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1 POLICIA NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCION NACIONAL DE EDUCACION POLICIAL (DINAE) ESCUELA DE POLICÍA RAFAEL REYES COMPAÑÍA SANTANDER SECCIÓN 3 ENSAYO “Percepciones y realidades del SEA Policía” Una visión desde y hacia adentro; Entender, Respetar y valorar Paula Daniela cárdenas Romero CC 1000124670 BOGOTA 12 DE FEBRERO DE 2023 2 ENSAYO “Percepciones y realidades del SEA Policía” Una visión desde y hacia adentro; Entender, Respetar y valorar 3 RESUMEN Este trabajo ha desglosado los principios de actuación según la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, si bien su estudio es mucho más amplio y complejo, ya que de cada uno de los principios se derivan muchos aspectos. Se inicia el trabajo con la definición del concepto de policía y el estudio de los diferentes sistemas y modelos policiales. Por un lado, la adecuación al ordenamiento jurídico y, en consecuencia, el respeto a la Constitución, neutralidad e imparcialidad, integridad y dignidad. Por otro lado, en las relaciones con la comunidad, impedir actuaciones arbitrarias o discriminatorias que entrañen violencia física o moral, realizar trato correcto, actuar con la decisión necesaria, rigiéndose por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en los medios utilizados. Finaliza el trabajo expuesto, siendo consciente de que la observancia y el cumplimiento de estos principios establecen las bases de una policía, aunado a esto; se deja una conclusión recomendaciones y propuesta institucional factible y consciente. Palabras claves: Institución, Policía, Poder, Sistema, Comunidad 4 ABSTRACT This work has broken down the principles of action according to the Organic Law of Security Forces and Corps, although its study is much broader and more complex, since many aspects are derived from each of the principles. The work begins with the definition of the concept of police and the study of the different police systems and models. On the one hand, the adaptation to the legal system and, consequently, respect for the Constitution, neutrality and impartiality, integrity and dignity. On the other hand, in relations with the community, prevent arbitrary or discriminatory actions that involve physical or moral violence, treat correctly, act with the necessary decision, governed by the principles of consistency, opportunity and proportionality in the means used. The exposed work ends, being aware that the observance and compliance with these principles establish the bases of a police force, coupled with this; a conclusion, recommendations and feasible and conscious institutional proposal are left. Keywords: Institution, Police, Power, System, Community 5 Para hablar del concepto de policía tenemos que remontarnos al establecimiento de los primeros núcleos de población organizada. Sin duda alguna, se trata, fundamentalmente, de un servicio esencial para el mantenimiento de la seguridad de los ciudadanos, y ese es uno de los motivos por los que nadie pone en duda la necesidad de su existencia. En este punto es conveniente hacer referencia a la definición que la Grand Enciclopédie (1910) recoge: No se conoce apenas sociedad un poco organizada sin que exista un poder de policía que asegure a sus miembros la seguridad interior, que reprima y prevenga los delitos contra las personas y propiedades y, por otra parte, asegure la obediencia a los representantes del Estado y la aplicación de las disposiciones dictadas por los jefes. Asimismo, el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define a la policía como "el buen orden que se observa y guarda en las ciudades y repúblicas cumpliéndose las leyes ordinarias establecidas para su mejor gobierno". También define a la policía como "cuerpo encargado del orden público y la seguridad de los ciudadanos, a las órdenes de las autoridades políticas". El término policía proviene del griego politeia, (administración de una ciudad) y viene a significar el conjunto de reglas que se imponen a las ciudades con un fin de utilidad pública consistente en el mantenimiento del orden y la tranquilidad. La policía es el cuerpo encargado del cumplimiento de dichas reglas. Por tanto, con una definición abstracta y de manera general, podríamos definir a la policía como aquella organización a las