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Derecho Penal Presentacion

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Cuadro Sinóptico
Samuel Ebenezer Martinez Paredes
6°B | Derecho | Derecho Penal
Introducción
• En el presente documento se presenta una serie de cuadros sinópticos en donde se presentaran tres temas acerca del derecho penal,
esto con el propósito de que los temas queden comprendidos por los lectores del presente documento y organizar la información
proporcionada por el docente y la plataforma de la universidad, los temas que desarrollaremos serán los siguientes:
• El derecho en general.
• El concepto y la división del derecho penal.
• El derecho penal subjetivo y objetivo.
• Una vez que ya presentamos los temas que se desarrollaran en el presente documento, tengo que mencionar que toda la información
proporcionada en el presente documento se presenta en la ultima pagina del mismo, que se refiere a la bibliografía, una vez
mencionado esto, también tengo que agregar que no solo utilice el material proporcionado por la plataforma de la universidad y el
proporcionado por el profesor, si no que también utilice otras fuentes con el propósito de explicar mejor el tema, brindar un poco mas
de información y de no utilizar tantos tecnicismos.
Derecho en general.
Concepto.
La palabra proviene del latino directum, y significa: “no
apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la
ley, lo que se dirige o es bien dirigido”.
Y puede definirse como “un conjunto de normas que imponen
deberes y facultades, para establecer las bases de
convivencia social”.
Fin.
Seguridad: Garantía dada al individuo, de
que su persona, sus bienes y sus
derechos no serán objetos de ataques
violentos.
Justicia: Se define como el hábito según
el cual, alguien, con constante y perpetua
voluntad, da a cada uno de su derecho.
Fin.
Bien común: Es el conjunto organizado
de las condiciones sociales gracias al
cual la persona humana puede cumplir su
destino natural y espiritual.
El derecho como ordenamiento:
Es el conjunto de normas que
tratan de regular la conducta
humana mediante ordenamientos,
permisiones y prohibiciones.
1
2
El derecho como fenómeno
social: Es el ordenamiento
jurídico que nace para regular
la conducta entre los
individuos como grupo.
3
El derecho como valor: Es el
conjunto de disposiciones
que adquieren un rango
obligatorio y que se
encuentran al servicio de
valores sociales.
4
El derecho como argumentación:
Conjunto de normas que se
materializan a través del lenguaje,
ya que este es el instrumento
fundamental del legislador ya que
las palabras diseñan las normas
jurídicas.
Derecho en general.
Normas.
Conjunto de mandatos que se aplican exclusivamente a las
relaciones del hombre que vive en sociedad.
Concepto.
Caracteristicas.
• Bilaterales o impero-atributivas: Se
refiere a que existe una obligación de
una persona hacia otra.
• Exteriores: Se refiere a que exigen una
conducta externa.
Caracteristicas.
• Coercibles: Esto quiere decir que si
estas no son cumplidas, el estado
puede exigir su cumplimiento por la
fuerza.
• Heterónomas: Por que el creador de la
norma es un ente distinto del
destinatario de la misma, aun cuando
no sea reconocida por la persona.
Clasificación del Derecho.
Derecho natural.
Derecho positivo.
Derecho objetivo. Derecho subjetivo. Derecho publico.
Derecho privado.
Es el conjunto de máximas
fundamentadas en la equidad, justicia
y sentido común, que se imponen al
legislador mismo y nacen de las
exigencias de la naturaleza biológica,
racional y social del hombre.
Son las reglas o normas
jurídicas en vigor, en un
lugar y en una época
determinada.
Conjunto de normas que integran
los códigos y se dirige a los valores
u objetos tutelados por la ley, se
interesa por el hombre e imponen
deberes y confieren facultades.
Es definido por el autor Edgardo
Peniche Lopez como: “La facultad
que tiene el sujeto activo de exigir
el cumplimiento de la norma
jurídica”.
Conjunto de normas jurídicas que
regulan las relaciones del Estado,
como ente soberano con los
ciudadanos y con otros Estados.
