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Teoría - Capítulo 1

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CAPÍTULO I: 
ESQUEMA DE LOS COMPONENTES DEL PATRIMONIO: 
 
A- FUENTES DEL ORDENAMIENTO: 
 
a) Características básicas que determinan la ubicación de los 
componentes: 
 
Si entendemos a la contabilidad como una disciplina que se encarga de brindar 
información acerca del patrimonio de las organizaciones y sus variaciones, la que 
resulta útil a los distintos tipos de usuarios para la toma de decisiones y para el 
control, será de suma importancia comenzar esta obra acudiendo a conceptos que 
a lo largo de la misma nos encargaremos de ampliar y desarrollar con mayor 
profundidad y grado de detalle. 
 
Si decimos que la información que brinda la contabilidad está relacionada al 
patrimonio de las organizaciones será importante analizar qué entendemos por 
patrimonio. El patrimonio comprende el conjunto de bienes y derechos 
pertenecientes a una persona (física o jurídica) a disposición inmediata o diferida, 
así como las cargas que los gravan. 
 
 La primera parte de la definición hace referencia a los elementos positivos del 
patrimonio, a los que por tradición denominamos ACTIVO y la segunda parte de la 
misma alude a los elementos negativos llamados PASIVO. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Por lo expuesto precedentemente, el ACTIVO es el conjunto de bienes 
económicos ligados al titular del patrimonio por derechos que realmente puedan 
ejercerse, de propiedad; (comúnmente llamados bienes propiamente dichos) o de 
exigir su propiedad a terceros (habitualmente denominados derechos a cobrar) y 
por fundadas expectativas favorables de su ingreso al Patrimonio en un futuro 
(denominados activos intangibles). 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ACTIVO PASIVO 
P 
N A T 
I 
O M I R 
O 
ACTIVO 
INTANGIBLES 
DERECHOS A COBRAR 
BIENES ECONÓMICOS 
 
Por su parte, el PASIVO, es el conjunto de obligaciones ciertas, determinadas 
(comúnmente denominadas deudas), obligaciones ciertas determinables 
(denominadas provisiones) y obligaciones inciertas o contingentes (llamadas 
previsiones). 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El PATRIMONIO NETO, finalmente es la parte del Patrimonio que pertenece a 
los propietarios, es decir el excedente del activo, una vez deducidos los pasivos. 
 
Si además recordamos la igualdad contable estática, en la que: 
 
 
 
O bien: 
 
 
 
 
Por tratarse del momento inicial en la vida del ente, en el que el único 
componente del patrimonio neto es la primera inversión realizada por los socios 
fundadores. 
 
 Posteriormente, al comenzar a desarrollar las actividades para las que fue 
creada la organización, empieza a realizar una serie de operaciones y 
transacciones que variarán tanto la composición cualitativa como la cuantía de cada 
uno de los términos de la igualdad. 
 
Es por ello que como consecuencia de lo antedicho se originan los 
RESULTADOS ACUMULADOS, que serán el nuevo componente del patrimonio 
neto. 
 
Si los mismos son POSITIVOS, representarán una nueva posibilidad de 
financiamiento de la organización, denominada “interna”, pues los recursos 
provienen de la reinversión de las ganancias generadas por el mismo ente. 
 
Esta forma de financiamiento se contrapone a la denominada financiación 
“externa” que proviene de terceros ajenos a la organización y que en la igualdad 
contable queda representada a través del pasivo. 
 
Si los resultados son NEGATIVOS, permanecerán en el patrimonio neto hasta 
poder ser absorbidos con reservas o con futuros resultados positivos. 
PASIVO 
OBLIGACIONES 
DETERMINADAS 
OBLIGACIONES 
INCIERTAS O 
CONTINGENTES 
OBLIGACIONES 
CIERTAS 
PROVISIONES OBLIGACIONES 
DETERMINABLES 
DEUDAS 
PREVISIONES 
A - P = PN 
 
A - P = C 
 
 
 Pasaremos a continuación, a analizar con mayor grado de detalle cada uno de 
los componentes en que se pueden desagregar las variables de la igualdad 
contable, siguiendo siempre los conceptos utilizados por la normativa vigente a 
nivel nacional e internacional en materia de exposición. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
b) Partidas corrientes y no corrientes: 
 
Según la Resolución Técnica N° 8 de la Federación Argentina de Consejos 
Profesionales en Ciencias Económicas los activos y pasivos se clasifican en 
corrientes y no corrientes en base al plazo de un año, computado desde la fecha de 
cierre del período al que se refieren los estados contables. 
 
 Según esta resolución técnica, los ACTIVOS se clasifican en CORRIENTES si se 
espera que se conviertan en dinero o equivalente en el plazo de un año, computado 
desde la fecha de cierre del período al que se refieren los estados contables o si ya 
lo son a esa fecha. 
 
Por lo tanto, y siguiendo la misma resolución, los ACTIVOS NO CORRIENTES, 
serán todos aquellos activos que no puedan ser clasificados como corrientes de 
acuerdo con lo indicado en el párrafo anterior. 
 
Respecto de los PASIVOS, el criterio utilizado para clasificarlos en corrientes o no 
corrientes no será su posibilidad de generar egresos de efectivo o equivalentes en el 
plazo de un año. Sería muy fácil decidir no pagar ninguna deuda en el próximo 
ejercicio y con ello todo nuestro pasivo se transformaría en no corriente, mostrando 
de ese modo una mejor situación financiera a los usuarios de la información 
contable. 
 
Por lo tanto el criterio a utilizar para clasificar a un PASIVO como CORRIENTE va a 
ser que su vencimiento o exigibilidad opere dentro de los doce meses siguientes a la 
fecha de cierre de ejercicio. 
 
También serán considerados PASIVOS NO CORRIENTES, aquellos que no 
puedan ser clasificados como corrientes de acuerdo a lo indicado en el párrafo 
anterior. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PATRIMONIO 
NETO 
RESULTADOS 
ACUMULADOS 
APORTES DE LOS 
PROPIETARIOS 
ACTIVOS 
CORRIENTES 
NO CORRIENTES 
CORRIENTES 
NO CORRIENTES 
PASIVOS 
 
 
Las Normas Internacionales de Información Financiera definen a un activo como 
corriente cuando: 
 
a) Se espera realizar el activo, o se tiene la 
intención de venderlo o consumirlo en su 
ciclo normal de operación; 
b) Se mantiene el activo principalmente con 
fines de negociación; 
c) Se espera realizar el activo dentro de los doce 
meses siguientes después del período sobre el 
que se informa; o 
d) el activo es efectivo o equivalente al efectivo 
a menos que éste se encuentre restringido y no 
pueda ser intercambiado ni utilizado para 
cancelar un pasivo por un ejercicio mínimo de 
doce meses después del período sobre el que 
se informa. 
 
Una entidad clasificará todos los demás activos como no corrientes. 
 
También, las normas internacionales consideran pasivo corriente cuando: 
a) se espera liquidar el pasivo en su ciclo normal de operación; 
b) mantiene el pasivo principalmente con el propósito de negociar; 
c) el pasivo debe liquidarse dentro de los doce meses siguientes a la fecha del 
período sobre el que se informa; o 
d) la entidad no tiene un derecho incondicional para aplazar la cancelación del 
pasivo durante, al menos, los doce meses siguientes a la fecha del período sobre 
el que se informa. 
 
Una entidad clasificará todos los demás pasivos como no corrientes. 
 
 
a) Partidas ordinarias y extraordinarias: 
 
Siguiendo a la RT N°8 de la FACPCE las partidas de resultados se clasifican en 
resultados ordinarios y resultados extraordinarios. 
 
Son RESULTADOS ORDINARIOS todos los resultados del ente acaecidos durante 
el ejercicio, excepto los resultados extraordinarios. 
 
Los RESULTADOS EXTRAORDINARIOS comprenden a los resultados atípicos y 
excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y 
de comportamiento similar esperado para el futuro, y los generados por factores 
ajenos a las decisiones propias del ente.EXTRAORDINARIOS ORDINARIOS 
RESULTADO
 
 
B- ESQUEMA BÁSICO DE CLASIFICACIÓN: 
 
1- ACTIVO. 
 