órdenes del gobierno establecido para dar cumplimiento a las 6 normas que rigen en su espacio competencial y realizar los actos de coacción ordenados por el mismo. En consecuencia, la policía representa una de las instituciones esenciales del Estado. La policía, tradicionalmente encargada de la aplicación de las leyes y del mantenimiento del orden público, es el organismo del Estado que se encuentra constantemente en contacto directo, no solamente con el crimen y con los delincuentes, sino también con el público en general. Históricamente se ha concebido siempre a la Policía como una correa de transmisión del orden constituido; de ahí que la estructura organizativa y funcional de la misma implicase el mantenimiento de férreas relaciones internas militarizadas que permitían un mejor control sobre los ciudadanos. Como afirma MARTÍN “la simbiosis entre la Policía y el poder perdurará a lo largo de la historia”, no sólo porque los diferentes gobiernos la utilicen a favor de sus intereses, sino que la propia institución asumirá como función primordial la defensa del orden instituido; de ahí la frecuente aparición y desaparición de Cuerpos a causa de los simultáneos cambios gubernamentales. Siguiendo al catedrático CASTELLS ARTECHE, “la policía es un servicio público, subordinado lógicamente al Gobierno e inserta en la Administración civil del Estado”. Como afirma, asimismo, el profesor JOURNES “la policía constituye en efecto una de las principales formas de relación entre el Estado y la sociedad”. Relación que en ocasiones se nos manifiesta como el brazo ejecutor de la ley y otras con un carácter más sensible, pensemos en todos aquellos supuestos de carácter social o incluso humanitario que ofrecen otra perspectiva de la policía. Por lo tanto, la policía es una institución social cuyos orígenes remontan a las primeras aglomeraciones urbanas, por lo que presenta la doble originalidad de ser una de las formas más antiguas de protección social así como el principal modo de expresión de la autoridad. Se 7 encuentra, pues, íntimamente ligada a la sociedad que la ha creado, y sus objetivos, su forma de organización y sus funciones han de adaptarse a las características socio-políticas y culturales de la comunidad en que ha de actuar. El valor de su actuación dependerá de la capacidad que muestre la institución policial en adaptarse rápidamente a los cambios que experimente la sociedad6. El jurista y político BELLOCH JULBE define a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como "elemento imprescindible de la colectividad, en la construcción de una sociedad abierta y plural, acorde con el ejercicio de los derechos y libertades propios del Estado Social y Democrático de Derecho"; asimismo RECASENS , doctor en derecho por la Universidad de Barcelona, sostiene que las "estructuras policiales no deben ser abordadas sin un previo análisis del Estado en el que se han forjado”. Es importante, por tanto, hacer un previo análisis a los sistemas policiales. En este sentido, debemos añadir que es difícil encuadrar los diferentes modelos o sistemas policiales que existen o ha habido a lo largo de la historia, ya que cada autor establece diferencias de estos. Para centrar el tema haremos una división general entre el “sistema anglosajón” y el “sistema continental”. En el caso del “sistema anglosajón” se caracteriza porque se trata de una policía civil, aquella que nace de la Administraciónde Justicia y constituye una prolongación de los jueces y los tribunales, ante los cuales hacen comparecer a los supuestos delincuentes. Este es el caso de Gran Bretaña. Por el contrario, el “sistema continental” se distingue porque se trata de una policía mixta, integrada por una policía civil que se ocupa de las ciudades y una policía militar encargada de las zonas rurales y las fronteras. Se trata del sistema más extendido en Europa. En cuanto a las policías de tipo militar, éstas se tratan de unidades que integran el ejército y se ocupan del mantenimiento del orden público de manera exclusiva. Es el caso de países sudamericanos, asiáticos y la antigua Europa del Este, aunque éstos últimos han sufrido 8 numerosos cambios como consecuencia del fin de la guerra fría y su mayor acercamiento a los sistemas occidentales. Asimismo, en esta clasificación, debemos de destacar el sistema policial