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Clase 4 Prof. Pablo Quesada Olóriz Marco normativo internacional para la protección del ambiente Logros Al término de la sesión, el estudiante explica la importancia de tomar acciones de mitigación y adaptación frente al cambio climático, en base al contexto internacional explicado en clase, con criterio y análisis • Tiempo : estado de la atmósfera en un instante dado, definido por los diversos elementos meteorológicos. • Clima: síntesis de las condiciones meteorológicas en un lugar determinado, caracterizada por estadísticas a largo plazo de los elementos meteorológicos en dicho lugar. • Variabilidad climática: desviación de las estadísticas del clima de un determinado período (mes, estación o año) respecto a las estadísticas a largo plazo de dicho período. Cambio climático - Concepto Cambio climático - Concepto “La variabilidad puede deberse a procesos internos naturales del sistema climático (variabilidad interna) o a variaciones del forzamiento externo natural o antropógeno (variabilidad externa)” (Fuente: IPCC, 2007). Simulación de Tierra en forma de bola de nieve Paleoproterozoico (hace 2500 Ma) Cambio climático - Concepto Efecto invernadero: Proceso en el que la radiación térmica que debería ser devuelta al espacio luego de tocar la superficie terrestre es absorbida en la atmósfera por acción de los gases de efecto invernadero para luego ser irradiada nuevamente en todas las Direcciones (Fuente: IPCC, 2007). Cambio climático - Antecedentes • La comunidad científica fue la primera en llamar la atención internacional sobre amenazas del efecto invernadero. • Datos de décadas entre 1950-1980 demostraron un aumento rápido en las concentraciones de CO2 en investigaciones sobre núcleos de hielo y sedimentos concluyendo que el “sistema climático ha tenido cambios dramáticos”. Perforación experimental de la capa de hielo de Groenlandia, verano de 2005 PNUMA • Evaluar y determinar el estado del medio ambiente mundial. • Determinar qué cuestiones del medio ambiente requieren cooperación internacional. • Proporcionar asistencia para formular una legislación ambiental internacional. • Integrar cuestiones ambientales en las políticas y programas sociales y económicos de NU. • Resolver los problemas que los países no pueden enfrentarsolos. En 1972-1973, la Asamblea General de Naciones Unidas establece el PNUMA para: IPCC - Creación • 1988. Se crea el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC) por iniciativa de la Organización Meteorológica Mundial y en conjunto con el PNUMA. • 1990. El IPCC presentó su 1er informe de evaluación: investigaciones de 400 científicos afirmando el calentamiento atmosférico de la Tierra y solicitud a comunidad internacional para evitarlo. • El IPCC: o Examina las investigaciones realizadas en el mundo o Publica informes periódicos de evaluación (hasta ahora AR5) o Elabora informes especiales y documentos técnicos IPCC - Reporte IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5): IPCC – Reporte IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5): IPCC - Reporte IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5): IPCC - Reporte IPCC 5TH ASSESSMENT REPORT (AR5): Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro • 1992. Tuvo como principal resultado la Declaración de Río: 27 principios universalmente aplicables para guiar la acción internacional basándose en responsabilidad medio ambiental y económica. • Nace: o Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) COP24 (Katowice, Polonia, noviembre 2018). o Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD) – COP13 (China, 2017), COP14 (Bonn, Alemania, 2019). o Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) - COP14 (Sharm El- Sheikh, Egypt, noviembre 2018). CMNUCC - Definición El objetivo último de la presente Convención es lograr la estabilización de las concentraciones de GEI en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible. Convenio marco de las Naciones Unidas para el cambio climático: CMNUCC – Clasificación de las partes • Anexo I: partes que se clasifican como países desarrollados y "economías en transición“. • Anexo II: partes formadas por miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Proveerán apoyo financiero y técnico a las economías en transición y los países en desarrollo. • No Anexadas: partes que no figuran en el Anexo I de la Convención, en su mayoría los países en desarrollo con bajos ingresos. Pueden ser voluntarios para convertirse en países del Anexo I cuando estén suficientemente desarrollados. CMNUCC – Clasificación de las partes CMNUCC - Compromisos • Elaborar los inventarios nacionales de las emisiones antropógenas por las fuentes y de la absorción por los sumideros de todos los GEI no controlados por el Protocolo de Montreal, utilizando metodologías comparables que habrán de ser acordadas por la COP, con el fin de volver individual o conjuntamente a los niveles de 1990. • Promover y apoyar con su cooperación el desarrollo, investigación científica, tecnológica, financiera y de otra índole para reducir o prevenir las emisiones antropógenas de GEI no controlados por el Protocolo de Montreal en todos los sectores pertinentes. CMNUCC – Países particularmente vulnerables a) Los países insulares pequeños. b) Los países con zonas costeras bajas; c) Los países con zonas áridas y semiáridas, zonas con cobertura forestal y zonas expuestas al deterioro forestal. d) Los países con zonas propensas a los desastres naturales. e) Los países con zonas expuestas a la sequía y a la desertificación. f) Los países con zonas de alta contaminación atmosférica urbana. g) Los países con zonas de ecosistemas