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Omar Caro Lozoya Idea Principal PAG Las metáforas como la de las fuentes del Derecho se construyen sobre la base de una analogía en el sentido de una semejanza de relaciones 1021 Explicativo: trata de presentar los fenómenos jurídicos como una especie dentro de los fenómenos sociales y que ha entendido la pregunta por el origen del Derecho en el sentido de las “causas sociales” Justificativo: donde por origen se entiende la fundamentación de la obligatoriedad del derecho. Sistemático: afirma el carácter autónomo de los fenómenos jurídicos. 1022 Sin consenso sobre las fuentes no puede haber una práctica concordante de identificación del derecho, es decir, no puede haber un orden jurídico. 1020 La metáfora de las fuentes se usa, en general, para referirse al origen de algo; lo mismo ocurre en el caso del derecho. 1021 El derecho es un tipo de orden normativo que se autorregula: contiene normas jurídicas que regulan la producción de otras normas jurídicas. 1022 Una diferencia entre el “agua” y el “Derecho” es que la primera no genera controversia teórica alguna, mientras que el segundo si. 1022 La ambigüedad de la metáfora afecta no solo a como hay que entender la palabra “fuente” sino también a la palabra “Derecho”. En ocasiones se usa para referirse al “todo” y en ocasiones para referirse a sus “partes componentes” esto es, a las normas jurídicas. 1023 La idea de la fuente a la idea de la norma aporta dos cosas muy importantes, la primera aportación es que permite identificar el “prohibido fumar” como norma jurídica. La segunda aportación radica en que, al clasificar a las normas por su origen, les atribuye un cierto régimen jurídico. 1024 La idea de fuentes está en el centro del problema de la unidad del derecho. Si tenemos claro este doble papel que juegan las fuentes en relación con las normas jurídicas, estamos en condiciones de entender 2 concepciones de las fuentes que se presentan como opuestas y rivales. 1025 Las fuentes del derecho son el origen de las normas jurídicas. Por fuentes hay que entender los “hechos y actos jurídicos” creadores/generadores de normas jurídicas generales. 1025 El derecho está compuesto por normas generales y abstractas que son el resultado de ciertos “hechos y actos jurídicos”. Esta noción de fuente del derecho se corresponde con la noción de fuentes formales del derecho y proyecta una imagen sistemática del derecho 1025 La manera de concebir las fuentes del derecho implica: 1.- estudiar las fuentes supone determinar el conjunto de “hechos y actos jurídicos” susceptibles de generar normas jurídicas 2.- Todas las normas jurídicas tienen su origen en una fuente. 3.- todo hecho o acto jurídico lo es en virtud de una norma jurídica. 1026 Esta forma de concebir las fuentes del derecho no permite distinguir nítidamente entre normas jurídicas y normas no jurídicas. 1026 El “pensamiento sistemático” pone el acento en el sistema y acaba realizando una selección de problemas, de suerte que los problemas que el sistema no resuelve son apartados y quedan sin resolver. 1027 La teoría de las fuentes ha jugado un papel central dentro del discurso de la teoría del derecho; pues en su tarea de construir un concepto de derecho adecuado para dar cuenta de la práctica y la doctrina jurídica, ha recurrido a la teoría de las fuentes para componer la imagen del derecho. 1027 El origen de las normas, el pedigrí, pasa a ser el criterio esencial para determinar su juridicidad” 1028 Las fuentes del derecho están necesariamente unidas a los valores o principios de certeza, previsibilidad y seguridad, parece que en relación con el problema de la identificación, la concepción de las fuentes desde el sistema es mucho más satisfactoria que la concepción de las “Fuentes desde el caso”. 