Conjunto de disposiciones jurídicas
que rigen la relaciones de los
particulares entre sí.
Derecho en general.
Fuentes.
Formales.
• Ley.
• Costumbre.
• Jurisprudencia.
• Doctrina.
• Principios generales del derecho.
Materiales o reales.
Son los elementos que determinan el contenido de las
normas jurídicas, necesidades de una comunidad que
delimitan el contenido y el alcance de sus propias normas
jurídicas; son pues todos aquellos fenómenos sociales que
contribuyen a la formación del derecho.
Históricas.
Son los documentos históricos que
hablan o se refieren al derecho,
tales como libros, escritos, tratados
y periódicos.
Conceptos fundamentales.
Acto Jurídico.
Es la manifestación de la voluntad que se
hace con la intención de producir
consecuencias de derecho, las cuales son
reconocidas por el ordenamiento jurídico.
Hecho Jurídico.
Son todos los acontecimientos de la
naturaleza o del hombre que no sólo
modifican a la realidad jurídica, sino que
provocan consecuencias de derecho, pero
en los cuales la voluntad determinante no
es producir dichas consecuencias.
Obligación.
Es una relación Jurídica entre dos
o más personas y ésta sujeta a la
necesidad de cumplir, una
prestación que puede ser de dar,
hacer o no hacer, de valor
económico o de valor moral.
Sanción.
Es la declaración solemne
que confirma o desaprueba
una norma o un acto,
declaración que en
propiedad corresponde a la
autoridad.
Coacción.
Es un medio de que dispone un
órgano de autoridad para hacer
cumplir una norma sancionada.
Persona Jurídica.
Se da el nombre del
sujeto o persona, a todo
ente capaz de tener
facultades y deberes.
Ser capaz de tener
obligaciones y derechos.
Personalidad Jurídica.
Es la aptitud o idoneidad para ser
sujeto de derechos y
obligaciones. Como lo son:
Capacidad, estado civil,
patrimonio, nombre, domicilio y
nacionalidad.
El concepto y la división 
del derecho penal.
Concepto.
Es un sector del ordenamiento jurídico
constituido por un conjunto de disposiciones
legales que asocian a delitos y estados de
peligrosidad criminal, como supuestos de
hecho, penas y medidas de seguridad, como
consecuencias jurídicas.
Formal.Material.
Es un sector del ordenamiento jurídico cuyo
objeto es la protección de los bienes
jurídicos fundamentales del individuo y la
sociedad frente a las formas más graves de
agresión.
Objetivo. Subjetivo.
También interpretado como Ius
Puniendi. Es el derecho del Estado
a penar y quienes amplían el
concepto hasta abarcar el derecho
del Estado a establecer las normas
penales.
También conocido como Ius
Poenale. Está formado por el
conjunto de las normas penales,
definición sobre la que existe
consenso.
Los bienes jurídicos.
Concepto.
Es definido como todo bien, situación o
relación deseados y protegidos por el
Derecho. Está encarnado en un objeto
material o inmaterial, perteneciente a la
esfera físico- natural o socio cultural pero,
habiendo sido creado y protegido por el
Derecho, trasciende al concreto objeto en el
que se sustancia.
Clases.
Bienes jurídicos individuales: Se trata de bienes,
situaciones o relaciones íntimamente unidos con el
individuo como sujeto de derechos.
Bienes jurídicos colectivos: Esta se entiende de
un modo como expresión de la presencia de una
serie de bienes jurídicos individuales cuyas
barreras de protección quedan así adelantadas
es en este sentido que se habla de bienes
jurídicos intermedios o antepuestos.
Bienes jurídicos supraindividuales: Son
aquellos que sin una ligazón directa con los
bienes individuales, su fundamento radica
precisamente en la protección de las
condiciones necesarias para el
funcionamiento del sistema.
El concepto y la división 
del derecho penal.
Proceso Penal.
Delito. Conceptos.
Para hacer en última instancia
efectivo el ius puniendi es preciso
el concurso del proceso penal.
