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Clase 4_v2

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Clase 4
Prof. Pablo Quesada Olóriz
Marco normativo 
internacional para 
la protección del 
ambiente
Logros
Al término de la sesión, el estudiante explica la
importancia de tomar acciones de mitigación y 
adaptación frente al cambio climático, en
base al contexto internacional explicado en 
clase, con criterio y análisis
• Tiempo : estado de la atmósfera en un instante dado, definido por 
los diversos elementos meteorológicos.
• Clima: síntesis de las condiciones meteorológicas en un lugar 
determinado, caracterizada por estadísticas a largo plazo de los 
elementos meteorológicos en dicho lugar.
• Variabilidad climática: desviación de las estadísticas del clima de un 
determinado período (mes, estación o año) respecto a las 
estadísticas a largo plazo de dicho período.
Cambio climático - Concepto
Cambio climático - Concepto
“La variabilidad puede deberse a 
procesos internos naturales del 
sistema climático (variabilidad 
interna) o a variaciones del 
forzamiento externo natural o 
antropógeno (variabilidad externa)” 
(Fuente: IPCC, 2007).
Simulación de Tierra en forma de bola de nieve
Paleoproterozoico (hace 2500 Ma)
Cambio climático - Concepto
Efecto invernadero: Proceso 
en el que la radiación térmica 
que debería ser devuelta al 
espacio luego de tocar la 
superficie terrestre es 
absorbida en la atmósfera 
por acción de los gases de 
efecto invernadero para 
luego ser irradiada 
nuevamente en todas las 
Direcciones
(Fuente: IPCC, 2007).
Cambio climático - Antecedentes
• La comunidad científica fue la primera 
en llamar la atención internacional 
sobre amenazas del efecto 
invernadero.
• Datos de décadas entre 1950-1980
demostraron un aumento rápido en 
las concentraciones de CO2 en 
investigaciones sobre núcleos de hielo 
y sedimentos concluyendo que el 
“sistema climático ha tenido cambios 
dramáticos”. Perforación experimental de la capa de hielo de
Groenlandia, verano de 2005
PNUMA
• Evaluar y determinar el estado del medio ambiente 
mundial.
• Determinar qué cuestiones del medio ambiente requieren 
cooperación internacional.
• Proporcionar asistencia para formular una legislación 
ambiental internacional.
• Integrar cuestiones ambientales en las políticas y 
programas sociales y económicos de NU.
• Resolver los problemas que los países no pueden 
enfrentarsolos.
En 1972-1973, la Asamblea General de Naciones Unidas establece el PNUMA para:
IPCC - Creación
• 1988. Se crea el Panel Intergubernamental sobre Cambio 
Climático (IPCC) por iniciativa de la Organización Meteorológica 
Mundial y en conjunto con el PNUMA.
• 1990. El IPCC presentó su 1er informe de evaluación: 
investigaciones de 400 científicos afirmando el calentamiento 
atmosférico de la Tierra y solicitud a comunidad internacional 
para evitarlo.
• El IPCC:
o Examina las investigaciones realizadas en el mundo
o Publica informes periódicos de evaluación (hasta ahora AR5)
o Elabora informes especiales y documentos técnicos
IPCC - Reporte
IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5):
IPCC – Reporte
IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5):
IPCC - Reporte
IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5):
IPCC - Reporte
IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5):
Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro
• 1992. Tuvo como principal resultado la Declaración de Río: 27 
principios universalmente aplicables para guiar la acción internacional 
basándose en responsabilidad medio ambiental y económica.
• Nace:
o Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio 
Climático (CMNUCC) COP24 (Katowice, Polonia, noviembre 
2018).
o Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la 
Desertificación (CNULD) – COP13 (China, 2017), COP14 (Bonn, 
Alemania, 2019).
o Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) - COP14 (Sharm El-
Sheikh, Egypt, noviembre 2018).
CMNUCC - Definición
El objetivo último de la presente Convención es lograr la estabilización de las 
concentraciones de GEI en la atmósfera a un nivel que impida interferencias 
antropógenas peligrosas en el sistema climático. 
Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se 
adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no 
se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
Convenio marco de las Naciones Unidas para el cambio climático:
CMNUCC – Clasificación de las partes
• Anexo I: partes que se clasifican como países desarrollados y "economías en 
transición“.
