicada en Av. 
Real Acueducto, locales comerciales y estacionamiento 4,000 m2. 
o 2005 “Centro de espectáculos Vicente Fernández Gómez”, Proyecto y construcción 
de ingreso principal km. 20 carretera a Chapala. 
o 2006 “Remodelación Arena VFG” Construcción de 3,000 mts2 de estructura 
metálica y túnel peatonal. 
o 2006 “Bodega Abarrotes Dinámicos” Construcción de bodega de 4,800 mts2 en 
Tlaquepaque Jalisco. 
o 2007 “Excavación 85,000 m3 torre Zapopan en Puerta de Hierro, de la empresa 
Grupo Anima, en Zapopan, Jal. 
o 2007 “Arena Blanca”, construcción de ingreso principal en Arena Blanca, cruz 
Hanacaxtle Nayarit. 
o 2008 “Centro Comercial Plaza Unicenter 2” Construcción de la segunda plaza 
ubicada en Av. Real Acueducto, locales comerciales y estacionamiento 3,600 m2. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
URBANIZACION Y OBRA PÚBLICA 
 
o 2001 “Calle de ingreso Principal de la Hacienda Alto de Moya”, Trazo, nivelación y 
empedrado del ingreso principal, asi como la construcción de cunetas de 
canalización del agua pluvial a mantos de recuperación. 3 km. 
o 2001”Desasolve del escurrimiento Hacienda Alto de Moya”, limpieza y ampliación 
del canal para la captación de mayor flujo de agua, así como su saneamiento en 
Lagos de Moreno Jal. 
o 2003 “ Palo Blanco “ Urbanización de Calles empedradas, Cunetas, Machuelos y 
Electrificación en el Fraccionamiento “ Palo Blanco” en Chapala, Jalisco. 
o 2003 “Colector Principal en Ojuelos Jalisco”, Excavación del cajón para el colector 
de la Av. Principal en Ojuelos Jalisco. 
o 2003 “ El Profundo “. Urbanización de calles asfaltadas, drenajes y pozos de 
absorción en el coto “ El Profundo ”, en Zapopan, Jalisco. 
o 2003”Plataformas de entrenamiento”Trazo, nivelación y corte de taludes para la 
construcción de plataformas para el entrenamiento de Equinos Rancho Medrano. 
o 2003 “Calle de ingreso a Granja “Trazo, nivelación y asfaltado del ingreso principal 
a la granja ubicada en bosques de Santa Anita. 
o 2003 “ Movimiento de tierras y plataformas” para diversas construcciones en 
Guadalajara, Tepic y Puerto Vallarta. 
o 2004 “Colector encarnación de Díaz”, Movimiento de tierras y construcción del 
colector en Encarnación 3km. 
o 2004 “Canalización de aguas pluviales del condominio Bello horizonte”, entubado y 
conexión a pozo profundo de absorción en manto freático. 
o 2004 “Red de drenaje en Bello Horizonte” Trazo, excavación, nivelación y tendido 
de tubería para la canalización. 
o 2004 “Canal del escurrimiento en San Sebastianito”, limpieza del canal, y 
conformación del talud para el escurrimiento pluvial. 
o 2005 ”Colector en Puerto Vallarta”,Recanalización del drenaje existente, así mismo 
Plataformas y concreto hidráulico en la Av. Francisco Medina Ascencio crucero con 
API. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8 
 
 
URBANIZACION Y OBRA PÚBLICA 
 
 
o 2005 “Plataformas Palo Blanco”Construccion de Plataformas para la urbanización 
del condominio Palo Blanco Jocotepec Jalisco. 
o 2005 “Carril de desaceleración Sayulita”, Movimiento de tierras y conformación de 
plataforma para carril de desaceleración en el entronque de Sayulita. 
o 2005 “Lateral Poniente” Base y empedrado ahogado en concreto, en la calle Fco. 
Medina Ascencio, Puerto Vallarta, Jal. 
o 2006 “Telmex” red de fibra óptica 8Km en Punta Mita, Nayarit, México. 
o 2006 “calle Niza”, Sistema de drenaje, agua potable y alcantarillado así como base 
y empedrado ahogado en concreto. Puerto Vallarta 
o 2006 “Nueva Plaza Pitillal” plaza pública en Puerto Vallarta, con estacionamiento 
subterráneo con capacidad de 200 cajones (5,000 mts2). 
o 2006 “Emiliano Zapata” empedrado ahogado en mortero en la calle Emiliano 
Zapata, Col. Las Juntas, Puerto Vallarta, Jal. 
o 2006 “CNA” remodelación de oficinas generales, centro CNA en Guadalajara, 
Jalisco. 
o 2007-2008”Hospital regional de Vallarta”, remodelación de obra interior y exterior 
del hospital regional en Puerta Vallarta, Jalisco, 1,230.00 m2. 
o 2007-2008 “Construcción de Escuela Secundaria No.3” Construcción de centro de 
escuela secundaria técnica en Puerto Vallarta, Jalisco 162 m2. 
o 2007-2007”Escuela Primaria Benito Juárez”, Construcción de salón de usos múltiples 
y bodega en escuela primaria Benito Juárez, en Vallarta, Jalisco 168 m2. 
o 2007 -2008 “La Veracruz”, Empedrado ahogado en mortero de la calle Veracruz, 
desde la C. 16 de Septiembre hasta Ángel Robles, en la Colonia la Floresta, 8,104 
m2, en Puerto, Vallarta,Jalisco. 
o 2007-2008 “Echeverría”, Empedrado ahogado en mortero de la C. Javier 
Echeverría, desde la Av. Francisco Medina Asencio hasta Bocanegra, en la Col. 
Guadalupe Victoria, con 2,137 m2 en Puerto Vallarta. 
o 2008 “La Lija”, Unidad deportiva en puerto Vallarta, Jalisco. 
o Desde 2008 al 2009 “Ciudad Judicial” Supervisión de la obra y control de calidad, 
de SEDEUR la Ciudad Judicial del Estado de Jalisco, ubicado por periférico sur con 
125,000.00 m2. 
o 2008 “Calle Piruli” pavimentación en concreto hidráulico, para el H. Ayuntamiento 
de Puerto Vallarta. 
o 2008 “Calle Esturion” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento de 
Puerto Vallarta. 
o 2008 “Calle Peru” Empedrado ahogado con mortero, H. Ayuntamiento de Puerto 
Vallarta. 
o 2009 “Calle 20 de Noviembre” pavimentación en concreto hidráulico, H. 
Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Venustiano Carranza” pavimentación en concreto hidráulico, H. 
Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Revolucion” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento 
de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Morelos” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento de 
Puerto Vallarta. 
 
