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LEY DE LA CONCENTRACIÓN Esta ley es como consecuencia a la anterior, el capitalista obtiene un incremento de su capital que origina desigualdad social económica por la concentración del capital hacia un sector minoritario. Algunas empresas debido a la competencia entre ellos no pueden solventar el nivel de crecimiento y en muchos casos llegan a desaparecer. CÓDIGO DE TRABAJO El código de trabajo determina lo siguiente: C Ó D IG O D E T R A B A JO Determina relaciones de producción Vacaciones Sueldos Bonificaciones Sanciones Seguro social Caracteriza sistema político y jurídico Las relaciones de producción mejoramiento y al cambio de se modifican de acuerdo al la sociedad, son determinadas constante por las correspondientes leyes de trabajo, en este caso el Código de trabajo. CÓDIGO DE TRABAJO En Ecuador existe la normativa que expresa las relaciones laborales entre trabajador y empleador que es el Código de Trabajo donde incluyen y regulan derechos y obligaciones de patronos y trabajadores. • Trabajador es la persona natural que presta sus servicios personales, sean intelectuales y/o materiales. • Empleador o empresario es la persona natural o jurídica, de cualquier clase, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra o presta el servicio. • Empresa es toda organización del trabajo, capital y cualquier otro factor para la producción de servicios y/o bienes DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN VACACIONES La información relacionada con los días de vacaciones laborales en Ecuador está descrito en el artículo 69 del Código del Trabajo. En este se establece el número de días de descanso que tienen los trabajadores así como otros detalles de este derecho. • Vacaciones anuales.- Todo trabajador tendrá derecho a gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de descanso, incluidos los días no laborables. Los trabajadores que hubieren prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa o al mismo empleador, tendrán derecho a gozar adicionalmente de un día de vacaciones por cada uno de los años excedentes o recibirán en dinero la remuneración correspondiente a los días excedentes. • El trabajador recibirá por adelantado la remuneración correspondiente al período de vacaciones. Los trabajadores menores de dieciséis años tendrán derecho a veinte días de vacaciones y los mayores de dieciséis y menores de dieciocho, lo tendrán a dieciocho días de vacaciones anuales. • Los días de vacaciones adicionales por antigüedad no excederán de quince, salvo que las partes, mediante contrato individual o colectivo, convinieren en ampliar tal beneficio. DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN SUELDOS Tal como lo determina el Art. 328 de la Constitución de la República del Ecuador: “La remuneración será justa, con un salario digno que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora, así como las de su familia; será inembargable, salvo para el pago de pensiones por alimentos. • El Estado fijará y revisará anualmente el salario básico establecido en la ley, de aplicación general y obligatoria. • El pago de remuneraciones se dará en los plazos convenidos y no podrá ser disminuido ni descontado, salvo con autorización expresa de la persona trabajadora y de acuerdo con la ley. • Lo que el empleador deba a las trabajadoras y trabajadores, por cualquier concepto, constituye crédito privilegiado de primera clase, con preferencia aun a los hipotecarios…” DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN BONIFICACIONES Los beneficios sociales son los beneficios que reciben los trabajadores bajo relación de dependencia que también son de carácter obligatorio que van más allá de las remuneraciones normales y periódicas que reciben por su trabajo. • Décimo Tercero o bono navideño comprende a la doceava parte del total de sueldos recibido durante el año cancelados hasta el 24 de diciembre • Décimo Cuarto o bono escolar es un beneficio pagado consiste en un Salario Básico Unificado vigentes a la fecha de pago, que será pagada hasta el 15 de marzo Región Costa e Insular, y hasta el 15 de agosto Región Sierra y Amazonia. Estos beneficios pueden ser cancelados de manera mensual previa a presentación de carta por el empleado • Fondos de Reservas percibido después de 13 meses de labor correspondiente al 8.33% del sueldo • Compensación salario digno • Pago utilidades si la empresa genero utilidades está obligada a entregar a sus empleados el 15% de la ganancia del ejercicio impositivo DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN SANCIONES • Art. 627.- Sanciones previa audiencia del infractor.- Las sanciones y multas que impongan las autoridades del trabajo deberán constar en acta, en la cual se indicarán los motivos que determinaron la pena. En todo caso, antes de imponerlas, se oirá al infractor. • Art. 628.- Caso de violación de las normas del Código del Trabajo.- Las violaciones de las normas de este Código, serán sancionadas en la forma prescrita en los artículos pertinentes y, cuando no se haya fijado sanción especial, el Director Regional del Trabajo podrá imponer multas de hasta doscientos dólares de los Estados Unidos de América, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 95 del Código de la Niñez y Adolescencia. • Los jueces y los inspectores del trabajo podrán imponer multas hasta de cincuenta dólares de los Estados Unidos de América. • Para la aplicación de las multas, se tomarán en cuenta las circunstancias y la gravedad de la infracción, así como la capacidad económica del trasgresor. DETERMINAN RELACIONES DE PRODUCCIÓN SEGURO SOCIAL