americano que se distingue de los otros sistemas en cuanto a la configuración por tipos de delitos, así como por el hecho de que algunos cargos policiales son elegidos por sus ciudadanos de forma democrática, como es el caso del Sheriff. En base a su forma de trabajar, podemos distinguir teóricamente la policía con el modelo tradicional, el modelo burocrático y el modelo comunitario. En primer lugar, encontramos el modelo tradicional que se da fundamentalmente en pequeñas organizaciones policiales que existen en los pueblos. Estas organizaciones realizan funciones no policiales más que en otros tipos de organización, esa falta de profesionalización es lo que lleva a que estos cuerpos policiales se vean sometidos por grupos de presión (políticos, sindicatos, entre otros.) Entre sus características destaca la poca burocracia y que sus miembros no están especializados en materias concretas lo que ha llevado a que con el paso del tiempo este tipo de organización haya ido desapareciendo. En segundo lugar, tenemos el modelo burocrático que surge alrededor de los años 50 con el fin de conseguir un control policial más efectivo y moderno. Este modelo establece que partiendo de un personal formado, un equipo moderno y formas organizativas similares a las empresas privadas se alcanzan mayor eficiencia y control sobre los individuos. Este modelo también llamado modelo militarizado, surge como respuesta para evitar que el trabajo lo decida quien tenga el poder en cada momento, pues este modelo se caracteriza porque el campo de la actuación policial es fundamentalmente lo que establece la ley. Dicho modelo profesionalizaba a los integrantes de las organizaciones policiales, de esta manera, se crean cuerpos apolíticos centralizados, racionales y burocratizados. 9 Actualmente este modelo ha quedado obsoleto por su propia rigidez y debido a la evolución que han sufrido las propias policías las cuales se han alejado de dicha concepción tan rígida, que si bien es necesaria en una organización como la militar, no se pude aplicar con éxito actualmente en la sociedad. Por último, se encuentra el modelo comunitario que nace a finales de los años 70 en los Estados Unidos como consecuencia del fracaso de los métodos tradicionales y profesionales debido al incremento de los delitos pequeños. Se trata de un modelo que se extiende rápidamente por Europa. Su política fundamental es ser una policía proactiva y anticiparse al incidente. En este modelo se motivan las iniciativas desde las bases de la organización policial. A diferencia del modelo tradicional, en este modelo la institución policial no es una institución cerrada que se protege a sí misma, sino que su base es el servicio al cliente. Los agentes no están entrenados para la resolución de problemas sino para producir respuestas formales y represivas. Además de las leyes y el sentido de la profesionalidad, la comunidad constituye una importante fuente de autoridad para la policía. Como afirma el catedrático de Derecho Penal MUÑOZ CONDE “para solucionar los problemas de la convivencia humana no haría falta un Derecho penal mejor, sino algo mejor que el Derecho”. En ese sentido, se entiende que lo mejor que se ha concebido para dicho cometido ha sido la creación de la ética. La vida organizada necesita de la aceptación de unas normas de comportamiento que posibiliten la convivencia. Organizar significa estructurar, poner orden para lograr un fin. En las sociedades modernas las reglas que ponen orden y hacen viable la convivencia son las leyes y las pautas morales o éticas. La deontología es la ciencia o estudio de los deberes profesionales. Esta expresión es intercambiable con ética profesional. DESANTES, el catedrático y pionero en la investigación española en el campo del Derecho y la Ética de la Información, definió la deontología como “la ciencia constituida por todas las normas objetivas 10 de una colectividad de profesionales”. Con el apelativo de profesional, la deontología ha venido a significar aquella parte de la ética que se ocupa de la aplicación de unas normas y principios universales a las diferentes actividades profesionales. De una manera genérica la deontología se define como la ciencia de los deberes. Dentro del sistema de justicia penal y administrativo la policía desempeña un papel decisivo en la protección del Estado