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12 Capítulo XII - Gabriel Solís

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La Persona y la Familia 
Gobierno Local y Regional 
Organismos Internacionales 
LA PERSONA HUMANA 
 
 
I. CONCEPTO: La persona humana es el hombre con todas sus facultades. Es quien organiza la 
sociedad creando y poniendo en práctica un conjunto de actos, valores y virtudes orientados a 
obtener una armónica comprensión entre sus miembros en base al bien común. 
II. CARACTERÍSTICAS: 
 
- Es un ser consciente y con voluntad. 
- Es un ser social. 
- Es un ser “sui géneris”, es decir posee, características y aspectos que poseen otros seres. 
- Es un ser trascendente, su existencia presenta importancia. 
- Es un ser que transforma la naturaleza y su realidad. 
- Es un ser que en sociedad posee derechos y deberes. 
 
Nota: Según el Código Civil considera 2 clases de personas. 
 
a) Persona Natural.- Es en sí la persona humana. 
 
b) Persona Jurídica.- Son las asociaciones e instituciones que se constituyen por personas 
naturales que realizan formal o informalmente “actos jurídicos”. También se debe considerar los 
siguientes conceptos: 
 
@ Sujeto de derecho: Es la condición que le corresponde a la persona desde que es concebida, 
considerándose vivo para todo lo que le favorece; especialmente para derechos patrimoniales. 
 
@ Capacidad de goce: Es la condición que le corresponde a la persona desde el momento de su 
nacimiento. 
 
@ Capacidad de ejercicio: Es la condición que le corresponde a la persona desde que alcanza la 
mayoría de edad y ejerce la ciudadanía. 
 
III. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA: Los derechos 
fundamentales de la persona proclamados por la Declaración Universal de los Derechos 
Humanos, fueron introducidos como normas constitucionales por la Asamblea Constituyente de 
1978 y por el Congreso Constituyente Democrático de 1,993, están contenidos en el artículo 2º 
de la Constitución Política vigente y son los siguientes: 
a. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y 
bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. 
b. A la igualdad ante la Ley. 
c. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. 
d. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento. 
e. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier 
entidad pública, en el plazo legal; con el costo que suponga el pedido. 
f. Al honor ya la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la 
imagen propias. 
g. A la inviolabilidad del domicilio. 
h. A participar, en forma individual y asociada, en la vida política, económica, social y cultural 
de la nación. 
 
 
 
 
 
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i. A su identidad étnica y cultural. 
j. A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la Autoridad 
competente, la que está obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito 
dentro del plazo legal, bajo responsabilidad. 
k. A su nacionalidad. 
l. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un 
ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. 
* Se debe considerar los derechos generacionales: 
 
- DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN: 
Constituyen los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos 
internos e internacionales. Están destinados a la protección del ser humano individualmente 
considerado, contra cualquier agresión de algún órgano público. Se caracterizan porque 
imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos 
derechos por parte del ser humano. 
 
- DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN: 
Tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, a la 
educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los 
pueblos. Su reconocimiento en la historia de los derechos humanos fue posterior a la de los 
derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda 
generación. Se caracterizan porque requieren de la actuación del Estado para que los seres 
humanos puedan tener acceso a estos derechos acorde con las condiciones económicas de 
cada nación. 
 
- DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN: 
LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS O DE SOLIDARIDAD, Pueden ser demandados a los 
Estados, pero también los Estados pueden exigir cualquiera de ellos. Para hacerlos efectivos 
es necesario la actuación de los diferentes Estados, es decir, de la comunidad internacional, 
por cuanto se requiere la creación de condiciones nacionales e internacionales para su efectiva 
realización. 
 