Solo a través del mismo puede
sustanciarse la aplicaciónde las
consecuencias jurídicas del delito.
Las concepciones ético-sociales: Considera
generalmente como delictivas las conductas
que suponen una grave vulneración de las
concepciones ético-sociales de una época.
Las concepciones jurídicas: Abandono
concepciones que equiparaban Moral y
Derecho, pecado y delito, ha acabado por
sancionar exclusivamente las conductas
contrarias a las normas fundamentales de la
Ética social, dejando además de lado
cualquier intento de imponer la moralidad en el
ámbito subjetivo.
Conceptos.
Las concepciones políticas: Los cambios en el
régimen político de un Estado suponen
invariablemente reformas en profundidad de
las normas jurídico-penales.
Las concepciones económicas: Son en torno a
cuáles deban ser las políticas económicas en
un determinado momento y sociedad han
tenido gran influencia en el devenir del
Derecho penal.
Concepto material: Es una conducta que
lesiona o pone en peligro un bien jurídico y
atenta gravemente contra las concepciones
ético sociales, jurídicas, políticas y
económicas fundamentales de una sociedad.
Derecho Penal.
Procesal y Material.
Sustantivo o material.
Material: Regula o estudia la materia de los
delitos, penas, delincuentes y responsabilidad
penal.
Procesal: Estudia los procedimientos y
competencias para la investigación
juzgamiento, defensa y aplicación de las
penas.
Se ocupa de las infracciones y sanciones
criminales, de la descripción de las conductas
punibles y la determinación de las sanciones
criminales que deben ser su consecuencias.
Fundamental: Son las normas donde se
encuentran organizadas en un solo cuerpo de
leyes que regula orgánicamente la materia de
delitos, penas, delincuente y responsabilidad
penal, denominado como el Código Penal.
Complementarias: Son aquellas leyes penales
especiales que modifican, subrogan o amplían
las normas del código penal, sin incorporarse
formalmente a éste.
Fundamental y complementario.
El concepto y la división 
del derecho penal.
Derecho Penal.
Común y especial.
Común: Es el régimen penal ordinario, son leyes
aplicables a la generalidad de las personas por
los jueces comunes y por los procedimientos
ordinarios.
Especial: Es el régimen conformado por las
leyes penales que sólo se aplican a ciertas
categorías de personas o a ciertas materias
especializadas; derecho que es aplicado por
jueces especiales y por procedimientos
especiales.
Delictual y contravencional
Delictual: Regula los delitos en sentido estricto,
este con el contravencional conforman el
derecho penal criminal.
Contravencional: Es el que tipifica y reprime las
contravenciones penales, es derecho
complementario.
Internacional penal y Penal internacional.
Internacional penal: estudio de la tipificación
interestatal de infracciones por vía de tratados y
el establecimiento de la jurisdicción penal, es
decir las llamadas cortes internacionales de
justicia penal.
Penal internacional: Es la que estudia el ámbito
de validez espacial de la ley penal en cada
Estado y la competencia de sus tribunales en lo
criminal.
Derecho Penal Procesal.Finalidad.
Es la aplicación del derecho penal por medio de
un conjunto secuencial de actos y contractos
que se conoce como debido proceso.
¿Qué hace?
Es el que se ocupa de los procedimientos,
trámites y actuaciones para la investigación y
represión judiciales del delito. Y es el único
medio para la aplicación del derecho penal
sustancial.
¿Es un proceso cualquiera?
No se trata de un procedimiento cualquiera, sino
de un proceso con amplias facultades de
investigación y controversia, con garantía de la
defensa formal y real del acusado y absoluto
respeto de la libertad intraprocesal de este, que
parte de la imparcialidad e independencia de la
jurisdicción.
El derecho penal subjetivo 
y objetivo.
Derecho Subjetivo.
Conjunto de facultades o derechos que los
individuos tienen frente a las demás personas o
el estado.
Clasificación.
Derechos subjetivos públicos: Son los que se
conocen como derechos humanos.
