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Procesos Constitucionales LADY VIDAL NARVAEZ

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Procesos Constitucionales 
La acción de habeas corpus: Es una garantía constitucional, que procede ante el hecho u 
omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la 
libertad individual o los derechos constitucionales conexos. 
¿Qué protege? 
Es una garantía constitucional que tiene por objetivo proteger la libertad y la vida de cualquier 
persona. Esta institución se utiliza para evitar arrestos y detenciones arbitrarias. 
La acción de amparo: Es un proceso cuya finalidad es la tutela del contenido esencial de los 
derechos fundamentales del bloque constitucional: derechos de origen constitucional, así como 
los de fuente internacional, de configuración legal y jurisprudencial, y los derechos 
fundamentales implícitos del artículo 3 de la Constitución. 
¿Qué protege? 
Según el artículo 200 inciso 2 de la Constitución de 1993, es un instituto procesal que tiene por 
finalidad proteger los derechos fundamentales no protegidos por el hábeas corpus, el hábeas 
data ni el proceso de cumplimiento. Se constituye en el principal mecanismo de tutela de los 
derechos constitucionales. 
La acción de hábeas data: Es aquel proceso constitucional que tiene por finalidad tutelar dos 
derechos específicos: El derecho de acceso a la información pública y el derecho a la 
autodeterminación informativa. 
¿Qué protege? 
Busca proteger el derecho a la autodeterminación informativa, según el inciso 6 del artículo 2 
de la Constitución; el cual toda persona tiene derecho a que los servicios informáticos, 
computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la 
intimidad personal y familiar. También protege el derecho al acceso a la información pública 
que tiene todo ciudadano según el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución; el cual toda persona 
tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de 
cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. 
 
 
La acción de inconstitucionalidad: Es un proceso constitucional de carácter autónomo que se 
tramita en instancia única ante el TC. Cumple tres roles: pacifica, ordena y valora los conflictos 
que se presentan cuando las normas legales son incompatibles con la Constitución. 
¿Qué protege? 
Procede contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de 
urgencia, tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y 
ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo. 
La acción popular: Es un proceso constitucional autónomo que se resuelve de manera exclusiva 
ante el Poder Judicial. Su finalidad es controlar la validez constitucional de los reglamentos 
emitidos por cualquier autoridad pública. 
¿Qué protege? 
Busca proteger los derechos e intereses constitucionales en cuanto se relacionan con el 
patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el 
ambiente, la libre competencia y otros de similar naturaleza. 
La acción de cumplimiento: Es un proceso constitucional que tiene por objeto inmediato que 
los jueces ordenen a las autoridades y funcionarios públicos que cumplan con los mandatos que 
se derivan de una norma de rango legal o reglamentario. 
¿Qué protege? 
Tiene por finalidad proteger el derecho fundamental a asegurar y exigir la eficacia de las normas 
legales y actos administrativos, frente a los actos omisivos de los funcionarios y autoridades 
públicas. Según los artículos 3: cláusula de derechos no enumerados. Artículo 43: Cláusula del 
Estado social y democrático de derecho. Artículo 45: Origen y límites del ejercicio del poder de 
la Constitución.

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