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Universidad Privada Antenor Orrego Alumno: Docente: José Alfredo Paz Mena Cecilia Madrid Piura - Trujillo 2023 Derecho Laboral Reposición de trabajador debe ser con contrato laboral y no por locación de servicios (Expediente 00195-2013-PA/TC) El Tribunal Constitucional, en la mencionada sentencia, precisó la naturaleza de la ejecuciónómo de las resoluciones constitucionales que disponen la reposición de trabajadores. De esa forma, ordenó a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) que suscriba un contrato laboral con la demandante del expediente, quien había laborado como asistente registral en dicha institución. Lamentablemente, el TC se encontró con una situación en que la Sunarp exigió, vía constatación policial, condicionar a que la demandante firme un contrato de locación de servicios para acatar la resolución judicial. Esto porque si la sentencia de un proceso de amparo señala una relación laboral, la reposición no puede ser a través de contratos civiles. Tampoco puede aceptarse que para cambiar esa situación debe acudirse a la vía laboral ordinaria. Trasciende que se había establecido que la demandante desempeñaba labores permanentes de la institución demandada y bajo relación de dependencia, por lo que se estaban vulnerando sus derechos laborales. https://lpderecho.pe/tc-reposicion-trabajador-deber-ser-con-contrato-laboral-y-no-por-locacion-de-servicios/
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