 
 
 
 
 
9 
 
 
URBANIZACION Y OBRA PÚBLICA 
 
 
o 2009 “Calle Ramon Corona y Emiliano Zapata” Empedrado ahogado con mortero, 
H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle España” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento de 
Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle China” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento de 
Puerto Vallarta. 
o 2009 “Unidad Deportiva” Pista de Tartan unidad deportiva Alfonso Diaz Santos., H. 
Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Iturbide” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento de 
Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Alameda y 12 de Octubre” pavimentación en concreto hidráulico, H. 
Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Miguel Hidalgo y Calle Violeta” pavimentación en concreto hidráulico, 
H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle 24 de Junio” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento 
de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Morelos las Juntas” pavimentación en concreto hidráulico, H. 
Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Durango” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento de 
Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Manuel Altamirano, Calle Lázaro Cárdenas, Empedrado ahogado en 
Rodolfo Gómez y calle Josefa Ortiz de Domínguez” pavimentación en concreto 
hidráulico, H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Las Peñas y Granito” pavimentación en concreto hidráulico, H. 
Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Calle Veracruz, calle 5 de Septiembre, calle Genaro Padilla y calle Fco. I. 
Madero” pavimentación en concreto hidráulico, H. Ayuntamiento de Puerto 
Vallarta. 
o 2009 “Calle Los Poetas entre Av. México y Pirulí” pavimentación en concreto 
hidráulico, H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 “Parque Lineal, Rio Pitillal” H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta. 
o 2009 CAPECE – Escuela primaria Lomas del Sur, Tllajomulco de Zúñiga. 
o 2009 CAPECE.- Escuela primaria Emiliano Zapata, El Bordo Tonalá. 
o 2009 CAPECE.- Laboratorio, Taller de cómputo y obra exterior, nivel secundaria, 
Cuescomatitlan, Tlajomulco de Zuñiga. 
o 2009 CAPECE.- Esc. Educ. Esp., Fraccionamiento Hacienda Santa Fe, Tlajomulco de 
Zuñiga. 
o 2009 CAPECE.- Escuela primaria, Misión del Bosque, Zapopan. 
o 2009 CAPECE.- Escuela primaria San Miguel El Alto. 
o 2009 CAPECE.- Escuela primaria, Presa de Barajas, San Ignacio Cerro Gordo. 
o 2009 CAPECE.- Telesecundaria, San Antonio de la Garza, Unión de San Antonio. 
o 2009 SCT.- Modernización mediante construcción de terracerías, obra de drenaje, 
pavimentación, estructuras obra complementaria, y señalamiento de 5.0 Km del 
camino Tizapan – San Jose de Gracia (11+000 al 16+000) 
 
 
 
 
 
 
 
10 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ACTIVIDADES REALIZADAS 
 
Se participa en este proyecto como supervisor de Obra teniendo como actividades 
principales: 
 
• Revisión de proyecto ejecutivo; 
• Cuantificación de volúmenes de obra; 
• Verificación de procedimientos constructivos; 
• Validación de volúmenes de obra; 
• Revisión de precios extraordinarios; 
• Revisión de estimaciones; 
• Ser el representante de la SEDEUR de ante las dependencias publicas y privadas; 
• Coordinar al personal técnico para la integración de reportes informativos; 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11 
 
 
 
 
CONTACTO 
 
 
 
GUADALAJARA: 
 
 
AV. UNION · 173 COLONIA LAFAYETTE 
 
C.P 44140 GUADALAJARA, JALISCO, MEXICO. 
 
TELS/FAX: (0133) 3616-2711 3630-5901 3630-6101 
 
EMAIL: contactogdl@hotmail.com 
 
www.constructoracinco.com 
 
 
 
SUCURSAL PUERTO VALLARTA: 
 
 
 
 
PLAZA GENOVESA LOCAL 24ª ZONA HOTELERA NORTE 
 
C.P 48333 PUERTO VALLARTA JALISCO, MEXICO. 
 