Derechos subjetivos políticos: Son los que
tienen los individuos en su calidad de
ciudadanos miembros de un estado. Como lo
son el derecho a votar y ser votado derecho a
asociarse políticamente.
Derechos subjetivos civiles: Son los que tienen
los individuos en sus relaciones de carácter
privado o particular.
Derecho Subjetivo.
Personas Bienes
Contratos
Obligaciones Sucesiones
Es el “conjunto de normas [...] que puede usarse
para designar tanto un precepto aislado como
un conjunto de normas, o incluso todo un
sistema jurídico. Decimos, verbigracia, derecho
sucesorio, derecho alemán, derecho italiano”
(García, 2005, p. 36).
Concepto.
El derecho penal subjetivo 
y objetivo.
Derecho Objetivo.
Concepto.
Conjunto de todas las normas jurídicas de un
país determinado.
Es el conjunto de normas jurídicas que
componen el sistema de derecho en México
(Álvarez, 1995).
Ejemplo.
Derecho Objetivo.
La atribución que cuenta con sus límites y debe
ser ejercida dentro de un marco de respeto y
apego a la norma que regula el ejercicio de tal
facultad (derecho objetivo).
Conclusión
• Para concluir, puedo mencionar que una vez analizando los temas, me pude encontrar que son temas que se necesitan conocer para
un mejor dominio de la materia y adquirir un mejor conocimiento acerca de la misma materia, estos temas son fundamentales para
poder comenzar con la materia en curso, se puede decir que, es como un tipo de introducción al tema.
• Estos temas los encontré algo interesante de analizar ya que prácticamente es una de las materias que mas me llaman la atención y
que, además encuentro interesante; creo yo, que para poder llegar de lleno a la practica es necesario conocer aun que sea lo básico
de la teoría para en la practica poder aplicarlo.
• Espero que estos temas me sirvan mucho para poder tener un mejor desempeño en clase y además poder intentar contribuir algo en el
salón de clases y bueno, en este caso, la clase virtual, por lo tanto puedo mencionar que realmente organizar la información de esta
manera la encuentro un poco mejor mas que nada para que todo quede mejor organizado y tener un mejor análisis de cada uno de los
temas expresados con anterioridad, con todo el material brindado por la plataforma, tuve que intentar sintetizar toda la información
brindada por la misma, espero y sea de su agrado, sin nada mas que mencionar o agregar, gracias.
Bibliografía
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95117/mod_resource/content/0/1.1%20Derecho%20en%20General.pdf
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95115/mod_resource/content/0/1.2%20Division%20del%20Derecho%20Penal.pdf
• https://www.youtube.com/watch?v=QXJ2WruDzbs
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95114/mod_resource/content/0/1.4%20Concepto%20basico%20del%20Derecho%20Pe
nal.pdf
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95116/mod_resource/content/0/1-A%20Denominacion%20del%20Derecho%20Penal.pdf
• http://www.aliat.org.mx/BibliotecasDigitales/derecho_y_ciencias_sociales/Derecho_penal_I.pdf
• https://programas.cuaed.unam.mx/repositorio/moodle/pluginfile.php/153/mod_resource/content/1/derecho-subjetivo-objetivo/index.html
• García, E. (2005). Introducción al estudio del derecho. (58.ª ed.). México: Porrúa.
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95117/mod_resource/content/0/1.1%20Derecho%20en%20General.pdf
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95115/mod_resource/content/0/1.2%20Division%20del%20Derecho%20Penal.pdf
https://www.youtube.com/watch?v=QXJ2WruDzbs
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95114/mod_resource/content/0/1.4%20Concepto%20basico%20del%20Derecho%20Penal.pdf
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95116/mod_resource/content/0/1-A Denominacion del Derecho Penal.pdf
http://www.aliat.org.mx/BibliotecasDigitales/derecho_y_ciencias_sociales/Derecho_penal_I.pdf
https://programas.cuaed.unam.mx/repositorio/moodle/pluginfile.php/153/mod_resource/content/1/derecho-subjetivo-objetivo/index.html

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