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DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION. 
DIRECCION PROVINCIAL DE EDUCACION SUPERIOR 
INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN DOCENTE Nº 1 
“Abuelas de Plaza de Mayo” 
URUGUAY 18 AVELLANEDA 
 Provincia. Buenos Aires 4208-2769. 
http://isfd1.bue.infd.edu.ar/sitio/ 
 https://www.facebook.com/isfd001 
_____________________________________________________________________________ 
 
 Carrera: Profesorado de Educación Especial 
 Visuales 
Ciclo Lectivo: 2017-2019 
 Espacio Curricular: Política y legislación referida a la 
 discapacidad visual 
. 
Carga horaria: 32 hs. 
Plan autorizado por Resolución N° 1007/09 
Contenidos 
UNIDAD 1: APROXIMACIÓN AL MARCO LEGAL. 
Concepto de Ley. Concepto de Derecho. Concepto de Norma Jurídica. Clasificación 
del Derecho Positivo. Supremacía Constitucional. 
El derecho a la educación en la Constitución Nacional y en la Constitución 
Provincial . 
La educación como derecho social en la Ley Nacional de Educación 26.206 y en la 
Ley Provincial de Educación 13.688 
Marco General de la Política Curricular de la Provincia de Buenos Aires, 
Reglamento General de las Instituciones educativas: el acto educativo y el rol 
del docente como garante de derechos. 
Convención de los Derechos para las personas con discapacidad 
Bibliografía :
 La Constitución Nacional .Producciones Marwis. 2005 
La Constitución de la provincia de Buenos Aires. Producciones Marwis. 2006 
Ley Nacional de Educación 26.206 
Ley Provincial de Educación 13.688 
Reglamento General de las Instituciones educativas 2012 
PINEAU, P. El EDUCACIÓN COMO DERECHO. (2008 ) Buenos Aires. Movimiento Ed 
Popular, ( Selección de texto)
Ley Nacional Nº 26378 Convención sobre los Derechos de las Personas con 
Discapacidad.
 
Bibliografía de consulta: 
TEDESCO, Juan Carlos. (2007) El Nuevo pacto educativo. Cap II.” La crisis del 
sistema tradicional” Ed. Grupo Anaya. Bs. As. 
EROLES,C ; FIAMBERTI, H (Compiladores) (2012 )Los derechos de las personas 
con discapacidad. ( Análisis de las convenciones internacionales y de la legislación 
vigente que los garantizan. Universidad Buenos Aires. 
EPIFANIO, V. “Conferencia Ciudadanía y Discapacidad (2009) Una visión 
sociopolítica de la experiencia.” Burgos. 
 
 
UNIDAD 2: LAS PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATVAS DERIVADAS DE LA 
DISCAPACIDAD EN EL SISTEMA EDUCATIVO. 
La educación especial , una modalidad del sistema educativo argentino. 
La persona con discapacidad como sujeto de derecho 
Políticas de inclusión con integración. 
Trayectorias educativas integrales 
El enfoque social de la discapacidad, enfoque ecológico. 
 El marco normativo en la concepción del alumno como sujeto de derecho desde la 
modalidad de Educación Especial 
Bibliografía: 
EDUCACION ESPECIAL, una modalidad del sistema Educativo Argentino. 
Orientaciones 1.(2011) Min. De Ed. De la Nación Anexo I 
Resolución 4635/11 “La inclusión de alumnas y alumnos con discapacidad con 
proyectos de integración en la Provincia de Buenos Aires” Dirección de General de 
Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires 
4418/11 Propuesta Curricular para la Formación Laboral en Educación Especial 
(Anexo I) 
Propuesta Curricular para la Formación Integral Adolescentes, Jóvenes y Adultos 
con Discapacidad. ( Anexo II) 
Circular técnica N° 1 (2014)“Trayectorias Escolares de los alumnos con 
necesidades educativas derivadas de la discapacidad” Dir. Ed Esp 
Bibliografía de consulta: 
GARCIA EGEA ,C ;DEMETRIO CASADO PÉREZ. Estrategias para el cambio por 
inclusión de las personas con Discapacidad” 
Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. “Marco 
de la Política Curricular de la Provincia de Buenos Aires.” (2008) 
Resoluciones DGC y E, Dirección de Educación especial. Portal ABC. Ed Especial 
UNESCO “Recomendaciones de la 48° reunión de la Conferencia internacional de 
educación”. Ginebra, (2008) 
FERREIRA, M .Una aproximación sociólogica a la discapacidad desde el modelo 
social: apuntes caracteriológicos . (2008) Revista española de Investigaciones 
sociológicas (REIS) N° 124. 
 