• Anexo II: partes formadas por miembros de la Organización para la Cooperación y el 
Desarrollo Económicos (OCDE). Proveerán apoyo financiero y técnico a las economías 
en transición y los países en desarrollo.
• No Anexadas: partes que no figuran en el Anexo I de la Convención, en su mayoría 
los países en desarrollo con bajos ingresos. Pueden ser voluntarios para convertirse 
en países del Anexo I cuando estén suficientemente desarrollados.
CMNUCC – Clasificación de las partes
CMNUCC - Compromisos
• Elaborar los inventarios nacionales de las emisiones antropógenas por las fuentes y 
de la absorción por los sumideros de todos los GEI no controlados por el Protocolo 
de Montreal, utilizando metodologías comparables que habrán de ser acordadas por 
la COP, con el fin de volver individual o conjuntamente a los niveles de 1990.
• Promover y apoyar con su cooperación el desarrollo, investigación científica, 
tecnológica, financiera y de otra índole para reducir o prevenir las emisiones 
antropógenas de GEI no controlados por el Protocolo de Montreal en todos los 
sectores pertinentes.
CMNUCC – Países particularmente vulnerables
a) Los países insulares pequeños.
b) Los países con zonas costeras bajas;
c) Los países con zonas áridas y semiáridas, zonas con cobertura 
forestal y zonas expuestas al deterioro forestal.
d) Los países con zonas propensas a los desastres naturales.
e) Los países con zonas expuestas a la sequía y a la desertificación.
f) Los países con zonas de alta contaminación atmosférica urbana.
g) Los países con zonas de ecosistemas frágiles, incluidos los 
ecosistemas montañosos.
h) Los países cuyas economías dependen en gran medida de los 
ingresos generados por la producción, el procesamiento y la 
exportación de combustibles fósiles y productos asociados de 
energía intensiva, o de su consumo.
i) Los países sin litoral y los países de tránsito.
CMNUCC – Cronología de conferencias
• Conferencia de las Partes (COP)
• Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes al Protocolo de Kyoto (CMP)
• Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París (CMA)
• Grupo de Trabajo Especial sobre el Acuerdo de París (APA)
• Órgano Subsidiario de Implementación (SBI)
• Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (SBSTA)
CMNUCC – Cronología de conferencias
Portal web UNFCCC
Evolución histórica del régimen climático – PK
COP01 Berlín(Alemania), 1995
Se aprueba el Mandato de Berlín con el 
que se inicia un proceso de negociación 
para asumir compromisos más firmes para 
la reducción de emisiones GEI para las 
Partes del Anexo I.
COP11 Montreal(Canadá), 2005
Entra en vigor el Protocolo de Kioto y, en el marco de la COP, se 
sesiona por primera vez la Conferencia de las Partes del 
PK(CMP)
COP03 Kioto(Japón), 1997
Se aprueba el Protocolo de Kioto, un instrumento 
que obliga a los países del Anexo I a cumplir metas 
de reducción de emisiones del 5% global, teniendo 
como base las concentraciones de emisiones del 
año 1990, para el periodo 2008-2012.
Protocolo de Kyoto
A fin de promover el desarrollo sostenible, cada una de las Partes incluidas en el anexo I 
cumplirán los compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones.
• Fomento de la eficiencia energética
• Protección y mejora de los sumideros y depósitos de los GEI no controlados por el 
Protocolo de Montreal,
• Promoción de prácticas sostenibles de gestión forestal, forestación y reforestación;
• Promoción de modalidades agrícolassostenibles;
• Investigación, promoción, desarrollo y aumento del uso energías renovables, y de 
tecnologías avanzadas de secuestro del dióxido de carbono.
Gases de efecto invernadero:
- Dióxido de carbono (CO2)
- Metano (CH4)
- Óxido nitroso (N2O)
- Hidrofluorocarbonos(HFC)
- Perfluorocarbonos(PFC)
- Hexafluorurode azufre (SF6)
Periodo de compromiso: 2008 - 2012
Protocolo de Kyoto
Las Partes incluidas en el anexo I procurarán limitar o reducir las emisiones de GEI 
no controlados por el Protocolo de Montreal generadas por los combustibles del 
transporte aéreo y marítimo internacional trabajando por conducto de la 
Organización de Aviación Civil Internacional y la Organización Marítima 
Internacional, respectivamente.