 
 
LA FAMILIA 
 
I. CONCEPTO: La Familia es una 
sociedad natural y la célula 
fundamental y básica de la sociedad: 
es una sociedad natural porque en su 
formación interviene el vínculo de 
sangre y porque responde a la misma 
naturaleza humana del hombre, a su 
instinto, sus tendencias e impulsos que 
lo inducen a perennizar la especie; y es 
la célula fundamental y básica de la 
sociedad porque su existencia 
determina la perennización de la 
especie humana y, por lo tanto, la 
vigencia de la sociedad. 
 
 
 
 
 
 
 
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II. FUNCIONES : 
DEMOGRÁFICA: La función primordial de la familia es garantizar la supervivencia de la 
especie humana. Es también conocida como BIOLÓGICA o REPRODUCTORA. 
 
ECONÓMICA: La familia constituye una unidad económica fundamental en la vida de la 
sociedad, porque la familia debe desarrollar actividades económicas para satisfacer las 
necesidades de subsistencia y desarrollo de sus integrantes. 
 
EDUCADORA: Consiste en la formación de sus miembros, en especial de los niños, como 
personas e integrantes de la sociedad. Es también llamada FORMATIVA o VALORATIVA. 
 
RECREATIVA: La recreación incluye todo aquello que es diversión, esparcimiento, utilización 
del tiempo libre para realizar alguna actividad que satisfaga la necesidad de entretenimiento del 
hombre. 
 
PROMOCIÓN COMUNAL Y SOCIAL: Participar en el mejoramiento de su comunidad y de la 
sociedad, mediante acciones concretas de construcción de infraestructura física, mejoramiento 
de servicios y cuidado de bienes comunes, y a través de deberes generales más amplios como 
tomar parte en las campañas educativas, por ejemplo. 
 
III. PROBLEMAS : 
 
EL EGOÍSMO: Es el cuidado que tenemos de nuestros propios intereses en forma única y 
exclusiva, sin pensar en los demás miembros de la familia. 
LA FRIVOLIDAD: Conduce a dejarse llevar por cosas sin importancia y a cambiar de opinión, 
actitud casi sin darse cuenta, no percibe aquello que es importante para los demás, sino para él 
mismo. 
LA INCOMUNICACIÓN: Los miembros de una familia no expresan lo que sienten ni entienden 
lo que los otros quieren expresarles a ellos. 
 
LA INTOLERANCIA: No acepta otra opinión que la propia, no entiende otro punto de vista que 
el suyo y no respeta otro sentimiento que no sea el suyo. 
 
LA IRRESPONSABILIDAD: Es obrar sin tener en cuenta las consecuencias de sus actos y aún 
sin importarle cuáles serán, porque él no asumirá su participación en ellos. Actuará sin 
meditación ni juicio y no procurará reparar sus faltas o disculpar sus errores. 
 
FALTA DE PREVISIÓN Y DERROCHE DE BIENES: Conduce a vivir únicamente en el presente 
y concretamente en el día de hoy, sin tomar en cuenta lo que podrá suceder o sucederá mañana. 
 
EL MATRIMONIO 
 
I. CONCEPTO Y FINALIDAD : 
 
1.1. CONCEPTO: Esta Institución civil da origen a la familia, consiste en la unión voluntaria 
de un varón y una mujer con la finalidad de hacer vida en común y procrear hijos. 
 
 1.2. FINALIDAD: Cornejo Chávez, concluye que la doctrina jurídica alude dos grandes 
fines: uno específico, la creación y educación de la prole y, otro individual, el mutuo 
auxilio en una plena comunidad de vida. 
 
