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Supletoriedad-inversa-y-principales-diferencias-entre-normas-internacionales-de-informaciAn-financiera-y-normas-de-informaciAn-financiera-mexicanas

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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL 
 
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN 
UNIDAD TEPEPAN 
 
TEMA: 
SUPLETORIEDAD INVERSA Y PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE 
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y NORMAS 
DE INFORMACIÓN FINANCIERA MEXICANAS 
 
INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: 
CONTADOR PÚBLICO 
 
PRESENTAN: 
DANIELA AIDE ACOSTA SERRANO 
ANA ROSA CUEVAS HERNANDEZ 
IVONNE GARCIA PILLADO 
OYUKI MAYTE MONTES DE OCA REYES 
VERÓNICA PAOLA MORALES VALLES 
 
CONDUCTORES DEL SEMINARIO: 
DR. ALBERTO RIVERA JIMENEZ 
C.P. RAFAEL VALDOVINO CASTELAN 
C.P. VICTORIA RIOS MARTÍNEZ 
 
 México D.F. Mayo 2013 
 
 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
 
A nombre de las participantes de este equipo, agradecemos a: 
 
El IPN, por darnos la oportunidad de ser alumnos de esta gran institución, de formarnos 
como profesionistas a lo largo de estos años, por la calidad y prestigio que nos brindó 
con su enseñanza. La llevaremos siempre presente. 
 
La ESCA – Tepepan, por haber sido nuestra segunda casa, por las experiencias 
vividas, los profesores y amigos conocidos, los conocimientos adquiridos y por 
hacernos personas extraordinarias. 
 
A nuestros profesores, que estuvieron a cargo de este proyecto quienes fueran nuestra 
guía y dedicaron día a día a ayudarnos a la culminación de este gran paso en nuestras 
vidas. 
 
En fin a ambas Instituciones, IPN, ESCA que nos formaron como los profesionistas que 
ahora somos. ¡Gracias! 
 
 
 
 
 
 
 
 
iii 
 
ÍNDICE 
ÍNDICE DE IMÁGENES ............................................................................... vii 
TABLAS DE SIGLAS Y ABREVIATURAS .................................................. ix 
INTRODUCCIÒN ......................................................................................... 1 
CAPÍTULO I 
SUPLETORIEDAD INVERSA A NIF MEXICANA 
1.1. Supletoriedad según NIC 8 ................................................................ 3 
1.2. Supletoriedad según se establece en NIF A-8 .................................. 6 
1.3. Reglas de supletoriedad inversa según IFRS ................................... 7 
1.4. Conclusiones ..................................................................................... 9 
 
CAPÍTULO II 
PRINCIPALES DIFERENCIAS DE LAS IFRS PARTICULARES CON LAS 
RESPECTIVAS NIF MEXICANAS, EN SU CASO 
2.1. Normas Internacionales de Información Financiera NIIF/IFRS ............. 18 
 2.1.1. IFRS 1 Adopción por primera vez de las IFRS ...................... 22 
2.1.2. Políticas contables ................................................................. 23 
2.1.3. Estimaciones ......................................................................... 24 
2.2. El marco conceptual .............................................................................. 27 
2.2.1. Diferencia .............................................................................. 33 
2.2.2. Fundamento........................................................................... 33 
2.3. NIC 2 Inventarios ................................................................................... 34 
2.3.1. Técnicas de medición - métodos de asignación .................... 38 
2.3.2. Fórmulas de cálculo o asignación costo de inventarios ......... 40 
2.3.3. Conclusiones ........................................................................... 45 
2.4. NIC 10 Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se 
 informa eventos posteriores ................................................................. 46 
2.4.1. Diferencias IFRS-NIF mexicana ............................................ 49 
iv 
 
2.4.2. Conclusiones ......................................................................... 49 
2.5. NIC 12 Impuestos a la utilidad ............................................................... 49 
2.5.1. Principales diferencias entre IFRS y NIF mexicana ............... 51 
2.5.2. Conclusiones ......................................................................... 57 
2.6. NIC 16 Propiedad, Planta y Equipo ....................................................... 58 
2.6.1. Diferencia reconocimiento de repuestos o refacciones 
de la propiedad, planta y equipo IFRS-NIF mexicana ...................... 62 
2.6.2. Diferencia componentes de una partida de propiedad, 
planta y equipo .................................................................................. 67 
2.6.3. Conclusiones ......................................................................... 70 
2.7. NIC 17 Arrendamientos ......................................................................... 71 
2.7.1. Comparación de la clasificación arrendamiento IFRS – NIF 
 mexicana ............................................................................... 78 
2.7.2. Comparación tasa de descuento arrendamiento IFRS- NIF 
 mexicana ............................................................................... 79 
2.7.3. Comparación entre ganancias o pérdidas sales & 
leaseback de los arrendamientos IFRS - NIF mexicana .................... 80 
2.7.4. Conclusiones ......................................................................... 81 
2.8. NIC 18 Reconocimiento de ingresos ..................................................... 82 
2.8.1. Diferencias IFR-NIF mexicana ............................................... 83 
2.8.2. Conclusiones ......................................................................... 86 
2.9. NIC 19 Beneficios a los empleados ....................................................... 86 
2.9.1. Diferencias IFRS-NIF mexicana ............................................ 90 
2.9.2. Conclusiones ......................................................................... 91 
2.10. Moneda extranjera e inflación ............................................................. 91 
2.10.1. Diferencias entre NIC 21 y NIF mexicana ............................ 92 
v 
 
2.10.2. Diferencias entre NIC 29 y NIF mexicana ............................ 96 
2.10.3. Conclusiones ....................................................................... 99 
2.11. NIC 36 Deterioro en el valor de los activos de larga duración del 
 crédito mercantil y de activos intangibles ........................................... 100 
2.11.1. Comparación indicadores del deterioro en el valor de los 
activos IFRS-NIF mexicana ............................................................... 109 
2.11.2. Comparación reconocimiento de deterioro cuando se 
aplica método de revaluación IFRS - NIF .......................................... 110 
2.11.3. Comparación pruebas del crédito mercantil en deterioro 
del valor de los activos IFRS - NIF .................................................... 110 
2.11.4. Conclusiones ........................................................................ 111 
2.12. NIC 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes ...... 112 
2.12.1. Comparación de las provisiones con otros pasivos .............. 118 
2.12.2. Diferencia criterios de reconocimiento provisión, pasivos 
 y activos contingentes IFRS-NIF mexicana ....................... 124 
2.12.3. Diferencias contratos onerosos relacionados con 
provisiones, pasivos y activos contingentes IFRS-NIF mexicana ...... 125 
2.12.4. Conclusiones ....................................................................... 125 
CAPÍTULO III 
ANÁLISIS DE ESTADOS FINANCIEROS PARA IDENTIFICAR LAS IFRS 
APLICADAS EN EL RECONOCIMIENTO CONTABLE EN UNA EMPRESA PÚBLICA 
EN MÉXICO 
3.1. Objetivo ............................................................................................... 127 
3.2. NIC 1 Presentación de los estados financieros ................................... 128 
3.2.1. Estado de situación financiera................................................ 129 
3.2.2. Estructura estado de resultados integrales ............................. 132 
3.2.3. Estado de flujos de efectivo .................................................... 134 
vi 
 
3.2.4. Estado de Cambios en el Patrimonio ...................................... 137 
3.2.5. Conclusiones ......................................................................... 139 
CASO PRÁCTICO 
 IMPACTO DE ADOCIÓN IFRS EN EMPRESA PÚBLICA 
Experiencia Profesional ................................................................................ 142 
Estructura Organizacional ............................................................................ 142 
Desarrollo Caso Práctico .............................................................................. 143 
Conclusión e Impacto Financiero y Fiscal .................................................... 153 
 
CONCLUSIONES ........................................................................................ 154 
RECOMENDACIONES ................................................................................ 157 
GLOSARIO .................................................................................................. 158 
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................ 165 
ANEXOS ...................................................................................................... 167 
 
 
 
vii 
 
ÍNDICE DE IMÁGINES 
 
Mapas 
 Mapa 1 Países que han adoptado IFRS .................................................... 4 
Tablas 
 Tabla 1 Normatividad aplicable para los diferentes sectores ..................... 6 
 Tabla 2 La base de los estados financieros ............................................. 28 
 Tabla 3 Atributos de los estados financieros ............................................ 29 
 Tabla 4 Diferencia en métodos de costos ................................................ 39 
 Tabla 5 Diferencia en fórmulas de cálculo................................................ 41 
 Tabla 6 Productos resultantes del procesamiento .................................... 60 
 Tabla 7 Repuestos o refacciones ............................................................. 63 
 Tabla 8 Componentes de la partida de propiedades plantas y equipos ... 68 
 Tabla 9 Cifras antes de adopción histórica y revaluada del grupo ........... 143 
 Tabla 10 Cifras según avaluó proporcionado por el perito ......................... 144 
 Tabla 11 Efectos de adopción que reconocerá el grupo ............................ 144 
 Tabla 12 Ajuste para cancelar las cifras revaluadas de PPyE ................... 145 
 Tabla 13 Ajuste para registrar las cifras por efectos de adopción en base 
 avalúo ........................................................................................... 145 
 Tabla 14 Cifras de ISR diferido al inicio del año de apertura...................... 145 
 Tabla 15 Valores contables y fiscales base para diferido 2010 .................. 146 
 Tabla 16 Valores contables y fiscales después de adopción de IFRS que 
 sirvieron de base para diferido 2010 ........................................... 146 
 Tabla 17 Ajuste para reconocer ISR diferido después de adopción ........... 147 
 Tabla 18 Cifras 1 de enero 2010 después de la adopción a IFRS ............. 147 
viii 
 
