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La personalidad jurídica
· Desde la filosofía del Estado, el estado es como persona jurídica, es la personificación jurídica de la nación, este esta sujeto a derechos cuya misión es propender por el bien común, dicho aspecto no es que nazca por naturaleza, si no que por el contrario le es impuesto por la LEY NATURAL, la misma que le confiere lo medios para cumplir su misión y objetivo del bienestar común.
· Medio principal para que ejerza y cumpla la misión es mediante -La autoridad-
· Estado es el sujeto titular de la autoridad politica o soberanía.
· Una persona jurídica también denominada persona moral o ficticia es una organización o institución formada por varias personas físicas y que posee personalidad jurídica, es decir tiene la capacidad independiente de la de sus miembros para ser titular de obligaciones y derechos .
· La primera mención relevante al concepto de persona jurídica en el código civil la encontramos en su Artículo 73 que determina la división de las personas en dos tipos físicas o naturales y jurídicas . El código civil colombiano indica que las personas naturales son todos aquellos individuos de la especie humana sea cual sea su edad sexo estirpe o condición se entiende que la persona jurídica no tiene nada que ver con el individuo 
· Las personas jurídicas en Colombia se encuentran reguladas a partir del artículo 633 del código civil colombiano en el título x x V aló del libro 1 se llama persona jurídica una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y extrajudicialmente las personas jurídicas son de dos tipos corporaciones y fundaciones de beneficiencia pública La regulación específica para el tipo de personas jurídicas más frecuente son las sociedades industriales que se encuentran en el código de comercio
· a su vez es importante destacar que una persona jurídica debe estar representada legalmente por una o varias personas naturales o jurídicas que no pueden existir una persona jurídica sin representación legal además una de las principales características de las personas jurídicas es que tanto su patrimonio como sus deudas No pertenecen ni total ni parcialmente a ninguno de los individuos que la componen al pertenecer las deudas a la persona jurídica Nadie puede demandar deudas contraídas con la corporación directamente a las personas que la componen ya que debe reclamarse a la corporación como entidad esto se encuentra en el artículo 637 del código civil colombiano .
· Según la cámara de comercio de Bogotá la persona natural sigue siendo la misma simplemente adquiere la calidad de comerciante por desarrollar en forma profesional una actividad mercantil la persona jurídica una vez constituida forma una persona diferente de las individuales que la conforman esto hay que tenerlo muy claro ya que según el texto hay una distinción fundamental entre la persona jurídica y los elementos que lo integran la persona natural actúa por sí misma mientras que la persona jurídica debe actuar a través de su representante legal para contraer obligaciones así como para ejecutar los actos propios de los empresarios la persona natural se identifica con su número de cédula y la dian le asigna un nit Qué es el mismo número de cédula con un dígito adicional la persona jurídica se identifica con el certificado de existencia y representación legal y él ni que le fija la Dian.
· finalmente la persona jurídica posee su propio patrimonio el cual es diferente el patrimonio de Los Socios por tanto para el cumplimiento de las obligaciones primero se refiere a la sociedad a fin de Que responda y cumpla con su patrimonio y en su defecto a los socios la persona natural responde con la totalidad de su matrimonio que puede estar conformado con la totalidad de los bienes de la empresa personales y de su familia 
Apuntes:
· La proyección de la autoridad soberana del Estado sobre los elementos que lo componen son la población el territorio y el gobierno .
· Se ha discutido ampliamente si esa personalidad jurídica del estado es ficticia artificial o real el problema es de relativa importancia ya que el concepto de personalidad jurídica dominar todos los campos de la ciencia jurídica por ejemplo el estado por medio de la ley regula el régimen de las personas jurídicas privadas.
· hay una teoría denominada teoría ficcionista que sostiene qué las personas jurídicas son una verdadera creación del estado estos respondiendo por pregunta no han logrado responder quién crea la personalidad jurídica del estado Ya que se se analiza se logra ver la existencia del estado se puede deber a la existencia jurídica de otra entidad con capacidad de crearla.