TELS/FAX: (0132) 2293-6310 
 
EMAIL: contactopv@hotmail.com 
 
www.constructoracinco.com 
 
mailto:contactogdl@hotmail.com�
mailto:contactopv@hotmail.com�
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INDICE
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INDICE
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
INDICE
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
ÍNDICE.
PÁGINA
INTRODUCCIÓN.
GENERALIDADES DE LA EMPRESA
CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO. 1
I.1.- ANTECEDENTES 1
I.2.- LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO. 1
I.2.1.- Definición de Ley. 1
I.2.2.- Origen de la Ley de Obras Públicas del Estado de Jalisco. 3
I.3.- TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. 3
I.3.1.- CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. 3
I.3.2.- CAPÍTULO II. De la Obra Pública y los Servicios Relacionados
con la misma. 4
I.4.- TÍTULO TERCERO. DE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA. 5
I.4.1.- CAPÍTULO III. De la Obra Pública por Contrato. 5
I.4.1.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 5
I.4.1.2.- Sección Segunda. De las garantías. 6
I.5.- TÍTULO CUARTO. DEL CONTRATO DE LA OBRA PÚBLICA. 8
I.5.1.- CAPÍTULO I. De la naturaleza y contenido de la Obra Pública. 8
I.6.- TÍTULO SEXTO. DEL GASTO, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA
OBRA PÚBLICA. 9
I.6.1.- CAPÍTULO I. Del gasto de la Obra Pública. 9
I.6.1.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 9
I.6.1.2.- Sección Segunda. De los anticipos. 10
I.6.1.3.- Sección Tercera. De la estimaciones. 10
I.6.1.4.- Sección Quinta. Del finiquito. 12
I.6.2.- CAPÍTULO II. De la ejecución de la Obra Pública. 12
I.6.2.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 12
I.6.2.2.- Sección Segunda. De la Obra Pública concluida. 14
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
ÍNDICE.
PÁGINA
INTRODUCCIÓN.
GENERALIDADES DE LA EMPRESA
CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO. 1
I.1.- ANTECEDENTES 1
I.2.- LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO. 1
I.2.1.- Definición de Ley. 1
I.2.2.- Origen de la Ley de Obras Públicas del Estado de Jalisco. 3
I.3.- TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. 3
I.3.1.- CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. 3
I.3.2.- CAPÍTULO II. De la Obra Pública y los Servicios Relacionados
con la misma. 4
I.4.- TÍTULO TERCERO. DE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA. 5
I.4.1.- CAPÍTULO III. De la Obra Pública por Contrato. 5
I.4.1.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 5
I.4.1.2.- Sección Segunda. De las garantías. 6
I.5.- TÍTULO CUARTO. DEL CONTRATO DE LA OBRA PÚBLICA. 8
I.5.1.- CAPÍTULO I. De la naturaleza y contenido de la Obra Pública. 8
I.6.- TÍTULO SEXTO. DEL GASTO, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA
OBRA PÚBLICA. 9
I.6.1.- CAPÍTULO I. Del gasto de la Obra Pública. 9
I.6.1.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 9
I.6.1.2.- Sección Segunda. De los anticipos. 10
I.6.1.3.- Sección Tercera. De la estimaciones. 10
I.6.1.4.-Sección Quinta. Del finiquito. 12
I.6.2.- CAPÍTULO II. De la ejecución de la Obra Pública. 12
I.6.2.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 12
I.6.2.2.- Sección Segunda. De la Obra Pública concluida. 14
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
ÍNDICE.
PÁGINA
INTRODUCCIÓN.
GENERALIDADES DE LA EMPRESA
CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO. 1
I.1.- ANTECEDENTES 1
I.2.- LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO. 1
I.2.1.- Definición de Ley. 1
I.2.2.- Origen de la Ley de Obras Públicas del Estado de Jalisco. 3
I.3.- TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. 3
I.3.1.- CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. 3
I.3.2.- CAPÍTULO II. De la Obra Pública y los Servicios Relacionados
con la misma. 4
I.4.- TÍTULO TERCERO. DE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA. 5
I.4.1.- CAPÍTULO III. De la Obra Pública por Contrato. 5
I.4.1.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 5
I.4.1.2.- Sección Segunda. De las garantías. 6
I.5.- TÍTULO CUARTO. DEL CONTRATO DE LA OBRA PÚBLICA. 8
I.5.1.- CAPÍTULO I. De la naturaleza y contenido de la Obra Pública. 8
I.6.- TÍTULO SEXTO. DEL GASTO, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA
OBRA PÚBLICA. 9
I.6.1.- CAPÍTULO I. Del gasto de la Obra Pública. 9
I.6.1.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 9
I.6.1.2.- Sección Segunda. De los anticipos. 10
I.6.1.3.- Sección Tercera. De la estimaciones. 10
I.6.1.4.- Sección Quinta. Del finiquito. 12
I.6.2.- CAPÍTULO II. De la ejecución de la Obra Pública. 12
I.6.2.1.- Sección Primera. Disposiciones Generales. 12
I.6.2.2.- Sección Segunda. De la Obra Pública concluida. 14
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
I.7.- REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE
JALISCO. 15
I.7.1.- CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. 15
I.7.2.- CAPÍTULO V. De la contratación de la Obra Pública. 17
I.7.3.- CAPÍTULO VI. De las garantías. 18
I.7.4.- CAPÍTULO IX. De la ejecución de la Obra. 20
CAPÍTULO II. ACTIVIDADES DE LA SUPERVISIÓN PREVIAS AL INICIO
DE LA OBRA. 25
II.1.- DEFINICIÓN DE SUPERVISIÓN. 26
II.2.- DEFINICIÓN DE DICCIONARIO. 26
II.3.- ACTIVIDADES PREVIAS EN CAMPO. 26
II.4.- ACTIVIDADES PREVIAS ADMINISTRATIVAS. 27
II.5.- ACTIVIDADES PREVIAS EN CUANTO A LA REVISIÓN DEL
PROYECTO. 27
II.6.- OBJETIVOS DE LA SUPERVISIÓN. 28
CAPÍTULO III. ACTIVIDADES INMERSAS. 29
III.1.- ENTREGA FÍSICA DEL SITIO A LA CONTRATISTA. 30
III.2.- APERTURA DE LA BITÁCORA DE OBRA. 30
III.3.- SEGUIMIENTO DE LA BITÁCORA DE OBRA. 30
III.4.- ACTIVIDADES DE LA SUPERVISIÓN. 31
III.4.1.- Actividades de Campo. 31
III.4.1.1.- Topografía: Trazo y nivelación. 31
III.4.1.2.- Trabajos de desmontaje y demolición. 32
III.4.1.3.- Trabajos de despalme del terreno. 32
III.4.1.4.- Trabajos de excavación en caja o a cielo abierto. 32
III.4.1.5.- Trabajos de carga y acarreo. 33
III.4.1.6.- Trabajos de cimentación profunda. 33
III.4.1.7.- Trabajos de cimbra. 35
III.4.1.8.- Trabajos de habilitado y colocación de acero. 36
III.4.1.9.- trabajos de suministro y colocación de concreto. 38
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
I.7.- REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE
JALISCO. 15
I.7.1.- CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. 15
I.7.2.- CAPÍTULO V. De la contratación de la Obra Pública. 17
I.7.3.- CAPÍTULO VI. De las garantías. 18
I.7.4.- CAPÍTULO IX. De la ejecución de la Obra. 20
CAPÍTULO II. ACTIVIDADES DE LA SUPERVISIÓN PREVIAS AL INICIO
DE LA OBRA. 25
II.1.- DEFINICIÓN DE SUPERVISIÓN. 26
II.2.- DEFINICIÓN DE DICCIONARIO. 26
II.3.- ACTIVIDADES PREVIAS EN CAMPO. 26
II.4.- ACTIVIDADES PREVIAS ADMINISTRATIVAS. 27
II.5.- ACTIVIDADES PREVIAS EN CUANTO A LA REVISIÓN DEL
PROYECTO. 27
II.6.- OBJETIVOS DE LA SUPERVISIÓN. 28
CAPÍTULO III. ACTIVIDADES INMERSAS. 29
III.1.- ENTREGA FÍSICA DEL SITIO A LA CONTRATISTA. 30
III.2.- APERTURA DE LA BITÁCORA DE OBRA. 30
III.3.- SEGUIMIENTO DE LA BITÁCORA DE OBRA. 30
III.4.- ACTIVIDADES DE LA SUPERVISIÓN. 31
III.4.1.- Actividades de Campo. 31
III.4.1.1.- Topografía: Trazo y nivelación. 31
III.4.1.2.- Trabajos de desmontaje y demolición. 32
III.4.1.3.- Trabajos de despalme del terreno. 32
III.4.1.4.- Trabajos de excavación en caja o a cielo abierto. 32
III.4.1.5.- Trabajos de carga y acarreo. 33
III.4.1.6.- Trabajos de cimentación profunda. 33
III.4.1.7.- Trabajos de cimbra. 35
III.4.1.8.- Trabajos de habilitado y colocación de acero. 36
III.4.1.9.- trabajos de suministro y colocación de concreto. 38
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
I.7.- REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE
JALISCO. 15
I.7.1.- CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. 15
I.7.2.- CAPÍTULO V. De la contratación de la Obra Pública. 17
I.7.3.- CAPÍTULO VI. De las garantías. 18
I.7.4.- CAPÍTULO IX. De la ejecución de la Obra. 20
CAPÍTULO II. ACTIVIDADES DE LA SUPERVISIÓN PREVIAS AL INICIO
DE LA OBRA. 25
II.1.- DEFINICIÓN DE SUPERVISIÓN. 26
II.2.- DEFINICIÓN DE DICCIONARIO. 26
II.3.- ACTIVIDADES PREVIAS EN CAMPO. 26
II.4.- ACTIVIDADES PREVIAS ADMINISTRATIVAS. 27
II.5.- ACTIVIDADES PREVIAS EN CUANTO A LA REVISIÓN DEL
PROYECTO. 27
II.6.- OBJETIVOS DE LA SUPERVISIÓN. 28
CAPÍTULO III. ACTIVIDADES INMERSAS. 29
III.1.- ENTREGA FÍSICA DEL SITIO A LA CONTRATISTA. 30
III.2.- APERTURA DE LA BITÁCORA DE OBRA. 30
III.3.- SEGUIMIENTO DE LA BITÁCORA DE OBRA. 30
III.4.- ACTIVIDADES DE LA SUPERVISIÓN. 31
III.4.1.- Actividades de Campo. 31
III.4.1.1.- Topografía: Trazo y nivelación. 31
III.4.1.2.- Trabajos de desmontaje y demolición. 32
III.4.1.3.- Trabajos de despalme del terreno. 32
III.4.1.4.- Trabajos de excavación en caja o a cielo abierto. 32
III.4.1.5.- Trabajos de carga y acarreo. 33
III.4.1.6.- Trabajos de cimentación profunda. 33
III.4.1.7.- Trabajos de cimbra. 35
III.4.1.8.- Trabajos de habilitado y colocación de acero. 36
III.4.1.9.- trabajos de suministro y colocación de concreto. 38
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
III.4.2.- Control de Obra. 39
III.4.2.1.- Programas de obra. 39
III.4.2.1.1.- Programa general de obra. 39
III.4.2.1.2.- Programa de materiales. 39
III.4.2.1.3.- Programa de mano de obra. 40
III.4.2.1.4.- Programa de maquinaria y equipo. 40
III.4.2.1.5.- Programa de personal técnico 40
III.4.2.2.-Control de Calidad en los trabajos de campo y
materiales. 41
III.4.2.2.1.- Control de Calidad de los trabajos de campo. 41
III.4.2.2.2.- Control de Calidad de los materiales. 41
III.4.3.- Actividades Administrativas. 42
III.4.3.1.- Juntas de trabajos externas. 42
III.4.3.2.- Juntas de trabajos internas. 42
III.4.3.3.- Oficios. 43
III.4.3.4.- Revisión de precios extraordinarios. 43
III.4.4.- Actividades de condiciones de seguridad e higiene. 43
III.4.4.1 La seguridad e higiene en el personal. 43
III.4.4.2.- La seguridad e higiene en el sitio. 44
III.5.- ELABORACIÓN DE REPORTES. 44
III.6.- REVISIÓN DE NÚMEROS GENERADORES. 45
III.7.- ELABORACIÓN DE ESTIMACIONES. 46
III.8.- ÁLBUM FOTOGRÁFICO. 47
CAPÍTULO IV. DOCUMENTOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LA
ENTREGA-RECEPCIÓN DE OBRA. 51
IV.1.- OFICIO DE TERMINACIÓN DE OBRA. 52
IV.2.- ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE OBRA. 52
-
IV.3.- FINIQUITO DE OBRA. 53
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
III.4.2.- Control de Obra. 39
III.4.2.1.- Programas de obra. 39
III.4.2.1.1.- Programa general de obra. 39
III.4.2.1.2.- Programa de materiales. 39
III.4.2.1.3.- Programa de mano de obra. 40
III.4.2.1.4.- Programa de maquinaria y equipo. 40
III.4.2.1.5.- Programa de personal técnico 40
III.4.2.2.-Control de Calidad en los trabajos de campo y
materiales. 41
III.4.2.2.1.- Control de Calidad de los trabajos de campo. 41
III.4.2.2.2.- Control de Calidad de los materiales. 41
III.4.3.- Actividades Administrativas. 42
III.4.3.1.-Juntas de trabajos externas. 42
III.4.3.2.- Juntas de trabajos internas. 42
III.4.3.3.- Oficios. 43
III.4.3.4.- Revisión de precios extraordinarios. 43
III.4.4.- Actividades de condiciones de seguridad e higiene. 43
III.4.4.1 La seguridad e higiene en el personal. 43
III.4.4.2.- La seguridad e higiene en el sitio. 44
III.5.- ELABORACIÓN DE REPORTES. 44
III.6.- REVISIÓN DE NÚMEROS GENERADORES. 45
III.7.- ELABORACIÓN DE ESTIMACIONES. 46
III.8.- ÁLBUM FOTOGRÁFICO. 47
CAPÍTULO IV. DOCUMENTOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LA
ENTREGA-RECEPCIÓN DE OBRA. 51
IV.1.- OFICIO DE TERMINACIÓN DE OBRA. 52
IV.2.- ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE OBRA. 52
-
IV.3.- FINIQUITO DE OBRA. 53
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
III.4.2.- Control de Obra. 39
III.4.2.1.- Programas de obra. 39
III.4.2.1.1.- Programa general de obra. 39
III.4.2.1.2.- Programa de materiales. 39
III.4.2.1.3.- Programa de mano de obra. 40
III.4.2.1.4.- Programa de maquinaria y equipo. 40
III.4.2.1.5.- Programa de personal técnico 40
III.4.2.2.-Control de Calidad en los trabajos de campo y
materiales. 41
III.4.2.2.1.- Control de Calidad de los trabajos de campo. 41
III.4.2.2.2.- Control de Calidad de los materiales. 41
III.4.3.- Actividades Administrativas. 42
III.4.3.1.- Juntas de trabajos externas. 42
III.4.3.2.- Juntas de trabajos internas. 42
III.4.3.3.- Oficios. 43
III.4.3.4.- Revisión de precios extraordinarios. 43
III.4.4.- Actividades de condiciones de seguridad e higiene. 43
III.4.4.1 La seguridad e higiene en el personal. 43
III.4.4.2.- La seguridad e higiene en el sitio. 44
III.5.- ELABORACIÓN DE REPORTES. 44
III.6.- REVISIÓN DE NÚMEROS GENERADORES. 45
III.7.- ELABORACIÓN DE ESTIMACIONES. 46
III.8.- ÁLBUM FOTOGRÁFICO. 47
CAPÍTULO IV. DOCUMENTOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LA
ENTREGA-RECEPCIÓN DE OBRA. 51
IV.1.- OFICIO DE TERMINACIÓN DE OBRA. 52
IV.2.- ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE OBRA. 52
-
IV.3.- FINIQUITO DE OBRA. 53
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
IV.4.- ACTA DE FINIQUITO DE OBRA. 53
IV.5.- ACTA DE EXTINCION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
CONTRATO. 54
IV.6.- EXPEDIENTE TÉCNICO. 54
IV.7.- INFORME FINAL. 55
IV.8.- PLANOS AS BUILT. 55
CONCLUSIONES. 58
RECOMENDACIONES. 60
BIBLIOGRAFÍA. 62
ANEXOS. 63
ANEXO 1- TÉRMINOS DE REFERENCIA. 64
ANEXO 2.- FORMATOS PARA CONTROL DE CALIDAD DE OBRA. 74
ANEXO 3.- PLANOS ARQUITECTÓNICOS. 81
ANEXO 4.- PLANOS ESTRUCTURALES. 85
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
IV.4.- ACTA DE FINIQUITO DE OBRA. 53
IV.5.- ACTA DE EXTINCION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
CONTRATO. 54
IV.6.- EXPEDIENTE TÉCNICO. 54
IV.7.- INFORME FINAL. 55
IV.8.- PLANOS AS BUILT. 55
CONCLUSIONES. 58
RECOMENDACIONES. 60
BIBLIOGRAFÍA. 62
ANEXOS. 63
ANEXO 1- TÉRMINOS DE REFERENCIA. 64
ANEXO 2.- FORMATOS PARA CONTROL DE CALIDAD DE OBRA. 74
ANEXO 3.- PLANOS ARQUITECTÓNICOS. 81
ANEXO 4.- PLANOS ESTRUCTURALES. 85
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO.
JOEL RUIZ MARTÍNEZ
IV.4.- ACTA DE FINIQUITO DE OBRA. 53
IV.5.- ACTA DE EXTINCION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
CONTRATO. 54
IV.6.- EXPEDIENTE TÉCNICO. 54
IV.7.- INFORME FINAL. 55
IV.8.- PLANOS AS BUILT. 55
CONCLUSIONES. 58
RECOMENDACIONES. 60
BIBLIOGRAFÍA. 62
ANEXOS. 63
ANEXO 1- TÉRMINOS DE REFERENCIA. 64
ANEXO 2.- FORMATOS PARA CONTROL DE CALIDAD DE OBRA. 74
ANEXO 3.- PLANOS ARQUITECTÓNICOS. 81
ANEXO 4.- PLANOS ESTRUCTURALES. 85
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
 