A continuación comenzaremos a desagregar en sus distintos componentes al 
activo, para poder llegar a trabajar con unidades más específicas que nos brinden 
información concreta acerca de las variaciones que se producen en algún 
componente particular del mismo y de este modo poder tomar decisiones respecto 
de cada elemento en forma individual. 
 
 Si recordamos la clasificación de cuentas según su extensión, veremos que el 
activo corresponde al grupo de las denominadas cuentas recompuestas. Ahora 
pasaremos a trabajar con las cuentas compuestas o también llamadas rubros. 
 
 
a) Caja y Bancos: 
 
 A-1 CONCEPTO: 
 
Siguiendo con la normativa de exposición vigente 
en nuestro país y emanada de la Federación 
Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias 
Económicas, tanto la Resolución Técnica N° 9 que 
alcanza a los entes comerciales, industriales y de 
servicios, excepto entidades financieras y de 
seguros; como la Resolución Técnica N° 11 para 
entes sin fines de lucro, establecen que un activo 
será considerado perteneciente al rubro Caja y 
Bancos, cuando se trate de dinero en efectivo 
existente en cajas y bancos del país y del exterior y 
otros con poder cancelatorio y liquidez similar. 
Si analizamos con detenimiento esta definición, comprenderemos que este rubro 
incluye los activos más líquidos. El dinero en efectivo es uno de los que cumple con 
esta condición, pero también comprende a todos aquellos activos que sean 
fácilmente convertibles en dinero en el menor plazo posible. 
 
 
 
A-2 REQUISITOS: 
 
Si intentamos fijar los requisitos que debe cumplir un activo para ser considerado 
integrante del rubro mencionaremos tres: 
 
1- LIQUIDEZ: Es decir que sean efectivo o puedan convertirse fácilmente en él. 
 
2- PODER CANCELATORIO O EFECTIVIDAD: Implica que puedan ser utilizados 
para cancelar obligaciones y el acreedor esté obligado a aceptarlos como 
medio de pago. 
 
3- CERTEZA: Que posea un valor absoluto fijo e inamovible. 
 
Es necesario que un activo cumpla simultáneamente con los tres requisitos para 
ser considerado un integrante del rubro caja y bancos. La ausencia de solo uno de 
ellos, dará lugar a clasificar al mismo como cualquier otro componente del activo 
excepto caja y bancos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A-3 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
Formarán parte de este rubro, entre otros: 
 
 Dinero en efectivo. 
 Cheques corrientes. 
 Saldos a favor en cuentas corrientes bancarias. 
 Moneda extranjera. 
 Otros con liquidez y poder cancelatorio similar. 
 
Respecto del dinero en efectivo resulta importante aclarar que se trata de la 
moneda de curso legal vigente en el país al momento al que se refieren los estados 
contables, incluyendo monedas y billetes en poder de la empresa, ubicadas en un 
lugar físico habitualmente denominado caja, generalmente situado en el local del 
negocio, o en los diferentes locales si tuviera sucursales. También podrían 
encontrarse en alguna caja de seguridad en el local o en alguna entidad bancaria. 
 
Respecto de los cheques, haremos una clasificación que consideramos oportuna: 
 
 
a) Según la fecha de emisión 
 
 Cheques Corrientes: Son aquellos en los que la fecha de emisión es igual o 
anterior (en un plazo que no supere al mes) a la fecha en que el ente recibe el 
comprobante. 
 
 Cheques de pago diferido: Son aquellos que poseen dos fechas, una la de 
emisión y otra la de pago. Los mismos no pueden presentarse al cobro antes 
de la fecha fijada para este último acto. Este requisito resulta una limitación a 
la liquidez, por lo que los mismos no se incluirán en el rubro Caja y Bancos. 
 
 
 
b) Según el lugar de emisión 
 
Digresión: El término plaza, proviene de las primeras transacciones bancarias que 
se realizaban en los bancos de las plazas, por parte de los prestamistas que se 
apostaban en estos lugares en la edad media. 
 
 Cheques de plaza: Son aquellos en los que el domicilio del banco contra el 
que se libró el cheque coincide con el domicilio del ente. 
 
 
REQUISITOS 
 Liquidez 
 
 
 Poder cancelatorio 
 
 
 Certeza 
 Cheques de otras plazas: Son aquellos en los que el domicilio del banco 
contra el que se libró el cheque no coincide con el domicilio del ente, por lo 
tanto no tienen poder cancelatorio. Solo si se cuenta con la aceptación por 
parte de quien recibe el pago, pueden utilizarse como medio de cancelación de 
obligaciones. 
 
Quien recibe un cheque librado sobre un banco o una sucursal que se encuentra 
en otra localidad, para cobrarlo se verá obligado a: 
 
1- Trasladarse hacia la sucursal que figura en el comprobante como lugar de pago, 
y allí cobrarlo, con los costos de transporte que ello implica y la pérdida de 
tiempo. 
2- Endosarlo a otra persona, debiendo mediar la aceptación por parte de la misma 
de las condiciones establecidas. (ver capítulo movimiento de fondos). 
3- Depositarlo en un Banco como valor al cobro y esperar el plazo que la entidad 
fija para ser acreditado en su cuenta. (ver capítulo movimiento de fondos). 
4- Negociarlo en una entidad bancaria, corriendo el riesgo de ser rechazado 
posteriormente. (Ver capítulo movimiento de fondos). 
 
Por todo lo precedente, estos cheques carecen de liquidez inmediata y poder 
cancelatorio, de manera que formarán parte del rubro créditos, hasta el momento en 
que se tornen líquidos. 
 
En conclusión, solo los cheques corrientes y de plaza formarán parte del rubro caja 
y bancos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Respecto de los saldos a favor en cuentas corrientes bancarias, se trata de 
fondos disponibles en entidades bancarias, que tienen libre disponibilidad para 
extracciones o que permiten efectuar pagos mediante la emisión de cheques. 
Cualquier otro tipo de depósito que tenga limitaciones en el tiempo o en monto, como 
es el caso de las cajas de ahorro y los plazos fijos, no podrá formar parte del rubro 
caja y bancos por no cumplir con el requisito de liquidez. 
 
CORRIENTES 
DE PAGO DIFERIDO 
SEGÚN EL LUGAR DE 
EMISIÓN 
SEGÚN LA FECHA 
DE EMISIÓN 
CLASIFICACIÓN 
DE LOS 
CHEQUES 
DE PLAZA 
DE OTRAS PLAZAS 
En cuanto a la moneda extranjera, solo podrá formar parte del rubro caja y 
bancos si la intención de su tenencia es la de ser utilizada como medio de pago. Si, 
por el contrario, el motivo de su tenencia radica en la posibilidad de beneficiarse con 
una diferencia de cambio, la ubicación de la misma corresponderá al rubro 
inversiones que analizaremos más adelante. 
En realidad la ubicación de la moneda extranjera en caja y bancos genera algunas 
controversias, pues si nos apegamos al cumplimiento de los requisitos que 
analizamos en los párrafos anteriores, tanto el de poder cancelatorio como el de 
certeza estarían sometidos a discusión. 
 El de poder cancelatorio, pues ningún sujeto está obligado a aceptarla como 
medio de pago, hecho que sí ocurre con la moneda de curso legal. 
Respecto de la certeza, es cuestionable si una moneda que está sujeta a 
fluctuaciones diarias en su cotización respecto de la moneda local, puede cumplir 
con este requisito. 
 
 
 
b) Créditos 
 
B-1 CONCEPTO: 
 
Siguiendo con los conceptos de la Resolución 
Técnica N° 9 de la FACPCE, son los derechos que el 
ente posee contra terceros para percibir sumas de 
dinero, u otros bienes o servicios (siempre que no 
respondan a las características de otros rubros del 
activo). Los créditos por ventas de los bienes y 
servicios correspondientes a las actividades 
habituales del ente deben discriminarse de los que no 
tengan ese origen. Las Normas internacionales de Información financiera establecen 
que se desagregarán las cuentas por cobrar en importes por cobrar de clientes 
comerciales, de partes relacionadas, anticipos y otros importes. 
 