 Tabla 19 Cifras de depreciación al 31 de diciembre de 2010 antes de la 
 adopción a IFRS ......................................................................................... 148 
 Tabla 20 Ajuste a la depreciación 2011 después de adopción IFRS ......... 148 
 Tabla 21 Calculo de impuesto diferido a 2011 después de adopción ........ 149 
 Tabla 22 Calculo del ajuste reconocido después de adopción ................... 149 
 Tabla 23 Ajuste de impuesto diferido a 2011 después de adopción ......... 150 
 Tabla 24 Cifras finales al 31 de diciembre de 2011 después de adopción . 150 
 Tabla 25 Depreciación a 2012 antes de adopción de IFRS ....................... 151 
 Tabla 26 Ajuste a la depreciación 2012 después de adopción IFRS ......... 151 
 Tabla 27 Calculo de ISR diferido 2012 después de adopción .................... 151 
 Tabla 28 Calculo del ajuste ISR diferido 2012 después adopción .............. 152 
 Tabla 29 Ajuste de ISR diferido 2012 después de adopción ...................... 152 
 Tabla 30 Cifras Finales 2012 después de adopción IFRS ......................... 153 
Cuadros Sinópticos 
 Cuadro Sinóptico 1 Supletoriedad inversa ................................................. 12 
 Cuadro Sinóptico 2 Origen de las NIIF efectos fiscales ............................. 18 
 Cuadro Sinóptico 3 Historia de adopción de IFRS ..................................... 18 
 Cuadro Sinóptico 4 Leasing financiero ....................................................... 78 
 Cuadro Sinóptico 5 Pérdida por deterioro de valor ..................................... 106 
Imágenes 
 Imagen 1 Características fundamentales de los estados financieros ......... 29 
 Imagen 2 Indicios de deterioro ................................................................... 104 
 
ix 
 
TABLAS DE SIGLAS Y ABREVIATURAS 
Art. Articulo 
BMV Bolsa Mexicana de Valores 
CFF Código Fiscal de la Federación 
CINIF Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de 
Información Financiera A.C. 
CNBV Comisión Nacional Bancaria y de Valores 
CNSF Comisión Nacional de Seguros y Fianzas 
C.V. Capital Variable 
DOF Diario Oficial de la Federación 
EFcPG Estados financieros con Propósito General 
Etc. Etcétera 
EU Estados Unidos 
FIFO First in – First Out 
IAS International Accounting Standard 
IASB International Accounting Standards Board 
ICAC Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas 
IETU Impuesto Empresarial a Tasa Única 
IFRS International Financial Reporting Standards 
IMPC Instituto Mexicano de Contadores Públicos 
ISBN International Standard Book Number 
x 
 
ISR Impuesto Sobre la Renta 
LIFO Last in – First Out 
LISR Ley del Impuesto Sobre la Renta 
LIETU Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única 
MC Marco Conceptual 
MO Mano de Obra 
MP Materia Prima 
NIC Norma Internacional de Contabilidad 
NIF Normas de Información Financiera 
NIIF Normas Internacionales de Información Financiera 
ORI Otros Resultados Integrales 
PCGA Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados 
PEPS Primeras Entradas Primeras Salidas 
PGC Plan General de Contabilidad 
PPyE Propiedades Planta y Equipo 
PTU Participación de los trabajadores en las utilidades 
RIF Resultado Integral de Financiamiento 
RNV Registro Nacional de Valores 
REPOMO Resultado por Posición Monetaria 
S.A.B. Sociedad Anónima Bursátil 
xi 
 
SEC Securities and Exchange Commission 
UEPS Últimas Entradas – Primeras Salidas 
US GAAP Generally Accepted Acounting Principles United States 
VNR Valor Neto de Realización 
 
INTRODUCCIÓN 
El presente informe es acerca de las normas internacionales de información financiera 
enfocado para las empresas públicas, esto con la finalidad de unificar el lenguaje léxico. 
A medida que evoluciona el ser humano también las operaciones de índole contable y 
financieras crecen y desarrollan mayores implicaciones que hasta no hace mucho se 
creían que sucederían, pero ahora es el encuentro, por lo que se debe estar preparados 
para poder comprender los lenguajes y saber expresar las necesidades y que a su vez 
sepan reconocer la forma de interpretarlo, es por eso que se crean las normas 
financieras internacionales para que todos estén hablando unificadamente. 
El objetivo principal de este informe es proporcionar al lector las bases necesarias para 
la comprensión y análisis de las principales diferencias que pueden existir entre las 
IFRS ylas Normas de Información Financiera (NIF) mexicanas al momento de la 
adopción, se muestra la importancia y el impacto que tiene la implementación de las 
normas internacionales de información financiera en una entidad. 
No se está hablando de encontrar que puede estar correcto o incorrecto, solo la forma 
en cómo lo ven unos de otros para poder comprender y saber diferenciar de manera 
eficiente que es conveniente y en qué momento. 
En el capítulo I se maneja el momento en que se emplea la supletoriedad inversa 
cuando un hecho económico no cuenta con un reconocimiento contable proporcionado 
por ninguna norma internacional de información financiera en relación con la 
presentación, valuación o revelación, en este caso se debe de recurrir a la aplicación de 
otra norma de acuerdo a los niveles que se marcan en el cuadro sinóptico 1. 
Esto es un tema controvertido pero que sin duda existe y se encuentra que no es fácil la 
interpretación de las diversas situaciones económicas por lo que no siempre se puede 
estar sujetos estrictamente a una norma que pueda solucionar totalmente todo. 
En el capítulo II se maneja un panorama amplio dirigido al lector sobre el nacimiento y 
la evolución de las normas de información financiera, así como la importancia de la 
regularización de la contabilidad y presentación de la información financiera utilizando la 
normatividad que sea aplicable para cada sector, además presenta el desarrollo del 
marco conceptual en una forma general, el reconocimiento contable de cada una de las 
2 
 
IFRS que se consideran de mayor impacto dentro de las empresas como son los 
inventarios, propiedad, planta y equipo, impuestos a la utilidad, beneficio a los 
empleados, deterioro en el valor de los activos de larga duración, provisiones, pasivos y 
activos contingentes, el efecto en las variaciones de los tipos de cambio, la inflación, 
entre otros. 
Se busco una selección de los temas de acuerdo a lo que produjo diferencias 
significativas que no se pueden pasar por alto, ya que impactan directamente varias de 
las actividades que se realizan en una entidad y son muchas de las veces cotidianas 
que día a día deben estar consideradas en su información a presentar. 
En el Capítulo III se emplea el método de análisis en los estados financieros para poder 
identificar cada una de las IFRS enfocado sobre entidades que cotizan en la Bolsa 
Mexicana de Valores conocida como empresa pública. 
El correcto análisis de los estados financieros es de gran utilidad que si los estados 
financieros reflejan la información de la entidad está puede ser la mejor guía para la 
toma de decisiones. 
Un estado financiero ante todo es una especie de radiografía de la empresa que dice 
los fortalezas y debilidades de la misma. 
Dentro del informe se presenta un caso práctico apegado a la realidad en la cual se 
modificaron cifras y el nombre de la empresa por cuestiones de confidencialidad, se va 
presentando paso a paso el proceso de reconocimiento de la adopción de las normas 
internacionales de información financiera dentro de dicha entidad. 
 
3 
 
CAPÍTULO I 
SUPLETORIEDAD INVERSA A NIF MEXICANA 
 
Dentro del entorno mexicano existe una gran diversidad de empresas y por ende de 
normatividad aplicables a cada uno de estos sectores. Entonces se dice que cada 
sector tiene sus órganos de gobierno que dan pauta, mediante normatividad, a la forma 
en la que las empresas dentro de su sector deben presentar la información financiera. 
Cuando al considerar la normatividad local del sector, se encuentra que no existe 
norma particular para la realización de un tratamiento contable a una clase de 
operación, la mayoría de las normatividades permiten realizar supletoriedad, 
obviamente cada organismo normativo dará las reglas para realizar estas. 
Se puede delimitar el estudio de supletoriedad si se considera que existen dos tipos de 
empresas: públicas y privadas. Hay que recordar que este informe se centra en el 
estudio de la normatividad ocupada dentro de las empresas públicas, ya que estas son 
las que cotizan en Bolsa Mexicana de Valores (BMV). 
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en virtud de procurar su 
estabilidad y correcto funcionamiento, obliga a las emisoras de valores a elaborar sus 
estados financieros conforme al marco establecido en las Internacional Financial 
Reporting Standards ó Internacional Accounting Standards (IFRS/IAS). 
 
