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DERECHO TRIBUTARIO - SOLUCIONES 2022

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Teoría y Técnica Impositiva I – Ejercitación de contenidos prácticos (1ra parte) Año 2022 
 
 
 
 
SOLUCIONES PROPUESTAS – DERECHO TRIBUTARIO 
 
Ejercicio N° 1 
El Decreto Reglamentario no respeta el principio constitucional de Legalidad, puesto que no reglamenta ni 
hace operativa una Ley, sino que el P.E.N. excede sus facultades con el dictado de tal norma, interviniendo 
en un aspecto sustantivo del gravamen. 
 
Ejercicio N° 2 
No se trata de ninguno de los tres casos; es un precio / tarifa que percibe en contraprestación del servicio de 
energía, teniendo el cliente la libertad de contratar o no el servicio. Justamente dicha libertad se contrapone 
con la coercibilidad, característica esencial del tributo. 
 
Ejercicio N° 3 
La capacidad contributiva en vista es la manifestación de un patrimonio, y es de índole específico puesto que 
grava determinado bien. Constitucionalmente es válido puesto que es un impuesto que cumplimenta con el 
artículo 75 de la Constitución Nacional (ser directo, por tiempo determinado y por razones vinculadas con la 
dfensa, seguridad y bien general). 
 
Ejercicio N° 4 
El Presidente está imposibilitado, por disposición del artículo 99 de la Constitución Nacional, de emitir Decretos 
de Necesidad y Urgencia en materia tributaria. Por lo tanto, la norma emitida no es válida constitucionalmente. 
 
Ejercicio N° 5 
El impuesto violaría el principio constitucional de “no confiscatoriedad”, puesto que con él se absorbe una 
porción significativa y excesiva de la renta de un contribuyente. 
 
Ejercicio N° 6 
En realidad, la “tasa” establecida es un verdadero impuesto. Por Ley de Coparticipación Federal, el Municipio 
no está habilitado para imponerlo, en función del artículo 9 de la citada Ley 23.548. Sin embargo, la cuestión 
de la autonomía municipal, en virtud de la modificación a la Constitución Nacional en el año 1994, y a través 
de lo que se denominó “autonomía de los municipios”, es una cuestión hasta hoy controvertida entre los fiscos 
municipales y los contribuyentes, aunque ya se cuenta con varias resoluciones de la Corte Suprema de 
Justicia de la Nación en casos concretos.

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