 
B-2 CLASIFICACIÓNY ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
De la definición antes indicada del rubro surgen dos clasificaciones del mismo: 
 
B-2-1 Según el origen de los créditos: 
 
B-2-1-1 Créditos por Ventas: Se originan en la venta de bienes y servicios 
producto de la actividad habitual del ente. Por ejemplo deudores por ventas, 
deudores morosos, documentos a cobrar, etc. 
 
B-2-1-2 Otros créditos: Se originan en otras actividades complementarias de la 
actividad principal. Por ejemplo Deudores Varios, Saldo a favor IVA, Asignaciones 
Familiares a Compensar, Alquileres a Cobrar, Dividendos a cobrar, etc. 
 
B-2-2 Según la contraprestación a recibir: 
 
B-2-2-1 Créditos a cobrar en dinero: Son aquellos en los que existe el derecho a 
percibir una suma de dinero. Por ejemplo Deudores por ventas, Deudores varios, 
Documentos a cobrar, etc. 
 
B-2-2-2 Créditos a cobrar en especie: Son aquellos en los que existe el derecho 
a recibir la entrega de un bien. Por ejemplo los Anticipos a Proveedores, Señas 
Adquisición Inmuebles, Anticipos por compra de Bienes de uso, etc. 
 
B-2-2-3 Créditos a cobrar en servicios: Son aquellos en los que existe un 
derecho a recibir la prestación de un servicio determinado. Por ejemplo: Seguros 
Anticipados, Publicidad Anticipada, Alquileres Negativos Anticipados, Anticipos de 
Sueldos, etc. 
 
 OTRAS CLASIFICACIONES UTILES: 
 
B-2-3 Según la documentación interviniente al contratar: 
 
B-2-3-1 Documentados: Son aquellos en los que el derecho surge de la 
existencia de un pagaré que expresa la promesa de pago. Ejemplo Documentos a 
Cobrar. 
 
B-2-3-2 No documentados: Si bien toda transacción tiene un documento 
comercial que la respalda, en este caso es la sola factura de compraventa en 
cuenta corriente la que demuestra la existencia del derecho del ente a su cobro. 
Ejemplo, Deudores por ventas. 
 
B-2-4 Según si ha operado o no el vencimiento para el cobro: 
 
B-2-4-1 Créditos no exigibles: Son aquellos que tienen una fecha de vencimiento 
posterior a aquella a la que hacen referencia los estados contables. Por ejemplo: 
Deudores por Ventas, Documentos a Cobrar, etc. 
 
B-2-4-2 Créditos exigibles: Son aquellos que tienen fecha de vencimiento anterior 
a la que se refieren los estados contables, por lo tanto se encuentran en mora para 
el cobro. Por ejemplo: Deudores Morosos, Deudores en Gestión Judicial, 
Documentos a Cobrar Vencidos, Documentos a Cobrar en Gestión Judicial, etc. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CLASIFICACIÓN 
DE LOS 
CRÉDITOS 
SEGÚN EL ORIGEN 
SEGÚN LA FECHA DE 
VENCIMIENTO 
SEGÚN LA 
DOCUMENTACIÓN 
INTERVINIENTE 
SEGÚN LA 
CONTRAPRESTACIÓN 
A RECIBIR 
 Créditos por ventas 
 
 Otros créditos 
 A cobrar en dinero 
 A cobrar en especie 
 A cobrar en servicios 
 Documentados 
 
 No documentados 
 Exigibles 
 
 No exigibles 
b) Inversiones: 
 
C-1 CONCEPTO: 
Según la R.T. N° 9 de la FACPCE, las 
Inversiones son las realizadas con el 
ánimo de obtener una renta u otro 
beneficio, explícito o implícito, y que no 
forman parte de los activos dedicados a la 
actividad principal del ente, y las 
colocaciones efectuadas en otros entes. 
 
Si analizamos minuciosamente la 
definición, podemos distinguir que los 
motivos por los cuales el ente destinará 
fondos excedentes para colocarlos en 
otras actividades, pueden ser más amplios de lo que comúnmente se cree. A saber: 
 
a) Para obtener una renta: Es el más habitual de los propósitos de estas 
colocaciones. Por ejemplo al comprar un inmueble para alquiler, acciones de 
otros entes para la obtención de dividendos, títulos públicos, etc. 
 
b) Para obtener otro tipo de beneficios: Muchas veces el motivo que lleva a 
invertir en una colocación de fondos excedentes puede no ser la mera 
búsqueda de una renta sino algún interés que, como menciona la norma, de 
manera implícita o explicita beneficiará al ente. Por ejemplo si se adquieren 
acciones de una empresa con la que el ente se encuentra integrado 
verticalmente (puede que sea su único proveedor de materias primas o su 
único cliente en el mercado) y la cantidad de acciones en su poder le permita 
incidir en las decisiones del ente emisor. Aún cuando la renta sea baja, el 
objetivo será controlar al otro ente y así asegurar el futuro de nuestra empresa. 
Otro ejemplo, podría ser adquirir un inmueble lindero a nuestra fábrica para 
evitar un juicio por ruidos molestos, aunque no se tenga intenciones de 
alquilarlo. 
 
C-2 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
Comprende las siguientes colocaciones: 
 
 Acciones de otras empresas: Son partes del capital de otras empresas. Al 
adquirirlas, el ente se transforma en accionista y por lo tanto en propietario 
proporcional del capital del ente emisor. La renta que producen se denomina 
dividendo y solo existirá en el caso en que la sociedad obtenga utilidades. Si 
pertenecieran a una empresa que cotiza en bolsa podrá beneficiarse además 
con una diferencia de cotización positiva. 
 
 Títulos Públicos: Son partes de la deuda pública del Estado. Al adquirirlos el 
ente se transforma en acreedor del Estado. La renta que producen se 
denomina interés y también pueden generar una diferencia de cotización 
positiva pues se transan en la bolsa de valores. 
 
 Obligaciones Negociables: Son partes de la deuda de empresas privadas, 
que de esta manera buscan financiamiento externo. Al adquirirlas el ente se 
transforma en acreedor de la empresa emisora. La renta que producen se 
denomina interés y también pueden generar una diferencia de cotización 
positiva si cotizan en la bolsa de valores. 
 
 Depósitos a plazo fijo: Son colocaciones de fondos en entidades financieras 
que inmovilizan el capital invertido por un período determinado. La renta que 
producen se denomina interés. 
 
 Muebles e Inmuebles de alquiler: Puede tratarse de muebles o inmuebles 
adquiridos especialmente para ser alquilados o que son cedidos en épocas 
ociosas de la actividad principal del ente. La renta que producen se denomina 
alquiler o arrendamiento si se tratara de un inmueble rural. 
 
 Préstamos a terceros: Se trata de financiación otorgada a terceros que 
interactúan habitualmente con el ente, como es el caso de préstamos 
otorgados a clientes, empleados o socios del ente. La renta que otorgan se 
denomina interés. 
 
 Moneda extranjera: Se trata de la adquisición de moneda de otros países con 
el ánimo de favorecerse con la renta que en este caso es la diferencia de 
cambio. 
 
 
c) Bienes de cambio: 
 
D-1 CONCEPTO: 
 
Según lo define la Resolución Técnica N°9 
son los bienes destinados a la venta en el 
curso habitual de la actividad del ente o que 
se encuentran en proceso de producción 
para dicha venta o que resultan 
generalmente consumidos en la producción 
de los bienes o servicios que se destinan a 
la venta, así como los anticipos a proveedores por la compra de estos bienes. 
 
Del análisis de este concepto podemos indicar que los bienes de cambio son 
bienes económicos de propiedad del ente, que están destinados a ser 
comercializados como parte de la actividad que constituye el objeto principal de su 
creación. 
 
Decimos que son bienes económicos, porque precisamente esa deberá ser una 
de las características primordiales para que se lo considere integrante del rubro 
bienes de cambio, es decir que tengan un valor de transacción en el mercado en el 
que habitualmente interactúa el ente. 
 
Según la R.T.11 de la FACPCE, se los denomina BIENES PARA CONSUMO O 
COMERCIALIZACIÓN, definiéndolos de la siguiente manera: Son los bienes 
destinados a la venta o al consumo en el curso habitual de la actividad del ente, 
así como los anticipos a proveedores por las compras de estos bienes. 
 