Protocolo de Kyoto
Mecanismo para un desarrollo limpio (MDL)
Las Partes no incluidas en el anexo I se beneficiarán de las actividades de proyectos que 
tengan por resultado reducciones certificadas de las emisiones (CER).
Las Partes incluidas en el anexo I podrán utilizar las CER resultantes de esas actividades 
de proyectos para contribuir al cumplimiento de una parte de sus compromisos 
cuantificados de limitación y reducción de las emisiones.
Fondos procedentes del MDL
La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el presente Protocolo 
se asegurará de que una parte de los fondos procedentes de las actividades de 
proyectos certificadas se utilice para cubrir los gastos administrativos y ayudar a las 
Partes que son países en desarrollo particularmente vulnerables a los efectos adversos.
Evolución histórica del régimen climático – AP
COP22 Marrakech(Marruecos), 2016
Negociaciones para las Directrices del Programa 
de Trabajo del Acuerdo de París.
COP23 Bonn (Alemania), 2017
Decisión“Fiji Momentum for
Implementation”, referido a los pasos a 
seguir para la adopción de las directrices 
para implementar el Programa de Trabajo 
del AP en el marco de la COP24(Katowice, 
Polonia, noviembre 2018); el diseño del 
Diálogo de Talanoa, llamado a aumentar y 
acelerar los esfuerzos climáticos globales; 
y, la implementación de la Agenda pre 
2020, que busca el incremento de acción 
climática, ambición y provisión económica 
en el periodo pre 2020.
Adopción del Plan de Género y Cambio 
Climático.
COP24 Katowice (Polonia), 2018
Adoptar las directrices para la implementación 
del Programa de Trabajo del Acuerdo de París.
Diálogo de Talanoa (político y técnico.)
Acuerdo de Paris
Objetivo
Reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del
desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza.
a) Mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 ºC con
respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese
aumento de la temperatura a 1,5 ºC con respecto a los niveles preindustriales,
reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del
cambio climático;
b) Aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y
promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de gases de
efecto invernadero, de un modo que no comprometa la producción de alimentos; y
c) Situar los flujos financieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca
a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto
invernadero.
Dichas metas deberán ser alcanzadas de manera que reflejen la equidad y el principio de 
responsabilidades comunes pero diferenciadas y respectivas capacidades, a la luz de las 
diferentes circunstancias nacionales (principio CBDR-RC)
Acuerdo de Paris
Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDCs)
Con miras a alcanzar el propósito del presente Acuerdo y en respuesta mundial al cambio 
climático, todas las Partes habrán de realizar y comunicar sus esfuerzos ambiciosos en sus 
contribuciones determinadas a nivel nacional.
Los esfuerzos de todas las Partes representarán una progresión a lo largo del tiempo, 
teniendo en cuenta la necesidad de apoyar a las Partes que son países en desarrollo para 
lograr la aplicación efectiva del presente Acuerdo
Acuerdo de Paris
Firma
En la sede de las Naciones Unidas en Nueva York del 22 de abril de 2016 al 21 de abril de 2017, y a la
adhesión a partir del día siguiente a aquel en que quede cerrado a la firma.
Entrada de vigor:
Al trigésimo (30) día contado desde la fecha en que no menos de 55 Partes en la Convención, cuyas
emisiones estimadas representen globalmente por lo menos un 55% del total de las emisiones mundiales
de gases de efecto invernadero, hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación
o adhesión.
Denuncia:
1. Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación por escrito al
Depositario en cualquier momento después de que hayan transcurrido tres años a partir de la fecha de
entrada en vigor del Acuerdo para esa Parte.
2. La denuncia surtirá efecto al cabo de un año contado desde la fecha en que el Depositario haya
recibido la notificación correspondiente o, posteriormente, en la fecha que se indique en la notificación.
3. Se considerará que la Parte que denuncia la Convención denuncia asimismo el presente Acuerdo.
Acuerdo de Paris
Acuerdo de Paris – Programa de trabajo
17 de enero de 2017
Acuerdo de Paris – Programa de trabajo
Acuerdo de Paris – Programa de trabajo
Organizaciones defensoras - Because the ocean
Organizaciones defensoras - Our ocean
Organizaciones defensoras - One planet summit
Organizaciones defensoras - Climate clean air 
colition
Organizaciones defensoras - International solar
alliance
Cambio climático – Perú – Contribuciones previstas
La NDC en mitigación propone una reducción 
del 20% de emisiones de GEI proyectada para 
el año 2030, y con una ambición adicional del 
10% de reducción supeditado a la 
disponibilidad de
financiamiento externo internacional.