1.1. Supletoriedad según NIC 8 
La IFRS en su Norma Internacional Contable (NIC) 8 no tiene una definición publicada 
sobre lo que es supletoriedad, sin embargo en el cuerpo de dicha norma menciona que 
en algunos casos se usaran fuentes para aplicar cuando no exista una IFRS particular 
para realizar una política contable. La norma indica además cómo debe de darse la 
supletoriedad y que normas son aplicables para esto, no hay que olvidar que 
obviamente lo anterior será decidido mediante el juicio profesional de la gerencia de la 
entidad. 
 
4 
 
Objetivo y alcance 
El objetivo de la norma es establecer los criterios que la entidad ocupara para poder 
modificar los principios, bases, acuerdos y procedimientos que son adoptados por dicha 
entidad con el fin de proporcionar una relevancia y fiabilidad para la presentación de la 
información financiera de la misma. 
El alcance de esta norma deberá aplicarse para la selección y aplicación de políticas 
contables dentro de la empresa. 
 
Políticas contables 
Cuando exista la ausencia de una IFRS que sea aplicable a una transacción, hecho o 
condición, la gerencia de la empresa deberá usar su juicio para el desarrollo y su 
posterior aplicación de una política contable. Lo anterior es para obtener información 
financiera que sea: 
� Relevante de acuerdo a las necesidades de los usuarios, para poder tomar 
decisiones. 
 
� Confiable, haciendo que los estados financieros: 
a. presenten los flujos de efectivo, el rendimiento y la situación financiera. 
 
b. reflejen la esencia económica de las operaciones de la empresa. 
 
Cabe mencionar que al realizar los juicios la gerencia se referirá, en orden 
descendente, a los siguientes puntos para considerar su aplicabilidad en base: 
� Los requerimientos de las Normas Internacionales de Información Financiera 
(NIIF) siempre que traten estos de temas similares y relacionados al tema a 
aplicar; y 
 
� Las definiciones, criterios de reconocimiento y medición que han sido 
establecidos para los activos, pasivos, ingresos y gastos en el Marco Conceptual 
(MC). 
5 
 
Uniformidad de las políticas contables 
Hay que estar conscientes que la entidad seleccionará y aplicará las políticas contables 
de una manera uniforme para las operaciones y transacciones que sean similares, a 
menos que una IFRS requiera establecer categorías de partidas. 
 
Cambios en las políticas contables 
Para realizar cambios en las políticas contables, la empresa deberá considerar que sólo 
se cambiara la política contable si una norma particular exige dicho cambio. 
Hay veces en que los usuarios de los estados financieros necesitan comparar los 
estados financieros de una entidad a lo largo del tiempo, esto con el objetivo de 
identificar tendencias en su situación financiera, rendimiento financiero y flujos de 
efectivo. Por lo tanto, es necesario que la aplicación de las políticas contables sean las 
mismas dentro de cada periodo contable que se está comparando, así como de un 
periodo a otro. Lo anterior siempre y cuando no exista o se presente algún cambio en 
una política para el tratamiento contable de una operación. 
La norma comenta que existen situaciones que no constituyen cambios en las políticas 
contables, las cuales son: 
� Cuando se aplica una política contable para hechos y transacciones que sean 
diferentes sustancialmente de lo que ya hayan sucedido ocurrido previamente; y 
 
� Cuando se aplica una nueva política contable paratransacciones, eventos o 
condiciones que no han sucedido anteriormente, o que, de ocurrir, carecieron de 
materialidad. 
 
En ausencia de una IFRS particular que sea aplicable a una transacción, se podrá 
aplicar una política contable, siempre considerando los pronunciamientos y 
especificaciones más recientes de otras instituciones y organismos emisores de 
normas, siempre que estos empleen un MC similar al emitir normas contables. Si, 
debido a una modificación de tal norma, la entidad opta por cambiar una política 
contable, dicho cambio será contabilizado, y será revelado como un cambio voluntario. 
6 
 
Para reflejar las normas de presentación, valuación y revelación de un hecho 
económico o una transacción que no se pueda dar tratamiento contable con la IFRS 
particular, la gerencia debe tomar como referencia primero una solución que haya sido 
aplicada en una situación similar, en caso de que la misma no solvente dicho escenario 
se a implementará el MC. Si aun así el MC no proporciona una solución aceptable, la 
entidad deberá remitirse a la aplicación de NIF mexicanas (véase Figura 1.1). 
 
1.2. Supletoriedad según se establece en NIF A – 8 
El Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas Información 
Financiera A.C. (CINIF) menciona su concepto de supletoriedad en la NIF A-8, así 
como menciona las reglas en las que se da esta. 
De acuerdo a la NIF A-8 “Supletoriedad esta existe cuando la ausencia de Normas 
de Información Financiera es cubierta por otro conjunto de normas formalmente 
establecido distinta al mexicano” (IASB, 2013) 
 
Objetivo y alcance 
La norma establece las bases para que la gerencia de la entidad pueda aplicar el 
concepto de supletoriedad a las NIF siempre considerando que al hacerlo, se preparará 
la información financiera con base en ellas. 
La NIF A-8 Supletoriedad es aplicable para las entidades que emiten estados 
financieros de acuerdo a las necesidades de los usuarios y objetivos de la información 
financiera, como lo menciona la NIF A-3. 
Esta NIF menciona que la supletoriedad se da cuando existe la ausencia de una NIF 
que puede ser cubierta por otro conjunto de normas, siempre que estas sean emitidas 
por un organismo formalmente establecido, así estas sean distinto al mexicano. 
 
Requisitos 
La norma comenta que para que se dé la supletoriedad es necesario: 
7 
 
� Que la norma supletoria esté vigente a la fecha de aplicación, o si la misma se 
podría aplicar de forma anticipada, siempre que la misma norma lo permite. 
 
� No contraponerse al marco conceptual de las NIF. Si se da el caso de que la 
norma se contradiga con el marco conceptual se debe aplicar la norma particular. 
 
� Deben de estar aprobadas por un organismo reconocido internacionalmente 
emisor de normas contables, todo lo anterior para evitar tratamientos informales 
o sin sustento teórico. 
 
� Y que dicha norma cubra plenamente la transacción, la transformación interna o 
evento al que es aplicable la supletoriedad. 
 
1.3. Reglas de supletoriedad inversa según IFRS 
Cómo se vio anteriormente la NIF A 8 Supletoriedad establece las bases cuando la 
ausencia de una NIF puede ser cubierta por otras normas de índole internacional dentro 
de la empresa no pública, que en todo caso serían las IFRS. 
Sin embargo no es lo mismo para la empresa pública, ya que la CNBV en virtud de 
procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, obliga a las emisoras de valores a 
elaborar sus estados financieros conforme al marco establecido en las IFRS. 
Al obligar el uso de las IFRS, en los momentos en que la ausencia de la normatividad 
internacional exista, se establece que la gerencia de la entidad deberá usar su juicio 
profesional para determinar la política contable que genera información relevante y 
fiable, lo anterior establecido en la NIC-8. 
El objetivo de la norma NIC-8 Acounting policies, changes in accounting estimates and 
errors (Políticas contables, cambios en la estimación contable y errores) es dar los 
criterios que utilizará la entidad para modificar y crear las políticas contables que usará, 
así como los tratamientos contables que dará a las operaciones y transacciones y la 
información que necesitará revelar acerca de los cambios sucedidos en las políticas 
contables, en las estimaciones contables y en la corrección de errores. Esta norma 
realza la fiabilidad y relevancia de los estados financieros y demás información 
8 
 
financiera de una entidad, así como permitirá la comparabilidad entre los estados 
financieros emitidos del ejercicio con ejercicios anteriores, y con los elaborados por 
otras entidades. 
El siguiente esquema explica cómo se da la supletoriedad inversa: 
 
Cuadro sinóptico 1. Supletoriedad inversa. (Rivera, 2012) 
Así podrá observar que cuando la empresa genera o reconoce un hecho económico el 
cual debe darle tratamiento contable, considerará la norma de valuación, la norma de 
presentación y la norma de revelación, que se encuentran reguladas para el caso de 
entidad pública por la CNBV y por lo tanto el cuerpo normativo que usará es las IFRS. 
Si existe una IFRS que pueda dar tratamiento contable al hecho económico, la entidad 
la utilizará para establecer la política contable correspondiente. Si no existiera una IFRS 
9 
 
particular para aplicar, la NIC 8 establece que deberá aplicarse el MC de las IFRS, si 
con este puede obtenerse una política óptima entonces se creará dicha política en base 
al MC. 
Si el MC no genera una opción aceptable según el juicio profesional de la gerencia, 
entonces la norma explica que puede utilizarse otro cuerpo normativo, siempre que este 
esté regulado por un organismo fuertemente establecido. En base a esto se puede decir 
que si después de considerar el marco normativo internacional y no se encontrará una 
solución favorable, las empresas mexicanas pueden realizar esta supletoriedad inversa, 
que sería regresarse a la norma mexicana regulada por el CINIF. 
Si aun a pesar de buscar otro marco normativo, la entidad considera que no existe una 
norma fiable para la creación de una política contable para el tratamiento de un hecho 
económico, la IFRS permite utilizar las prácticas tradicionales del sector, que hay que 
recordar que es algo que la NIF mexicana no aprueba. 
 
