Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
208 La Persona y la Familia Gobierno Local y Regional Organismos Internacionales LA PERSONA HUMANA I. CONCEPTO: La persona humana es el hombre con todas sus facultades. Es quien organiza la sociedad creando y poniendo en práctica un conjunto de actos, valores y virtudes orientados a obtener una armónica comprensión entre sus miembros en base al bien común. II. CARACTERÍSTICAS: - Es un ser consciente y con voluntad. - Es un ser social. - Es un ser “sui géneris”, es decir posee, características y aspectos que poseen otros seres. - Es un ser trascendente, su existencia presenta importancia. - Es un ser que transforma la naturaleza y su realidad. - Es un ser que en sociedad posee derechos y deberes. Nota: Según el Código Civil considera 2 clases de personas. a) Persona Natural.- Es en sí la persona humana. b) Persona Jurídica.- Son las asociaciones e instituciones que se constituyen por personas naturales que realizan formal o informalmente “actos jurídicos”. También se debe considerar los siguientes conceptos: @ Sujeto de derecho: Es la condición que le corresponde a la persona desde que es concebida, considerándose vivo para todo lo que le favorece; especialmente para derechos patrimoniales. @ Capacidad de goce: Es la condición que le corresponde a la persona desde el momento de su nacimiento. @ Capacidad de ejercicio: Es la condición que le corresponde a la persona desde que alcanza la mayoría de edad y ejerce la ciudadanía. III. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA: Los derechos fundamentales de la persona proclamados por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fueron introducidos como normas constitucionales por la Asamblea Constituyente de 1978 y por el Congreso Constituyente Democrático de 1,993, están contenidos en el artículo 2º de la Constitución Política vigente y son los siguientes: a. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. b. A la igualdad ante la Ley. c. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. d. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento. e. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal; con el costo que suponga el pedido. f. Al honor ya la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias. g. A la inviolabilidad del domicilio. h. A participar, en forma individual y asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la nación. 209 i. A su identidad étnica y cultural. j. A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la Autoridad competente, la que está obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad. k. A su nacionalidad. l. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. * Se debe considerar los derechos generacionales: - DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN: Constituyen los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Están destinados a la protección del ser humano individualmente considerado, contra cualquier agresión de algún órgano público. Se caracterizan porque imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano. - DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN: Tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, a la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los derechos humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación. Se caracterizan porque requieren de la actuación del Estado para que los seres humanos puedan tener acceso a estos derechos acorde con las condiciones económicas de cada nación. - DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN: LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS O DE SOLIDARIDAD, Pueden ser demandados a los Estados, pero también los Estados pueden exigir cualquiera de ellos. Para hacerlos efectivos es necesario la actuación de los diferentes Estados, es decir, de la comunidad internacional, por cuanto se requiere la creación de condiciones nacionales e internacionales para su efectiva realización. LA FAMILIA I. CONCEPTO: La Familia es una sociedad natural y la célula fundamental y básica de la sociedad: es una sociedad natural porque en su formación interviene el vínculo de sangre y porque responde a la misma naturaleza humana del hombre, a su instinto, sus tendencias e impulsos que lo inducen a perennizar la especie; y es la célula fundamental y básica de la sociedad porque su existencia determina la perennización de la especie humana y, por lo tanto, la vigencia de la sociedad. 