Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS DERECHO CODIGO ORGANICO DE LA FUNCION JUDICIAL ACTIVIDAD ACADEMICA TEMA: REALIZAR UNA DEMANDA DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO CON SEDE NOTARIAL EN ECUADOR. ELABORADOR: FERNANDO PATRICIO LEMA 6TO “A” 01/06/2021 El presente trabajo académico en base al código orgánico de la función judicial en materia de jurisprudencia tiene como finalidad dar a conocer una demanda realizada por divorcio de mutuo consentimiento. Por lo cual se detallara un análisis básico a la realización de esta actividad académica. Desarrollo Notaria primera del círculo notarial privado de la empresa legalmente acreditada Libertad y justicia independiente Calle Rocafuerte y pichincha avenida 9 de octubre. Guaranda – Ecuador 01/06/2021 Normativa legal Ley Notarial Artículo 18 numeral: 22. Tramitar el divorcio por mutuo consentimiento y terminación de la unión de hecho, únicamente en los casos en que no existan hijos menores de edad o bajo su dependencia según lo previsto en la Ley, y de haber hijos dependientes, cuando su situación en relación a tenencia, visitas y alimentos se encuentre resuelta con acta de mediación o resolución judicial dictada por Juez competente.” Dr. Patricio Analuisa Señor Notario público: En concordancia a lo que establece el art. 142 del código orgánico general de procesos cogep, conforme lo expresado en la disposición del art. 107 del código civil; comparezco respetuosamente ante su autoridad, con la siguiente demanda de divorcio por mutuo consentimiento. A petición de mis clientes José Alvares y María Fierro de nacionalidad ecuatoriana, servidores públicos y en goce de sus propios derechos reconocidos en la constitución, comparezco ante ud señor notario de la ciudad de Guaranda y con el consentimiento de mis representados se me otorgue la legalidad en dar efecto a la demanda de divorcio por mutuo consentimiento. Ya que se ha respetado los requisitos del debido proceso y se ha garantizado el cumplimiento del artículo 18 numeral 22 de la ley notarial de nuestro ordenamiento jurídico Hechos Primero; Los señores José Alvares y María Fierro, actualmente resididos en la provincia de bolívar en el cantón Guaranda, contrajeron matrimonio civil el día quince (15) de octubre del año dos mil doce (2012) en la ciudad de Guaranda en la zona rural de Guanujo perteneciente a la ciudad. Por lo cual mediante este escrito se solicita la legalidad en la petición presentada ya que nos hemos amparado en los artículos 107, 108, 110 del código civil y 334, 335 Y 340 del Código Orgánico General de Procesos COGEP y la ley notarial. Por lo cual Solicito que se declare disuelto el vínculo matrimonial que une a mis representados. Segundo; mis representados por el momento conyugues no pactaron capitulaciones matrimoniales y no aportaron bienes propios al matrimonio. Tercero; durante el trascurso del matrimonio no hubo procreación de descendientes. Peticiones Como consecuencia de la anterior declaración sea suspendida la vida en común y disuelto el vínculo matrimonial Atentamente Dr. Fernando Patricio lema Abogado Representante CI: 0250155124
Compartir