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LEY DE LA CONCENTRACIÓN 
Esta ley es como consecuencia a la anterior, el capitalista obtiene un 
incremento de su capital que origina desigualdad social económica por la 
concentración del capital hacia un sector minoritario. 
Algunas empresas debido a la competencia entre ellos no pueden solventar el 
nivel de crecimiento y en muchos casos llegan a desaparecer. 
CÓDIGO DE TRABAJO 
El código de trabajo determina lo siguiente: 
C
Ó
D
IG
O
 D
E
 T
R
A
B
A
JO
 
Determina relaciones 
de producción 
Vacaciones 
Sueldos 
Bonificaciones 
Sanciones 
Seguro social 
Caracteriza sistema 
político y jurídico 
Las relaciones de producción 
mejoramiento y al cambio de 
se modifican de acuerdo al 
la sociedad, son determinadas 
constante 
por las 
correspondientes leyes de trabajo, en este caso el Código de trabajo. 
CÓDIGO DE TRABAJO 
En Ecuador existe la normativa que expresa las 
relaciones laborales entre trabajador y empleador que 
es el Código de Trabajo donde incluyen y regulan 
derechos y obligaciones de patronos y trabajadores. 
• Trabajador es la persona natural que presta sus 
servicios personales, sean intelectuales y/o 
materiales. 
• Empleador o empresario es la persona natural o 
jurídica, de cualquier clase, por cuenta u orden de la 
cual se ejecuta la obra o presta el servicio. 
• Empresa es toda organización del trabajo, capital y 
cualquier otro factor para la producción de servicios 
y/o bienes 
DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN 
VACACIONES 
La información relacionada con los días de vacaciones laborales en Ecuador está descrito en el 
artículo 69 del Código del Trabajo. En este se establece el número de días de descanso que tienen 
los trabajadores así como otros detalles de este derecho. 
• Vacaciones anuales.- Todo trabajador tendrá derecho a gozar anualmente de un período 
ininterrumpido de quince días de descanso, incluidos los días no laborables. Los trabajadores 
que hubieren prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa o al mismo 
empleador, tendrán derecho a gozar adicionalmente de un día de vacaciones por cada uno de 
los años excedentes o recibirán en dinero la remuneración correspondiente a los días 
excedentes. 
• El trabajador recibirá por adelantado la remuneración correspondiente al período de 
vacaciones. Los trabajadores menores de dieciséis años tendrán derecho a veinte días de 
vacaciones y los mayores de dieciséis y menores de dieciocho, lo tendrán a dieciocho días de 
vacaciones anuales. 
• Los días de vacaciones adicionales por antigüedad no excederán de quince, salvo que las partes, 
mediante contrato individual o colectivo, convinieren en ampliar tal beneficio. 
DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN 
SUELDOS 
Tal como lo determina el Art. 328 de la Constitución de la 
República del Ecuador: “La remuneración será justa, con un 
salario digno que cubra al menos las necesidades básicas de la 
persona trabajadora, así como las de su familia; será 
inembargable, salvo para el pago de pensiones por alimentos. 
• El Estado fijará y revisará anualmente el salario básico 
establecido en la ley, de aplicación general y obligatoria. 
• El pago de remuneraciones se dará en los plazos 
convenidos y no podrá ser disminuido ni descontado, salvo 
con autorización expresa de la persona trabajadora y de 
acuerdo con la ley. 
• Lo que el empleador deba a las trabajadoras y 
trabajadores, por cualquier concepto, constituye crédito 
privilegiado de primera clase, con preferencia aun a los 
hipotecarios…” 
DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN 
BONIFICACIONES 
Los beneficios sociales son los beneficios que reciben los trabajadores bajo 
relación de dependencia que también son de carácter obligatorio que van 
más allá de las remuneraciones normales y periódicas que reciben por su 
trabajo. 
• Décimo Tercero o bono navideño comprende a la doceava parte del total 
de sueldos recibido durante el año cancelados hasta el 24 de diciembre 
• Décimo Cuarto o bono escolar es un beneficio pagado consiste en un 
Salario Básico Unificado vigentes a la fecha de pago, que será pagada hasta 
el 15 de marzo Región Costa e Insular, y hasta el 15 de agosto Región 
Sierra y Amazonia. Estos beneficios pueden ser cancelados de manera 
mensual previa a presentación de carta por el empleado 
• Fondos de Reservas percibido después de 13 meses de labor 
correspondiente al 8.33% del sueldo 
• Compensación salario digno 
• Pago utilidades si la empresa genero utilidades está obligada a entregar a 
sus empleados el 15% de la ganancia del ejercicio impositivo 
DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN 
SANCIONES 
• Art. 627.- Sanciones previa audiencia del infractor.- Las sanciones 
y multas que impongan las autoridades del trabajo deberán constar en 
acta, en la cual se indicarán los motivos que determinaron la pena. En 
todo caso, antes de imponerlas, se oirá al infractor. 
• Art. 628.- Caso de violación de las normas del Código del 
Trabajo.- Las violaciones de las normas de este Código, serán 
sancionadas en la forma prescrita en los artículos pertinentes y, cuando 
no se haya fijado sanción especial, el Director Regional del Trabajo podrá 
imponer multas de hasta doscientos dólares de los Estados Unidos de 
América, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 95 del Código de la 
Niñez y Adolescencia. 
• Los jueces y los inspectores del trabajo podrán imponer multas hasta de 
cincuenta dólares de los Estados Unidos de América. 
• Para la aplicación de las multas, se tomarán en cuenta las circunstancias y 
la gravedad de la infracción, así como la capacidad económica del 
trasgresor. 
DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN 
SEGURO SOCIAL

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