 
 
 
 
 
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II. EXTINCIÓN: 
 
Es evidente que el matrimonio válidamente celebrado termine de diferentes modos:1.- Por muerte de uno de los cónyuges o de ambos. Artículo 61 del Código Civil. 
2.- Por declaración de muerte presunta, previsto en el artículo 63 del mismo texto legal. 
3.- Por declaración de invalidez, en los casos en que el matrimonio es nulo o anulable. Artículos 
274 y 277 del Código Sustantivo Civil. 
4.- Por declaración del divorcio, que disuelve el vínculo conyugal (Artículo 348) 
EL DERECHO DE FAMILIA, CUIDADO DE LA PERSONA Y DE LOS HIJOS 
 
PATRIA POTESTAD: 
Es el deber y derecho que tienen los padres de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores. 
Es el conjunto de poderes en los cuales se actúa orgánicamente la función social confiada a los 
progenitores de proteger, educar e instruir a los hijos menores de edad, así como ejercer el 
gobierno sobre ellos hasta los 18 años, en consideración a su falta de madurez psíquica y su falta de 
capacidad de obrar. La patria potestad se ejerce indistintamente por el padre o la madre durante la 
vigencia del matrimonio. Cuando se disuelve el vínculo matrimonial, la patria potestad la ejerce el 
cónyuge a quien se confía el cuidado de los hijos. La patria potestad se pierde por: 
• Por la muerte de los padres o del hijo 
• Por cumplir el hijo 18 años de edad 
• Por condena privativa de la libertad a los padres 
• Por abandonar al hijo durante seis (06) meses continuos 
• Por mandato judicial que priva de la patria potestad 
• Por emancipación del hijo mayor de 16 años al haber contraído matrimonio 
 
TUTELA: 
Es un organismo de representación de los incapaces, que se aplica tanto en materia de minoridad 
como en caso de interdicción (*). Es la supletoria de la patria potestad íntegra; también se aplica 
cuando se trata de un incapaz sujeto a interdicción judicial. Es una institución destinada al cuidado y 
dirección de los menores de edad que no están sujetos a la patria potestad, sea porque ambos 
padres han muerto o son de filiación desconocida o porque los padres han sido privados de la patria 
potestad. 
 
(*) Interdicto: Persona privada de sus derechos civiles (sin capacidad de discernimiento; 
sordomudos, ciegosordos, ciegomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable; 
retardados mentales; pródigos, ebrios habituales, toxicómanos). 
 
CURATELA: 
 
Es una figura protectora del incapaz no amparado ni por la Patria Potestad ni por la Tutela, o de 
Persona Capaz, circunstancialmente impedida, en cuya virtud se provee la custodia y manejo de los 
bienes o intereses de dicha persona. Es la representación legal de los incapaces mayores de edad, 
tratase de dementes, sordomudos que no saben darse a entender por escrito o penados; y a la 
administración de ciertos bienes abandonados o vacantes. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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GOBIERNO LOCAL 
Las Municipalidades Provinciales y Distritales, y las Delegadas conforme a ley, son los Órganos de 
Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su 
competencia. 
Corresponden al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía las funciones 
ejecutivas. (Art. 194 C.P.P.). 
 
i. ELECCIONES: Los Alcaldes y Regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de 
cuatro (4) años, pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable pero Irrenunciable. 
 
ii. COMPETENCIA: Las Municipalidades tienen competencia para: (Art. 195 C.P.P.) 
a) Aprobar su organización interna y su presupuesto. 
b) Administrar sus bienes y rentas. 
c) Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. 
d) Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad. 
e) Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y 
programas correspondientes. 
f) Participar en la gestión de las actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a ley. Y 
g) Lo demás que determina la Ley. 
 
iii. BIENES y RENTAS: Son bienes y rentas de las Municipalidades: (Art. 196 C.P.P.) 
1. Los bienes e ingresos propios. 
2. Los impuestos creados por Ley a su favor. 
3. Las contribuciones y tasas (arbitrios, licencias y derechos) de su competencia, creados por su 
Concejo. 
4. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) que se crea por 
Ley según los tributos municipales. 
5. Las transferencias presupuestadas del Gobierno Central. 
6. Los recursos que les corresponden por concepto de CANON. 
7. Los demás recursos que determine la ley. 
 
