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ENSAYOPRINCIPIOS - Diana Alvarez

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Introducción 
 
Dentro del presente ensayo hemos de hablar acerca de los principios que rigen dentro 
del procedimiento administrativo entre ellos estudiaremos a el Principio de Legalidad, el 
Principio de Eficacia, el Principio de Oficialidad, Principio de Motivación, Principio de 
Igualdad, Principio de Informalismo a favor del administrado, Principio de Economía 
Procesal, Principio de Contradicción, Principio de Publicidad, Principio de Debido 
Proceso, estos los principales que rigen dentro del procedimiento administrativo. 
 Por lo que realizaremos un análisis de cada uno de estos principios en cuanto a su 
cumplimiento y guía dentro del procedimiento administrativo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Desarrollo 
Principios de la administración publica 
Principio de Legalidad 
La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá 
realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho 
ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes. 
Es a esta técnica estructural precisa a los que se llama propiamente principio de 
legalidad de la Administración: ésta está sometida a la Ley, a cuya ejecución limita sus 
posibilidades de actuación. El principio de legalidad de la Administración, con el 
contenido explicado, se expresa en un mecanismo técnico preciso: la legalidad atribuye 
potestades a la Administración, precisamente. La legalidad otorga facultades de 
actuación, definiendo cuidadosamente sus límites, apodera, habilita a la 
Administración para su acción confiriéndola al efecto poderes jurídicos. Toda acción 
administrativa se nos presenta así como ejercicio de un poder atribuido previamente 
por la Ley y por ella delimitado y construido. 
 
Principio de Eficacia 
 
La eficacia es el grado en que se alcanzan los objetivos propuestos o también la 
actuación para cumplir tales objetivos en tanto que la eficiencia significa hacer bien las 
cosas. La eficacia busca el resultado de la acción, la realización efectiva, real, de los 
objetivos deseados o programados. La eficiencia se centra en el logro del resultado de 
la manera más óptima y menos costosa posible. En lo que respecta a la Administración 
Pública, la eficacia orienta el ejercicio de la función administrativa, tanto en lo que 
concierne a la organización de la Administración como en lo atinente a la actuación de 
ésta y sus relaciones con los ciudadanos. Sin olvidar la estrecha conexión que existe 
entre el ámbito organizativo y la actuación administrativa concreta, este artículo se 
centra en la incidencia de la eficacia en el desarrollo externo de la actividad 
administrativa y, consecuentemente, en los derechos e intereses de los administrados. 
Esta eficacia impone un deber de actuación administrativa, a fin de que el correcto 
desarrollo de la misma permita obtener decisiones que, además, de no vulnerar el 
ordenamiento jurídico, sean eficaces. 
Principio de Oficialidad 
El principio de oficialidad es el impulso del procedimiento administrativo se realizará de 
oficio, sin perjuicio del que puedan darle las partes. 
En virtud de este principio incumbe a la autoridad administrativa dirigir el procedimiento 
y ordenar la práctica de cuanto sea conveniente para el esclarecimiento y resolución de 
la cuestión planteada. El principio de oficialidad es el que domina el procedimiento 
administrativo. 
El procedimiento puede ser iniciado de oficio o a petición de parte, la impulsión de este 
corresponde prácticamente en todos los casos a la Administración. Ello es así porque 
en la actuación de los órganos administrativos no debe satisfacerse simplemente un 
interés individual sino también un interés colectivo, y el propio interés de la 
Administración: de ahí que la inacción del administrado no puede determinar 
normalmente la paralización del procedimiento. 
http://www.monografias.com/trabajos13/parde/parde.shtml#que
http://www.monografias.com/trabajos31/servicios-publicos/servicios-publicos.shtml
http://www.monografias.com/trabajos6/dige/dige.shtml#evo
http://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNC
El procedimiento administrativo no puede afirmarse que domine el principio de la 
impulsión procesal de oficio por parte de los órganos estatales, ni tampoco que 
predomine el principio de disposición del proceso por el interesado; a nuestro criterio, el 
principio de la impulsión de oficio es netamente predominante, y sólo por excepción 
puede corresponder dicha impulsión al recurrente o administrado. 
Principio de Motivación 
Consiste en dejar constancia de las auténticas razones por las que la Administración 
adopta la decisión y tiene como fin permitir al destinatario poder enfrentarse y, en su 
caso, combatir ese acto administrativo. Se trata de expresar los motivos que justifican 
el acto administrativo. 
El requisito de la motivación significa que la Administración Pública exprese las razones 
de hecho y de derecho en las que el acto administrativo descansa: con este requisito se 
controla la causa del acto 
Principio de Igualdad 
Es la manifestación de un proceso constitucional que radica en un tratamiento igual para 
situaciones iguales. Proscribiendo a este contexto, discriminaciones de ningún tipo; en 
un sentido amplio en un procedimiento administrativo, todo administrado deberá gozar 
del mismo trato. 
Principio de Informalismo a favor del administrado 
Este principio denominado también “in dubio pro actione” consagra que en aras de la 
mayor garantía y de la interpretación más favorable al ejercicio del derecho de acción 
debe procurarse la superación de obstáculos de índole formal, privilegiando el 
tratamiento de las cuestiones de fondo que permitan la adopción de una resolución final 
Principio de Economía Procesal 
De acuerdo a lo preceptuado por el articulo 75 la Norma Primera el derecho de toda 
persona al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus 
derechos con sujeción a los principios de inmediación y celeridad, guarda plena relación 
con el principio de economía procesal; conforme vimos al inicio del capítulo, el artículo 
169 de la Constitución de la Republica recoge los principios que deben regir el sistema 
procesal, entre los cuales se estatuye el principio de economía procesal que se proyecta 
en los principios de simplificación, eficacia y celeridad. 
Principio de Contradicción 
Implica la garantía de la participación activa de los interesados en el desarrollo de todo 
proceso en el que se ventilan sus derechos e intereses legítimos, lo que desde luego, 
presupone la presencia de los administrados en todas las diligencias que anteceden a 
la emisión de una resolución definitiva, lo que implica primordialmente la práctica de 
pruebas, la formulación de alegaciones, el acceso a los informes, dictámenes y 
actuaciones previos a la emisión del acto administrativo que los afecta así como la 
interposición de recursos. 
 