de derecho, y es prácticamente el único colectivo de funcionarios públicos que se encuentra autorizado para la utilización de la fuerza en el desempeño de su cometido; esto es: la potestad para aplicar la coacción legal directa prevista por las leyes. En su trabajo diario, son los funcionarios que más cerca se encuentran del ius puniendi inmediato y, por ende, con mayor peligro de cegarse con el fogonazo del formato represivo bajo cuyo fondo arde el afán conciliador y humanitario de la vida social que representa la ley. De ahí la especial necesidad de una ética para la policía que evite dicho peligro. Según el profesor COSTA ARRANZ, el origen de la deontología policial se sitúa en Inglaterra, concretamente en Londres, con la formación de la Policía Metropolitana de Londres en 1829. El entonces Ministro del Interior, Sir Robert Peel, creía que los policías no podían salir a patrullar por las calles de Londres sin unos principios que guiaran su actuación. La deontología policial será «el conjunto de deberes de los policías y sus normas morales o el conjunto de reglas éticas que regulen el comportamiento profesional del policía». Los principios de justicia, libertad y seguridad, proclamados por la Constitución Española, tienen en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado uno de los pilares básicos, al encomendarse a éstas, en la primera norma legal, la protección del libre ejercicio de los derechos 11 y libertades y la garantía de seguridad ciudadana. Hoy día, es un hecho reconocido por la generalidad, el papel que en la calidad de vida tiene la policía. No se cuestiona su existencia sino que cuando se la critica, dichas críticas van encaminadas hacia los abusos, corrupciones, uso indebido de la fuerza, ataques contra la intimidad, etc. exigiéndose en estos casos responsabilidades y un cambio inmediato. La deontología policial, por tanto, no es otra cosa que la aplicación de la ética y la moderna cultura de los Derecho Humanos en el ámbito del servicio policial. La policía tiene una misión muy difícil, debe saber compaginar el equilibrio entre libertad fundamental personal y bien común, entre no hacer uso de la fuerza y derecho de autodefensa o de poder llevar a cabo su tarea, y todo ello no desde una situación de normalidad sino muchas veces desde una máxima tensión. Por todo ello, el policía se debe mentalizar para poder actuar desde una actitud lo más ecuánime posible. Para ello, hace falta mucha fuerza mental, que se debe entrenar con ejercicios apropiados y sobre todo una constante y profunda formación del policía sobre Derechos Humanos,profesionalidad, respeto, procedencia de la verdadera autoridad moral, de tal manera que no sólo conozca dichas verdades sino que también vaya cobrando cada vez una mayor sensibilidad hacia ellas. Con el tránsito a la democracia y la declinación de la mayoría de los conflictos armados vividos en el continente, el cambio del enfoque de la política de seguridad devino en un imperativo. Ello implica dar un mayor peso en la institucionalidad que se encarga de la seguridad ciudadana a las fuerzas de policía y otros organismos del Estado que cumplen con funciones policiales y que aportan a la seguridad de los ciudadanos desde una perspectiva civilista. No solo eso: hay que hacerlo sin despreciar, ni reversar de forma repentina la participación militar en la agenda de seguridad. 12 Un reto importante es, así, “ciudadanizar” la seguridad interior. Este concepto no denota el otorgamiento de labores de seguridad a la ciudadanía, o la intención de privilegiar automáticamente la labor de organizaciones policiales presuntamente dotadas de virtudes “civilistas”, sino la noción de que cualquier intervención en materia de seguridad debe estar circunscrita a la protección de los derechos y libertades ciudadanas, tarea en la cual convergen muchos actores institucionales. El cambio de paradigma con respecto a la seguridad interior de corte militar consiste en que la función de la fuerza pública y otros organismos competentes pasa a estar en función del ciudadano y no del Estado y el orden público. Como lo diría una Sentencia de la Corte Constitucional en el Estado Colombiano: “… el orden público debe ser entendido como el conjunto de condiciones de seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos. Este marco constituye el