 
JOEL RUIZ MARTÍNEZ 
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO. 
 
 
 
CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 
 
 
PÁGINA 1 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
 
 
JOEL RUIZ MARTÍNEZ 
CAPÍ
 
I.1.- ANTECEDENTES.
 
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es 
Magna de la cual emanan las leyes y disposiciones generales del proceder en 
cualquier ámbito, por lo que la Ley de Obras Públicas del Estado de Jalisco esta 
referenciada y fundamentada en el artículo 134 de nuestra Constitución Política, 
que a la letra dice: 
 
Artículo 134. Los recursos económicos de que disponga el Gobierno Federal y el 
Gobierno del Distrito Federal, así como sus respectivas administraciones públicas 
paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para sati
los objetivos a los que estén destinados. 
 
Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, 
prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que 
realicen, se adjudicarán o llevaran a cabo a través 
mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones 
solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al 
Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, 
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
 
Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean 
idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, 
procedimientos, reglas, requisitos y demás 
eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores 
condiciones del Estado. 
 
El manejo de recursos económicos federales se sujetaran a las bases de 
este artículo. 
 
Los servidores públicos serán resp
bases en los términos del título cuarto de esta constitución política.
 
 
I.2.- LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO
 
I.2.I.- Definición de ley. 
 
La Ley es una disposición
todas las personas y que es emitida por el Congreso de la Unión, o en este caso la 
Ley de Obra Pública el Estado de Jalisco, el Congreso Local del Estado de 
Jalisco. 
 
