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Ab. Leopoldo Octavio Burghini SAS RESOLUCIONES GENERALES 3/2020, 5/2020, 9/2020, 17/2020, 23/2020, 43/2020 y 44/2020. MENSAJE DE ELEVACIÓN PROYECTO LEY SAS www.abrahamburghini.com.ar Necesidad de otorgar a las nuevas empresas –en particular, aquellas micro, pequeñas y medianas y, en especial, a los emprendedores– un cuerpo normativo autónomo con marcos normativos más dinámicos y menos rígidos, y plazos de inscripción más breves ante la insuficiencia y rigidez de los tipos previstos en la Ley General de Sociedades SAS ART. 33 LACE (2017) Créase la sociedad por acciones simplificada, identificada en adelante como SAS, como un nuevo tipo societario, con el alcance y las características previstas en esta ley. Supletoriamente, serán de aplicación las disposiciones de la Ley General de Sociedades, 19.550, t. o. 1984, en cuanto se concilien con las de esta ley. www.abrahamburghini.com.ar NATURALEZA JURÍDICA Y AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD - DOCTRINA www.abrahamburghini.com.ar La autonomía de la voluntad por encima de las normas imperativas de la LGS La autonomía de la voluntad con límites en determinadas normas imperativas de la LGS Inexistencia de la autonomía de la voluntad por encima de las normas imperativas de la LGS POSICIONES QUE SOSTIENEN LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD POR ENCIMA DE LAS NORMAS IMPERATIVAS DE LA LGS Balbín – Duprat - Hadad - Pérez Hualde www.abrahamburghini.com.ar Ramírez - Van Thienen - Di Chiazza -Camerini Conformada conforme corrientes economicistas del derecho societario. Principios propios y distintos a los que contempla la LGS. POSICIONES QUE SOSTIENEN LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD POR ENCIMA DE LAS NORMAS IMPERATIVAS DE LA LGS Balbín – Duprat - Hadad - Pérez Hualde www.abrahamburghini.com.ar Ramírez - Van Thienen - Di Chiazza -Camerini Técnica depuradora de imperatividad y rigidez normativa: reconfigura concepto de sociedad. Nota tipificante: el respeto de la autonomía de la voluntad. POSICIONES QUE SOSTIENEN LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD POR ENCIMA DE LAS NORMAS IMPERATIVAS DE LA LGS Balbín – Duprat - Hadad - Pérez Hualde Ramírez - Van Thienen - Di Chiazza -Camerini Todo derecho es negociable, el art. 13 LGS no se aplica. Los límites están en los arts. 958, 9 y 10 CCCN. POSICIONES QUE SOSTIENEN LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD CON LÍMITES EN DETERMINADAS NORMAS IMPERATIVAS DE LA LGS Alegría - Dubois y Spagnolo – Manóvil Ragazzi – Romano - Villanueva SAS presenta “parámetros significativos” similares a los de los tipos de la LGS. Amplia libertad. Límite: los requisitos tipificantes mínimos del concepto de sociedad en los términos de la LGS. POSICIONES QUE NIEGAN LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD POR ENCIMA DE LAS NORMAS IMPERATIVAS DE LA LGS Coste y Botteri - Messina y Sánchez Herrero Nissen – Cuiñas Rodríguez La teoría económica clásica, sobre la cual se asienta el análisis económico del derecho, ha sido rebatida por la economía conductista. El legislador no ha previsto de manera clara y expresa la prevalencia de la autonomía privada por sobre las normas imperativas de la LGS. POSICIONES QUE NIEGAN LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD POR ENCIMA DE LAS NORMAS IMPERATIVAS DE LA LGS Coste y Botteri - Messina y Sánchez Herrero Nissen – Cuiñas Rodríguez Se abre la puerta para la aplicación sin límites de las normas imperativas del CCCN. La redacción es desafortunada, poco clara, exige una reforma en orden a generar seguridad jurídica, ya que su vaguedad admite diversas interpretaciones POSICIONES QUE NIEGAN LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD POR ENCIMA DE LAS NORMAS IMPERATIVAS DE LA LGS Coste y Botteri - Messina y Sánchez Herrero Nissen – Cuiñas Rodríguez No surge de la LACE que en las SAS se puedan vulnerar derechos esenciales de los socios mediante renuncias anticipadas ni que las SAS puedan, con relación a terceros, funcionar en determinadas condiciones de clandestinidad, opacidad o en condiciones de riesgo para terceros. RG IGJ 3/20 PUBLICIDAD EDICTAL RG IGJ 5/20 RELACION OBJETO - CAPITAL www.abrahamburghini.com.ar RG IGJ 9/20 RELACION OBJETO - CAPITAL RG IGJ 9/20 INTEGRACION DEL CAPITAL RG IGJ 9/20 GARANTIA DE LOS ADMINISTRADORES www.abrahamburghini.com.ar RG IGJ 9/20 ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN OBLIGATORIO RG IGJ 9/20 ESTADOS CONTABLES RG IGJ 44/20 ESTADOS CONTABLES Art. 46 La SAS deberá presentar a IGJ por medios digitales sus EECC, conformados por el ESP, ER y la memoria, con informe del auditor conteniendo opinión, dentro de los 15 días posteriores a la realización de la reunión de su órgano de gobierno