Logo Studenta

Obligaciones tributarias y laborales - Ximena Alcivar

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

O B L I G A C I O N E S TRIBUTARIAS Y 
L A B O R A L E S
R E F L E X I O NA :
 ¿ P o r q u é l a i n e q u i d a d e n l a 
fijación de la remuneración entre 
un grupo de trabajadores es una 
de las causas que inciden en el 
bajo rendimiento del personas en 
la empresa?
¿QU É D E B E M O S S A B E R S O B R E L O S SALARIOS?
SALARI O BÁSI CO U N I F I C A D O
Es el ingreso mínimo que recibe un trabajador como derecho a la 
labor desempeñada durante un mes; cabe resaltar que este ingreso 
mínimo es ajustado por el Ministerio del trabajo de forma anual. Por 
ejemplo, para el año 2021 se ha establecido un salario básico 
equivalente a 400 dólares.
SALARIO D I G N O
E l sa lar io digno m e n s u a l es e l que cubra a l menos l a s 
necesidades básicas de la persona trabajadora así como las 
de su familia , y corresponde al costo de la canasta básica 
familiar dividido para el número de perceptores del hogar. E l 
costo d e l a c a n a s t a b á s i c a f a m i l i a r y e l n ú m e r o d e 
perceptores del hogar serán determinados por el organismo 
rector de las estadísticas y censos nacionales oficiales del 
p a í s , de m a n e ra a n u a l , lo c u a l servirá de base p a ra l a 
determinación del salario digno establecido por el Ministerio 
del Trabajo
H O R A S E X T R A S
http://www.trabajo.gob.ec/wp- 
content/uploads/downloads/2012/11/C%C3%B3digo-de-Tabajo- 
PDF.pdf
http://www.trabajo.gob.ec/wp-
H O R A S E X T R A S
E n el artículo 47 del Código del Trabajo de Ecuador se 
habla de la duración de la jornada regular de trabajo:
“ L a jornada m á x i m a de trabajo será de ocho horas 
diarias , de manera que no exceda de cuarenta horas 
semanales, salvo disposición de la ley en contrario”.
Este tiempo máximo se reduce si eres menor de edad. 
E n dicho caso, el trabajo no puede exceder de 6 horas 
diarias y 5 días a la semana.
Jornada diurna y nocturna
Las horas diurnas son las que se comprenden entre las 
6:00 y las 19:00 horas.
Por tanto, las horas nocturnas , son las que van desde
las 19:00 del día anterior hasta las 6:00 del día siguiente. 
Estas últimas se pagan con un 25% de recargo.
Por ejemplo, si tu hora diurna se paga a US$2.00 para 
agregar el recargo de nocturnidad, debes multiplicar dicha 
cifra por 1.25:
US$2.00 x 1.25 = US$2.50
Ahora bien, fuera de la jornada regular de trabajo, la Ley 
contempla el pago de horas suplementarias u horas 
extras, como también se les conoce.
Estas no pueden ser más de 4 cada día, ni de 12 a la 
semana.
Si, por ejemplo, trabajaste 4 horas extras diarias de lunes 
a miércoles, el jueves y viernes ya no se permiten más.
Pues ya has acumulado el total de 12 en la semana.

Continuar navegando