Se deberá prever la distinción de sus componentes en: 
a) existencias de bienes para consumo interno,; 
b) existencias de bienes de cambio para su comercialización. 
 
 Las Normas Internacionalesde Información Financiera denominan a este rubro 
como Inventarios, exigiendo su desagregación en mercaderías, materias primas, 
materiales, productos en curso y productos terminados. 
 
 
 
D-2 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
De la definición anterior se desprende que se consideran Bienes de cambio: 
 
a) Mercaderías de Reventa: Para el caso de las empresas comerciales que se 
encargan de vender los bienes de cambio en el mismo estado en que fueron 
adquiridos, sin ser sometidos a algún proceso de transformación. 
 
Es importante destacar que cuando hablamos de transformación, estamos 
haciendo referencia a un proceso de fabricación de otros bienes diferentes de los 
adquiridos por el ente inicialmente. Sin embargo, si la mercadería es sometida a un 
proceso de fraccionamiento, pero sin perder las características y propiedades 
químicas originales, se seguirá tratando de una mercadería de reventa. 
 
b) Materias Primas: Existirán en el caso de empresas industriales, en las que el 
insumo que se adquiere a los proveedores es sometido a un proceso de 
transformación para convertirlo en un bien distinto del adquirido. 
 
c) Productos en proceso: Son aquellos que no han culminado, a la fecha a la que 
se refieren los estados contables, su transformación en los bienes definitivos que 
produce el ente. Pueden encontrarse en distintos grados de avance, por lo cual 
requeriremos información de los ingenieros de la planta, a los efectos de poder 
asignarles un valor determinado a fecha de cierre del período. 
 
d) Productos elaborados: Son aquellos bienes que habitualmente produce el 
ente, que han culminado el proceso de producción y por lo tanto se encuentran 
listos para la venta. 
 
e) Bienes que se consumen en la producción de otros bienes y servicios que 
se destinan a la venta: Son aquellos que, tal como el título expresa, no son el 
objeto de la venta, pero indirectamente permiten que el bien o servicio principal 
pueda comercializarse. Por ejemplo los envases, envoltorios especiales, obsequios 
adicionales por promociones, productos que se entregan con la prestación de 
cualquier servicio, etc. 
 
f) Anticipos a proveedores por compra de estos bienes: La ubicación de los 
anticipos a proveedores en bienes de cambio genera algún tipo de controversia 
doctrinaria entre diferentes autores de nuestra disciplina. Por un lado, como ya lo 
desarrolláramos en el rubro créditos, los anticipos por la compra de cualquier activo, 
son un derecho a recibir el bien por el cual se entregó una seña. Es decir que 
jurídicamente son un derecho a recibir en especies. Pero, por otro lado, por 
razones de exposición (tema que define precisamente la R.T N° 9 de la FACPCE), 
se los exhibe en el rubro al que anticipan. Esta es una innovación introducida por 
esta resolución, pues antes de entrar en vigencia la misma, se los exponía en el 
rubro créditos. 
 
 
e) Bienes de uso: 
 
E-1 CONCEPTO: 
 
Según la R.T. N° 9 de la FACPCE son 
aquellos bienes tangibles destinados a 
ser utilizados en la actividad principal del 
ente y no a la venta habitual, incluyendo 
a los que están en construcción, tránsito 
o montaje y los anticipos a proveedores por compras de estos bienes. 
 
Los bienes afectados a locación o arrendamiento se incluyen en inversiones, 
excepto en el caso de entes cuya actividad principal sea la mencionada. 
 
Si analizamos minuciosamente este concepto podremos encontrar los requisitos 
para que un bien del activo sea considerado perteneciente al rubro Bienes de uso: 
 
a) Bienes tangibles: Este requisito genera alguna controversia doctrinaria, 
originada quizás en que la definición haya quedado un poco antigua respecto de los 
avances tecnológicos. Fowler Newton habla de la existencia de Bienes de Uso 
Tangibles (BUT), que son los que tradicionalmente conocemos y Bienes de Uso 
Intangibles (BUI), como por ejemplo el software que utilizan todas las empresas 
hoy, cualquiera sea su tamaño, y que parece plantear una necesidad de 
reformulación de este requisito. En este caso los soportes como CDs, 
computadoras, etc. son tangibles, pero el software es sin dudas un bien de uso 
intangible. 
 
b) Destinados a ser utilizados en la actividad principal del ente y no a la venta 
habitual: En esta parte, se pone énfasis en que su función dentro del ente, es la de 
ser usados y no vendidos. Si bien en algún momento podrán ser vendidos para 
ser reemplazados por otros más nuevos o más avanzados tecnológicamente, no es 
el propósito que motivó la compra de los mismos. Es decir que, son bienes que con 
su actuación en el ente, contribuyen directa o indirectamente a que se pueda 
cumplir con el objeto principal del mismo. 
 
c) Incluyendo los que se encuentran en construcción, tránsito o montaje: Del 
mismo modo que en los Bienes de Cambio, se consideraban a los que se 
encontraban en proceso de producción, aquí tendremos en cuenta a los bienes de 
uso que a la fecha a la que se refieren los estados contables, aún no se encuentran 
terminados y prestando servicios, pero que lo harán en próximos ejercicios. 
 
d) Los anticipos a proveedores por compra de estos bienes: Según lo 
analizáramos para los Bienes de Cambio, si bien son derechos a recibir el bien de 
uso por el cual se entregó una seña, se los expondrá en el rubro al que anticipan. 
 
e) Se excluyen del rubro a los bienes que se destinan a locación o 
arrendamiento, por ser el motivo de su tenencia en el activo, la obtención de una 
renta y no el uso. Por lo tanto, se los ubicará en el rubro Inversiones como ya 
hemos analizado. Para la última parte del párrafo en el que hace referencia a 
exceptuar a aquellos entes cuya actividad principal sea la mencionada, se 
refiere a aquellos que deberán ubicar a estos bienes en el rubro Bienes de cambio. 
 
f) Un requisito que es, a nuestro entender, muy importante respecto de los bienes 
de uso y que sin embargo no está mencionado expresamente en la definición, es 
que los mismos deben tener una vida útil estimada superior al año. En efecto, la 
intención del ente al adquirir un bien de uso debe ser que estos bienes 
permanezcan prestando servicios en el mismo por un plazo mayor a un año. 
 
En realidad, la estimación de la vida útil de un bien de uso está cargada de 
mucha subjetividad y las predicciones respecto del futuro son aleatorias. 
 
Podemos tener, al adquirirlo, la intención de que preste servicios por una 
determinada cantidad de años, pero al cabo de unos meses puede sufrir un 
desperfecto y tenemos que darlo de baja. De todos modos, mientras estuvo en el 
activo fue considerado un bien de uso. Esta característica hace que los bienes de 
uso estén sometidos a una constante pérdida de valor por el uso habitual, el 
desgaste que provoca el mero transcurso del tiempo y por los avances tecnológicos 
que en algunos casos los tornan obsoletos. 
 
Todos estos temas así como la forma contable de reflejar esa pérdida de valor, 
serán analizados más adelante, en el capítulo dedicado a las bajas de bienes de 
uso y en el que tratemos el tema de las amortizaciones. 
 
Las Normas Internacionales de Información Financiera denominan a este rubro 
como Propiedades, Planta y Equipo, denominación que nos parece mucho más 
acotada que la genérica de Bienes de uso propia de nuestras normas. 
 
 E-2 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
 Los elementos componentes de este rubro variarán según el tipo de actividad 
que desarrolla el ente. No serán los mismos bienes de uso los que necesite para 
funcionar una empresa comercial, que los que necesite una industrial, una 
agropecuaria o una de servicios. Es por ello que intentaremos mencionar algunos 
ejemplos que abarquen a casi todas las actividades: 
 
 Terrenos Baldíos. 
 Inmuebles 
 Inmuebles en construcción. 
 Maquinarias 
 Maquinarias en Tránsito. 
 Maquinarias en Montaje. 
 Muebles y Útiles. 
 Rodados 
 Instalaciones 
 Equipos Informáticos. 
 Campos 
 Reproductores. 
 Molinos y aguadas. 
 Aeronaves.Buques, etc. 
 
 
e) Activos intangibles: 
 
F-1 CONCEPTO: 
 
Según las R.T. 9 y 11 de la FACPCE son aquellos 
representativos de franquicias, privilegios u otros 
similares, incluyendo los anticipos por su adquisición, que 
no son bienes tangibles ni derechos contra terceros, y 
que expresan un valor cuya existencia depende de la 
posibilidad futura de producir ingresos. 
 
