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RÉGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO (FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL) Art. 25 Se encuentra en Art. 26 contiene La declaración de la política económica del estado mexicano La cual refiere La rectoría económica por el estado La existencia y garantía de los sectores productivos Áreas económicas donde pueden participar los sectores publico, privado y social Privado Publico Social Definir actividades de interés publico a) Definir actividades de interés publico b) Fundamentar unificadamente las acciones estatales y las de interés publico c) Proteger los recursos productivos: al sector privado y las libertades individuales d) Fomentar el sector social e) Coordinarse para la planeación, la marcha de la encomia y el desarrollo con estados y municipios identificándose Estratégica Prioritaria Libre Reservada al estado Acuñación de moneda Correos Emisión monetaria Petróleo Minerales radioactivos Energía nuclear y eléctrica Petroquímica Radiotelegrafía Reservada al sector publico Prevé la participación de los otros sectores: Servicio Publico Servicio de Banca y Crédito Contiene el Plan Nacional de Desarrollo Donde Se deciden anticipadamente acciones del gobierno Para lo cual Se fijan objetivos Por medio De la ordenación racional y sistemática de acciones por el ejecutivo federal Para Promover Regular La Actividad Económica Social Cultural Con el propósito de Lograr un desarrollo integral, sustentable e incluyente Resumiéndolo así en un Sistema Nacional de Planeación Democrática
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