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Diferencias del iusnaturalismo y el iuspositivismo-1

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Diferencias entre el 
iusnaturalismo y el 
iuspositivismo
Iusnaturalismo 
Justicia 
iuspositivismo
compatible con concepciones 
escépticas o relativistas de la 
justicia y con concepciones 
objetivistas
Justicia
sostiene necesariamente que el 
derecho natural o la justicia sean 
inmutables 
problema está en que la tesis 
según la cual la justicia o el 
derecho natural son mutables
quita que el derecho natural o la 
justicia puedan ser 
simultáneamente y de alguna 
manera universales.
Mal entendidos por parte 
del iuspositivismo
posee una noción de VALIDEZ 
JURÍDICA 
Tesis que la doctrina del derecho 
natural no admite la existencia 
de plurales posiciones respecto a 
los fines de la vida humana
Que el iusnaturalismo salte 
impunemente de juicios de hecho a 
juicios de valor: de ciertas 
afirmaciones fácticas sobre la 
naturaleza humana se deducen 
normas (tesis de la violación de la 
denominada ley de Hume o falacia 
lógica de deducir normas de 
hechos)
Malentendidos sobre el 
iuspositivismo por parte 
del iusnaturalismo
idea que el iuspositivismo lleva 
necesariamente al escepticismo 
ético (tesis del escepticismo)
 tesis que el iuspositivismo sea una 
ideología del carácter 
autojustificatorio del poder político 
(tesis del positivismo ideológico)
 idea según la cual el derecho 
positivo excluye los juicios de valor 
(tesis de la exclusión de los juicios de 
valor)
Definición
Es un criterio que sirve para identificar los 
límites del derecho y la justicia de una 
situación, aunque siga siendo prevalente el 
instituto como establecido por el derecho 
positivo.
Falsa la idea de que el 
Iusnaturalismo no tiene 
Validez Jurídica 
el sentido de que una ley bajo un cierto punto 
de vista (el de su validez jurídica), si injusta, 
puede ser considerada imperfecta, defectuosa o 
viciada bajo otro punto de vista, precisamente 
por su falta de justicia: es ley pero es ley injusta. 
Estas dos cosas pueden convivir 
perfectamente, también en relación al problema 
de la obediencia a la ley, pues ésta es el 
resultado de una valoración complicada y tiene 
que ver con un juicio de conjunto.
Iuspositivismo y con su exigencia principal: definir el 
concepto de derecho sin incluir elementos morales (o tesis 
del iuspositivismo metodológico). Según la doctrina de 
Radbruch, hay una medida insoportable de injusticia más 
allá de la cual la juridicidad desaparece: lo cual quiere 
decir que la justicia es relevante solamente en algunos 
casos, marginales o extremos. 
Tesis
suele ser la tesis de la relación 
entre derecho y moral
Tesis
Afirma la tesis de la 
separación entre derecho y 
moral
Iuspositivistas IMPORTANTES Iusnaturalistas IMPORTANTES
siglos XVII-XVIII. Hobbes, Locke, 
Leibniz, Kant, Pufendorf son 
destacados autores iusnaturalistas. 
Todos ellos comparten un método 
filosófico racional-deductivo con el 
objetivo de reducir el derecho y la 
moral a una ciencia.
Hans Kelsen, Thomas Hobbes y Jeremy 
Brentham.
Diferencia de los Iusnaturalistas 
OBJETIVISTAS 
Diferencia de los Iuspositivistas
Objetivistas
Escépticos
o relativistas, pues la concepción moral de los 
iuspositivistas es cuestión distinta de su 
posición sobre el derecho.
Definición
objeto de estudio el derecho positivo en sí 
mismo, el cual ha sido desarrollado a partir de 
una serie de necesidades y fenómenos 
sociales que deben ser regulados por ley
el plano desde el que realiza la 
crítica al derecho positivo.
(Desde algún punto de la 
JURICIDAD)
la moral/del derecho natural son 
racionales
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