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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN LICENCIATURA EN LENGUAJE Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL PROPIEDAD INTELECTUAL Ensayo: LPI y su registro de patentes. Nombre: Cristopher Gelacio Camacho Castaño. No. Matrícula: 1581755. Maestra: Dra. Adriana Hernández Loredo. Grupo:603. La propiedad industrial constituye un que adquiere el inventor o descubridor con la creación o descubrimiento de cualquier producto relacionado con la industria, y el productor, fabricante o comerciante con la creación de signos especiales con los que aspira a diferenciar los resultados de sus trabajos de otros similares. En la Ley de Propiedad Industrial, las patentes se clasifican de acuerdo con su naturaleza en la siguiente manera: Patentes de invención originaria: superación de las patentes ya otorgadas cuyos elementos cumplen sin embargo con los requisitos de una nueva patente, pero dependen para su ejecución de un registro anterior que está en vigencia, por lo cual requieren del consentimiento de su titular. Patentes de mejora de invención: como su nombre lo indica, constituyen una sino a alguien que desea obtener su protección exclusiva en el país, a los fines de crear una nueva industria en el mismo. Patentes de introducción: estas patentes que son indudablemente las más numerosas, tienen como duración lo que falta para que se produzca su extinción en el país de origen, sin que el mismo pueda superar los 10 años, esto es, el máximo de tiempo acordado para la patente de invención originaria. Las patentes de dibujos o de modelos industriales, cuya duración es de cinco años y versan exclusivamente sobre las creaciones inmateriales basadas en el efecto de líneas y/o colores, o en las nuevas formas, destinadas a otorgarle a un objeto conocido una apariencia característica. Marcas comerciales. Se entenderá por marca todo signo perceptible capaz de distinguir el mercado, los productos o servicios producidos o comercializados por una persona de los productos o servicios idénticos o similares de otra persona. La Ley de Propiedad Industrial define marca como todo signo, figura, dibujo, palabra o combinación de palabras, leyenda y cualquiera otra señal que revista novedad usados por una persona natural para distinguir los artículos que produce, aquellos con los comercia o su propia empresa (Art. 27 LPI.). Lema Comercial: La Decisión 344 define lema como: "la palabra frase o leyenda, utilizada como complemento de una marca". Por su parte la LPI. en su artículo 27 define lema como: " la que consiste, en una palabra, frase o leyenda utilizada por un industrial, comerciante o agricultor, como complemento de una marca denominación comercial". Se puede concluir que la Propiedad Industrial Busca proteger los derechos de invención y comercial, como garantía a la patentes y marcas, de índole industrial y comercial. La propiedad industrial es el derecho que tienen los inventores y comerciantes, para resguardar los derechos, producto de su intelecto y producción comercial. Referencias: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI_010720.pdf https://www.monografias.com/trabajos17/propiedad-industrial/propiedad-industrial.shtml https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/mx/mx100es.pdf
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