PARTICIPACIÓN VECINAL: Las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la 
participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo brindan servicios de seguridad ciudadana, 
con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley.(Art. 197 C.P.P). 
 
 
iv. LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES(LEY 27972) : 
 5.1. CONCEPTOS BÁSICOS: 
 
MUNICIPIO: Es un conjunto de familias que viven en una determinada jurisdicción, que 
puede ser Provincial, Distrital o Centro Poblado Menor, unidos por lazos de vecindad y que 
tienen necesidades elementales y aspiraciones comunes. 
 
GOBIERNO LOCAL: Es la Unidad Básica Descentralizada de la Organización Política y 
Administrativa del Estado, a través del cual se brindarán los servicios básicos y elementales, 
y se promoverá el desarrollo integral de la población. 
 
 
 
 
 
 
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MUNICIPALIDAD: Es el órgano de Gobierno Local, que procede de la voluntad popular, 
tiene Personería Jurídica de Derecho Público. 
 
FONCOMÚN: Es el fondo de compensación municipal transferido por el Consejo Nacional 
de descentralización a las Municipalidades a su cuenta en el Banco de la Nación. 
 
Está constituido por: 
 
• Rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal. 
• Rendimiento del Impuesto al rodaje. 
• Rendimiento del Impuesto a las embarcaciones de recreo. 
• El 25% del rendimiento del Impuesto a las apuestas. 
 
 
REGIONALIZACIÓN Y GOBIERNO REGIONAL 
 
I. REGIONALIZACIÓN: La regionalización, llamada también Región Político Administrativa, son 
regiones que se constituyen sobre la base de áreas geográficas contiguas, integradas histórica, 
económica, administrativa y culturalmente. 
 
II. GOBIERNO REGIONAL: Son estructuras político–administrativas efectivamente 
descentralizadas, constituidas con la finalidad de alcanzar el desarrollo equilibrado del país, 
buscando la promoción permanente del hombre y de la sociedad. 
 
III. ESTRUCTURA BÁSICA DEL GOBIERNO REGIONAL 
 
A) EL CONSEJO REGIONAL: Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Lo 
integra el Presidente Regional, el Vice-Presidente Regional y por los Consejeros de las 
Provincias de cada Región. (Entre 7 a 25 miembros). 
 
B) EL PRESIDENTE REGIONAL: Es el órgano ejecutivo del gobierno regional. El Presidente y 
Vice-Presidente regional son elegidos por un mandato de 04 años. Su cargo es irrenunciable, 
pero revocable. 
 
C) EL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL: Es un órgano consultivo y de coordinación. Lo 
conforman los alcaldes provinciales y miembros de la sociedad civil: Universidades, colegios 
profesionales, sindicatos, asociaciones, Cámaras, Iglesia, otros. 
 
 
IV. OBJETIVOS DE LA REGIONALIZACIÓN: Según el Plan Nacional de Regionalización, los 
objetivos que se persiguen con la implantación de este sistema son: 
 
• Lograr el desarrollo armónico y orgánico de cada una de las regiones que integran el 
territorio nacional. 
 
• Propiciar la participación efectiva de la población de cada región, en la toma de decisiones 
políticas, económicas y administrativas. 
 
• Organizar gobiernos regionales descentralizados, eficaces y eficientes. 
 
• Ocupar racionalmente el territorio a fin de impulsar el desarrollo, ejercer la soberanía y 
apoyar la defensa nacional en caso necesario. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ORGANISMOS INTERNACIONALES 
 
1. LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) 
Es la mayor Organización Internacional existente. Tiene su sede en Nueva York. 
Es una Organización de Estados Soberanos.Estos Estados se afilian voluntariamente a las 
Naciones Unidas para colaborar en pro de la paz mundial, promover la amistad entre todas las 
naciones y apoyar el progreso económico social. 
Fue fundada el 24 de Octubre de 1945 en San Francisco, California por 51 países, al finalizar la 
Segunda Guerra Mundial, con la firma de la Carta de las Naciones Unidas. 
Actualmente está conformado por 193 estados miembros, prácticamente todos los países 
soberanos reconocidos internacionalmente, más tres miembros en calidad de observadores: la 
Ciudad del Vaticano, la Orden Soberana y Militar de Malta y el Estado de Palestina. 
 