1.4. Conclusiones 
La supletoriedad inversa se da en empresas públicas, esto debido a que dichas 
empresas están obligas a presentar sus estados financieros y demás información 
utilizando las IFRS, por lo tanto la normatividad utilizable para empresas públicas debe 
ser: de IFRS a NIF mexicana. 
Las entidades deberán aplicar y seleccionar sus políticas contables de una manera 
uniforme en las transacciones, operaciones y eventos en condiciones que sean 
similares. Por lo tanto, en la necesidad de cambiar una política contable sólo se podrá 
cuando esto sea requerido por una NIIF o que al realizar dicho cambio esta lleve a que 
los estados financieros suministren información más relevante y fiable sobre los efectos 
de los eventos, transacciones o condiciones que afecten a la situación financiera, al 
rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la unidad. 
Considerando la necesidad de los usuarios a comparar los estados financieros en una 
entidad a lo largo del tiempo, e aplicarán las mismas políticas contables dentro de cada 
periodo, así como de un periodo a otro. 
No constituyen cambios en las políticas contables: 
10 
 
� La aplicación de una política contable para transacciones otros eventos o 
condiciones que difieren sustancialmente de aquellos que han ocurrido 
previamente. 
 
� La aplicación de una nueva política contable para transacciones, otros eventos o 
condiciones que no han ocurrido anteriormente, o carecieron de materialidad. 
 
La supletoriedad inversa es un término nuevo, que en los Estados Unidos Mexicanos se 
genera por la regularización de las empresas públicaspor parte de la CNBV. 
No hay que perder de vista, que dicho concepto se considera inverso en el entendido 
de que ya en el entorno mexicano existe una normatividad regulada por un organismo, 
que son las NIF reguladas por el CINIF. La palabra inversa se considera para el 
presente trabajo de tal forma que se haga hincapié que en territorio mexicano se utilizan 
las NIF, al estar algunas empresas reguladas por la CNBV y por ende obligadas a 
presentar sus estados financieros con IFRS, se puede decir que dichas empresas 
regresan a la normatividad del CINIF cuando no existe la norma particular o el MC no 
puede dar un tratamiento contable aceptable. 
Es importante mencionar que en todos momento la IFRS permite a la gerencia usar su 
juicio profesional para el desarrollo y generación de políticas contables, siempre que 
estás estén basadas en normas particulares, en el MC de las IFRS, normatividad 
financiera de un organismo regulador, de preferencia local, y en última instancia las 
prácticas tradicionales del sector 
Hay que aclarar, que mientras que la IFRS permite que se den las prácticas 
tradicionales del sector, la NIF mexicana menciona que dichas prácticas no deben 
usarse para el desarrollo de una política contable. 
Así mismo, la entidad debe considerar que podrá usar la supletoriedad, ya sea inversa 
o normal, siempre que y solo si no existiera una norma particular que dé el correcto 
tratamiento contable. La entidad no podrá utilizar una norma de otro organismo 
regulador si ya existe una norma particular para esos casos en la normatividad que está 
obligada a utilizar. Ambas normas prohíben está práctica. 
11 
 
La manera en que se da la supletoriedad inversa es mediante a los niveles que marca 
la norma internacional, ya que esta marca 4 niveles posibles utilizables para la solución 
de crear una nueva política contable, el primero será usar alguna norma particular IFRS 
que hable de un tema parecido, puede darse inclusive el efecto reflejo, de usar una 
forma de revelar y valuar con la partida contraria de la operación a revelar. 
En el segundo nivel, se utiliza el MC habrá que recordar de donde vienen las 
generalidades de la IFRS y que está enfocado a presentar las diversas formas en las 
que el MC ayuda a los usuarios para la obtención de información financiera 
competente, suficiente, comparable y útil para la toma de decisiones. 
En el tercer nivel la norma internacional menciona que se puede usar otro marco 
normativo que sea regulado por un organismo ya aceptado y bien establecido, es aquí 
donde, al menos en el entorno mexicano, se puede ocupar la normatividad elaborada y 
emitida por el CINIF, y se podrán ocupar las normas particulares de este entorno para la 
resolución de una problemática en la creación de una política contable que no pueda 
ser creada por una IFRS. 
De esta manera, se puede decir que mientras que una empresa privada realizará una 
supletoriedad de NIF mexicana a IFRS, la empresa pública lo hará de forma inversa. 
En el cuarto nivel la IFRS menciona que se podrán usar las prácticas mediante sector, o 
dicho en otras palabras, se podrán usar las normas por costumbre o tradición, lo cual el 
CINIF no permite que esto suceda debido a que considera las prácticas de sector como 
algo oportunista y sin forma de regular. 
Cabe mencionar que al usar el concepto de supletoriedad ya sea para la empresa 
pública o privada, es de vital importancia tener presente las fechas de vigencia de la 
norma a la cual se hace referencia, así como de las normas en periodo de auscultación 
de ambos entornos, esto con el fin de realizar las correcciones correspondientes de una 
forma óptima. 
No hay que olvidar que en aras de la obtención de información más competente, ambas 
normatividades, mexicana e internacional, realizan actividades de revisión y desarrollo 
de nuevas y ya existentes normatividades particulares. 
12 
 
Un ejemplo común de donde se ocupa la supletoriedad es con la NIC 18, ya que la 
norma mexicana actualmente no tiene una norma de ingresos vigente, sin embargo si 
existe una norma que habla de la regularización y tratamiento contable de los ingresos 
obtenidos por la entidad, por lo tanto esta supletoriedad es momentánea hasta que 
dicha norma pase el proceso de auscultación. 
En el caso de supletoriedad inversa, podría darse con respecto al tema de inflación, ya 
que es posible que en empresas trasnacionales, el entorno donde se encuentren sea 
hiperinflacionario, determinado por parte de la IFRS, y por lo tanto emitirán sus estados 
financieros mostrando el efecto inflacionario. Sin embargo esto también afecta a las 
subsidiarias que se encuentren en el entorno económico mexicano, esto es debido a 
que, si en el entorno donde se encuentra la controladora se hubiere decidido presentar 
el efecto inflacionario, cuando el porcentaje de inflación del entorno mexicano sea 
menor, genera que las subsidiarias presenten sus estados financieros a la controladora 
presentando el efecto inflacionario correspondiente, mas sin embargo para poder 
realizar un comparativo dentro del entorno mexicano, la subsidiaria deberá considerar la 
aplicación de la NIF particular mexicana que habla de inflación, esto en aras de obtener 
información financiera comparable. 
 
13 
 
CAPÍTULO II 
PRINCIPALES DIFERENCIAS DE LAS IFRS PARTICULARES CON LAS 
RESPECTIVAS NIF MEXICANAS, EN SU CASO 
 
El presente informe comenta acerca de las IFRS, un punto primordial es la formación de 
todo futuro profesional en la carrera de un contador público ya que muestra la 
necesidad que el contador público tiene de investigar, estudiar y aplicar la abundante 
normatividad emitida por cada uno de los organismos reguladores encargados de la 
correcta aplicación de procedimientos necesarios para una buena contabilización de 
cualquier entidad que desarrolle actividades de cualquier tipo, lucrativas y no lucrativas 
Un proceso imparable del cual difícilmente se puede quedar al margen es la 
globalización, el profesionista debe adoptar como lengua adicional a la propia el inglés, 
ya que el mundo de los negocios no ha quedado exento de este proceso de 
globalización siendo que cada vez se están alcanzando niveles en los cuales el 
aprendizaje de nuevas lenguas dan fuerza a nuestra mejor interpretación. 
Dentro de este entorno de adopción se debe recordar que los lenguajes contables de 
los diferentes países eran poco ágiles y ponían ciertos obstáculos hacia la circulación 
de la información financiera, la cual era difícil de comparar y entender debido a que en 
cada país existen normas locales diferentes. Es por eso, y entre otras razones que se 
irán explicando en cada uno de los puntos que recopila esta investigación, que se 
decidió unificar la información financiera. 
El 1 de enero de 2012 es una fecha importante en la historia económica de México es 
un año de cambios y de obligaciones ya que todas las entidades públicas deben 
presentar su información financiera con base en las NIIF/IFRS, debido a que un gran 
número de países en el mundo ya maneja su información financiera y contable bajo 
IFRS. Y así se cumple con la tendencia mundial de las autoridades regulatorias en 
materia financiera la cual ha encontrado la manera de que dichas entidades presenten 
su información financiera consistente y comparable, de tal forma que proporcione a los 
inversionistas y a los usuarios un entendimiento claro sobre su situación financiera en 
todo el mundo. 
14 
 