Si analizamos la definición precedente entenderemos 
que, cuando se menciona a representativos de 
franquicias, privilegios u otros similares, se está 
refiriendo a algún título, contrato o documento que avalen la existencia de esos 
privilegios. La ausencia de los mismos impedirá su inclusión en el activo, pues daría 
lugar a pensarlo como un activo intangible autogenerado y la normativa vigente no lo 
permite. 
 
Que no son bienes tangibles, esto implicaría que si fueran tangibles podrían 
ubicarse como bienes de cambio o bienes de uso, según el caso, aclaración que 
parece ser sobreabundante. 
 
Ni derechos contra terceros, pues daría lugar a ser incluidos en el rubro 
créditos. 
 
Que expresan un valor cuya existencia depende de la posibilidad futura de 
producir ingresos. Consideramos que en realidad este último párrafo es común a 
todos los elementos componentes del activo, pues es una condición fundamental 
para asegurar la permanencia de cualquier bien o derecho dentro del mismo, el 
hecho de que en el futuro, genere por si solo o contribuya indirectamente a generar 
ingresos. En el momento en que desaparece esta posibilidad, deberán ser dados de 
baja y figurar como un quebranto de ese ejercicio. 
 
F-2 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
La misma definición de la resolución técnica incluye en un segundo párrafo una 
nada taxativa enumeración de los elementos componentes, indicando que entre 
otros, son activos intangibles los Derechos de propiedad intelectual, Patentes, 
marcas, licencias, etc. Gastos de organización y preoperativos, gastos de desarrollo. 
 
Decimos que esta enumeración no es nada taxativa, porque al indicar “entre 
otros”, está queriendo manifestar que además de los que aquí se enuncian, pueden 
existir otros activos que sean factibles de encuadrarse como intangibles. 
 
A esta definición, le estarían faltando incorporar por ejemplo las concesiones, la 
llave de negocio (si bien se la considera como un rubro independiente, pero a los 
efectos de su estudio nosotros la incorporaremos en esta sección), las franquicias y 
licencias. 
 
Intentaremos pues definir algunos de ellos para luego poder clasificarlos: 
 
F-2-1 Marcas de fábrica: 
Estará representada por un nombre de fantasía, un logo, colores especiales, tipos 
de letra, gráficos y otros elementos semióticos que logran que el consumidor 
identifique al producto. 
 
 Para que una marca pueda aparecer formando parte del activo, es necesario que 
la misma se encuentre debidamente inscripta en el Registro Nacional pertinente a 
nombre del ente que la explota. Esta inscripción dará derecho al uso exclusivo de la 
misma y a asegurarse los ingresos que la marca genere en el futuro. 
 
F-2-2 Patentes de invención: 
Representa un derecho otorgado a un inventor, descubridor de algún elemento, 
procedimiento o fórmula, de explotar con exclusividad los frutos que la misma genere 
en períodos futuros. 
 
 Para que la patente pueda aparecer formando parte del activo, es necesario que 
esté inscripta en el Registro Nacional pertinente. 
 
La regulación de los derechos de explotación está a cargo de leyes especiales, las 
que en la mayoría de los casos, otorgan la facultad de explotar en forma exclusiva 
los derechos por una determinada cantidad de años, para luego pasar a ser del 
dominio público y sus beneficios, para toda la comunidad. 
 
F-2-3 Derechos de propiedad intelectual: 
Representa un derecho otorgado a un autor de una obra literaria, musical, 
pictórica, escultórica, teatral, etc. de explotar con exclusividad los frutos que la misma 
genere en períodos futuros. 
 
 Para que estos derechos formen parte del activo es necesario que las obras se 
encuentren debidamente inscriptas en el Registro Nacional pertinente. 
 
La regulación de los derechos le compete a las leyes especiales, las que 
otorgarán la explotación en forma exclusiva por una determinada cantidad de años, 
para luego de ellos pasar a ser del dominio público. Por ejemplo, las obras 
musicales de Mozart o Beethoven hoy pertenecen a la comunidad y sus 
descendientes no pueden reclamar los derechos de autor respectivos. 
 
F-2-4 Concesiones y franquicias: 
Representa un derecho otorgado a un ente, que ha celebrado un contrato 
mediante el cual ha adquirido la posibilidad de explotar, en forma exclusiva, un 
servicio determinado o comercializar un determinado producto. 
 
Generalmente el contrato se encarga de estipular las condiciones bajo las cuales 
se desarrollará la actividad, incluyendo en algunos casos hasta cláusulas vinculadas 
con el diseño del local de atención al público, el equipamiento, los procesos 
productivos y comerciales a seguir, la capacitación y estética del personal y su 
vinculación con el medio. 
 
 Por ejemplo en el caso de las concesiones podemos hablar de aquellas que se 
otorgan a diferentes entes para la explotación de obras públicas, rutas, servicios 
públicos como la limpieza, el mantenimiento de edificios, etc. 
 
Para las franquicias podemos señalar el caso de los lavaderos automáticos, 
ciertas hamburgueserías, cafés, panaderías o negocios de indumentaria, que 
parecen clonados cuando uno ingresa a cada uno de ellos. 
 
F-2-5 Llave de Negocio: 
Existen distintas definiciones de este intangible tan particular. Algunos autores 
señalan que es el valor actual de las superutilidades futuras más probables. 
 
También se la considera como un conjunto de elementos intangibles relacionados 
con un negocio en marcha, entre los que podemos destacar el nombre, la reputación, 
una localización favorable y accesible del negocio, su capacidad de administración, 
la calidad de los productos que comercializa, la demanda que posee de sus 
consumidores, precios accesibles, buenas relaciones con sus trabajadores y 
empleados, buen trato con los clientes, etc. 
 
Todos estos elementos le otorgan ventajas comparativas al ente respecto de otros 
del mismo segmento del mercado. Por esta razón, en el momento de la adquisición, 
el comprador estaría dispuesto a abonar por el mismo una suma mayor a la que sus 
estados contables indican como Patrimonio Neto. 
 
Entonces nos preguntamos: 
¿Por qué un empresario está dispuesto a pagar por un ente una suma mayor que 
la que reflejan los estados contables? 
 
La respuesta está en que no solo considera que está adquiriendo un activo neto 
de sus pasivos, sino que está adquiriendo además todos estos elementos intangibles 
que forman parte de la llave de negocio y que como no pueden autogenerarse, no 
figuran en el activo del ente que se adquiere. 
Solo quien ha reconocido al antiguo propietario del ente, un valor por la llave y por 
lo tanto ha abonado un precio por ella, podrá incorporarla de ahí en adelante al activo 
de la misma. 
 
F-2-6 Gastos de Constitución, organización y reorganización: 
Su inclusión dentro de los activos intangibles es un tanto forzada, pues no tienen 
la misma significación que los otros que analizamos en los puntos precedentes. 
 
En realidad se trata de gastos que se originan en toda organización en el 
momento inicial, es decir en el de su constitución. Entre otros podemos mencionar, 
los gastos que se originan por la elaboración e inscripción del contrato social, por las 
transferencias de aportes de los socios al patrimonio del ente, por honorarios de los 
profesionales que intervienen en estas transacciones (abogados, contadores, 
escribanos, etc.), por sellados y tasas que se deben abonar en distintos organismos 
públicos nacionales, provinciales y municipales para la inscripción del ente en los 
mismos, etc. 
 
En suesencia, son gastos y deberían incidir en el resultado del ejercicio en el que 
se produjeron. Pero esta situación condenaría en la mayoría de los casos a que el 
ente, que recién comienza con una incipiente actividad, obtenga un resultado 
negativo en el primer ejercicio, con todas las implicancias que esto acarrea. 
 