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO. 
 
 
 
 
CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO. 
 
ANTECEDENTES. 
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es 
Magna de la cual emanan las leyes y disposiciones generales del proceder en 
cualquier ámbito, por lo que la Ley de Obras Públicas del Estado de Jalisco esta 
referenciada y fundamentada en el artículo 134 de nuestra Constitución Política, 
Los recursos económicos de que disponga el Gobierno Federal y el 
Gobierno del Distrito Federal, así como sus respectivas administraciones públicas 
paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para sati
los objetivos a los que estén destinados. 
Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, 
prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que 
realicen, se adjudicarán o llevaran a cabo a través de licitaciones públicas 
mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones 
solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al 
Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, 
nanciamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. 
Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean 
idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, 
procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, 
eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores 
 
El manejo de recursos económicos federales se sujetaran a las bases de 
Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas 
bases en los términos del título cuarto de esta constitución política.
LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO 
 
disposición que tiene el carácter generaly obligatorio p
todas las personas y que es emitida por el Congreso de la Unión, o en este caso la 
Ley de Obra Pública el Estado de Jalisco, el Congreso Local del Estado de 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 
 
 
PÁGINA 2 
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es nuestra Carta 
Magna de la cual emanan las leyes y disposiciones generales del proceder en 
cualquier ámbito, por lo que la Ley de Obras Públicas del Estado de Jalisco esta 
referenciada y fundamentada en el artículo 134 de nuestra Constitución Política, 
Los recursos económicos de que disponga el Gobierno Federal y el 
Gobierno del Distrito Federal, así como sus respectivas administraciones públicas 
paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer 
Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, 
prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que 
de licitaciones públicas 
mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones 
solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al 
Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, 
 
Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean 
idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, 
elementos para acreditar la economía, 
eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores 
El manejo de recursos económicos federales se sujetaran a las bases de 
onsables del cumplimiento de estas 
bases en los términos del título cuarto de esta constitución política. 
que tiene el carácter general y obligatorio para 
todas las personas y que es emitida por el Congreso de la Unión, o en este caso la 
Ley de Obra Pública el Estado de Jalisco, el Congreso Local del Estado de 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
 
 
JOEL RUIZ MARTÍNEZ 
I.2.2.- Origen de la Ley de Obras Públicas del Estado de Ja lisco.
 
Se tiene como primera referencia el código de cooperación, planeación y 
obras públicas emitido en 1956 donde tenían como referencia y soporte el decreto 
7066 emitido por el Congreso del Estado. 
 
El Congreso del Estado de Jalisco en la legislatura LI del a
da como origen a la primera Ley de Obras Públicas del Estado, tal ley estuvo 
sustentada en el decreto 13901 y que 
Estado de Jalisco” el 19 de abril de 1990, según el artículo transitorio tercero de l
actual Ley de Obras Públicas; teniendo constantes modificaciones y adecuaciones 
en sus artículos por las demás legislaturas de acuerdo al avance o al desarrollo 
del Estado hasta tener la actual que rige del año 2004.
 
De la ley de obras públicas del Esta
los capítulos y artículos que tengan una intervención directa sobre éste trabajo que 
es la de supervisar la construcción
 
I.3.- TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES
I.3.1.- CAPÍTULO I. Disposic
 
Artículo 1 . La presente ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular 
la obra pública que se realice con cargo total o parcial a fondos estatales, o a 
través de financiamiento privado a cargo de quienes estén facultados lega
para realizarla, a fin de asegurar las mejores condiciones de precio, tiempo, 
oportunidad, financiamiento y calidad del Estado.
Artículo 2 . Para efectos de esta ley se entiende por:
 
I. Dependencias: las secretarías, dependencias y órganos 
Administración Pública centralizada;
 
II. Entidades: los organismos públicos descentralizados, las empresas de 
participación estatal y los fideicomisos públicos en los términos de la Ley Orgánica 
del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco;
 
III. Entes públicos: las dependencias y entidades de la Administración Pública 
Estatal, los Ayuntamientos y los Consejos de Colaboración Municipal, cuando 
realicen obras con recursos estatales, que se encuentren facultados legalmente 
para realizar obra pública;
 
IV. Auditoría: la Auditoría Superior del Estado de Jalisco;
 
V. Contraloría: la dependencia encargada de la auditoría interna del Poder 
Ejecutivo Estatal; 
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO. 
 
 
 
Origen de la Ley de Obras Públicas del Estado de Ja lisco.
Se tiene como primera referencia el código de cooperación, planeación y 
obras públicas emitido en 1956 donde tenían como referencia y soporte el decreto 
7066 emitido por el Congreso del Estado. 
El Congreso del Estado de Jalisco en la legislatura LI del a
da como origen a la primera Ley de Obras Públicas del Estado, tal ley estuvo 
sustentada en el decreto 13901 y que fue publicado en el periódico oficial “El 
Estado de Jalisco” el 19 de abril de 1990, según el artículo transitorio tercero de l
actual Ley de Obras Públicas; teniendo constantes modificaciones y adecuaciones 
en sus artículos por las demás legislaturas de acuerdo al avance o al desarrollo 
del Estado hasta tener la actual que rige del año 2004. 
De la ley de obras públicas del Estado de Jalisco se hará mención solo de 
los capítulos y artículos que tengan una intervención directa sobre éste trabajo que 
supervisar la construcción de la obra pública. 
 
TULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES 
 
TULO I. Disposic iones Generales 
La presente ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular 
la obra pública que se realice con cargo total o parcial a fondos estatales, o a 
través de financiamiento privado a cargo de quienes estén facultados lega
para realizarla, a fin de asegurar las mejores condiciones de precio, tiempo, 
oportunidad, financiamiento y calidad del Estado. 
Para efectos de esta ley se entiende por: 
I. Dependencias: las secretarías, dependencias y órganos integrantes de la 
Administración Pública centralizada; 
II. Entidades: los organismos públicos descentralizados, las empresas de 
participación estatal y los fideicomisos públicos en los términos de la Ley Orgánica 
del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 
III. Entes públicos: las dependencias y entidades de la Administración Pública 
Estatal, los Ayuntamientos y los Consejos de Colaboración Municipal, cuando 
realicen obras con recursos estatales, que se encuentren facultados legalmente 
ública; 
IV. Auditoría: la Auditoría Superior del Estado de Jalisco; 
V. Contraloría: la dependencia encargada de la auditoría interna del Poder 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 
 
 
PÁGINA 3 
Origen de la Ley de Obras Públicas del Estado de Ja lisco. 
Se tiene como primera referencia el código de cooperación, planeación y 
obras públicas emitido en 1956 donde tenían como referencia y soporte el decreto 
El Congreso del Estado de Jalisco en la legislatura LI del año 1988 - 1991 
da como origen a la primera Ley de Obras Públicas del Estado, tal ley estuvo 
publicado en el periódico oficial “El 
Estado de Jalisco” el 19 de abril de 1990, según el artículo transitorio tercero de la 
actual Ley de Obras Públicas; teniendo constantes modificaciones y adecuaciones 
en sus artículos por las demás legislaturas de acuerdo al avance o al desarrollo 
do de Jalisco se hará mención solo de 
los capítulos y artículos que tengan una intervención directa sobre éste trabajo que 
La presente ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular 
la obra pública que se realice con cargo total o parcial a fondos estatales, o a 
través de financiamiento privado a cargo de quienes estén facultados legalmente 
para realizarla, a fin de asegurar las mejores condiciones de precio, tiempo, 
integrantes de la 
II. Entidades: los organismos públicos descentralizados, las empresas de 
participación estatal y los fideicomisos públicos en los términos de la Ley Orgánica 
III. Entes públicos: las dependencias y entidades de la Administración Pública 
Estatal, los Ayuntamientos y los Consejos de Colaboración Municipal, cuando 
realicen obras con recursos estatales, que se encuentren facultados legalmente 
V. Contraloría:la dependencia encargada de la auditoría interna del Poder 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
 