A nivel sectorial se estima que el 67% de 
estas reducciones provendrán de Uso de 
Suelo, Cambio de Uso de Suelo y Silvicultura 
(USCUSS), 12% de energía, 12% de 
transporte, 6% de procesos industriales, 5% 
de agricultura, 4% de desechos.
Contribución Prevista y Determinada a Nivel 
Nacional de la República del Perú-CMNUCC
Cambio climático – Perú – Mitigación
Cambio climático – Perú - Mitigación
Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para 
un desarrollo climáticamente responsable.
Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un 
desarrollo climáticamente responsable.
Cambio climático – Perú - Mitigación
Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda 
para un desarrollo climáticamente responsable.
Cambio climático – Perú - Mitigación
Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un 
desarrollo climáticamente responsable.
Cambio climático – Perú - Mitigación
Cambio climático – Perú – Componente Adaptación
Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda 
para un desarrollo climáticamente responsable.
El Perú presenta siete de las nueve características reconocidas por la Convención Marco 
de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) para calificar a un país 
como “particularmente vulnerable”:
• Zonas expuestas a inundaciones, sequías y desertificación, Ecosistemas montañosos 
frágiles,
• Zonas con alta contaminación atmosférica urbana
• Economías dependientes en gran medida de los ingresos generados por la 
producción y el uso de combustibles fósiles.
• Zonas costeras bajas
• Zonas áridas y semiáridas
• Zonas propensas a desastres
Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un 
desarrollo climáticamente responsable.
Cambio climático – Perú – Componente Adaptación
Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un 
desarrollo climáticamente responsable.
Cambio climático – Perú – Componente AdaptaciónGrupo de Trabajo Multisectorial (GTM), 
de naturaleza temporal, encargado de 
generar información técnica para 
orientar la implementación de las 
Contribuciones Nacionalmente 
Determinadas (NDCs)
El GTM contempla un periodo de trabajo 
de 18 meses, cuenta con su reglamento 
y plan de trabajo aprobado, y se reúne 
el primer martes de cada mes.
Es el responsable de elaborar una 
programación tentativa para propiciar 
las condiciones habilitantes que 
permitan la implementación de la NDC 
(mitigación y adaptación) en el corto y 
mediano plazo.
Gobierno peruano reúne a 13 ministerios y CEPLAN para hacer frente al cambio 
climático
8 de febrero de 2017
Cambio climático – Perú – Componente Adaptación
Cambio climático – Perú – Ley Marco
“Los peruanos somos testigos de un hecho sumamente importante: la promulgación de la ley marco 
del cambio climático. Esta ley nos permite mirar con optimismo nuestro futuro y hacerle frente al 
cambio climático de manera unida”
“Un país climáticamente 
responsable, es un país que crece, 
que tiene visión de futuro. Es la 
primera en Sudamérica luego que 
entrara en vigor el Acuerdo de Paris 
del año 2016”.
17 de abril de 2018
Cambio climático – Perú – Ley Marco
Antecedentes de la ley de cambio climático
Fuente: MINAM
• El objetivo es reducir la vulnerabilidad del país frente al cambio climático y aprovechar las 
oportunidades de crecimiento con una menor emisión de carbono. Además, es una oportunidad 
para que el Estado aumente la eficiencia del gasto público y genere proyectos de inversión donde se 
incorpore el cambio climático en la planificación del desarrollo nacional.
• La Ley reconoce y orienta la participación de actores no estatales como el sector privado. Asimismo, 
promueve la investigación científica y el desarrollo tecnológico para la obtención de nueva 
información que contribuirá a la toma de decisiones.
• La Ley creará una Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático, de carácter permanente, que tomará 
decisiones sobre cuáles deben ser las prioridades en atención al cambio climático, garantizando la 
continuidad de una política sostenible de cambio climático transversal a las políticas de Estado.
• La Ley constituye un mandato claro que coadyuvará al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo 
Sostenible de la Agenda 2030 y de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el 
Desarrollo Económicos (OCDE).
Cambio climático – Perú – Ley Marco

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