· Pero mucho tiempo no sabe perdido la teoría de la ficción en sentido o en relación con el derecho positivo ya que éste puede conferirle el carácter de sujetos jurídicos aunque no lo sean por su naturaleza Entonces el derecho positivo tiene una virtud creadora qué le confiere el carácter de personas jurídicas a una sociedad privada la herencia yacente conyugal a un conjunto de bienes Cómo acontece en las fundaciones.
· según el doctor Cayetano Betancourt en su obra la filosofía del derecho y qué hace referencia al problema de las personas jurídicas estipula que debe aceptarse una tesis que no es completamente ficción y está y naturalista sino una conciliación entre las dos teorías ya que no podría aceptarse que toda persona jurídica sea una función del estado ya que el estado tiene los caracteres esenciales de una corporación es el principio de dirección de una corporación que es la sociedad. Asimismo en el derecho natural existen sujetos y no son personas en sentido ontológico sino agregados de personas en este caso esos sujetos colectivos de derecho natural que son las familias y la sociedad civil. 
· La realidad de la personalidad jurídica del estado se demuestra teniendo en cuenta en la misma ley natural en efecto además de la persona humana el derecho natural le reconoce la personalidad jurídica a la sociedad civil y a la familia como agregados de personas que tienen un impuesto por la misma ley natural es decir la familia la sociedad civil son personas jurídicas porque adquieren deberes Como por ejemplo los impuestos .
· El derecho positivo del estado poder o soberania.
· Respecto al problema de la personalidad jurídica del estado carré de malberg resumen las teorías expuestas en la siguiente forma según el primer concepto dice que se encuentra sobre todo en la literatura alemana la noción de la personalidad del estado significaría que la organización Estatal de un país tiene por consecuencia en dar un ser jurídico enteramente distinto no solamente de los individuos que la componen o que componen la nación sino aún del cuerpo Nacional de los ciudadanos sin duda se reconoce en esta doctrina que el estado no puede concebirse sin la nación pero se sostiene que la nación no entran el estado sino como uno de los elementos que concurren a su formación ya cuando éste está constituido el estado no es pues la personificación jurídica de la nación no personifica sino Asimismo no es tampoco el sujeto de los derechos de la nación sino que el sujeto de sus propios derechos .
· A partir de este ideal se crean todos percepciones el primero se niega aquí la nación tomen en la personalidad O tengo un carácter de persona este punto está especialmente en Alemania por otro lado los otros consideran que la nación es un sujeto jurídico Qué es distinto de la espada esta idea es más que todo considerada en Francia en efecto se dice acá que en virtud del principio de la soberanía nacional la nación puede ser considerada en el derecho francés como el sujeto originario de la soberanía Y por consiguiente Cómo una persona anterior al estado en palabras más sencillas la nación es la que le da vida al estar en las delegaciones de su soberanía en la de en los gobernantes que lo constituyen en su Constitución aquí podemos hacer relación con el texto anterior mente medida del Estado moderno en el que se nos indica queaunque es un poder detentado es gracias a nosotros que exista el estado porque el poder es del pueblo y el pueblo mediante un contrato lo establece con el estado.
· Para el autor ninguna de estas dos teorías es aceptable la primera la que considera que el estado como un es una persona jurídica y está completamente desvinculada de la nación tiene serios problemas pues al desvincular o al desconocer el proceso de personificación que se inicia la nación y culmina en el estado por ejemplo cuando la nación adquirido el derecho de soberanía es precisamente cuando se opera la transformación en el estado entonces tanto estado como nación son inseparables y desvincular los sólo ocasionaría el desorden la desintegración el desquicio de las bases del derecho público Ahora cuando se refiere a que la nación adquirido el poder se refiere al poder de autodeterminación por ejemplo cuando se se deciden mediante un consenso Quién va a operar el cambio o transformar el poder en este caso cuando ya sé determina determinación el y cuando esto sucede la nación deja de ser nación y para hacer algo es un sujeto jurídico y Qué es precisamente la esencia del estado. Cuando la nación no sé transformado en estado presidente mente del carácter de personas y del derecho fundamental. 