 
JOEL RUIZ MARTÍNEZ 
VI. Licitante: la persona que participe en cualquier procedimiento de licitación o 
concurso desde el momento de adquisición de las bases;
 
VII. Proyecto ejecutivo: el proyecto completo aprobado y verificado por el ente 
público, para reducir riesgos de interferencias y modificaciones durante la 
ejecución de la obra pública, conforme a lo dispuesto
 
VIII. Comités: los Comités de Adjudicación de Obra Pública; y
 
IX. Secretaría: la Secretaría de Desarrollo Urbano del Estado.
 
Artículo 3. Pueden realizar obra pública los entes públicos, cuando se los permita 
su legislación aplicable respe
 
Los poderes Legislativo y Judicial del Estado, y los organismos constitucionales 
autónomos pueden realizar mediante adjudicación directa, la obra pública 
necesaria apegados a lo dispuesto en esta ley. Los requerimientos de obra pública 
de mayor importancia podrán solicitarse a la Secretaría para su realización en los 
términos de esta ley. 
 
 
I.3.2.- CAPÍTULO II. De la Obra Pública y los Servicios R
Misma 
 
Artículo 8 . Para los efectos de esta ley, se considera obra pública:
 
I. Todo trabajo que tenga por objeto construir, conservar, reparar, instalar, ampliar, 
remodelar, rehabilitar, restaurar, reconstruir o demoler bienes inmuebles, por su 
naturaleza o por disposición legal; 
 
II. La infraestructura y equipamiento para la pre
 
III. El mantenimiento y restauración de bienes muebles incorporados o adheridos a 
un inmueble, cuando implique modificación al propio inmueble;
 
IV. Los proyectos integrales, mismos que abarcan desde el diseño de la obra 
hasta su terminación total, incluyendo, cuando se requiera, la transferencia de 
tecnología; 
 
V. Los trabajos de infraestructura agropecuaria, mejoramiento del suelo, 
desmontes, y similares; 
VI. La instalación, montaje, colocación, aplicación o remoción, incl
pruebas de operación de bienes muebles que deban incorporarse, adherirse o 
destinarse a un inmueble, cuando dichos bienes sean proporcionados por el ente 
público al contratista; o cuando incluyan la adquisición y su precio sea menor al de 
los trabajos que se contraten;
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO. 
 
 
 
VI. Licitante: la persona que participe en cualquier procedimiento de licitación o 
desde el momento de adquisición de las bases; 
VII. Proyecto ejecutivo: el proyecto completo aprobado y verificado por el ente 
público, para reducir riesgos de interferencias y modificaciones durante la 
ejecución de la obra pública, conforme a lo dispuesto por esta ley;
VIII. Comités: los Comités de Adjudicación de Obra Pública; y 
IX. Secretaría: la Secretaría de Desarrollo Urbano del Estado. 
Pueden realizar obra pública los entes públicos, cuando se los permita 
su legislación aplicable respectiva. 
Los poderes Legislativo y Judicial del Estado, y los organismos constitucionales 
autónomos pueden realizar mediante adjudicación directa, la obra pública 
necesaria apegados a lo dispuesto en esta ley. Los requerimientos de obra pública 
ortancia podrán solicitarse a la Secretaría para su realización en los 
TULO II. De la Obra Pública y los Servicios R elacionados con la 
Para los efectos de esta ley, se considera obra pública:
I. Todo trabajo que tenga por objeto construir, conservar, reparar, instalar, ampliar, 
remodelar, rehabilitar, restaurar, reconstruir o demoler bienes inmuebles, por su 
naturaleza o por disposición legal; 
II. La infraestructura y equipamiento para la prestación de servicios públicos;
III. El mantenimiento y restauración de bienes muebles incorporados o adheridos a 
un inmueble, cuando implique modificación al propio inmueble; 
IV. Los proyectos integrales, mismos que abarcan desde el diseño de la obra 
ta su terminación total, incluyendo, cuando se requiera, la transferencia de 
V. Los trabajos de infraestructura agropecuaria, mejoramiento del suelo, 
 
VI. La instalación, montaje, colocación, aplicación o remoción, incl
pruebas de operación de bienes muebles que deban incorporarse, adherirse o 
destinarse a un inmueble, cuando dichos bienes sean proporcionados por el ente 
público al contratista; o cuando incluyan la adquisición y su precio sea menor al de 
bajos que se contraten; 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 
 
 
PÁGINA 4 
VI. Licitante: la persona que participe en cualquier procedimiento de licitación o 
VII. Proyecto ejecutivo: el proyecto completo aprobado y verificado por el ente 
público, para reducir riesgos de interferencias y modificaciones durante la 
por esta ley; 
Pueden realizar obra pública los entes públicos, cuando se los permita 
Los poderes Legislativo y Judicial del Estado, y los organismos constitucionales 
autónomos pueden realizar mediante adjudicación directa, la obra pública 
necesaria apegados a lo dispuesto en esta ley. Los requerimientos de obra pública 
ortancia podrán solicitarse a la Secretaría para su realización en los 
elacionados con la 
Para los efectos de esta ley, se considera obra pública: 
I. Todo trabajo que tenga por objeto construir, conservar, reparar, instalar, ampliar, 
remodelar, rehabilitar, restaurar, reconstruir o demoler bienes inmuebles, por su 
stación de servicios públicos; 
III. El mantenimiento y restauración de bienes muebles incorporados o adheridos a 
IV. Los proyectos integrales, mismos que abarcan desde el diseño de la obra 
ta su terminación total, incluyendo, cuando se requiera, la transferencia de 
V. Los trabajos de infraestructura agropecuaria, mejoramiento del suelo, 
VI. La instalación, montaje, colocación, aplicación o remoción, incluidas las 
pruebas de operación de bienes muebles que deban incorporarse, adherirse o 
destinarse a un inmueble, cuando dichos bienes sean proporcionados por el ente 
público al contratista; o cuando incluyan la adquisición y su precio sea menor al de 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
 
 
JOEL RUIZ MARTÍNEZ 
VII. Las obras de irrigación, introducción, ampliación y mejoramiento de las redes 
de infraestructura básica para agua potable, drenaje, alcantarillado y 
electrificación, para la consolidación de los asentamientos humanos;
 
VIII. Las obras para caminos, vialidad urbana, tráfico y transporte colectivo;
 
IX. Las obras que coadyuven a la conservación del medio ambiente;
 
X. Las obras necesarias ante contingencias derivadas de caso fortuito o fuerza 
mayor; y 
 
XI. Las obras de naturalez
 
Artículo 9 . Para los efectos de esta ley, son servicios relacionados con la obra 
pública: 
 
I. Los trabajos técnicos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los 
elementos que integran un proyecto de obra pública, tale
investigaciones, estudios, asesorías, peritajes, auditorias técnicas y consultorías; y
 
II. Los trabajos de dirección o supervisión de la ejecución de la obra pública.
 
Cuando en esta ley se mencione obra pública, se entiende que también abarca 
servicios relacionados con la misma
 
Artículo 10. La obra pública que se realice con cargo total o parcial a fondos 
federales se debe sujetar a las disposiciones federales en la materia, previo 
convenio. 
 