fundamento y el límite del poder de policía, que es el llamado a mantener el orden público, pero en beneficio del goce pleno de los derechos. En ese sentido, la preservación del orden público no puede lograrse mediante la supresión o restricción desproporcionada de las libertades públicas, puesto que el desafío de la democracia es permitir el más amplio y vigoroso ejercicio de las libertades ciudadanas.” La Policía Nacional, en cumplimiento de su amplio espectro de responsabilidades en las áreas urbanas, orienta su servicio bajo un enfoque de integralidad que le permite la cobertura y el desarrollo de procesos en materia de prevención, disuasión, control de los delitos y contravenciones y educación ciudadana en convivencia y seguridad que coadyuven a satisfacer las necesidades de seguridad, favoreciendo las condiciones de gobernabilidad de las autoridades y diversos entes administrativos a nivel local y regional 13 De cara a las nuevas demandas sociales, los policías deberán enmarcar su servicio en la polivalencia, con capacidad de aportar soluciones y resolver conflictos de manera ágil y asertiva, con conocimientos suficientes para actuar frente a la diversidad de los fenómenos delincuenciales. La policía es una institución que protege a los ciudadanos y mantiene la seguridad interna y externa. Reciben actualizaciones periódicas sobre la opinión pública para que puedan ajustar sus tácticas en consecuencia. Cada vez que hay un informe de noticias sobre un caso de brutalidad policial, aumenta la tensión existente entre los civiles y las fuerzas del orden. Dado que la mayoría de la gente asume que la policía es benévola, muchos se sorprenden cuando se enteran de que los oficiales son hostiles hasta la médula. De hecho, los policías son conocidos por su actitud hostil hacia los delincuentes. A la luz de esto, aquí hay algunas ideas sobre cómo mejorar el servicio amigable de la policía. Los delincuentes temen a la policía debido a las consecuencias físicas y legales de ser atrapados. En tiempos de disturbios, las facciones criminales suelen instigar ataques contra el personal encargado de hacer cumplir la ley para provocar el caos. Esto hace que los oficiales luchen contra los delincuentes con fuerza letal para protegerse a sí mismos y a los civiles. Esta táctica se conoce como autodefensa y es un derecho garantizado por la Constitución de los Estados Unidos. Sin embargo, cuando el personal encargado de hacer cumplir la ley usa la fuerza letal contra los delincuentes, a menudo elude el enjuiciamiento. En el nuevo modelo, la Policía es una institución encargada de velar por la seguridad y la tranquilidad de nuestro pueblo, sin discriminaciones fundadas en el origen étnico, el color de piel, el sexo, el credo, la orientación sexual o aquellas que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, el goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los 14 derechos y libertades de toda persona. En el nuevo modelo, la Policía es una institución armada, cuyas armas no se usan en contra del pueblo sino para su protección. Es obediente y al mismo tiempo se abstiene de ejecutar órdenes que comporten la práctica de acciones u omisiones ilícitas o que sean lesivas o menoscaben los derechos humanos garantizados en la Constitución. Es disciplinada bajo la consideración de que la disciplina es voluntaria y sirve para sostener relaciones de respeto, solidaridad y también para dar cumplimiento a los propósitos operativos, tácticos y estratégicos de la institución. En el nuevo modelo, la Policía no criminaliza a los pobres ni emprende acciones que les re- victimice. Por el contrario, favorece a los sectores populares porque son los más afectados por el fenómeno de la violencia y genera mecanismos de convivencia y de investigación para la prevención de modo tal que se puedan alcanzar todos los derechos en todos los aspectos de la vida de los pobres. En el nuevo modelo, la Policía es capaz de resolver los conflictos por las vías no violentas, mediante la utilización de mecanismos de mediación y conciliación los cuales generan una cultura de paz y una tradición de resolución de los conflictos por las vías comunitarias e institucionales pero usa la fuerza de forma gradual y diferenciada cuando sea necesario y para proteger derechos. En el nuevo modelo, la Policía es una institución