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Contabilidad Tributaria y Laboral Cálculo del Impuesto a la renta de personas naturales de acuerdo a Ley CONÉCTATE01 RENTAS DE TRABAJO (Cuarta y/o Quinta) CONÉCTATE01 • Las Rentas del Trabajo se imputarán al ejercicio gravable en que se perciban. Se considerarán percibidas cuando se encuentren a disposición del beneficiario, aun cuando éste no las haya cobrado en efectivo o en especie, es decir, no se exige la percepción efectiva, sino que basta la disponibilidad a favor del contribuyente. • Tributan con tasas progresivas acumulativas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30%;es decir, a mayor ingreso en el año, mayor será la tasa que resulte a aplicar. Concepto Fuente: freepik.es CONÉCTATE01 • Los pagos mensuales (pagos directos o retenciones) que haya realizado durante el año 2021 son pagos a cuenta del Impuesto Anual, y los podrá utilizar como créditos a fin de aminorar (reducir, descontar) el monto del impuesto que determine en su Declaración Jurada Anual del periodo 2021. IMPORTANTE CONÉCTATE01 Declaración Anual – Renta de Personas Naturales Sin negocio CONÉCTATE01 Declaración Anual – Renta de Personas Naturales Sin negocio CONÉCTATE01 Declaración Anual – Renta de Personas Naturales Sin negocio REFERENCIAS ● SUNAT (2022). Portal de sunat. Recuperado de ● https://renta.sunat.gob.pe/ 04 https://renta.sunat.gob.pe/ ¡Gracias!
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