Cabe mencionar que la mayoría de los países en el mundo ya han adoptado o están en 
proceso de adopción de IFRS, es la necesidad y apego que existe entre los países 
globalizados de que los usuarios cuenten con estados financieros comparables en 
todos las regiones independientemente del tipo de industrias. En pocas palabras, todos 
requieren hablar el mismo lenguaje financiero. 
La pregunta que muchos lectores se hacen es sobreque son las IFRS, estas se definen 
como un conjunto de normas y/o leyes que establecen la información que deben 
presentarse en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparece, 
en dichos estados, con esto se sabe que son de carácter obligatorio y no pueden pasar 
desapercibidas. 
México, al igual que el resto del mundo, tiene la intención de homologar el lenguaje 
financiero en pro de la transparencia y comparabilidad de la información financiera, ya 
que cada vez está menos exento de poder tomar en cuenta únicamente sus normas por 
exigencia de las transacciones internacionales. 
El objetivo principal del caso práctico es proporcionar al lector la oportunidad de 
explorar y evaluar las razones sobre las principales diferencias entre las IFRS y las NIIF 
mexicanas, se analizaran los problemas que existen para la valuación, reconocimiento, 
presentación y revelación de la adopción de las IFRS 
La base principal de las NIF mexicanas es el marco conceptual el cual constituye la 
constitución contable y las normas particulares se derivan de ella, las IFRS no son la 
excepción ya que la norma internacional también cuenta con un marco conceptual que 
se encuentra en un apartado por separado de las normas particulares, este MC será 
tratado dentro de las diferencias importantes que se derivaron del análisis, e 
investigación. 
Debido a la globalización y al desarrollo económico, las entidades han empezado a 
moverse dentro de mercados nunca antes imaginados, ahora es muy común realizar 
operaciones y actividades con otras entidades que se encuentran en otros mercados, 
ya sea porque están en otros países e inclusive otros continentes. 
15 
 
 
Mapa 1 Países que han adoptado IFRS (delineado KPMG 2012) 
 
Regulación emitida por la CNBV 
Durante 2011, los esfuerzos en cuanto a la emisión de regulación se orientaron tanto a 
actualizar el marco normativo como a consolidarlo y simplificarlo, con énfasis en temas 
prudenciales y contables. Acerca de este último punto, la regulación en materia de 
contabilidad e información financiera se modificó en forma paralela para varios sectores 
supervisados, por lo que se presenta en un apartado específico sobre el tema. El resto 
de la sección describe las principales modificaciones a las disposiciones vigentes que 
se elaboraron y emitieron por parte de la CNBV a lo largo del año, agrupadas conforme 
al tipo de entidad supervisada al que le son aplicables las disposiciones de carácter 
general correspondientes. 
 
Disposición en materia de contabilidad e información financiera 
La regulación sobre contabilidad y presentación de información financiera se modificó 
en varios sectores, como parte del esfuerzo permanente que se realiza para armonizar 
los criterios utilizados, favorecer que la información sea comparable e impulsar la 
convergencia y consistencia de las disposiciones nacionales con la normatividad 
internacional en la materia y, en ciertos casos, con el objetivo de atender los 
16 
 
comentarios recibidos sobre algunas disposiciones en lo particular. En consecuencia, 
en el año se actualizaron los criterios de contabilidad aplicables a las siguientes 
entidades financieras: sociedades controladoras de grupos financieros sujetas a la 
supervisión de la CNBV; instituciones de crédito; casas de bolsa; uniones de crédito; 
bolsas de valores; instituciones para el depósito de valores y participantes del mercado 
de futuros y opciones cotizados en bolsa (bolsas, cámaras de compensación, socios 
liquidadores y operadores). 
 
Participantes e instrumentos del mercado de valores emisoras 
A continuación se mencionan los participantes del mercado de valores: 
� Emisoras de valores que preponderantemente realicen, a través de sus 
subsidiarias, actividades financieras sujetas a la supervisión de las autoridades 
mexicanas: Se estableció la obligación de elaborar y dictaminar sus estados 
financieros de acuerdo con las mismas bases que las referidas subsidiarias, con 
la finalidad de que la información financiera de ambas sea comparable. 
 
� Emisoras que no tengan personalidad de sociedades financieras de objeto 
múltiple, pero que de manera habitual y profesional se dediquen a otorgar 
créditos, o bien, realicen operaciones o actividades de arrendamiento o factoraje 
financiero: Se incluye la obligación para que elaboren y dictaminen sus estados 
financieros en los mismos términos que las sociedades financieras de objeto 
múltiple las cuales no encuentran reguladas con cifras inscritas en el Registro 
Nacional de Valores (RNV), con el fin de evitar arbitrajes regulatorios. 
 
� Emisoras que soliciten autorización de la CNBV para inscribir valores en el RNV: 
Se establecieron la forma y términos en que deberán presentar, para efectos 
comparativos, la información financiera correspondiente a ejercicios anteriores al 
2012 (a partir del 1 de enero de 2012 toda la información financiera deberá 
presentarse conforme las IFRS emitidas por el International Accounting 
Standards Board (IASB). 
17 
 
 
� Emisoras de valores que soliciten la cancelación de inscripción de los títulos 
representativos de su capital social en el RNV, como consecuencia de procesos 
de fusión entre dos sociedades anónimas bursátiles: Se les exceptuó de realizar 
una oferta pública de adquisición, conforme a lo previsto por la fracción II del Art. 
108 de la Ley del Mercado de Valores (LMV), siempre que en los referidos actos 
societarios se protejan los derechos de los inversionistas de acuerdo con lo 
dispuesto por la referida Ley. 
 
Todas las entidades sujetas a la supervisión de la CNBV 
Se emitieron disposiciones de carácter general acerca de la entrega y recepción de 
documentos en la CNBV, a fin de regular la integración y operación de una oficialía de 
partes, encargada de gestionarla documentación física correspondiente tanto a las 
entidades supervisadas como al público en general. 
 
Tabla 1 Normatividad aplicable para los diferentes sectores (Informe Anual 2011 CNBV) 
18 
 
2.1. Normas internacionales de información financiera NIIF/IFRS 
Las IFRS se definen como el conjunto de Normas o Leyes contables que ordenan la 
información financiera que se debe presentar en los estados financieros de las 
entidades y la forma en que esta información debe figurar, en dichos estados. En otras 
palabras son normas contables que no contienen reglas sino principios. 
La información que presentan las entidades es de gran utilidad a diversos usuarios, ya 
que es base primordial de la toma de decisiones de carácter general dependiendo cual 
vaya a ser la aplicación de esta. 
Lo que particularmente se preguntaría el lector de esta investigación es el propósito 
general de estas normas y el por qué fueron creadas, crean un leguaje contable global; 
el cual es requerido por la esencia relacionada de los mercados de capitales y 
negocios, hoy en día es una necesidad. La adaptación plena de las IFRS o la 
convergencia hacia dichas normas es un fenómeno de alcance mundial, que avanza 
cada vez más rápido. Facilitan el acceso de las compañías a los mercados de capitales 
globales. Proporcionan y revelan información útil y veraz que satisface las necesidades 
de los usuarios de la información financiera. No contemplan adaptaciones sectoriales. 
Historia y origen de las IFRS e impacto en México 
Estas normas son emitidas por IASB y son principalmente basadas en las normas 
locales de Londres. 
Como se muestra en el siguiente cuadro se presenta la historia del origen de las 
normas internacionales, desde la constitución del IASC, hasta su cambio posterior de 
nombre a IASB, el cual emitió las IFRS tal y como se conocen. 
Así mismo el cuadro menciona que en el 2008 la CNBV, en pos de homogenizar la 
información financiera y obtener un lenguaje unificado de negocios, requiere a las 
empresas afiliadas que presenten su información financiera conforme a lasIFRS, 
haciendo que todas las empresas públicas realicen actividades de adopción de las 
normas. 
19 
 
 
Cuadro Sinóptico 2. Origen de las NIIF “Efectos Fiscales” (PWC 2012) 
Actualmente diversos países se encuentran aplicando IFRS como una norma de reporte 
local ya sea para las compañía públicas y/o compañías y privadas. Los métodos para la 
conversión hacia las IFRS pueden variar, la adopción puede ser parcial, completa, o 
bien optar por la convergencia como lo han hecho algunos países. Pero 
específicamente aquí en México ya se adoptaron las IFRS para las Compañías públicas 
de forma obligatoria. 
 
Cuadro Sinóptico 3. Historia de adopción de IFRS (L.C.C y M.I. Jorge Zúñiga Carrasco). 
2008
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores ( CNBV) anuncia que las emisoras públicas no 
financieras en la Bolsa Mexicana de Valores requieren adoptar IFRS a más tardar en el 2012.
2002
El International Accounting Standards Committee (“ IASC”) cambió de nombre a IASB y emite 
las IFRS.
1973
Se constituye el International Accounting Standards Committee (“IASC”) y empezó a emitir las 
Normas Internacionales de Contabilidad (“NIC” o “IAS” por sus siglas en inglés).
2002 100 Países adoptados 
con NIIF-IFRS LA UNION 
EUROPEA 2002 E.U. y FASB 
firman un acuerdo para 
converger las IFRS Y las 
USGAAP
2006 IASB Y FASB firman un 
acuerdo para que en 4 años 
se encuentren en 
convergencia
2012 México Adopta a las 
NIIF-IFRS
20 
 
El informe citado anteriormente está condicionado a que se muestren mejoras en la 
estructura de las normas internacionales (IFRS) y en el proyecto de la comunidad 
estadounidense dedicada al reporteo financiero, por lo que en el año 2012 se 
estudiaran los resultados y se tomará una determinación al respecto. Adicionalmente, 
existen ciertas preocupaciones por parte de las autoridades, entre las que destacan: 
� Procesos de perfeccionismo constante de las IFRS 
 
� Estructura, independencia y finanzas del IASB 
 
� Desarrollo de catálogo que permitan un lenguaje unificado de negocios 
 
� Capacitación y entrenamiento 
 
� Cursos de certificación del contador público. 
 
