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Derechos Constitucionales: clasificación general Derechos de incidencia colectiva Prof. Ma. Rosario Augé Fuente: Quiroga Lavié, Humberto Caracterización general • Amplitud y universalidad • Relatividad • Obligatoriedad • Enumeración no limitativa • Igualdad Jerárquica Conceptualización • Personalísimos: íntima vinculación con su titular, vitalicios, esenciales, no patrimoniales. • Civiles: relaciones privadas, ámbito de libertad sobre la propia conducta, patrimoniales y no patrimoniales. • Políticos: participación en la voluntad del Estado y participación en la vida política, cívicos y electorales. • Sociales: prestaciones debidas a los sujetos individuales y grupales • De incidencia colectiva: públicos, supraindividuales, pluripersonales, contenido homogéneo divisible o indivisible. Conceptualización e identificación • Personalísimos: íntima vinculación con su titular, vitalicios, esenciales, no patrimoniales. Derecho a la vida, derecho a la integridad personal, derecho al honor, derecho a la intimidad, derecho a la privacidad, derecho a la salud. • Civiles: relaciones privadas, ámbito de libertad sobre la propia conducta, patrimoniales y no patrimoniales. Derecho de trabajar, derecho de ejercer industria lícita, derecho de navegar, derecho de comerciar, derecho de peticionar, derecho de entrar, permanecer, circular y salir del territorio, derecho de información, derecho de expresión, derecho a preservar la honra y la intimidad, derecho de propiedad, derecho de asociación, derecho de profesar un culto, derecho a la educación, Conceptualización e identificación • Políticos: participación en la voluntad del Estado y participación en la vida política, cívicos y electorales. Derechos cívicos, derechos de asociación política, derechos electorales, derechos de iniciativa popular y consulta popular. • Sociales: prestaciones debidas a los sujetos individuales y grupales. Derechos sociales de los trabajadores, derechos de los niños, derechos de las mujeres, derechos de los ancianos, derechos de los discapacitados, derechos gremiales, derechos familiares, derechos de la seguridad social, • De incidencia colectiva: públicos, supraindividuales, pluripersonales, contenido homogéneo divisible o indivisible. Derechos ambientales, derechos de consumidores y usuarios, derechos de los pueblos indígenas DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA • Se los denomina también: “derechos públicos subjetivos” e “intereses difusos”. • Tienen alcance extrapersonal, son públicos por el carácter colectivo de sus titulares y por la calidad o naturaleza de los bienes protegidos. • Nadie resulta titular exclusivo y varios son sus beneficiarios Derechos ambientales • Nuevo paradigma estatal: del antropocentrismo al ecocentrismo. • Multiplicidad de fuentes jurídicas • Derecho colectivo matriz de todos los demás derechos fundamentales • Derecho a un ambiente SANO, EQUILIBRADO, APTO PARA EL DESARROLLO HUMANO Caracterización • ART. 41, 1º PÁRRAFO: • Deber de preservar el ambiente • Daño ambiental • Obligación de recomponer el daño (el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley) • Principio de prevención Caracterización • ART. 41, 2º PÁRRAFO: • Utilización racional de los recursos naturales • Preservación del patrimonio natural y cultural • Diversidad biológica • Información ambiental • Educación ambiental Caracterización • ART. 41, 3º PÁRRAFO: • Poderes concurrentes complementarios entre Nación y entidades autónomas (provincias y CABA) • ART. 41, 4º PÁRRAFO: • Prohibición de ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos
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