que promueve la participación protagónica del pueblo y genera mecanismos que contribuyen con la autorregulación de la comunidad, para controlar y prevenir situaciones que generen inseguridad y violencia o que constituyan amenazas, vulnerabilidad y riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. En el nuevo modelo, la Policía lucha contra el delito apegada al estado de derecho, el respeto a los derechos humanos y haciendo uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial cuando 15 sea necesario, según los niveles de resistencia de la ciudadana o ciudadano y ajustados a los principios de legalidad. Sus funcionarias y funcionarios utilizarán el arma de fuego sólo en circunstancias extremas, como reacción al ejercicio de una fuerza letal para la defensa de la propia persona o de los terceros, ante una agresión ilegítima y atendiendo a los principios de necesidad, oportunidad y proporcionalidad. En el nuevo modelo, la Policía es un órgano auxiliar del sistema de justicia penal y, en ese sentido, es una institución que coopera, de forma profesional, con los otros órganos de la administración de justicia aportando los elementos necesarios para que no haya impunidad. La honestidad, la probidad y la articulación son principios con los que se presta el servicio de auxilio al sistema penal. En el nuevo modelo, la Policía es una institución profesional, estudiosa del delito, que examina el comportamiento delictivo, los factores criminógenos, utilizando tecnología de punta y aproximándose a las causas que originaron el fenómeno para promover soluciones integrales. En el nuevomodelo, la Policía es una institución que cree en el proceso de rendición de cuentas al pueblo en general y a las instituciones en particular, lo cual supone planificación, supervisión y evaluación de la gestión y el desempeño policial, conforme a los principios de transparencia, periodicidad, responsabilidad individual por actos de servicio, considerando la adopción de estándares, el balance entre la supervisión interna y externa y la participación de la comunidad, en función de la adecuación del desempeño policial a las normas jurídicas. En el nuevo modelo, la Policía utiliza como base para la asignación de cargos, ascensos, transferencias y otras situaciones administrativas de los funcionarios y las funcionarias de Carrera Policial, la calificación de servicio. La calificación consiste en la evaluación de las condiciones éticas, profesionales, técnicas, físicas y psicológicas de la funcionaria o funcionario, 16 que lo acrediten para la obtención de una determinada asignación. En el nuevo modelo se plantea el diseño de un sistema homogéneo y estandarizado para la formación básica y continua para todos los cuerpos policiales. Debe ser un conjunto orgánico, integrado, con políticas y servicios que garanticen la unidad del proceso de formación y el desarrollo profesional permanente, a lo largo de la Carrera Policial para todos los funcionarios y funcionarias policiales del país. CONCLUSIONES Entender que, la Policía tiene normas generales de actuación para todos los funcionarios y funcionarias policiales: 1. Respetar y proteger la dignidad humana y mantener, defender y promover los derechos humanos de todas las personas, sin discriminación alguna por motivos de raza, sexo, religión, idioma, opinión política, origen nacional, posición económica o de cualquier otra índole. 2. Servir a la comunidad y proteger a todas las personas contra actos ilegales con absoluto respeto y cumpliendo los deberes que le imponen la Constitución de la República y demás leyes. 3. Ejercer el servicio policial con absoluta imparcialidad, legalidad, transparencia, necesidad, proporcionalidad y humanidad. 4. Valorar e incentivar la honestidad y, en consecuencia, denunciar cualquier acto de corrupción que conozca en la prestación del servicio policial. 5. Portar el uniforme, las insignias policiales, las armas y equipos reglamentarios debidamente, de manera que la colectividad pueda reconocer el cuerpo policial o militar al cual pertenece y mostrar en todo acto de servicio los documentos e identificaciones que los acrediten como autoridad pública. 6. Informar a la colectividad de las actuaciones a realizar en virtud de la instrumentación de acciones o medidas que involucren la seguridad ciudadana. 