 
Principio de Publicidad 
Constituye un derecho fundamental al administrado en el procedimiento pues involucra 
el principio de participación democrática del ciudadano respecto al manejo de la cosa 
pública y la rendición de cuentas a la que están sujetos todos los funcionarios que 
ejercen potestades públicas, parafraseando el primer considerando la Ley Orgánica de 
Acceso y Transparencia a la Información Pública. 
Principio de Debido Proceso 
El principio constitucional de la defensa en juicio del debido proceso, es aplicable en el 
procedimiento administrativo. Derivado de este principio surge el derecho a ser oído. 
Según Manuel María Diez (1965), el derecho a ser oído presupone: 
1. Un leal conocimiento de las actuaciones administrativas. 
2. Oportunidad de expresar sus razones ante la emisión del acto administrativo y, desde 
luego también después. 
3. Consideración expresa de sus argumentos y las cuestiones propuestas en cuanto 
sean condicionantes a la solucióndel caso. 
4. obligación de decidir expresamente las peticiones. 
5. Obligación de fundar las decisiones analizando los puntos propuestos por las partes. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fuente de Consulta 
 
 BARQUERO MÉNDEZ José Miguel, “Los principios generales del procedimiento 
administrativo”. Disponible en: 
http://www.binasss.sa.cr/revistas/rjss/juridica10/05-COLAB.htm 
 JARAMILLO ORDOÑEZ Herman y JARAMILLO LUZURIAGA Pablo, “La Justicia 
Administrativa en el Sistema Oral”, Primera Edición, OFFSET GRAFIMUNDO. 
2016. 
 JORGE PRATS Eduardo, “La eficacia en la Actuación de la 
Administración Pública como Garantía de los Derechos de los 
Ciudadanos”. Consejo Editorial. Disponible en: 
http://unpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/icap/unpan03
2267.pdf 
 MADRIGAL ACOSTA Javier, “El Principio de Legalidad en el Derecho Administrativo”. 
Disponible en: http://www.monografias.com/trabajos98/principio-legalidad-
derecho-administrativo/principio-legalidad-derecho-administrativo.shtml 
 Motivación del acto administrativo. Información jurídica Inteligente. Disponible 
en: https://practico-administrativo.es/vid/motivacion-acto-administrativo-
427637334 
 Principios. Principio de Legalidad.2003.Disponible en: 
https://cgrfiles.cgr.go.cr/publico/jaguar/Documentos/contratacion/jurisprudencia/
Tomo5/principios5.htm 
 
http://www.monografias.com/usuario/perfiles/javier_madrigal_acosta
http://www.monografias.com/trabajos98/principio-legalidad-derecho-administrativo/principio-legalidad-derecho-administrativo.shtml
http://www.monografias.com/trabajos98/principio-legalidad-derecho-administrativo/principio-legalidad-derecho-administrativo.shtml

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