Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
INTRODUCCIÓN AL DERECHO El Estado Gobierno central Gobierno Regional Gobierno Local Datos/Observaciones Contenido 1. - Estado 2. - Características del Estado Peruano 3. - Contenido Orgánico 4. - Gobierno Central 5. - Gobierno Regional 6. - Gobierno Local 1. El Estado ✓ El Estado es la forma contemporánea de organizar el poder político de una sociedad que vive en un territorio determinado . ✓ El Perú es una república por contraposición a una monarquía : en el Perú todas las altas autoridades políticas del Estado deben cambiar periódicamente o, en todo caso, ser reelegidas periódicamente . 1. El Estado ✓ No hay cargos vitalicios ni por derecho propio de las personas . ✓ Lo característico de una república es que los ciudadanos rotan en el ejercicio del poder público . ✓ En cambio, en una monarquía, el rey y la nobleza que lo acompaña tienen condiciones vitalicias y hereditarias . . 2. Car a cterísticas del Estado Peruano ➢ C omo ya fue mencionado es el encargado de ejercer el poder público tiene cuatro rasgos característicos según nuestra Constitución : En primer lugar es unitario. No hay varios gobiernos centrales sino uno solo, regulado por la Constitución. En segundo lugar , el gobierno del Estado es representativo porque es elegido por los ciudadanos para que decida y ejecute tales decisiones en nombre de los ciudadanos. 2. Car á cterísticas del Estado Peruano En tercer lugar , el gobierno es descentralizado, lo que quiere decir que hay autoridades a diversos niveles del Estado, cada una de las cuales tiene atribuciones que puede ejercer por sí mismas sin autorización de otros. El gobierno se organiza por el principio de separación de poderes, esto significa que cada órgano del Estado tiene atribuciones propias y está sujeto a control de los otros órganos del Estado. 3. El Estado Peruano en su contenido orgánico ➢ El Estado Peruano está compuesto constitucionalmente por : Gobierno central. Gobiernos regionales. Gobiernos locales, órganos constitucionales con funciones específicas, administración pública y empresas del Estado. Las reglas básicas de organización del Estado sirven para estructurar los distintos órganos estatales y sus funciones. 4. El Gobierno Central ➢ Es unitario y descentralizado. Los conceptos de unitario y descentralizado son dos extremos de una tensión: por un lado, existe el gobierno central, que está conformado por el gobierno central y distintos órganos que tienen competencias a escala nacional, como el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema de la República, la Defensoría del Pueblo, y así sucesivamente. Por otro lado, existen gobiernos regionales y locales que también tienen funciones políticas dentro de sus circunscripciones. La idea es que todos estos distintos niveles de gobierno funcionen de acuerdo con sus competencias. 4. El gobierno Central ➢ El Estado republicano peruano inició su vida en 1821 . ➢ A lo largo de los años y de las distintas constituciones, fueron estableciéndose varios órganos constitucionales . Tribunal Constitucional Ministerio Público Defensoría del Pueblo Jurado Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Consejo Nacional de la Magistratura Banco Central de Reserva del Perú Contraloría General de la República Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 4. El Gobierno Central ➢ Los que nos interesan en la relación entre Estado y D erecho, son los siguientes : 4. El Gobierno Central ➢ Todos ellos participan también, ahora, en la separación de poderes con los tres órganos tradicionales ( Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Ejecutivo) . ➢ . 5. Gobierno Regional ➢ Las regiones tienen, entonces, una base territorial y poblacional : son segmentos del territorio nacional que tienen cierta integración social y económica entre sí, de tal manera que puedan sostener y avanzar su desarrollo . 5. Gobierno Regional ➢ Los gobiernos regionales son autónomos en un listado de competencias que se reconocen en el artículo 192 de la Constitución . ➢ Es decir, ninguna autoridad o funcionario del gobierno central o local puede regular estas competencias, otorgadas solo a los gobiernos regionales . 5.1 . Competencias del Gobierno Regional : ➢ El gobierno regional formula el plan de desarrollo regional . ➢ Tiene funciones concretas como regular en materia de pesquería, agricultura, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, comunicación, vialidad, educación, salud y medio ambiente . 5.2 . Los Gobiernos Regionales ➢ Dictan ordenanzas regionales y los presidentes de región dictan decretos regionales. ➢ Estos dispositivos se integran al sistema jurídico nacional como normas generales aplicables dentro del territorio de la respectiva región. ➢ No obstante, en aspectos distintos a las competencias mencionadas, deben ser respetuosos de la legislación nacional. 6. Gobierno Local Los gobiernos locales son las municipalidades provinciales y distritales, que están conformados por los alcaldes y regidores o concejales, según el artículo 194 de la Constitución Política del Perú . 6.1 . Las competencias de los gobiernos locales Son variadas y están referidas cuando menos a la planificación del desarrollo físico de sus territorios y la prestación de servicios públicos esenciales . ✓ Regular el transporte colectivo . ✓ La circulación y el tránsito . ✓ Prestar los servicios públicos de alumbrado y baja policía . ✓ Elaborar las normas sobre zonificación y urbanismo e implementar su cumplimiento . 6.1 . Las competencias de los gobiernos locales ✓ Ocuparse de desarrollar en su territorio la cultura, recreación y actividades deportivas de los vecinos . ✓ Promover el turismo así como la conservación de monumentos arqueológicos e históricos . ✓ Ocuparse de otras tareas de servicio tales como el mantenimiento de cementerios . ✓ Establecimiento de comedores populares al servicio de los vecinos, etc . 6 . 2 . L os gobiernos locales deben dictar normas jurídicas . ➢ Tienen validez en su ámbito territorial . ➢ De estas disposiciones jurídicas municipales, dos tienen especial importancia : • Las ordenanzas municipales • Los decretos de alcaldía 6.2. Los gobiernos locales deben dictar normas jurídicas. Las ordenanzas municipales Los decretos de alcaldía • Son normas jurídicas que emite el Concejo Municipal. Las ordenanzas regulan con autonomía absoluta lo que corresponde a competencia de los gobiernos locales. La Constitución les atribuye rango equivalente al de las leyes, aunque subordinándolas a ellas en lo que no sea competencia privativa de los gobiernos locales. • Que para el ámbito municipal son equivalentes a los decretos que emite el Poder Ejecutivo en el ámbito nacional. Reglamentan las ordenanzas dictadas por su concejo municipal. También están sometidos a las disposiciones nacionales en todos los aspectos que no son competencia de los gobiernos locales. RECORDAR 1. ¿ Qué es el Estado ? …………….. 2. ¿ Quiénes son parte del Gobierno Central ? …………….. 3. ¿ Quiénes son parte del gobierno Regional ? …………….. GRACIAS
Compartir