La determinación de convergir y a su vez adoptar las IFRS por la CNBV fue tomada 
primordialmente para lograr la confrontación y semejanza de las compañías públicas en 
México con las del resto del mundo al utilizar bases de preparación consistente y 
comparable. Ubicar a las empresas mexicanas a la altura de aquellas públicas a nivel 
internacional al emitir estados financieros con información más transparente y 
comparable. Simplificar y favorecer el desarrollo de consolidación de grupos de 
entidades multinacionales con ocupación internacional, así como minimizar los 
requerimientos a los usuarios extranjeros en el mercado de capitales de México. Esta 
decisión también fue soportada por los cambios propuestos por el regulador en la bolsa 
de Nueva York –USA el Securities and Exchange Commission (SEC), para las emisoras 
internacionales que cotizan en la bolsa de Nueva York. En 2008 se eliminó la 
conciliación a Generally Accepted Acounting Principles United States (US GAAP) para 
estas entidades siempre y cuando los estados financieros básicos y sus notas hubieran 
sido preparados de conformidad con IFRS, emitidas por el IASB. Por ahora la SEC se 
está estimando el proyecto de convergencia y sobre todo la adopción de las IFRS para 
las compañías locales y, por lo anterior, se considera que la decisión y juicio tomada por 
la CNBV es acertada en el entorno global. 
21 
 
Se espera que las industrias extractiva, de telecomunicaciones, detallistas, 
farmacéuticas, y manufactureras, entre otras, tengan varios retos para la conversión, 
aunque todas las diferentes industrias tienen que valorar el impacto referente a la tomar 
de acciones pertinentes para la conversión y adopción. Aunque la norma mexicana ha 
estado convergiendo con US GAAP o IFRS durante los últimos años pese a que existen 
varias diferencias que deberán analizarse con detalle y modificarse con el paso del 
tiempo. Las diferencias principales existen en (ver anexo I): 
� IFRS 9 Instrumentos financieros. 
 
� IAS 29 Reconocimiento de los ajustes de inflación. 
 
� IAS 21 Determinación de la moneda funcional y conversión de moneda 
extranjera. 
 
� IAS 19 Beneficios laborales. 
 
� IAS 12 Impuestos diferidos en ciertas partidas. 
 
� IAS 36 Deterioro de activos de larga duración en ciertos conceptos. 
 
� Mayores requerimientos de revelación. 
 
Hay que recordar que existirán diferencias en otras normas locales donde las IFRS se 
consideraban como supletorias según el MC, aquí en México hay que recordar que se 
utiliza supletoriamente la NIC 18 Ingresos por actividades ordinarias las IFRS 6 
Exploración y evaluación de recursos minerales la NIIF 13 Medición del valor razonable 
donde la norma internacional no es tomada en su totalidad y se debe a la interacción 
con la norma mexicana. 
Por lo anterior existen varios proyectos en auscultación para la adopción y 
convergencia entre NIF, IFRS y USGAAP, debido a lo anterior podrán existir mayores 
diferencias con las normas actualmente vigentes, y por lo mencionado anteriormente se 
22 
 
requiero por parte de los profesionistas dar un seguimiento constante y oportuno a los 
posibles cambios en lo futuro. 
 
2.1.1. IFRS 1 Adopción por primera vez de las IFRS 
La norma internacional menciona en la IFRS 1 que se debe ratificar o garantizar que los 
estados financieros iniciales presentados conforme a IFRS de una entidad, así mismo 
sus informes o reportes financieros intermedios, los cuales son concernientes a una 
parte del periodo del ejercicio por tales estados financieros, los cuales deben de 
contener requisitos de importancia como son transparencia y comparabilidad para los 
usuarios en todos los periodos presentados, estos deben suministrar el punto de partida 
inicial para el registro y contabilización según las IFRS, la adopción puede ser obtenida 
a un costo que no exceda a sus beneficios es el objetivo principal de IFRS 1. 
Para las compañías públicas en México los primeros estados financieros emitidos 
conforma a las IFRS se dice que son los primeros estados financieros anuales en los 
cuales las compañías ya han adoptan IFRS, deben de presentar una declaración a 
detalle y sin reservas y sobre todo muy explícita la cual debe está incluida en los 
estados financieros de la Compañía según lo marca la norma internacional. 
Se dice que una compañía ha adoptado las IFRS si ha presentado sus estados 
financieros con los requerimientos que las IFRS, de conformidad con las IFRS 
cumpliendo todos los aspectos como son declaración del cumplimiento de la norma. 
Considerando la norma mexicana para cuando existe supletoriedad inversa de IFRS a 
norma mexicana y finalmente realizar una conciliación entre los importes de la norma 
mexica a la norma internacional. Otros aspectos a considerar es cuan se prepara los 
estados financieros con base en IFRS para uso únicamente interno, cuando los estados 
financieros son utilizados para la consolidación en base a la NIC 1 Presentación de los 
estados financieros. 
La IFRS 1 aplicará cuando una entidad adopta por primera vez la norma internacional y 
esta misma no será aplicada en el siguiente caso: si se ha presentado estados 
financieros anteriormente en base a IFRS y bajo los requerimientos que se mencionan 
en el párrafo anterior. La adopción no afectara en los cambios en las políticas contables 
23 
 
realizados por la compañía que ya anteriormente hubieran adoptado las IFRS. Algunos 
cambios que se pueden dar son objeto de requisitos particulares correspondiente a 
cambios en políticas contables los cuales son incluidos en la IAS 8 Políticas contables, 
cambios en las estimaciones contables y errores y algunas disposiciones que incluyen 
otras IAS. 
 
Estado de situación financiera de apertura conforme a IFRS 
Hay querecordar que las entidades que reporten bajo IFRS deberán elaborar y 
presentar un estado de situación financiera de apertura conforme lo marca los 
lineamientos de la norma IFRS 1, a la fecha de la adopción. Se puede decir que es el 
punto de partida para contabilizar conforme a la IFRS. 
 
2.1.2. Políticas contables 
Cabe mencionar que la política contable que utilice la entidad que adopta debe de ser la 
misma durante los periodos que se presentan en el estado de situación financiero de 
apertura. Se debe de cumplir con los requerimientos de cada IFRS vigente al final del 
primer periodo sobre el que se informa según las IFRS. Hay que mencionar que la 
compañía que reporta no deberá aplicar versiones diferentes o desactualizadas de las 
IFRS vigentes, se podrá optar por la aplicación anticipada de alguna IFRS, pero nunca 
se podrá utilizar alguna que ya no cuente con vigencia. 
La IFRS dispone que cuando exista transición o adopción incluidas en otras IFRS se 
aplicarán a los cambios que surjan en las políticas contables que realice una compañía 
que ya se encuentra reportando bajo IFRS, lo anterior no quiere decir que debido a la 
adopción de las IFRS debe de cambiar sus políticas y mucho menos que los errores 
que se encuentren en su información financiera sean causa de un cambio en la política 
contable. Excepto cuando se prohíbe la aplicación retrospectiva de algún contenido en 
una norma como lo indica la IFRS 1, algunos ejemplos pueden ser las estimaciones, 
valor razonable. 
Excepto por lo mencionado en el párrafo anterior se deben de registrar los pasivos y 
activos cuando sea requisito por la IFRS, no se debe de reconocer un pasivo o activo si 
24 
 
la IFRS no lo menciona o no lo permite, reclasificar partidas o rubros que se 
reconocieron conforme a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados 
(PCGA) que difiera de las NIF a la IFRS y por último la aplicación correcta a todos los 
activos y pasivos medidos para su reconocimiento. 
Las entidades que antes del proceso de adopción utilizaban su política contable 
conforme a los PCGA y ahora que reportan bajo IFRS en su primer estado financiero, el 
cual se denomina año de apertura, estas políticas podrían diferir de las que aplicaba 
con anterioridad, a lo cual puede derivar ajustes de sucesos y operaciones anteriores a 
la fecha de adopción a las IFRS. Por lo que la compañía deberá reconocer dichos 
ajustes, de forma directa afectando a resultados acumulados o en una categoría dentro 
del patrimonio. 
 
2.1.3. Estimaciones 
Se debe de considerar que las estimaciones de una entidad realizadas con anterioridad 
bajo los PCGA deben de ser las mismas según las IFRS, en la fecha de transición y 
solo se pueden modificar dicha estimación cuando hayan sido erróneas, solo si existe 
evidencia objetiva de dicho error. Una compañía puede verse en la necesidad de 
realizar estimaciones en base a IFRS que no tenía o había considerado anteriormente 
conforme a normas mexicanas, pero debe de regirse por la IAS 10 Hechos ocurridos 
después del periodo que se informa. Estas estimaciones realizadas bajo las IFRS 
manifestaran las condiciones vigentes a la fecha de adopción. Hay que considerar estas 
estimaciones en particular como lo son: tasas de interés, tasas de cambio precios de 
mercado ya que estas reflejaran los valores de mercado en a la fecha de reporte. 
Lo anterior debe de ser aplicado en el estado financiero de apertura a la fecha de la 
adopción de IFRS, se debe de aplicar a los periodos comparados los cuales son 
presentados en los estados financieros iniciales según IFRS. Y la fecha de adopción 
debe de ser considerada como fecha relativa al final de los periodos comparativos 
correspondientes. 
 