210 II. FUNCIONES : DEMOGRÁFICA: La función primordial de la familia es garantizar la supervivencia de la especie humana. Es también conocida como BIOLÓGICA o REPRODUCTORA. ECONÓMICA: La familia constituye una unidad económica fundamental en la vida de la sociedad, porque la familia debe desarrollar actividades económicas para satisfacer las necesidades de subsistencia y desarrollo de sus integrantes. EDUCADORA: Consiste en la formación de sus miembros, en especial de los niños, como personas e integrantes de la sociedad. Es también llamada FORMATIVA o VALORATIVA. RECREATIVA: La recreación incluye todo aquello que es diversión, esparcimiento, utilización del tiempo libre para realizar alguna actividad que satisfaga la necesidad de entretenimiento del hombre. PROMOCIÓN COMUNAL Y SOCIAL: Participar en el mejoramiento de su comunidad y de la sociedad, mediante acciones concretas de construcción de infraestructura física, mejoramiento de servicios y cuidado de bienes comunes, y a través de deberes generales más amplios como tomar parte en las campañas educativas, por ejemplo. III. PROBLEMAS : EL EGOÍSMO: Es el cuidado que tenemos de nuestros propios intereses en forma única y exclusiva, sin pensar en los demás miembros de la familia. LA FRIVOLIDAD: Conduce a dejarse llevar por cosas sin importancia y a cambiar de opinión, actitud casi sin darse cuenta, no percibe aquello que es importante para los demás, sino para él mismo. LA INCOMUNICACIÓN: Los miembros de una familia no expresan lo que sienten ni entienden lo que los otros quieren expresarles a ellos. LA INTOLERANCIA: No acepta otra opinión que la propia, no entiende otro punto de vista que el suyo y no respeta otro sentimiento que no sea el suyo. LA IRRESPONSABILIDAD: Es obrar sin tener en cuenta las consecuencias de sus actos y aún sin importarle cuáles serán, porque él no asumirá su participación en ellos. Actuará sin meditación ni juicio y no procurará reparar sus faltas o disculpar sus errores. FALTA DE PREVISIÓN Y DERROCHE DE BIENES: Conduce a vivir únicamente en el presente y concretamente en el día de hoy, sin tomar en cuenta lo que podrá suceder o sucederá mañana. EL MATRIMONIO I. CONCEPTO Y FINALIDAD : 1.1. CONCEPTO: Esta Institución civil da origen a la familia, consiste en la unión voluntaria de un varón y una mujer con la finalidad de hacer vida en común y procrear hijos. 1.2. FINALIDAD: Cornejo Chávez, concluye que la doctrina jurídica alude dos grandes fines: uno específico, la creación y educación de la prole y, otro individual, el mutuo auxilio en una plena comunidad de vida. 211 II. EXTINCIÓN: Es evidente que el matrimonio válidamente celebrado termine de diferentes modos:1.- Por muerte de uno de los cónyuges o de ambos. Artículo 61 del Código Civil. 2.- Por declaración de muerte presunta, previsto en el artículo 63 del mismo texto legal. 3.- Por declaración de invalidez, en los casos en que el matrimonio es nulo o anulable. Artículos 274 y 277 del Código Sustantivo Civil. 4.- Por declaración del divorcio, que disuelve el vínculo conyugal (Artículo 348) EL DERECHO DE FAMILIA, CUIDADO DE LA PERSONA Y DE LOS HIJOS PATRIA POTESTAD: Es el deber y derecho que tienen los padres de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores. Es el conjunto de poderes en los cuales se actúa orgánicamente la función social confiada a los progenitores de proteger, educar e instruir a los hijos menores de edad, así como ejercer el gobierno sobre ellos hasta los 18 años, en consideración a su falta de madurez psíquica y su falta de capacidad de obrar. La patria potestad se ejerce indistintamente por el padre o la madre durante la vigencia del matrimonio. Cuando se disuelve el vínculo matrimonial, la patria potestad la ejerce el cónyuge a quien se confía el cuidado de los hijos. La patria potestad se pierde por: • Por la muerte de los padres o del hijo • Por cumplir el hijo 18 años de edad • Por condena privativa de la libertad a los padres • Por abandonar al hijo durante seis (06) meses continuos • Por mandato judicial que priva de la patria potestad • Por emancipación del hijo mayor de 16 años al haber contraído matrimonio TUTELA: Es un organismo de representación de los incapaces, que se aplica tanto en materia de minoridad como en caso de interdicción (*). Es la supletoria de la patria potestad íntegra; también se aplica cuando se trata de un incapaz sujeto a interdicción judicial. Es una institución destinada al cuidado y dirección de los menores de edad que no están sujetos a la patria potestad, sea porque ambos padres han muerto o son