Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
Tipologías constitucionales María Rosario Augé Cátedra B, Derecho Constitucional Fuente: Quiroga Lavié, Humberto TIPOS ■ Histórico tradicional ■ Racional normativo ■ Empírico sociológico ■ Decisionista ■ Dialéctico ■ Cibernético Historicismo La Constitución es el orden que emana del pasado Tipo histórico tradicional Historicismo ■ Determinista: la libertad del hombre no puede modificar discrecionalmente la historia ■ La TRADICIÓN, los usos y costumbres constitucionales o las convenciones son la fuente del derecho Corrientes del historicismo ■ 1) historicismo conservador ■ 2) historicismo liberal ■ 3) historicismo revolucionario Tipo racional normativo La Constitución es la norma fundamental del ordenamiento jurídico que sirve de validez al mismo. ■ Racionalista: la razón puede captar la esencia común de los acontecimientos y sobre tal base, elaborar la constitución del Estado, a través de un acto de poder constituyente. Despersonalización de la soberanía en el conjunto de normas que es el Estado. La función de la Constitución es distribuir las competencias supremas del Estado. El ordenamiento debe ser un sistema organizado equilibrado, siendo la constitución la ley suprema. ■ El normativismo es esencial al sistema capitalista, que requiere de exactitud y seguridad para los negocios que sostienen la economía. ■ La Constitución positiva es válida por basarse en una norma hipotética fundamental o por adecuarse al valor justicia (suposición a priori). Vertientes ■ Iusnaturalista: un Estado carece de constitución si esta no garantiza los derechos individuales y el principio de división de poderes. ■ Positivista: cualquiera sea el contenido político de la constitución ella será válida con tal que sea EFICAZ. Tipo empírico sociológico ■ La Constitución es el orden inmanente al ser de la estructura social que se da en el presente. Características ■ Afirma el ser social frente al deber ser ■ La Constitución es lo que son factores reales como lo son factores REALES de poder. ■ Sostiene la existencia de una legalidad propia de la realidad social que no puede ser manejada por la normatividad racional. ■ La soberanía esta en poderes concretos. ■ La Constitución se forma por la lucha social (lucha de clases de Marx, lucha de elites en Pareto y selección social en Weber). ■ Vertientes del sociologismo ■ CONSERVADORA: la C es el estado de cosas favorable a los intereses creados, y por ende las normas no deben modificar la realidad (Von Stein) ■ REVOLUCIONARIA: Si la realidad muestra que la libertad y la igualdad no se cumplen, es necesario actuar para modificar la C (Marx y Lasalle) Tipo decisionista ■ La Constitución es la decisión fundamental de un pueblo sobre el modo o la forma de gobierno. (C. Schmitt) Características: ■ Es voluntarista ■ Distingue constitución de leyes constitucionales. ■ A la decisión fundamental se llega después de un proceso de tensión entre las corrientes políticas antagónicas. ■ Las decisiones se toman en cualquier circunstancia (en una asamblea constituyente o en un referendum o plebiscito). Tipo dialéctico ■ La Constitución es el producto normativizado de la normalidad social. (Heller) Características ■ La Constitución es un ser-deber ser, en recíproca acción. ■ La diferencia entre normalidad y la normatividad es la necesaria valoración de la segunda. ■ La normatividad constitucional se forma por preceptos constitucionales, principios lógicos del derechos y principios generales del derecho. Tipo cibernético ■ La Constitución es el programa del sistema social que permite la organización de aquel. ■ Las demandas y las decisiones políticas, son el resultado de múltiples variables: históricas, culturales, económicas, ecológicas, que conforman el entorno político. ■ Sin una concepción sistémica, la constitución no podrá ordenar la sociedad. ■ La organización burocrática debe dejar de ser una caja negra, y operar en base a controles adecuados.
Compartir