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Noción del servicio público en la legislación mexicana

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Derecho 
Administrativo I 
La teoría del servicio 
público
IV
Noción del servicio público en la 
legislación mexicana
El propio Estado es el que selecciona las actividades 
que se consideran servicios públicos. Así, para la 
determinación de la naturaleza jurídica del servicio 
público debemos atenernos estrictamente a nuestro 
derecho positivo. 
Noción del servicio público en la 
legislación mexicana
Si bien, en la CPEUM no se contiene una definición 
formal del servicio público, si se establece una 
clasificación de los mismos, atendiendo a las 
competencias. 
Noción del servicio público en la 
legislación mexicana
A la federación le corresponde la prestación de ciertos 
servicios públicos de manera exclusiva.
La fracción X del artículo 73 CPEUM faculta al 
Congreso de la Unión para expedir leyes en materia 
de petróleo, hidrocarburos, energía eléctrica, entre 
otros. 
Noción del servicio público en la 
legislación mexicana
Por su parte, la fracción III del artículo 115 CPEUM 
determina los servicios públicos a cargo de los 
municipios.
Para Jorge Fernández Ruíz no todas la actividades de 
la administración pública conferidas a los municipios 
deben ser consideradas servicios públicos.
Noción del servicio público en la 
legislación mexicana
De acuerdo a la fracción VII del artículo 116 CPEUM a 
las entidades federativas solo se les permite 
coordinarse con la federación o con los municipios 
que conforman el estado para la prestación de los 
servicios públicos que corresponden a aquellos en 
forma exclusiva.
Noción del servicio público en la 
legislación mexicana
Por su parte, el artículo 124 CPEUM establece lo que 
se conoce como régimen de facultades residuales, por 
virtud del cual, las funciones que no se encuentren 
expresamente reservadas a la federación, se 
entenderá que son competencia de las entidades 
federativas.

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