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Suspensión del contrato de trabajo El código sustantivo contempla la posibilidad de que el contrato de trabajo sea suspendido, lo que conlleva el cese de la mayoría de las obligaciones del empleador en la medida en que el trabajador no presta sus servicios precisamente por la suspensión del contrato. Causas por las que se suspende el contrato de trabajo: - Suspensión del contrato de trabajo por fuerza mayor o caso fortuito. - Suspensión del contrato de trabajo por muerte o inhabilitación del empleador. - Suspensión del contrato de trabajo por suspensión temporal de las actividades de la empresa. - Suspensión del contrato de trabajo por licencia no remunerada al trabajador. - Suspensión del contrato de trabajo por sanción disciplinaria al trabajador. - Suspensión del contrato de trabajo por prestación del servicio militar del trabajador. - Suspensión del contrato de trabajo por detención preventiva del trabajador. - Suspensión del contrato de trabajo por huelga del trabajador. - Terminación del contrato de trabajo Indemnización por despido injusto La indemnización por despido injustificado se debe pagar cuando al trabajador se le termina el contrato de trabajo sin justa causa, y la liquidación de la indemnización se debe hacer conforme lo señala el artículo 64 del código sustantivo del trabajo. La indemnización por despido sin justa causa depende del tipo de contrato, y del monto del salario del trabajador, de lo que nos ocupamos en las siguientes líneas incluyendo algunos ejemplos. Indemnización moratoria o por falta de pago El empleador que incurre en mora al pagar la liquidación del contrato de trabajo cuando termina, se le impone una sanción moratoria, o más exactamente, una indemnización moratoria por falta de pago oportuno. El artículo 65 del código sustantivo contempla la sanción, o mejor, la indemnización moratoria cuando el empleador no paga la liquidación al trabajador una vez termina el contrato de trabajo. En la misma fecha en que termina el contrato de trabajo, el empleador debe pagar al trabajador los salarios adeudados y su liquidación, y en caso de no hacerlo debe pagar la sanción moratoria. Salario El salario es el pago que recibe un trabajador por los servicios que presta a su empleador, por los que fue contratado. El salario es el nombre que se le da a la remuneración del trabajo desarrollado por una persona en favor del empresario o empleador que lo contrata. En el sentido más estricto, el salario es la denominación que se la da a la remuneración de los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo únicamente, puesto que si se utiliza otra figura contractual se denomina honorarios. Embargo de salario Los salarios y las prestaciones sociales pueden ser objeto embargo por obligaciones incumplidas del trabajador en los casos y con los límites que considera la ley, de acuerdo al artículo 154 y siguientes del CST. El artículo 154 del código sustantivo del trabajo impone por regla general la inembargabilidad del salario mínimo, pero el artículo 156 del mismo código crea dos excepciones en favor de las cooperativas y en caso del pago de pensiones de alimentos. En los anteriores casos se puede embargar hasta el 50% del salario mínimo o de cualquier monto. Cuando el embargo se trate del pago de pensiones de alimentos se puede embargar hasta el 50% del salario sin importar el monto del salario.
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