7. Velar por el 17 disfrute del derecho a la reunión y del derecho a manifestar pública y pacíficamente, conforme a los principios de respeto a la dignidad, tolerancia, cooperación, compresión e intervención oportuna, proporcional y necesaria. 8. Respetar la integridad física de todas las personas y, bajo ninguna circunstancia, infligir, instigar o tolerar ningún acto arbitrario, ilegal, discriminatorio o de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, que entrañen violencia física, psicológica o moral, en cumplimiento del carácter absoluto del derecho a la integridad física, psíquica y moral garantizado. RECOMENDACIONES Las tecnologías de la información y la comunicación están transformando aceleradamente el trabajo policial. Las fuerzas policiales de América Latina y sus responsables políticos continuarán adoptando, con cada vez mayor rapidez, las innovaciones tecnológicas, en particular los sistemas de información georreferenciada sobre el comportamiento de la delincuencia. La adopción de esas tecnologías enfrentará por lo menos dos peligros: en primer lugar, el entusiasmo ingenuo sobre sus efectos, la creencia, esto es, de que la tecnología ofrece un atajo para resolver problemas de seguridad cuya solución demanda, en realidad, profundas transformaciones institucionales y sociales; en segundo lugar, las oportunidades de corrupción, esto es la tentación de adquirir caras y complejas tecnologías por razones espurias. Siendo reales, esos riesgos no pueden ni deben detener el proceso de sofisticación tecnológica en las policías de la región. Una transformación tecnológica de las policías latinoamericanas –sobre todo en lo que hace al desarrollo de sistemas de información—encierra un enorme potencial para mejorar los resultados de la lucha contra la delincuencia. Ofrece, además, un terreno fértil para la cooperación internacional, tanto Norte-Sur como Sur-Sur. 18 PROPUESTA INSTITUCIONAL Urge la creación de una mesa de dialogo que se denomine #LaPoliciaQueHablaYEscucha donde tanto funcionarios como comunidad a través de redes sociales, encuentros presenciales, eventos se entiendan en cuanto a lo que necesitan de cada uno, por ejemplo que quiere y que no quiere la ciudadania de la policía y/o viceversa, el derrumbe de mitos y la solidificación de la institución y la sociedad, pasar de la distancia del uniforme y el ciudadano para llegar a la interacción y empatía de ambas partes 19 Referencias Bibliográficas SÁNCHEZ SOBRINO, M.: «Ética y Deontología, la ética en la Policía» en ANTONA ILLANES, A., GARCÍA BURGOS, A., GONZÁLEZ GARCÍA, E. y SÁNCHEZ SOBRINO, M.: Fundamentos de profesionalización policial. ESPA. Aznalcázar (Sevilla), 2008, p. 12. RICO, J. Mª: «Presupuesto para una reforma de la Policía» en RICO, J. Mª: Policía y sociedad democrática. Alianza Universidad. Madrid, 1983, p. 12. JAR COUSELO, G.: “El papel de la policía en una sociedad democrática” en Revista Española de Investigaciones Sociológicas, Nº 85, Madrid, 1999, pp. 199-220. CASTELLS ARTECHE, J.M.: La Policía Autónoma. Oñati: Instituto Vasco de Administración Publica, 1988, p. 45. JOURNES, C.: Police et Politique. Presses Universitaires. Lyon, 1988, p. 5. RICO, J. Mª. y SALAS, L.: «Principios de base para una policía democrática» en RICO, J. Mª. y SALAS, L.: Inseguridad ciudadana y policía. Tecnos, S.A. Madrid, 1988, p. 57. Prólogo de la obra de JAR COUSELO, G.: Modelo Policial Español y Policías Autónomas. Dykinson, 1995, p. XV. RECASENS I BRUNET, A.: «Soberanía, aparato policial e integración europea» en, BERGALLI, R. y RESTA, E. (compiladores): Soberanía: un principio que se derrumba: aspectos metodológicos y jurídico-políticos. Paidós Ibérica, 1996, p. 91. SÁNCHEZ SOBRINO, M., op. cit., p. 5 20 DECLARACIÓN DE AUTORÍA Y ORIGINALIDAD DEL TRABAJO FIN DE GRADO Yo, Paula Daniela cárdenas Romero, con documento de identificación CC 1000124670 , y estudiante de la ESCUELA DE POLICÍA RAFAEL REYES COMPAÑÍA SANTANDER SECCIÓN, en relación con el Ensayo promovido por La Policía Nacional y La Dirección de Educación Policial (DINAE) presentado para su evaluación, declaro que asumo la originalidad de dicho trabajo, entendida en el sentido de que no he utilizado fuentes sin citarlas debidamente. Bogota, 12 de Febrero de 2023 Fdo.: , Paula Daniela cárdenas Romero
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