Artículo 11 . En caso de obra pública conjunta 
entes públicos, cada uno es responsable de la realización de su parte, sin perjuicio 
de la responsabilidad que tenga el encargado de la planeación y programación del 
conjunto. 
 
Ninguna obra pública conjunta puede ejecutarse 
los convenios de coordinación respectivos.
 
 
I.4.- TÍTULO TERCERO. DE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA.
I.4.1.- CAPÍTULO III. De la 
1.4.1.1.- Sección 
 
Artículo 37. Los entes públicos deben llevar a cabo los procedimientos para 
contratar la obra pública, por lo que no pueden contratarse servicios para que por 
su cuenta y orden se contrate la obra pública. Sólo cuando no cuenten con la 
INSTITUTOPOLITÉCNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO. 
 
 
 
VII. Las obras de irrigación, introducción, ampliación y mejoramiento de las redes 
de infraestructura básica para agua potable, drenaje, alcantarillado y 
electrificación, para la consolidación de los asentamientos humanos;
Las obras para caminos, vialidad urbana, tráfico y transporte colectivo;
IX. Las obras que coadyuven a la conservación del medio ambiente;
X. Las obras necesarias ante contingencias derivadas de caso fortuito o fuerza 
XI. Las obras de naturaleza análoga a las anteriores. 
Para los efectos de esta ley, son servicios relacionados con la obra 
I. Los trabajos técnicos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los 
elementos que integran un proyecto de obra pública, tale
investigaciones, estudios, asesorías, peritajes, auditorias técnicas y consultorías; y
II. Los trabajos de dirección o supervisión de la ejecución de la obra pública.
Cuando en esta ley se mencione obra pública, se entiende que también abarca 
servicios relacionados con la misma. 
La obra pública que se realice con cargo total o parcial a fondos 
federales se debe sujetar a las disposiciones federales en la materia, previo 
En caso de obra pública conjunta en donde intervengan dos o más 
entes públicos, cada uno es responsable de la realización de su parte, sin perjuicio 
de la responsabilidad que tenga el encargado de la planeación y programación del 
Ninguna obra pública conjunta puede ejecutarse sin que previamente se celebren 
los convenios de coordinación respectivos. 
TULO TERCERO. DE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA.
 
TULO III. De la Obra Pública por Contrato 
 
Sección Primera. Disposiciones generales
Los entes públicos deben llevar a cabo los procedimientos para 
contratar la obra pública, por lo que no pueden contratarse servicios para que por 
su cuenta y orden se contrate la obra pública. Sólo cuando no cuenten con la 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 
 
 
PÁGINA 5 
VII. Las obras de irrigación, introducción, ampliación y mejoramiento de las redes 
de infraestructura básica para agua potable, drenaje, alcantarillado y 
electrificación, para la consolidación de los asentamientos humanos; 
Las obras para caminos, vialidad urbana, tráfico y transporte colectivo; 
IX. Las obras que coadyuven a la conservación del medio ambiente; 
X. Las obras necesarias ante contingencias derivadas de caso fortuito o fuerza 
Para los efectos de esta ley, son servicios relacionados con la obra 
I. Los trabajos técnicos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los 
elementos que integran un proyecto de obra pública, tales como las 
investigaciones, estudios, asesorías, peritajes, auditorias técnicas y consultorías; y 
II. Los trabajos de dirección o supervisión de la ejecución de la obra pública. 
Cuando en esta ley se mencione obra pública, se entiende que también abarca los 
La obra pública que se realice con cargo total o parcial a fondos 
federales se debe sujetar a las disposiciones federales en la materia, previo 
en donde intervengan dos o más 
entes públicos, cada uno es responsable de la realización de su parte, sin perjuicio 
de la responsabilidad que tenga el encargado de la planeación y programación del 
sin que previamente se celebren 
TULO TERCERO. DE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA. 
rimera. Disposiciones generales 
Los entes públicos deben llevar a cabo los procedimientos para 
contratar la obra pública, por lo que no pueden contratarse servicios para que por 
su cuenta y orden se contrate la obra pública. Sólo cuando no cuenten con la 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
 
 
JOEL RUIZ MARTÍNEZ 
infraestructura necesaria pa
solicitar el apoyo de la Secretaría.
 
Artículo 38. Los contratos sobre trabajos técnicos y de direcció n y 
supervisión sólo pueden celebrarse separadamente de l contrato principal, 
cuando las áreas responsables 
cualitativamente de los elementos, instalaciones y personal para llevarlos a 
cabo, lo cual debe justificarse a través del dictam en que para tal efecto emita 
el ente público, en los términos del reglamento.
 
Artículo 39 . La obra pública cuya ejecución comprenda más de un ejercicio 
presupuestal debe formularse en un solo contrato, por la vigencia necesaria para 
la ejecución de la obra, independientemente de lo dispuesto para su 
presupuestación. 
 
Artículo 41 . Las bases de licitación, el contrato, sus anexos y la bitácora de los 
trabajos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y 
obligaciones. Las estipulaciones establecidas en el contrato no deben modificar 
las condiciones previstas en las bases 
en cuyo caso debe indemnizarse los daños y perjuicios causados al contratista.
 
La formalización de los contratos se hará por escrito. La elaboración, control y 
seguimiento de la bitácora, las comunicaciones i
otros escritos diversos, pueden utilizarse los medios de comunicación electrónica 
que al efecto autorice el ente público, de conformidad con el reglamento.
 
Artículo 42 . No pueden exigirse requisitos que tengan por objeto li
participación en los procedimientos de adjudicación de contratos de obra pública.
 
Artículo 46 . Los entes públicos deben comunicar a la Contraloría la suspensión, 
terminación anticipada o extinción de los contratos de obra pública, mediante 
informe, antes del último día hábil de cada mes.
 
1.4.1.2.- Sección S
 
Artículo 47 . Los interesados en participar en alguno concurso o licitación de obra 
pública deben garantizar la seriedad de sus proposiciones, mediante certifi
depósito, fianza, cheque no negociable o cruzado a favor de la dependencia 
estatal encargada de las finanzas públicas, por el importe del cinco por ciento de 
la cuantía total de su proposición, sin considerar el impuesto al valor agregado.
 
El documento de la garantía debe devolverse cuando se otorguen las garantías 
contractuales en el caso del contratista, y de inmediato a los demás licitantes, una 
vez adjudicado el contrato.
 
Artículo 48. Los contratistas deben garantizar:
 
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO. 
 
 
 
infraestructura necesaria para llevarlos a cabo pueden, mediante convenio, 
solicitar el apoyo de la Secretaría. 
Los contratos sobre trabajos técnicos y de direcció n y 
supervisión sólo pueden celebrarse separadamente de l contrato principal, 
cuando las áreas responsables de su ejecución no dispongan cuantitativa o 
cualitativamente de los elementos, instalaciones y personal para llevarlos a 
cabo, lo cual debe justificarse a través del dictam en que para tal efecto emita 
el ente público, en los términos del reglamento. 
La obra pública cuya ejecución comprenda más de un ejercicio 
presupuestal debe formularse en un solo contrato, por la vigencia necesaria para 
la ejecución de la obra, independientemente de lo dispuesto para su 
es de licitación, el contrato, sus anexos y la bitácora de los 
trabajos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y 
obligaciones. Las estipulaciones establecidas en el contrato no deben modificar 
las condiciones previstas en las bases de licitación, salvo causa de interés público, 
en cuyo caso debe indemnizarse los daños y perjuicios causados al contratista.
La formalización de los contratos se hará por escrito. La elaboración, control y 
seguimiento de la bitácora, las comunicaciones internas, oficios, memorandums y 
otros escritos diversos, pueden utilizarse los medios de comunicación electrónica 
que al efecto autorice el ente público, de conformidad con el reglamento.
No pueden exigirse requisitos que tengan por objeto li
participación en los procedimientos de adjudicación de contratos de obra pública.
Los entes públicos deben comunicar a la Contraloría la suspensión, 
terminación anticipada o extinción de los contratos deobra pública, mediante 
informe, antes del último día hábil de cada mes. 
Sección S egunda. De las garantías 
Los interesados en participar en alguno concurso o licitación de obra 
pública deben garantizar la seriedad de sus proposiciones, mediante certifi
depósito, fianza, cheque no negociable o cruzado a favor de la dependencia 
estatal encargada de las finanzas públicas, por el importe del cinco por ciento de 
la cuantía total de su proposición, sin considerar el impuesto al valor agregado.
documento de la garantía debe devolverse cuando se otorguen las garantías 
contractuales en el caso del contratista, y de inmediato a los demás licitantes, una 
vez adjudicado el contrato. 
Los contratistas deben garantizar: 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 
 
