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SECOP II

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SECOP II: Plataforma transaccional para gestionar en línea todos los Procesos de Contratación, con cuentas para entidades y proveedores; y vista pública para cualquier tercero interesado en hacer seguimiento a la contratación pública. https://banco.sesna.gob.mx/sistema-electronico-para-la-contratacion-publica-secop-ii-colombia/ http://www.consejodeestado.gov.co/documentos/boletines/123/S3/25000-23-26-000-1996-02693-01(23042).pdf 
¿Qué es, y para qué sirve, el “Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II”? 
Es una plataforma de negociación que sirve para gestionar todos los procesos de contratación en línea y dar cuenta a entidades y proveedores, entrada pública para cualquier tercero interesado en el seguimiento de las contrataciones públicas. 
¿En qué casos puede declararse la nulidad de un contrato administrativo? 
El artículo 44 de la Ley N° 80 de 1993 establece que los contratos estatales son absolutamente nulos por las mismas causas previstas por el derecho común, especialmente si se celebran con violación de expresas prohibiciones legales o constitucionales o con abuso o desviación. 
Defina los términos: Proponente, oferta, selección, pliego de condiciones, contratista, ejecución y liquidación del contrato administrativo. 
Proponente: es quien debe presentar los documentos para acreditar los requisitos habilitantes en un Proceso de Contratación. 
Oferta: es la propuesta formal que un interesado en contratar con la Administración dirige a ésta, es la declaración de voluntad que requiere otro extremo para crear el contrato. 
Selección: es el procedimiento mediante el cual la entidad estatal contrata directamente con una persona natural o jurídica, la prestación de servicios profesionales, la prestación de servicios de apoyo a la gestión o la adquisición de un bien o servicio.
Pliego de condiciones: es un acto administrativo por medio del cual una entidad estatal establece las reglas a las cuales debe sujetarse todo aquel que desee participar en un determinado proceso de contratación con el estado.
Contratista: es una persona natural o jurídica que contrate la ejecución de una o varias obras o la prestación de servicios en beneficios de terceros.
Ejecución: es la etapa donde cada una de las partes debe realizar o cumplir todas las obligaciones convenidas durante la vigencia del contrato para que se lleve a cabo su objeto.
Liquidación: es el procedimiento a través del cual una vez concluido el contrato, las partes cruzan cuentas respecto sus obligaciones recíprocas.
¿Qué es una contratación directa?
La contratación directa es un proceso en el que una empresa te ofrece un trabajo y te contrata sin recurrir a un tercero. Esta estructura es diferente de los puestos temporales (por lo general, menos de un año) o por contrato en los que una agencia de personal suministra y emplea al talento.

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