de filiación desconocida o porque los padres han sido privados de la patria potestad. (*) Interdicto: Persona privada de sus derechos civiles (sin capacidad de discernimiento; sordomudos, ciegosordos, ciegomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable; retardados mentales; pródigos, ebrios habituales, toxicómanos). CURATELA: Es una figura protectora del incapaz no amparado ni por la Patria Potestad ni por la Tutela, o de Persona Capaz, circunstancialmente impedida, en cuya virtud se provee la custodia y manejo de los bienes o intereses de dicha persona. Es la representación legal de los incapaces mayores de edad, tratase de dementes, sordomudos que no saben darse a entender por escrito o penados; y a la administración de ciertos bienes abandonados o vacantes. 212 GOBIERNO LOCAL Las Municipalidades Provinciales y Distritales, y las Delegadas conforme a ley, son los Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponden al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas. (Art. 194 C.P.P.). i. ELECCIONES: Los Alcaldes y Regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro (4) años, pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable pero Irrenunciable. ii. COMPETENCIA: Las Municipalidades tienen competencia para: (Art. 195 C.P.P.) a) Aprobar su organización interna y su presupuesto. b) Administrar sus bienes y rentas. c) Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. d) Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad. e) Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes. f) Participar en la gestión de las actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a ley. Y g) Lo demás que determina la Ley. iii. BIENES y RENTAS: Son bienes y rentas de las Municipalidades: (Art. 196 C.P.P.) 1. Los bienes e ingresos propios. 2. Los impuestos creados por Ley a su favor. 3. Las contribuciones y tasas (arbitrios, licencias y derechos) de su competencia, creados por su Concejo. 4. Los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) que se crea por Ley según los tributos municipales. 5. Las transferencias presupuestadas del Gobierno Central. 6. Los recursos que les corresponden por concepto de CANON. 7. Los demás recursos que determine la ley. PARTICIPACIÓN VECINAL: Las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley.(Art. 197 C.P.P). iv. LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES(LEY 27972) : 5.1. CONCEPTOS BÁSICOS: MUNICIPIO: Es un conjunto de familias que viven en una determinada jurisdicción, que puede ser Provincial, Distrital o Centro Poblado Menor, unidos por lazos de vecindad y que tienen necesidades elementales y aspiraciones comunes. GOBIERNO LOCAL: Es la Unidad Básica Descentralizada de la Organización Política y Administrativa del Estado, a través del cual se brindarán los servicios básicos y elementales, y se promoverá el desarrollo integral de la población. 213 MUNICIPALIDAD: Es el órgano de Gobierno Local, que procede de la voluntad popular, tiene Personería Jurídica de Derecho Público. FONCOMÚN: Es el fondo de compensación municipal transferido por el Consejo Nacional de descentralización a las Municipalidades a su cuenta en el Banco de la Nación. Está constituido por: • Rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal. • Rendimiento del Impuesto al rodaje. • Rendimiento del Impuesto a las embarcaciones de recreo. • El 25% del rendimiento del Impuesto a las apuestas. REGIONALIZACIÓN Y GOBIERNO REGIONAL I. REGIONALIZACIÓN: La regionalización, llamada también Región Político Administrativa, son regiones que se constituyen sobre la base de áreas geográficas contiguas, integradas histórica, económica, administrativa y culturalmente. II. GOBIERNO REGIONAL: Son estructuras político–administrativas efectivamente descentralizadas, constituidas con la finalidad de alcanzar el desarrollo equilibrado del país, buscando la promoción permanente del hombre y de la sociedad. III. ESTRUCTURA BÁSICA DEL GOBIERNO REGIONAL A) EL CONSEJO REGIONAL: Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Lo integra el Presidente Regional, el Vice-Presidente Regional y por los Consejeros de las Provincias de cada Región. (Entre 7 a 25 miembros). B) EL PRESIDENTE REGIONAL: Es el órgano ejecutivo del gobierno regional. El Presidente y Vice-Presidente regional son elegidos por un mandato de 04 años. Su cargo es irrenunciable, pero revocable. C) EL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL: Es un órgano consultivo y de coordinación. Lo conforman los alcaldes