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UNIVERSIDAD AUTONÓMA DEL CARMEN FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS DOCENTE: Y S E L A R E J Ó N J I M E N E Z MATERIA: D E R E C H O M E R C A N T I L INTEGRANTES DEL EQUIPO A L B O R E S G O R D I L L O K E V I N A V I L A R I B E R A C I N D Y G I S S E L L E D A M A S D E L A C R U Z I T Z E L R U B I UNIDAD 5 UNIDAD 5UNIDAD 5 SOCIEDADES INEXISTENTES: Las sociedades inexistentes, el vocablo programan su cal idad jurídica, se trata de la pretendida actuación colect iva o societar ia de una o mas personas, que se ostentan con un carácter que no les corresponde, como si se tratara de una persona moral . SOCIEDADES DE HECHO (O TÁCTICA): Se conoce como sociedad de hecho (SH) a aquel la agrupación que no esta const i tu ida bajo ningún t ipo en part icular y que no t iene una instrumentación. Se trata, por lo tanto, de una unión de facto entre dos o mas personas para explotar de manera común una act iv idad comercial . I . TERMINOLOGIAI. TERMINOLOGIA SOCIEDADES IRREGULARES: Las sociedades i rregulares son aquel las que no se inscr iben en el Registro Publ ico de Comercio y que no t iene personal idad jurídica ,exter ior izándose ante terceros, s in poder exigírsele por estos, alguna responsabi l idad. SOCIEDADES OCULTAS: La sociedad ocul ta es aquel la sociedad en los que sí ha exist ido un pacto de sociedad pero esos pactos no se exter ior izan: existe ausencia de escr i tura públ ica en el Registro Mercant i l o fal ta de publ ic idad de hecho. SOCIEDADES ANÓMALAS: Como la palabra lo expresa, son sociedades que les fal ta uno o algunos de los requisi tos no esenciales del contrato social . En estos casos las sociedades existen y son val idas, además de tener personal idad jurídica al exter ior izarse como tales frente a terceros, estén inscr i tas o no en el Registro Públ ico de Comercio. I I . CÓMO SE DA LA IRREGULARIDADI I . CÓMO SE DA LA IRREGULARIDAD QUÉ SOCIEDADES SE CONSIDERAN IRREGULARES: Se denomina, en el ámbito de las sociedades de capital , sociedad i rregular a aquel la sociedad mercant i l const i tu ida en escr i tura públ ica y que desiste de la inscr ipción, que es una obl igación de los socios y de los administradores, según el art . 32 de Ley de Sociedades de Capital (LSC). https://vlex.es/vid/socios-401604522 https://vlex.es/vid/decreto-legislativo-texto-refundido-218326889 SI NO CONSTA POR ESCRITO ¿QUE TIPO ES? El art . 119 C de C dispone que las sociedades mercant i les deben const i tu irse en escr i tura públ ica (de modo que la intervención de un Notar io es imprescindible) e inscr ibirse en el Registro Mercant i l [1] . ¿LA IRREGULARIDAD ES AB ORIGINE O PUEDE SER ADQUIRIDA POSTERIORMENTE? Puede ser adquir ida poster iormente, por ejemplo, una empresa que no cumpla con las obl igaciones f iscales desde el momento de su const i tución se consideraría que t iene una i rregular idad ab origine. I I I . CONSECUENCIAS DE LA IRREGULARIDADI I I . CONSECUENCIAS DE LA IRREGULARIDAD Perdida de conf ianza. Riesgo de responsabi l idad legal . Di f icul tades para obtener f inanciamiento. Problemas de administración interna. Falta de estabi l idad f inanciera. RESPONSABILIDAD DE QUIENES ACTUAN EN NOMBRE DE LA SOCIEDAD: RELACIONES INTERNAS: 1. 2. 3. 4. 5. Fauget Derecho a la información. Derecho a impugnar la decisión. Derecho a la separación. Derecho a la compensación. DERECHOS DE LOS SOCIOS NO CULPABLES DE LA IRREGULARIDAD: En el derecho mercant i l , los socios que no son culpables de una i rregular idad t ienen ciertos derechos. Estos derechos varían según la naturaleza de la i r regular idad y las leyes del país en cuest ión. Algunos de los derechos que pueden tener los socios no culpables son: 1. 2. 3. 4. IV. OTRAS CONSIDERACIONES SOBRE LAS SOCIEDADES IRREGULARESIV. OTRAS CONSIDERACIONES SOBRE LAS SOCIEDADES IRREGULARES PERSONALIDAD JURIDICA: Se ref iere a la ident idad jurídica por la cual se reconoce a una persona, ent idad, asociación o empresa, con capacidad suf ic iente para contraer obl igaciones y real izar act iv idades que generan plena responsabi l idad jurídica, f rente a sí mismos y frente a terceros. CAPACIDAD: Su capacidad para ser parte. Recordemos que la Comunidad de Usuarios, cal i f icada por la Sala como Sociedad Mercant i l , a l no estar inscr i ta en el Registro Mercant i l no l legó a adquir i r personal idad jurídica. REPRESENTACIÓN: ent idades no residentes, Comunidad de bienes, Sociedad cooperat iva), Otras formas jurídicas (Administraciones públ icas como Corporación local , Organismo autónomo o asimi lado, Órgano de la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas y las Congregaciones o inst i tuciones rel ig iosas). PRUEBA DE LA SOCIEDAD IRREGULAR: La prueba de la existencia de una sociedad i rregular puede ser di f íc i l de establecer, pero se basa pr incipalmente en la presencia de ciertos elementos comunes de una sociedad. QUIEBRA: La quiebra de una sociedad en derecho mercant i l es un proceso legal mediante el cual los bienes y patr imonios de una ent idad que no hn cumpl ido con los requisi tos legales para const i tu ir una sociedad mercant i l , son l iquidados para pagar a los acreedores. LIMITES A SU FUNCIONAMIENTO: Las sociedades i rregulares en derecho mercant i l t ienen var ios l ímites en su funcionamiento debido a que no cumplen con los requisi tos legales para ser const i tu idas como una sociedad mercant i l adecuadamente. Fauget NULIDAD E IRREGULARIDA: La nul idad se ref iere a la s i tuación en la que una sociedad i rregular no cumple con requisi tos legales fundamentales y, por lo tanto, su existencia es considerada nula desde el in ic io. En este caso, la sociedad no podrá real izar ninguna operación comercial y deberá l iquidarse. La i r regular idad, por otro lado, se ref iere a si tuaciones en las que las sociedades han incurr ido en i rregular idades, pero no son tan graves como para ser consideradas nulas. Por ejemplo, la fal ta de registro o la fal ta de un contrato en la sociedad. En estos casos, la sociedad puede cont inuar operando, pero deberá regular izar su si tuación y ajustarse a los requisi tos legales est ipulados.
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