Además si pensamos que estos gastos, si bien se generaron en el primer 
ejercicio, servirán para que el ente obtenga ingresos en sucesivos ejercicios futuros, 
encontraríamos el argumento válido para justificar su inclusión en al activo. 
 
De todos modos, su ubicación como activo no deberá permanecer durante 
demasiados ejercicios, siendo aconsejable irlos eliminando entre los primeros tres y 
cinco años. 
 
F-3 CLASIFICACIÓN: 
 
Los activos intangibles se clasifican de la siguiente forma: 
 
F-3-1 Según su origen: 
 
a) Generados: Son aquellos que fueron desarrollados por el ente como resultado 
de algún proceso de investigación y creación genuina de estos activo. Por 
ejemplo los gastos de investigación y desarrollo, patentes de invención, marcas 
de fábrica, derechos de propiedad intelectual, etc. 
b) Adquiridos: Son aquellos que fueron desarrollados por otros entes y luego nos 
trasfirieron la propiedad, quedando avalado por algún documento que así lo 
acredita. Por ejemplo patentes de invención, marcas de fábrica, derechos de 
propiedad intelectual, llave de negocio, etc. 
 
F-3-2 Según su vida útil: 
 
a) De vida útil limitada: Son aquellos que se estima brindarán beneficios al ente 
por una determinada cantidad de años. Esta vida útil estará limitada por una 
ley, por ejemplo el caso de las patentes de invención o los derechos de 
propiedad intelectual; por la duración establecida en un contrato, como ocurre 
con las concesiones, licencias y franquicias. 
b) De vida útil ilimitada: Son aquellos que se estima brindarán beneficios al ente 
por un tiempo ilimitado. Podría tratarse del caso de una concesión cedida a 
perpetuidad, en el que el contrato establezca esta cláusula. También podría 
tratarse, en el caso de una empresa que monopólicamente domina el mercado 
en el segmento de los productos que comercializa. En ese caso la llave de 
negocio tiene una vida útil ilimitada, pues le permitirá obtener superutilidades al 
ente hasta tanto no aparezca un competidor que le haga perder el lugar que 
ocupa hegemónicamente. 
 
F-3-3 Según la posibilidad de transferencia a otros entes: 
 
a) Identificables: Son aquellos que pueden enajenarse por separado, pues 
tienen existencia propia, que no depende de los demás elementos 
patrimoniales. Por ejemplo las marcas de fábrica, patentes de invención, 
derechos de propiedad intelectual, franquicias y licencias. 
b) No identificables: Son aquellos que no pueden enajenarse en forma 
separada respecto del ente, pues su existencia depende de los otros 
elementos patrimoniales. Solo con la transferencia del ente en su totalidad 
pueden ser cedidos. Por ejemplo la llave de negocio, los gastos de 
organización y reorganización. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
G-Otros activos: 
 
G-1 CONCEPTO: 
 
Finalizando con el activo, y a modo de concepto 
residual, las resoluciones técnicas 9 y 11 definen 
a este rubro indicando que, se incluyen en esta 
categoría a los activos no encuadrados 
específicamente en ninguna de las anteriores, 
brindándose información adicional de acuerdo con 
su significación. 
 
Decimos que es una definición residual, pues 
demuestra que el rubro se convertirá en un 
reservorio de activos que, una vez que hayan sido 
sometidos a un proceso de clasificación, a la luz de los requisitos ya analizados en 
los rubros anteriores; y no habiendo encontrado un encuadre en ninguno de ellos, 
irán a parar a este rubro sin otro justificativo más que el citado. 
 
G-2 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
INTANGIBLES 
 Según su origen 
 
 
 
 Según su vida útil 
 
 
 
 Según su posibilidad 
de transferencia 
Generados 
Adquiridos 
Limitada 
Identificables 
No identificables 
Ilimitada 
En las definiciones de las resoluciones técnicas antes indicadas se menciona 
como único ejemplo el caso de los bienes de uso desafectados para la venta. 
Estos bienes tienen la posibilidad de ser vendidos, de lo contrario no formarían parte 
del activo, pero han dejado de prestar servicios como bienes de uso, razón por la 
cual no pueden seguir integrando este rubro. 
 
Otros ejemplos que podríamos incorporar a este grupo, sería el caso de los 
Repuestos Recuperados, que muchas veces se extraen de maquinarias, equipos, 
rodados que han dejado de funcionar y por lo tanto han sido dados de baja del rubro 
bienes de uso. 
 
También pertenecen a este rubro la Papelería y útiles de escritorio a consumir, 
los Uniformes a entregar y en general cualquier insumo que se haya adquirido en 
grandes cantidades y que a la fecha a la que se refieren los estados contables no 
puedan imputarse como gastos del ejercicio que finaliza pues aún no han sido 
consumidos. 
Hasta tanto sean consumidos, permanecerán en el activo y en este rubro. 
 
2- PASIVO 
 
 El Pasivo representa la financiación externa del ente, es decir que obtiene 
recursos que provienen de terceros ajenos a la organización. 
 
A continuación haremos un análisis de los componentes del pasivo para trabajar 
con los rubros que lo integran, Deudas y Previsiones. 
 
 
 
 
 
 
A) Deudas: 
 
 
 A-1 CONCEPTO: 
Según las resoluciones técnicas 9 y 11 de la 
FACPCE, son aquellas obligaciones ciertas, 
determinadas o determinables. 
 
Entendemos por obligaciones ciertas a aquellas 
que están perfeccionadas desde el punto de vista 
jurídico; es decir que son obligaciones ya 
contraídas con terceros. 
 
Dentro de las obligaciones ciertas podemos hablar de dos tipos: 
 
1- OBLIGACIONES CIERTAS DETERMINADAS: Son aquellas respecto de las 
que, al momento de contraerse la obligación, se conoce con certeza su importe, 
que surge del acuerdo entre deudor y acreedor. Además, están avaladas por 
algún documento que da poder de accionar al acreedor. Son las denominadas 
DEUDAS PROPIAMENTE DICHAS. 
 
2 -OBLIGACIONES CIERTAS DETERMINABLES: Son aquellas respecto de las 
que, al momento de contraerse la obligación, no se conoce con exactitud su 
importe, por lo cual deberá calcularse. Son las denominadas PROVISIONES. 
 
 
A-2 DIFERENCIA ENTRE DEUDAS Y PROVISIONES: 
Si tuviéramos que comparar a las deudas y provisiones, surgirá el siguiente 
cuadro: 
 
DEUDAS PROVISIONES 
1- No requieren cálculo a la fecha 
de cierre de ejercicio. 
1- Es indispensable calcular su 
importe a fecha de cierre. 
2- Se originan en gastos o 
inversiones patrimoniales. 
2- Se originan en gastos. 
3- El pago puede ser exigible o no a 
fecha de cierre de ejercicio. 
3- El pago no es exigible a fecha de 
cierre de ejercicio. 
4- Surgen de un convenio bilateral 
entre las partes. 
 
4- Surgen de un cálculo unilateral 
que realiza el deudor (el acreedor 
desconoce su acreencia). 
 
 A-3 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
El criterio que habitualmente se utiliza para desagregar al pasivo es el que 
consiste en identificar quiénes son los terceros con los que se encuentra obligado, 
pues de la simple lectura de los estados contables podremos entender en qué 
situación de endeudamiento se encuentra el ente y qué posibilidades tiene de 
negociar con ellos. 
 
No tiene la misma significación estar endeudado con los proveedores, con 
quienes generalmente se mantiene cierta relación de confianza y de habitualidad, 
que con el fisco, o con entidades financieras. 
 
De este modo las deudas se clasificarán en: 
 
3- DEUDAS COMERCIALES: Son aquellas que surgen como consecuencia de la 
actividad comercial propia del ente. Por ejemplo: Proveedores, Anticipos de 
clientes, Documentosa pagar, etc. Generalmente tienen la característica de ser 
corrientes, dado que surgen de transacciones relacionadas con los bienes de 
cambio que comercializa el ente. . 
 
