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Suspensión del contrato de trabajo - David alfonso navarro muñoz

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Suspensión del contrato de trabajo 
El código sustantivo contempla la posibilidad de que el contrato de trabajo sea suspendido, lo que 
conlleva el cese de la mayoría de las obligaciones del empleador en la medida en que el trabajador 
no presta sus servicios precisamente por la suspensión del contrato. 
Causas por las que se suspende el contrato de trabajo: 
- Suspensión del contrato de trabajo por fuerza mayor o caso fortuito. 
- Suspensión del contrato de trabajo por muerte o inhabilitación del empleador. 
- Suspensión del contrato de trabajo por suspensión temporal de las actividades de la 
empresa. 
- Suspensión del contrato de trabajo por licencia no remunerada al trabajador. 
- Suspensión del contrato de trabajo por sanción disciplinaria al trabajador. 
- Suspensión del contrato de trabajo por prestación del servicio militar del trabajador. 
- Suspensión del contrato de trabajo por detención preventiva del trabajador. 
- Suspensión del contrato de trabajo por huelga del trabajador. 
- Terminación del contrato de trabajo 
 
Indemnización por despido injusto 
La indemnización por despido injustificado se debe pagar cuando al trabajador se le termina el 
contrato de trabajo sin justa causa, y la liquidación de la indemnización se debe hacer conforme lo 
señala el artículo 64 del código sustantivo del trabajo. 
La indemnización por despido sin justa causa depende del tipo de contrato, y del monto del salario 
del trabajador, de lo que nos ocupamos en las siguientes líneas incluyendo algunos ejemplos. 
 
Indemnización moratoria o por falta de pago 
El empleador que incurre en mora al pagar la liquidación del contrato de trabajo cuando termina, 
se le impone una sanción moratoria, o más exactamente, una indemnización moratoria por falta 
de pago oportuno. 
El artículo 65 del código sustantivo contempla la sanción, o mejor, la indemnización moratoria 
cuando el empleador no paga la liquidación al trabajador una vez termina el contrato de trabajo. 
En la misma fecha en que termina el contrato de trabajo, el empleador debe pagar al trabajador 
los salarios adeudados y su liquidación, y en caso de no hacerlo debe pagar la sanción moratoria. 
 
 
 
 
Salario 
El salario es el pago que recibe un trabajador por los servicios que presta a su empleador, por los 
que fue contratado. 
El salario es el nombre que se le da a la remuneración del trabajo desarrollado por una persona en 
favor del empresario o empleador que lo contrata. 
En el sentido más estricto, el salario es la denominación que se la da a la remuneración de los 
trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo únicamente, puesto que si se utiliza otra 
figura contractual se denomina honorarios. 
 
Embargo de salario 
Los salarios y las prestaciones sociales pueden ser objeto embargo por obligaciones 
incumplidas del trabajador en los casos y con los límites que considera la ley, de acuerdo 
al artículo 154 y siguientes del CST. 
El artículo 154 del código sustantivo del trabajo impone por regla general la 
inembargabilidad del salario mínimo, pero el artículo 156 del mismo código crea dos 
excepciones en favor de las cooperativas y en caso del pago de pensiones de alimentos. 
En los anteriores casos se puede embargar hasta el 50% del salario mínimo o de cualquier 
monto. 
Cuando el embargo se trate del pago de pensiones de alimentos se puede embargar hasta 
el 50% del salario sin importar el monto del salario.

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