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Fundamentos del derecho internacional

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Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
Instituto de Ciencias Sociales y Administración
Departamento de ciencias jurídicas
Fundamentos del derecho internacional
Ayerim Ortiz Holguín
Matrícula: 161892
Derecho internacional público
Dr. Luis Erasto Orozco Torres
1. ¿Cuál es el criterio que nos sirve para diferenciar entre derecho, moral, política, etc.?
Respuesta: El criterio del derecho como orden coercitivo que dispone de sanciones socialmente organizadas, que pueden ser distinguidas por un lado del orden religioso y por otro del orden moral.
2. ¿Cuál es la función de todo orden social y cuáles son sus medios para conseguirla?
Respuesta: Es lograr cierta conducta reciproca de los hombres, induciéndoles a abstenerse de ciertos actos que por una u otra razón se consideran perjudiciales a la sociedad.
3. ¿Cuáles son los tipos de sanción según el autor, y cuál es su diferencia especifica?
Respuesta: La pena y la ejecución civil, ambas aplicadas por la fuerza, una transfiere la propiedad de la que se priva a la comunidad jurídica, mientras la otra solo a la persona damnificada.
4. ¿Cuál es la diferencia entre norma jurídica y regla de derecho?
Respuesta: La diferencia es que las normas jurídicas son dictadas por autoridades legales y las reglas de derecho son dictadas por la ciencia jurídica, señalando las primeras como competentes y obligatorias, mientras que las otras no.
5. ¿Qué es el principio de auto-ayuda?
Respuesta: El uso de la fuerza por los propios individuos dañados, haciendo un uso descentralizado de esta misma característico de los órdenes jurídicos primitivos.
6. ¿Cómo define el autor el concepto sanción?
Respuesta: Lo define como el mal amenazado.
7. ¿Cómo entiende el monopolio de la fuerza el autor?
Respuesta: Acto por el cual el uso de la fuerza es empleado por un individuo contra otro.
8. ¿Cuáles son las modalidades del monopolio de la fuerza?
Respuesta: Centralizado y descentralizado. Es centralizado si el orden social lo instituye, descentralizado si el principio de autoayuda prevalece.
9. ¿Qué relación establece el autor entre el monopolio de la fuerza y el derecho?
Respuesta: Designa e instaura que mientras aun prevalezca el monopolio descentralizado de la fuerza, no existe un verdadero derecho, y establece un sistema de seguridad colectiva como requisito esencial del derecho.
10. ¿Cuáles son las etapas de desarrollo de la seguridad colectiva?
Respuesta: Se establece mediante la creación y designación de tribunales y organismos ejecutivos del derecho.
11. ¿La existencia del principio de auto-ayuda en un orden social significa que no es un orden jurídico o derecho según el autor?
Respuesta: No, menciona que aunque en un orden social prevalezca el sistema descentralizado de uso de la fuerza o de principio de auto ayuda sigue siendo derecho.
12. ¿Qué relación establece el autor entre derecho, monopolio de la fuerza y paz?
Respuesta: La establece como una situación de reserva mediante la cual la centralización del uso de la fuerza queda facultada y determinada solamente para ciertos individuos de la comunidad jurídica para intervenir en la esfera de interés de quienes están sometidos al orden jurídico, garantizando la paz absoluta.
13. ¿Es el derecho internacional "derecho" en el verdadero sentido del término, según el autor?
Respuesta: Solamente será derecho si, los actos coercitivos del estado y la intervención de este, por acto ilícito o si el empleo del uso de la fuerza contra otro estado como sanción o como acto ilícito.
14. ¿Existe de acuerdo con el derecho internacional algo así como una sanción a un acto ilícito por parte de un Estado?
Respuesta: Si, la sanción y obligación de reparar, que más que otra cosa es la reparación del daño moral en una excusa, mediante un acto ceremonial ante el estado lesionado y el restablecimiento de la situación que habría existido si el daño ilícito no se hubiera producido.
15. ¿Cómo se definen las represalias?
Respuesta: Actos que, aunque normalmente ilegales, están excepcionalmente permitidos como reacción de un estado contra una violación de su derecho de otro estado.
16. ¿Cómo es considerado un Estado que autorizado por el DI recurre a las represalias?
Respuesta: Como órgano de la comunidad internacional.
17. ¿Cuál es el sentido jurídico de la guerra?
Respuesta: Como medida coercitiva que tiene por efecto aplicar ciertas normas del derecho internacional concernientes a los derechos y obligaciones de los beligerantes.
18. ¿Cómo define el autor "guerra"?
Respuesta: Como un fenómeno meramente jurídico, coercitivo que comporta el uso de la fuerza armada como medio.
19. ¿Existe en DI una especie de monopolio de la fuerza?
Respuesta: Si, esto como rasgo característico del derecho de constituir un monopolio de uso de la fuerza en favor de la comunidad jurídica.
20. ¿En el ámbito internacional existe un órgano encargado de imponer medidas coercitivas que impliquen o no el uso de la fuerza?
Respuesta: Si, y estos son tribunales competentes instituidos por el orden jurídico internacional, al igual que órganos especiales encargados de ejecutar las sanciones dictadas por los tribunales.

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