 
25 
 
Información a revelar 
Como lo menciona las IFRS 1 Adopción por primera vez no limita ni incluye o menciona 
exenciones de información a revelar en las notas a los estados financieros, a diferencia 
de otras IFRS las cuales si hay ciertas limitaciones. Se debe de contar con información 
comparativa la cual debe de dar cumplimiento a la IAS 1 Presentación de estados 
financieros conforme lo marca la norma internacional, dichos estados financieros deben 
de incluir un estado financiero comparando 3 periodos, un estado de resultados 
comparando 2 periodos, un estado de resultados integral el cual también debe de 
comparar 2 periodos siempre que este último si se decide presentar, un estado de flujos 
de efectivo comparando 2 periodos y un estado de cambios en el capital con 2 periodos 
comparativos y por último las notas adjuntas a los estados financieros las cuales 
también debe de contener información comparativa. 
Un ejemplo de una revelación de adopción de una entidad a IFRS que se debe de 
incluir dentro de las notas a los estados financieros es la siguiente: como se menciona 
en la nota estos son los primeros estados financieros de la compañía preparados de 
conformidad con las IFRS. Las políticas contables que se indican en la nota xx se han 
aplicado en la preparación de los estados financieros por el ejercicio terminado al 31 de 
diciembre de 2012, en la información comparativa que se presenta en estos estados 
financieros por el ejercicio terminado el 31 de diciembre del 2012 y en la preparación 
del estado de situación financiera inicial según IFRS al 1 de enero de 2012 que se 
refiere a la fecha de adopción de la compañía. 
En la preparación de su estado de situación financiera inicial según IFRS, la compañía 
ha ajustado los montos reportados previamente en estados financieros preparados de 
conformidad con las NIF mexicanas. En la siguiente conciliación y en las notas que 
acompañan a dicha conciliación se explica la forma en que la transición de NIF a IFRS 
ha afectado a la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de 
la compañía. 
Información comparativa no preparada conforme a las IFRS 
Existen compañías que presentan síntesis de datos históricos los cuales son 
seleccionados, anteriores que no son base de información comparada bajo las IFRS, la 
norma no requiere que estos datos reúnan los requisitos de reconocimiento y medición 
26 
 
de las IFRS. Hay compañías que presentan parte de la información comparativa 
conforme a PCGA y así mismo información conforme lo requiere la AIS 1 Estados 
financieros, cuando pase este último caso la compañía debe de identificar en forma 
detallada la información que se encuentra bajo PCGA y la cual no fue preparada 
conforme a IFRS, y además revelara la naturaleza y origen de los principales ajustes 
que se habrían de ejercer para formalizar con las IFRS. Algo importante es que esta 
norma no te pide que se cuantifiquen estos ajustes. 
Como se menciona en párrafos anteriores una compañía debe de explicar cómo la 
adopción de la norma mexicana a las IFRS, ha repercutido en la situación financiera, en 
los resultados del ejercicio, así como los acumulados y sobre todo en los flujos de 
efectivo los cuales fueron informados previamente. 
 
Conciliaciones 
Como se ha mencionado anteriormente las IFRS requiere que una entidad incluya lo 
siguiente, una conciliación de su capital partiendo de NIF mexicana y el resultado por 
adopción a IFRS mas errores reconocidos que no deriven de la transición a IFRS por 
cada una de estas fechas: de transición a las IFRS y la fecha del final del último periodo 
comparado en los estados financieros anuales más recientes que la compañía haya 
presentado bajo la aplicación de la norma mexicana. 
También debe de incluir la compañía una conciliación según las IFRS del RIF esta solo 
es para el último periodo de los estados financieros anuales iniciales. Como lo he 
mencionado anteriormente el punto de partida para esta conciliación es el RIF total 
según la NIF mexicana utilizada anteriormente para este último periodo. Si la compañía 
reconoció o revirtió perdidas por algún deterioro del valor de losactivos por vez primera 
al preparar su estado de situación financiera inicial o de apertura bajo IFRS, debe de 
revelar la información que requiere la IAS 36 Deterioro del valor de los activos, siempre 
y cuando la entidad haya reconocido dichas pérdidas, en el periodo que inicio con fecha 
de adopción a IFRS. 
Lo requerido por los párrafos anteriores en cada una de las conciliaciones, debe de dar 
suficiente detalle para permitir comprender los ajustes importantes o relevantes 
27 
 
realizados en los estados financieros y el estado de resultado integral que son 
necesarios para los usuarios, si la compañía entrego el estado de flujos de efectivo bajo 
la NIF mexicana, deberá de explicar los ajustes relevantes a dicho estado. 
Si una compañía tuviera el conocimiento de que la información financiera elaborada 
anteriormente bajo NIF mexicana y esta tuviera errores, la conciliación debe de 
contener la rectificación a dichos errores derivados de la adopción a IFRS o de cambios 
en la política contable. 
 
Activos y pasivos financieros 
La IFRS 1 Adopción por primera vez permite que una compañía que tiene reconocido 
un activo y pasivo financiero el cual debe de ser medido a valor razonable, obviamente 
con cambios en resultados. La compañía debe de revelar el importe en libros en los 
estados financieros anteriores, y el nuevo valor así designado en la fecha de su 
designación. 
2.2. El marco conceptual 
A continuación se presentará información referente al MC de las IFRS, cabe mencionar 
que este MC no puede anteponerse a las normas particulares, más sin embargo puede 
usarse de manera supletoria en caso de no existir una norma concreta para su uso. 
MC es un sistema coherente de objetivos y fundamentos interrelacionados, agrupados 
en un orden lógico deductivo, destinado a servir como sustento racional para el 
desarrollo de IFRS y como referencia en la solución de los problemas que surgen en la 
práctica contable. 
En abril de 1989 fue aprobado por el IASC y para su publicación en julio de 1989 el MC 
de las IFRS, el cual fue adoptado en abril de 2001 por el IASB. A manera de propósito 
más extenso de estudio del MC el cual se realizó en septiembre de 2010 se revisaron 
las características cualitativas y el objetivo principal de los estados financieros con 
propósito general. Y la parte restante del documento de 1989 sigue vigente. 
Emitido el 1 de enero de 2012. 
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El MC establece los conceptos que subyacen en la preparación y presentación de los 
estados financieros para los usuarios. 
El MC de la información financiera trata lo siguiente: 
� Objetivo 
 
� Características cualitativas 
 
� La definición, registro y medición de cada uno de los elementos que conforman 
los estados financieros. 
 
� Los conceptos de capital y de mantenimiento del capital. 
 
El propósito general de los estados financieros es proporcionar información financiera 
sobre la entidad que informa, esta debe de ser útil a los usuarios (inversionistas, 
acreedores, público en general y etc.) para tomar decisiones sobre la administración de 
los recursos de la entidad. El conjunto de decisiones con llevan, adquirir, vender o 
mantener el patrimonio y/o los instrumentos de deuda y con ello proporcionar y/o 
liquidar obligaciones y otras formas de crédito existentes. 
Un gran número de usuarios existentes no tienen el derecho de requerir que las 
entidades que informan les proporcionen la información financiera directamente y se 
deben de confiar en los estados financieros con propósito general que se emiten para 
obtener la mayor parte de la información financiera que necesitan. Por lo consiguiente, 
a quienes se dirigen los estados financieros son los usuarios principales. 
Dichos estados financieros no proporcionan ni pueden proporcionar toda la información 
que necesitan los usuarios. Estos usuarios requieren considerar la información 
conveniente de otras fuentes. Otras partes, tales como organismos reguladores, normas 
locales y público distinto, conseguir encontrar útiles la información financiera con 
propósito general. Cabe mencionar que la información financiera no tiene el objetivo 
principal de ser enfocada a estos grupos. 
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Con el fin de cumplir sus objetivos en México los estados financieros se preparan sobre 
periodos contables devengado. La contabilidad de acumulación, o de devengo, describe 
los efectos de las transacciones y otros sucesos y circunstancias sobre los recursos 
económicos y las obligaciones de la entidad que informa en los periodos en que esos 
efectos tienen lugar, incluso si los pagos y cobros resultantes se producen en un 
periodo diferente. Esto es importante porque la información sobre los recursos 
económicos y las obligaciones de la entidad que informa y sus cambios durante un 
periodo proporciona una base para estimar el beneficio futuro, presente y pasado de 
una compañía que la información financiera exclusivamente sea sobre pagos y cobros 
del periodo. 
Hay que mencionar que una compañía debe de encontrarse en funcionamiento y 
proporcione un beneficio futuro a los inversionistas, es decir proyecte su actividad 
dentro de un futuro previsible a este concepto se le denomina negocio en marcha. Lo 
mencionado en los párrafos anteriores se resume en el siguiente diagrama: 
 
Tabla 2. La Base de los estados financieros 
La entidad que informa toma decisiones a partir de la emisión de su informe financiero o 
información financiera la cual es útil para todos los usuarios potenciales para la toma de 
decisiones. Este debe de ser útil contener relevancia, información completa y libre de 
Devengado
Negocio en 
Marcha
Estados 
financieros
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errores. Los estados financieros tienen una utilidad si se mejoran las características 
cualitativas que se mencionan en los atributos presentados en la siguiente tabla. 
 
