Logo Studenta

Evidencia 2 UNIDAD 2_Cristopher_Camacho - Cri no Shokan

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN 
LICENCIATURA EN LENGUAJE Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL 
 
 
PROPIEDAD INTELECTUAL 
Ensayo: LPI y su registro de patentes. 
 
 
 
 
 
 
 
 
Nombre: Cristopher Gelacio Camacho Castaño. 
No. Matrícula: 1581755. 
 
Maestra: Dra. Adriana Hernández Loredo. 
Grupo:603. 
 
 
 
 
 
 
 
La propiedad industrial constituye un que adquiere el inventor o descubridor con 
la creación o descubrimiento de cualquier producto relacionado con la industria, y el 
productor, fabricante o comerciante con la creación de signos especiales con los que 
aspira a diferenciar los resultados de sus trabajos de otros similares. En la Ley de 
Propiedad Industrial, las patentes se clasifican de acuerdo con su naturaleza en la 
siguiente manera: 
 
Patentes de invención originaria: superación de las patentes ya otorgadas 
cuyos elementos cumplen sin embargo con los requisitos de una nueva patente, pero 
dependen para su ejecución de un registro anterior que está en vigencia, por lo cual 
requieren del consentimiento de su titular. 
 
Patentes de mejora de invención: como su nombre lo indica, constituyen una 
sino a alguien que desea obtener su protección exclusiva en el país, a los fines de crear 
una nueva industria en el mismo. 
 
Patentes de introducción: estas patentes que son indudablemente las más 
numerosas, tienen como duración lo que falta para que se produzca su extinción en el 
país de origen, sin que el mismo pueda superar los 10 años, esto es, el máximo de tiempo 
acordado para la patente de invención originaria. 
 
Las patentes de dibujos o de modelos industriales, cuya duración es de cinco 
años y versan exclusivamente sobre las creaciones inmateriales basadas en el efecto de 
líneas y/o colores, o en las nuevas formas, destinadas a otorgarle a un objeto conocido 
una apariencia característica. 
 
Marcas comerciales. Se entenderá por marca todo signo perceptible capaz de 
distinguir el mercado, los productos o servicios producidos o comercializados por una 
persona de los productos o servicios idénticos o similares de otra persona. 
 
 
 
 
 
 
La Ley de Propiedad Industrial define marca como todo signo, figura, dibujo, 
palabra o combinación de palabras, leyenda y cualquiera otra señal que revista novedad 
usados por una persona natural para distinguir los artículos que produce, aquellos con 
los comercia o su propia empresa (Art. 27 LPI.). 
Lema Comercial: La Decisión 344 define lema como: "la palabra frase o leyenda, 
utilizada como complemento de una marca". Por su parte la LPI. en su artículo 27 define 
lema como: " la que consiste, en una palabra, frase o leyenda utilizada por un industrial, 
comerciante o agricultor, como complemento de una marca denominación comercial". 
 
Se puede concluir que la Propiedad Industrial Busca proteger los derechos de 
invención y comercial, como garantía a la patentes y marcas, de índole industrial y 
comercial. La propiedad industrial es el derecho que tienen los inventores y comerciantes, 
para resguardar los derechos, producto de su intelecto y producción comercial. 
 
 
Referencias: 
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI_010720.pdf 
https://www.monografias.com/trabajos17/propiedad-industrial/propiedad-industrial.shtml 
https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/mx/mx100es.pdf

Continuar navegando