1028 Omar Caro Lozoya Idea Principal PAG Las metáforas como la de las fuentes del Dere cho se construyen sobre la base de una analogía en el sentido de una semejanza de relaciones 1021 Explicativo : trata de presentar los fenómenos jurídicos como una especie dentro de los fenómenos sociales y que ha entendido la pregunta por el origen del Derecho en el sentido de las “ causas sociales ” Justificativo : donde por origen se entiende la fundamentación de la obligatoriedad del derecho. Sistemático : afirma el carácter autónomo de los fenómenos jurídicos . 1022 Sin consenso sobre las fuentes no puede haber una práctica concordante de identificación del derecho, es decir, no puede haber un orden jurídico . 1020 La metáfora de las fuentes se usa, en general, para referirse al origen de algo; lo mismo ocurre en el caso del derecho. 1021 El derecho es un tipo de orde n normativo que se autorregula: contiene normas jurídicas que regulan la producción de otras normas jur ídicas . 1022 Una diferencia entre el “ agua ” y el “ Derecho ” es que la primera no genera controversia teórica alguna, mientras que el segundo si. 1022 La ambigüedad de la metáfora afecta no solo a como hay que entender la palabra “ fuente ” sino también a la palabra “ Derecho ” . En ocasiones se usa para referirse al “ todo ” y en ocasiones para referirse a sus “ partes componentes ” esto es, a las normas jurídicas . 1023 L a idea de la fuente a la idea de la norma aporta dos cosas muy importantes, la primera aportación es que permite identificar el “ prohibido fumar ” como norma jurídica . La segunda aportación radica en que, al clasificar a las normas por su origen, les atribuye un cierto régimen jurídico . 1024 La idea de fuentes está en el centro del problema de la unidad del derecho. S i tenemos claro este doble papel que juegan las fuentes en relación con las normas jurídicas , estamos en condiciones de entender 2 concepciones de las fuentes que se presentan como opuestas y rivales. 1025 Las fuentes del derecho son el origen de las normas jurídicas . P or fuentes hay que entender los “ hechos y actos jurídicos” creadores/generadores de normas jurídicas generales. 1025 Omar Caro Lozoya Idea Principal PAG Las metáforas como la de las fuentes del Derecho se construyen sobre la base de una analogía en el sentido de una semejanza de relaciones 1021 Explicativo: trata de presentar los fenómenos jurídicos como una especie dentro de los fenómenos sociales y que ha entendido la pregunta por el origen del Derecho en el sentido de las “causas sociales” Justificativo: donde por origen se entiende la fundamentación de la obligatoriedad del derecho. Sistemático: afirma el carácter autónomo de los fenómenos jurídicos. 1022 Sin consenso sobre las fuentes no puede haber una práctica concordante de identificación del derecho, es decir, no puede haber un orden jurídico. 1020 La metáfora de las fuentes se usa, en general, para referirse al origen de algo; lo mismo ocurre en el caso del derecho. 1021 El derecho es un tipo de orden normativo que se autorregula: contiene normas jurídicas que regulan la producción de otras normas jurídicas. 1022 Una diferencia entre el “agua” y el “Derecho” es que la primera no genera controversia teórica alguna, mientras que el segundo si. 1022 La ambigüedad de la metáfora afecta no solo a como hay que entender la palabra “fuente” sino también a la palabra “Derecho”. En ocasiones se usa para referirse al “todo” y en ocasiones para referirse a sus “partes componentes” esto es, a las normas jurídicas. 1023 La idea de la fuente a la idea de la norma aporta dos cosas muy importantes, la primera aportación es que permite identificar el “prohibido fumar” como norma jurídica. La segundaaportación radica en que, al clasificar a las normas por su origen, les atribuye un cierto régimen jurídico. 1024 La idea de fuentes está en el centro del problema de la unidad del derecho. Si tenemos claro este doble papel que juegan las fuentes en relación con las normas jurídicas, estamos en condiciones de entender 2 concepciones de las fuentes que se presentan como opuestas y rivales. 1025 Las fuentes del derecho son el origen de las normas jurídicas. Por fuentes hay que entender los “hechos y actos jurídicos” creadores/generadores de normas jurídicas generales. 1025
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