ESTRUCTURA DE LA ONU 
Está estructurada en diversos Órganos. Los principales son: 
a) Asamblea General: es el Órgano principal de las Naciones Unidas. En ella están 
representados todos los Estados miembros, cada uno con un voto. 
b) Consejo de Seguridad: encargado de mantener la paz y seguridad entre las Naciones. Puede 
tomar decisiones (conocidas como “resoluciones”) y obligar a los miembros a cumplirlas. 
Conformada por quince (15) Naciones, de las que cinco (5) son permanentes (Federación Rusa, 
República Francesa, Reino Unido, República Popular de China, Estados Unidos) y diez (10) son 
temporales (Elegidos cada dos años). 
c) Consejo Económico y Social (ECOSOC): asiste a la Asamblea General, promocionando la 
cooperación y desarrollo económico y social internacional, recursos humanos y financieros de 
todo el sistema de las Naciones Unidas. Está integrado por 54 países miembros. 
d) Secretaría General: Es el Órgano administrativo cuyo titular es la máxima representación 
diplomática de las Naciones Unidas. Su jefe es el Secretario General, nombrado por la Asamblea 
General por un periodo de cinco años. 
e) Consejo de Administración Fiduciaria: constituida en 1945 para supervisar la preparación 
de los territorios en fideicomiso para su autonomía o la independencia. Suspendió sus 
operaciones formalmente en 1994 y sólo se celebrarán reuniones cuando sea necesario. 
f) Corte Internacional de Justicia (CIJ): es el Órgano judicial principal de las Naciones 
Unidas. Su sede está en La Haya (Holanda). 
 
Organismos Especiales de la ONU 
 
a. FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI): promueve la estabilidad 
financiera y la cooperación monetaria internacional. Asimismo, busca facilitar el 
comercio internacional, promover un empleo elevado, un crecimiento económico 
sostenible y reducir la pobreza en el mundo entero. Fundado en 1945 y administrado 
por los 188 países miembros. Su sede es Washington D.C. y su Director es la 
Francesa Christine Lagarde, desde el 05 de Julio de 2011. 
 
b. BANCO MUNDIAL: inicialmente ayudó a reconstruir Europa después de la Segunda Guerra 
Mundial. Es una fuente de asistencia financiera y técnica para los llamados países en 
desarrollo. Su propósito es reducir la pobreza mediante préstamos de bajo interés, créditos 
sin interés a nivel bancario y apoyos económicos a las naciones en desarrollo. Creado en 1944, 
 
 
 
 
 
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su sede está en Washington y consta de 188 países miembros. Se convirtió en un grupo, que 
abarca cinco instituciones de desarrollo estrechamente relacionadas: 
El BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF – 188 
países miembros), la ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF – 172 países 
miembros), la CORPORACION FINANCIERA INTERNACIONAL (CFI – 184 países 
miembros), el ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTIA DE INVERSIONES 
(OMGI – 180 países miembros) y el CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE 
DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES (CIADI – 158 países miembros). 
 
c. ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACION Y LA 
AGRICULTURA (FAO): sus tres objetivos son Erradicación del hambre, inseguridad 
alimentaria y malnutrición, Eliminación de la pobreza e Impulso del progreso económico y 
social para todos; y la Ordenación y utilización sostenibles de los recursos naturales. Su 
sede es Roma. 
 
d. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS): es la autoridad directiva y 
coordinadora de la acción sanitaria en el sistema de las Naciones Unidas. Responsable de 
desempeñar una función de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales. Sede en Ginebra, 
Suiza. 
e. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT): fundada en 1919. Se ocupa 
de los asuntos relacionados al trabajo y relaciones laborales. Su sede es en Ginebra, Suiza. 
 
f. ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA 
CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO): fundada en 1945 con el objetivo de contribuir a la 
paz y a la seguridad en el mundo mediante la educación, la ciencia, la cultura y las 
comunicaciones. Tiene su sede en París. 
 
g. FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA (UNICEF): es un 
Organismo Permanente dentro del sistema de la ONU que provee ayuda humanitaria y de 
desarrollo a niños y madres en países en desarrollo. Su sede es Nueva York. 
 
2. ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA): creada en 1948. Es una 
Organización internacional americanista de ámbito regional y continental. Trabaja para 
fortalecer la paz, seguridad y consolidar la democracia, promover los derechos humanos, apoyar 
el desarrollo social y económico y promover el crecimiento sostenible en América. Su sede está 
en Washington. Actualmente cuenta con 35 países miembros. 
 
3. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID): creada en 1959 con el propósito de 
financiar proyectos viables de desarrollo económico, social e institucional y promover la 
integración comercial regional en el área de América Latina y el Caribe. Su objetivo es reducir la 
pobreza en Latinoamérica y el Caribe y fomentar un crecimiento sostenible y duradero. Sede 
está en Washington. Los países miembros son 48 (26 prestatarios y 22 no prestatarios). No 
guarda relación alguna con el FMI ni con el Banco Mundial. 
 
4. UNION ECONOMICA EUROPEA (UEE): es la expresión más avanzada y completa de la 
integración mundial. Está compuesta por veintiocho Estados europeos. Sede está en Bruselas, 
Bélgica. 
 
 
 
 
 
 
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5. TRATADO DE LIBRE COMERCIO PARA NORTEAMERICA: acuerdo regional entre los 
gobiernos de Canadá, Estados Unidos y México para crear una zona de libre comercio. 
 
6. COMUNIDAD ANDINA (CAN): Organismo regional cuyo objetivo es alcanzar un desarrollo 
integral más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, sudamericana y 
latinoamericana. Estados miembros: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Estados asociados: 
Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. Venezuela se retiró. 
 
7. MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR): establece la libre circulación de bienes, 
arancel externo común, política comercial común. Estados miembros: Argentina, Brasil, Paraguay, 
Uruguay y Venezuela. Países asociados: Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú. 
 
8. CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF): su misión es impulsar el desarrollo 
sostenible, y la integración regional en América Latina, mediante el financiamiento de proyectos 
en los sectores público y privado, cooperación técnica y otros servicios. Su sede es Caracas, 
Venezuela. 
 
9. ALIANZA DEL PACÍFICO: es un bloque comercial de ámbito subregional conformado por 
cuatro países: Chile, Colombia, México y Perú. La propuesta de la alianza latinoamericana se dio a 
conocer en Lima (Perú) el 28 de abril de 2011 a través de la Declaración de Lima. 
 
 
 
 
 
 
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BIBLIOGRAFÍA BÁSICA 
 
 
 
 
• SANTIVÁÑEZ DE OSAMBELA Javier; FUNDAMENTOS DE ECONOMÍA; Editorial “SAN 
MARCOS”; Primera Edición; Lima – Perú; 2013. 
• Academia ADUNI; INTRODUCCIÓN A LA ECONOMÍA; Editorial LUMBRERAS, Lima – Perú; 
2005. 
• CUYÁN Peter, AGUILA Guido; ECONOMÍA; Editorial SAN MARCOS; Lima – Perú; 2000. 
• Academia ADUNI; COMPENDIO DE ECONOMÍA Y EDUCACIÓN CÍVICA; Editorial 
LUMBRERAS, Lima – Perú; 2013. 
• Congreso Constituyente Democrático; CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ; 1993; Lima – 
Perú. 
• Código Civil Digital; Editorial GACETA JURÍDICA; Quinta Edición; Lima – Perú; 2014. 
• Congreso de la República del Perú; LEYORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; Ley N° 27972; 
Lima – Perú; 2003.

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