 
UNIDAD 3: LAS PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS DERIVADAS DE 
LA DISCAPACIDAD EN LA SOCIEDAD. 
Leyes especiales que garantizan el acceso a prestaciones básicas que favorecen la 
inclusión social de las personas con discapacidad referidas a: 
Accesibilidad 
Asignaciones familiares, pensiones, jubilaciones 
Automotores y transporte público 
Cobertura de prestaciones médicas y rehabilitación 
Sistema de protección integral de las personas con discapacidad 
Turismo y cultura 
Bibliografía : 
Ley N° 24901 - Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación 
Integral a favor de las personas con discapacidad. 
Decreto N° 1193/98 - Reglamentación de la Ley N° 24.901 
Resolución N° 400/99 – APE 
Resolución Nº 17562/04 - Cobertura del Sistema Único de Prestaciones Básicas 
para Personas con Discapacidad 
 Ley N° 22431 - Sistema de Protección integral de las personas discapacitadas 
Decreto N° 498/83 - Aclaratorias de la reglamentación de la Ley 22431 
Ley 25634 - Modificación de la Ley N° 22.431 
Decreto 2744 - Relacionado con la Ley Provincial 10592 que establece el Régimen 
Jurídico Básico e Integral para las Personas Discapacitadas y su Reglamentación, a 
través del Decreto N° 1149/90 
Decreto N° 795/94 - Reglamentación de la Ley N° 24308 
 
Accesibilidad 
Ley N° 24314 - Accesibilidad al medio físico 
Decreto N° 498/83 - Aclaratorias de la reglamentación de la Ley 22431 
Decreto N° 914/97 - Decreto reglamentario 
 
Asignaciones familiares, pensiones, jubilaciones 
Ley N° 24714 - Asignaciones familiares 
Ley N° 20475 - Jubilaciones y pensiones 
Ley N° 20888 - Jubilaciones y pensiones para afectados de ceguera 
Ley N° 18910- Pensiones a la vejez y por invalidez. 
Ley N° 24310- Pensión graciable y vitalicia 
Decreto 432/97- Pensiones 
 
Automotores y transporte público 
Ley N° 19279 - Régimen especial para compra de automotores 
Ley N° 22499 - Modifica la ley 19.279 
Ley N° 24183 - Modifica la ley 19.279 
Decreto N° 1313/93 - Para la aplicación de la Ley 24.183 
Ley 25644 - Transporte colectivo terrestre de jurisdicción nacional. 
Obligatoriedad de la publicación de frecuencias de las unidades accesibles para personas 
 con movilidad reducida y un número telefónico para consultas. 
 
 
Cobertura de prestaciones médicas y de rehabilitación 
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javascript:ajaxpage('legislacion/automotoresytrasportepublico/dos.htm%20',%20'contenido2');
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Decreto N° 762/97 Creación del Sistema Únicas de Prestaciones Básicas Para Personas con 
Discapacidad 
Ley 23660 - Cobertura obras sociales 
Ley N° 23661 - Sistema Nacional de Seguro de Salud (ANSSAL) 
Ley Nº 24455 - Obras sociales 
Ley N° 24901 - Sistema de Prestaciones Básicas 
Decreto N° 1193/98 - Reglamentación de la Ley N° 24.901 
Resolución N° 400/99 – APE (Administración de Programas Especiales) 
Resolución N° 428/99- Nomenclador de prestaciones. 
Ley 24754 - medicina prepaga 
Resolución Nº 17562/04 - Cobertura del Sistema Único de Prestaciones Básicas 
para Personas con Discapacidad 
 