 
PÁGINA 6 
ra llevarlos a cabo pueden, mediante convenio, 
Los contratos sobre trabajos técnicos y de direcció n y 
supervisión sólo pueden celebrarse separadamente de l contrato principal, 
de su ejecución no dispongan cuantitativa o 
cualitativamente de los elementos, instalaciones y personal para llevarlos a 
cabo, lo cual debe justificarse a través del dictam en que para tal efecto emita 
La obra pública cuya ejecución comprenda más de un ejercicio 
presupuestal debe formularse en un solo contrato, por la vigencia necesaria para 
la ejecución de la obra, independientemente de lo dispuesto para su 
es de licitación, el contrato, sus anexos y la bitácora de los 
trabajos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y 
obligaciones. Las estipulaciones establecidas en el contrato no deben modificar 
de licitación, salvo causa de interés público, 
en cuyo caso debe indemnizarse los daños y perjuicios causados al contratista. 
La formalización de los contratos se hará por escrito. La elaboración, control y 
nternas, oficios, memorandums y 
otros escritos diversos, pueden utilizarse los medios de comunicación electrónica 
que al efecto autorice el ente público, de conformidad con el reglamento. 
No pueden exigirse requisitos que tengan por objeto limitar la libre 
participación en los procedimientos de adjudicación de contratos de obra pública. 
Los entes públicos deben comunicar a la Contraloría la suspensión, 
terminación anticipada o extinción de los contratos de obra pública, mediante un 
Los interesados en participar en alguno concurso o licitación de obra 
pública deben garantizar la seriedad de sus proposiciones, mediante certificado de 
depósito, fianza, cheque no negociable o cruzado a favor de la dependencia 
estatal encargada de las finanzas públicas, por el importe del cinco por ciento de 
la cuantía total de su proposición, sin considerar el impuesto al valor agregado. 
documento de la garantía debe devolverse cuando se otorguen las garantías 
contractuales en el caso del contratista, y de inmediato a los demás licitantes, una 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
 
 
JOEL RUIZ MARTÍNEZ 
I. Los anticipos que reciban, en su caso;
 
II. El cumplimiento del contrato; y
 
III. Los defectos, vicios ocultos y otras responsabilidades derivadas de la obra 
pública concluida. 
 
 
Artículo 49 . Las garantías del contratista deben constituirse a favor de:
 
I. La dependencia estatal encarga de las finanzas públicas, por actos celebrados 
con las dependencias; y 
 
II. Los respectivos entes públicos, cuando los actos o contratos se celebren con 
ellos. 
 
Artículo 50 . Las garantías por anticipo y cumplimiento del contrato deben 
otorgarse en un plazo que no exceda de veinte días hábiles contados a partir de la 
firma del contrato. 
 
Artículo 51 . La garantía por anticipo debe constituirse por la totalidad del monto 
de los mismos; y cancelarse cuando el contratista haya amortizado el impo
aquel. 
 
Artículo 52 . La garantía por el cumplimiento del contrato no debe ser inferior por 
el equivalente al diez por ciento del importe de los trabajos contratados.
 
Las garantías por el cumplimiento del contrato deben reajustarse 
proporcionalmente, cuando se modifiquen o varíen las cantidades del contrato.
 
Artículo 53 . La garantía por defectos, vicios ocultos u otras responsabilidades 
debe constituirse por el equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de la 
obra pública, y por un térm
la obra, de acuerdo a la naturaleza y características de la misma.
 
Artículo 54 . El ente público debe redactar un informe sobre el estado de la obra 
recibida, dentro de los quince días anteriores al cum
garantía. 
 
Si el informe es favorable, el ente público procede a la devolución o cancelación 
de la garantía y en su caso, al pago de las obligaciones pendientes.
 
Si el informe no es favorable y los defectos observados se deben a 
la ejecución de la obra y no al uso de lo construido durante el plazo de garantía, el 
ente público procede a dictar las instrucciones oportunas al contratista para la 
debida reparación de lo construido y concederle un plazo para ello, duran
continúa encargado de la conservación de la obra.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
UNIDAD ZACATENCO. 
 
 
 
ue reciban, en su caso; 
II. El cumplimiento del contrato; y 
III. Los defectos, vicios ocultos y otras responsabilidades derivadas de la obra 
Las garantías del contratista deben constituirse a favor de:
estatal encarga de las finanzas públicas, por actos celebrados 
 
II. Los respectivos entes públicos, cuando los actos o contratos se celebren con 
Las garantías por anticipo y cumplimiento del contrato deben 
garse en un plazo que no exceda de veinte días hábiles contados a partir de la 
La garantía por anticipo debe constituirse por la totalidad del monto 
de los mismos; y cancelarse cuando el contratista haya amortizado el impo
La garantía por el cumplimiento del contrato no debe ser inferior por 
el equivalente al diez por ciento del importe de los trabajos contratados.
Las garantías por el cumplimiento del contrato deben reajustarse 
, cuando se modifiquen o varíen las cantidades del contrato.
La garantía por defectos, vicios ocultos u otras responsabilidades 
debe constituirse por el equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de la 
obra pública, y por un término de uno a cinco años calendario de la recepción de 
la obra, de acuerdo a la naturaleza y características de la misma.
El ente público debe redactar un informe sobre el estado de la obra 
recibida, dentro de los quince días anteriores al cumplimiento del plazo de 
Si el informe es favorable, el ente público procede a la devolución o cancelación 
de la garantía y en su caso, al pago de las obligaciones pendientes.
Si el informe no es favorable y los defectos observados se deben a 
la ejecución de la obra y no al uso de lo construido durante el plazo de garantía, el 
ente público procede a dictar las instrucciones oportunas al contratista para la 
debida reparación de lo construido y concederle un plazo para ello, duran
continúa encargado de la conservación de la obra. 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 
 
 
PÁGINA 7 
III. Los defectos, vicios ocultos y otras responsabilidades derivadas de la obra 
Las garantías del contratista deben constituirse a favor de: 
estatal encarga de las finanzas públicas, por actos celebrados 
II. Los respectivos entes públicos, cuando los actos o contratos se celebren con 
Las garantías por anticipo y cumplimiento del contrato deben 
garse en un plazo que no exceda de veinte días hábiles contados a partir de la 
La garantía por anticipo debe constituirse por la totalidad del monto 
de los mismos; y cancelarse cuando el contratista haya amortizado el importe de 
La garantía por el cumplimiento del contrato no debe ser inferior por 
el equivalente al diez por ciento del importe de los trabajos contratados. 
Las garantías por el cumplimiento del contrato deben reajustarse 
, cuando se modifiquen o varíen las cantidades del contrato. 
La garantía por defectos, vicios ocultos

Continuar navegando