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DEMANDA - SEDE NOTARIAL - Fernando Patricio Lema Analuisa

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FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS 
 
DERECHO 
 
CODIGO ORGANICO DE LA FUNCION JUDICIAL 
 
ACTIVIDAD ACADEMICA 
 
TEMA: REALIZAR UNA DEMANDA DE DIVORCIO POR MUTUO 
CONSENTIMIENTO CON SEDE NOTARIAL EN ECUADOR. 
 
ELABORADOR: FERNANDO PATRICIO LEMA 
 
6TO “A” 
 
01/06/2021 
 
El presente trabajo académico en base al código orgánico de la función 
judicial en materia de jurisprudencia tiene como finalidad dar a conocer una 
demanda realizada por divorcio de mutuo consentimiento. Por lo cual se 
detallara un análisis básico a la realización de esta actividad académica. 
Desarrollo 
 
Notaria primera del círculo notarial privado de la empresa legalmente acreditada 
Libertad y justicia independiente 
Calle Rocafuerte y pichincha avenida 9 de octubre. 
Guaranda – Ecuador 
01/06/2021 
Normativa legal 
Ley Notarial 
Artículo 18 numeral: 
22. Tramitar el divorcio por mutuo consentimiento y terminación de la unión de hecho, 
únicamente en los casos en que no existan hijos menores de edad o bajo su dependencia 
según lo previsto en la Ley, y de haber hijos dependientes, cuando su situación en 
relación a tenencia, visitas y alimentos se encuentre resuelta con acta de mediación o 
resolución judicial dictada por Juez competente.” 
 
 
 Dr. Patricio Analuisa 
Señor Notario público: 
En concordancia a lo que establece el art. 142 del código orgánico general de procesos 
cogep, conforme lo expresado en la disposición del art. 107 del código civil; 
comparezco respetuosamente ante su autoridad, con la siguiente demanda de divorcio 
por mutuo consentimiento. 
A petición de mis clientes José Alvares y María Fierro de nacionalidad ecuatoriana, 
servidores públicos y en goce de sus propios derechos reconocidos en la constitución, 
comparezco ante ud señor notario de la ciudad de Guaranda y con el consentimiento de 
mis representados se me otorgue la legalidad en dar efecto a la demanda de divorcio por 
mutuo consentimiento. Ya que se ha respetado los requisitos del debido proceso y se ha 
garantizado el cumplimiento del artículo 18 numeral 22 de la ley notarial de nuestro 
ordenamiento jurídico 
Hechos 
Primero; Los señores José Alvares y María Fierro, actualmente resididos en la 
provincia de bolívar en el cantón Guaranda, contrajeron matrimonio civil el día quince 
(15) de octubre del año dos mil doce (2012) en la ciudad de Guaranda en la zona rural 
de Guanujo perteneciente a la ciudad. Por lo cual mediante este escrito se solicita la 
legalidad en la petición presentada ya que nos hemos amparado en los artículos 107, 
108, 110 del código civil y 334, 335 Y 340 del Código Orgánico General de Procesos 
COGEP y la ley notarial. Por lo cual Solicito que se declare disuelto el vínculo 
matrimonial que une a mis representados. 
Segundo; mis representados por el momento conyugues no pactaron capitulaciones 
matrimoniales y no aportaron bienes propios al matrimonio. 
Tercero; durante el trascurso del matrimonio no hubo procreación de descendientes. 
Peticiones 
Como consecuencia de la anterior declaración sea suspendida la vida en común y 
disuelto el vínculo matrimonial 
 
 
 
Atentamente 
Dr. Fernando Patricio lema 
Abogado Representante 
CI: 0250155124

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