Recreación, turismo, cultura 
 
Ley N° 25643 – Turismo 
Resolución 1700 – Cultura 
 
Bibliografía de consulta 
 
Reseña de legislación vigente. “Personas con Discapacidad. Honorable Cámara de Diputados 
de la Nación” 
Portal ABC. GESTIÓN PEDAGÓGICA . EDUCACIÓN ESPECIAL. Legislación 
 
Unidad 4: 
 Los organismos gubernamentales garantes del cumplimiento de derechos. 
Funciones de los Organismos gubernamentales nacionales, provinciales y municipales : 
 Convención Nacional Asesora para la Integración de las personas con Discapacidad 
 (CONADI) Consejo Federal de Discapacidad , Consejo Nacional de Coordinaciónde 
Políticas Sociales Consejo Provincial De Discapacidad ( COPRODIS). 
Observatorio de la Discapacidad, Direcciones de discapacidad, juntas evaluadoras. 
Las ONG que trabajan por los derechos de las personas con discapacidad 
Acciones del equipo transdisciplinario que garantizan el cumplimiento de los derechos de 
niños y adolescentes con discapacidad: orientación a las familias en cuanto a gestión de 
 certificados de discapacidad, pases, atención médica y tratamientos. 
Planes y programas emanados de los distintos ministerios a nivel nacional y provinciales. 
Bibliografía : 
Ley N° 23592 – Actos discriminatorios. 
Ley 24657 - Consejo Federal de Discapacidad (creación) 
Decreto 1101/87 - Comisión Nacional Asesora ( creación) 
Comunicación conjunta N°1 /12 Guía de Orientación para la Intervención en Situaciones 
 Conflictivas en el Escenario Escolar 
Carta orgánica de los organismos gubernamentales . 
Disposición 15/03 . “Equipo transdisciplinario: misión, roles y funciones”. Dir. Ed Especial 
Bibliografía de consulta 
 BROGNA, P. “El nuevo paradigma de la discapacidad y el rol de los profesionales de la 
rehabilitación”.(2006) Publicado por El Cisne. Argentina. 
UNESCO, "Informe final de la Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas 
Especiales: Acceso y Calidad", UNESCO y Ministerio de Educación y Ciencia de España, 
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 Madrid, 1995 
 
UNIDAD 5: 
 HACIA UNA VERDADERA INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS 
CON NECESIDADES EDUCATIVAS DERIVADAS DE LA DISCAPACIDAD 
Ley de empleo. Talleres protegidos. Prácticas profesionalizantes , pasantías. 
Leyes que regulan la no discriminación, violencia en distintos ámbitos. Denuncias. 
Leyes Específicas para personas ciegas y ambliopes. Acceso a la cultura tecnológica. 
 Bibliotecas Argentina para ciegos 
Bibliografía: 
Ley N° 24308 - Concesión a personas con discapacidad (pequeños comercios) 
Decreto N° 795/94 - Apruébase la reglamentación de la Ley N° 24308 
Ley N° 24147 - Talleres y grupos laborales protegidos 
Ley N° 23462 - Readaptación profesional y el empleo de Personas Inválidas 
Disposición 7/15 Ed Especial Prácticas Profesionalizantes y pasantías 
Ciegos y ambliopes: 
Ley 13586 Profiláxis del recién nacido. Prevención de ceguera. 
Ley 15402 Creación de la Dirección Nacional editora de Braille 
Ley 20888 Jubilación para Ciegos 
Ley 25682 Uso del Bastón verde 
Resoluc 533 /83 Sistema de protección Integral para discapacitados visuales: 
pases y órdenes oficiales de pasajes, transporte, perros guía 
 
Bibliografía de consulta: 
Reseña de legislación vigente. “Personas con Discapacidad. Honorable Cámara de 
 Diputados de la Nación”

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