frágiles, incluidos los ecosistemas montañosos. h) Los países cuyas economías dependen en gran medida de los ingresos generados por la producción, el procesamiento y la exportación de combustibles fósiles y productos asociados de energía intensiva, o de su consumo. i) Los países sin litoral y los países de tránsito. CMNUCC – Cronología de conferencias • Conferencia de las Partes (COP) • Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes al Protocolo de Kyoto (CMP) • Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París (CMA) • Grupo de Trabajo Especial sobre el Acuerdo de París (APA) • Órgano Subsidiario de Implementación (SBI) • Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (SBSTA) CMNUCC – Cronología de conferencias Portal web UNFCCC Evolución histórica del régimen climático – PK COP01 Berlín(Alemania), 1995 Se aprueba el Mandato de Berlín con el que se inicia un proceso de negociación para asumir compromisos más firmes para la reducción de emisiones GEI para las Partes del Anexo I. COP11 Montreal(Canadá), 2005 Entra en vigor el Protocolo de Kioto y, en el marco de la COP, se sesiona por primera vez la Conferencia de las Partes del PK(CMP) COP03 Kioto(Japón), 1997 Se aprueba el Protocolo de Kioto, un instrumento que obliga a los países del Anexo I a cumplir metas de reducción de emisiones del 5% global, teniendo como base las concentraciones de emisiones del año 1990, para el periodo 2008-2012. Protocolo de Kyoto A fin de promover el desarrollo sostenible, cada una de las Partes incluidas en el anexo I cumplirán los compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones. • Fomento de la eficiencia energética • Protección y mejora de los sumideros y depósitos de los GEI no controlados por el Protocolo de Montreal, • Promoción de prácticas sostenibles de gestión forestal, forestación y reforestación; • Promoción de modalidades agrícolassostenibles; • Investigación, promoción, desarrollo y aumento del uso energías renovables, y de tecnologías avanzadas de secuestro del dióxido de carbono. Gases de efecto invernadero: - Dióxido de carbono (CO2) - Metano (CH4) - Óxido nitroso (N2O) - Hidrofluorocarbonos(HFC) - Perfluorocarbonos(PFC) - Hexafluorurode azufre (SF6) Periodo de compromiso: 2008 - 2012 Protocolo de Kyoto Las Partes incluidas en el anexo I procurarán limitar o reducir las emisiones de GEI no controlados por el Protocolo de Montreal generadas por los combustibles del transporte aéreo y marítimo internacional trabajando por conducto de la Organización de Aviación Civil Internacional y la Organización Marítima Internacional, respectivamente. Protocolo de Kyoto Mecanismo para un desarrollo limpio (MDL) Las Partes no incluidas en el anexo I se beneficiarán de las actividades de proyectos que tengan por resultado reducciones certificadas de las emisiones (CER). Las Partes incluidas en el anexo I podrán utilizar las CER resultantes de esas actividades de proyectos para contribuir al cumplimiento de una parte de sus compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones. Fondos procedentes del MDL La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el presente Protocolo se asegurará de que una parte de los fondos procedentes de las actividades de proyectos certificadas se utilice para cubrir los gastos administrativos y ayudar a las Partes que son países en desarrollo particularmente vulnerables a los efectos adversos. Evolución histórica del régimen climático – AP COP22 Marrakech(Marruecos), 2016 Negociaciones para las Directrices del Programa de Trabajo del Acuerdo de París. COP23 Bonn (Alemania), 2017 Decisión“Fiji Momentum for Implementation”, referido a los pasos a seguir para la adopción de las directrices para implementar el Programa de Trabajo del AP en el marco de la COP24(Katowice, Polonia, noviembre 2018); el diseño del Diálogo de Talanoa, llamado a aumentar y acelerar los esfuerzos climáticos globales; y, la implementación de la Agenda pre 2020, que busca el incremento de acción climática, ambición y provisión económica en el periodo pre 2020. Adopción del Plan de Género y Cambio Climático. COP24 Katowice (Polonia), 2018 Adoptar las directrices para la implementación del Programa de Trabajo del Acuerdo de París. Diálogo de Talanoa (político y técnico.) Acuerdo de Paris Objetivo Reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza. a) Mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 ºC con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5 ºC con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático; b) Aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, de un modo que no comprometa la producción de alimentos; y c) Situar los flujos financieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero. Dichas metas deberán ser alcanzadas de manera que reflejen la equidad y el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas y respectivas capacidades, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales (principio CBDR-RC) Acuerdo de Paris Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDCs) Con miras a alcanzar el propósito del presente Acuerdo y en respuesta mundial al cambio climático, todas las Partes habrán de realizar y comunicar sus esfuerzos ambiciosos en sus contribuciones determinadas a nivel nacional. Los esfuerzos de todas las Partes representarán una progresión a lo largo del tiempo, teniendo en cuenta la necesidad de apoyar a las Partes que son países en desarrollo para lograr la aplicación efectiva del presente Acuerdo Acuerdo de Paris Firma En la sede de las Naciones Unidas en Nueva York del 22 de abril de 2016 al 21 de abril de 2017, y a la adhesión a partir del día siguiente a aquel en que quede cerrado a la firma. Entrada de vigor: Al trigésimo (30) día contado desde la fecha en que no menos de 55 Partes en la Convención, cuyas emisiones estimadas representen globalmente por lo menos un 55% del total de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. Denuncia: 1. Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación por escrito al Depositario en cualquier momento después de que hayan transcurrido tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo para esa Parte. 2. La denuncia surtirá efecto al cabo de un año contado desde la fecha en que el Depositario haya recibido la notificación correspondiente o, posteriormente, en la fecha que se indique en la notificación. 3. Se considerará que la Parte que denuncia la Convención denuncia asimismo el presente Acuerdo. Acuerdo de Paris Acuerdo de Paris – Programa de trabajo 17 de enero de 2017 Acuerdo de Paris – Programa de trabajo Acuerdo de Paris – Programa de trabajo Organizaciones defensoras - Because the ocean Organizaciones defensoras - Our ocean Organizaciones defensoras - One planet summit Organizaciones defensoras - Climate clean air colition Organizaciones defensoras - International solar alliance Cambio climático – Perú – Contribuciones previstas La NDC en mitigación propone una reducción del 20% de emisiones de GEI proyectada para el año 2030, y con una ambición adicional del 10% de reducción supeditado a la disponibilidad de financiamiento externo internacional. A nivel sectorial se estima que el 67% de estas reducciones provendrán de Uso de Suelo, Cambio de Uso de Suelo y Silvicultura (USCUSS), 12% de energía, 12% de transporte, 6% de procesos industriales, 5% de agricultura, 4% de desechos. Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional de la República del Perú-CMNUCC Cambio climático – Perú – Mitigación Cambio climático – Perú - Mitigación Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un desarrollo climáticamente responsable. Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un desarrollo climáticamente responsable. Cambio climático – Perú - Mitigación Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un desarrollo climáticamente responsable. Cambio climático – Perú - Mitigación Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un desarrollo climáticamente responsable. Cambio climático – Perú - Mitigación Cambio climático – Perú – Componente Adaptación Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un desarrollo climáticamente responsable. El Perú presenta siete de las nueve características reconocidas por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) para calificar a un país como “particularmente vulnerable”: • Zonas expuestas a inundaciones, sequías y desertificación, Ecosistemas montañosos frágiles, • Zonas con alta contaminación atmosférica urbana • Economías dependientes en gran medida de los ingresos generados por la producción y el uso de combustibles fósiles. • Zonas costeras bajas • Zonas áridas y semiáridas • Zonas propensas a desastres Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un desarrollo climáticamente responsable. Cambio climático – Perú – Componente Adaptación Fuente: MINAM (2016). La Contribución Nacional del Perú – INDC : agenda para un desarrollo climáticamente responsable. Cambio climático – Perú – Componente AdaptaciónGrupo de Trabajo Multisectorial (GTM), de naturaleza temporal, encargado de generar información técnica para orientar la implementación de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDCs) El GTM contempla un periodo de trabajo de 18 meses, cuenta con su reglamento y plan de trabajo aprobado, y se reúne el primer martes de cada mes. Es el responsable de elaborar una programación tentativa para propiciar las condiciones habilitantes que permitan la implementación de la NDC (mitigación y adaptación) en el corto y mediano plazo. Gobierno peruano reúne a 13 ministerios y CEPLAN para hacer frente al cambio climático 8 de febrero de 2017 Cambio climático – Perú – Componente Adaptación Cambio climático – Perú – Ley Marco “Los peruanos somos testigos de un hecho sumamente importante: la promulgación de la ley marco del cambio climático. Esta ley nos permite mirar con optimismo nuestro futuro y hacerle frente al cambio climático de manera unida” “Un país climáticamente responsable, es un país que crece, que tiene visión de futuro. Es la primera en Sudamérica luego que entrara en vigor el Acuerdo de Paris del año 2016”. 17 de abril de 2018 Cambio climático – Perú – Ley Marco Antecedentes de la ley de cambio climático Fuente: MINAM • El objetivo es reducir la vulnerabilidad del país frente al cambio climático y aprovechar las oportunidades de crecimiento con una menor emisión de carbono. Además, es una oportunidad para que el Estado aumente la eficiencia del gasto público y genere proyectos de inversión donde se incorpore el cambio climático en la planificación del desarrollo nacional. • La Ley reconoce y orienta la participación de actores no estatales como el sector privado. Asimismo, promueve la investigación científica y el desarrollo tecnológico para la obtención de nueva información que contribuirá a la toma de decisiones. • La Ley creará una Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático, de carácter permanente, que tomará decisiones sobre cuáles deben ser las prioridades en atención al cambio climático, garantizando la continuidad de una política sostenible de cambio climático transversal a las políticas de Estado. • La Ley constituye un mandato claro que coadyuvará al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Cambio climático – Perú – Ley Marco
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