Logo Studenta

art42territorio

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 
Título Segundo 
Capítulo II De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional 
Artículo 42
ARTICULO 42. EL TERRITORIO NACIONAL COMPRENDE: 
(reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 20 de enero de 1960)
I. El de las partes integrantes de la federación; 
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 20 de enero de 1960)
II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes; 
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 20 de enero de 1960)
III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el océano pacifico; 
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 20 de enero de 1960)
IV. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes; 
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 20 de enero de 1960)
V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional y las marítimas interiores, y 
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 20 de enero de 1960. Modificado por la reimpresión de la constitución, publicada en el diario oficial de la federación el 6 de octubre de 1986)
VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio derecho internacional. 
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 20 de enero de 1960)

Continuar navegando

Materiales relacionados