que los apruebe. Reunión dentro de los 4 meses del cierre del ejercicio RG IGJ 9/20 DERECHOS DE LOS SOCIOS Y ORDEN PÚBLICO SOCIETARIO RG IGJ 9/20 DERECHOS DE LOS SOCIOS Y ORDEN PÚBLICO SOCIETARIO RG IGJ 9/20 DERECHOS DE LOS SOCIOS Y ORDEN PÚBLICO SOCIETARIO RG IGJ 9/20 DERECHOS DE LOS SOCIOS Y ORDEN PÚBLICO SOCIETARIO RG IGJ 9/20 DERECHOS DE LOS SOCIOS Y ORDEN PÚBLICO SOCIETARIO RG IGJ 17/20 FIRMA ELECTRÓNICA: PROHIBICIÓN RG IGJ 17/20 FIRMA ELECTRÓNICA: SUBSANACION RG IGJ 17/20 FIRMA ELECTRÓNICA: SUBSANACION RG IGJ 17/20 FIRMA ELECTRÓNICA: IMPOSIBILIDAD DE ACCEDER AL REGISTRO SIN SUBSANACIÓN PREVIA RG IGJ 23/20 NUEVO ESTATUTO MODELO RG IGJ 23/20 NUEVO ESTATUTO MODELO RG IGJ 23/20 NUEVO ESTATUTO MODELO RG IGJ 23/20 NUEVO ESTATUTO MODELO RG IGJ 43/20 DICTAMEN DE PRECALIFICACION Art. 7 En los trámites posteriores a la constitución …deberá acompañarse una DDJJ suscripta por el representante legal de la SAS consignándose los recaudos requeridos por el punto 2 del artículo 50 del Anexo “A” de la resolución general (IGJ) 7/2015 que suplirá el dictamen profesional requerido por dicha norma. Art. 1 Todo trámite registral relativo a SAS, exceptuado el de inscripción de la subsanación RG 17/2020, deberá ser presentado con dictamen profesional de precalificación conforme a las previsiones del artículo 50 de la Resolución General IGJ n° 7/2015… RG IGJ 43/20 DICTAMEN DE PRECALIFICACION Adopción modelo tipo Art. 32 3. En ninguno de los supuestos antes mencionados se exigirá dictamen profesional.. Art. 1 …quedando sin efecto a partir de la vigencia de la presente cualquier disposición en contrario contenida en la normativa reglamentaria dictada por esta Inspección General de Justicia en materia de sociedades por acciones simplificadas. RG IGJ 43/20 DICTAMEN DE PRECALIFICACION Art. 2 Los DPP de presentación obligatoria…, emitidos en fecha posterior a la de la constitución de las SAS, deberán ajustarse a lo dispuesto por el art 11, 1° párr. de la RG IGJ n° 7/2015. No será de aplicación lo dispuesto en el 3° párr. de dicha norma. RG IGJ 43/20 DICTAMEN DE PRECALIFICACION - SEDE SOCIAL Art. 11 RG 7/2015 …el dictamen debe indicar la ubicación completa de la sede social y contener expresa manifestación del firmante acerca de si su intervención comprendió la verificación de que al tiempo de la elaboración de dicho dictamen o de la realización del acto que con él se precalifica, en el lugar que se indica funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad. En su defecto, debe acompañarse declaración jurada sobre dicho extremo suscripta por el representante legal y un integrante del órgano de fiscalización si lo hubiere, cuyas firmas deberán estar certificadas notarialmente… RG IGJ 43/20 DICTAMEN DE PRECALIFICACION -SEDE SOCIAL Art. 11 RG 7/2015 - SAS No deberá darse cumplimiento con los recaudos establecidos en el párrafo anterior en caso de acompañarse un instrumento auténtico en el cual se transcriban actos de funcionamiento de órganos sociales y del mismo surja la ubicación de la sede social en el lugar y con el alcance indicado. RG IGJ 43/20 SEDE INEXISTENTE - SANCIÓN Art. 3 La constatación por la IGJ de la inexistencia material de la sede social inscripta, hará aplicable a la SAS y a su RL, y en su caso a los demás administradores que allí hayan constituido el domicilio especial…, el máximo de la multa contemplada en el art 302 inc 3°, 2 ° párr, LGS, sin perjuicio de las acciones legales que puedan corresponder contra la SAS. RG IGJ 43/20 BENEFICIARIO FINAL - SANCIÓN Art. 4 Las SAS que se constituyan… y las ya constituidas, deberán cumplir y/o mantener actualizada la determinación de su BF conforme los artículos 510 inciso 6° y 518 RG IGJ 7/2015. Incumplimiento Art. 519. En las SAS ya registradas o en trámite de registración se considerará infracción grave a la falsedad en la identificación del BF o a la declaración de inexistencia del mismo, sin perjuicio de las acciones legales que puedan corresponder. Sanción: multa a la SAS y a sus RL del máximo del art 302 inc 3° LGS RG IGJ 43/20 BENEFICIARIO FINAL - SANCIÓN Art. 4 BF Art. 510 RG 7/2015: Personas humanas que tengan como mínimo el 20% del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica o que por otros medios ejerzan el control final, directo o indirecto sobre una persona jurídica u otra estructura jurídica. Sanción: IGJ no inscribirá ni concluirá ningún trámite presentado…, que no haya presentado la DDJJ, hasta la efectiva presentación de la misma. Sin perjuicio de las sanciones previstas por la ley 22315 MUCHAS GRACIAS w w w .a b ra h a m b u rg h in i.c o m .a r www.abrahamburghini.co m.ar Ab. Leopoldo Octavio Burghini @octavioburghin i @leopoldooctavioburg hini @leopoldooctavioburg hini
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