provinciales y miembros de la sociedad civil: Universidades, colegios profesionales, sindicatos, asociaciones, Cámaras, Iglesia, otros. IV. OBJETIVOS DE LA REGIONALIZACIÓN: Según el Plan Nacional de Regionalización, los objetivos que se persiguen con la implantación de este sistema son: • Lograr el desarrollo armónico y orgánico de cada una de las regiones que integran el territorio nacional. • Propiciar la participación efectiva de la población de cada región, en la toma de decisiones políticas, económicas y administrativas. • Organizar gobiernos regionales descentralizados, eficaces y eficientes. • Ocupar racionalmente el territorio a fin de impulsar el desarrollo, ejercer la soberanía y apoyar la defensa nacional en caso necesario. 214 ORGANISMOS INTERNACIONALES 1. LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) Es la mayor Organización Internacional existente. Tiene su sede en Nueva York. Es una Organización de Estados Soberanos.Estos Estados se afilian voluntariamente a las Naciones Unidas para colaborar en pro de la paz mundial, promover la amistad entre todas las naciones y apoyar el progreso económico social. Fue fundada el 24 de Octubre de 1945 en San Francisco, California por 51 países, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, con la firma de la Carta de las Naciones Unidas. Actualmente está conformado por 193 estados miembros, prácticamente todos los países soberanos reconocidos internacionalmente, más tres miembros en calidad de observadores: la Ciudad del Vaticano, la Orden Soberana y Militar de Malta y el Estado de Palestina. ESTRUCTURA DE LA ONU Está estructurada en diversos Órganos. Los principales son: a) Asamblea General: es el Órgano principal de las Naciones Unidas. En ella están representados todos los Estados miembros, cada uno con un voto. b) Consejo de Seguridad: encargado de mantener la paz y seguridad entre las Naciones. Puede tomar decisiones (conocidas como “resoluciones”) y obligar a los miembros a cumplirlas. Conformada por quince (15) Naciones, de las que cinco (5) son permanentes (Federación Rusa, República Francesa, Reino Unido, República Popular de China, Estados Unidos) y diez (10) son temporales (Elegidos cada dos años). c) Consejo Económico y Social (ECOSOC): asiste a la Asamblea General, promocionando la cooperación y desarrollo económico y social internacional, recursos humanos y financieros de todo el sistema de las Naciones Unidas. Está integrado por 54 países miembros. d) Secretaría General: Es el Órgano administrativo cuyo titular es la máxima representación diplomática de las Naciones Unidas. Su jefe es el Secretario General, nombrado por la Asamblea General por un periodo de cinco años. e) Consejo de Administración Fiduciaria: constituida en 1945 para supervisar la preparación de los territorios en fideicomiso para su autonomía o la independencia. Suspendió sus operaciones formalmente en 1994 y sólo se celebrarán reuniones cuando sea necesario. f) Corte Internacional de Justicia (CIJ): es el Órgano judicial principal de las Naciones Unidas. Su sede está en La Haya (Holanda). Organismos Especiales de la ONU a. FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI): promueve la estabilidad financiera y la cooperación monetaria internacional. Asimismo, busca facilitar el comercio internacional, promover un empleo elevado, un crecimiento económico sostenible y reducir la pobreza en el mundo entero. Fundado en 1945 y administrado por los 188 países miembros. Su sede es Washington D.C. y su Director es la Francesa Christine Lagarde, desde el 05 de Julio de 2011. b. BANCO MUNDIAL: inicialmente ayudó a reconstruir Europa después de la Segunda Guerra Mundial. Es una fuente de asistencia financiera y técnica para los llamados países en desarrollo. Su propósito es reducir la pobreza mediante préstamos de bajo interés, créditos sin interés a nivel bancario y apoyos económicos a las naciones en desarrollo. Creado en 1944, 215 su sede está en Washington y consta de 188 países miembros. Se convirtió en un grupo, que abarca cinco instituciones de desarrollo estrechamente relacionadas: El BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF – 188 países miembros), la ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF – 172 países miembros), la CORPORACION FINANCIERA INTERNACIONAL (CFI – 184 países miembros), el ORGANISMO MULTILATERAL DE GARANTIA DE INVERSIONES (OMGI – 180 países miembros) y el CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES (CIADI – 158 países miembros). c. ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACION Y LA AGRICULTURA (FAO): sus tres objetivos son Erradicación del hambre, inseguridad alimentaria y malnutrición, Eliminación de la pobreza e Impulso del progreso económico y social para todos; y la Ordenación y utilización sostenibles de los recursos naturales. Su sede es Roma. d. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS): es la autoridad directiva y coordinadora de la acción sanitaria en el sistema de las Naciones Unidas. Responsable de desempeñar una función de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales. Sede en Ginebra, Suiza. e. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT): fundada en 1919. Se ocupa de los asuntos relacionados al trabajo y relaciones laborales. Su sede es en Ginebra, Suiza. f. ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO): fundada en 1945 con el objetivo de contribuir a la paz y a la seguridad en el mundo mediante la educación, la ciencia, la cultura y las comunicaciones. Tiene su sede en París. g. FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA (UNICEF): es un Organismo Permanente dentro del sistema de la ONU que provee ayuda humanitaria y de desarrollo a niños y madres en países en desarrollo. Su sede es Nueva York. 2. ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA): creada en 1948. Es una Organización internacional americanista de ámbito regional y continental. Trabaja para fortalecer la paz, seguridad y consolidar la democracia, promover los derechos humanos, apoyar el desarrollo social y económico y promover el crecimiento sostenible en América. Su sede está en Washington. Actualmente cuenta con 35 países miembros. 3. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID): creada en 1959 con el propósito de financiar proyectos viables de desarrollo económico, social e institucional y promover la integración comercial regional en el área de América Latina y el Caribe. Su objetivo es reducir la pobreza en Latinoamérica y el Caribe y fomentar un crecimiento sostenible y duradero. Sede está en Washington. Los países miembros son 48 (26 prestatarios y 22 no prestatarios). No guarda relación alguna con el FMI ni con el Banco Mundial. 4. UNION ECONOMICA EUROPEA (UEE): es la expresión más avanzada y completa de la integración mundial. Está compuesta por veintiocho Estados europeos. Sede está en Bruselas, Bélgica. 216 5. TRATADO DE LIBRE COMERCIO PARA NORTEAMERICA: acuerdo regional entre los gobiernos de Canadá, Estados Unidos y México para crear una zona de libre comercio. 6. COMUNIDAD ANDINA (CAN): Organismo regional cuyo objetivo es alcanzar un desarrollo integral más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, sudamericana y latinoamericana. Estados miembros: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Estados asociados: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. Venezuela se retiró. 7. MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR): establece la libre circulación de bienes, arancel externo común, política comercial común. Estados miembros: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela. Países asociados: Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú. 8. CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF): su misión es impulsar el desarrollo sostenible, y la integración regional en América Latina, mediante el financiamiento de proyectos en los sectores público y privado, cooperación técnica y otros servicios. Su sede es Caracas, Venezuela. 9. ALIANZA DEL PACÍFICO: es un bloque comercial de ámbito subregional conformado por cuatro países: Chile, Colombia, México y Perú. La propuesta de la alianza latinoamericana se dio a conocer en Lima (Perú) el 28 de abril de 2011 a través de la Declaración de Lima. 217 BIBLIOGRAFÍA BÁSICA • SANTIVÁÑEZ DE OSAMBELA Javier; FUNDAMENTOS DE ECONOMÍA; Editorial “SAN MARCOS”; Primera Edición; Lima – Perú; 2013. • Academia ADUNI; INTRODUCCIÓN A LA ECONOMÍA; Editorial LUMBRERAS, Lima – Perú; 2005. • CUYÁN Peter, AGUILA Guido; ECONOMÍA; Editorial SAN MARCOS; Lima – Perú; 2000. • Academia ADUNI; COMPENDIO DE ECONOMÍA Y EDUCACIÓN CÍVICA; Editorial LUMBRERAS, Lima – Perú; 2013. • Congreso Constituyente Democrático; CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ; 1993; Lima – Perú. • Código Civil Digital; Editorial GACETA JURÍDICA; Quinta Edición; Lima – Perú; 2014. • Congreso de la República del Perú; LEYORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; Ley N° 27972; Lima – Perú; 2003.
Compartir