Tabla 3. Atributos de los estados financieros (MC IFRS 2012) 
 
Imagen 1. Características fundamentales de los estados financieros. 
El activo, pasivo y el patrimonio son elementos conectados de forma directa con la 
medida de la situación financiera de una entidad. Se definen como sigue: 
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� Un activo es un recurso del que la entidad espera obtener en el futuro beneficios 
económicos. 
 
� Un pasivo es una obligación presente e ineludible de la entidad, al vencimiento 
de la cual, y para cancelarla, la compañía pretende desasirse de bienes que 
incorporan beneficios futuros económicos. 
 
� Patrimonio es la diferencia entre los activos de la entidad, una vez deducidos 
todos sus pasivos. 
 
Los elementos denominados ingresos y gastos se definen como sigue: 
� Ingresos se puede definir en diferentes conceptos como son ganancias futuras, 
los incrementos en dichos recursos económicos, fabricados a lo largo del periodo 
contable, en manera de entradas o aumento de valor de los activos, o bien como 
disminuciones de los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio, 
y las cuales no están relacionados con las aportaciones de los propietarios a este 
patrimonio. 
 
� Gastos son las disminuciones en los recursos económicos, fabricados a lo largo 
del periodo contable, en manera de salidas o decrementos del valor de los 
activos, o bien por la generación o aumento de las obligaciones, que dan como 
resultado disminuciones en el patrimonio, y no están relacionados con las 
distribuciones realizadas a los dueños de este patrimonio. 
 
Toda partida debe ser objeto de registro siempre que cumpla la definición de elemento 
como sigue: 
� Un beneficio económico asociado con una partida debe de ser probable que 
llegue a, o salga de la entidad. 
 
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� Que exista un valor o un costo que pueda ser medido de forma confiable este se 
considera un elemento. 
 
Como se define un elemento que forma parte de los estados financieros para su 
inclusión en el estado de posición financiera y estado de resultados y/o integralse 
determinan de los importes monetarios y para realizarla es necesaria la selección de un 
método o base particular a este proceso se le llama medición. 
Se vincula con la manera en que una compañía determina el capital que quiere 
sostener o conservar a este proceso se define como mantenimiento de capital. 
Proporciona el nexo entre los conceptos de capital y ganancia, ya que proporciona el 
punto alusión para medir la ganancia; lo cual es un requisito previo para diferenciar 
entre los que es un rendimiento o ganancia en pocas palabra un beneficio sobre el 
capital y lo que es recuperación de capital lo cual son conceptos totalmente diferentes. 
El exceso de activos entrantes que excedan el mantenimiento del capital pueden ser 
consideradas como ganancias. Estas últimas es monto residual que queda después de 
haber descontado los ingresos y costos estos últimos deben de considerar los ajustes 
correspondientes al capital. Se dice que existe una pérdida si gastos superan a los 
ingresos. 
Este MC no es una NIC, y por tanto no define normas para ninguna valuación en 
particular o información a revelar. Nada en este MC está por encima de alguna Norma 
en particular. 
El IASB reconoce que en un limitado número de casos puede haber un conflicto entre 
el MC y una IFRS particular. En esos casos en que exista conflicto, los requerimientos 
de la norma en particular prevalecerán sobre los del MC. No obstante, como el consejo 
se guiará por el MC al desarrollar futuras IFRS y en su revisión de las existentes, el 
número de casos de conflicto entre el MC y las IFRS disminuirá con el tiempo. 
El objetivo del MC constituye fundamentalmente los estados financieros con propósito 
general. Otros aspectos que se debe de recordar es el concepto de entidad que 
informa, sus características cualitativas y restricciones a la información financiera útil, 
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los elementos de los estados financieros, reconocimiento, medición, presentación y 
revelación se originan justamente del objetivo. 
 
2.2.1. Diferencia 
Por lo explicado en anteriormente, parecería que no existe diferencia en cuanto a la 
jerarquía del MC. Sin embargo, en la práctica se observa que existen normas 
particulares de las IFRS que establecen criterios contables que no cumplen con el MC 
de las IFRS. Adicionalmente, se ha observado interpretaciones a las normas 
particulares que también van en contra del MC de las IFRS. Esta situación no puede 
ocurrir dentro de las NIF debido a que el MC de las NIF se considera que constituyen la 
constitución contable y las normas particulares representan las leyes contables que se 
derivan de ella. 
Esta diferencia se confirma en las IAS 1 Presentación de estados financieros, en la cual 
se prevén los requisitos a cumplir para el caso extremadamente raro en el que la 
administración de la entidad se aparte del cumplimiento de algún requerimiento de la 
IFRS, al considerar la administración de la entidad que dicho requerimiento entraría en 
conflicto con el objetivo de los estados financieros según el MC del ISAB. Aun cuando 
se considera que esta disposición es solo para situaciones excepcionales, en las NIF no 
se permite excepción alguna a la aplicación de la normatividad en vigor, debido a que 
no puede emitirse una NIF que no cumple con el MC del CINIF. 
 
2.2.2. Fundamento 
El MC del ISAB tiene, entre otros propósitos, el asistir a los preparadores de los estados 
financieros en la aplicación de las IFRS y tratar temas que todavía no han sido objeto 
de una IFRS. El MC del ISAB no define asuntos de valuación o revelación en particular. 
El IASB reconoce que, en un número limitado de casos, puede presentarse un conflicto 
entre el MC del IASB y alguna IFRS o interpretación. Por el contrario, el CINIF 
considera que es inapropiado que una norma particular o una interpretación de ella 
vaya en contra del MC, situación permitida por las IFRS. 
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Adicionalmente, el uso del MC como base para la elaboración de normas particulares y 
que estas no contravengan dicho MC fomenta un enfoque basado en principios y mitiga 
el uso de reglas en las normas particulares. 
Otra diferencia que se detectó en este análisis es que en las IFRS el MC se encentra en 
un apartado independiente del normas en particular no siendo así en la NIF mexicana 
donde el MC forma parte de las NIF. Ver anexo II tabla de diferencias del MC. 
Haciendo hincapié en el párrafo anterior se muestra que en las NIF mexicana el MC se 
encuentra en la serie A y se divide por apartados de NIF de la A-1 a la A-8, sin en 
cambio en el MC de las IFRS se divide en cuatro capítulos. Dos de ellos ya están 
prácticamente terminados, el último es el texto restante del MC y el capítulo dos 
denominado la entidad que informa todavía se encuentra en revisión, este último no ha 
sido emitido a la fecha. 
2.3. NIC 2 Inventarios 
Es importante conocer las principales diferencias que llegan a existir entre la 
normatividad mexicana y la internacional, puesto que día a día el mercado aumenta sus 
ofertas y estas dependen en gran medida de la demanda de los usuarios de 
información financiera, por lo que el buen registro de los inventarios principal recurso 
para que la operación resulte debe de valorarse y obtener información adecuada y 
precisa que sirva para la toma de decisiones que se presente a dichos usuarios que a 
su vez cumpla con los objetivos establecidos por ellos mismos. 
La NIC 2 presentada por el IASB tiene consideraciones adicionales a la NIF C-4 emitida 
por el CINIF en México, por lo que entra en convergencia para poder tener un lenguaje 
unificado de negocios que se necesita en el ámbito internacional. 
Objetivo y alcance 
El valor de costo que debe mostrarse conforme a un activo y diferirse como tal hasta el 
momento en que se venda se conoce como reconocimiento contable, por lo tanto, en 
esta NIC 2 también se establece normas relativas para la correcta contabilización. 
La presente NIC 2 se considera para todos los inventarios o también llamados activos 
para venta, procesos en producción o materiales y/o suministros para ser consumidos 
en la producción. 
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Se dejó de considerar el sistema de costo histórico para el tratamiento contable de los 
inventarios, ya que las interpretaciones de las entidades daban lugar a buscar elección 
sobre cómo medir sus inventarios y solo tomar como alternativa el uso del valor 
razonable, así pues con la eliminación de esté termino contable se aclara que el 
alcance es para todos los inventarios siempre y cuando no se excluyeran en la norma. 
Inventarios que se excluyen en la NIC – 2: 
� Obras en curso - construcciones. 
 
� Instrumentos financieros 
 
� Animales vivos o plantas conocidos también como activos biológicos 
relacionados con actividades agrícolas y productos en cosechas y recolección. 
Existen estas excepciones ya que la información financiera se debe aplicar de manera 
uniforme a las prácticas de las diversas entidades a niveles globales, y la mejor manera 
se puede encontrar en otras normas contables. 
 
Exenciones del alcance 
Para efectos de medición de inventarios hay que considerar que la NIC – 2 deja fuera 
de su alcance lo siguiente: 
� Productores de productos agrícolas y forestales, agrícolas después de su 
cosecha y minerales y productos minerales, serán valuados a su valor neto de 
realización (valor neto realizable), por lo tanto deben reconocerse en el periodo 
en el que ocurren los cambios. 
 
� Intermediarios que comercializan con materias primas cotizadas que valúen sus 
inventarios a valor razonable reduciendo el costo de venta. 
 
 
 
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Medición de los inventarios y sus elementos 
La medición de los inventarios se realiza de acuerdo a su costo neto realizable o a 
valor neto realizable, hay que considerar varios factores o elementos para que dichos 
inventarios sean puestos a disposición adecuada para su venta como: 
� Costos

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