4- DEUDAS BANCARIAS Y FINANCIERAS: Son aquellas que el ente contrae 
con bancos y entidades financieras para obtener recursos a través de 
préstamos que recibe de los mismos. Pueden ubicarse tanto en el pasivo 
corriente como en el no corriente, según los plazos otorgados para la 
cancelación de los mismos. 
Por ejemplo, Banco X c/c cuando la cuenta tiene saldo acreedor, Obligaciones 
a pagar bancarias, Acreedores Hipotecarios, Acreedores prendarios, etc. 
 
5- DEUDAS FISCALES: Son aquellas que el ente contrae con los fiscos nacional, 
provincial o municipal en virtud del cumplimiento de leyes que lo obligan en su 
carácter de contribuyente, propio de la actividad que desempeña. Por ejemplo, 
IVA a pagar, Impuesto a las Ganancias a pagar, Impuestos Provinciales a 
Pagar, etc. Pueden encontrarse deudas fiscales tanto en el pasivo corriente 
como en el no corriente. En el caso de estas últimas podrá tratarse de las que 
surgen de convenios o planes de pago consensuados con el organismo 
recaudador. 
 
6- DEUDAS POR REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES: Son aquellas 
que el ente contrae con los distintos organismos de recaudación previsional y 
con los trabajadores, en virtud del cumplimiento de su rol de empleador de 
personal en relación de dependencia. Es importante distinguir dos tipos de 
obligaciones diferentes que surgen de esa relación laboral formal. Por un lado, 
el empleador actúa como agente de retención, es decir que retiene del sueldo 
del personal una suma determinada y es responsable por el depósito de la 
misma en las entidades encargadas de recaudar ese concepto. Por ejemplo 
Aportes por Leyes Sociales a depositar, etc. 
 
En cambio, existen otras obligaciones directas de contribuir a la seguridad 
social por parte del empleador, que son consideradas por algunos autores 
como un impuesto más, que surge precisamente de su calidad de empleador. 
Por ejemplo, Contribuciones por Leyes Sociales a depositar, etc. 
 
Al igual que en el caso de los pasivos por deudas fiscales podrán existir tanto 
en el pasivo corriente como en el no corriente. 
 
7- OTRAS DEUDAS: Se incorporarán en este rubro todos aquellos pasivos que 
no encuadren dentro de los grupos antes indicados. Generalmente incluiremos 
en esta sección a todas aquellas deudas que se originan en operaciones 
extraordinarias al objeto habitual del ente. Por ejemplo, Acreedores varios, 
Préstamos de Accionistas, Dividendos a pagar en efectivo, Honorarios 
directores y síndicos a pagar, etc. 
 
Este rubro se ubica tanto en el pasivo corriente como en el no corriente, según el 
caso. 
 
 
 
 
 
 
 
B- Previsiones: 
 
B-1 CONCEPTO: 
 
Según las R.T.9 y R.T. 11 de la FACPCE, son 
aquellas partidas que, a la fecha a la que se refieren 
los estados contables, representan importes estimados 
para hacer frente a situaciones contingentes que 
probablemente originen obligaciones para el ente. En 
las previsiones, las estimaciones incluyen el monto 
probable de la obligación contingente y la posibilidad 
de su concreción. 
 Es decir que se trata de obligaciones que quedan 
sujetas a la ocurrencia de un hecho futuro e incierto, 
probable o eventual que puede o no suceder. Si el hecho ocurre, la obligación se 
transformará en cierta. 
 
 Las NIIF denominan a este rubro como Provisiones, hecho que se presta a 
confusiones con nuestras deudas determinables denominadas de ese modo. 
 
B-2 CLASIFICACIÓN DE LAS CONTINGENCIAS: 
 
Podemos hacer una clasificación de las contingencias según diferentes criterios: 
 
B-2-1 Según la probabilidad de ocurrencia: 
 
a) Altamente probables: Son aquellas en las que la probabilidad de 
ocurrencia del hecho que las transformaría en obligaciones ciertas es 
superior al 70%. 
b) Probables: Son aquellas que tienen una probabilidad de ocurrencia que 
varía entre el 51 y el 70%. 
c) Poco probables: Son aquellas en las que la probabilidad de ocurrencia 
oscila ente el 30 y el 50%. 
d) Remotas: Son aquellas en las que la probabilidad de ocurrencia es 
inferior al 30%. 
 
 B-2-2 Según la posibilidad de ser cuantificadas: 
 
a) Cuantificables: Son aquellas cuyo monto en pesos del probable 
endeudamiento puede ser calculado. 
b) No cuantificables: Son aquellas en las que no se puede estimar el monto 
del endeudamiento que representaría para el ente, de concretarse el 
hecho que por el momento es incierto. 
 
Para el caso en que una contingencia sea altamente probable o probable y a 
la vez cuantificable, podremos realizar una registración contable en el libro diario 
reflejándola. 
 
Para el caso en que no sea cuantificable pero a la vez sea altamente probable, 
o probable, correspondería informarla mediante una nota a los estados contables. 
 
En los otros casos, aún cuando pudiera cuantificarse, no tiene sentido a nuestro 
entender, si contamos con la información correcta, informarlo. Tengamos en cuenta 
que si tenemos una probabilidad de ocurrencia de un 30% de un hecho, quiere decir 
que tenemos, a la vez una probabilidad del 70% de no ocurrencia de ese hecho. 
Las contingencias favorables, al menos actualmente, no son informadas de acuerdo 
con nuestra normativa vigente. 
 
 
B-3 ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
 Se incluyen en este rubro: 
 
 Previsiones por juicios de responsabilidad hacia terceros. 
 Previsiones por Garantías otorgadas. 
 Previsiones por Devoluciones de Clientes por Ventas Realizadas al Contado. 
 Previsiones para Reparaciones de Bienes de Uso. 
 Previsiones para indemnización por despido. 
 
La inclusión de estas previsiones es meramente enunciativa pues la forma de 
constitución y utilización de las mismas será analizada en los capítulos siguientes. 
 
Digresión: 
 
Una aclaración que parece oportuna realizar, desde un punto de vista pedagógico, 
sugiere no confundir estas previsiones, que son cuentas del pasivo, con las que 
comúnmente denominamos previsiones de activo. Estas últimas son cuentas 
rectificadoras del activo, que restan de los saldos de las cuentas de este rubro con el 
fin de corregir la información que los mismos proporcionan. También, al igual que las 
de pasivo, hacen referencia a hechos contingentes, pero su labor es corregir la 
incidencia que la ocurrencia de estos hechos tendrá en el activo. Ambas serán 
analizadas en el capítulo que trata los ajustes de fecha de cierre de ejercicio. 
 
En síntesis: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3- Patrimonio Neto: 
 
A- CONCEPTO: 
Es la parte del patrimonio que pertenece a 
los propietarios, es decir, el remanente o 
excedente una vez deducidos los pasivos. 
Está integrado por los aportes de los 
propietarios y los resultados acumulados, 
asignados o no. 
Es decir que el patrimonio neto representa la 
financiación propia del ente realizada por sus 
propietarios, ya sea que se refleje en la 
inversión inicial (capital) o la reinversión de las utilidades obtenidas (resultados 
acumulados). 
 
B- ELEMENTOS COMPONENTES: 
 
Dos rubros componen al patrimonio neto, Aportes de los propietarios y resultados 
acumulados. 
 
 
B-1 APORTES DE LOS PROPIETARIOS: 
Representa la inversión realizada por los dueños del ente tanto en el momento 
inicial, como las que se realicen con posterioridad por parte de los socios fundadores 
o la incorporación de nuevos socios. 
Lo integran los siguientes componentes: 
 
B-1-1 Capital Suscripto: Es el capital aportado por los socios fundadores en 
oportunidad de iniciar la actividad. Deberá coincidir en su monto y composición 
con el que manifiesta el contrato social. Cualquier nuevo aporte realizadopor los 
socios existentes, o la incorporación de un nuevo socio, dará lugar a una 
modificación en el contrato o estatuto social. 
 