· Una persona es una persona moral Pero no jurídica y política cuando se refiere a persona normal o moral es aquella que están los grupos sociales y que están unidas por vínculos de raza de historia de tradición de lenguaje tradición de aspiración de territorios están dispersos en cuanto al ejercicio de la autoridad política por ellos no tienen este estado una unidad orgánica sino geográfica y espiritual.
· Ahora es la la teoría de derecho público francés en la que la nación es anterior al estado primero y demuestra lo que se había enfermado con anterioridad Y es que la soberanía reside en la nación se identifican los dos conceptos de nación y estado no obstante se evidencia que la nación en sí misma carece de derechos y cuándo adquiere el de la soberanía se convierten estar al parecer Esto no es lo que se representa o lo que explica la declaración de derechos en 1789 Cuándo se sostiene que la nación d delega en el estado la soberanía.
· lo que hizo posible el surgimiento del estado fue el hecho de que la población se radicará en un territorio pero el surgimiento de este implica la sumisión jurídica de esa población a la autoridad política porque está autoridad ejerce su poder y su dominio sobre el territorio y sobre el mismo gobierno para el bienestar común.
· Hay muchas teorías relacionadas a la personalidad del Estado una de las más difíciles es la de el francés Mauricio Hariou Quién establece la teoría de la doble personalidad del Estado la primera personalidad es la moral y según él está el real pero la segunda Qué es la jurídica estipula que es una apariencia es Sencillamente una máscara como medida de la técnica jurídica necesaria para inmovilizar tanto la entidad moral la moral del estado como la del individuo.
· el estado es un cuerpo constituido Pero esto sólo es moral cuando la organización constitucional se perfecciona y se establece la responsabilidad política ante el grupo de los órganos que ejercen el gobierno así ya se puede decir que es una persona moral perfecta .
· En síntesis para el profesor anteriormente citado y creador de la teoría de la doble moral del estado en Sí para el la esencia de la personalidad del Estado la encuentra más acertada en el elemento moral en la organización jurídica de es cuando éste habla en la personalidad jurídica del estado como un medio o un instrumento de la técnica jurídica indispensable para el orden jurídico Esto es lo que Mauricio opina frente a la idea de que el estado es una persona jurídica si o no la personalidad jurídica es una pura creación del derecho según Mauricio ya que como te comentaba piensa que está más arraigado al aspecto moral ya que esa personalidad moral del estado se vería reflejada en el esfuerzo de un pueblo para garantizar una vida libre dentro de un estado también libre. Teniendo en cuenta esto y la personalidad jurídica del Estado debe estar vinculada a toda la sociedad civil entonces las concepciones se tenga debe ser global y se le puede atribuir a toda clase de formas de gobierno y Estados ya sea desde un monárquico de zona dictado una razón democrático. 
· Otra teoría importante es del ilustrador hijo del derecho Leon duguit tiene exponen argumentos para criticarlo, la anterior teoria, por ello el establece que para hacer eso hay que basarse en una concepción personalista de este es utilizar conceptos necios e inutiles metafisicos, que partes de construcciones juridicas basadas sobre conceptos escolasticos, Entonces la construcción juridica la del estadp jurídica no tendra valor hasta qie esta sea la expresión en formulas abstractas de realidades concretas. la idea de la pagina 37 no pertenece a una realidad posiitvista, dicha postura cierta a nivel cientifico pero carece de validez por el derecho necesita conepctos que lo operen y orienten. 
· Entonces se puede considerar, la persnalida djuridica desde un punto intermedio con la idea de la perspectiva natural, explicación parrrafo dos pag 38, fundarla la personalidad juridica desde el derecho natural es neutro, esta emanan d ela misma naturaleza del individuo y del estado.
· Esta teoría no atentar contra ninguna de las dos antítesis propuestas ya que es una realidad jurídica la persona jurídica consiste en la capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones como medio necesario para alcanzar los fines. 
· Capacidad juridica como derecho y como base de los otros. Significado de Estado pagina 39. 
· Dice al respecto el doctor cayetano Betancourt es que debe aceptarse una teoria neutra.

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