B-1-2 Aportes irrevocables para futuras suscripciones: Según la Resolución 
Técnica N° 17 de la FACPCE, solo deben considerarse como parte del patrimonio 
neto, los aportes que: 
a) hayan sido efectivamente integrados, 
b) surjan de un acuerdo escrito entre el aportante y el órgano de 
administración del ente que estipule: 
1) que el aportante mantendrá su aporte, salvo cuando su 
devolución sea decidida por la asamblea de accionistas (u órgano 
equivalente) del ente mediante un procedimiento similar al de 
reducción del capital social; 
2) que el destino del aporte es su futura conversión en acciones; 
3) las condiciones para dicha conversión; 
 
Si la concreción del hecho produce un aumento de Pasivo Previsiones 
de Pasivo 
 
Si la concreción del hecho produce una disminución de Activo Previsiones 
de Activo 
4) hayan sido aprobados por la asamblea de accionistas (u órgano 
equivalente) del ente o por su órgano de administración ad-
referéndum de ella. Los aportes que no cumplen las condiciones 
mencionadas integran el pasivo. 
Estos aportes tienen la particularidad que no forman parte del capital simplemente 
porque no se ha modificado el contrato social, por una razón de orden jurídico. 
Cuando se proceda a modificar el contrato, serán incorporados al capital. 
 
B-1-3 Prima de Emisión: Es el excedente de valor de colocación de las acciones 
en el mercado, por sobre el valor nominal de las mismas. Tienen por finalidad 
mantener la equidad entre aportes de igual valor nominal, pero efectuados en 
distintos momentos. 
 
La ley de sociedades establece, en el artículo 207 que las acciones siempre serán 
de igual valor nominal. Es decir que si una empresa comenzó sus actividades con un 
capital formado por acciones de valor nominal $1, las sucesivas emisiones de 
acciones deberán respetar que el valor nominal de las nuevas, sea siempre de 1$, a 
menos que se modifique el contrato social. 
 
 Las primas de emisión se originan para igualar los derechos derivados del aporte, 
con el sacrificio económico que el mismo implica. 
 
No es lo mismo adquirir acciones de un ente que recién comienza a funcionar, en 
el que el único componente del patrimonio neto es el capital; que si adquirimos 
acciones de un ente que ya lleva varios años en marcha y cuyo patrimonio neto está 
compuesto, además del capital, por resultados acumulados. Esos resultados 
acumulados son el producto del esfuerzo realizado por los socios fundadores, que en 
lugar de reclamar el cobro de dividendos, prefirieron reinvertirlos en el ente en los 
períodos anteriores. 
 
Con ello, el ente fortaleció la cobertura de su capital con reservas y resultados no 
asignados, los que convendrá que sean reconocidos por los nuevos socios que 
ingresan a un ente en marcha y con ventajas respecto del momento inicial. 
 
En un ente con estas características no resulta conveniente, en el caso de emitir 
nuevas acciones, que se coloquen a su valor nominal, pues los nuevos socios no 
están adquiriendo una porción del capital, sino una porción del patrimonio neto, 
aumentado con aquellos resultados acumulados. Ese valor de la acción que 
representa una parte del patrimonio neto se denomina Valor Patrimonial 
Proporcional, por lo tanto: 
 
 Capital Social 
 Valor Nominal = 
 
 N° de Acciones en Circulación 
 
 
 
 
 Patrimonio Neto 
 Valor Patrimonial Proporcional = 
 
 N° de Acciones en Circulación 
 
 
De donde: 
 
 
 
 
Volviendo al ejemplo, si el ente tiene en su capital acciones de 1$ cada una de 
valor nominal y su valor patrimonial proporcional es de 1,50$; la prima de emisión 
será de $0,50 por acción y deberá registrarse en una cuenta aparte denominada 
Prima de Emisión, pues en la cuenta capital solo se imputa la parte correspondiente 
al valor nominal de acuerdo con lo antes indicado. 
 
Es importante aclarar para finalizar, que la prima de emisión es un 
valor que equilibra los derechos de los antiguos y los nuevos socios, pero no 
obliga a que el valor de colocación en el mercado sea exactamente el valor 
patrimonial proporcional, pues puede superarlo. 
 
El desarrollo práctico de este tema será analizado en el capítulo que trata el 
financiamiento interno del ente. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
B-2 RESULTADOS ACUMULADOS: 
 
B-2-1 Ganancias Reservadas: Son aquellas utilidades retenidas en el ente por 
explícita voluntad social o por disposiciones legales o estatutarias. 
 
Si analizamos esta definición encontraremos los diferentes tipos de reservas: 
 
 Reserva Legal: Son aquellas utilidades retenidas por voluntad de la Ley de 
Sociedades comerciales, que en virtud de proteger el interés común, obligan a 
estas sociedades, encuadradas en algunos de los tipos establecidos por la 
misma, a reservar en cada ejercicio en el que obtuvieran ganancias, como 
mínimo un 5% de las mismas, hasta cubrir como mínimo el 20% del capital. Su 
destino es absorber pérdidas. 
 
 Reserva Estatutaria: Son aquellas utilidades retenidas en virtud de la 
existencia de una cláusula en el contrato o estatuto social, que obliga a 
destinar parte de las ganancias a la creación de esta reserva. Generalmente se 
crean para absorber pérdidas. 
 
 Reservas Facultativas: Son aquellas utilidades retenidas en virtud de una 
resolución adoptada por la asamblea de accionistas, que es el órgano volitivo 
del ente. Generalmente, las mismas tienen un fin específico, como puede ser la 
realización de alguna inversión financiada con recursos propios, o bien 
asegurar el pago de dividendos a los accionistas en ejercicios en los que no se 
obtengan utilidades, por ejemplo Reserva facultativa para Adquisición de 
Maquinarias, Reserva Facultativa para Remodelación de Edificios, Reserva 
Facultativa para futuros dividendos, etc. 
APORTES DE LOS 
PROPIETARIOS 
CAPITAL SOCIAL 
APORTES IRREVOCABLES 
PRIMA DE EMISIÓN 
Prima de Emisión = Valor Patrimonial Proporcional - Valor Nominal 
 
B-2-2-Resultados No Asignados: Son aquellas ganancias o pérdidas acumuladas sin 
asignación específica. Permanecerán en este rubro hasta que la asamblea de 
accionistas decida qué destino asignarles o cómo absorberlos. Incluye al Resultado 
del Ejercicio, como así también los remanentes de ejercicios anteriores. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RESULTADOS 
ACUMULADOS 
GANANCIAS 
RESERVADAS 
RESULTADOS 
NO ASIGNADOS 
RESERVA 
FACULTATIVA 
RESERVA 
ESTATUTARIA 
RESERVA 
LEGAL 
4- ACTIVIDADES DE AUTOEVALUACIÓN: 
 
1- Elija la alternativa correcta y fundamente su elección: 
 
1-Los cheques de pago diferido recibidos, con fecha posterior a la que se refieren los 
estados contables, no pertenecen al rubro Caja y bancos porque carecen de: 
 a- liquidez 
 b- certeza 
 c- poder cancelatorio 
 d- Ninguna de las anteriores. 
 
Justificación:___________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________ 
 
2- Los envases retornables de bebidas son para el ente que las fabrica: 
 a- Bienes de Cambio. 
 b- Bienes de Uso. 
 c- Otros activos. 
 d- Ninguna de las anteriores. 
 
Justificación:___________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________3- La inversión en acciones garantiza a su propietario: 
 a- siempre una renta. 
 b- a veces una renta. 
 c- nunca una renta. 
 d- Ninguna de las anteriores. 
 
Justificación:___________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________ 
 
4- Las primas de emisión de acciones son: 
a- Aportes de los propietarios 
b- Reservas 
c- Resultados no asignados. 
d- Ninguna de las anteriores. 
 
Justificación:___________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________ 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2- Unir con flechas cada uno de los elementos que se indican con el rubro al 
que pertenecen: 
 
 Provisiones 
Marcas de Fábrica 
 Bienes de Cambio 
Materias Primas 
 
Escritorios de la oficina Bienes de uso 
 
Pagarés firmados por el ente. 
 Activos intangibles 
Obligaciones devengadas y no exigibles del ente. 
 
Prima de emisión de acciones Aporte de los 
 propietarios 
Pagarés firmados por clientes a favor del ente. 
 Créditos 
Mercaderías de propiedad del ente en tránsito 
hacia sus depósitos Deudas comerciales

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